Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTOS DE METALISTERÍA, CARPINTERIA METÁLICA Y CRISTALERÍA EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA CONCEJALIA DE DEPORTES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es el de establecer las condiciones por las que ha de regirse la adjudicación y posterior ejecución del contrato de suministro de productos de metalisteria, carpinteria metálica y cristaleria en las instalaciones deportivas de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Granada.
El suministro incluye distribución, montaje, instalación y puesta en marcha, en caso de ser necesario, de los bienes objeto de esta contratación, de conformidad con los destinos que se especifican en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas.
2. JUSTIFICACIÓN:
Habiendo finalizado el contrato de suministro e instalación de metalistería, carpintería metálica y cristaleria y en cumplimiento del art. 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se hace precisa una nueva adjudicación que permita el suministro de dichos productos de forma regular, en aras a dar una respuesta adecuada a las necesidades suscitadas en las diversas Instalaciones Municipales.
La contratación se justifica ante la carencia de los medios materiales con que se dispone en esta Administración para cubrir las necesidades objeto de este contrato.
3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
Componen el objeto del contrato a adjudicar los suministros definidos en los siguientes grupos:
GRUPO I.- METALISTERÍA Y CARPINTERÍA METÁLICA
Descripción: Ver Anexo II
GRUPO II.- CRISTALERÍA
Descripción: Ver Anexo II
4. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los licitadores que deseen acudir al procedimiento deberán presentar, acompañando al modelo de proposición, la siguiente documentación:
a) Precios independientes para todos y cada uno de los productos del Grupo I y Grupo II, en
papel, soporte digital (CD/USB) y formato Excel, conteniendo, exclusivamente la descripción detallada del mismo y precio sin IVA y con IVA tal y como se indica en el Anexo II del presente pliego y en el modelo de proposición.
La falta de alguno de los precios o de alguno de los productos en la oferta supondrá la exclusión automática de la misma.
b) El precio de la mano de obra se detallará por xxxx y trabajador sin IVA y con IVA.
En todo caso, debe garantizarse que se incluyen en el modelo de proposición todos los productos indicados en el anexo II siendo motivo de exclusión la no presentación en la oferta de alguno de ellos.
Los precios presentados por el adjudicatario serán de aplicación durante toda la vigencia del contrato y la prórroga.
Transporte y otros gastos.- Los licitadores deberán tener en cuenta en la presentación de ofertas que los precios resultantes han de incluir en todo caso el transporte y demás gastos inherentes al suministro.
5. TRAMITACIÓN DE PEDIDOS Y ENTREGAS
Los suministros de productos y/o artículos se efectuarán bajo pedido, pudiendo solicitar previamente los Servicios de la Concejalía de Deportes la ficha técnica y descripción de los artículos que considere necesario consultar. Las hojas de pedido contendrán, como mínimo, los siguientes datos:
Referencia y descripción de los artículos
Particularidades, si las tuviera.
Unidades y/o medidas de los artículos a suministrar
Fecha del pedido
Lugar o lugares de entrega.
Firma de un funcionario, de entre los autorizados por la Concejalía de Deportes para efectuar compras en el marco del contrato.
Las hojas de pedido se remitirán a la mercantil adjudicataria por fax y/o correo electrónico, disponiendo ésta de setenta y dos horas (tres dias) para la entrega del suministro. Este plazo se ampliará si los artículos solicitados, por sus especiales características, así lo requirieran y siempre en los términos que la Concejalía de Deportes determine.
Corresponderá la supervisión de las entregas al responsable que, para cada instalación, determine la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Granada.
6. GARANTÍA
La empresa adjudicataria se compromete a entregar los artículos en perfecto estado de fabricación y funcionamiento. En caso de detectarse defectos en los artículos suministrados el contratista sustituirá dichos artículos por otros de la misma referencia, en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas
Todos los artículos a suministrar deberán disponer de garantía del fabricante según la legislación vigente.
7. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Los adjudicatarios quedan obligados, con respecto al personal adscrito al contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y en particular a la prevención de riesgos laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), así como cualesquiera otras de general observancia.
