CONVOCATORIA PARA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRÓNICA CONTRATACION DEL SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA NÚMERO DE COMPRANET LA-012NHK001-E15-2021
CONVOCATORIA PARA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRÓNICA
CONTRATACION DEL SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA
NÚMERO DE COMPRANET LA-012NHK001-E15-2021
EL ENVÍO DE PROPOSICIONES, SE REALIZARÁ EXCLUSIVAMENTE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, A TRAVÉS DEL PORTAL DE COMPRANET, VERSIÓN 5.0. LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO, DEBERÁN CONTAR CON REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA ANTE COMPRANET. NO SE ACEPTARÁN PROPOSICIONES PRESENCIALES O MEDIANTE EL USO DEL SERVICIO POSTAL O DE MENSAJERÍA.
G L O S A R I O
Administrador y verificador del Contrato:
Servidor(es) público(s) en quien recae la responsabilidad de dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contatato.
Área contratante o Convocante:
La facultada en la dependencia o entidad para realizar procedimientos de contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que requiera la dependencia o entidad de que se trate.
Área requirente:
La que, en la dependencia o entidad, solicite o requiera formalmente la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquella que los utilizará.
Área técnica:
La responsable de elaborar las especificaciones técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, de responder en la junta de aclaraciones las preguntas que sobre estos aspectos técnicos realicen los licitantes; así como responsable de realizar la evaluación de las proposiciones técnicas y emitir el Dictamen Técnico.
COMPRANET:
El Sistema Electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, con dirección electrónica en Internet: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Contrato y/o pedido:
Documento a través del cual se formalizan los derechos y obligaciones derivados del fallo del procedimiento de contratación de la adquisición o la prestación de los servicios.
Investigación xx xxxxxxx:
La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
IVA:
Impuesto al Valor Agregado.
LAASSP y/x Xxx:
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Licitante:
La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.
Medios Remotos de Comunicación Electrónica:
Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
MIPYMES:
Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Partida o concepto:
La división o desglose de los bienes a adquirir o arrendar o de los servicios a contratar, contenidos en un procedimiento de contratación o en un pedido, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.
Precio conveniente:
Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.
Para este efecto se entenderá lo siguiente:
La adjudicación se hará al LICITANTE que haya ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente.
El cálculo del precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del precio determinado conforme a la fracción XII del artículo 2 de la Ley.
La determinación del precio conveniente, se obtendrá del promedio de los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas técnicamente.
Los precios preponderantes, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.
De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos.
Al promedio señalado anteriormente, se le restará el 40%, de conformidad con el artículo 36 Bis, Fracción II de la Ley; 51, Apartado B, Fracción II y III del Reglamento de la Ley y del numeral V.2, inciso 7 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
Finalmente, los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la CONVOCANTE.
Proveedor.
La persona que celebre contrato y/o pedido de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
Reglamento:
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SFP:
Secretaría de la Función Pública.
SHCP:
Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Sistema Nacional DIF o SNDIF:
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I. DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA.
a) Nombre de la convocante, área contratante y domicilio:
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia en lo sucesivo SNDIF, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25 primer párrafo, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 44, 45, 47 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 35, 39 y 85 y demás realtivos a su Reglamento, en cumplimiento a sus disposiciones generales, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales por conducto de la Dirección de Adquisiciones y Almacenes, ubicada en Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03310, Ciudad de México, con teléfono 0000000000, establece la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica para la contratación del SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA.
b) Medio y carácter de la Licitación.
Esta licitación es de carácter nacional y electrónica, no se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
c) Número de la convocatoria
El número de identificación de la presente convocatoria será asignado por CompraNet y corresponde al número
LA-012NHK001-E15-2021
d) Periodo de la adquisición.
La contratación será del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2021.
e) Idioma de las proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse a través del Sistema CompraNet 5.0 de la SHCP, para lo cual los documentos que sean emitidos, escaneados y anexados a dicho Sistema, deberán ser elaborados preferentemente en papel membretado de la empresa, solo en idioma español y ser dirigidas al área convocante.
En caso de que se hayan solicitado anexos técnicos, folletos, catálogos y/o fotografías, instructivos o manuales de uso para corroborar las especificaciones, características y calidad del servicio, éstos deberán presentarse en idioma español.
f) Disponibilidad presupuestaria.
Si, se cuenta con la Suficiencia Presupuestal correspondiente.
g) Créditos externos.
No aplica.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
a) Objeto de la Licitación
Realizar la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA, de conformidad con las características, especificaciones y cantidades requeridas, que se indican en el Anexo I “Especificaciones técnicas y alcances del servicio”, mismas que deberán considerarse estrictamente para la presentación de sus proposiciones, así como aquellos aspectos que deriven de la junta de aclaraciones.
b) Partida
Partida única.
SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA
Partida |
Concepto |
ÚNICA |
SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA |
c) Precio máximo de referencia.
No aplica.
d) Normas Oficiales
El licitante deberá de presentar las certificaciónesciones de seguridad y cumplimiento de las siguientes normas:
ISO 27001:2013 Estándar de administración de la seguridad y controles de seguridad.
ISO 27018:2014 Proporciona orientación sobre los aspectos de seguridad para la protección de los datos información.
e) MUESTRAS O PRUEBAS.
No aplican
F) Tipo de contratación.
El contrato se celebrará a precios fijos conforme importes minimos y máximos incluido el I.V.A. siguientes a las condiciones previstas en los artículos 45 y 47 de la Ley Y 85 de su reglamento, con las cantidades solicitadas en el Anexo I “Especificaciones TÉCNICAS”.
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
MONTO MINMO |
Monto máximo |
1 |
SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA |
$2,800,000.00 |
$7,000,000.00 |
g) Modalidad de contratación.
La presente adquisición estará sujeta a la modalidad de PUNTOS O PORCENTAJES; de conformidad con el artículo 36 segundo párrafo que a la letra dice: Cuando las dependencias y entidades requieren obtener bienes, arrendamientos o servicios que conlleven el uso de características de alta especialidad técnica o de inovacion tecnológica deberan utilizar el criterio de evaluación de puntos y porcentajes o de costo benefico.
h) Forma de adjudicación.
El servicio objeto de la presente convocatoria será adjudicado por partida única
i) Modelo de contrato.
El modelo del contrato que se celebrará es el que aparece como Anexo X “Modelo del Contrato” de esta Licitación Electrónica. En caso de discrepancia entre lo establecido en éste o sus juntas de aclaraciones prevalecerá lo dispuesto en la Ley y su Reglamento.
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO.
Reducción de Plazos
No aplica
b) Eventos del procedimiento
Acto |
Fecha |
Hora |
Lugar |
Junta de aclaraciones |
18/03/2021 |
09:00 hrs. |
El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales CompraNet, al tratarse de una licitación 100% electrónica |
Presentación y apertura de proposiciones
|
29/03/2021 |
10:00 hrs. |
|
Fallo |
31/03/2021 |
10:00 hrs |
|
Firma de contrato |
Dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación del fallo. |
De 9:00 a 14:00 hrs.
|
En el Departamento de Concursos de Servicios de la Subdirección de Adquisiciones de Bienes dependiente de la Dirección de Adquisiciones y Almacenes (Prolongación Uxmal 860, primer piso, Col. Santa Xxxx Atoyac, Alcaldía. Xxxxxx Xxxxxx, C.P. 03310, Ciudad de México) |
Recepción de proposiciones enviadas a través de servicio postal o mensajería.
No aplica.
d) Sostenimiento de las proposiciones
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en el numeral III inciso b), éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se deberán considerar vigentes dentro del proceso de Licitación Pública Nacional Electrónica hasta su conclusión.
e) Proposiciones conjuntas
En caso de presentar proposiciones conjuntas, cada una de las personas participantes establecerán con precisión en la proposición las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, igualmente deben celebrar entre todas las personas que integran la agrupación un convenio, el cual contendrá los requisitos establecidos en los artículos 34 párrafos tercero, cuarto y quinto de la Ley y 44 del Reglamento.
Las personas que pretendan presentar una proposición conjunta, deberán presentar en el acto de presentación y apertura de proposiciones, así como cumplir de forma individual con los requisitos establecidos para cada licitante que se consideran en los siguientes numerales de la presente convocatoria:
Escrito de nacionalidad mexicana (Xxxxx XX).
Escrito de no encontrarse en los supuestos del artículo 50 y 60 de la Ley (Anexo V-A).
Escrito de declaración de integridad (Anexo V-B).
Participación de MIPYMES (Formato 3)
Cuando se presente una proposición conjunta, se regirá conforme a los términos del artículo 44 del Reglamento que señala:
Artículo 44.- En las licitaciones públicas se aceptarán proposiciones conjuntas. Para ello, las dependencias y entidades incluirán en la convocatoria a la licitación pública los requisitos necesarios para la presentación de dichas proposiciones, de conformidad con lo dispuesto en el tercero, cuarto y quinto párrafos del artículo 34 de la Ley. Al efecto, los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos:
Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este artículo se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos;
Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso, requeridos por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y
Los demás que la convocante estime necesarios de acuerdo con las particularidades del procedimiento de contratación.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II de este artículo y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
Cuando existan causas justificadas para no aceptar la presentación de proposiciones conjuntas, se requerirá la autorización escrita del titular del Área requirente, en la cual deberán precisarse las razones para ello, particularmente los aspectos relativos a que con tal determinación no se limita la libre participación. Dicha autorización deberá formar parte del expediente de contratación respectivo.
f) Proposición única
Cada uno de los licitantes sólo podrá presentar una proposición individual o conjunta.
g) Documentación distinta a las propuestas técnicas y económicas
No aplica.
h) Registro preliminar de participantes
No aplica
I) Acreditación de la existencia legal y personalidad jurídica del licitante
Para participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones de esta Licitación Pública Nacional Electrónica, los licitantes deberán presentar un escrito en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, para lo cual deberán presentar un documento en los términos del Anexo III “Acreditación de representación legal”, acompañando la digitalización de una identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cartilla o cédula profesional) de su representante legal.
j) Rúbrica de las proposiciones.
No aplica la rúbrica de las propuestas que se descarguen del Sistema CompraNet por parte de los servidores públicos o licitantes participantes en el evento, en virtud de que es un procedimiento 100% electrónico.
k) Indicaciones relativas al fallo y a la firma del contrato.
1. Fallo
Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato en la fecha y términos señalados en el fallo.
En caso de error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza que no afecte la evaluación realizada por la convocante, procederá la corrección del fallo, en la forma y términos dispuestos por el penúltimo párrafo del artículo 37 de la Ley.
En caso necesario, el SNDIF podrá diferir el fallo, señalando el nuevo lugar, fecha y hora en que se notificará el fallo, de conformidad al artículo 35 fracción III de la Ley.
Firma del contrato.
Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo del contrato (Anexo X “Modelo del Contrato”) y obligará al SNDIF y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en la fecha, hora y lugar previstos en el fallo, para tal efecto, el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar los documentos con los que acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Identificación oficial vigente del representante o apoderado legal, quien firmará el contrato.
3. Poder notarial.
4. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional,
5. Modificaciones realizadas a la escritura pública.
6. Tratándose de personas físicas, copia certificada del acta de nacimiento o en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
7. Comprobante de domicilio.
8. Datos de la cuenta bancaria para el depósito correspondiente (Nombre del banco, número CLABE interbancaria y número de cuenta).
9. “Modelo de documento de compromiso con la transparencia” (Xxxxx XX), debidamente firmado por el representante legal, en el cual acepta los compromisos del mismo
Si el licitante adjudicado no firma el contrato dentro del tiempo establecido para ello, por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, el SNDIF, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento.
Cabe hacer mención que, si el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se hace referencia el primer párrafo del presente numeral, el SNDIF informará al Órgano Interno de Control en la Entidad, para que conforme al artículo 60 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública se instruya el procedimiento administrativo respectivo y se aplique lo previsto en los artículos 59 segundo párrafo y 60 fracción I de la Ley.
Los derechos y obligaciones que se deriven del o los contratos no podrán ser transferidos por el licitante adjudicado en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento por escrito del SNDIF, de conformidad con el artículo 46 de la Ley, quito párrafo.
Garantía de cumplimiento.
El licitante ganador para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar si su cotización fuese igual o menor a $50,000.00, sin incluir I.V.A., cheque certificado o de caja por el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, y en caso de ser superior a $50,000.00, sin incluir I.V.A. presentará Fianza expedida por Afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del SNDIF, conforme al Anexo VII, el cual forma parte de esta convocatoria.
Adicional a lo anterior, deberá presentar l apoliza de responsabilidad Civil - Actividades por el 30% del importe adjudicado sin incluir el I.V.A. (anexo VII-A)
Las pólizas se entregarán en la Dirección Geenral de Recursos Materiles y Setrvicios Generales, ubicada en Xxxxxxxx Xxxxxx No. 340, 1er piso, Col. Xxx. Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, misma que será la encargada de recibir y verificar que la garantía de cumplimiento y de seguro de Responsabilidad Civil-Actividades que entregue el licitante ganador cumplan con todos los requisitos legales y sean suficientes para cubrir las obligaciones correspondientes.
Una vez que la garantía y poliza de Responsabilidad Civil-Actividades sean aceptadas sin observacines, se remitirá el origianl a la DGPOP para su resguardo y posterior liberación y devolución al proveedor o bien para su cobro en caso de incumplimiento, una vez agotadas las gestiones de cobro judiciales realizadas por la DGAJ.
Para lo cual el área encargada de la administración del contrato solicitará al licitante que resulte adjudicado la evidencia de que la garantía de cumplimiento y la póliza de Responsabilidad Civil-Actividades fueron entregadas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Genrales, conforme a la normativa vigente.
El Sistema Nacional DIF podrá rescindir administrativamente el contrato, cuando el licitante ganador no entregue en tiempo y forma las garantías establecidas en el presente punto.
3. Suspensión del procedimiento de contratación
En términos del artículo 70 de la Ley, a solicitud del licitante inconforme, y cuando se advierta que existan o pudieran existir actos contrarios a las disposiciones de la Ley, o las que de ella deriven y además no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público, la Secretaría de la FunciónPública o el Órgano Interno de Control en el SNDIF, podrá decretar la suspensión de los actos del procedimiento de contratación y los que de este deriven.
4. Cancelación de la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 38 párrafo cuarto de la Ley, el SNDIF podrá cancelar la presente Licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito, fuerza mayor o, existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al SNDIF. La determinación de dar por cancelada la presente Licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno; sin embargo, podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley.
5. Declarar desierta la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica.
Se declarará desierta una Licitación, partidas o conceptos incluidos en esta convocatoria, en los siguientes casos:
Si no se reciben proposiciones el día del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cuando no exista alguna proposición que cubra los requisitos solicitados en la convocatoria.
Cuando los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no sean aceptables o convenientes, si así lo determina la convocante en este último caso, conforme a lo previsto en el artículo 36 Bis fracción II y 38 de la Ley. Así como el artículo 51 apartados A y B del Reglamento de la Ley.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR
Los licitantes entregarán sus proposiciones técnica y económica a través de medios remotos de comunicación electrónica (CompraNet versión 5.0), en formato Word, Excel, PDF o WinZip, mismas que deberán firmar, escanear y adjuntar en dicho sistema en los apartados respectivos.
Una vez recibidas las proposiciones electrónicas, se procederá a hacer constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido; por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o faltare algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de recepción de los documentos que integran la proposición.
Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad Compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
Se tendrá por no presentado el (los) documento(s) cuando los archivos en los que se contenga dicha información, tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
No obstante, la convocante intentará abrir los archivos más de una vez, con los programas Word, Excel, PDF y WinZip, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a CompraNet, se tendrá por no presentado el(los) documento(s) contenido(s) en el archivo que no pueda abrirse.
Lo anterior con fundamento en el Articulo 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
Documentación que debe presentar el licitante, correspondiente a la Propuesta Técnica y Legal Administrativa
DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
No. |
DESCRIPCIÓN |
SU FALTA DE PRESENTACIÓN AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN |
1 |
Escrito para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Se evaluará verificando que el documento se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad y respetando el contenido del Anexo II-B.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
2 |
Copia de Identificación oficial vigente del firmante del escrito para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
|
SI |
3 |
Acreditación de representación legal.
Se evaluará verificando que el documento se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad y respetando el contenido del Anexo III.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
4 |
Escrito de nacionalidad del licitante.
Este escrito podrá presentarse en el formato que se indica como Anexo IV, conforme al artículo 35 del Reglamento.
Se evaluará para corroborar que el licitante tiene la nacionalidad mexicana exigida en la Ley.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
5 |
Declaración escrita de los artículos 50 y 60, de la Ley
Se evaluará verificando que el documento contenga los mismos términos y condiciones del Anexo V-A y se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
|
SI |
6 |
Escrito de integridad.
Se evaluará verificando que el documento contenga los mismos términos y condiciones del Anexo V-B y se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
7 |
Escrito simple del licitante en el que manifieste que la proposición se presenta de manera conjunta
Además, para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar el convenio de participación firmado por los representantes legales de cada empresa (FORMATO LIBRE) de conformidad con lo establecido en los artículos 34 de la Ley y 44 de su Reglamento.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes |
SI |
8 |
Manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación (micro pequeña y mediana empresa) que cuentan con ese carácter. (Formato 3).
Dicha información permitirá atender los requerimientos para fomentar el desarrollo y participación de las empresas nacionales.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
NO |
9 |
Escrito de declaración de discapacidad (Anexo VI).
Deberá anexar carta debidamente digitalizada, preferentemente membretada con firma del licitante, en la que declare que es una persona con discapacidad, o que es una persona moral que cuenta en su plantilla de personal con un mínimo del 5% de empleados con discapacidad, con una antigüedad mayor de seis meses dada de alta en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Antigüedad que se comprobará con original o copia certificada para su cotejo y copia simple del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, el archivo que contenga el documento se deberá denominar “Discapacidad”.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
NO |
10 |
El licitante deberá dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, para lo cual deberá de anexar el documento vigente expedido por el SA, en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones Fiscales.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
11 |
Los licitantes deberán de presentar la opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, conforme a lo establecido en el acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, publicado en el diario oficial de la federación el 27 de febrero de 2015.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
12 |
Los licitantes deberán presentar una declaración en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que conocen el contenido del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
13 |
Escrito firmado por sí o por medio de su Representante Legal del licitante en donde manifieste que su representada, reconoce y acepta ser el patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervengan en el desarrollo y ejecución del servicio durante la vigencia del contrato, por lo que de igual forma será totalmente responsable del pago oportuno a dicho personal, así como de las obligaciones de las cuotas obrero patronales IMSS, por lo que al SNDIF, en ningún momento se le considerará patrón solidario o sustituto.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
|
SI |
14 |
El licitante deberá presentar preferentemente en papel membretado de la empresa, una carta con la Dirección de Correo Electrónico que corresponda a la empresa que representa, en caso de contar con la misma. Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes. |
NO |
15 |
El licitante persona moral), debara presentar acta constitutiva y sus modificacines de ser el caso, asi como el poder notarial de la empresa a la que representa. El licitante (persona física), deberá de presentar copia de identificación y acta de nacimiento. Para el caso de proposciciones conjuntas se deberá de presentar por cada uno de los licitantes. |
SI |
16 |
El licitante deberá de presentar carta bajo protesta de decir verdad que en caso de resultar adjudicado presentará a más tardar diez días después del fallo su certificación de la CLABE interbancaria firmada y sellada por el banco de origen y estado de cuenta (copia). Para el caso de proposciciones conjuntas se deberá de presentar por cada uno de los licitantes |
NO |
17 |
El licitante (persona moral), deberá de presentar constancia de situación fiscal vigente y comprobante de domicilio de la empresa que representa con una antigüedad no mayor a tres meses. El licitante (persona física), deberá de presentar su constancia de situación fiscal vigente y su comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses. Para el caso de proposciciones conjuntas se deberá de presentar por cada uno de los licitantes |
SI |
18 |
El licitante deberá de presentar carta bajo protesta de decir verdad mediante la cual se compromete a presentar la garantia de cumplimiento asi como la poliza de responsabilidad civil-actividaddes dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, en el entendido que la falta de entrega de dicha la garantía y la poliza de responsabilidad civil-actividades será motivo de rescisión. Para el caso de proposciciones conjuntas se deberá de presentar por cada uno de los licitantes |
SI |
PROPUESTA TÉCNICA
Las Propuestas Técnicas se deberán presentar de acuerdo a lo siguiente:
PROPUESTA TÉCNICA
No. |
DESCRIPCIÓN |
SU FALTA DE PRESENTACIÓN AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN |
1 |
Deberá ser clara y precisa, detallando las características técnicas del servicio en concordancia con lo solicitado en el Anexo I, de esta convocatoria, sin indicar costo, el archivo se denominará “Propuesta Técnica”
Devera considerar las especificaciones técnicas, requisitos que debe presentar como parte de su oferta técnica y debamas puntos establecidos en el ANEXO I
La propuesta que presnten los licitantes, deberá ser firmada por el represtante legal de la empresa |
SI |
2 |
El licitante deberá de presentar las certificaciónesciones de seguridad y cumplimiento de las siguientes normas: ISO 27001: Estándar de administración de la seguridad y controles de seguridad. ISO 27018: Proporciona orientación sobre los aspectos de seguridad para la protección de los datos información.
|
SI |
PROPUESTA ECONÓMICA
No. |
DESCRIPCIÓN |
SU FALTA DE PRESENTACIÓN AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN |
1 |
Propuesta económica.
Los precios ofertados corresponderán a los precios que ofrezca el licitante en monedad nacional conforme al Anexo I.I.
|
Si |
Con la finalidad de agilizar la evaluación económica, se deberá adjuntar la prpuesta económica en formato Excel, en el apartado anexos genéricos.
Presentar los documentos que se indican en la presente convocatoria, identificándolos con el formato o anexo a que corresponda cada uno de ellos.
Es importante mencionar que la documentación legal y administrativa que se solicita en la presente convocatoria, deberá anexarse en el sistema CompraNet, preferentemente con hoja membretada del licitante.
1) Forma de acreditación
A) Para solicitar aclaraciones.
Las personas físicas y xxxxxxx que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria deberán presentar un escrito, en el que manifiesten, su interés de participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y/o en su caso del representante legal en términos del Anexo II.
En caso de formular aclaraciones o dudas a la Convocatoria, éstas deberán enviarlas en el formato de “Solicitud de Aclaraciones” ANEXO II-A, a través del Sistema CompraNet, a partir del momento en que se publique la licitación en el sistema CompraNet y hasta 24 horas antes de la fecha establecida para la junta de aclaraciones.
Si los escritos a que se refieren los ANEXO II y ANEXO II-A se presentan fuera del plazo de 24 horas aludido en el párrafo anterior o al inicio de la junta de aclaraciones, el licitante sólo tendrá derecho a presentar preguntas sobre las respuestas que dé la convocante en la mencionada junta.
Las solicitudes de aclaraciones deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos antes señalados serán desechadas por el SNDIF.
La convocante tomará como fecha y hora de recepción de las solicitudes de aclaraciones presentadas por los licitantes, la que indique el Sistema CompraNet al momento del envío.
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes presenten escrito identificado como ANEXO II-B, a través de los “parámetros técnicos” del Sistema CompraNet 5.0, debidamente requisitado y firmado, respetando el contenido conforme a lo establecido en el artículo 29 fracción VI de la Ley; además, el licitante deberá acompañar copia de su identificación oficial vigente con fotografía.
C) Propuesta Técnica.
Deberá ser clara y precisa, detallando las características técnicas del servicio y características que proponga, en concordancia con lo solicitado en el Anexo I de esta convocatoria y de los apartados que forman parte integrante del mismo, sin indicar costo, el archivo se deberá denominar “Propuesta Técnica”.
La propuesta técnica presentada por los licitantes deberá contener el desarrollo de cada punto, considerado las Especificaciones técnicas, aspectos técnicos, requisitos que debe presentar como parte de su oferta técnica y demás puntos establecidos en el Anexo I.
La Proposición que presenten los licitantes debe ser firmada de manera electrónica conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
En su caso, deberá anexar carta debidamente digitalizada, preferentemente membretada y firmada por el licitante, en la que declare bajo protesta de decir verdad que es una persona con discapacidad, o que es una persona moral que cuenta en su plantilla de personal con un mínimo del 5% de empleados con discapacidad, con una antigüedad mayor de seis meses dada de alta en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Anexo VI). Antigüedad que se comprobará con original o copia certificada para su cotejo y copia simple del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, el archivo que contenga el documento se deberá denominar “discapacidad”.
Además de lo anterior, se reitera que para la propuesta técnica:
Deberán identificarse cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y correo electrónico.
Cada uno de los documentos que integren la proposición técnica y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que la integran, por separado cada una. Deben ser legibles, y preferentemente en hoja membretada del licitante o al menos señalar la denominación, domicilio, correo electrónico y teléfonos del licitante. Así mismo señalar si se trata de una propuesta conjunta y personas o empresas que la integran.
Los escritos que presenten los licitantes bajo protesta de decir verdad deberán ser firmados de manera electrónica.
Para efectos de la presente convocatoria y para el caso de propuestas conjuntas, los anexos adjuntos a la misma deberán ser firmados por el representante común que al efecto se designe en el convenio de propuesta conjunta. Si la proposición conjunta resulta adjudicada con el contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes a quienes se considerará para efectos del procedimiento y del contrato como responsables solidarios.
Ninguna de las condiciones contenidas en las propuestas técnicas y las propuestas económicas presentadas podrán ser modificadas o negociadas.
Propuesta económica.
Los precios ofertados corresponderán a los precios que ofrezca el licitante en moneda nacional, mismos que se tomarán en cuenta para la evaluación económica.
Los precios cotizados para cada bien objeto de la presente licitación serán fijos, sin escalación durante la vigencia del proceso de licitación y durante la vigencia del contrato para el caso del licitante que resulte adjudicado.
Deberá señalarse el precio unitario y total, exclusivamente en Moneda Nacional, a dos decimales, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
La proposición que presenten los licitantes debe ser firmada de manera electronica.
Requisitos para participar a través de medios remotos.
Los licitantes que participen en esta Licitación Pública Nacional que se realiza de forma electrónica a través del Sistema CompraNet, tendrán por aceptadas las condiciones siguientes:
Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través de la Plataforma CompraNet 5.0, y que, a su vez, se distinga por el medio de identificación electrónica que les certifique la Secretaría de Hacienda y Credito Público, en dicha información quedará comprendida la proposición, la documentación distinta a ésta y las manifestaciones que les requiera el SNDIF.
Notificarán oportunamente a la SHCP bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante legal al que le haya sido entregado un certificado digital.
Aceptarán que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
Admitirán que se tendrá por no presentada (desechada) la proposición y la demás documentación requerida por el SNDIF, cuando el archivo en el que se integra dicha información contenga virus informáticos o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
Lo anterior con fundamento en el artículo 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
V. CRITERIOS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES
La presente licitación se evaluará mediante el criterio de PUNTOS Y PORCENTAJES,
De conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda la documentación proporcionada por los participantes en un proceso de Licitación es pública, a reserva de que el mismo indique lo contrario, para lo cual, deberá señalar los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables del ordenamiento legal antes citado. El no indicar lo antes referido no limita la participación del licitante, pero se asumirá que la información proporcionada será de carácter público.
V.1 Evaluación de proposiciones técnica y económica
Evaluación de la propuesta técnica:
Se determinará como propuesta solvente técnicamente aquélla que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica cumpla con un mínimo de aceptación de 45 puntos del total de los rubros y que cumpla con el total de los requisitos solicitados de la partida única de la presente convocatoria. Los licitantes que cumplan técnicamente con este mínimo de puntaje serán susceptibles de ser evaluados económicamente.
La evaluación de los precios ofertados se realizará conforme al artículo 36 Bis fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Evaluación de la propuesta económica.
Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuesto.
El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima.
Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PPE = MPemb x 40 / MPi.
Donde:
PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica;
MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y
MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
Criterios para la adjudicación del contrato
Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente:
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n
Donde:
PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición;
TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica;
PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
V.2 Causas por las que se desecharán proposiciones.
Si la propuesta técnica presentada por el licitante no contiene los requisitos mínimos establecido en la convocatoria.
Cuando el representante legal firme los documentos legales administrativos, técnicos y económicos plasmando una razón social diferente a la que representa; o bien, omita alguna o algunas palabras de su razón social.
Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica serán desechadas cuando no cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria.
De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la Ley, será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos y/o anexos establecidos en la presente convocatoria a la licitación y en la o las juntas de aclaraciones, que afecte la solvencia de la proposición, ya sea para proposiciones individuales o conjuntas.
Cuando presenten la proposición económica en moneda extranjera.
Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras.
Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar los precios del servicio, o cualquier tipo de acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Si los precios ofertados por los licitantes, rebasan el presupuesto autorizado.
Cuando se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley.
Cuando no se presente la Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley.
Cuando no se presente la Declaración de Integridad.
Por haber omitido presentar los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se hayan solicitado como requisito de participación en la presente convocatoria.
Si los licitantes que oferten propuesta conjunta, no anexan el “convenio de proposición conjunta”, conforme al artículo 44 del Reglamento.
Cuando se presente más de una proposición para la misma partida.
Cuando no presenten acta constitutiva y sus modificaciones de ser el caso asi como el poder notarial de la empresa a la que representa (persona moral)
Por no preentar copia de identifcación y acta de nacimineto (persona física)
Por no presentar constancia de situación fiscal y comprobante de domicilio de la empresa que represta (Persona moral)
´Por no presentar constancia de situación fiscal y su comprobante de domicilio (Persona física)
Será causa de desechamiento aquellas que, en su propuesta económica (incluido el costo de las primas de seguros), consideren cualquier cargo por concepto de comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios.
V.3 Requisitos cuyo incumplimiento no afectan la solvencia de la proposición.
El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición.
El no presentar la información en los formatos establecidos en esta convocatoria, siempre y cuando la información requerida en ellos sea proporcionada de manera clara y en su totalidad.
El no presentar su proposición y documentación requerida con el membrete del licitante.
Entregar la documentación distinta a la proposición, fuera del sobre cerrado que debe contener ésta última.
El no enviar formato de entrega de documentación.
VI.- DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN.
Escrito para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, firmado bajo protesta de decir verdad, conforme el contenido del Anexo II-B.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Identificación oficial vigente del firmante del escrito para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Acreditación de la existencia legal y personalidad jurídica del licitante
Para acreditar la existencia legal del licitante y la personalidad jurídica de su representante legal se deberá transcribir, llenar y presentar debidamente requisitado y firmado el Anexo III “Acreditación representación legal” de la presente convocatoria, acompañando copia de una identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cartilla o cédula profesional) de su representante legal.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Escrito de nacionalidad del licitante
Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad del licitante que es de nacionalidad mexicana en los términos del artículo 35 del Reglamento (Anexo IV).
Para el caso de propuestas conjuntas, este escrito se presentará por cada uno de los licitantes.
Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley
Escrito firmado por el representante legal del licitante, en el que declare bajo protesta de decir verdad, que el licitante no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley. (Anexo V-A).
Para el caso de propuestas conjuntas, este escrito se presentará por cada uno de los licitantes.
Declaración de integridad.
El licitante deberá presentar escrito bajo protesta de decir verdad, firmado por su representante legal en el que manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del SNDIF induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con los artículos 29 fracción IX de la Ley y 39 fracción VI inciso f del Reglamento. (Anexo V-B)
Para el caso de propuestas conjuntas, este escrito se presentará por cada persona que participe.
Escrito simple del licitante en el que manifieste que la proposición se presenta de manera conjunta.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar el convenio de participación firmado por los representantes legales de cada empresa (FORMATO LIBRE) de conformidad con lo establecido en los artículos 34 de la Ley; 44 y 48 fracción VIII, último párrafo del Reglamento, mismo que deberá estar debidamente firmado.
Para el caso de propuestas conjuntas, este escrito se presentará por cada persona que participe.
Participación de MIPYMES
Para el caso de micro, pequeñas y medianas empresas que participen en la licitación deberán presentar el Formato 3 para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación que cuentan con carácter, (micro, pequeña y mediana empresa), de la presente convocatoria.
Para el caso de propuestas conjuntas, este escrito se presentará por cada licitante que participe.
9.- Manifestación de Preferencia a Personas con Discapacidad
Manifestación del licitante en la que se indique bajo protesta de decir verdad, que es una persona física con capacidades diferentes, o bien tratándose de empresas que cuenten con trabajadores con capacidades diferentes en la proporción que establece dicho precepto legal, el aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con capacidades diferentes en términos de lo previsto por la fracción XXI del artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con discapacidad. (Anexo VI).
