Transición. A efectos de los requerimientos de transición de los párrafos C3 a C8A:
Transición. Se concede un término máximo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto, para que las personas a las que se les aplica el mismo, realicen los ajustes pertinentes a efecto de dar cumplimiento a sus disposiciones. Lo anterior, sin perjuicio de las afiliaciones realizadas con anterioridad a su entrada en vigencia, las cuales se consideran válidas, debiendo en todo caso ajustarse a lo aquí previsto dentro del término referido.
Transición. Los procedimientos de selección en curso a la fecha en que entre a regir el presente reglamento, continuaran sujetos a las normas vigentes en el momento de su iniciación.
Transición. Los procesos de selección y contratos en curso a la fecha en que entre a regir el presente Manual, continuarán sujetos a las normas vigentes al momento de su iniciación, salvo que sea más conveniente adecuarlos y continuar conforme a las reglas de este Manual, lo cual deberá ser evaluado por el Comité Operativo o Ejecutivo de Contratación, según corresponda.
Transición. Aunque se presenten fases, la estructura de desglose de trabajo (Work Breakdown Structure, WBS por sus siglas en inglés) y cronograma de trabajo deben estar orientados a entregables y la distribución de horas, número de iteraciones mínimas y máximas y tiempos máximos para la duración de todas las fases del proyecto. En esta fase se entregará una solicitud de servicio y el INSTITUTO se reserva el derecho de solicitar su atención en la modalidad de servicios, o bien en la de Servicio a Demanda de Ingeniería de Producto. El tiempo máximo en el que deberán realizarse las actividades para la fase de Preanálisis se encuentra definido en la siguiente tabla: Concepto Tiempo máximo Desarrollo de Aplicaciones (CDS1 y CDS2) A partir de la formalización de la solicitud de servicio el LICITANTE dispondrá para terminar la fase de preanálisis de 7 (siete) días naturales y 1 (un) recurso asignado como mínimo, y 30 (treinta) días naturales y 5 (cinco) recursos asignados como máximo, de conformidad con el ciclo de vida de desarrollo de aplicaciones del INSTITUTO, así como a las necesidades y urgencia del usuario, alineación a los objetivos institucionales y al dimensionamiento previo del tamaño del proyecto. La relación recursos/días deberá ser la siguiente: a) 1 perfil + 1 Administrador de Proyecto – 7 días naturales (proyectos cortos). b) 3 perfiles + 1 Administrador de Proyecto – 15 días naturales (proyecto mediano). c) 5 perfiles + 1 Administrador de Proyecto – 30 días naturales (proyecto grande). A solicitud del Administrador del Contrato del IMSS, los perfiles y tiempos máximos antes mencionados podrán ser ajustados, dependiendo del tamaño funcional del proyecto y de las necesidades del INSTITUTO. Las actividades para desarrollar dentro del periodo máximo establecido para la fase de preanálisis serán las siguientes:
1. Identificación de necesidades del usuario
2. Análisis del proceso de negocio que será cubierto por medio de la solución tecnológica o servicio de TIC a desarrollar.
3. Identificación de las necesidades, restricciones, supuestos y dependencias, y lo que se encuentra fuera del alcance de la solución que se desarrollará.
4. Identificación de los perfiles involucrados en el proyecto. Al finalizar la fase de preanálisis de cada proyecto, el LICITANTE deberá entregar los entregables que corresponden a la fase, de acuerdo con los procesos compartidos.
Transición. A menos que sea impracticable hacerlo así, o se aplique el párrafo C5A, una entidad aplicará la NIIF 17 de forma retroactiva, excepto por lo siguiente:
Transición. Hasta tanto inicie la operación de la plataforma tecnológica SAP BW, para efecto del cálculo del Promedio de Evaluación por Tipo de Criterio, la formula a aplicar será la siguiente: Promedio de las Evaluaciones por Tipo de Criterio: Corresponde a la media aritmética de las Evaluación Finales y Sistemáticas aprobadas durante los últimos tres (3) años, contados desde la fecha de consulta: • Promedio de las Evaluaciones de Desempeño del Contratista Finales aprobadas por Tipo de Criterio: Corresponde a la media aritmética del porcentaje de cumplimiento del criterio de aquellos contratos ejecutados y liquidados. Si el contrato ha terminado y no cuenta con evaluación final aprobada, se tomara la última evaluación parcial aprobada. • Evaluación de Desempeño del Contratista Final aprobada por tipo de criterio: Corresponde a la media aritmética del porcentaje de cumplimiento del criterio para cada uno de los contratos que se encuentren en ejecución. En ningún caso, en un momento determinado puede existir más de un Promedio de Evaluaciones de Desempeño por tipo de Criterio por Contratista; la consulta del mismo es a través de SAP.
Transición. Las interventorías que se encuentren en ejecución en la fecha de expedición del presente Manual, continuarán sujetos a las normas vigentes al momento de su iniciación, salvo que sea más conveniente adecuarlos y continuar conforme a las reglas de este Manual, lo cual deberá ser evaluado por el Comité Operativo o Ejecutivo de Contratación, según corresponda.
Transición. No obstante, lo señalado en la cláusula quinta del presente contrato y, teniendo en cuenta la normatividad vigente que regula el sistema IP/REV, la Resolución No. 20213040051695 del 29 de octubre de 2021, por la cual se prorrogó el régimen de transición establecido en el artículo 33 de la Resolución R20213040035125 de 2021 del Ministerio de Transporte, Las Partes acuerdan que, en el momento que este tiempo de transición finalice, los términos de la presente relación contractual deben ser revisados de común acuerdo entre las partes. Dicha modificación deberá efectuarse por escrito a través de un nuevo contrato y firmarse por cada una de las Partes, con los ajustes necesarios a la reglamentación que permitan la correcta operación del sistema IP/REV con el Ministerio de Transporte.
Transición. El proveedor saliente deberá considerar en sus tiempos los periodos de transición, a efecto de no interrumpir la operación del SEPOMEX. El programa de trabajo para la transición no deberá exceder un plazo de 20 días para retirar los equipos al concluir la vigencia del contrato.