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Los licitantes deberán dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, para lo cual deberán presentar el documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, conforme lo establezca la Resolución de la Miscelánea Fiscal aplicable para el ejercicio 2021, o bien la correspondiente al ejercicio fiscal aplicable.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Los licitantes deberán de presentar la Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en el acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, publicado en el diario oficial de la federación el 27 de febrero de 2015.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Escrito firmado por sí o por medio de su Representante Legal del licitante en donde manifieste que su representada, reconoce y acepta ser el patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervengan en el desarrollo y ejecución del servicio durante la vigencia del contrato, por lo que de igual forma será totalmente responsable del pago oportuno a dicho personal, así como de las obligaciones de las cuotas obrero patronales IMSS, por lo que al SNDIF, en ningún momento se le considerará patrón solidario o sustituto.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
Declaración en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que conocen el contenido del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes
El licitante deberá presentar preferentemente en papel membretado de la empresa, una carta con la Dirección del Correo Electrónico que corresponda a la empresa que representa, en caso de contar con la misma.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá presentar por cada uno de los licitantes.
El licitante (persona moral), debara presentar acta constitutiva y sus modificacines de ser el caso, asi como el poder notarial de la empresa a la que representa.
El licitante (persona física), deberá de presentar copia de identificación oficial y acta de nacimiento.
Para el caso de las proposiciones comjuntas, se deberá de presentar por cada uno de los licitanye
El licitante deberá de presentar carta bajo protesta de decir verdad que en caso de resultar adjudicado presentará a mas tardar diez días después del fallo su certificación de la CLABE interbancaria firmada y sellada por el banco de origen y estado de cuenta (COPIA)
Para el caso de proposiciones conjuntas se debera de presentar por cada uno de los licitantes
El licitante (persona moral), deberá de presentar constancia de situación fiscal vigente y comprobante de domicilio de la empresa que representa con una antigüedad no mayor de tres meses.
El licitante (persona física), deberá de presentar su constancia de situación fiscal vigente y su comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
Para el caso de las proposiciones conjuntas, se deberá de presentar por cada uno de los licitantes.
El licitante deberá de presentar carta bajo protesta de decir verdad mediante la cual se compromete a presentar la poliza de garantía asi comomo la poliza de responsabilidad civil-actividades dentro de los diez días naturaes siguientes a la firma del contrato, en el entendido que la falta de entrega de dicha garantía será motivo de rescisión.
Para el caso de proposiciones conjuntas se deberá de presentar por cada uno de los licitantes
El licitante deberá de presentar las certificaciónesciones de seguridad y cumplimiento de las siguientes normas:
ISO 27001: 2013 Estándar de administración de la seguridad y controles de seguridad.
ISO 27018: 2014 Proporciona orientación sobre los aspectos de seguridad para la protección de los datos información.
INCONFORMIDADES
Conforme a lo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de Licitación Pública Nacional Electrónica.
Para tal efecto, la inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas de la Secretaría dela Función Pública, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, o a través de medios remotos de comunicación electrónica por conducto de CompraNet en la dirección electrónica xxxxx://XxxxxxXxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o en el Órgano Interno de Control en el SNDIF, ubicado en Prolongación Xochicalco 947, planta baja, Colonia Santa Xxxx Atoyac, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx.
Ahora bien, en cuanto al aspecto del procedimiento de conciliación, se observará lo establecido en los artículos 77, 78 y 79, de la Ley, que señalan:
Artículo 77.- En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Fucion Pública la solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los cotratos.
Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Funcion Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.
La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud.
Artículo 78.- En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Funcion Publica, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer la dependencia o entidad respectiva, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado.
Artículo 79.- En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de Enero de 2000 Este documento También está disponible por INTERNET En el Sitio http//xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal 62 dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual las dependencias y entidades deberán remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de esta Ley.
En caso de no existir acuerdo de voluntades, las partes podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia.
VIII. OTROS ASPECTOS GENERALES
Con el propósito de que los licitantes interesados en participar en el presente proceso licitatorio conozcan “El protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, aparecen como Anexo XI los Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y el 19 de febrero de 2016, así como su última modificación del 28 de febrero de 2017.
Se recomienda a los proveedores que una vez que se haya formalizado el contrato deberán completar la información aplicable en los formularios de la sección “Datos aplicables al RUPC/RUD”, y posteriormente, solicitar por escrito a la Unidad Compradora (en este caso la Subdirección de Adquisición de Bienes), la inscripción al RUPC, para que dicha Unidad Compradora valide la información presentada por el proveedor en los distintos formularios de CompraNet y, a partir de que la información requisitada sea correcta, lo inscriba en el RUPC, en cumplimiento del artículo 56 Bis, de la LAASSP y al numeral 18 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
Cuando el proveedor incurra en una o varias de las siguientes causales el SNDIF podrá rescindir administrativamente el contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la LAASSP y 98 del Reglamento, de acuerdo a lo siguiente:
Por suspender injustificadamente, de manera total o parcial el suministro del servicio.
Cuando agote el monto máximo de aplicación xx xxxxx convencionales,
Cuando agote el monto máximo de deducciones por la no entrega de los servicios.
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ALCANCES DEL SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA
CONTENIDO
1. |
TERMINOLOGÍA Y ACRÓNIMOS. |
|
2. |
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. |
|
3. |
PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. |
|
4. |
OBJETIVO DEL SERVICIO |
|
5. |
SITUACIÓN ACTUAL |
|
6. |
ALCANCE |
|
7. |
DOCUMENTACIÓN |
|
8. |
PLAN DE TRABAJO |
|
9. |
ESTRATEGIA DEL SERVICIO |
|
|
I. SESIÓN DE TRABAJO DE PLANEACIÓN DEL ARRANQUE |
|
|
II. REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO |
|
|
III. ADMINISTRACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO |
|
|
IV. REUBICACIÓN DE EQUIPOS EN CENTRO DE DATOS Y DRP |
|
|
V. MANTENIMIENTO |
|
|
VI. MESA DE AYUDA |
|
|
VII. SOLUCION DE DRP EN NUBE PÚBLICA |
|
|
VIII. DISPONIBILIDAD Y NIVELES DE SERVICIO |
|
10. |
DATOS DE QUIEN VERIFICARÁ Y ADMINISTRARÁ EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
11. |
CONFIDENCIALIDAD |
|
12. |
EQUIPO DE TRABAJO |
|
13. |
FIANZA DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL. |
|
14. |
PENAS CONVENCIONALES |
|
15. |
DEDUCCIONES POR SERVICIOS PARCIALES Y/O DEFICIENTES |
|
16. |
DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES |
|
17. |
PAGOS |
|
18. |
DOCUMENTOS QUE DEBERÁN CUBRIR LAS OFERTAS PARA PARTICIPAR |
|
19. |
LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
|
|
ANEXOS |
|
TERMINOLOGÍA Y ACRÓNIMOS.
Arreglo RAID: Un arreglo redundante de discos independientes (RAID por sus siglas en inglés) es típicamente implementado para la protección de la información o incremento del desempeño al acceso de los discos duros.
Bajo demanda (On-demand): Dentro del ámbito tecnológico se utiliza para expresar la flexibilidad de los productos de nube, basados en un modelo de pago por uso y en los cuales el proveedor pone a disposición del cliente todos sus recursos, pudiéndolos usar bajo petición previa.
Centro de Datos: Un centro de almacenaje de datos y que provee servicios de negocio que entrega de forma segura aplicaciones y datos a usuarios remotos a través de Internet.
Clúster: Conjunto de servidores que trabajan como una única maquina mejorando el desempeño de las transacciones y operaciones implantadas en este sistema.
Computación de Nube: Sistema de entrega de información y servicios virtuales a través del internet en el que la infraestructura y software son proveídos como un servicio por una empresa externa.
Convocante: Entidad requirente de los servicios en cuestión.
DA: Active Directory (AD) o Directorio Activo (DA) son los términos que utiliza Microsoft para referirse a su implementación de servicio de directorio en una red distribuida de computadores. Utiliza distintos protocolos, principalmente LDAP, DNS, DHCP y Kerberos.
DNS: Domain Name System (sistema de nombres de dominio).
DRP: Disaster Recovery Plan (plan de recuperación de desastres).
Elasticidad: Capacidad de un sistema de nube para adaptarse a los cambios de las cargas de trabajo de manera automática.
Escalabilidad: Habilidad de expansión o contracción de las capacidades y tamaño de los servicios de nube dependiendo de las necesidades y demanda de los clientes.
Fabricante: Compañía que genera productos o servicios de origen.
HP: Empresa hewlett packard que comercializa servicio de cómputo software y hardware.
IaaS (Infraestructura como servicio): Servicio de nube que busca sustituir la infraestructura “on-premise” a través de la nube. Opera a través de máquinas virtuales con las que el usuario puede desarrollar sus propias aplicaciones.
ISO27001: Estándar para la seguridad de la información. Especifica los requisitos necesarios para establecer, implantar, mantener y mejorar un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI) según la metodología del Plan-Do-Check-Act (Planificar-Hacer-Verificar-Actuar).
ITIL: “Information Technology Infrastructure Library”, es una recopilación de las mejores prácticas en la industria de las tecnologías de la información, en cuanto a los procesos referentes a la provisión de servicios de tecnología de información a las empresas y organizaciones.
Licitante adjudicado: Compañía que resultó ganadora en el proceso de licitación.
Licitante: Compañía que participa en el proceso de licitación.
Mantenimiento Correctivo: Consiste en la pronta atención bajo tiempos comprometidos por contrato para la corrección y/o reparación de algún componente o equipo que presenta problemas en su funcionamiento o se encuentra fuera de servicio, el objetivo es reestablecer a la brevedad la correcta operación.
Mantenimiento Preventivo: Servicio técnico proporcionado a los equipos, el cual tiene como finalidad mantener en óptimas condiciones de operación, así como establecer acciones predictivas que permitan tomar decisiones antes que ocurra un posible fallo.
Máquina Virtual (MV): Un software que se ejecuta como un sistema operativo, como si fuera una computadora física. El punto es que el usuario tenga una experiencia igual a la que tendría con un equipo físico.
Mesa de ayuda: Mesa técnica de apoyo de segundo o tercer nivel para el personal operador de la infraestructura y administrador de aplicaciones alojadas en centro de cómputo mayor de la SIIT.
Migración de datos: Proceso en el que se transfieren los datos entre nubes o hacia una nube.
NOC (Network Operations Center): Centro de control de la red responsable de monitorizar las redes en función de alarmas o condiciones que requieran atención especial para evitar impacto en el rendimiento de las redes y el servicio a los clientes finales.
Nube: Hace referencia al modelo estándar de Computación de Nube (Cloud Computing), en donde el prestador de estos servicios pone a disposición de cualquier usuario en Internet su infraestructura.
Nube Pública: Infraestructura o servicios de nube utilizados por una empresa y que son ofrecidos a través de internet por un proveedor externo.
On-premise: Modelo referido al esquema tradicional de licenciamiento, es decir la empresa adquiere las licencias que le otorgan derecho de uso de los sistemas del proveedor, los integra en sus propias instalaciones y mantiene sus datos dentro de su propia infraestructura de tecnología.
PaaS (Plataforma como servicio): Un servicio en el que se ofrece una plataforma para el desarrollo y ejecución de aplicaciones desarrolladas en la nube. Las aplicaciones por lo general son desarrolladas con el catálogo de herramientas que el proveedor de nube ofrece.
PMP (Project Management Profesional): Personal certificado por el PMI (Project Management Institute) designado por el licitante adjudicado que fungirá como punto único de contacto para el SNDIF.
Respaldo o Backup: Copia de seguridad que se realiza sobre archivos o aplicaciones contenidas en un equipo de cómputo con la finalidad de recuperar los datos en el caso de que el sistema de información sufra daños o pérdidas accidentales de los datos almacenados. Los dispositivos más empleados para llevar a cabo la técnica de backup pueden ser cintas magnéticas, DVD, discos duros, discos ópticos, USB o hasta incluso la implementación de un servicio remoto de copia de seguridad.
SaaS (Software como servicio): Modelo de negocio en el que se ofrece al consumidor una serie de aplicaciones que funcionan a través de infraestructura de nube. Los clientes no controlan o administran la infraestructura o la aplicación, solo hacen uso de ella.
SAN: Storage Área Network (red de área de almacenamiento).
SLA: “Service Level Agreement” o “Acuerdo de Nivel de Servicio”. Es un protocolo plasmado normalmente en un documento de carácter legal por el que una compañía que presta un servicio a otra se compromete a hacerlo bajo determinadas condiciones y con unas prestaciones mínimas.
SNAPSHOT: Copia instantánea de volumen, es una función de algunos sistemas que realizan copias de seguridad.
SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
SOC (Security Operations Center): Unidad centralizada que se ocupa de cuestiones de seguridad a nivel organizativo y técnico.
Supervisor: Personal del Sistema Nacional DIF, responsable de supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de los servicios contractuales.
Ticket: Número de identificación único e irrepetible con el que es asignado una solicitud o incidente que será atendido por la mesa de ayuda del licitante adjudicado.
Tiempo de atención: Es el periodo de tiempo entre el reporte o solicitud que genera el SNDIF y el momento en que el licitante adjudicado genera un número de ticket en la mesa de ayuda.
Tiempo de solución: Es el periodo de tiempo que utiliza el licitante adjudicado para llevar todas las actividades que requiere para solucionar un reporte o cumplir una solicitud.
Tiempo de validación: Es el periodo de tiempo entre solicitud de cierre que genera el licitante adjudicado para validar la solución y el momento en que el SNDIF confirma el cierre del Ticket.
UPS: Uninterruptible Power Supply (sistema de alimentación de energía ininterrumpida).
Ventana: Las ventanas de mantenimiento ayudan a garantizar que los cambios en la configuración se produzcan con el menor impacto posible.
Virtualización: Es el concepto que describe cómo en un solo computador físico se coordina el uso de los recursos para que varios sistemas operativos puedan funcionar al mismo tiempo de forma independiente y sin que ellos (los SO) sepan que están compartiendo recursos con otros sistemas operativos.
DESCRIPCIÓN.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) requiere de la contratación del servicio de cómputo mayor bajo demanda, que le permita dar continuidad a la operación de los sistemas informáticos de forma confiable y eficiente.
El proyecto consiste en atender los siguientes aspectos:
Administrar la infraestructura de cómputo mayor propiedad del SNDIF que se encuentra alojada en el Centro de Datos (Sitio principal) a través de los servicios profesionales administrados, el mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura física, renovación de licenciamiento, soporte y garantías que sean necesarios.
Reestructuración del DRP, clausurando el sitio remoto alterno ubicado en el edificio “Sandía” de Casa Hogar Niñas y trasladando los equipos al sitio principal y reiniciando la operación de esa infraestructura.
Las Máquinas Virtuales (MV) instaladas en la infraestructura del DRP deberán ser trasladadas a un esquema de nube pública habilitando la replicación necesaria con los ambientes productivos, en un esquema activo-pasivo.
Habilitar la seguridad informática (proactiva) necesaria para operar el sistema híbrido (On Premise – Cloud) y reducir al máximo cualquier riesgo.
Disponer de una mesa de ayuda que atienda los temas de NOC y SOC relacionados a la administración de la Infraestructura.
Mantener la operación de la plataforma computacional de cómputo mayor con la disponibilidad requerida por el SNDIF.
Este servicio permitirá mantener la continuidad de la operación de la infraestructura de cómputo mayor de forma confiable que requiere los sistemas informáticos del SNDIF.
PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO.
La contratación Servicio de Cómputo Mayor bajo Xxxxxxx comprenderá el periodo del 1° abril al 31 de diciembre de 2021 conforme a las especificaciones técnicas del presente documento.
OBJETIVO DEL SERVICIO
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, requiere la contratación del Servicio de Cómputo Mayor bajo Demanda, para mantener los sistemas informáticos del SNDIF operando en la infraestructura computacional del Centro de Datos propiedad del SNDIF de manera confiable y segura.
Para lo anterior, se deberá mantener la infraestructura propia del SNDIF del Centro de Datos (Sitio central) considerando un calendario para los mantenimientos preventivos y en caso de suscitarse alguna falla, ejecutar el mantenimiento correctivo (se establecerán las ventanas de mantenimiento correspondientes).
Es prioridad para el Licitante adjudicado mantener en todo momento la correcta operación y disponibilidad de los servidores (MV´s) que soportan los sistemas informáticos del SNDIF durante el tiempo de vigencia del contrato.
Contar con los servicios profesionales administrados que provean el monitoreo, servicio xx Xxxx de Ayuda para la atención a incidentes en la operación.
Disponer en todo momento de un esquema de seguridad integral que mantenga la integridad de la información alojada en el Centro de Datos del SNDIF (informática y física) como aquella que será alojada en la Nube de algún proveedor (DRP).
SITUACIÓN ACTUAL
El SNDIF tiene una plataforma de Cómputo Mayor que soportan diversos servicios y aplicaciones. Esta plataforma está integrada por un Centro de Datos Principal ubicado en Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx 000, Xxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, y el cual está acondicionado con el siguiente equipamiento:
Espacio montado con Piso Falso y Plafón
Aire Acondicionado de Precisión y Gestión de Flujo de Aire
Sistema de alimentación ininterrumpida UPS
Sistema Contra Incendios SCI
Control de acceso (AC)
Circuito Cerrado de TV (CCTV)
Tierra Física
Antenas Pararrayos
Instalaciones eléctricas necesarias (Acometida, Tablero, validación Generadores de Energía, Dispositivos de Transferencia, Unidades de Distribución de Energía, Respaldo de Energía)
Rack con infraestructura computacional y de comunicaciones
Una Planta de Energía exclusiva para el sitio principal (mantenida por el SNDIF).
Asimismo, tiene infraestructura computacional en su sitio remoto que forma parte del Sistema de Recuperación de Desastres (DRP), ubicado en Casa Hogar Niñas (Av. de los Insurgentes Sur 3700A, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán CDMX con el siguiente equipo:
Planta de energía (operando con gas LP)
Smart Bunker (Rack acondicionado)
Aire Acondicionado
UPS
Rack con infraestructura computacional y de comunicaciones
Características de la infraestructura computacional del SNDIF
El Centro de Datos del SNDIF es administrado mediante la herramienta tecnológica de virtualización de la empresa Microsoft denominada Hyper-V y que está alojada en infraestructura HP tipo Blade HP Proliant BL460c G9. Adicionalmente tiene servidores físicos HPE DL360 y DL380 G8 y G9 utilizados para la administración de la red y otros servicios (DA, DNS, Replicador 365 entre otros), todos ellos propiedad del SNDIF.
Los equipos cuentan con sistemas operativos Windows Server en distintas versiones (desde 2003 hasta 2012 R2) y sistemas Linux también en distintas distribuciones (Ubuntu y CentOS) en distintas versiones.
En el apartado de anexos, el correspondiente al Anexo 3 muestra las características de los Servidores actualmente en operación. Sistema operativo y sus características de capacidad en disco, memoria RAM y procesadores.
La información almacenada en las MVs del centro de datos se identifica con los siguientes tipos:
Bases de datos (SQL Server y MySQL).
Sitios de internet (web).
Directorio Activo (administración de dominio).
Sistemas Nómina y Recursos Humanos.
Sistema administración presupuestal SAP.
Sistemas sustantivos (Directorios, expedientes clínicos, credencialización, control de gestión, etc.).
Sistemas diversos (Controles).
A continuación, se mencionan las actividades del proveedor actual que realiza dentro del rubro de servicios administrados y mantienen la adecuada operación del centro de datos:
Administración de Infraestructura
Monitoreo de Infraestructura física
Administración ABC de Máquinas virtuales (altas, bajas y cambios)
Actualización de Sistemas Operativos
Servicio de migración de servidores
Monitoreo de Infraestructura virtualizada (MV´s)
Soporte, Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Infraestructura tecnológica del SNDIF
Mantener las Garantías de soporte a equipos
Respaldos activos, en cinta y Snapshots
Seguridad Física y Lógica del Centro de Datos (Se incluye CCTV y AC)
Mesa de Ayuda e Ingeniero en sitio
Atención a solicitudes o requerimientos y atención de incidentes o fallas.
Gestión o seguimiento a los tickets generados
Monitoreo a la infraestructura
Mesa de ayuda para solución de incidentes y acciones de mejora continúa.
Soporte 24x7
Reportes mensuales que entrega el proveedor
Disponibilidad
Estado de la Infraestructura (Sitio Central, Centro de Datos y DRP)
Listado de solicitudes o requerimientos y Fallas o Incidentes con detalle (Tickets)
Consumo, capacidad y de respaldos
Mantenimientos
Control de cambios establecido en el MAAGTICSI
Monitoreo
Estado de la Seguridad
Actividades del Ingeniero en Sitio
Seguridad
Seguridad física a infraestructura (AC y CCTV)
Seguridad lógica a todas las MV
Administración de antivirus y antimalware en todos los servidores (Servidores tipo Blades, Servidores físicos y virtuales)
Firewall
Zonas de seguridad
IPS
Análisis de Log
ALCANCE
El licitante adjudicado proporcionará los servicios profesionales para atender de manera eficiente cada aspecto relacionado al servicio objeto de las presentes bases.
Proporcionará los servicios profesionales administrados para mantener en operación la infraestructura computacional del Centro de Datos propiedad del SNDIF (Sitio principal) que permita estabilidad y disponibilidad acorde a las necesidades del SNDIF. Así también, cubrirá todos aquellos aspectos necesarios para mantener la operación de las MV´s que serán colocadas en la nube.
Proporcionará el servicio de nube pública para migrar las máquinas virtuales alojadas en la actual infraestructura del DRP. El proveedor adjudicado deberá mover la infraestructura computacional principal al área de telecomunicaciones y redirigirá el flujo del aire de manera que el equipo quede únicamente como respaldo, apagado y bajo la administración del SNDIF.
El licitante adjudicado deberá considerar todo lo necesario, para mantener la continuidad de la operación de la infraestructura con una disponibilidad del 99.8% para los equipos productivos alojados en el Centro de Datos del SNDIF (considerar solo los que entran en producción, no aplica para las réplicas del DRP).
Para mantener la correcta operación de los equipos propiedad del SNDIF, deberá considerar el mantenimiento preventivo calendarizado para la infraestructura del Centro de Datos del SNDIF, así como la renovación de pólizas de garantía y mantenimiento que crea necesarias para reducir al mínimo el riesgo.
En caso de ser necesario el mantenimiento correctivo, el licitante adjudicado deberá realizar las acciones necesarias para restablecer la operación del servicio dentro de los tiempos establecidos en los niveles de servicio durante la vigencia del contrato. No se tomará en cuenta el tiempo que sea definido como ventana de mantenimiento.
La mano de obra, configuración y puesta a punto correrá bajo la responsabilidad del licitante adjudicado.
El licitante adjudicado deberá administrar y gestionar la seguridad física y lógica hacia los servidores del SNDIF en cualquiera de sus modalidades (On Premise o Nube) que le permitan salvaguardar en todo momento la información.
Se establece un contrato de mínimos y máximos debido a que el SNDIF pagará por el consumo que pudiera generarse por la activación de la operación en la nube en caso de un incidente o falla del sitio central durante el tiempo necesario para restablecer la operación.
Las presentes bases incluyen cuatro documentos adicionales, Anexo 1 Características técnicas del equipo propiedad del SNDIF, Anexo 2. Inventario y números de serie de la infraestructura computacional, Anexo 3. Listado de máquinas Virtuales (servidores) con las que actualmente opera el SNDIF y Anexo F, formato para entregar la propuesta económica.
DOCUMENTACIÓN
El licitante adjudicado será responsable al final del contrato, de la entrega como parte de la administración del servicio, de toda aquella documentación, reportes e informes que fueron establecidos dentro de la fase de Planificación establecida en el plan de trabajo para garantizar y dar constancia de los servicios entregados por el licitante adjudicado.
PLAN DE TRABAJO GENERAL
Los licitantes deberán integrar como parte de su propuesta un Plan de Trabajo General indicando las actividades mínimas necesarias que les permita tomar la administración del servicio solicitado, el cual deberá incluir:
Incluir la fecha para la sesión de trabajo para confirmar el esquema de respaldos y definir los trabajos de migración del DRP (movimiento de los equipos de casa hogar al centro de datos principal, así como la migración de los ambientes replicados hacia la nube pública).
Establecer las fechas de ejecución para el mantenimiento preventivo a los equipos.
Listar las actividades que deberá realizar para mover las MV´s alojadas en la infraestructura del DRP hacia la nube.
Actividades para el movimiento de la infraestructura física del DRP actual ubicado en Casa Hogar hacia las instalaciones del sitio principal.
Fecha para la transferencia de conocimientos para la administración de la infraestructura de Cómputo Mayor del SNDIF.
Establecer las actividades necesarias de cierre del proyecto para la transición de los servicios (cierre del contrato).
REPORTES
El licitante adjudicado deberá documentar y entregar mensualmente dentro de los 5 días hábiles del siguiente mes (a excepción de los que indiquen una fecha distinta), en medio electrónico los reportes que posteriormente se enlistan, en los formatos que sean requeridos por el SNDIF. Se deberá incluir la evidencia de cumplimiento de los servicios y los tiempos establecidos.
Los reportes que deben entregarse son:
Disponibilidad
Este reporte deberá ser parte de las evidencias que muestra el cumplimiento de mantener la operación dentro de los parámetros requeridos.
Estado de la Infraestructura (monitoreo)
El licitante adjudicado proporcionará reportes y gráficos sobre las condiciones de operación de la Infraestructura, para observar y considerar las variaciones y tendencias de manera que puedan tomarse acciones preventivas y correctivas que correspondan.
Incidentes (Tickets)
El licitante adjudicado deberá entregar un reporte mensual de incidentes presentados en el que incluyan los detalles de su atención y solución al mismo.
Consumo, capacidad y respaldos
Informe mensual de los detalles de capacidad y/o almacenamiento de toda la infraestructura del SNDIF.
Requerimientos
Resumen ejecutivo de todos los tickets que fueron generados en el mes con los datos generales del ticket, fecha, hora, descripción, estatus y demás que se consideren necesarios.
Mantenimientos realizados
El licitante Adjudicado deberá entregar copia de los reportes de mantenimiento preventivo y correctivo (cuando sea requerido) únicamente a la infraestructura física ubicada en el Centro de Datos, generados en el mes de acuerdo con el calendario establecido (Mantenimiento preventivo) y para el caso del Mantenimiento correctivo el resumen soportado con la evidencia.
Control de cambios establecido en el MAAGTICSI (Cuando sea requerido)
Cualquier cambio, ajuste, o modificación en la infraestructura de centro de datos y/o nube pública ofertada, se deberá llevar a cabo a través de un proceso de control de cambios, en el cual se deberá especificar el cambio requerido, su posible afectación, acciones para retorno en caso de no ser posible ejecutarlo y los beneficios esperados de dicho cambio.
Estado de la Seguridad
Se requiere de dos reportes, un ejecutivo y uno detallado, ataques/intrusiones y/o amenazas detectadas y que pudieran poner en peligro la operación.
Mejoras y Matriz de lecciones aprendidas
Este reporte será entregado a los 60 días naturales de iniciado el servicio y 30 días previo a concluir el contrato. En este deberá indicar las acciones necesarias y/o recomendadas para mejorar la operación de la Infraestructura del SNDIF. Asimismo, en caso de ser necesario, describirá también procesos específicos de arquitectura, configuración o actividades que requieren algunos ambientes para asegurar su operación.
8. PLAN DE TRABAJO DETALLADO
El licitante adjudicado deberá entregar, en la segunda semana de vigencia, un plan de trabajo detallado (cronograma) que incluya las principales actividades del proyecto desde su inicio hasta su terminación y considerando todos los elementos necesarios para la correcta entrega del servicio.
El Plan de Trabajo estará conformado por las cuatro fases del ciclo de vida del proyecto, por lo que el licitante adjudicado deberá describir las actividades en cada una de las siguientes fases:
1. Fase de Planificación
2. Fase de Implementación
3. Fase de Ejecución y control
4. Fase de Cierre
El plan de trabajo deberá estar firmado por el PMP, e incluirá las actividades generales a realizar desde su inicio hasta su terminación en el cual se consideren todos los elementos necesarios para mantener la continuidad y correcta entrega del servicio. Se debe considerar de manera enunciativa y no limitativa lo siguiente:
Fase de Planificación. – El licitante adjudicado en coordinación con el área requirente, deberá ejecutar las tareas técnicas y administrativas necesarias para programar e iniciar los servicios a partir de la vigencia de contrato.
Acciones para mantener la continuidad de la infraestructura actual
Actividades que deberá entregar para mantener y administrar las instalaciones (sitio principal y DRP - NUBE).
Establecer las actividades necesarias que refuercen la estabilidad de la plataforma con que opera el SNDIF, a partir del inicio del contrato y hasta su terminación.
Fase de Implementación. - La Fase de Implementación debe considerar todas las actividades de desarrollo y puesta a punto del Programa de Trabajo relacionadas a la transferencia operacional, debiendo cumplir al menos con lo siguiente:
Acciones para migrar las MV´s de los ambientes a replicar en la nube.
Implementación mesa de ayuda. - El licitante adjudicado deberá implementar un esquema de operación de la mesa de ayuda para el SNDIF, debiendo entregar el procedimiento para el uso (atención a incidentes), matriz de escalación y los reportes que surjan de su operación.
Memoria técnica de respaldos y ambientes replicados al DRP. - El licitante adjudicado deberá entregar el documento en el que se establece la definición y conformidad por parte del SNDIF sobre los sistemas que entrarán al esquema de respaldos y en su caso, de replicación hacia el DRP (nube).
Fase de Ejecución y Control. - Esta fase deberá incluir al menos las siguientes actividades:
El licitante adjudicado entregará evidencia documental del servicio de manera periódica, estos pueden ser los reportes de uso y documentación del servicio, dichos reportes ya se especificaron en el apartado “REPORTES”, siendo al menos de forma mensual para aquellos en que no haya otro plazo indicado, estas coadyuvarán al control y retroalimentación del servicio a fin de implementar acciones de mejora y ajuste en la administración de este.
A partir de la entrega de los servicios y en la fase de ejecución y control, los servicios provistos por el licitante adjudicado serán notificados formalmente al SNDIF mediante los reportes consolidados de servicio mensual, los cuales se pondrán a disposición del SNDIF para su validación y procedencia.
El licitante adjudicado deberá implementar una solución integral de administración de cambios, debiendo abarcar los conceptos de requerimiento, autorización, ejecución, registro, y documentación. Deberá implementarse en conjunto con el administrador del contrato, un grupo de revisión del cambio que se encargará de analizar y autorizar los cambios de mayor impacto en la operación antes de ejecutarlos, así como de la supervisión y aprobación una vez implementados.
El licitante adjudicado deberá establecer los controles necesarios para mantener la continuidad de los servicios cuando se presente un cambio en la infraestructura.
Fecha para la transferencia de conocimientos para la administración de la infraestructura del SNDIF. El licitante adjudicado deberá contemplar en su propuesta técnica la transferencia de conocimientos sobre configuraciones, topologías y características de los equipos operando, para el personal técnico del SNDIF en los niveles de administración, monitoreo, operación y solución xx xxxxxx.
Incluir la fecha de la sesión de trabajo para definir esquema de respaldos y movimiento del DRP.
Calendario con fechas de ejecución para el mantenimiento preventivo a los equipos.
Fase de cierre. - La fase de cierre deberá incluir las siguientes etapas, las cuales deberán iniciar al menos un mes previo a la finalización del contrato.
Establecer las actividades necesarias de cierre del proyecto para la transición de los servicios.
Transferencia de toda la información del Centro de Datos hacia el SNDIF y al nuevo proveedor que tomará la administración de los equipos (Transición a un nuevo contrato).
Consideraciones
En cualquier momento durante las fases de ejecución y control de los servicios y durante la implementación, el Licitante Adjudicado deberá asegurar la continuidad operativa de los servicios que presta según se menciona en este Anexo Técnico debiendo cumplir al menos con lo siguiente:
El Licitante Adjudicado deberá tomar en cuenta desde la Fase de Planificación, las medidas de previsión necesarias para cumplir con los requisitos validados en la etapa final del servicio.
El Licitante Adjudicado en acuerdo con el administrador del contrato, tomarán la decisión sobre cuál será el mecanismo más adecuado para dar continuidad operativa a los servicios que entregará una vez que se acerque la finalización del contrato.
Si este mecanismo implica coordinación de cualquier tipo entre un nuevo proveedor y el Licitante Adjudicado para desarrollar algún tipo de tarea o logística, se establecerán en las sesiones de trabajo entre los proveedores entrante y saliente para dar continuidad al servicio debiendo ajustarse a los requerimientos del SNDIF establecidos en dichas sesiones.
TRANSICIÓN
Durante el proceso de transición deberá garantizar la continuidad de los sistemas del SNDIF, previamente a la finalización del contrato. Deberá entregar TODA la información generada durante la prestación de los servicios, incluyendo entre otras, manuales, guías de operación, administración de cambios, configuraciones, incidentes, claves de acceso, licencias, reportes generados y todo lo necesario para poder migrar los equipos.
A solicitud del SNDIF se establecerán sesiones de trabajo (durante la vigencia del contrato) para realizar los trabajos de transición de los servicios y deberá facilitar la toda la información necesaria sobre la infraestructura del SNDIF que administra, considerando para ello en todo momento la confidencialidad de la información. El proceso de transición se ejecutará 30 días antes de concluir el contrato de servicios.
ESTRATEGIA DEL SERVICIO
El Licitante Adjudicado utilizará para el servicio, la metodología para administración de proyectos que considere necesaria y que dé cumplimiento a lo establecido en el MAAGTICSI para las actividades de respaldo, soporte técnico y monitoreo, considerando la integridad de la información y con autorización de la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario. El PMP establecerá junto con el administrador del contrato el mecanismo con el que sustentará la aplicación de dicha metodología en la primera semana de vigencia del contrato.
Cuando el licitante adjudicado requiera hacer alguna modificación al servicio y/o actividad, será acordada y autorizada por la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario, estas deberán ser notificadas con anticipación para su autorización correspondiente.
SESIÓN DE TRABAJO DE PLANEACIÓN DEL ARRANQUE
El SNDIF convocará al licitante adjudicado en la primera semana de vigencia del contrato para que juntamente con la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario dependiente de la Dirección de Tecnologías de la Información, definan las tareas técnicas y administrativas a realizar en las fases de planificación, implementación, ejecución y control y de cierre del proyecto, así también dar a conocer los contactos de cada una de las áreas que participarán.
En esta sesión, se proporcionará al licitante adjudicado, la información a detalle o que por su carácter confidencial no se incluyó en el presente documento, por lo que deberán observar la firma de “carta de confidencialidad” y deberán ser ventilados todos los temas necesarios.
Se deberá entregar en medio impreso y electrónico, la descripción de todas las actividades a realizar y su secuencia en tiempo, desde el inicio de la vigencia del contrato y hasta su conclusión, considerando al menos lo siguiente:
Junta de arranque
Metodología a utilizar para el seguimiento del proyecto
Presentación del plan de trabajo detallado
Levantamiento de configuraciones
Esquemas operacionales
Entrega y recepción de servicios a satisfacción del SNDIF.
REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO
El licitante deberá tener capacidad para proporcionar al SNDIF el servicio de administración y mantenimiento a la infraestructura de cómputo mayor bajo demanda, que le permita dar continuidad en la operación de los sistemas informáticos sustantivos y que se encuentran alojados en el Centro de Datos del SNDIF y DRP - nube. Adicionalmente, contará con los recursos humanos profesionales que administren la infraestructura y mantengan la disponibilidad del 99.8% en la operación de la infraestructura de Cómputo Mayor del SNDIF.
Asimismo, se establece que el SNDIF podrá agregar o disminuir servicios de nube o de seguridad de conformidad con sus necesidades, sin que este cambio represente un costo para el SNDIF. Para el tema de capacidad de almacenamiento, se establece un mínimo de 4 Tb y un máximo de 7 Tb.
ADMINISTRACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO
El licitante adjudicado deberá mantener la operación de la infraestructura con una disponibilidad del 99.8% de toda la infraestructura de Cómputo Mayor (Producción) y establecer el esquema conveniente para los servicios en la nube a fin de reducir costos, proporcionar soporte técnico en línea y soporte telefónico, el cual será ilimitado para todo
tipo de problemas de la infraestructura perteneciente al servicio ofertado, llevando a cabo el procedimiento para la atención a fallas o incidentes, las 24 horas del día, los 7 días de la semana los 365 días del año incluyendo los días de descanso obligatorio previstos en la Ley Federal del Trabajo. Para lo cual el licitante adjudicado, deberá entregar el primer día de inicio de vigencia del Contrato el acceso a la Mesa de Ayuda, así como el procedimiento de atención xx xxxxxx o incidentes, así como la matriz de escalación.
SERVICIOS ADMINISTRADOS
El proceso de administración de toda la infraestructura de cómputo mayor quedará bajo el manejo de los recursos humanos profesionales que proporcione el licitante adjudicado y tendrá como principales actividades las que se enlistan a continuación, siendo estas enunciativas y no limitativas en el sentido de obtener la disponibilidad antes mencionada:
Administración de Infraestructura
Monitoreo de Infraestructura física
Administración ABC (altas, bajas y cambios) de Máquinas virtuales
Actualización de Sistemas Operativos en todos los equipos del SNDIF Windows y Linux (Windows Update, Service Packs, etc.)
Monitoreo de Infraestructura física y virtual (MVs) del SNDIF
Soporte, Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Infraestructura de Sitio Central, Centro de Datos y del DRP
Respaldos activos, en cinta y Snapshots
Seguridad Física y Lógica del Centro de Datos y del DRP
Mantener las Garantías de soporte a equipos
Servicio de migración de servidores (bajo demanda y costo en catálogo de servicio)
Borrado seguro (bajo demanda)
NIVELES DE PRIORIDAD (Incidentes o Fallas)
El tiempo de respuesta para la atención de incidentes se establecerá de acuerdo con las "Prioridades", las cuales serán determinadas por el personal designado del SNDIF de acuerdo con lo siguiente:
Prioridad 1: El equipo no está operando. El equipo con falla no se encuentra en operación y/o se presentan las siguientes irregularidades:
Caída del equipo (no es posible reanudar la operación del equipo).
Una falla en la funcionalidad del equipo causando pérdida de datos o se vuelve inutilizable el sistema.
Un desperfecto en el equipo causa que aplicaciones de misión crítica no se inicien/prosigan.
Se identifica una vulnerabilidad que viola la seguridad del equipo.
Se identifica falla en hardware del equipo.
Tiempo de respuesta: Máximo de SEIS (6) horas a partir del momento en que se haya turnado el incidente al personal especializado y su asistencia en sitio.
Forma de atención: En sitio
Prioridad 2: Equipo impedido. El equipo opera, no a su plena capacidad, pero todavía es funcional. Presentan una o más de las siguientes fallas:
Funcionalidad impedida o interrumpida con un impacto significativo sobre las aplicaciones.
Falla frecuente de una aplicación, pero sin pérdida de datos.
Falla seria pero predecible en el sistema operativo.
Degradación significativa del rendimiento del sistema.
Tiempo de respuesta: Xxxxxx de DOCE (12) horas a partir del momento en que se haya turnado el incidente al personal especializado y su atención remota o en sitio. Forma de atención: Remoto o en sitio
Prioridad 3: Operación anormal del Equipo. El equipo está en línea y funcionando con impactos limitados o sin impacto alguno, y/o presenta las siguientes fallas:
Defectos o errores que causan un limitado impacto o ningún impacto directo sobre el desempeño y funcionalidad.
Solicitud de reemplazo de una solución alterna al desperfecto.
Funcionalidad defectuosa con impacto determinado.
Preguntas y asuntos que requieren de soporte relativo al rendimiento del sistema.
Tiempo de respuesta: Dentro de un lapso de un (1) día natural a partir del momento en que se haya turnado el incidente al personal especializado y su atención remota o en sitio
Forma de atención: Remoto o en sitio.
SOPORTE TÉCNICO
El licitante adjudicado deberá proporcionar el servicio de soporte técnico en sitio las 24 horas del día, los 7 días de la semana los 365 días del año incluyendo los días de descanso obligatorio previstos en la Ley Federal del Trabajo para prioridad 1 y 2.
Se brindará soporte técnico de inicio con el ingeniero en sitio en un horario de 9:00 a 18:00 hrs. de lunes a viernes excluyendo los días de descanso obligatorio previsto por Ley Federal del Trabajo para la prioridad 3, durante la vigencia del contrato. Una vez turnado al personal especializado se establecerá la prioridad y el tiempo para su solución.
MATRIZ DE ESCALACIÓN
El licitante adjudicado entregará como parte de su propuesta junto con la información del servicio xx xxxx de ayuda, un procedimiento de atención a fallas, el cual deberá contener los medios de contacto, el proceso para solicitar soporte y un directorio de escalamiento con al menos tres niveles el cual deberá contener la siguiente información.
Puesto.
Nombre del contacto.
Teléfono de oficina y celular.
Correo electrónico.
GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES O REQUERIMIENTOS
Si bien las solicitudes o requerimientos conllevan distintos tipos de atención, es necesario definir ciertos límites que nos permitan llevar un control y seguimiento de la actividad, para ello se establecerá un tiempo de gestión en cada solicitud o requerimiento el cual deberá ser acordado con el administrador del contrato del
SNDIF de manera que quede establecido el tiempo de gestión necesario en el ticket generado. El incumplimiento a la fecha pactada conducirá a la aplicación de la deductiva SLA-3 del numeral 17. DEDUCCIONES POR SERVICIOS PARCIALES Y/O DEFICIENTES
GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS OPERATIVOS
El licitante adjudicado deberá llevar a cabo la administración de los sistemas operativos Windows y Linux de toda la infraestructura del SNDIF considerando las siguientes actividades:
Aplicación de parches y actualizaciones de seguridad
Respaldo de la configuración y/o máquinas virtuales (MV)
Estado de la plataforma de virtualización ubicada en centro de datos.
Monitoreo de los recursos y desempeño del servidor
Atención a solicitudes de servicio (cambios y seguimiento a incidentes operativos)
Configuración apropiada del sistema operativo
Validación de puertos y hardware del servidor
GESTIÓN DE LAS APLICACIONES BASES DE DATOS, SERVIDORES WEB, DIRECTORIO ACTIVO Y DNS.
El licitante adjudicado deberá realizar las actividades necesarias para dar continuidad y soporte a la operación de las bases de datos SQL Server y MySQL (Instalación, actualizaciones y optimización), servidores web (configuración, seguridad en directorios, redireccionamientos), directorio activo (revisión de configuración, salud, replicación, actualizaciones y optimización), WINS y DNS (revisión de configuración, salud, replicación, actualizaciones y optimización).
RESPALDOS
El licitante adjudicado en conjunto con las subdirecciones de la DTI establecerá una sesión trabajo en el primer mes de vigencia del contrato para confirmar o en su caso, adecuar el actual esquema de respaldos con el que opera el SNDIF. Adicionalmente, validará la configuración y operación del DRP en la nube y se establecerá de manera explícita los ambientes que podrán replicarse hacia el DRP, en función de las características de dichos ambientes.
El licitante adjudicado planificará el esquema de respaldo y determinará las herramientas que crea convenientes para su ejecución con la finalidad de evitar pérdidas de información y mantener la operación con la disponibilidad establecida.
La información de los sistemas críticos podrá ser grabada en cinta o grabada fuera de sitio en un servicio de nube pública que tenga una disponibilidad durante la vigencia del contrato (nube). Para toda aquella información que se defina su respaldo en cinta, esta deberá conservarse en cinta al menos 10 meses (cinta), ambos durante la vigencia del contrato.
Las cintas deberán ser identificadas y resguardadas por el licitante adjudicado. Al finalizar el contrato entregará las cintas junto con la relación de lo almacenado en las mismas.
El licitante adjudicado es responsable de poner a punto la solución de software y servicios de nube. Lo anterior durante la vigencia del contrato.
El licitante adjudicado deberá considerar lo siguiente:
Mantener en operación el equipo de respaldo propiedad del SNDIF.
Aplicar las configuraciones necesarias para la ejecución de los respaldos.
Proporcionar los servicios necesarios de nube para el almacenamiento o las cintas necesarias e incluir dispositivos de almacenamiento externo de almacenamiento (en caso de requerirlo).
Validar la correcta ejecución de los respaldos.
El licitante adjudicado pondrá a consideración del SNDIF un mejor esquema de respaldo según considere, que le permita minimizar la perdida de información en caso de un incidente.
Llevar a cabo las pruebas de recuperación de respaldos.
Reportar mensualmente el estado de los respaldos realizados y la capacidad de almacenaje que utiliza.
Emitir las sugerencias relacionadas al tema a fin de tomar acciones correctivas.
Para el caso de los respaldos de los ambientes que sean ubicados en la nube pública ofertada, los licitantes deberán proponer el esquema de respaldos directo en nube a utilizar como parte de su propuesta.
La falla en la generación de respaldos en cinta será motivo para aplicar la deductiva correspondiente, la cual se establece en el apartado DEDUCCIONES POR SERVICIOS PARCIALES Y/O DEFICIENTES y es aplicable al exceder el tres por ciento (3%) de los errores generados en la herramienta destinada en la ejecución mensual.
SNAPSHOT
El licitante adjudicado deberá generar a solicitud del SNDIF los snapshot (copia) del equipo virtual perteneciente a la infraestructura de centro de datos que se requiera, considerando que deberá proporcionarlo mediante dispositivo de almacenamiento externo para su uso sin que esto genere costo adicional para el SNDIF.
Asimismo, el licitante adjudicado deberá de proponer el esquema de respaldo directo en nube para los ambientes ubicados en la nube pública ofertada.
Los respaldos generados deberán ser almacenados en cinta a excepción de los respaldos de los ambientes ubicados en la nube pública ofertada que se realizarán en la misma nube ofertada. Por requerimiento expreso se hará excepción para ser almacenado en otro medio por una vigencia de 10 meses.
SEGURIDAD
El licitante adjudicado deberá mantener la seguridad lógica implementada en los servidores (máquinas virtuales) mediante la solución DeepSecurity del fabricante TrendMicro que actualmente opera y la cual integra las capas de antimalware, IPS, Firewall, Web Reputation, Integrity Monitoring y Log Inspection a todos servidores virtuales y físicos alojados en el Centro de Datos.
Los licitantes deberán considerar la renovación de 100 licencias y presentar en el catálogo de precios unitarios el costo por licencia adicional.
Seguridad Lógica
La herramienta de protección a los equipos del Centro de Datos, mantiene la protección a través de la solución DeepSecurity del fabricante TrendMicro la cual es la única que incluye el parcheo virtual que protege las versiones Windows Server 2003 que ya no cuentan con soporte
El licitante adjudicado será responsable de mantener la seguridad física y lógica de servidores virtuales y físicos alojados en el Centro de Datos.
Los licitantes proporcionarán en el mismo catálogo de servicios, el costo para la contratación e implementación de los certificados de seguridad informática que se requieran para los sistemas del SNDIF.
REUBICACIÓN DE EQUIPOS EN CENTRO DE DATOS Y DRP
El licitante deberá considerar como parte de su propuesta, el movimiento (reubicación) del Smart bunker (equipos de cómputo y comunicaciones) del DRP ubicados en Casa Hogar Niñas (Av. de los Insurgentes Sur 3700A, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán CDMX.
Los equipos serán reubicados en el Centro de Datos Centro de Datos Principal ubicado en Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx 000, Xxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, en el espacio donde se ubica el equipo de Telecomunicaciones, el cual cuenta con las condiciones necesarias para poder albergarlos.
De igual forma y para asegurar la continuidad del servicio de computo principal, el licitante deberá considerar la reubicación del rack de cómputo del espacio de centro de datos actual hacia el espacio donde se ubica el equipo de Telecomunicaciones, el cual cuenta con las condiciones necesarias para poder albergarlos, dentro de las mismas instalaciones del SNDIF.
El espacio de Telecomunicaciones dentro del Centro de Datos cuenta con las capacidades necesarias de energía eléctrica y espacio en los tableros correspondientes. Sin embargo, será responsabilidad del licitante adjudicado habilitar las conexiones eléctricas desde el tablero eléctrico dentro del Centro de Datos hacia la nueva ubicación de los racks de cómputo.
La reubicación de los equipos deberá realizarse en un plazo no mayor a 45 días naturales a partir del inicio del servicio.
Una vez reubicados los equipos de cómputo del Centro de Datos en el nuevo espacio designado tanto de producción como el trasladado del DRP, el licitante adjudicado deberá realizar las configuraciones necesarias que le permitan asegurar la disponibilidad y optimizar la operación de la infraestructura On Premise.
Dentro de los trabajos que debe considerar el licitante, será el movimiento del equipo de aire acondicionado Stulz el cual será redireccionado y utilizado por el SNDIF únicamente como respaldo de los aires acondicionados existentes, y será encendido únicamente cuando se presente alguna falla en el aire principal en el espacio del Centro de Datos del área de Telecomunicaciones. Después d ela recolocación del aire acondicionado Stulz, este pasará a la administración del SNDIF para mantenimiento.
MANTENIMIENTO
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El licitante adjudicado deberá proporcionar durante la vigencia del Contrato un calendario para el servicio de mantenimiento preventivo a la infraestructura física del SNDIF que se presenta en el Anexo 1.
El licitante adjudicado deberá entregar dentro de los 15 días hábiles posterior al inicio de la vigencia del Contrato, el programa del mantenimiento preventivo de forma calendarizada para la prestación del servicio y éste deberá llevarse a cabo conforme al plan de trabajo y sólo podrá aplazarse mediante solicitud expresa del SNDIF. Lo anterior sin representar ningún costo para el SNDIF, ni deductiva para el licitante adjudicado.
Al concluir la prestación del servicio de mantenimiento preventivo, el licitante adjudicado deberá entregar al SNDIF en hoja membretada de la empresa, el reporte de servicio validado por el personal responsable designado por el SNDIF. Dicho reporte deberá ser incluido dentro de los reportes del mes correspondiente.
Dentro del servicio de mantenimiento preventivo, el licitante adjudicado deberá realizar al menos las siguientes actividades:
Limpieza a detalle para cada componente.
Identificar y reemplazar los componentes degradados o en mal estado.
Detectar y corregir posibles falsos contactos en los componentes reemplazables.
Buscar mensajes de error, identificar sus causas, y ejecutar las acciones para corregirlas.
El licitante adjudicado deberá entregar por escrito el detalle de la solución implementada y las recomendaciones que considere necesarias.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El licitante adjudicado deberá, en caso de ser requerido, proporcionar el mantenimiento correctivo a cualquiera de los equipos que se señalan en los Anexo 1 y 2 con excepción de los ubicados en el DRP actual.
Cualquier solicitud de mantenimiento correctivo será claramente expresa por el SNDIF y de conformidad con los niveles de prioridad indicados en el apartado Niveles de prioridad de este documento. Una vez hecho el requerimiento, el licitante adjudicado considerará lo necesario para reducir los tiempos de solución y en su caso, considerar los reemplazos que permitan mantener la disponibilidad de la infraestructura.
Los mantenimientos correctivos deberán realizarse con objeto de que la infraestructura computacional del SNDIF del centro de datos se encuentre en condiciones óptimas de funcionamiento, para lo cual el licitante adjudicado realizará todos los ajustes y reemplazos de partes que sean necesarios.
Se precisa que, para llevar a cabo un mantenimiento correctivo a la plataforma computacional, el Licitante Adjudicado deberá renovar las pólizas de mantenimiento, soporte y garantía extendida de equipos HP, mismas que deberán estar vigentes durante el contrato.
El SNDIF no pagará por aquellas piezas o refacciones de los equipos de cómputo los cuales deberán estar incluidas en la renovación de las pólizas de servicio y garantía de los equipos hewlett packard HP propiedad del SNDIF.
El licitante adjudicado deberá atender los reportes de mantenimiento correctivo de acuerdo con los alcances del presente contrato y el nivel de servicio definido para el tipo xx xxxxx.
En caso de que la reparación de la falla demore más del tiempo señalado en el nivel de servicios, el licitante adjudicado deberá proporcionar al SNDIF un equipo de soporte de iguales o superiores características, mismo que será entregado e instalado por el licitante adjudicado en las instalaciones del SNDIF, mientras el equipo es reparado, esto sin costo adicional.
Los equipos objeto de este anexo que hayan sido reemplazados por otros a consecuencia de una falla en su operación, deberán ser reparados, devueltos al SNDIF e instalados en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha en que este haya sido retirado por el licitante adjudicado. Salvo que el equipo ya no tuviera reparación, caso en el que el licitante adjudicado deberá entregar una carta en donde se indique tal situación, por lo que el equipo sustituido pasará a ser el reemplazo permanente del equipo en cuestión, sin costo adicional para el SNDIF.
Al concluir cada servicio de mantenimiento correctivo, el licitante adjudicado deberá entregar al SNDIF en hoja membretada el reporte del servicio validado mediante firma de conformidad por el personal responsable designado, el reporte deberá estar debidamente requisitado.
MESA DE AYUDA
El licitante adjudicado deberá habilitar una mesa de ayuda que fungirá como el único punto de contacto con el SNDIF para la gestión del soporte técnico. La operación deberá estar apegada a las mejores prácticas de gestión de TI, conforme las recomendaciones de la Biblioteca de Infraestructuras de Tecnologías de la Información (ITIL® por sus siglas en inglés), por lo anterior el servicio solicitado deberá contar y presentar como parte de su propuesta los procesos implementados de: Gestión de Incidentes, Gestión de Solicitudes, Gestión de Accesos y Gestión de Cambios.
La implementación de la mesa de ayuda deberá entrar en funcionamiento desde el primer día de vigencia del contrato y deberán dar atención a las solicitudes de soporte hechas por el SNDIF, o el personal que este designe.
Las responsabilidades de la mesa serán:
Registrar el 100% de los reportes de servicio que sean solicitados por el SNDIF y dar seguimiento puntual de los reportes de servicio desde su apertura hasta su solución, informando del avance del caso a el SNDIF
Características del servicio xx xxxx de ayuda.
La mesa de ayuda será capaz de recibir peticiones de soporte en un horario 7x24 durante la vigencia del contrato.
Deberá poder ser contactada a través de múltiples canales (Omnicanal):
Número telefónico.
Chat en vivo
WhatsApp
Correo electrónico.
Portal web. Sin que este medio implique del uso de licencias o costo adicional para el SNDIF.
El servicio será responsabilidad del licitante adjudicado y será provisto desde las instalaciones que el mismo considere convenientes atendiendo en todo momento el cumplimiento de las presentes bases relacionadas a infraestructura y recursos necesarios para su operación.
La mesa de ayuda deberá ser operada por el licitante adjudicado y la herramienta utilizada deberá ser de su propiedad, no se aceptará la subcontratación o arrendamiento del servicio xx xxxx de ayuda con terceros. Para corroborar lo anterior, el SNDIF podrá realizar una visita a las instalaciones del licitante adjudicado para comprobar la existencia de la mesa de ayuda.
El licitante adjudicado será responsable de operar, controlar, actualizar y mantener el inventario de los componentes de hardware y software que conforman la infraestructura del Centro de Datos del SNDIF, a través de una Base de Datos de la Gestión de la Configuración (CMDB por sus siglas en inglés). La CMDB deberá ser parte integral del sistema de gestión del servicio (ITSM) que el licitante adjudicado haya ofertado para la Mesa de Ayuda. Esta información deberá ser proporcionada a solicitud del SNDIF.
El licitante adjudicado será responsable de recopilar todos los componentes de hardware que deberán registrarse en la CMDB por lo menos con la siguiente información:
Marca.
Modelo.
Número de serie.
Ubicación.
Vigencia del contrato.
La cual es enunciativa más no limitativa.
Los componentes de software deberán registrarse en la CMDB por lo menos con la siguiente información:
Fabricante.
Nombre de la aplicación y/o S. O.
Número de licencia.
Versión.
Equipo donde está instalada.
La cual es enunciativa más no limitativa.
Todos los cambios hechos en los componentes que se deriven de un incidente, control de cambios o solicitud, deberán reflejarse en la CMDB.
REPORTES MENSUALES DE INCIDENTES
El licitante adjudicado entregará durante los primeros 5 días hábiles del mes siguiente al analizado, un reporte mensual de los incidentes reportados a la Mesa de Ayuda, en el cual deberá presentarse la siguiente información.
Número de reporte.
Tipo de solicitud (Incidente/Falla, Servicio de virtualización o Solicitud/requerimiento).
Estado.
Nombre del solicitante.
Fecha y hora en que se realizó la solicitud.
Fecha y hora en que se atendió.
Fecha y hora de solución.
Descripción de la solución.
Deberá contener un resumen ejecutivo donde se muestra la cantidad de reportes generados durante el mes, clasificación, estado y cumplimiento de SLA´s.
GARANTÍAS
El licitante adjudicado deberá garantizar durante toda la vigencia del contrato que las piezas, así como los materiales que utilice serán nuevos y originales en atención xx xxxxxx en el equipo de cómputo que suministre tendrán una garantía de al menos 30 (treinta) días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que haya concluido el mes, incluido el último mes de vigencia del contrato.
SOLUCION DE DRP EN NUBE PÚBLICA
EL SNDIF requiere de un servicio de DRP alojado en nube, en un escenario Activo – Pasivo, el cual solo deberá de funcionar (activarse) en caso de que el sitio principal no se encuentre disponible. El licitante deberá considerar los siguientes componentes, que deberá de ofertar con un proveedor de nube pública:
CANTIDAD: Almacenar la réplica de 16 máquinas Virtuales y procesamiento para ejecutar máquinas con las siguientes características
ALMACENAMIENTO GENERAL (Capacidad): La capacidad de las instancias en la nube tendrán una capacidad mínima de almacenamiento entre de 00 Xx y la máxima de 0000 Xx (1 Tb). Sumando una capacidad general mínima requerida aproximada de 4 Tb y con flexibilidad de crecimiento hasta 7 Tb.
vRAM (MEMORIA): La capacidad de las instancias en la nube tendrán una capacidad mínima de memoria virtual entre 2 Gb y la máxima de 16 Gb en memoria.
vCPU (Procesamiento): La capacidad de las instancias en la nube tendrán una capacidad mínima de procesamiento virtual entre de 1 vCPU y la máxima de 8 vCPU.
Transferencia de datos bajo demanda (Bajada). Únicamente se iniciarán las instancias para las pruebas semestrales. El consumo generado por la descarga de información en la prueba será lo que genere el costo adicional.
SERVICIO DE DRP REQUERIDO:
Se requiere de un servicio de continuidad empresarial escalable para proteger las máquinas virtuales listadas a continuación, pertenecientes al centro de datos principal con réplicas de las MV´s de forma continúa que permitan regresar a un nivel operativo completo después de una interrupción catastrófica de los servicios de la convocante.
No. |
Aplicativo |
VM |
S.O. |
vCPUs |
vRAM |
Tamaño MV en Gigabyte (GB) |
1 |
XXXXXXX |
ZPASERVSVL44 |
CentOS 6 |
8 |
16 |
200 |
2 |
ZPASERVSVL67 |
CentOS 6 |
4 |
8 |
260 |
|
3 |
ZPASERVSVL221 |
CentOS 6 |
4 |
16 |
220 |
|
4 |
DNIAS |
ZPASERVSVW226 |
WS 2008 R2 |
2 |
4 |
110 |
5 |
ZPASERVSVL225 |
CentOS 6 |
2 |
6 |
70 |
|
6 |
ZPASERVSVL227 |
CentOS 6 |
1 |
6 |
310 |
|
7 |
ZPASERVSVL228 |
CentOS 6 |
1 |
6 |
70 |
|
8 |
ZPASERVSVL229 |
CentOS 6 |
2 |
4 |
310 |
|
9 |
SICER |
ZPAVW62 |
WS 2008 R2 |
2 |
4 |
70 |
10 |
GALILEO |
WS 2003 |
2 |
3 |
210 |
|
11 |
RENCAI |
RENCAIBD |
WS 2008 R2 |
4 |
6 |
510 |
12 |
ZPASERVSVL215 |
CentOS 6 |
2 |
4 |
80 |
|
13 |
ZPASERVSVU241 |
Ubuntu 12.04 |
1 |
4 |
90 |
|
14 |
APPREPROD01 |
CentOS 6 |
2 |
4 |
210 |
|
15 |
SAP* |
PRODUCCIONSAP |
WS 2012 R2 |
8 |
16 |
810 |
16 |
SIRH |
ZPAVCRECHUM |
CentOS 7 |
2 |
4 |
70 |
|
*Solo almacenamiento y ejecución SO y MySQL. La versión de SAP del SNFIF no se ejecuta en la Nube |
Almacenamiento utilizado |
3,810 |
La tabla anterior indica las MV´s iniciales que serán enviadas a la nube. Posteriormente se harán los ajustes correspondientes acorde a la actualización del Bussiness Continuity Plan (BCP) para que el Disaster Recovery Plan (DRP) se encuentre alineado.
El contrato será de mínimos y máximos, derivado de la naturaleza de este servicio por lo que el SNDIF pagará por el consumo que pudiera generarse por la activación de la operación en la nube en caso de un incidente o falla del sitio central durante el tiempo necesario para restablecer la operación. Asimismo, se establece que
REQUISITOS DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS DE NUBE PÚBLICA
El licitante deberá de ofertar un servicio de nube pública, cuyo proveedor de servicio de nube deberá cumplir con las siguientes características para garantizar la adecuada atención de las necesidades de la convocante:
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIOS DE CÓMPUTO
El licitante adjudicado deberá de proveer los servicios de cómputo en la nube pública necesarios para el servicio de DRP, las cuales deberán de cumplir con las siguientes características:
Deberá contar con al menos 1 centros de datos adicional comunicados entre sí, para garantizar la redundancia de los servicios de cómputo en la nube pública.
Deberán contar con la infraestructura necesaria para atender las necesidades de procesamiento y capacidad, acorde a las características de la Máquinas Virtuales del SNDIF.
Los centros de datos deberán estar situados en regiones distintas de manera que se aumente la seguridad y protección de la información.
NORMAS
El proveedor de servicio de nube debe contar al menos con las siguientes certificaciones de seguridad y cumplimiento
ISO 27001: 2013 Estándar de administración de la seguridad y controles de seguridad.
ISO 27018:2014 Proporciona orientación sobre los aspectos de seguridad para la protección de los datos información.
El servicio que se requiere debe ofrecer las siguientes características mínimas:
Tiempo de recuperación objetivo (RTO)- Deberá de activar las máquinas virtuales listadas a continuación de la convocante en caso xx xxxxx catastrófica del sitio primario o en caso de prueba en un plazo de máximo 6 horas.
Replicación de servidores - Deberá de permitir la replicación de las máquinas virtuales del sitio primario que la convocante considere críticos.
El licitante adjudicado deberá de proveer las herramientas necesarias que permita la replicación y activación en ambientes que utilicen cualquier hipervisor.
HERRAMIENTA DE REPLICACIÓN
El licitante adjudicado deberá de considerar las herramientas necesarias para replicar las máquinas virtuales a la infraestructura del proveedor de servicio de nube.
Dicha herramienta deberá cumplir con las siguientes características:
Deberá de minimiza el tiempo de inactividad y la pérdida de datos.
Deberá de realizar la replicación de nivel de bloque de forma asincrónica y continua de las máquinas de origen hacia la infraestructura del proveedor del servicio de nube.
Se deberá de replicar máquinas virtuales de forma completa, incluyendo el sistema operativo, la configuración del estado del sistema, los discos del sistema, las bases de datos, las aplicaciones y los archivos.
Durante la recuperación, se deberá de poder seleccionar tanto el último estado como un estado anterior de una lista de puntos en el tiempo.
La herramienta de replicación deberá de ser compatibles de los sistemas operativos Windows 2003/2008/2012/2016/2019 y Linux como CentOS, RHEL, OEL, SUSE, Ubuntu y Debian
ALMACENAMIENTO
El licitante adjudicado deberá de ofertar el almacenamiento en nube de bloques o por objetos.
La capacidad de almacenamiento mínima será de 4 Tb y la máxima de 7 Tb.
Deberá permitir escalabilidad, disponibilidad de datos, seguridad y rendimiento
Deberá permitir almacenar y proteger cualquier cantidad de datos
Deberá de permitir el versionado de archivos
El licitante adjudicado deberá de ofertar un servicio de almacenamiento de alto rendimiento con facilidad de uso tanto en cargas intensivas de trabajo, así como un alto número de transacciones, que cumpla con replicación asíncrona.
CARACTERÍSTICA DE REGISTROS DE ACCESO
El licitante adjudicado deberá de proveer a la convocante bitácoras de acceso de usuarios a las consolas de administración de los recursos de nube de cada uno de los servicios:
Deberá contar con registro de acciones de usuario en la consola de administración
Deberá contar con registro de actividades realizadas para aprovisionamiento de recursos o servicios de nube
MONITOREO
El licitante adjudicado deberá de proveer a la convocante de un servicio de monitoreo para las máquinas virtuales en la nube, el cual deberá de recopilar datos en formato de registros, métricas y eventos.
Asimismo, deberá permitir la visualización mediante paneles automatizados para obtener una vista unificada de los recursos y servicios.
SOPORTE TÉCNICO DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS DE NUBE
El licitante adjudicado deberá de proporcionar el soporte que proporciona el proveedor de servicios en nube con las siguientes características:
Deberá de contar con herramientas automáticas en línea que analice el entorno en la nube según las mejores prácticas.
Servicio en línea de monitoreo de la salud de los servicios del proveedor de servicio de nube.
Soporte de arquitectura.
API del servicio de soporte.
Acceso a programas de soporte proactivo.
Soporte técnico: acceso las 24 horas, los 7 días de la semana a los ingenieros de soporte en la nube por teléfono, chat y correo electrónico. Se requiere un número ilimitado de contactos que pueden abrir una cantidad ilimitada de casos.
CONECTIVIDAD HACIA LA NUBE
El licitante adjudicado utilizará su enlace de Internet del SNDIF para proporcionar la conexión necesaria para enlazar las MV´s alojadas en la infraestructura del SNDIF ubicadas en el Sitio principal (Av. Xxxxxxxx Xxxxxx No. 340 Planta Baja Col. Santa Xxxx Atoyac Alc. Xxxxxx Xxxxxx en la Ciudad de México) y las que serán alojadas en la nube del proveedor que determinó utilizar. El Licitante adjudicado propondrá el mejor esquema de conectividad y quedará a consideración del SNDIF realizar los cambios propuestos.
DISPONIBILIDAD Y NIVELES DE SERVICIO
El SNDIF requiere una disponibilidad del 99.8% de las máquinas virtuales alojadas en la infraestructura de Cómputo Mayor del SNDIF, por lo que el licitante adjudicado deberá considerar todos los aspectos involucrados necesarios que garanticen este valor.
El no cumplir con este nivel de disponibilidad será acreedor a la deductiva correspondiente en el apartado c.
Los niveles de servicio se establecen acorde con las necesidades de operación de los sistemas informáticos del SNDIF. El licitante adjudicado deberá garantizar por escrito al menos el 99.8% de disponibilidad de las MV´s en producción, en términos de la siguiente tabla:
DESCRIPCIÓN |
PERIODICIDAD |
NIVEL DE SERVICIO |
Disponibilidad de las máquinas virtuales en producción (MV) |
Mensual de lunes x xxxxxxx 24 horas |
>= 99.8 % |
En caso de incidentes o fallas, las deductivas serán aplicables por cada hora o fracción transcurrida después del límite establecido según la prioridad asignada. Para el cálculo de la disponibilidad, se establece que será calculada de la siguiente manera:
Las ventanas de mantenimiento serán consideradas como tiempo disponible para el cálculo.
DATOS DE QUIEN VERIFICARÁ Y ADMINISTRARÁ EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato correspondiente será la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario a cargo del Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y ubicada en Av. Xxxxxxxx Xxxxxx Núm. 340, Pb. Col. Santa Xxxx Atoyac, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. X.X. 00000, teléfono 5530032200 ext. 3390.
11. CONFIDENCIALIDAD
El licitante adjudicado deberá presentar una carta en papel membretado, debidamente firmada por su representante legal en la que indique que su representada, así como todos los integrantes de su equipo de trabajo que participen del proyecto, se comprometen a mantener la confidencialidad de la información conocida, vista, trabajada o producida durante el desarrollo del proyecto; adicionalmente, el licitante adjudicado del servicio deberá apegarse en todo momento x Xxx General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
12. EQUIPO DE TRABAJO
Los licitantes deberán contar con el personal especializado para garantizar que los servicios motivo del presente documento sean confiables y de alta calidad, proporcionando calidad, madurez y resultados alineados a las “mejores prácticas”.
El licitante adjudicado deberá nombrar a más tardar en la primera semana de vigencia del contrato, un líder de proyecto certificado por el PMI (Project Management Institute), que será responsable de coordinar todas las actividades a realizar para la validación y control de los servicios. También deberá de asignar un grupo de trabajo que cumpla con los roles descritos y funciones que a continuación se enlistan (la información es descriptiva más no limitativa):
LÍDER DEL PROYECTO
La persona asignada con conocimiento en proyectos similares de 5 a 10 años de experiencia en gestión de proyectos, formación efectiva en temas de administración de infraestructura tecnológica y capacidad para la toma de decisiones.
Fungirá como punto único de contacto entre el SNDIF y el licitante adjudicado
El líder de proyecto deberá contar con la certificación PMP (Project Management Profesional) del PMI o TOGAF v.9. Para tal efecto se deberá comprobar lo anterior y deberá incluir en la propuesta técnica copia de la certificación y del currículo del PM para garantizar que ha realizado implementación de proyectos similares.
Vigilará el cumplimiento de los compromisos para la atención del contrato.
Gestionar la asignación de recursos para la ejecución de actividades requeridas.
Establecer los canales necesarios de acuerdo con planes de comunicación.
Reportar los avances y cumplimientos del contrato de acuerdo con su nivel y plan de comunicación establecido.
Comunicar al SNDIF las mejoras que pueden ser aplicadas en la operación del SNDIF y proponer acciones.
Dar seguimiento a la gestión y resolución de problemas y riesgos escalados a su nivel.
Asegurar que los trabajos realizados se cumplan en tiempo y forma de conformidad con la solución propuesta por el licitante adjudicado.
Establecer las líneas de acción con el personal indicado para que se apliquen los ajustes necesarios.
Asegurar un nivel adecuado de satisfacción del cliente referente a los servicios proporcionados.
Planear las actividades de los roles involucrados.
Orquestar la ejecución de las actividades.
Proporcionar los controles de cambio necesarios durante la vigencia del contrato.
Será el responsable de los reportes mensuales.
Informar inmediatamente al SNDIF sobre cualquier cambio, problema o algún otro asunto que pudiera afectar el desarrollo del plan de trabajo general.
SOPORTE DE INFRAESTRUCTURA (Personal en sitio)
El licitante adjudicado deberá proveer Servicios de un Especialista de Infraestructura para Soporte Técnico en Sitio, el personal deberá cumplir con las siguientes características descritas a continuación:
Nivel Técnico Superior Universitario (TSU), Licenciatura o Ingeniería en Sistemas Computacionales o a fin.
Conocimiento y experiencia demostrable presentando diplomas de al menos tres cursos de las herramientas y/o sistemas operativos que utiliza el SNDIF (virtualización, bases de datos SQL, Linux, y Windows, sistemas de respaldos, etc.)
Un año de experiencia comprobable en el manejo del equipo descrito en este documento, virtualización.
Capacidad de instalación, configuración, optimización y solución de problemas.
Conocimiento en firewalls, IPS, IDS, etc.
Durante la vigencia del contrato el SNDIF a través de la SIIT, podrá solicitar su cambio.
El personal en sitio deberá cumplir una jornada laboral de 8 horas de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas con una hora para tomar sus alimentos. En caso de una eventualidad, incluyendo días festivos y no laborables deberá también estar localizable y disponible las 24 horas para proporcionar soporte en sitio, remoto y/o vía telefónica.
Durante la vigencia del contrato, el licitante adjudicado en común acuerdo con el SNDIF establecerá un control para validar la asistencia y puntualidad del personal en sitio.
El personal en sitio será el primer nivel de escalación para la atención de los requerimientos, fallas o servicios solicitados por el SNDIF, en caso de requerir asistencia adicional será el encargado de levantar el reporte a la mesa de ayuda del licitante adjudicado.
El personal en sitio será el responsable de darle seguimiento al reporte generado en la mesa de ayuda hasta la conclusión de este.
El licitante adjudicado deberá proporcionarle todas las herramientas necesarias de trabajo (laptop, herramienta, teléfono celular, etc.) con el fin de estar localizable en el momento que se requieran de sus servicios.
El SNDIF le proporcionará al personal en sitio un número de extensión únicamente con llamadas locales y un espacio físico.
Todas las erogaciones y gastos del personal en sitio para la prestación del servicio como son adquisiciones, amortizaciones, viáticos, adquisición de materiales, útiles, artículos para su trabajo, primas de seguro y deducibles, impuestos y por cualquier otro concepto serán directamente absorbidas por el licitante adjudicado.
El licitante adjudicado será responsable de los actos y conducta del personal que designe para la prestación de los servicios, por consiguiente, se obligará a reparar o indemnizar los daños y perjuicios que estos causen a los bienes, equipos, programas, mobiliario e instalaciones propiedad del SNDIF o de terceros.
Será obligación del licitante adjudicado que el personal que labore dentro del SNDIF cumpla con los lineamientos institucionales de conducta dentro de las instalaciones del SNDIF, así como la normatividad, controles y organización jerárquica en sus unidades administrativas.
El licitante adjudicado no podrá por ningún motivo divulgar datos o información del SNDIF, que pudiera conocer de manera circunstancial en sus obligaciones diarias.
El licitante adjudicado entregará al SNDIF una carta de confidencialidad firmada por el personal que labore en este proyecto, en los primeros cinco días de inicio de vigencia del contrato.
Así mismo, deberá contar con la infraestructura, equipamiento, partes y accesorios que se requieran para proporcionar los servicios descritos en el presente documento.
FIANZA DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
El licitante adjudicado, deberá presentar fianza de cumplimiento equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado sin incluir el I.V.A.
Que adicional a lo anterior presentará un seguro de responsabilidad civil de actividades por el 30% (treinta por ciento) del importe máximo del contrato sin incluir el I.V.A. la cual amparará los desperfectos causados a los equipos, programas, mobiliario e instalaciones del SNDIF o a terceros, por causas atribuibles al licitante adjudicado o a su personal.
El administrador del contrato verificará la vigencia de ambos documentos, los cuales deberán ser presentados en la Dirección General de Recursos Materiles y Servicios Generales de SNDIF por el licitante adjudicado, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato.
14.- PENAS CONVENCIONALES.
En el caso de presentar atraso en el inicio de la prestación del servicio por causas imputables al licitante adjudicado, se le impondrá una pena convencional del 1% (uno por ciento) por cada día natural de atraso, respecto del monto de la garantía de cumplimiento.
El importe respectivo de la pena convencional deberá ser pagado por el licitante adjudicado a la brevedad, después de la fecha en que el SNDIF le cuantifique y le notifique por escrito la penalización y el importe correspondiente, efectuando dicho pago a través del pago referenciado establecido por el Servicio de Administración Tributario, debiendo entregar el acuse del pago respectivo al responsable de verificar y administrar el contrato.
En el supuesto que el incumplimiento del licitante adjudicado rebase la fecha limite máxima para que el mismo proporcione el servicio, por haber agotado el monto de la garantía de cumplimiento del contrato, el SNDIF podrá iniciar la rescisión administrativa de contrato de conformidad a lo previsto en el artículo 54 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, lo cual no limita que el procedimiento de rescisión se podrá iniciar en cualquier momento.
15.- DEDUCCIONES POR SERVICIOS PARCIALES Y/O DEFICIENTES
Con la finalidad de tener certeza en la aplicación de alguna deductiva, se precisa que las cuestiones de algún incidente o falla en la infraestructura que administra el proveedor está sujeto a las deductivas del tipo solución, acorde a las prioridades y disponibilidad, quedando éstas fuera en caso de que el incidente o falla no sea atribuible al proveedor adjudicado. Un caso específico es la conectividad de red, servicio que está fuera del alcance del proveedor adjudicado.
De conformidad en lo dispuesto en el artículo 53 bis de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, se realizan deducciones al pago del servicio con motivo del incumplimiento parcial o deficiente, por causas imputables al prestador del servicio como a continuación se describe:
Tipo |
ID |
Descripción |
Límite de tiempo de respuesta |
Especificación |
Atención |
SLA-1 |
Por excederse en el tiempo de respuesta a la atención de un reporte o solicitud generado vía telefónica o por correo electrónico |
30 minutos |
0.1% del valor total de la factura por cada 15 minutos sin atención |
Solución |
SLA-2 |
Por excederse en el tiempo de solución de incidentes o fallas acorde a los niveles de prioridad estableciendo un límite máximo de 24 horas, iniciando desde el registro del incidente y posterior a ello entrará el SLA-3 |
Prioridad 1 Por cada hora o fracción posterior a las 6 horas |
1% del valor total de la factura. |
Prioridad 2 Por cada hora o fracción posterior a las 12 horas |
||||
Prioridad 3 Por cada día o fracción posterior al día límite |
||||
SLA-3 |
Por excederse en el tiempo en atención a la solución de un incidente con prioridad 1, 2 o 3 o en excederse en la fecha acordada para la atención de una solicitud o requerimiento. |
Por cada día o fracción posterior al día límite |
1% del valor total de la factura. |
|
SLA-4 |
Incumplimiento en el plazo de la entrega de los documentos solicitados. |
1 día |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-5 |
Por realizar modificación al servicio y/o actividad, sin ser acordada y autorizada por el SNDIF |
Por evento |
0.1% del valor total de la factura. |
|
Disponibilidad |
SLA-6 |
Acceso a la Mesa de Ayuda, así como la entrega del procedimiento de atención xx xxxxxx o incidentes o la entrega de la matriz de escalación |
Por cada día sin servicio en la mesa de ayuda |
1% del valor total mensual del servicio. |
SLA-7 |
Por no cumplir con los niveles de disponibilidad establecidos en los servicios. |
Por cada hora o fracción posterior al límite |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-8 |
Por exceder el porcentaje mensual de errores en la ejecución de respaldos |
Exceder el 3% de errores del total de respaldos |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-9 |
Por cada error generado posterior al 3% del total de respaldos |
Por error registrado |
0.1% del valor total del servicio por cada error. |
|
SLA-10 |
Por falla generalizada en el ambiente productivo en que todas las MV´s se encuentren fuera de línea. (posterior a las 24 horas límite del SLA-2) |
1 día o fracción |
3% del valor total de la factura. |
|
SLA-11 |
En las revisiones trimestrales del DRP, por cada MV que no opere en la nube |
Por MV |
5% del valor total del servicio |
|
SLA-12 |
Por no contar con un ingeniero en sitio |
Por cada día ausente |
1% del valor total de la factura. |
Las deductivas serán aplicables para el pago del correspondiente al mes en el que ocurrieron los incidentes.
De conformidad a lo establecido en el artículo 97 del Reglamento de la Ley AASSP, el prestador de servicios adjudicado expresa su conformidad de que los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que presente para su cobro, inmediatamente después de que el Área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente
Cabe señalar que el SNDIF podrá iniciar la rescisión administrativa de contrato cuando se presten los servicios de manera parcial o deficiente, y el monto determinado por el concepto de deducciones exceda del monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
16.-DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES
De acuerdo con el presente anexo el licitante deberá declarar si tiene o no conflicto de intereses a fin de poder participar en el proceso de adjudicación correspondiente.
Se presume que existe un conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que intervenga un funcionario del SNDIF, su cónyuge o parientes hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad o las sociedades o empresas las cuales sea director, ejecutivo o dueño directo a través de personas naturales o jurídicas de un cinco por ciento o más de su capital o las sociedades o empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o indirecto del cinco por ciento o más de su capital y las personas por quien el funcionario del SNDIF actúe como representante.
Sin perjuicio de la presunción referida, el licitante deberá indicar la existencia de otras situaciones que igualmente pudieran considerarse como constitutivas de un conflicto de intereses para participar en el proceso de adjudicación correspondiente.
En caso de que exista un conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, el licitante podrá optar igualmente por participar en el proceso de adjudicación correspondiente, declarando dicha situación con la especificación referente al momento de presentar su oferta, en este caso, el SNDIF se reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y determinar si se considerará o no elegible la oferta del licitante.
17. PAGOS
El licitante adjudicado podrá incorporarse al programa xx Xxxxxxx Productivas de NACIONAL Financiera S.N.C Institución de Banca de Desarrollo, con el objeto de acceder al factoraje o descuento electrónico de documentos para cobrar, en apego a las disposiciones vigentes.
Si el solicitante adjudicado opta por el beneficio xx xxxxxxx productivas, su pago lo realizar el banco intermediario
Elegido por el proveedor adjudicado.
En caso de que el licitante adjudicado decida no hacer uso del sistema antes mencionado y opte por su pago directamente por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el pago será cubierto dentro de los -20---- días naturales contados a partir de la fecha de recepción y revisión de la documentación, previa la prestación del servicio, lo anterior con fundamento en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El licitante adjudicado deberá de emitir la factura correspondiente al mes del servicio devengado y presentartla dentro d elos cinco días hábiles de cada mes posterior al mes del servicio prestado. Todo servicio proporcionado por el licitante adjudicado deberá estar soportado con la documentación que acredite que el servicio fue prestado, con la finalidad de obtener el pago correspondiente
No se cobrarán rentas por adelantado por el servicio, el pago es a mes vencido, se pagará previa recepción de la factura y el período de facturación deberá ser del 1º al último día del mes.
Los pagos del servicio se harán contra servicios prestados que estén previamente validados por la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario y se realizarán en moneda nacional.
No será imputable el atraso de los pagos al SNDIF, en el entendido que el licitante adjudicado entregue los reportes con tachaduras, datos remarcados, sobrescritos, ilegibles o datos erróneos incluyendo a las copias, mismos que serán devueltos para su corrección.
La factura que presente el licitante adjudicado del servicio para su pago deberá incluir el desglose de los servicios prestados para que la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario los valide y apruebe para su pago. Una vez validada y aprobada será turnada para su gestión de pago ante la Coordinación Administrativa de la Jefatura d Unidad de Finanzas.
El licitante adjudicado, deberá anexar a su documentación para efectos del primer pago, copia de los resguardos de la garantía de cumplimiento de contrato y de la póliza de responsabilidad civil- actividades.
Solo se tramitará el pago de la factura que cumpla con todos los requisitos fiscales aplicables vigentes, además deberá contener los siguientes datos: número de contrato; descripción del servicio; registro federal de contribuyentes del Sistema Nacional Para el Desarrollo Integral de la Familia: SND 770113 4L0 (“ese”, “ene”, “de”, siete, siete, cero, uno, uno, tres, cuatro, “ele”, cero.) Y considerar las siguientes claves:
Clave de forma de pago: 99, concepto: por definir.
Clave del método de pago: ppd, método de pago: pago en parcialidades o diferido.
18.-DOCUMENTOS QUE DEBERÁN CUBRIR LAS OFERTAS PARA PARTICIPAR
El licitante deberá cumplir al menos con los siguientes requerimientos:
PLAN DE TRABAJO GENERAL
CAPACIDAD
En papel membretado curriculum de la empresa
Presentar una carta en papel membretado firmada por su representante legal, mediante la cual manifieste que cuenta con el personal requerido para otorgar los Servicios de Especialistas de Infraestructura para Soporte Técnico y estarán disponibles para el SNDIF en el momento que sean solicitados.
Hoja membretada firmada por el representante legal indicando que las instalaciones deberán estar ubicadas dentro de la República Mexicana.
Hoja membretada firmada por el representante legal indicando que la mesa de ayuda opera físicamente dentro de sus instalaciones, proporcionar el domicilio. El SNDIF podrá visitar las instalaciones de la mesa de ayuda para comprobar su existencia y actividad operativa, durante el proceso de evaluación y durante la vigencia del contrato.
Los licitantes para respaldar el esquema operativo de la mesa de ayuda deberán presentar como parte de su propuesta, copia de la documentación de cada uno de los procesos mencionados, misma que debe contener:
Descripción del proceso por etapas o ciclo de vida.
Diagrama de flujo del proceso.
Definición de roles.
Matriz RACI.
Los licitantes comprobarán mediante documento impreso, captura de pantalla o través del portal que su herramienta para gestionar la mesa de ayuda lo siguiente:
Canales de comunicación integrados
• Correo electrónico
• Aplicación Web
• Teléfono
• Mensajería social
Mesa de ayuda
• Flujos de trabajo para tickets
• Gestión de SLA
• Roles y permisos personalizados
Especificaciones de seguridad y disponibilidad de la mesa de servicio
• Cifrado SSL
• Correo electrónico con firma digital (DKIM/DMARC)
• Restricción de acceso a la red
• Recuperación en caso de desastre
• Cumplimiento de seguridad:
• SOC 2 Tipo II
• ISO 27001:2013
• ISO 27018:2014
REQUERIMIENTOS DE EXPERIENCIA, CALIDAD, MADUREZ Y MEJORES PRÁCTICAS
El licitante deberá acreditar experiencia con al menos dos contratos que ha tenido en la prestación de servicios similares a la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de la presente convocatoria.
La especialidad deberá acreditarse con al menos un contrato de la misma naturaleza (servicios administrados en infraestructura del centro de datos).
El licitante deberá acreditar el cumplimiento de al menos un contrato que ha tenido en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de la presente convocatoria.
Los contratos que presenten no podrán tener una antigüedad mayor a cuatro años. La experiencia será considerada por la cantidad de contratos con máximo de 4 presentados. En contratos plurianuales se considerará contrato por año de duración.
RECURSOS HUMANOS
Deberá de contar con al menos 2 personas capacitadas y con certificación vigente en materia de servidores o infraestructura de Centro de Datos.
Deberá de contar con al menos 2 personas capacitadas y con conocimientos en redes y telecomunicaciones.
Los puntos anteriores deberán ser acreditados por medio de copia simple de los diplomas o certificados de los cursos relacionados en esas materias.
MÉTODO DE EVALUACIÓN
El método de evaluación será a través de puntos y porcentajes.
Evaluación de proposiciones técnica y económica
Evaluación de la propuesta técnica:
Se determinará como propuesta solvente técnicamente aquélla que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica cumpla con un mínimo de aceptación de 45 puntos del total de los rubros y que cumpla con el total de los requisitos solicitados de la (indicar si es partida única o varias partidas) presente convocatoria. Los licitantes que cumplan técnicamente con este mínimo de puntaje serán susceptibles de ser evaluados económicamente.
La evaluación de los precios ofertados se realizará conforme al artículo 36 Bis fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Evaluación de la propuesta económica.
Únicamente para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante los Impuestos que apliquen y sólo se considerará el precio neto propuesto.
El total de puntuación o unidades porcentuales de la propuesta económica, deberá tener un valor numérico máximo de 40; por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas deberá asignársele la puntuación o unidades porcentuales máxima.
Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PPE = MPemb x 40 / MPi.
Donde:
PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica;
MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y
MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
Criterios para la adjudicación del contrato
Se adjudicará el contrato a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente:
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n
Donde:
PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición;
TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica;
PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte la solvente más conveniente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la fórmula antes mencionada.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como MIPyMES y que así lo haya manifestado de acuerdo al punto 2.1.7 de esta convocatoria; se adjudicará el contrato en este caso en primer término a la micro empresa, a continuación se considerará a la pequeña empresa y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente las boletas con el nombre de cada licitante empatado; acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
TABLA DE PUNTOS Y PORCENTAJES
EVALUACION TÉCNICA
Evento COMPRANET N°
Descripción breve del bien o servicio: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE: CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA
Tipo de procedimiento:
LICITACIÓN PÚBLICA
CAPACIDAD DEL LICITANTE. PUNTAJE MÁXIMO 24 PUNTOS |
|
A.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS, 12.2 PUNTOS |
PUNTOS |
A.1.- EXPERIENCIA EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA MATERIA DEL SERVICIO OBJETO DE LA LICITACION |
|
SE PRESENTA CURRICULA DE LA EMPRESA. |
1.5 |
SE PRESENTA CERTIFICADO DEL PMI DEL LIDER DE PROYECTO. |
1.5 |
|
|
A.2.- COMPETENCIA O HABILIDAD EN EL TRABAJO: |
PUNTOS |
PRESENTAR UNA CARTA EN PAPEL MEMBRETADO FIRMADA POR SU REPRESENTANTE LEGAL, MEDIANTE LA CUAL MANIFIESTE QUE CUENTA CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA OTORGAR LOS SERVICIOS DE ESPECIALISTAS DE INFRAESTRUCTURA PARA SOPORTE TÉCNICO Y ESTARÁN DISPONIBLES PARA EL SNDIF EN EL MOMENTO QUE SEAN SOLICITADOS. |
1 |
SE PRESENTA DEL PERSONAL DE SOPORTE DE INFRAESTRUCTURA EN SITIO, TITULO NIVEL TÉCNICO SUPERIOR O LICENCIATURA O INGENIERÍA EN SISTEMAS COMPUTACIONALES O CARRERA A FIN. |
1 |
|
|
SE PRESENTA DEL PERSONAL DE SOPORTE DE INFRAESTRUCTURA EN SITIO, DIPLOMAS DE AL MENOS TRES CURSOS DE LAS HERRAMIENTAS Y/O SISTEMAS OPERATIVOS QUE UTILIZA EL SNDIF (VIRTUALIZACIÓN, BASES DE DATOS SQL, LINUX, Y WINDOWS, SISTEMAS DE RESPALDOS, ETC. |
1 |
SE PRESENTA DEL PERSONAL DE SOPORTE DE INFRAESTRUCTURA EN SITIO, DOCUMENTO QUE SOPORTA UN AÑO DE EXPERIENCIA COMPROBABLE EN EL MANEJO DE VIRTUALIZACIÓN
|
1 |
|
|
EL LICITANTANTE PRESENTA DOCUMENTO QUE SOPORTA QUE CUENTA CON UNA HERRAMIENTA XX XXXX DE AYUDA PROPIA. |
1.5 |
EL LICITANTE PRESENTA HOJA MEMBRETADA FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL INDICANDO QUE LA MESA DE AYUDA OPERA FÍSICAMENTE DENTRO DE SUS INSTALACIONES, PROPORCIONA EL DOMICILIO Y PUEDE SER VISITADA. |
1.5 |
|
|
A.3.- DOMINIO DE HERRAMIENTAS RELACIONADAS CON EL SERVICIO: |
PUNTOS |
EL
LICITANTE PARA RESPALDAR EL ESQUEMA OPERATIVO DE LA MESA DE AYUDA
DEBERÁN PRESENTAR COMO PARTE DE SU PROPUESTA, COPIA DE LA
DOCUMENTACIÓN DE CADA UNO DE LOS PROCESOS MENCIONADOS, MISMA QUE
DEBE CONTENER: |
1.1 |
EL LICITANTE PRESENTA DOCUMENTO CON LA INFORMACIÓN DE QUE USA CANALES DE COMUNICACIÓN INTEGRADOS PARA ATENDER LA MESA DE AYUDA. |
1.1 |
|
|
B.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS Y DE EQUIPAMIENTO, 10.8 PUNTOS |
PUNTOS |
SERVICIOS ESPECIALIZADOS |
0 |
EL LICITANTE PRESENTA DOCUMENTO BAJO DECIR QUE SUS INSTALACIONES ESTÁN UBICADAS DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA. |
1.8 |
EL LICITANTE PRESENTA DOCUMENTO BAJO DECIR VERDAD QUE TIENE INFRAESTRUCTURA PARA ADMINISTRAR LA INFRAESTRUCTURA IN SITU Y DE LA NUBE PARA EL SERVICIO DEL SNDIF. |
1.8 |
|
|
CAPACIDAD DE RESPUESTA |
|
EL LICITANTE MANIFIESTA BAJO CARTA MEMBRETADA QUE PUEDE ATENDER LOS INCIDENTES QUE SE PRESENTEN DENTRO DE LOS NIVELES DE SERVICIO INDICADOS EN LAS PRESENTES BASES. |
3.6 |
|
|
CAPACIDAD DE ESPECIALIZACIÓN |
0 |
EL LICITANTE MANIFIESTA BAJO CARTA MEMBRETADA QUE TIENE AL MENOS DOS PERSONAS CAPACITADAS Y CON CERTIFICACIÓN VIGENTE EN MATERIA DE SERVIDORES O INFRAESTRUCTURA DE CENTRO DE DATOS (ANEXAR CPOIA DE LAS CERTIFICACIONES). |
1.8 |
EL LICITANTE MANIFIESTA BAJO CARTA MEMBRETADA QUE TIENE AL MENOS DOS PERSONAS CAPACITADAS Y CON CERTIFICACIÓN VIGENTE EN LA GESTIÓN DE SERVICIOS DE NUBE (ANEXAR COPIA DE LAS CERTIFICACIONES). |
1.8 |
|
|
C.- PARTICIPACIÓN DE DISCAPACITADOS, 0.5 PUNTOS |
|
PERSONAS CON DISCAPACIDAD O SI DENTRO DE LA PLANTILLA LABORAL CUENTA CON PERSONAL DISCAPACITADO. |
PUNTOS |
MANIFESTACIÓN ESCRITA EN LA QUE EL LICITANTE INDIQUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, FIRMADO POR EL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE, QUE CUENTA CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EN UNA PROPORCIÓN DE CUANDO MENOS UN CINCO POR CIENTO (5%) DE LA TOTALIDAD DE SU PLANTA DE EMPLEADOS, CUYA ANTIGÜEDAD NO SEA INFERIOR A SEIS MESES, INCLUYENDO EL NOMBRE COMPLETO DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. DEBERÁ INCLUIR COPIA FOTOSTÁTICA DEL AVISO DE ALTA DE SUS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD AL RÉGIMEN OBLIGATORIO EMITIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, E INCLUIDOS EN LA MANIFESTACIÓN, Y COPIA FOTOSTÁTICA DE LA CONSTANCIA QUE ACREDITE QUE DICHOS TRABAJADORES INCLUIDOS COMO DISCAPACITADOS, SON PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR LA FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. |
0.5 |
|
|
D.- PARTICIPACIÓN DE XXXXXXX, 0.5 PUNTOS |
|
|
|
SI EL LICITANTE PERTENECE A LAS MIPYMES Y DENTRO DE LOS SERVICIOS QUE OFRECEN PRODUCE BIENES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA |
PUNTOS |
ESCRITO EN FORMATO LIBRE FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE EN EL QUE SE ENLISTE UN (1) BIEN PRODUCIDO POR ÉL Y QUE SE UTILIZARÁ EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INDICANDO QUE CUENTA CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA. |
0.5 |
COPIA SIMPLE DEL REGISTRO EMITIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, DEL BIEN PRODUCIDO POR ÉL Y QUE SE UTILIZARÁ EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INDICANDO QUE CUENTA CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, ASÍ MISMO EL REGISTRO DEBERÁ CORRESPONDER AL BIEN INCLUIDO EN EL ESCRITO SOLICITADO. |
|
|
|
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE. PUNTAJE MÁXIMO 18 PUNTOS |
|
EXPERIENCIA DEL LICITANTE EN CONTRATOS SIMILARES AL OBJETO DE ESTE PROCESO DE CONTRATACIÓN |
PUNTOS |
|
|
EL LICITANTE CUENTA CON AL MENOS UN CONTRATO NO MAYOR A CUATRO AÑOS, DE LA MISMA NATURALEZA (SERVICIOS ADMINISTRADOS EN INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE DATOS Y NUBE) |
9 |
EL LICITANTE ACREDITA EXPERIENCIA CON AL MENOS DOS CONTRATOS NO MAYOR A CUATRO AÑOS, QUE HA TENIDO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES. |
9 |
|
|
PROPUESTA DE TRABAJO. PUNTAJE MÁXIMO 9 PUNTOS |
|
PROPUESTA DE TRABAJO |
PUNTOS |
EL LICITANTE PRESENTA UN PLAN DE TRABAJO GENERAL PARA TOMAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS EQUIPOS. |
3 |
DOCUMENTO QUE CONTENGA LOS PROCESOS PARA LA ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A INCIDENTES A TRAVÉS DE LA MESA DE AYUDA. |
3 |
EL LICITANTE PRESENTA DOCUMENTO QUE CONTENGA GRÁFICA DEL CRONOGRAMA DEL PLAN DE TRABAJO GENERAL PROPUESTO. |
3 |
|
|
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS. PUNTAJE MÁXIMO 9 PUNTOS |
|
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
PUNTOS |
EL LICITANTE DEMUESTRA EL CUMPLIMIENTO DE AL MENOS UN CONTRATO DE LA MISMA NATURALEZA DE LA PRESENTE LICITACIÓN, EN EL CUAL HA TENIDO LA PRESTACIÓN OPORTUNA Y ADECUADA. DEBERÁ PRESENTAR MANIFESTACIÓN EXPRESA EN CARTA MEMBRETADA FIRMADA POR LA ENTIDAD O LA EMPRESA CONTRATANTE, SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIONES CONTRACTUALES. |
4.5 |
EL LICITANTE DEMUESTRA EL CUMPLIMIENTO DE DOS O MÁS CONTRATOS DE LA MISMA NATURALEZA DE LA PRESENTE LICITACIÓN, EN EL CUAL HA TENIDO LA PRESTACIÓN OPORTUNA Y ADECUADA. DEBERÁ PRESENTAR MANIFESTACIÓN EXPRESA EN CARTA MEMBRETADA FIRMADA POR LA ENTIDAD O LA EMPRESA CONTRATANTE, SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIONES CONTRACTUALES. |
4.5 |
RESUMEN
|
PUNTOS |
CAPACIDAD DEL LICITANTE |
24 |
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
18 |
PROPUESTA DE TRABAJO |
9 |
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
9 |
|
|
Total |
60 |
|
100% de Cumplimiento |
Elaboró
______________________________
XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
19.-LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El lugar para proporcionar los servicios solicitados corresponde a las instalaciones del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Av. Xxxxxxxx Xxxxxx # 340, Col. Santa Xxxx Atoyac, Alc. Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, C.P. 03310, planta baja.
ANEXOS
Anexo 1
(Características técnicas de la infraestructura propiedad del SNDIF, solo para referencia)
Acondicionamiento Eléctrico
Para los movimientos de equipos integración de las nuevas necesidades al sistema eléctrico, el licitante adjudicado considerará el sistema unifilar con las longitudes, tipo y calibre de los conductores acorde a los requerimientos del SNDIF. Para garantizar la misma capacidad de aguas arriba, que es la limitante de la línea principal que soporta la data center.
Equipo UPS Marca APC, tipo Smart de 20 KVA, entrada 220/200 V 3F
El soporte esta dado por un UPS marca APC de 20 KVA trifásico, número de serie PS 1102140660 con fecha de arranque de día 26 de septiembre del 2011, Y que soporte la alimentación de los gabinetes con la nueva tecnología de equipos de cómputo, Este sistema tiene un interruptor de alimentación de 3x100 amp y su salida de igual forma con protección de 3x100 amp La distribución final es por medio de un tablero de 20 posiciones y cada derivación para circuitos de equipos de cómputo o sistema de seguridad debidamente identificado. La carga actual del UPS es de 30% de su capacidad. Por mejores prácticas no se recomienda cargar el UPS a más de 90% de su capacidad. La duración de las baterías a plena carga es de 8 minutos.
Características del UPS
16kW / 20kVA Output Power
4 x Battery Modules Included
XX-0 XX-000, Xxxxx-Xxxx Interface
Start-Up Service 5X8
Sistema de Enfriamiento
Este servicio se identifica en el tablero del centro de datos, con un interruptor de 3x100 Amp. Con línea de cables del #6 y su segunda protección al lado izquierdo de la unidad de aire.
La unidad de aire cuenta con una capacidad de 5.9 TR xxxxx XXXXX con número de serie: 400/3345935.0002. Una vez que la infraestructura computacional del SNDIF sea migrada al área de Telecomunicaciones, el aire deberá ser redirigido para utilizarse en caso de emergencia. Una vez realizados los movimientos, este deberá apagarse y pasará a la administración y mantenimiento del SNDIF.
Sistema de Detección y Extinción
Como solución y para cumplir con la normatividad EL SISTEMA cuenta con una solución de Gas 1230, un elemento ecológico 100%, Este sistema requerido, se integra con el cambio de sensores a la instalación anterior a base de gas XX 000 y que trabaja de forma independiente para realizar un fortalecimiento y protección en ambos lados de data center, la detección es realizada en plafón y bajo piso falso con una combinación cruzada esto garantiza evitar en lo posible falsa alarma. Todo el sistema es supervisado por medio de un tablero marca Kidde Modelo Aries contra las cabezas de disparo de los tres tanques para cubrir el data center.
Características del sistema de detección y extinción. Signaling line circuit for up to 255 devices without device restrictions Triple-R protection against inadvertent extinguishing system activation Reverse compatible with a large universe of SmartOne® sensors and modules Distributed intelligence to sensor level Easy to read 80-character LCD display USB device port Internet accessible
|
|
Tanque de gas XX 000
En caso de incendio este gas se mueve por medio de unas tuberías llegando hasta las boquillas donde se descarga en estado gaseoso. Al ser un gas invade todo el espacio llegando a sitios donde otros agentes extintores no pueden llegar. La descarga se realiza en un tiempo máximo de 10 segundos. En sólo ese tiempo el fuego habrá sido sofocado. Este gas lo que hace es romper la reacción en cadena del fuego extinguiendo la energía calorífica de la llama apagando los incendios inmediatamente.
Control de Acceso
El SNDIF cuenta con una solución que integra el software WIN-PACK PRO y elementos que cubren la expectativa ofrecen funciones que pueden fortalecer el sistema llevando a una mayor calidad en la administración y control del personal, funciones como: las lectoras de huella con teclado, lector de proximidad y control de asistencia, con capacidad de 1500 registros o huellas. Como medida de prevención cuenta con dos palancas de liberación que permitirán desactivar los electroimanes de las puertas secundarias y de seguridad permitiendo el desalojo de personal que se encuentre dentro del data center. La ubicación está indicada en planos referentes a los sistemas de control de acceso.
La instalación de todo el sistema es para el control son:
Puerta de acceso principal, con lectora en el acceso y botón de liberación en la salida
Puerta de telecomunicaciones, con lectora en el acceso y botón de liberación en la salida
Puerta de cómputo, con lectoras en el acceso y salida.
La caja de control de cada una (gabinetes de color negro) estas localizadas a un costado del tablero de detección de incendios que, a su vez, está conectado a la caja de administración principal en color crema la cual es el verdadero cerebro de este sistema.
Circuito Cerrado de TV (CCTV)
Tierra Física
Antenas Pararrayos
Monitoreo de Ambiente.
La supervisión de las condiciones ambientales des centro de datos es un elemento fundamental para mantener la máxima disponibilidad de sus operaciones críticas. Hace hincapié en la utilización de tecnologías IP y la Web para supervisar y controlar los sistemas de apoyo crítico a partir de casi cualquier lugar.
EL SISTEMA cuenta con una solución IT Watchdog la cual ofrece una excelente herramienta para nivel de criterios tanto para la infraestructura de apoyo a los sistemas de vigilancia y control de tecnología de información de infraestructura, integrado sensores de temperatura, humedad, detección de líquidos, CCTV (IP), contactos secos para puertas en gabinete y proporcionar información sólida desde una ubicación en el centro. El sistema proporciona una gestión proactiva y permitir la rápida evaluación de su situación actual y notificar al personal apropiado en caso de situaciones crítica o informativo. La información se consulta por medio de conexión IP esto permite una supervisión desde cualquier punto de la RED, además de mandar información vía correo, radio o teléfono con los parámetros o alarmas para mantener un control de la infraestructura del centro de datos.
Anexo 2
Cantidad |
Descripcion |
Numero de serie |
1 |
F5 BIG-IP Swicth Global Traffic Manager 2200s 8GB |
F5-ALZY-SUIH |
1* |
RIVERBED Steelhead CXA-00770 |
EC7TX000EAD80 |
1 |
HP DL380 G9 (300GB SASx2) |
USE506KCXF |
1 |
HP StorageWorks MSL2024 LTO-6 |
MXA501Z0Y1 |
6 |
HP DL360 G9 8SFFCTO Server (300GB SAS x2) |
XXX000XXXX |
XXX000XXXX |
||
XXX000XXXX |
||
XXX000XXXX |
||
USE506KHAD |
||
USE506KHAC |
||
1 |
HP BladeSystem C7000 Enclosure con |
USE506KH9X |
(9) Blades HP Proliant BL460c G9 + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
Blades: |
|
XXX000XXX0 |
||
XXX000XXX0 |
||
USE506KHA5 |
||
USE506KHA6 |
||
USE506KHA7 |
||
USE506KHA8 |
||
USE506KHA9 |
||
USE506KHAA |
||
USE506KHAB |
||
1 |
Servidor Lenovo (Trend Micro Deep Security Manager) |
|
1 |
HP Universal Rack 10642 G2 Shock Rack + elementos internos |
USE506KHAK |
2 |
HP 40A HV Core Only Corded PDU |
CN01230076 |
CN01230085 |
||
2 |
HP 16A High Voltage Modular PDU |
CN01110449 |
CN01110451 |
||
6 |
HP StoreVirtual 4330 900GB SAS + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
MXQ3180BF1 |
MXQ2520PW6 |
||
MXQ2520PV4 |
||
MXQ2520PV6 |
||
MXQ347099R |
||
MXQ347099P |
||
1 |
SUN Servidor X2050 + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
9038QAN010 |
Cantidad |
Descripción |
Número de serie |
1 |
Sistema de AA de precisión de 5.9 TR xxxxx XXXXX |
400/3345935.0002 |
1 |
Equipo de condensación para AA de 5 toneladas |
N/A |
1 |
Sistema de detección y extinción KIDDY FIRE SYSTEMS con tablero Aries. Incluye detectores en plafond, bajo piso falso sirena y estrobos. Gas agente FM200. |
N/A |
1 |
Sistema de control de acceso con lector de huella marca SYSCOM |
N/A |
1 |
Sistema de monitoreo de ambiente marca IT WatchDogs. Incluye detectores de temperatura y humedad, detectores de líquidos sobre piso, de apertura o cierre de puertas y cámaras ip marca DLINK |
N/A |
1 |
APC Smart UPS VT 20KVA Mod. SUVTP20KF4B4S |
PS1102140660 |
1 |
EATON UPS 5110 |
SN:2222013300001000014309 |
8 |
Battery module Assy American Power Conversion |
PD1015152421 |
PD1029150686 |
||
PD1029150688 |
||
PD1030850862 |
||
PD1015152407 |
||
PD1017351671 |
||
PD1015152310 |
||
PD1015152327 |
||
6 |
DLINK Cámaras de vigilancia por IP DCS-930L |
N/A |
2 |
Aire Acondicionado móvil |
MPNX100AR |
|
|
|
Casa Hogar Niñas (DRP)
Cantidad |
Descripción |
Número de serie |
1 |
AST Smart Bunker 46U + elementos internos y accesorios |
N/A |
1 |
F5 BIG-IP Swicth Global Traffic Manager 2200S 8GB |
F5-UWZS-YSDR |
1* |
RIVERBED Steelhead CXA-00770 |
EC7MK000EAD78 |
1 |
HP A5500-24G EI Switch (H3C S5500 Series) + transceivers y cables |
CN16B9V0KL |
1 |
HP StorageWorks MSL2024 LTO-6 |
MXA502Z09M |
1 |
HP DL380 G9 (300GB SASx2) + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
USE504K0H4 |
2 |
HP StoreVirtual 4530 (2TBx12) + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
2M24480LSB |
2M24480LS9 |
||
1 |
HP BladeSystem C7000 Enclosure con |
USE504K0PV |
(3) Blades HP Proliant BL460c G7 300GB SASx2. (4) HP BL460c G7 X5675 FIO Kit. (4) Power supply + componentes, tarjetas, discos duros y cables |
Blades: |
|
XXX000X0X0 |
||
XXX000X0X0 |
||
XXX000X0X0 |
Cantidad |
Descripción |
Número de serie |
1* |
AST Smart Bunker 46U + elementos internos y accesorios |
N/A |
1* |
APC NetBotz Rack Monitor 200 |
ZA0929014570 |
1* |
EATON UPS EX RT 11 kVA 6U |
0XXX00000 V02 |
1* |
EATON UPS EXB 00 XX (Xxxxxxx) |
0X0X00000 |
2* |
EATON ePDUs 24ª |
CE144U0120 |
IN:L6-30p OUT:20xC13+4xC19 |
CE144U0131 |
|
1* |
HITECSA AA Mini-Split 5.3 TR Unidad exterior AXCZ-201 y Evaporadora Unidad interior ERHZ-201. (1) Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx |
110420717 ó 090620223 |
110420713 ó 090320332 |
1* |
GENERAC Planta eléctrica de emergencia 17Kw |
5758965 |
1* |
TATSA Tanque de gas LP Mod. 300H cap. 287L |
H2749 |
1* |
Caseta de protección a planta eléctrica de emergencia |
N/A |
4* |
Organizadores color negro de cableado de 1U |
N/A |
2* |
Organizadores color negro de cableado de 2U |
N/A |
*Sin necesidad de mantenimiento o renovación al ser clausurado el sitio secundario o DRP
Anexo 3
Servidores productivos
(Solo para referencia)
|
Blade Físico |
Servidor |
Aplicativo |
|
Tipo (Físico o Virtual) |
Sistema Operativo |
|
||
|
Sistema |
Disco Total |
Memoria |
CPU´s Virtuales |
|||||
1 |
BLADE1 ZPASERVSVW164 IP: XXX.XXX.5.164 |
APPREPROD01195 |
FTP SAC |
SAC |
Virtual |
CentOS 6.5 |
195 |
2 GB |
4 |
2 |
Repo-Tecno |
Repositorio TECNO |
TECNO |
Virtual |
CentOS 7.6 (Minimal) |
25 |
2 GB |
1 |
|
3 |
SIRHRes17 |
Respaldo SIRH |
SIRH |
Virtual |
CentOS 7.6 (Minimal) Ingles |
230 |
4 GB |
2 |
|
4 |
ZAPALNX_MIG19 |
Aplicativo Migrantes 2019 |
MIGRANTES 2019 |
Virtual |
Ubunto 16.04 |
30 |
2 GB |
1 |
|
5 |
ZPASERVSVL44 |
Base de Datos XXXXXXX |
XXXXXXX |
Virtual |
CentOS 6.5 |
190 |
16 GB |
12 |
|
6 |
ZPASERVSVL221 |
Aplicativo XXXXXXX |
XXXXXXX |
Virtual |
CentOS 6.6 |
210 |
16 GB |
4 |
|
7 |
ZPASERVSVL225 |
Aplicativo DNIAS |
DNIAS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
60 |
6 GB |
1 |
|
8 |
ZPASERVSVL228 |
Portal Aplicativo DNIAS |
DNIAS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
60 |
4 GB |
2 |
|
9 |
ZPASERVSVU241 |
Aplicativo SAC (VIEJO) |
SAC VIEJO |
Virtual |
Ubuntu 12.04 |
80 |
4 GB |
1 |
|
10 |
ZPAVC3_CVIDEOS |
Videos Campus Virtual |
CAMPUS VIRTUAL |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
50 |
2 GB |
2 |
|
11 |
zpavcrechum_con |
Respaldo SIRH (2000 al 2017) |
|
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
60 |
3 GB |
2 |
|
12 |
BLADE2 ZPASERVSVW165 IP: XXX.XXX.5.165 |
ZPASERVSVD8 (SICOVE) 13-10-2017 |
SICOVE |
SICOVE |
Virtual |
Debian 8.8 x64 |
125 |
4 GB |
2 |
13 |
ZPASERVSVD8133 |
Campus Virtual |
CAMPUS VIRTUAL |
Virtual |
Dedian 8.9 |
150 |
6 GB |
2 |
|
14 |
ZPASERVSVD8133-COPIA-78 |
Campus Virtual |
CAMPUS VIRTUAL |
Virtual |
Debian 8.9 |
150 |
6 GB |
2 |
|
15 |
ZPASERVSVDV7133 |
Sistema Escalafon |
ESCALAFON |
Virtual |
Debian7.11 |
80 |
4 GB |
2 |
|
16 |
ZPASERVSVL214 |
zwinwebpre |
ZWINWEBPRE |
Virtual |
CentOS 6.3 |
240 |
4 GB |
1 |
|
17 |
ZPASERVSVL215 |
Aplicativo RENCAI |
RENCAI |
Virtual |
CentOS 6.3 |
70 |
4 GB |
2 |
|
18 |
ZPASERVSVL227 |
FTP DNIAS |
DNIAS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
300 |
4 GB |
2 |
|
19 |
ZPASERVSVL229 |
Portal Base de Datos DNIAS |
DNIAS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
300 |
4 GB |
2 |
|
20 |
ZPASERVSVLU20 |
Micrositios |
|
Virtual |
Ubuntu 12.04 |
100 |
4 GB |
4 |
|
21 |
ZPAVC55 |
|
XXXXXXX |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
10 |
4 GB |
2 |
|
22 |
ZPAVC56 |
xxxxxx.xxx.xxx.xx |
RUNNER |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
30 |
8 GB |
2 |
|
23 |
ZPAVC58 |
HelpDesk |
HELPDESK |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
10 |
2 GB |
2 |
|
24 |
ZPASERV97 |
Consultas |
CONSULTAS |
Virtual |
Ubuntu 16.04 |
160 |
16 GB |
4 |
|
25 |
ZPAVC121 |
DOCKER REGISTRY |
DOCKER REGISTRY |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
50 |
4 GB |
2 |
|
26 |
ZPAVC129 |
SICARE |
SICARE |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
10 |
2 GB |
2 |
|
27 |
BLADE3 ZPASERVSVW166 IP: XXX.XXX.5.166 |
BISNDIF (APP SIBI) |
Aplicativo SIBI DIFaplicativos |
SIBI DIF |
Virtual |
Ubuntu 12.04 |
290 |
8 GB |
1 |
28 |
DIFHELPDESK |
DIFHELPDESK |
HELPDESK |
Virtual |
CentOS 6.8 |
200 |
8GB |
2 |
|
29 |
SITIOSWEB |
SITIOSWEB |
WEB |
Virtual |
Ubuntu 18.04 |
160 |
16 |
4 |
|
30 |
ZPASERVSVL67 |
Archivos FTP XXXXXXX |
XXXXXXX |
Virtual |
CentOS 6.5 |
250 GB |
10 GB |
4 |
|
31 |
ZPASERVSVL69 / ZPASERVSVL218 |
Bases de Datos Micro Sitios |
MICROSITIOS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
350 GB |
4 GB |
4 |
|
32 |
ZPASERVSVU210 |
INTRADIF Interna |
INTRADIF |
Virtual |
Ubuntu 16.04 |
40 |
4 GB |
2 |
|
33 |
ZPASERVSVU241pruebas |
SAC pruebas |
SAC |
Virtual |
Ubuntu 12.04 |
80 |
4 GB |
1 |
|
34 |
ZPAVC4 |
RECAINBDv2 |
RENCAI |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
10 |
2 GB |
2 |
|
35 |
ZPAVC66 |
Generador de Reportes Help Desk |
HELPDESK |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
10 |
2 GB |
2 |
|
36 |
ZPAVC71 |
xxxxxxxx.xxx.xxx.xx |
TELEGRAM |
Virtual |
CentOS 7.6 (Minimal) Ingles |
10 |
4 GB |
2 |
|
37 |
ZPAVC77 |
Temporal 7 PREPRODIFWEB |
PREPRODIFEWB |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
450 |
2 GB |
1 |
|
38 |
ZPAVC122 |
Micro Servicios |
MICROSERVICIOS |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
15 |
2 GB |
1 |
|
39 |
ZPAVC174 |
Deteccioón de Necesidades de Capacitación (DNC) |
DNC |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) Ingles |
10 |
2 GB |
2 |
|
40 |
ZPAVC197 |
Aplicativo SAC (NUEVO) |
SAC |
Virtual |
CentOS 7.6 (Minimal) Ingles |
70 |
2 GB |
4 |
|
41 |
ZPAVC197 -COPIA139 |
Aplicativo SAC (NUEVO-COPIA197) |
SAC |
Virtual |
Cent0s 7.6 (Minimal) Ingles |
70 |
2 GB |
4 |
|
42 |
ZPAVC243 |
Temporal 243 ZAPATAWIN |
ZAPATAWIN |
Virtual |
CentOS 7.4 (Minimal) |
40 |
2 GB |
2 |
|
43 |
ZPAVCRECHUM |
Recursos Humanos |
RECURSOS HUMANOS |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
60 |
3 GB |
2 |
|
44 |
BLADE4 ZPASERVSVW172 IP: XXX.XXX.5.172 |
ProducciónSAP |
SAP |
SAP |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 90 D: 700 E: 30 |
32 GB |
32 |
45 |
ResCALIDADSAP |
SAP |
SAP |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 120 D: 700 E: 30 |
32 GB |
32 |
|
46 |
SAPQAS |
SAP |
SAP |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 120 D: 700 E: 30 |
32 GB |
32 |
|
47 |
ZPAVC131 |
Base de Datos Redpronna |
REDPRONNA |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
50 |
4 GB |
1 |
|
48 |
ZPAVC132 |
Aplicativo Redpronna |
REDPRONNA |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
15 |
2 GB |
1 |
|
49 |
BLADE5 ZPASERVSVW173 IP: XXX.XXX.5.173 |
DesarrolloSAP |
SAP |
SAP |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 80 D: 500 E: 20 |
48 GB |
16 |
50 |
DIFSCCM |
WSUS Computo Menor |
WSUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 190 E: 500 |
10 GB |
6 |
|
51 |
ZPAVC147 |
Versionamiento |
VERSIONAMIENTO |
Virtual |
CentOS 7.4 (Minimal) |
150 |
4 GB |
4 |
|
52 |
ZPAVC148 |
(Servidor de Archivos) CRENAPED |
CRENAPED |
Virtual |
CentOS 7.4 (Minimal) |
300 |
2 GB |
2 |
|
53 |
ZPAVC149 |
Base de Datos CRENAPED |
CRENAPED |
Virtual |
CentOS 7.4 (Minimal) |
50 |
4 GB |
2 |
|
54 |
ZPAVC150 |
Aplicativo CRENAPED |
CRENAPED |
Virtual |
CentOS 7.5 (Minimal) |
15 |
2 GB |
1 |
|
55 |
ZPAVLPRUEDN140 |
Pruebas DNIAS (NUEVO) |
DNIAS |
Virtual |
CentOS 6.5 |
100 |
2 GB |
2 |
|
56 |
ZPAVUADSISTEMAS162 |
Desarrollo SUAD Sistemas |
SUAD |
Virtual |
Ubuntu 16.04 |
100 |
4 GB |
2 |
|
57 |
BLADE9 ZPASERVSVW157 IP: XXX.XXX.5.157 |
DIFCVMF |
|
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 149 GB |
2 GB |
4 |
58 |
DIFDA |
Directorio Activo PRIMARIO |
DA |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 100 GB E: 500 GB |
4 GB |
4 |
|
59 |
DTISERVERWEB |
SIPOT |
SIPOT |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 100 GB |
2 GB |
2 |
|
60 |
SIIA |
BD SIIAA |
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 200 GB |
6 GB |
3 |
|
61 |
SIIAAP |
Aplicación SIIA |
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 200 GB |
5 GB |
2 |
|
62 |
WSUS_CMN |
|
|
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 300 GB E: 500 GB |
10 GB |
6 |
|
63 |
ZPASERVSVW226 |
Base de Datos DNIAS |
DNIAS |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 100 GB |
5 GB |
2 |
|
64 |
ZPASERVSVW14test |
Servidor Cámaras |
CAMARAS |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 300 GB |
10 GB |
10 |
|
65 |
ZPASERVSVWBROWSER |
BROWSER PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 100 GB D: 60 GB |
8 GB |
4 |
|
66 |
ZPASERVSVWSAP198 |
Monitoreo HP- SAP |
SAP |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 500 GB |
8 GB |
2 |
|
67 |
ZPASERVSVWWEB1 |
WEB1 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard x64 |
C: 100 GB D: 60 GB |
20 GB |
10 |
|
68 |
ZWINWEBPRE43 |
Repositorio |
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 240 GB |
2.75 GB |
4 |
|
69 |
BLADE10 ZPASERVSVW158 IP: XXX.XXX.5.158 |
XXXXXXXXXXX |
Repositorio MDA |
MDA |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
C: 130 GB F: 250 GB |
4 GB |
4 |
70 |
BICENTENARIOtest |
Help Desk, Help Obras y SICONSAL |
|
Virtual |
WS 2003 Enterprise Edition |
C: 100 GB D: 30 GB |
2 GB |
4 |
|
71 |
CIGESTION |
CRENAPED anterior (9) |
|
Virtual |
WS 2003 Enterprise Edition |
C: 400 GB E: 100 GB |
4 GB |
4 |
|
72 |
DIFPAAASBDtest |
CRENAPED |
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 60 GB D: 60 GB |
3 GB |
2 |
|
73 |
RECAINBD |
RENCAIBD |
RENCAI |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
500 GB |
6 GB |
4 |
|
74 |
SIRH |
|
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 250 GB |
3 GB |
2 |
|
75 |
ZPASERVSVW219test |
Aplicativo y Base de Datos XXXXXX |
XXXXXX |
Xxxxxxx |
XX 0000 X0 Xxxxxxxx |
C: 100 GB |
2 GB |
1 |
|
76 |
ZPASERVSVWBD4 |
Base de Datos 4 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 200 GB D: 60 GB |
20 GB |
10 |
|
77 |
ZPASERVSVWINDEX |
INDEX PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 200 GB D: 700 GB |
16 GB |
6 |
|
78 |
ZPASERVSVWWEB3 |
WEB3 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 GB D: 60 GB |
20 GB |
10 |
|
79 |
ZPAVW62 |
SICER (nuevo) |
SICER |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise x64 |
60 Gb |
4 GB |
2 |
|
80 |
BLADE11 ZPASERVSVW159 IP: XXX.XXX.5.159 |
GALILEO |
HD, Firmas, SICONSAL, SAC Viejo) |
|
Virtual |
WS 2003 Enterprise Edition |
C: 50 GB E: 150 GB |
3 GB |
2 |
81 |
PREPRODIFWEB7 |
|
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 396 GB |
3 GB |
3 |
|
82 |
ZPASERVSVW115 |
|
|
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 GB E: 100 GB |
4 GB |
2 |
|
83 |
ZPASERVSVW120 |
ADMON ACNF |
ACNF |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 50 GB E: 50 GB F: 50 GB |
4 GB |
2 |
|
84 |
ZPASERVSVWBD1 |
Base de Datos 1 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 D: 60 |
64 GB |
14 |
|
85 |
ZPASERVSVWWEB2 |
WEB 2 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 GB D: 60 GB |
20 GB |
10 |
|
86 |
|
ZPASERVSVWBD2 |
Base de Datos 2 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 D: 60 F: 1 G: 5 H: 800 I: 200 J: 1 K: 1 |
64 GB |
14 |
87 |
ZPASERVSVWBD3 |
Base de Datos 3 PEGASUS |
PEGASUS |
Virtual |
WS 2012 R2 Standard |
C: 100 GB D: 60 GB |
16 GB |
6 |
|
88 |
ZWINMAGGTIC52 |
MAGGTIC |
MAGGTIC |
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 120 GB |
1.95 GB |
1 |
|
89 |
ZWINREPORTERtest |
|
|
Virtual |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 200 GB |
2 GB |
1 |
|
90 |
HP DL360 G9 |
DA Primario |
|
|
Físico |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 000 Xx |
0 Xx |
16 |
91 |
HP DL360 G10 |
DA Secundario |
|
|
Físico |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 000 Xx |
0 Xx |
8 |
92 |
HP DL360 G11 |
Replicador DA Azure |
|
|
Físico |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 000 Xx |
0 Xx |
8 |
93 |
HP DL360 G12 |
DN Externo |
|
|
Físico |
WS 2008 R2 Enterprise |
C: 280 Gb |
8 Gb |
8 |
Anexo I.I
Propuesta económica
SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA
El importe mensual base será el siguiente durante el periodo de la contratación, debe considerar los precios para cada servicio en el siguiente formato:
Aspectos considerados para la propuesta económica |
||
Nombre del licitante |
||
Concepto |
Subtotal mensual sin IVA |
Total 9 meses sin IVA |
Servicios de infraestructura: |
|
|
Mantenimiento a infraestructura de cómputo (sitio central) |
$ - |
$ - |
Servicio de respaldos |
$ - |
$ - |
Servicio de seguridad |
$ - |
$ - |
Servicios de DRP en la Nube |
$ - |
$ - |
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo |
$ - |
$ - |
Servicios administrados: |
||
Servicio xx xxxx de ayuda |
$ - |
$ - |
Servicio de monitoreo |
$ - |
$ - |
Servicio de personal en sitio |
$ - |
$ - |
|
|
|
Gran total sin IVA (Servicios de infraestructura más Servicios administrados) |
$ - |
$ - |
**Las propuestas deben presentarse en pesos (moneda nacional)**
En su propuesta, el licitante deberá incluir el catálogo de costos con los siguientes elementos:
Costos unitarios de productos en Nube (MV, Almacenamiento (GB), vCPU, IaaS, PaaS, SaaS, IoT, etc.)
Licencia Deep Security
Servicio de migración de servidor
Contratación e implementación de los certificados de seguridad informática
El listado no es limitativo, podrá integrar los elementos que considere necesarios.
FORMATO 3
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN QUE CUENTAN CON CARÁCTER, (MICRO PEQUEÑA Y/O MEDIANA EMPRESA).
_________de __________________de__________( 1 )
____________( 2 )________________
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento ( 3 ) No. ( 4 ) en el que mi representada, la empresa ( 5 ) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10) , atendiendo a lo siguiente:
Estratificación |
||||
Tamaño (10) |
Sector (6) |
Rango
de (7) + (8) |
Rango
de monto de (9) |
Tope
máximo |
Micro |
Todas |
Hasta 10 |
Hasta $4 |
4.6 |
Pequeña |
Comercio |
Desde 11 hasta 30 |
Desde $4.01 hasta $100 |
93 |
Industria y Servicios |
Desde 11 hasta 50 |
Desde $4.01 hasta $100 |
95 |
|
Mediana |
Comercio |
Desde 31 hasta 100 |
Desde $100.01 hasta $250 |
235 |
Servicios |
Desde 51 hasta 100 |
|||
Industria |
Desde 51 hasta 250 |
Desde $100.01 hasta $250 |
250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
(7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8)
(10) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
A T E N T A M E N T E
(12)
____________________
INSTRUCTIVO DE LLENADO
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
NÚMERO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 |
Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
3 |
Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa. |
4 |
Indicar el número respectivo del procedimiento. |
5 |
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
6 |
Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios) |
7 |
Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS. |
8 |
En su caso, anotar el número de personas subcontratadas. |
9 |
Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. |
10 |
Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación. |
11 |
Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. |
12 |
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. |
ANEXO II
ESCRITO DE INTERÉS DE PARTICIPAR EN LA JUNTA DE ACLARACIONES
PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE APARTADO, EL LICITANTE DEBERÁ:
De conformidad con el párrafo tercero del artículo 33 bis de “La Ley”, para solicitar aclaraciones los licitantes deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos : a) Del licitante.- RFC; nombre y domicilio y, en su caso, de su Apoderado; objeto social y los datos de las escrituras con los que se acredita la existencia legal, sus reformas y adiciones, así como los nombres de los socios, en caso de Personas Xxxxxxx; y, b) Del Representante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades.
ANEXO II-A
SOLICITUD DE ACLARACIONES
PREGUNTAS O DUDAS
Nombre y firma del Licitante o Representante Legal
Cargo ____________________________
Correo electrónico ___________________
Teléfono________________
Domicilio__________________________
Número de COMPRANET_______________________
Para el servicio de ____________________________
I.- ADMINISTRATIVAS:
Punto de la Convocatoria a la que se refiere: ______________________ Página: ___________
Xxxxxxxx.Xx._____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
II.- TÉCNICAS:
Punto de la Convocatoria a que se refiere: __________________________ Página: _________
Pregunta No. ___________________________________________________________________
___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
III.- LEGALES
Punto de la Convocatoria a que se refiere: __________________________ Página: _________
Pregunta No. ____________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Se deberá proporcionar en medio electrónico al momento de presentar sus preguntas y dudas.
ANEXO II-B
ESCRITO PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN
Y APERTURA DE PROPOSICIONES
PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE APARTADO, EL LICITANTE DEBERÁ:
Con fundamento en el artículo 29 fracción VI “La Ley”, para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
Con fundamento en el artículo 11 de “La Ley” y en el artículo 204 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para acreditar la identidad del firmante del escrito señalado en el párrafo anterior, el licitante deberá acompañar copia de su identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cartilla o cédula profesional).
Anexo III
“Acreditación de representación legal”
________(nombre) , manifiesto bajo protesta a decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las proposiciones en la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA, a nombre y representación de: (persona física o moral) ___.
No. De la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA:________________.
Licitante:___________________.
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.- Los datos aquí registrados corresponderán al del domicilio fiscal del proveedor).
Calle y número:
Colonia: Alcaldía o Municipio:
Código Postal: Entidad federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Duración:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
Relación de socios o asociados.-
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s):
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Fecha y datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. |
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma: |
Asimismo, manifiesto que los cambios o contenidos en el presente documento y durante la vigencia del contrato modificaciones que se realicen en cualquier momento a los datos o documentos que, en su caso, sea suscrito con el SNDIF, deberán ser comunicados a éste, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se generen.
(Lugar y fecha)
Protesto lo necesario
(Nombre y firma)
ANEXO IV
ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE NACIONALIDAD MEXICANA
Ciudad de México a _____ de ____ de 20**.
Sistema Nacional DIF
Presente
Me refiero al procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA número ______________ en el que mi representada, la empresa ____________________, participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre, para la contratación del servicio de: ____________________________.
Sobre el particular, manifiesto que el que suscribe declara bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma de Licitante o Representante Legal
Cargo ____________________________
Correo electrónico ___________________
Número de COMPRANET _______________________
Para el servicio de ____________________________
ANEXO V-A
ESCRITO DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 00 X 00 XX XX XXX
Xxxxxx xx Xxxxxx a ____ de ____________ de 20_
Sistema Nacional DIF
Presente.
El que suscribe, bajo protesta de decir verdad, declaro que la empresa a la que represento, así como sus socios y/o accionistas, no nos encontramos en ninguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma de Licitante o Representante Legal
Cargo ____________________________
Correo electrónico ___________________
Número de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA _______________________
Para el servicio de ____________________________
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
ANEXO V-B
ESCRITO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
Ciudad de México a ____ de ____________ de 20_
Sistema Nacional DIF
Presente.
El que suscribe, bajo protesta de decir verdad, declaro que la empresa a la que represento, así como sus socios y/o accionistas, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma de Licitante o Representante Legal
Cargo ____________________________
Correo electrónico ___________________
Número de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA _______________________
Para el servicio de ____________________________
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
ANEXO VI
ESCRITO DE DECLARACIÓN DE CONTAR CON PERSONAL CON DISCAPACIDAD
Ciudad de México., a ____ de ____________ de 20_
SNDIF
Presente.
En relación a la convocatoria emitida por el SNDIF, a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, relativa a la Licitación Pública de carácter nacional No. _________ Para la contratación de La adquisición de bienes servicio de ______________ ; el que suscribe __________________________ en su carácter de__________________ a nombre de la persona física o moral ________________________________________________ me permito manifestar lo siguiente:
Declaro bajo protesta de decir verdad por conducto de mi representada ___________________ que es una persona moral que cuenta en su plantilla de personal con un mínimo del 5% de empleados con capacidades diferentes, con una antigüedad mayor de seis meses en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Antigüedad que se comprobará con copia simple del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, y copia simple del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social en caso de que cuente con personal con capacidades diferentes en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. (Presentar solo en caso de que aplique).
Atentamente
________________________________
Nombre y firma de Licitante o Representante Legal
Cargo ____________________________
Correo electrónico ___________________
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
Anexo VII
“Modelo de texto de Garantía”
(Para conocimiento)
“EL PROVEEDOR”, a efecto de responder de la correcta entrega de los bienes o ejecución de los servicios a su cargo, se obliga a otorgar fianza de cumplimiento dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, la cual será expedida por Institución Afianzadora debidamente autorizada, cuya póliza deberá contener expresamente que:
Se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
Se otorga fianza a favor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por la cantidad de--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- $ ( ____PESOS 00/100 M.N.), correspondiente al 10% (diez por ciento), del importe total del contrato considerado sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
La fianza garantiza el debido cumplimiento y ejecución de todas y cada una de las obligaciones a cargo de “El PROVEEDOR”, atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato número ----------------------------, de fecha ---------------y su ANEXO I.
En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “El PROVEEDOR” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza.
La fianza se cancelará cuando “El PROVEEDOR” haya cumplido con las obligaciones que se deriven del referido contrato, siendo requisito indispensable la conformidad previa y por escrito de “DIF NACIONAL”.
La Institución Afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los Artículos 93 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
La Institución Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses,
Nota: La Fianza de Cumplimiento se deberá entregar en la Dirección General de Recursos Materiles y Servicios Genrales, ubicada en Xxxxxx No. 340, primer piso, Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, de lunes a viernes dentro del horario de 9:00 a 13:00 horas.
ANEXO VII-A
MODELO DE TEXTO DE PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL-ACTIVIDADES
“El PROVEEDOR”, se obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil “Actividades e Inmuebles” para que se cubran los daños a terceros en sus personas y/o bienes, así como los perjuicios y daño moral siempre y cuando sean consecuencia de un daño físico, de los que el asegurado sea legalmente responsable conforme a la legislación mexicana, derivados de los trabajos ejecutados por el asegurado con motivo del contrato número -----------------------de fecha--------------------relativo al servicio de ------------------------------------------------incluyéndose el pago de daños que pudiera ocasionar a los bienes muebles e inmuebles de “DIF NACIONAL”, a los trabajadores de éste o a terceras personas, por la cantidad de ----------------------------------------------------------------------------------------------$---------------------------------- (-------------------------------------/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), correspondiente al 30% (treinta por ciento) del importe total del contrato, debiendo presentar su póliza en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales contados a partir de la firma del contrato referido, debiendo contener la póliza lo siguiente:
En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “El PROVEEDOR”, para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, deberá obtener la modificación de la póliza, mediante el endoso correspondiente.
La Institución Aseguradora acepta expresamente lo preceptuado en la Ley sobre el Contrato de Seguro y la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
En caso de contar con una póliza global empresarial, se deberá expedir un endoso “B” de beneficiario preferente a nombre de “DIF NACIONAL”, por la cobertura de responsabilidad civil “Actividades”.
La póliza o endoso deberá extenderse por un plazo igual a la vigencia del contrato.
Nota: La Póliza de Responsabilidad Civil-Actividades, se deberá entregar en la Dirección General de Recursoso Materialers y Servicios Generales, ubicada en Xxxxxx No. 340, primer piso, colonia Xxxxx Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx., de lunes a viernes dentro del horario de 9:00 a 13:00 horas.
ANEXO IX
MODELO DE DOCUMENTO DE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° __________
Compromisos con la transparencia para fortalecer el proceso de contratación Nº ________ para la contratación del servicio de __________________________ que suscriben la Dirección de Adquisiciones y Almacenes del Sistema Nacional DIF, representado en este acto por_______________________________________________ _________________________, a quien en lo sucesivo de le denominará convocante, por la empresa __________________________, representada por _______________________________ en su carácter de _____________________________, a quien en lo sucesivo se le denominará “el licitante”, al tenor de las siguientes consideraciones y compromisos:
Consideraciones
El gobierno federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta ética y de transparencia.
Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad.
Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares.
Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares.
Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación.
Representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes.
La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia con terceros”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 39 fracción VI inciso f) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Dentro de este marco los firmantes, asumen los siguientes:
Compromisos
Del licitante
Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados.
Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal.
Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación.
Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación.
Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de los derechos y obligaciones que adquiera con la formalización del contrato.
Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación.
Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros.
II. De la Dirección de Adquisiciones y Almacenes del Sistema Nacional DIF
Exhortar a sus servidores públicos que por razón de su actividad intervengan en el proceso de contratación, para que actúen con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad, equidad y en igualdad de circunstancias para todos los licitantes que intervengan en el proceso y cumplan con los compromisos aquí pactados, así como a difundir el presente documento “compromisos con la transparencia con terceros” entre su personal, y terceros que trabajen para el Sistema Nacional DIF, que por razones de sus actividades intervengan durante el proceso de contratación.
Promover que los servidores públicos que participan en el proceso de contratación desarrollen sus actividades apegados al código de ética de los servidores públicos de la administración pública federal y al código de conducta del Sistema Nacional DIF.
Exhortar a sus servidores públicos a no aceptar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a favorecer o a otorgar ventajas en el proceso de contratación o en la adjudicación del contrato.
Fomentar que la actuación de sus servidores públicos sea en todo momento imparcial en beneficio de la institución y sin perjuicio de los licitantes.
Promover que sus servidores públicos lleven a cabo sus actividades con integridad profesional, sin perjudicar los intereses de la sociedad y la nación.
El presente documento de “compromisos con la transparencia con terceros”, se firma en la Ciudad de México, a los ______ días del mes de ____________ de 20**.
POR LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y ALMACENES DEL SISTEMA NACIONAL DIF
NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDE EL EVENTO |
POR EL LICITANTE GANADOR
NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL |
Anexo X “Modelo del Contrato”
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “DIF NACIONAL”, REPRESENTADO POR EL ____________________________, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Y, POR LA OTRA PARTE,_________________________________ REPRESENTADA POR______________________________________, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, QUIENES AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁN “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I “DIF NACIONAL” declara que:
I
SIN VALOR
.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente, tiene como objetivos, la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables. Entre sus atribuciones y funciones, se encuentra el actuar en coordinación con Dependencias Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.I.2 Para el cumplimiento de sus objetivos, requiere de los servicios objeto de este Contrato.
I.3 La adjudicación del presente Contrato se realizó mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica número de CompraNet ______________________, ejecutado para la contratación de “SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA ”, y se celebra con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 bis fracción II, 28 FRACCIÓN I y 45, y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con el número de Referencia de Reserva SAP ______________, afectando la partida presupuestal _________ de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en 2018, así mismo, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV descripción de las políticas, penúltimo párrafo de su novena viñeta, de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “DIF NACIONAL”, que a la letra dice: “Invariablemente, las Jefaturas de Unidades, Direcciones Generales o sus Equivalentes, deberán enviar de forma escrita a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la información, para el inicio del proceso licitatorio respectivo”, se informa que de acuerdo al oficio No.______________, emitido el __________, por la _____________________de “DIF NACIONAL”, área requirente, definió que dicho proceso se realizará por Licitación Pública Nacional Electrónica.
I.4 Su Director General acredita sus facultades para suscribir este Instrumento Jurídico de conformidad con los artículos 24, fracción IX y 37 fracción V y XV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 xx xxxx de 2016, mismas que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
I.5 Para el ejercicio y cumplimiento de los derechos y obligaciones que del presente Instrumento Jurídico se deriven a su cargo, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xxxxxxxx Xxxxxx, número 340, Colonia Santa Xxxx Atoyac, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03310, Ciudad de México.
II “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en el Testimonio de la Escritura Pública número ______ de fecha ___ de _____ de ____, otorgado ante la fe del __________________, Titular de la Notaría número ___ de la ____________, e inscrita en el ___________________________, con el folio __________, bajo la denominación de _________________.
II.2 Mediante el Testimonio de la Escritura Pública número _________ de fecha ______________, otorgado ante la fe del ___________________, Titular de la Notaria número ____ de la ____________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el _____________, con el folio número ________ del ______________, se determinó transformar su régimen social para quedar como _______________.
II.3 Su _____________acredita su personalidad y sus facultades para suscribir este Instrumento Jurídico, mediante _________________Número_________, de fecha _________, otorgado ante la fe del ____________, Titular de la Notaria número_________, de la ___________, mismas que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
II.4 Dentro de su objeto social se encuentra la prestación de servicios objeto de este Contrato.
II.5 Ha considerado todos los factores que intervienen en la ejecución satisfactoria de los servicios contratados, así como las especificaciones contenidas en el ANEXO I que forma parte integrante de este Instrumento Jurídico.
II.6 Conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo y técnico que xxxxxx la celebración y ejecución del presente Contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, manifestando además que dispone para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para el desarrollo eficaz de los servicios objeto del presente Instrumento Jurídico.
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.8 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes _____________.
II.9 Para el cumplimiento de los derechos y obligaciones que se desprenden del presente Instrumento Jurídico, bajo protesta de decir verdad manifiesta que su domicilio es el ubicado en Calle _________, número ____ Colonia _________, Alcaldía ________, Ciudad de México, Código Postal ________, el cual señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, aún las de carácter personal, que se deriven de este Contrato.
Igualmente manifiesta expresamente su aceptación de que dicho domicilio podrá ser verificado en cualquier momento por “DIF NACIONAL”; y en caso de que llegare a cambiarlo, lo notificará a éste dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a aquél en que se produzca dicho cambio.
IV “LAS PARTES” declaran que:
IV.1 Se reconocen mutuamente la personalidad con la que actúan y es su voluntad obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar a “DIF NACIONAL”: el “SERVICIO DE CÓMPUTO MAYOR BAJO DEMANDA”, obligándose a hacerlo con estricto apego en los lugares, fechas y/o plazos de realización, términos de referencia y las demás condiciones que al efecto se determinan en las Especificaciones Técnicas y Fallo, así como en la Cotización presentada por “EL PROVEEDOR” en el procedimiento de contratación del que se deriva este Contrato; documentos que debidamente firmados por “LAS PARTES”, se agregan a este Instrumento Jurídico para que formen parte integrante del mismo como ANEXO I; de conformidad con las instrucciones que en su caso le comunique por escrito “DIF NACIONAL” y a la normatividad vigente aplicable al servicio objeto de este Contrato.
SEGUNDA.- Para el debido cumplimiento del Contrato, “DIF NACIONAL” se obliga a otorgar las facilidades necesarias a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo la prestación del servicio en los términos convenidos. Por su parte, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar al Órgano Interno de Control de “DIF NACIONAL” y/o a la Secretaría de la Función Pública, la información o documentación relacionada con el presente Contrato que, en su momento, le requieran con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen.
TERCERA.- “DIF NACIONAL” pagará a “EL PROVEEDOR” en concepto de contraprestación por la prestación del servicio objeto del presente Contrato, un importe total de $_____________ (_______________________PESOS __/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, incluye el Impuesto al Valor Agregado, sin que el “DIF NACIONAL”, solo se pagará el importe de lo debidamente devengado.
El concepto de contraprestación por la prestación objeto del Contrato, se desglosa de la siguiente forma:
Los precios unitarios por el servicio objeto de este Contrato se determinan específicamente en la Cotización presentada por “EL PROVEEDOR”; son fijos, permanecerán vigentes hasta el cumplimiento del Contrato, y no estarán sujetos a fórmula escalatoria alguna durante la vigencia del mismo, por lo que sí “EL PROVEEDOR” realiza trabajos con un mayor precio unitario del indicado en su Cotización, independientemente de la responsabilidad en que incurra por ello, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ese concepto.
CUARTA.- “DIF NACIONAL” pagará mensualmente a “EL PROVEEDOR” el importe debidamente devengado por la totalidad del servicio prestado durante el mes o bien por el periodo que le requiera “DIF NACIONAL”, en Moneda Nacional conforme a lo previsto en los artículos 7, 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una vez que se cumplan las siguientes condiciones:
Que el _______________________________________de “DIF NACIONAL” manifieste expresamente que el servicio se prestó conforme a lo pactado en el presente Contrato y ANEXO I; así como a las instrucciones que en su caso “DIF NACIONAL” comunique por escrito a “EL PROVEEDOR”; y
b) Que se presente la factura o comprobante fiscal digital original correspondiente, misma que deberá cumplir con todos los requisitos fiscales vigentes descritos en el Fallo y contener la descripción detallada del servicio realizado.
“EL PROVEEDOR” deberá presentar la factura o comprobante fiscal digital, correspondiente ante el ______________________________________________________de “DIF NACIONAL”, ubicada en Calle _____, número ______, Colonia ________, Alcaldía ________, Código Postal ______, Ciudad de México, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, área que procederá a su revisión y de encontrarse inconsistencias y/o errores, “DIF NACIONAL” se lo hará saber por escrito dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, en la inteligencia de que el plazo para el pago iniciará a partir de que “EL PROVEEDOR” presente la factura o comprobante fiscal digital debidamente corregidos.
De no encontrarse inconsistencias y/o errores en la factura o comprobante fiscal digital, o habiéndose subsanado las encontradas, el _______________________________, gestionará el pago respectivo ante la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “DIF NACIONAL”, para que ésta suba la información al Sistema xx Xxxxxxx Productivas y verifique si “EL PROVEEDOR” opta por este medio para su pago, y de ser así, proceda a realizar el pago correspondiente en los plazos establecidos para ello.
Para efecto de lo establecido en el párrafo que antecede, “EL PROVEEDOR” podrá incorporarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, con objeto de acceder al factoraje o descuento electrónico de documentos por cobrar.
En caso de que “EL PROVEEDOR” decida sujetarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas los pagos los realizará el Banco Intermediario elegido por él.
Si “EL PROVEEDOR” decide no sujetarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas y opta por que el pago se les haga directamente por “DIF NACIONAL”, dicho pago se realizará a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la fecha en que venza el plazo para hacer uso del beneficio que otorga Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo; en caso de que el quinto día natural fuese inhábil, el pago se realizará al siguiente día hábil por medio de transferencia electrónica que efectuará la Tesorería de la Federación, previa elaboración de la Cuenta por Liquidar Certificada, en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal.
No se autorizará ningún pago de no cumplirse con las condiciones a que se refieren los incisos a) y b) de ésta Cláusula.
Para efectos del pago, “EL PROVEEDOR” deberá anexar a su factura o comprobante fiscal digital, copia del resguardo de la póliza otorgada como garantía de cumplimiento del contrato expedida por la Dirección General de Recursos Materiles y Servicios Genrales del “DIF NACIONAL”.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, deberá reintegrar las cantidades pagadas más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal respectivo, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “DIF NACIONAL”.
QUINTA.- “EL PROVEEDOR” acepta la celebración y cumplimiento del presente Contrato, sin que exista pago de anticipo alguno por parte del “DIF NACIONAL”.
SEXTA.- “EL PROVEEDOR”, a efecto de responder de la correcta ejecución del servicio a su cargo, se obliga a otorgar Fianza de Cumplimiento del monto del Contrato, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del mismo, expedida por Institución Afianzadora debidamente autorizada, cuya póliza deberá contener expresamente que:
a) Se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento;
b) Se otorga fianza a favor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por la cantidad de $____________ (__________________ PESOS ___/100 M.N.), equivalente al 10% (diez por ciento) del monto del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
c) La fianza garantiza el debido cumplimiento y ejecución de todas y cada una de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR”, atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este Contrato y su ANEXO I;
d) La fianza otorgada para garantizar el cumplimiento de este Contrato continuará vigente aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera, ampliación al monto o al plazo de ejecución del mismo. En virtud de lo anterior, la Institución Afianzadora renuncia expresamente al derecho de manifestar el consentimiento a que se refiere el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por lo que “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar las acciones necesarias a fin de mantener la fianza en el porcentaje que se menciona en el inciso b) de la presente cláusula, y recabar el endoso modificatorio a la póliza de fianza por cualquier modificación que se realice al Contrato garantizando los extremos de la misma;
e) La fianza se cancelará cuando “EL PROVEEDOR” haya cumplido con las obligaciones que se deriven de este Contrato, siendo requisito indispensable la conformidad previa y por escrito de “DIF NACIONAL”;
f) La Institución Afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los artículos 178 y 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas;
g) La fianza permanecerá vigente durante la sustanciación de cualquier recurso o juicio que se interponga hasta que se dicte resolución definitiva y firme por autoridad, salvo que “LAS PARTES” se otorguen el finiquito; y
h) La Institución Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
Se deberá indicar el número del Contrato y su fecha de suscripción, así como el monto del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
La póliza de fianza se deberá entregar en la Dirección General de Recursos Materiles y Servicios Generales del “DIF NACIONAL”, ubicada en Xxxxx XXXXXXX Xxxxxx Xx. 000, primer piso, Colonia Santa Xxxx Atoyac, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03310, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 13:00 horas.
Una vez cumplidas las obligaciones de “EL PROVEEDOR” a satisfacción de “DIF NACIONAL”, el servidor público facultado procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del Contrato.
“El PROVEEDOR”, se obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil “Actividades e Inmuebles” para que se cubran los daños a terceros en sus personas y/o bienes, así como los perjuicios y daño moral siempre y cuando sean consecuencia de un daño físico, de los que el asegurado sea legalmente responsable conforme a la legislación mexicana, derivados de los trabajos ejecutados por el asegurado con motivo del contrato número -----------------------de fecha--------------------relativo al servicio de ------------------------------------------------incluyéndose el pago de daños que pudiera ocasionar a los bienes muebles e inmuebles de “DIF NACIONAL”, a los trabajadores de éste o a terceras personas, por la cantidad de ----------------------------------------------------------------------------------------------$---------------------------------- (-------------------------------------/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), correspondiente al 30% (treinta por ciento) del importe total del contrato, debiendo presentar su póliza en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales contados a partir de la firma del contrato referido, debiendo contener la póliza lo siguiente:
En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “El PROVEEDOR”, para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, deberá obtener la modificación de la póliza, mediante el endoso correspondiente.
La Institución Aseguradora acepta expresamente lo preceptuado en la Ley sobre el Contrato de Seguro y la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
En caso de contar con una póliza global empresarial, se deberá expedir un endoso “B” de beneficiario preferente a nombre de “DIF NACIONAL”, por la cobertura de responsabilidad civil “Actividades”.
La póliza o endoso deberá extenderse por un plazo igual a la vigencia del contrato
SÉPTIMA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a iniciar la ejecución del servicio objeto del presente Contrato el día __________________ 2021 y a concluirlo el _________________ 2021.
Las estipulaciones contenidas en el presente Contrato se tendrán por vigentes hasta que “EL PROVEEDOR” ejecute totalmente el servicio objeto del mismo y “DIF NACIONAL” verifique el cumplimiento de las especificaciones, lugares, fechas y/o plazos del mismo, términos de referencia y demás condiciones que al efecto se detallan en el ANEXO I que forma parte integral de este Contrato, así como a la Cotización de “EL PROVEEDOR”, y manifieste expresamente la aceptación de los mismos; conviniéndose por “LAS PARTES” que hasta en tanto ello no se cumpla, el servicio no se tendrá por recibido o aceptado. Si “EL PROVEEDOR” no cumpliera con las Especificaciones Técnicas, Fallo y condiciones establecidas al efecto, “DIF NACIONAL” rechazará por escrito y con razones técnicamente fundadas, la ejecución de los servicios que no estén conforme a lo estipulado en este Documento.
OCTAVA.- “DIF NACIONAL”, a través de los representantes que designe, tendrá en todo tiempo derecho de supervisar y vigilar que los servicios se presten, así como también dar instrucciones por escrito a fin de que “EL PROVEEDOR” se ajuste a las especificaciones técnicas establecidas y señaladas en el ANEXO I del presente Contrato.
NOVENA.- “DIF NACIONAL” determina que de conformidad a lo establecido en el artículo 84 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para los efectos que en dicho ordenamiento legal se señalan, el servidor público que se encargará de la administración y vigilancia de cumplimiento del presente Contrato es el que a continuación se designa; asimismo, “EL PROVEEDOR” designa por su parte a la persona que se indica para los correlativos efectos y para la recepción de notificaciones relacionadas con la ejecución del mismo.
-
-
Para efectos
Por “DIF NACIONAL”
Por “EL PROVEEDOR”
De la administración y vigilancia del Contrato.
Administradora
______________________ Área: Dirección de Técnologias de la Información: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Teléfono: 00 00 00 00 00
C. _____________________
Apoderado Legal
Domicilio: ,.
Teléfono:
-
Tales representantes tendrán a su cargo la comunicación necesaria entre “LAS PARTES” para todos los efectos del presente Contrato, acordando entre ellas que podrán nombrar sustitutos de las personas designadas, dando aviso a la otra por escrito con 15 (quince) días naturales de anticipación, y deberán mantener los registros necesarios de las actividades realizadas con motivo de la ejecución del servicio objeto del presente Contrato.
DÉCIMA.- “LAS PARTES” acuerdan que conforme a lo dispuesto en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presente Contrato únicamente se podrá prorrogar en caso de presentarse caso fortuito, causa de fuerza mayor, o cuando por alguna causa imputable a “DIF NACIONAL” la prestación del servicio objeto de este Contrato no pueda realizarse en la fecha o plazo pactado para ello.
Para los efectos de proceder a la modificación del presente Contrato en vía de prórroga, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “DIF NACIONAL” la solicitud por escrito que corresponda, en el caso de que dicha solicitud se funde en caso fortuito o causa de fuerza mayor, en la que se hará constar el caso concreto acompañándose de los medios de prueba pertinentes; una vez que “DIF NACIONAL” reciba la solicitud aludida, se revisará la misma y dentro de un plazo que no exceda de 3 (tres) días hábiles emitirá la determinación que corresponda en la que se establezca la procedencia o improcedencia de la misma.
En el supuesto de que la prórroga se fundamente en causa imputable a “DIF NACIONAL”, no se requerirá la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
En cualquiera de los supuestos a que se hace alusión en los párrafos inmediatos anteriores, se deberá formalizar el convenio modificatorio correspondiente, en el que se hará constar la nueva fecha o plazo pactados en vía de prórroga para la prestación del servicio objeto de este Contrato, conviniéndose que en estos mismos supuestos no habrá lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos pactados
DÉCIMA PRIMERA.- Las modificaciones que por razones fundadas pudieran realizarse al presente Contrato, incluidas las adecuaciones por incremento en la cantidad de los servicios objeto del mismo, deberán constar por escrito en atención a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“EL PROVEEDOR” acepta que en el caso de que se incremente la cantidad de los servicios a ejecutar, “DIF NACIONAL” se los notificará por escrito en forma desglosada, detallando las especificaciones correspondientes, observándose que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en el presente Contrato y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
En su caso, se formalizarán los Convenios Modificatorios correspondientes, debiendo “EL PROVEEDOR” comprometerse expresamente a entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización del convenio respectivo, el endoso correspondiente de la póliza de fianza de garantía de cumplimiento presentada, lo cual deberá estipularse en el cuerpo de dicho convenio modificatorio, así como las fechas de la prestación del servicio para las cantidades adicionales.
“LAS PARTES” convienen que todo servicio extraordinario deberá contar previamente con la autorización y disponibilidad presupuestal correspondiente, conviniendo además que en el supuesto contrario "DIF NACIONAL" no adquirirá responsabilidad alguna y toda erogación será a cargo y cuenta de “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA SEGUNDA.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 96 de su Reglamento, cuando por causas imputables a “EL PROVEEDOR” incurra en atraso en las fechas y/o plazos pactados para el inicio en la prestación del servicio objeto de este Contrato, “DIF NACIONAL” le impondrá una pena convencional consistente en una cantidad igual al 1% (uno por ciento), por cada día hábil de atraso, aplicado de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento.
Esta pena se estipula por el simple atraso de las fechas o plazos pactados para el inicio en la prestación del servicio contratado; no excederá del 10% (diez por ciento) del monto máximo del presente Contrato, y se determinará en función de los servicios prestados con atraso respecto de la fecha o plazo pactado para su inicio.
DÉCIMA TERCERA.- El área designada por “DIF NACIONAL” para los efectos de vigilancia del presente Contrato, con base en los documentos comprobatorios correspondientes, elaborará el o los informes sobre el o los atrasos en que hubiere incurrido “EL PROVEEDOR” en el inicio en la prestación del servicio contratado, respecto de las fechas o plazos pactados para tal efecto. Una vez determinado el atraso, dicha área lo notificará por escrito a “EL PROVEEDOR”, para que en el plazo de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de tal notificación, manifiesten lo que a su derecho convenga.
Si transcurrido el plazo en mención “EL PROVEEDOR” no hace manifestación alguna en su defensa, o si después de analizar las razones aducidas por éste, “DIF NACIONAL” estima que las mismas no son pertinentes, se procederá a la cuantificación de la pena convencional correspondiente, haciéndolo del conocimiento de “EL PROVEEDOR”, para los efectos de su pago; en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el Contrato, no procederá el cobro xx xxxx convencional alguna.
El importe respectivo de la pena convencional deberá ser pagado por “EL PROVEEDOR” a la brevedad, después de la fecha en que “DIF NACIONAL” le notifique y cuantifique por escrito la penalización y el importe correspondiente, efectuando dicho pago a través del pago referenciado establecido por el Servicio de Administración Tributaria, debiendo entregar el acuse del pago respectivo al responsable de verificar y administrar el Contrato.
Las penas convencionales son independientes de los daños y perjuicios que ocasione “EL PROVEEDOR” por no cumplir con las obligaciones contractuales. También son independientes de las deducciones que se deban hacer por incumplimiento parcial o deficiente del servicio contratado.
DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” convienen que si “EL PROVEEDOR” cumple sólo parcialmente la realización de los servicios objeto de este Contrato, o bien se observan deficiencias en la prestación de los mismos, tales circunstancias serán consideradas cumplimientos parciales o deficientes, y “DIF NACIONAL” deducirá sobre la facturación, los porcentajes que correspondan conforme a lo siguiente:
Tipo |
ID |
Descripción |
Límite de tiempo de respuesta |
Especificación |
Atención |
SLA-1 |
Por excederse en el tiempo de respuesta a la atención de un reporte o solicitud generado vía telefónica o por correo electrónico |
30 minutos |
0.1% del valor total de la factura por cada 15 minutos sin atención |
Solución |
SLA-2 |
Por excederse en el tiempo de solución de incidentes o fallas acorde a los niveles de prioridad estableciendo un límite máximo de 24 horas, iniciando desde el registro del incidente y posterior a ello entrará el SLA-3 |
Prioridad 1 Por cada hora o fracción posterior a las 6 horas |
1% del valor total de la factura. |
Prioridad 2 Por cada hora o fracción posterior a las 12 horas |
||||
Prioridad 3 Por cada día o fracción posterior al día límite |
||||
SLA-3 |
Por excederse en el tiempo en atención a la solución de un incidente con prioridad 1, 2 o 3 o en excederse en la fecha acordada para la atención de una solicitud o requerimiento. |
Por cada día o fracción posterior al día límite |
1% del valor total de la factura. |
|
SLA-4 |
Incumplimiento en el plazo de la entrega de los documentos solicitados. |
1 día |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-5 |
Por realizar modificación al servicio y/o actividad, sin ser acordada y autorizada por el SNDIF |
Por evento |
0.1% del valor total de la factura. |
|
Disponibilidad |
SLA-6 |
Acceso a la Mesa de Ayuda, así como la entrega del procedimiento de atención xx xxxxxx o incidentes o la entrega de la matriz de escalación |
Por cada día sin servicio en la mesa de ayuda |
1% del valor total mensual del servicio. |
SLA-7 |
Por no cumplir con los niveles de disponibilidad establecidos en los servicios. |
Por cada hora o fracción posterior al límite |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-8 |
Por exceder el porcentaje mensual de errores en la ejecución de respaldos |
Exceder el 3% de errores del total de respaldos |
0.1% del valor total de la factura. |
|
SLA-9 |
Por cada error generado posterior al 3% del total de respaldos |
Por error registrado |
0.1% del valor total del servicio por cada error. |
|
SLA-10 |
Por falla generalizada en el ambiente productivo en que todas las MV´s se encuentren fuera de línea. (posterior a las 24 horas límite del SLA-2) |
1 día o fracción |
3% del valor total de la factura. |
|
SLA-11 |
En las revisiones trimestrales del DRP, por cada MV que no opere en la nube |
Por MV |
5% del valor total del servicio |
|
SLA-12 |
Por no contar con un ingeniero en sitio |
Por cada día ausente |
1% del valor total de la factura. |
Independiente a la deducción por los servicios prestados en forma parcial y/o deficiente en la factura o comprobante fiscal digital correspondiente, no se pagaran los trabajos no prestados.
Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, serán determinadas en función de los bienes no entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente.
Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del presente Contrato.
Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura o comprobante fiscal digital que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro. Inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando la suma de las deducciones sea igual al monto de la garantía de cumplimiento del Contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del Contrato.
DÉCIMA QUINTA.- “EL PROVEEDOR” asume cualquier tipo de responsabilidad por las violaciones que en materia de derechos de propiedad intelectual (marcas, patentes y derechos de autor) se ocasionen por la ejecución total o parcial del servicio descrito en la Cláusula Primera de este Contrato.
En caso de litigio como consecuencia de lo anterior, “EL PROVEEDOR” garantiza la continuidad del servicio materia del presente Contrato, obligándose a subsanar en su totalidad la o las referidas violaciones; en razón de lo anterior, si durante la vigencia de este Contrato o con posterioridad a ella, se presentara alguna reclamación a “DIF NACIONAL” con ese motivo, “EL PROVEEDOR” conviene expresamente en pagar cualquier importe que de ello se derive y sacar en paz y a salvo a “DIF NACIONAL” de tales reclamaciones.
En caso de que lo anterior no fuese posible, “DIF NACIONAL” podrá rescindir el presente Contrato aplicando el procedimiento establecido al efecto en este Instrumento Jurídico.
DÉCIMA SEXTA.- “EL PROVEEDOR”, como patrón del personal que requiera con motivo de la prestación del servicio objeto de este Contrato, conviene expresamente en que es el único responsable de las obligaciones laborales y de seguridad social que surjan de las relaciones existentes con su personal, tales como salarios, indemnizaciones y riesgos profesionales o de cualquier otra obligación, o por la prestación de servicios que derive de las citadas actividades según sea el caso, y también serán los únicos responsables de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, siendo enunciativas, más no limitativas.
Consecuentemente, en ningún caso y por ningún concepto podrá considerarse a “DIF NACIONAL” como patrón directo o sustituto del personal de “EL PROVEEDOR”, por lo que éste asume cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de la realización de los servicios objeto de este Contrato pudiera derivarse de su relación laboral con el personal que los ejecuta, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal a “DIF NACIONAL”; en tal virtud, “EL PROVEEDOR” se hace responsable de todas las reclamaciones individuales o colectivas que por cualquier razón puedan presentar sus trabajadores, así como las sanciones que pudieran imponerles las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, sacando a “DIF NACIONAL” en paz y a salvo frente a toda reclamación, demanda, litigio o sanción que su personal o cualquier autoridad pretendiese fincar o entablar en su perjuicio a consecuencia de la citada relación laboral.
DÉCIMA SÉPTIMA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier persona los derechos y obligaciones derivadas del presente Contrato, a excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá de contar con el consentimiento previo y por escrito de “DIF NACIONAL”.
DÉCIMA OCTAVA.- “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en una o varias de las causas que a continuación se mencionan de manera enunciativa, no así, limitativa:
a) Porque no entregue en tiempo y forma la garantía de cumplimiento que se estipula en el presente Contrato;
b) Si por causa imputable a “EL PROVEEDOR” se suspende injustificadamente, de manera total o parcial, la ejecución del servicio;
c) Cuando se agote el monto de aplicación xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos pactados para la prestación del servicio objeto de este Contrato, y persista dicho atraso;
d) Cuando se agote el monto máximo de deducciones por el servicio prestado de manera parcial y/o deficiente;
e) Porque transmita total o parcialmente los derechos derivados de este Contrato, salvo los derechos de cobro con la previa autorización por escrito de “DIF NACIONAL”;
f) En el caso de que alguna autoridad competente lo declare en concurso mercantil, o en quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o cualquier otra figura análoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte a su patrimonio en forma tal que les impida cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de este Contrato; y
g) Si no brinda a “DIF NACIONAL” y/o a la Secretaría de la Función Pública, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto del presente Contrato.
h) En general por cualquier causa imputable a “EL PROVEEDOR” que lesione los intereses del “DIF NACIONAL”.
La rescisión administrativa a que alude esta cláusula podrá iniciarse durante la vigencia del Contrato, en cualquier momento posterior al incumplimiento.
DÉCIMA NOVENA.- Si “DIF NACIONAL” considera que “EL PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causas de rescisión consignadas en la cláusula que antecede, iniciará el procedimiento de rescisión administrativa del presente Contrato, comunicándolo por escrito a éste para que en un término de 5 (cinco) días hábiles expongan lo que a su derecho convenga respecto del incumplimiento de su obligación y aporte en su caso las pruebas que estime convenientes; dentro de un plazo de 15 (quince) días hábiles dictará la resolución que en derecho proceda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Concluido el procedimiento de rescisión, en su caso, se formulará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, a efecto de hacer constar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso. Al efecto deberá considerarse lo dispuesto en el artículo 103 fracción III del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 60 fracción II de la referida Ley.
Si con anterioridad a la determinación de dar por rescindido el presente Contrato se prestaren los servicios conforme al mismo, el procedimiento de rescisión iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “DIF NACIONAL” de que continúa vigente la necesidad de los mismos, y que se hayan aplicado, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
En términos de lo dispuesto en el artículo 54, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “DIF NACIONAL” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.
Asimismo, “DIF NACIONAL” podrá determinar no dar por rescindido el Contrato, cuando pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas, debiendo elaborar el dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del Contrato resultarían más inconvenientes; en este supuesto, “DIF NACIONAL” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, formalizado el convenio modificatorio respectivo en términos de lo dispuesto en los últimos dos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” acuerdan que la Cotización, el Fallo del cual deriva el presente Contrato y su ANEXO I, así como las Especificaciones Técnicas y Alcances del Servicio emitidas por “DIF NACIONAL”, son los instrumentos por los que se vinculan en sus derechos y obligaciones, aceptando que cualquier aspecto no considerado en dichos documentos, se resolverá conforme a lo que al efecto prevea la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios vigentes en “DIF NACIONAL”.
VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LAS PARTES” convienen que la suspensión temporal o definitiva del presente instrumento será sin responsabilidad alguna para el “DIF NACIONAL”, ya sea de común acuerdo o por caso fortuito o fuerza mayor, o en caso de que exista por parte del Gobierno Federal la contratación consolidada que permita mejores condiciones para el Organismos.
“LAS PARTES” acuerdan que el “DIF NACIONAL” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando ocurran razones de interés general o institucional, sin más responsabilidad para el “DIF NACIONAL”, que el pago de las cantidades que se adecuen a “LOS PROVEEDORES” al momento de la terminación.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, en caso de terminación anticipada, el “DIF NACIONAL” deberá dar aviso por escrito con 15 (quince) días naturales anteriores a la fecha en que se pretenda dar por terminado el presente contrato, hasta un día natural antes si las circunstancias extraordinarias del caso no permitieren cumplir dicho plazo.
En caso de que alguna obligación establecida en el presente contrato quede pendiente derivado de lo descrito en el párrafo anterior, del mismo, “LAS PARTES” acuerdan que el contrato continuará vigente para el único efecto de exigir a “LOS PROVEEDORES” su cumplimiento.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CLAUSULA ESPECIAL.- “LAS PARTES” acuerdan que la cotización, el fallo, el presente Contrato y su ANEXO Técnico y/o Especificaciones técnicas emitidas por el “DIF NACIONAL”, son los instrumentos que se vinculan a sus derechos y obligaciones, aceptando que cualquier aspecto no considerado en dichos documentos, se resolverá conforme a lo que el efecto este previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las Políticas, Bases y lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; y la normatividad aplicable vigente en el “DIF NACIONAL”.
VIGÉSIMA TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan que el presente convenio es público de acuerdo con lo señalado en el artículo 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; que en términos del numeral 113 de la Ley citada, se clasifica como información confidencial y por tanto se deberá manejar con stricto apego a la Ley y se conducirá de acuerdo con lo señalado en el título cuarto, Capítulo III, así que se guardará confidencialidad estricta, respecto de la información que mutuamente se proporcionen o por aquella a la que tenga acceso con motivo de la ejecución del presente convenio, de manera especial la clasificada como confidencialidad o reservada en términos de lo estipulado en los artículos anteriores de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en correlación con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de Particulares y demás normatividad aplicable en la materia, salvo que se cuente con la previo autorización escrita de quien sea responsable de dicha información, debiendo asegurarse que la que se proporcione por el personal que cada parte designe sea manejada bajo estricta confidencialidad.
Las obligaciones previstas en esta cláusula permanecerán vigentes y serán exigibles aún en el caso de que “LAS PARTES” dieran por terminado de manera anticipada el presente convenio o éste termine su vigencia.
VIGÉSIMA CUARTA.- Para la interpretación y cumplimiento de este Contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Contrato, lo firman libre de vicios en la voluntad, tales como error, dolo, mala fe, lesión o violencia,en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día 22 del mes xx xxxxx del año 2019.
POR “DIF NACIONAL”
_______________________________ DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
____________________________________ DIRECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
_____________________________________ DIRECTORA DE ADQUISICIONES Y ALMACENES |
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POR “EL PROVEEDOR”
____________________________ APODERADO LEGAL
______________________________________ SUBDIRECTOR DE ADQUISICIÓN DE BIENES
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ANEXO XI
Jueves 20 xx xxxxxx de 2015
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 5 y 6, fracciones I, V y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el ejercicio de la función pública debe apegarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, establecidos en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de que impere invariablemente en los servidores públicos una conducta digna que fortalezca a las instituciones públicas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad;
Que el artículo 134 Constitucional establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; principios que deben ser observados, entre otros, en los procedimientos de contratación pública y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, así como sus prórrogas;
Que la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en su artículo 8, previene obligaciones propias de los servidores públicos, las cuales tienden específicamente a la salvaguarda de los principios de honradez e imparcialidad en el desempeño de la función pública cuando ésta se desarrolla, entre otros, en interacción con los particulares, a efecto de que no obtengan beneficios indebidos utilizando el empleo, cargo o comisión que ostentan; circunstancia que motivó la necesidad de contar con un diagnóstico que permita conocer el nivel de responsabilidad de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones, concesiones y sus prórrogas, para lo cual esta Secretaría integró un registro de dichos servidores públicos en el cual se identifica y clasifica su nivel de responsabilidad;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla cinco metas nacionales dentro de las que se encuentra la denominada México en Paz, misma que tiene por objeto, entre otros, fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas y, por su parte, en el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, se prevé como una de sus estrategias obtener las mejores condiciones en la contratación de bienes, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal, señalando como líneas de acción, entre otras, las de establecer un sistema de contrataciones públicas basado en la transparencia, competencia y criterios objetivos, que promueva la integridad y la prevención de la corrupción;
Que con la finalidad de proveer al cumplimiento de lo establecido en el Plan y en el Programa antes señalados, y con el propósito de fortalecer la legalidad y cerrar espacios a la corrupción, el 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx presentó y encomendó a esta Secretaría, un conjunto de acciones ejecutivas para prevenir la corrupción y evitar los conflictos de interés, entre las cuales se encuentra la de establecer protocolos de contacto entre particulares y los servidores públicos responsables de los procedimientos de contrataciones públicas y el otorgamiento de licencias, permisos y concesiones y la obligación de los servidores públicos de presentar una declaración de posible conflicto de interés, misma que debe entregarse al ingresar a cargos públicos federales y actualizarse anualmente o en cualquier momento en que un funcionario considere que pudiera ocurrir un posible conflicto de interés en su responsabilidad;
Que resulta necesario contar con un mecanismo que permita a la Secretaría verificar las declaraciones de conflictos de interés de los servidores públicos, y en ciertos casos, a través de su vinculación con un documento equivalente en el que particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés con servidores públicos de mando superior, y con aquéllos que intervienen en contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones constitucionales en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 xx xxxx de 2015, los particulares que lleguen a participar en la comisión xx xxxxxx administrativas graves habrán de ser sancionados administrativamente, y si bien tal supuesto entrará en vigor conforme al citado Decreto, previene un reconocimiento a nivel Constitucional sobre la corresponsabilidad de los ciudadanos que se vinculan en la comisión de diversos actos de corrupción, el cual también ha sido regulado en ordenamientos secundarios como la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que establece diversas infracciones administrativas en que pueden incurrir los particulares por la comisión de conductas indebidas en contrataciones públicas de carácter federal;
Que resulta de interés para la sociedad que el Estado implemente mayores acciones preventivas contra los actos de corrupción que garanticen que la toma de decisiones gubernamentales no sea vulnerada por intereses particulares, por lo que la Administración Pública Federal requiere medidas que eviten la corrupción en las contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos y concesiones, incluyendo las autorizaciones que otorgan derechos de explotación de bienes o servicios, lo cual permitirá asegurar las mejores condiciones de contratación y que la administración de los recursos públicos se realice con estricta observancia a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez;
Que ante la necesidad de que se constituya un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el fortalecimiento de la ética y la integridad en el servicio público; ante la demanda social y legítima de que este gobierno tome medidas eficaces y frontales en la prevención y el combate a la corrupción, y tomando en cuenta que esta Secretaría está facultada para establecer normas, directrices, políticas, estrategias, acciones y medidas que le permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y que rijan el actuar de aquellos que intervienen en procedimientos que impliquen la entrega de recursos públicos, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto expedir el Protocolo de actuación que deben observar los servidores públicos de las dependencias y entidades inscritos en el registro que la Secretaría de la Función Pública lleva de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y aquellos que funjan como residentes de obra en los contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas, en su contacto con los superintendentes de construcción, conforme al Anexo Primero, y en su caso, aplicar los formatos que deberán utilizarse para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, conforme al Anexo Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo por parte de los servidores públicos, será causa de responsabilidad administrativa en términos de lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
ARTÍCULO TERCERO.- La aplicación del presente Acuerdo debe realizarse sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones jurídicas que regulen las contrataciones públicas, el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
La inobservancia de alguna de las previsiones contenidas en este Acuerdo, no afectará por sí misma la validez jurídica de los actos a que se refiere el párrafo anterior.
ARTÍCULO CUARTO.- La información que se obtenga, genere o resguarde por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, estará sujeta a lo establecido en las disposiciones en las materias de archivos, protección de datos personales, transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública podrá aplicar los mecanismos que le permitan evaluar el cumplimiento del presente Acuerdo, incluyendo la realización de encuestas a los particulares que establecieron contacto con servidores públicos.
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos y la resolución de los casos no previstos corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas en el caso del Anexo Primero, y de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés en el caso del Anexo Segundo.
La Secretaría de la Función Pública, por conducto de las unidades administrativas correspondientes, brindará capacitación, asesoría y apoyo a las personas que lo requieran con relación a la implementación de los Anexos de este Acuerdo, y a los particulares en el llenado del formato a que se refiere el Anexo Segundo, inclusive mediante tutorial en línea o personalmente según los datos de contactos disponibles en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control, vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, contarán con un plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para dar total cumplimiento al presente Acuerdo y su Anexo Primero.
Los órganos internos de control de las dependencias y entidades verificarán el avance en el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el párrafo anterior, para lo cual elaborarán semestralmente un informe.
La determinación de los casos e instrumentación de los formatos a que se refiere el Anexo Segundo del presente Acuerdo corresponderá a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, la cual deberá comunicar la disponibilidad de los mismos y los lineamientos de casos, a más tardar a los cuatro meses de la entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confieran atribuciones.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a los 19 días del mes xx xxxxxx de 2015.- El Secretario de la Función Pública, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. Este Protocolo tiene por objeto establecer los lineamientos generales que deberán observar los servidores públicos a que se refiere el artículo Primero del Acuerdo.
Para los efectos del presente Protocolo, se entenderá por:
I. Contacto con particulares: Comunicación a través de cualquier medio entre particulares y los servidores públicos sujetos a este Protocolo;
II. Contrataciones públicas: Los actos a partir de las autorizaciones o dictámenes previos para realizar los procedimientos de contratación hasta la conclusión de los mismos, sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), la Ley de Asociaciones Público Privadas (XXXX), así como los actos relativos a las enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales.
Entre los actos y autorizaciones previas a que se refiere el párrafo anterior se encuentran comprendidos los siguientes:
Dictamen sobre la viabilidad del proyecto de asociación público privada (artículo 21 de la XXXX).
En el caso de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, incluye los documentos que sirvan de base para pronunciarse sobre la autorización del proyecto de asociación público privada y la autorización misma (artículo 21 de la XXXX).
Autorización del pago de servicios en los que no sea posible pactar que el costo sea cubierto después de la prestación del servicio (artículo 13, último párrafo de la LAASSP).
Autorización del proyecto ejecutivo, incluyendo en su caso, el dictamen técnico que justifique que las obras son de gran complejidad (artículos 24, último párrafo de la LOPSRM, y 23, segundo párrafo del Reglamento de la LOPSRM).
Dictamen de excepción a la licitación pública (artículos 22, fracción II de la LAASSP y 25, fracción III de la LOPSRM).
El escrito de autorización para realizar una adjudicación directa en lugar de una invitación a cuando menos tres personas, en el caso de las contrataciones por monto (artículo 42, párrafo segundo de la LAASSP).
III. Dependencias: Las Secretarías de Estado incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la República;
IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean considerados entidades paraestatales, y
V. Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones: Los procedimientos para el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones incluyendo, en su caso, sus actos previos, que regulen los diversos ordenamientos jurídicos aplicables.
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
Los servidores públicos en su contacto con los particulares, deberán conducirse con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad y respeto, así como atender estrictamente las disposiciones jurídicas que regulan sus obligaciones, el conflicto de interés y los casos en que deberán abstenerse de intervenir y de excusarse para conocer de determinados asuntos.
En el caso del contacto del residente de obra con el superintendente de construcción, para efectos de cumplimiento del presente Protocolo, aquél deberá únicamente registrar en la bitácora correspondiente, cualquier reunión que lleve a cabo con este último y el propósito de la misma.
Cuando los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, tengan conocimiento de actos u omisiones de particulares o de otros servidores públicos que comprometan la actuación con la que deben desempeñarse en sus empleos, cargos o comisiones, esto es, que resulten contrarias a los principios que rigen el servicio público, deberán hacerlo del conocimiento del Titular del Órgano Interno de Control y, en su caso, del área jurídica de la dependencia o entidad de que se trate, a efecto de que se tomen las medidas que resulten conducentes.
Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y que éste puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, e indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados, así como que dicha información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y ser utilizada como elemento de prueba;
Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
El derecho que tienen de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
Los servidores públicos deberán adoptar medidas para proteger los datos personales de los particulares, asegurándose de señalarles cuál es el propósito de recabarlos y solicitar su consentimiento de manera expresa, por escrito o cualquier medio de autenticación, para el caso de que terceras personas accedan a dichos datos.
En las comunicaciones telefónicas, reuniones, visitas y actos públicos los servidores públicos deberán grabar las primeras y videograbar las demás. En las videograbaciones se registrará la fecha y la hora de inicio y conclusión, del acto respectivo.
El dispositivo en el que se almacenen las grabaciones y videograbaciones formará parte del expediente de contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate.
Para el caso de las comunicaciones telefónicas y las reuniones, deberán obtener del particular su consentimiento tácito o expreso, así como señalarle que se entenderá que hay consentimiento tácito cuando continúe la conversación telefónica, o su presencia en las reuniones de que se trate. De no existir consentimiento del particular la comunicación telefónica o la reunión no podrá continuarse y el servidor público informará al particular dicho impedimento.
En el caso de las visitas y actos públicos no se requerirá el consentimiento del particular para videograbarlos, en tanto que los mismos son de orden e interés públicos.
Tratándose de exámenes o evaluaciones médicas que se requieran para las licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se estará a lo que dispongan los protocolos de actuación médica aplicables.
El contacto con particulares deberá llevarse a cabo a través de los medios de comunicación que provea la dependencia o entidad o en sus inmuebles, según corresponda, salvo en los casos señalados en el numeral 15 del presente Protocolo.
El contacto con particulares se efectuará preferentemente por escrito (en medios físicos o electrónicos) con la finalidad de que exista constancia del asunto, sin perjuicio de lo señalado por las disposiciones jurídicas aplicables.
Los servidores públicos deberán llevar un registro de las comunicaciones telefónicas y reuniones, en el cual consignarán por lo menos: fecha, hora, el objeto de la reunión o comunicación telefónica y, en su caso, lugar de la reunión o número telefónico del servidor público en que se recibió la comunicación.
Sección III
Celebración de Reuniones
Salvo lo dispuesto por las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, para la celebración de reuniones con los particulares deberá mediar cita previa y el servidor público dará aviso a su superior jerárquico. En las reuniones estarán presentes al menos dos servidores públicos de las áreas relacionadas con las contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate, mismos que podrán o no estar inscritos en el registro a que se refiere el Artículo Primero, inciso a) del Acuerdo.
El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, al menos con dos días hábiles de anticipación a la celebración de las reuniones, salvo que no sea posible hacerlo en dicho plazo, debiendo el servidor público señalar en el escrito de aviso las circunstancias de modo, tiempo y lugar que lo impidieron.
En el aviso a que se refiere el párrafo anterior, se señalará lugar, fecha, hora, el objeto de la reunión y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la reunión.
De cada reunión se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contendrá al menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participaron, así como los temas tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará al Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de su formalización.
Sección IV
Visitas
Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte necesario conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables, realizar visitas a los inmuebles relacionados con las mismas, se deberá tomar en consideración además de lo señalado en dichos ordenamientos, lo siguiente:
I. La visita se llevará a cabo en la fecha y hora que se señale en los documentos que establezcan las bases del procedimiento específico cuando sea el caso, o bien, en la que el servidor público haya comunicado a los particulares;
II. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización de la visita, señalando el lugar, fecha, hora, objeto de la misma y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la visita;
III. Al inicio de cada visita el servidor público responsable del acto deberá identificarse ante todos los asistentes, a quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando menos sus nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
IV. De cada visita se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contener al menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, así como los temas tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará al Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de su formalización.
Sección V
Actos públicos
Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto;
II. Al inicio del acto el servidor público responsable deberá identificarse ante todos los asistentes, a quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando menos sus nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
III. El servidor público que presida el acto informará a los participantes que una vez iniciado el mismo no se permitirá el acceso a ninguna otra persona, o servidor público ajeno al acto.
Sección VI
Procedimientos deliberativos
Cuando en los procedimientos de contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones existan procedimientos deliberativos, tales como evaluaciones y análisis de información, los servidores públicos se abstendrán de proporcionar información, previo a la notificación de la resolución correspondiente.
Anexo Segundo
FORMATOS QUE DEBERÁN UTILIZAR LOS PARTICULARES PARA MANIFESTAR VÍNCULOS Y POSIBLES CONFLICTOS DE INTERÉS
1. En los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, los particulares deberán presentar un manifiesto de sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los servidores públicos que tengan los cargos que a continuación se indican, incluyendo a sus cónyuges y parientes en primer grado:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
IV. Procurador General de la República;
V. Subprocuradores o Titulares de Fiscalías Especializadas;
VI. Titulares de los Órganos Reguladores Coordinados;
VII. Subsecretarios;
VIII. Consejeros Adjuntos;
IX. Oficiales Mayores;
X. Titulares de Unidad;
XI. Directores Generales;
XII. Titulares de órganos administrativos desconcentrados;
XIII. Directores Generales, Gerentes, Subgerentes, Directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de entidades paraestatales y Empresas Productivas del Estado, y
XIV. Los que intervienen en las contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, frente a los particulares, incluidos en el Registro que al efecto lleva la Secretaría de la Función Pública.
La presentación del manifiesto de vínculos o relaciones incluirá a los servidores públicos que desempeñen un puesto, cargo, comisión o funciones equivalentes, homólogos o adjuntos a los referidos en las fracciones VII a XII de este artículo.
El manifiesto de vínculos o relaciones deberá presentarse cuando por sí, o a través de su representante legal, las personas físicas x xxxxxxx, intervengan en:
I. Contrataciones públicas, y
II. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará previo al inicio de los procedimientos señalados en las fracciones anteriores y será solicitado por los servidores públicos encargados de tramitarlos.
Quienes formulen el manifiesto de vínculos o relaciones deberán declarar bajo protesta de decir verdad, el vínculo o la relación personal, de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el primer grado, o de negocios con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal, y en especial con los señalados en el artículo Primero de este Acuerdo, y las personas siguientes:
I. El propio declarante y su cónyuge, ascendientes y descendientes;
II. Los integrantes del consejo de administración o administradores de la persona moral que representa;
III. Director o gerente general o funcionario de los tres niveles inferiores a cualquiera de éstos, o
IV. Las personas físicas que posean directa o indirectamente el control de al menos el 10% de los títulos representativos del capital social de la persona moral que representa.
En el caso de los representantes de las personas xxxxxxx que intervengan en los procedimientos a que hace referencia el numeral 2 del presente Anexo, la manifestación de vínculos o relaciones la realizarán con base en la información recabada por la administración o dirección de la persona moral que representen.
El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará mediante el formato e instructivo adjunto y que forma parte del presente Anexo.
El formato se encontrará disponible a través de la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, siendo este medio remoto de comunicación electrónica el único para presentarlo ante la Secretaría de la Función Pública.
5. Los servidores públicos que estén a cargo de la asignación o resolución de los procedimientos o solicitudes señalados en el numeral 2 del presente Anexo, deberán tomar en consideración la opinión razonada que sobre el manifiesto realice la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés.
Los comités a que se refieren los artículos 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, respectivamente, estarán obligados a considerar al resolver el procedimiento de contratación de que se trate, la opinión razonada mencionada en el párrafo anterior.
Viernes 19 de febrero de 2016
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 5, 6, fracciones I, V y XXIV, y 17 BIS del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el 20 xx xxxxxx de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, el cual prevé como parte de su objeto la aplicación de los formatos que deberán utilizarse para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal y aquellos que intervienen en los procedimientos materia del Acuerdo, así como de posibles conflictos de interés, estableciéndose en el Anexo Segundo de dicho ordenamiento jurídico los términos para ello, encomendándose la determinación de los casos y la instrumentación de los formatos a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés y previéndose que ésta comunicará la disponibilidad de los formatos y los lineamientos de casos, a más tardar a los cuatro meses de la entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confirieran atribuciones;
Que el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando que antecede, fue motivado por la necesidad de constituir un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el fortalecimiento de la ética y la integridad en el servicio público que permita, entre otras acciones, contar con un mecanismo que contribuya a que esta Secretaría verifique las declaraciones de posible conflicto de interés de los servidores públicos, en ciertos casos, con un documento equivalente en el que los particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares con servidores públicos;
Que el 20 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública”, el cual adiciona un artículo 17 BIS al citado Reglamento para prever la existencia de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés y establecer sus atribuciones, entre las cuales destacan las relativas a formular y someter a la consideración del Secretario los proyectos de políticas, lineamientos, estrategias y demás instrumentos de carácter general, para establecer acciones en materia de ética e integridad a fin de prevenir conductas contrarias a las disposiciones que rigen el ejercicio de la función pública, así como conflictos de interés de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus funciones; así como realizar investigaciones para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés de los servidores públicos;
Que atendiendo a los razonamientos que motivaron el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando primero del presente ordenamiento jurídico y tomando en cuenta las facultades que ya le fueron conferidas a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, resulta necesario, por un lado, que bajo un marco colaborativo se proporcione a los particulares las mayores facilidades que impliquen los menores costos operativos, a efecto de incentivar a que manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal y con aquellos que intervengan en los procedimientos de contrataciones públicas y de otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y por el otro, que la información que se recabe esté alineada a la legislación aplicable y sea accesible y útil a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para identificar y evitar conflictos de interés en los procedimientos señalados;
Que para el logro de los propósitos mencionados en el considerando anterior, es necesario realizar diversas modificaciones al Acuerdo referido en el primer considerando de este ordenamiento jurídico, las cuales propiciaran en mayor medida la participación de la sociedad en los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República particularmente en materia de ética, integridad y prevención de conflictos de interés en el ejercicio de la función pública y, en general, en la prevención y el combate a la corrupción, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos Primero, Sexto, Séptimo y Segundo Transitorio, así como los Anexos Primero y Segundo, y se ADICIONAN el artículo Octavo y un artículo Tercero Transitorio, todos ellos del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado el 20 xx xxxxxx de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
“ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto:
I. Expedir el Protocolo de Actuación que, conforme al Anexo Primero, deberán observar:
a) Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Función Pública de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, en su contacto con particulares, y
b) Los servidores públicos que funjan como residentes de obra en los contrstos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas en su trato con los superintendentes de construcción, y
II. Establecer, conforme al Anexo Segundo, los mecanismos a través de los cuales los particulares podrán formular, un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco en los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- …
ARTÍCULO TERCERO.- …
ARTÍCULO CUARTO.- …
ARTÍCULO QUINTO.- …
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo y la resolución de los casos no previstos en el mismo, corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la previa opinión que, en su caso, corresponda a otras unidades administrativas de esta Secretaría.
La Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de esta Secretaría, brindará asesoría a las dependencias y entidades para la implementación de los Anexos del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés realizará la investigación de los datos contenidos en la declaración de posible conflicto de interés rendida por servidores públicos, para lo cual podrá requerir a la unidad administrativa competente de esta Secretaría el apartado de dicha declaración.
ARTÍCULO OCTAVO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control, vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- ...
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal implementarán las acciones a que se refiere el Anexo Primero del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, en la forma siguiente:
I. A partir del 22 xx xxxxx de 2016, se deberá dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Anexo Primero, con excepción de las señaladas en la fracción II del presente artículo, y
II. A partir xx xxxxx de 2017, darán cumplimiento a lo previsto en los numerales 6, inciso b) y 8 del Anexo Primero.
TERCERO.- A más tardar en el mes xx xxxxx de 2017, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría, deberá:
I. Incluir en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, el listado de licencias, permisos y autorizaciones a los que se refiere el numeral 6, inciso b) del Anexo Primero.
II. Diseñar e implementar el sistema electrónico que estará disponible en la liga mencionada en la fracción anterior, a fin de que los particulares formulen el manifiesto a que se refiere el Anexo Segundo.”
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 17 días del mes de febrero de 2016.- El Secretario, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. …
2. …
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
3. …
4. …
5. …
6. Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y que éste puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx; asimismo, los servidores públicos deberán informar a los particulares la fecha de la publicación de este Protocolo en el Diario Oficial de la Federación;
b) Que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, en los procedimientos que a continuación se enuncian, las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados; así como que esa información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de dichos procedimientos y podrá ser utilizada como elemento de prueba:
i. Contrataciones públicas;
ii. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
iii. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que enliste la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la liga xxx.xxx.xx/xxx
c) ...
d) Que tienen derecho a presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
7. …
8. En los procedimientos que se señalan en el numeral 6, inciso b) de este Anexo, los servidores públicos deberán grabar las comunicaciones telefónicas y videograbar las reuniones, visitas y actos públicos.
...
...
...
...
...
9. …
10. …
11. …
Sección III
Celebración de Reuniones
12. …
13. …
14. …
Sección IV
Visitas
15. …
Sección V
Actos públicos
16. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto.
Tratándose del otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones, la disposición prevista en el párrafo anterior será aplicable únicamente a los procedimientos que se encuentren enlistados en la liga xxx.xxx.xx/xxx.
II. …
III. …
Sección VI
Procedimientos deliberativos
17. …
Anexo Segundo
MANIFIESTO QUE PODRÁN FORMULAR LOS PARTICULARES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, DE OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
1. Para los efectos del presente Anexo se entenderá por:
I. Contrataciones públicas: los procedimientos de contratación sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Asociaciones Público Privadas, así como los actos relativos a las enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales;
II. Dependencias: las definidas en el numeral 2, fracción III, del Anexo Primero;
III. Entidades: las definidas en el numeral 2, fracción IV, del Anexo Primero;
IV. Sistema: el sistema electrónico a través del cual los particulares podrán formular el manifiesto a que se refiere el numeral 2 del presente Anexo, disponible en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, y
V. UEEPCI: la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública.
2. Los particulares personas físicas que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este Anexo, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente Anexo.
3. Los particulares personas xxxxxxx que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este Anexo, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente Anexo:
a) Integrantes del consejo de administración o administradores;
b) Director general, gerente general, o equivalentes;
c) Representantes legales, y
d) Personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los títulos representativos del capital social de la persona moral.
4. A fin de fomentar las mejores prácticas en la prevención de conflictos de interés, los particulares formularán el manifiesto por única vez cuando tengan la intención de participar en los siguientes procedimientos:
I. Contrataciones públicas;
II. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
III. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que se encuentren enlistados en la liga xxx.xxx.xx/xxx.
5. El manifiesto incluirá los vínculos o relaciones entre el particular y los servidores públicos que a continuación se indican:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República;
IV. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
V. Procurador General de la República;
VI. Titulares de entidades;
VII. Titulares de órganos reguladores coordinados;
VIII. Subprocuradores o titulares de fiscalías especializadas;
IX. Comisionados adscritos a órganos reguladores coordinados;
X. Subsecretarios, oficiales mayores, consejeros adjuntos, titulares de órganos administrativos desconcentrados, titulares de unidad y directores generales en las dependencias;
XI. Directores generales, gerentes, subgerentes, directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de las entidades, y
XII. Personal que interviene en contrataciones públicas, en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, incluidos en el Registro que lleva la Secretaría de la Función Pública.
6. Los particulares formularán el manifiesto a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx, siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de presentación del manifiesto. A través de dicho medio electrónico los particulares podrán también denunciar presuntos conflictos de interés de los que tengan conocimiento, enunciando las pruebas con las que en su caso cuenten.
7. El particular podrá actualizar en cualquier momento la información contenida en el manifiesto cuando cambien sus vínculos y relaciones con los servidores públicos señalados en el numeral 5 del presente Anexo.
8. Los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, deberán verificar en el Sistema, respecto de su dependencia o entidad, los manifiestos de vínculos o relaciones presentados por los particulares, a fin de tomar las medidas necesarias para prevenir posibles conflictos de interés. En caso de duda, dichos servidores públicos podrán solicitar a través del Sistema la opinión razonada de la UEEPCI, la cual dará respuesta a través del citado medio electrónico, dentro de los siete días hábiles contados a partir de que reciba la solicitud.
9. La UEEPCI podrá emitir opiniones razonadas sobre los manifiestos de vínculos o relaciones presentados por los particulares, con base en la información del Sistema o de otros elementos de juicio que se xxxxxxx, a fin de que sean consideradas conforme al ámbito de sus responsabilidades, por los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
10. Además de lo previsto en el numeral 4 fracción III de este Anexo, la UEEPCI mantendrá en la liga xxx.xxx.xx/xxx, la información siguiente:
X. Xxxx para la operación del Sistema;
II. Respuestas a las preguntas más frecuentes;
III. Correo electrónico para la aclaración de dudas sobre el uso del Sistema, y
IV. Nombres y denominaciones sociales de los particulares que soliciten que se haga público que presentaron el manifiesto.
DOF: 28/02/2017
ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.XXXX XXXXX XXXXXXXX, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, XIX y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; así como 1, 5 y 6 fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y CONSIDERANDO Que el 20 xx xxxxxx de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", mediante el cual el Gobierno de la República implementó acciones para prevenir la corrupción en las contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, a fin de que dichos procedimientos se realicen con estricta observancia a los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que los servidores públicos deben observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones; Que el 19 de febrero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", el cual fue motivado por la necesidad de propiciar una mayor participación de la sociedad en los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República en materia de ética, integridad y prevención de conflictos de interés en el ejercicio de la función pública y, en general, en la prevención y el combate a la corrupción; Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 prevé una reducción de los gastos de operación del Gobierno de la República, privilegiando los programas que contribuyen a la reducción de la pobreza a través de la disminución de las carencias sociales, y da preferencia a la inversión productiva sobre la administrativa, con la finalidad de hacer más eficiente el gasto público; Que resulta necesario reducir el impacto presupuestario que significa la obligación para las dependencias y entidades de grabar las llamadas telefónicas relacionadas con los procedimientos de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones; así como de videograbar las reuniones, visitas y actos públicos que se realicen con motivo de dichos procedimientos. Por lo cual se propone eliminar la obligación de grabar las llamadas telefónicas y acotar los casos en que deben videograbarse las reuniones, visitas y actos públicos; Que en el Estudio de la OCDE sobre integridad en México, entre otros aspectos, dicho organismo sugiere refinar el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas para hacerlo más viable, precisar las políticas para la gestión y resolución de conflictos de interés, proteger los derechos de quienes reportan irregularidades y equipar a los contralores internos para la realización de investigaciones disciplinarias y gestión de riesgos. En este tenor, dicho organismo internacional hace notar que si bien el Protocolo es un paso indispensable para asegurar un enfoque sensible al riesgo en la gestión de conflictos de interés, la Secretaría de la Función Pública podría enfocarse en mejorar y ampliar lineamientos sobre la manera en que los funcionarios de adquisiciones pueden y deben reaccionar cuando enfrentan dilemas éticos típicos y situaciones de conflicto de intereses en los procesos de licitación pública; Que el estudio citado recalca que la integridad es una responsabilidad compartida cuyo objetivo es el cambio de comportamiento, y que más allá de los esfuerzos en materia de integridad del sector público, el gobierno debe también tratar de inculcar más ampliamente estos valores en la sociedad, y Que a fin de seguir las recomendaciones emitidas por la OCDE, se requiere fortalecer por una parte, las reglas de contacto que deben seguir los servidores públicos a los que aplica el "protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones"; y por otra parte, los mecanismos para que la sociedad participe corresponsablemente en la prevención de la corrupción y los conflictos de intereses. De acuerdo con lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE
ACTUACIÓN ARTÍCULO PRIMERO.- Se REFORMAN los incisos a) y b) de la fracción I y la fracción II del Artículo Primero y fracciones I y II del Artículo Transitorio Tercero y se ADICIONAN las fracciones III, IV y V al Artículo Primero; un párrafo segundo al Artículo Quinto y un párrafo segundo al Artículo Octavo, todos ellos del Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, para quedar como sigue: "ARTÍCULO PRIMERO.- ... I. ... a) Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Función Pública de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, en su contacto con particulares. Los servidores públicos serán responsables en todo momento de verificar si se encuentran en el referido registro, mismo que se encuentra disponible en el siguiente vínculo: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, o realizarán la consulta al oficial mayor o equivalente de la dependencia o entidad donde se encuentren adscritos. Tratándose de contrataciones públicas, el Protocolo de Actuación únicamente aplicará a aquellas cuyo monto rebase el equivalente a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y b) Los servidores públicos que funjan como residentes de obra en los contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas en su trato con los superintendentes de construcción; II. Establecer, conforme al Anexo Segundo, los mecanismos a través de los cuales los particulares podrán formular un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco en los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones; III. Prever, conforme al Anexo Segundo, los mecanismos a través de los cuales los particulares podrán formular una declaratoria de integridad en los procedimientos de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones; IV. Establecer, según el Anexo Tercero, los criterios para que los oficiales mayores o sus equivalentes de las dependencias y entidades, realicen la identificación y clasificación de los servidores públicos que deberán inscribir en el registro que se menciona en la fracción I, inciso a) de este artículo, y V. Difundir, conforme al Anexo Cuarto, la guía de las mejores prácticas que orienta a los servidores públicos sobre cómo prevenir, detectar y gestionar las situaciones de conflicto de interés que pueden presentarse en los procedimientos de contrataciones públicas, así como de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ... ARTÍCULO TERCERO.- ... ARTÍCULO CUARTO.- ... ARTÍCULO QUINTO.- ... Los resultados de las encuestas que se señalan en el párrafo anterior se usarán para fines estadísticos y, en su caso, se turnarán a los órganos internos de control de las dependencias y entidades para los efectos que resulten procedentes. ARTÍCULO SEXTO.- ... ARTÍCULO SÉPTIMO.- ... ARTÍCULO OCTAVO.- ... A efecto de lo anterior, los órganos internos de control enviarán un informe anual a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en los términos que dicha Unidad defina. TRANSITORIOS PRIMERO.- ... SEGUNDO.- ... TERCERO.- ... I. Diseñar e implementar el sistema electrónico que estará disponible en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, a fin de que los particulares formulen el manifiesto a que se refiere el Anexo Segundo, y II. Diseñar e incluir en la liga señalada en la fracción anterior, la encuesta por medio de la cual los particulares que participan en los procedimientos de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, podrán evaluar si los servidores públicos que intervienen en los mismos cumplen el presente Acuerdo y se desempeñan con ética, integridad y ausencia de conflicto de interés." ARTÍCULO SEGUNDO.- Se REFORMAN las fracciones IV y V del numeral 2; los incisos b) y e), así como el apartado i del numeral 6; los numerales 8 y 12; se ADICIONAN una fracción VI al numeral 2; un segundo párrafo al numeral 3; en el numeral 6, los apartados ii. y iii. del inciso b) y se recorre en su orden el actual apartado ii. para ser apartado iv., así como un inciso c) y se recorren en su orden los actuales incisos c) y d) para ser incisos d) y e) respectivamente, y se DEROGA el segundo párrafo de la fracción I del numeral 16, todos ellos del Anexo Primero del Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, para quedar como sigue: "Anexo Primero PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES Sección I Aspectos Generales 1. ... 2. ...
I. ... II. ... III. ... IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean considerados entidades paraestatales; V. Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones: Los procedimientos para el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones incluyendo, en su caso, sus actos previos, que regulen los diversos ordenamientos jurídicos aplicables, y VI. Actos Públicos: aquéllos en los que las disposiciones jurídicas que regulan los procedimientos de contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, permiten la asistencia de cualquier persona que cumpla las condiciones que dichas disposiciones determinan. Sección II Reglas generales para el contacto con particulares 3. ... Los servidores públicos firmarán una carta de ausencia de conflicto de interés, previo a la resolución de los procedimientos de contrataciones públicas y concesiones, y dicha carta formará parte de los respectivos expedientes. 4. ... 5. ... 6. ... a) ... b) Que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, en los procedimientos que a continuación se enuncian las reuniones, visitas y actos públicos serán videograbados: i. Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo monto rebase el equivalente a cinco millones de Unidades de Medida y Actualización; ii. Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, cuyo monto rebase el equivalente a diez millones de Unidades de Medida y Actualización; iii. Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Asociaciones Público Privadas, cuyo monto rebase el equivalente a cuatrocientos millones de Unidades de Inversión, y iv. Otorgamiento y prórroga de concesiones. c) Que las videograbaciones de las reuniones, visitas y actos públicos podrán ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de dichos procedimientos y podrán ser utilizadas como elemento de prueba. A efecto de lo anterior, dichas videograbaciones deberán conservarse en los archivos de la unidad administrativa que las haya generado. d) Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
e) Que tienen derecho a presentar queja o denuncia por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos, ante el Órgano Interno de Control correspondiente, o bien, a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, establecido mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2015. 7. ... 8. En los procedimientos que se señalan en el numeral 6, inciso b) de este Anexo, los servidores públicos deberán videograbar las reuniones, visitas y actos públicos. El dispositivo en el que se almacenen las videograbaciones formará parte del expediente de contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate. Dichas videograbaciones quedarán sujetas a las disposiciones jurídicas en materia de archivos electrónicos, transparencia, protección de datos personales y demás que resulten aplicables. Los servidores públicos deberán obtener el consentimiento tácito o expreso de los particulares para videograbar las reuniones, y les comunicarán que se entenderá que hay consentimiento tácito cuando permanezcan en las reuniones de que se trate. De no existir consentimiento del particular, el servidor público le informará que no podrá permanecer en la reunión. Los particulares que participen en las videograbaciones podrán obtener una copia de las mismas, previo pago del costo de los materiales de almacenamiento respectivos. En el caso de las visitas y actos públicos no se requerirá el consentimiento de los particulares para videograbarlos, en tanto que los mismos son de orden e interés públicos. Tratándose de exámenes o evaluaciones médicas que se requieran para las licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se estará a lo que dispongan los protocolos de actuación médica aplicables. 9. a 11. ... 12. Salvo lo dispuesto por las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, para la celebración de reuniones con los particulares deberá mediar cita previa y el servidor público dará aviso a su superior jerárquico. En las reuniones estarán presentes al menos dos servidores públicos de las áreas relacionadas con las contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate, mismos que podrán o no estar inscritos en el registro a que se refiere el Artículo Primero, fracción I, inciso a), del Acuerdo. 13. a 15. ... 16. ... I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto. II a III. ... 17. ..." ARTÍCULO TERCERO.- Se REFORMAN la fracción V del numeral 1; primer párrafo del numeral 3; la fracción III del numeral 4 y el numeral 11, en su primer párrafo y se ADICIONAN una nueva fracción IV al numeral 1 y se recorren en su orden los actuales IV y V para ser V y VI y el numeral 10 y se recorre en su orden el actual 10 para ser numeral 11, todos ellos del Anexo Segundo del Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, para quedar como sigue: "Anexo Segundo MANIFIESTO
QUE PODRÁN FORMULAR LOS PARTICULARES EN LOS PROCEDIMIENTOS
DE
1. ... I. a III. ... IV. Encuesta: cuestionario a través del cual los particulares que participan en los procedimientos de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, podrán evaluar si los servidores públicos que intervienen en los mismos cumplen el presente Acuerdo y se desempeñan con ética, integridad y ausencia de conflicto de interés;
V. Sistema: el sistema electrónico a través del cual los particulares podrán formular el manifiesto a que se refiere el numeral 2 del presente Anexo y responder la Encuesta. El Sistema se encontrará disponible en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, y VI. UEEPCI: la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública. 2. ... 3. Los particulares personas xxxxxxx que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este Anexo, podrán formular por medio de sus representantes legales un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente Anexo: a) a d) ... 4. ... I. a II. ... III. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones. 5 a 9. ... 10. Los particulares que participen en los procedimientos de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, podrán presentar una declaración de integridad en la que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de realizar conductas contrarias a las disposiciones jurídicas aplicables. Los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, al inicio de dichos procedimientos deberán promover ante los particulares la presentación de la declaratoria de integridad. 11. La UEEPCI mantendrá en la liga xxx.xxx.xx/xxx, la información siguiente: I a IV. ..." ARTÍCULO CUARTO.- Se ADICIONAN los Anexos Tercero y Cuarto al Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, para quedar como sigue: Anexo Tercero CRITERIOS
PARA LA IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS NIVELES DE
RESPONSABILIDAD I. Introducción El C. Presidente de la República presentó el 3 de febrero de 2015, las acciones ejecutivas para prevenir la corrupción y evitar los conflictos de interés, en particular la número 5, en la cual instruye que todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal tendrán hasta el mes xx xxxxx para identificar y clasificar el nivel de responsabilidad de los servidores públicos que intervengan en los procedimientos de contrataciones públicas, licencias, concesiones y permisos; la Secretaría de la Función Pública (SFP) deberá integrar un registro de dichos funcionarios y someterlos a una certificación, a efecto de asegurar su honestidad y adecuado desempeño. Las acciones de referencia, responden a la necesidad de contar con políticas públicas efectivas que garanticen que la toma de decisiones gubernamentales no sea vulnerada por intereses privados y, en consecuencia, se evite el conflicto de interés en la actuación de los servidores públicos respecto de los procedimientos señalados. En este sentido, la SFP se ha dado a la tarea de establecer el mecanismo para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y la Oficina de la Presidencia de la República (instituciones públicas) identifiquen y clasifiquen el nivel de responsabilidad de los servidores públicos que participan en los referidos procedimientos. Dentro del estudio realizado para ese mecanismo, se detectó que en los procedimientos de enajenación de bienes muebles, en la asignación de los trabajos valuatorios, y la emisión de avalúos y justipreciaciones xx xxxxx, que derivan en una contratación pública, pudieran presentarse conflictos de interés; asimismo, se advirtió que las autorizaciones que otorgan diversas dependencias comparten la misma naturaleza jurídica que los permisos, licencias y concesiones, así como en su procedimiento de expedición pudieran presentarse también conflictos de interés. En razón de lo anterior, los mencionados actos también formarán parte de los trabajos de identificación y clasificación de los niveles de responsabilidad de los servidores públicos que intervienen en los mismos.
II. Objeto El presente Anexo contiene los criterios que dan la pauta para realizar la identificación y clasificación de los servidores públicos y sus niveles de responsabilidad correspondientes con base en catálogos establecidos. Una vez que las instituciones públicas realicen la identificación y clasificación en comento, deberán proceder al registro de los servidores públicos, a través del sistema informático del Registro de Servidores Públicos del Gobierno Federal, denominado (RUSP), para lo cual se incluyeron cinco campos adicionales al archivo de información básica del RUSP. III. Catálogos de los niveles de responsabilidad Los catálogos se refieren a las siguientes materias: 1. Contrataciones Públicas: se contemplan aquéllas sujetas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) y la Ley de Asociaciones Público Privadas (XXXX) (Apéndice 1); 2. Concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas: comprende los regulados por las diversas disposiciones jurídicas de carácter federal que otorgan las dependencias de la Administración Pública Federal (APF) (Apéndice 2); 3. Enajenación de bienes muebles: que incluyen los actos traslativos de propiedad de los bienes muebles de la federación y de las entidades paraestatales conforme a la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) (Apéndice 3); 4. Asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx: comprende únicamente los que son competencia del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) (Apéndice 4). Los apartados que integran cada uno de los catálogos, son los siguientes:
Identificador del objeto de la responsabilidad: tiene como propósito asignar un número consecutivo que vincule al "objeto de responsabilidad" con el "nivel de responsabilidad". Objeto de la responsabilidad: se integra con los actos que se realizan en cada materia y se encuentran vinculadas de manera inmediata y directa con un potencial conflicto de interés de los servidores públicos que los llevan a cabo. Elementos de orientación: en él se precisan, con carácter enunciativo más no limitativo, las aclaraciones o consideraciones específicas necesarias que orientan a las instituciones públicas, para identificar y clasificar los niveles de responsabilidad en relación al "objeto de la responsabilidad" a cargo de los servidores públicos. Nivel de responsabilidad: es el rango o categoría en que se ubica al servidor público de acuerdo a la actividad que realiza en cada "objeto de la responsabilidad". Se determina partiendo del "objeto de responsabilidad" en el que participa cada servidor público y que pudiera generar un conflicto de interés, en términos de lo establecido en el artículo 8, fracciones XI y XII, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, por lo que dicha participación se clasifica en los ámbitos de atención o tramitación y resolución de asuntos en los que pudiera existir un interés personal, familiar o de negocios del servidor público, susceptible de afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión. El nivel de responsabilidad que corresponde a cada servidor público, se identifica en cada "objeto de responsabilidad" de la siguiente manera: - Atención o tramitación: corresponde a la actividad de (A) elaborar, (B) revisar, (C) firmar, autorizar o dictaminar y (D) supervisar. - Resolución: corresponde a la actividad de (E) emitir o suscribir. La actividad (C), se presenta dentro de la atención o tramitación sin resolver el asunto en definitiva, pero que resulta necesaria para continuar hasta su resolución. Dependiendo de la materia, dicha actividad se expresa en una firma, en una autorización o en un dictamen. La actividad (E), corresponde a la emisión del acto o la suscripción del documento con la que se resuelve en definitiva el asunto de que se trate. En el caso de que una institución pública identifique un "objeto de responsabilidad" no previsto en los catálogos descritos anteriormente, que se encuentre sustentado en las leyes especiales de la materia que corresponda, cuando el mismo pueda generar de manera directa un conflicto de interés, lo hará del conocimiento de la SFP al correo electrónico xxxx_xxx_xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx señalando en qué consiste dicho objeto, así como las razones por las cuáles se considera que debe incluirse en el catálogo respectivo, para el efecto de que la SFP analice la procedencia de ello y, en su caso, realizará las modificaciones pertinentes al catálogo de que se trate, lo cual hará del conocimiento de las instituciones públicas.
IV. Servidores públicos que deben ser identificados y clasificados para su registro Se deberán considerar a todos los servidores públicos de las instituciones públicas que intervengan en las contrataciones públicas, el otorgamiento de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones, así como en la enajenación de bienes muebles de la administración pública federal y en la asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx competencia del INDAABIN. Esta clasificación e identificación de servidores públicos es independiente de: Su nivel jerárquico y puesto; Que se trate de personal sindicalizado o de confianza; Estar sujeto al Servicio Profesional xx Xxxxxxx o ser de designación directa, libre designación o de gabinetes de apoyo o cualquier otra modalidad de selección en el proceso de ingreso; Que su contratación tenga el carácter de eventual. Asimismo, se deberán de identificar y clasificar aquellas personas físicas que estén contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios, con cargo al presupuesto de servicios personales y que realicen alguna de las actividades previstas en los catálogos. Para el caso de contrataciones en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, se deberá identificar si el servidor público está adscrito al área contratante, requirente o técnica, y tratándose de obras públicas y servicios relacionados con las mismas se deberá identificar si el servidor público está adscrito al área responsable de la contratación, requirente, técnica o al área responsable de la ejecución de los trabajos. V. Identificación y clasificación de la participación de los servidores públicos y su registro Las actividades previstas en los niveles de responsabilidad de los catálogos que realicen los servidores públicos, deberán identificarse considerando lo siguiente: Las disposiciones jurídicas aplicables en las materias objeto de dichos catálogos, tales como la LAASSP, la LOPSRM, la XXXX, la LGBN y demás leyes especiales, sus reglamentos y manuales administrativos correspondientes, los reglamentos interiores, estatutos orgánicos, normas generales, manuales de organización y procedimientos, así como en las políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas (POBALINES). De acuerdo con la intervención de los servidores públicos en las actividades indicadas en los catálogos correspondientes, aun cuando dicha intervención no se recoja en las disposiciones señaladas en el párrafo precedente. Los oficiales mayores o equivalentes de las instituciones públicas coordinarán las acciones necesarias para realizar la identificación y clasificación de los niveles de responsabilidad de los servidores públicos, en términos de este anexo y de los catálogos que forman parte del mismo. Las áreas que resulten responsables de identificar y clasificar los niveles de responsabilidad de los servidores públicos en las contrataciones públicas, el otorgamiento de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones, así como en la enajenación de bienes muebles de la administración pública federal y en la asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx competencia del INDAABIN, deberán considerar lo siguiente para la integración de la información: Tratándose de servidores públicos cuyas atribuciones o funciones impliquen su participación en las materias señaladas, deberán ser identificados y clasificados permanentemente. En el caso de servidores públicos que participen eventualmente en dichas materias, deberán ser identificados y clasificados en el periodo al cual corresponda su participación. Las áreas mencionadas enviarán la información integrada al operador RUSP, quien utilizará el sistema RUSP para el registro y envío de la información, de conformidad con los procedimientos y el calendario de envío y recepción emitido por la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal (UPRHAPF). VI. Especificaciones para el llenado de los campos en el sistema RUSP x. Xxxxx 43: Áreas Para el caso de contrataciones en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a que se refiere el catálogo de contrataciones públicas (Apéndice 1), se deberá elegir el área en la cual se encuentra adscrito el servidor público que realiza la actividad "objeto de la responsabilidad", conforme a lo siguiente:
Primer ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx que labora en alguna institución pública, se encuentra adscrito al área requirente; en tanto que Xxxxx Xxxxx Xxxxxx labora en un área que puede fungir como requirente y contratante de manera simultánea. Dado lo anterior y utilizando el catálogo por tipo de área, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
x. Xxxxx 00: Contrataciones Públicas Se debe identificar el nivel de responsabilidad de los servidores públicos en función de su participación en los "objetos de responsabilidad" del catálogo de contrataciones públicas (Apéndice 1). Primer ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de Contrataciones Públicas: Supervisa la elaboración de convocatorias, invitaciones y solicitudes de cotización Elabora las evaluaciones de proposiciones en licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos 3 personas. Suscribe las notificaciones de adjudicación directa de los contratos. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el correcto llenado para este campo es como sigue:
Segundo ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxxx Xxxxx Xxxxxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de Contrataciones Públicas: Elabora las justificaciones para excepción a la licitación pública. Dictamina las justificaciones para excepción a la licitación pública. Suscribe los contratos. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
x. Xxxxx 00: Concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas: Se debe identificar el nivel de responsabilidad de los servidores públicos en función de su participación en los "objetos de responsabilidad" del catálogo de concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas (Apéndice 2). Primer ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas: Firma las convocatorias. Supervisa la evaluación de los requisitos para el otorgamiento de la concesión, licencias, autorizaciones, permisos y sus prórrogas. Suscribe el otorgamiento de la concesión, licencia, autorización, permiso o sus prórrogas. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
Segundo ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que la servidora pública Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas: Elabora las convocatorias. Elabora evaluación del cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesión, licencia, autorización, permiso o sus prórrogas. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
x. Xxxxx 00: Enajenación de Bienes Muebles
Se debe identificar el nivel de responsabilidad de los servidores públicos en función de su participación en los "objetos de responsabilidad" del catálogo de Enajenación de Bienes Muebles (Apéndice 3). Primer ejemplo de contrato y/o pedido instrucción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de Enajenación de Bienes Muebles: Revisa la presentación y apertura de ofertas. Supervisa la presentación y apertura de ofertas. Elabora la formalización del . Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
Segundo ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que la servidora pública Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx que labora en alguna institución pública, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de Enajenación de Bienes Muebles: Revisa la evaluación de ofertas. Emite el fallo. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser como sigue:
x. Xxxxx 47: Asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx Se debe identificar el nivel de responsabilidad de los servidores públicos en función de su participación en los "objetos de responsabilidad" del catálogo de asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx. (Apéndice 4). Primer ejemplo de construcción del registro: Suponiendo que el servidor público Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx que labora en el INDAABIN, tiene las siguientes responsabilidades dentro del catálogo de asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx: Elabora la propuesta de asignación de un avalúo. Firma la propuesta de asignación de un avalúo. Emite o suscribe el dictamen valuatorio. Dado lo anterior y utilizando el catálogo correspondiente, se puede apreciar que el llenado para este campo, debe ser:
VII. Integración del archivo de información básica en el sistema del RUSP El operador RUSP con la información recibida por parte de las áreas que resulten responsables de identificar y clasificar los niveles de responsabilidad de los servidores públicos, procederá a integrar los siguientes campos: 43 (Área) 44 (Contrataciones Públicas) 45 (Concesiones, licencias, autorizaciones, permisos y sus prórrogas) 46 (Enajenación de Bienes Muebles) 47 (Asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx). Ejemplo de construcción del archivo completo de información básica:
Ejemplo de construcción del archivo completo de información básica en .txt: CAMPOS: 1|2|3|4|5|...|20|XXXX|XXXXX|XXXXXXXXX|24|25|26|...|42|1|D3,A4,E5 |NULL| NULL| NULL CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXX|XXXXX|JUAREZ|24|25|26|..|42|1,2|A2,C2,E6|NULL|NULL| NULL CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXXX|XXXXXXX|XXXX|24|25|26|..|42|NULL|NULL|C1,D4,E5|NULL|NULL
CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXXXXXX|XXXXXX|XXXXX|24|25|26|..|42|NULL|NULL|A1,A4|NULL|NULL CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXXXX|XXXXXXX|PAZ|24|25|26|..|42|NULL|NULL|NULL|B4,D4,A7|NULL CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXX|XXXXXXXX|XXXXXXX|PAZ|24|25|26|..|42|NULL|NULL|NULL|B5,E6|NULL CAMPOS:1|2|3|4|5|..|20|XXXXX|XXXX|XXXXXXXXX|24|25|26|..|42|NULL|NULL|NULL|NULL|A1,C1,E3
Apéndice 1. Catálogo de Contrataciones Públicas
Apéndice 2. Catálogo de Concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas
Apéndice 3. Catálogo de Enajenación de Bienes Muebles
Apéndice 4. Catálogo de asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación xx xxxxxx
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Anexo Cuarto
GUÍA DE LAS MEJORES PRÁCTICAS QUE ORIENTA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS SOBRE CÓMO PREVENIR, DETECTAR Y GESTIONAR CONFLICTOS DE INTERÉS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, ASÍ COMO DE OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Objetivos
1. Los objetivos de este Anexo son:
A) Orientar a los servidores públicos sobre cómo prevenir, detectar y gestionar las situaciones de conflicto de interés que pueden presentarse en los procedimientos de contrataciones públicas, así como de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y
B) Presentar un resumen de las obligaciones principales que tienen los servidores públicos en materia de conflicto de interés.
Por lo tanto, este Anexo no establece obligaciones para los servidores públicos, adicionales a las que prevén los ordenamientos jurídicos vigentes.
Definición y Obligaciones
2. El conflicto de interés se define en el artículo 8, fracción XII, párrafo segundo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos de la siguiente manera: “habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión”.
3. De manera enunciativa pero no limitativa, las obligaciones en materia de conflicto de interés a cargo de los servidores públicos se prevén en los artículos 8 fracciones XI, XII, XIV, XXII y XXIII, y 9 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 21, 22 y 24 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 42 de la Ley de Asociaciones Público Privadas; 19 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 26 último párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y apartado quinto, numeral 1, inciso m) del “Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés”, publicado el 20 xx xxxxxx de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
Tipos de Conflicto de Interés según la OCDE
4. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) distingue entre el conflicto de interés real, potencial y aparente, los cuales conceptúa de la siguiente manera:
A) Conflicto de interés real es aquel en que se actualiza la situación que confronta las obligaciones derivadas del servicio público con intereses privados de los funcionarios que pueden influir indebidamente en la ejecución de sus atribuciones y responsabilidades. Cabe señalar que éste es el que prevé la legislación aplicable a los servidores públicos de la administración pública federal.
B) Conflicto de interés potencial es el que surge cuando un funcionario público tiene intereses privados susceptibles de provocar que en el futuro éste incurra en un conflicto de interés real.
C) Conflicto de interés aparente es el que surge cuando existe la apariencia de que los intereses privados de un funcionario público pueden influir indebidamente en el desempeño de sus obligaciones, aunque realmente no sea el caso.1
5. El conflicto de interés no implica necesariamente una falta administrativa o delito, a menos que el servidor público que se encuentre en dicha situación no tome las medidas que establecen las disposiciones jurídicas aplicables.
Recomendaciones para Detectar y Prevenir Conflictos de Interés
6. Se recomienda que los titulares de las unidades administrativas que resuelven los procedimientos a los que se refiere esta guía, difundan entre el personal a su cargo el concepto de conflicto de interés y las obligaciones en la materia que tienen los servidores públicos.
A efecto de lo anterior, es recomendable que se proporcione a los servidores públicos que intervienen en dichos procedimientos, el vínculo electrónico donde la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés difundirá el presente Acuerdo, así como materiales de capacitación y lecturas sobre conflicto de interés.
Asimismo, es conveniente que las Dependencias y Entidades incluyan en sus programas de capacitación temas de ética, integridad y prevención de conflictos de interés.
7. De manera adicional a las declaraciones de posibles conflictos de interés que se presentan ante la Secretaría de la Función Pública, se sugiere que los titulares de las unidades administrativas que tramitan y resuelven los procedimientos a los que se refiere esta guía, apliquen a los servidores públicos que intervienen en dichos procedimientos cuestionarios que permitan identificar sus responsabilidades, así como sus intereses personales, familiares o de negocios relacionados con sus funciones o que puedan afectar las mismas.
Medidas para Gestionar el Conflicto de Interés
8. El servidor público que se encuentra en una situación de conflicto de interés real tiene la obligación de proceder conforme a lo previsto en el artículo 8, fracción XI de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones jurídicas que, en su caso, resulten aplicables.
9. Otras medidas que puede tomar el servidor público que se encuentra en una situación de conflicto de interés, de acuerdo a las mejores prácticas recomendadas por la OCDE, son las siguientes:
A) Liquidar la inversión; vender el negocio, acciones o propiedades que generan el conflicto de interés;
B) Renunciar a la función privada que provoca el conflicto de interés. Por ejemplo: renunciar a cargos que tenga en sociedades o empleos en el sector privado;
C) O en su caso, renunciar al cargo público.
10. Los superiores jerárquicos, al momento de ser informados por escrito de una posible situación de conflicto de interés del personal bajo su cargo, deberán tomar medidas preventivas para evitar casos posteriores.
11. En caso de presentarse un conflicto de interés en el personal bajo su cargo, los superiores jerárquicos considerarán lo siguiente:
A) Tratándose de un conflicto de interés real, el superior jerárquico excluirá o separará a la persona en cuestión del procedimiento, a menos que exista alguna causa justificada que lo impida. En este último supuesto, el superior jerárquico deberá impartir sus instrucciones por escrito al servidor público, en términos del artículo 8, fracción XI, segundo párrafo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Asimismo, el superior jerárquico puede implementar las siguientes acciones:
a) Redistribuir las funciones y responsabilidades del personal bajo su cargo;
b) De ser conveniente, cancelar el procedimiento que da lugar al conflicto de interés, y
c) Sugerir al servidor público involucrado que venda el negocio, acciones o propiedades que generan el conflicto de interés.
B) Si se trata de un conflicto de interés potencial, se sugiere que el superior jerárquico supervise con mecanismos de monitoreo y auditoría constantes, para detectar el momento en que el conflicto de interés, por algún cambio en la circunstancia o contexto del servidor público, se vuelva uno real.
C) Cuando sea un conflicto de interés aparente, el superior jerárquico puede tomar las siguientes acciones:
a) Buscar que se genere una aclaración o declaración pública para evitar malentendidos que dañen la imagen de la Dependencia o Entidad;
b) Mitigar las circunstancias que pueden conllevar al conflicto de interés real;
c) Evitar que el funcionario involucrado participe en el procedimiento en cuestión, y
d) De ser conveniente, anular el procedimiento en cuestión.
Opinión, Asesoría y Consulta en Materia de Conflicto de Interés
12. De conformidad con el artículo 17 bis, fracciones VI, VII y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés funge como órgano de asesoría y consulta en materia de prevención de conflictos de interés en el desempeño del servicio público; asimismo la citada Unidad está facultada para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés a cargo de los servidores públicos.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 23 días del mes de febrero de 2017.- La Secretaria de la Función Pública, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años, con la empresa Soluciones Integrales de Preprensa e Impresión, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.- Área de Responsabilidades.- Exp.: SP/0004/2016.- Oficio número 11/137/0135/2017.
CIRCULAR
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto del oficio 11/137/0112/2016 de fecha 3 de febrero de 2017, que se dictó en el expediente número SP/0004/2016, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa Soluciones Integrales de Preprensa e Impresión, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberá abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública con dicho contratista de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado.
Ciudad de México, a 15 de febrero de 2017.- Así lo proveyó y firma la Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
1 OCDE, “Managing Conflict of Interest in the Public Service OECD Guidelines and Country Experiences”, Francia, 2003, p. 97. Disponible en: xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxx/xxxxxx/00000000.xxx
Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, Tel. 0000 0000 xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
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