Para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/95 y del RD. 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa aportará la documentación que se indica a continuación:
□ Certificado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales:
o Modalidad organizativa
o Información y formación de riesgos facilitada a los trabajadores
o Vigilancia de la salud
Granada, a 19 xx xxxxx de 2016 DIRECTORA GENERAL DE DEPORTES
Fdo.: Xxxxxxx de Xxxxxx Xxxxx
ANEXO I
1.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración inicial del contrato será de DOS AÑOS, si bien podrá prorrogarse, una vez ponderadas todas las circunstancias que concurran, antes de la finalización de dicho plazo inicial, teniendo en cuenta que la duración total del contrato incluidas las prórrogas no podrá exceder de CUATRO AÑOS.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes (artículo 23 TRLCSP).
2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO:
El presupuesto del contrato es de 60.500 € IVA incluido, distribuidos conforme se indica en la siguiente tabla:
Año | Importe (sin IVA) | IVA (21%) | Total (con IVA) |
2016 (3 meses) | 6.250,00 € | 1.312,50 € | 7.562,50 € |
2017 (12 meses) | 25.000,00 € | 5.250,00 € | 30.250,00 € |
2018 (9 meses) | 18.750,00 € | 3.937,50 € | 22.687,50 € |
Total | 50.000,00 € | 10.500,00 € | 60.500,00 € |
3.- PARTIDA PRESUPUESTARIA
El contrato que se suscriba como consecuencia de este procedimiento se ampara en el crédito consignado en la partida presupuestaria:
0501 34201 21200 Mantenimiento de edificios y otras construcciones
Para los años siguientes, hasta la conclusión del contrato a suscribir, los respectivos presupuestos contendrán la consignación suficiente para responder de las obligaciones que se deriven de la adjudicación a realizar.
Debido a que el presente contrato se adjudica por precios unitarios el presupuesto del mismo tiene carácter estimativo, reservándose la Corporación Municipal la posibilidad de agotarlo
o no en su totalidad, en razón de las necesidades del Servicio, sin derecho alguno del adjudicatario en caso de aumento, reducción o supresión de aquéllas, a reclamar ninguna indemnización o variar el precio establecido.
4.- CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION.
La puntuación máxima será de cien (100) puntos
El baremo de puntuación para valorar las distintas ofertas presentadas y proceder a la adjudicación será el siguiente:
– Precio suministro (80 puntos): Se toma como base de licitación la suma de los precios de los productos del Grupo I y Grupo II detallados en el Anexo II.
Se calificará con ochenta (80) puntos la oferta que suponga el menor precio, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional.
– Precio mano de obra (20 puntos): Se calificará con veinte (20) puntos la oferta que suponga el menor precio, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional.
5.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Incumbe al adjudicatario, el cumplimiento de las obligaciones que impongan las leyes, reglamentos y disposiciones vigentes en materia referente a la prestación de los servicios, de ámbito laboral y Seguridad e Higiene, Industrial, de Seguridad Social, Accidentes de Trabajo, pago de contribuciones, etc., quedando, el Ayuntamiento exento de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento, que el Adjudicatario pudiera hacer de dichas disposiciones.
6.- FACTURACIÓN.
La empresa adjudicataria facturará una vez realizado cada suministro.
7.- SUBCONTRATACIÓN.
Se permite la subcontratación del Servicio.
8.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El Ayuntamiento de Granada podrá modificar el contrato en los siguientes supuestos:
1. Por la incorporación de nuevas instalaciones deportivas.
2. Por supresión de instalaciones deportivas o la reestructuración de las tareas originalmente especificadas en este pliego, motivándose conforme a lo señalado en el mismo.
Dichas modificaciones, no podrán superar en ningún caso, tanto al alza como a la baja, el 10% del presupuesto del mismo, sin derecho alguno del adjudicatario a reclamar ninguna indemnización.
9.- PENALIZACIONES
9.1.- Infracción leve.
1. No acatar las instrucciones dictadas por el responsable del contrato de la Concejalía de Deportes.
La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 2 % del presupuesto del contrato.
9.2.- Infracción grave.
1. La no realización de las prestaciones o la realización de las mismas de forma defectuosa, con repercusión para la salubridad e higiene pública e incumplimiento de la normativa legal.
2. La reiteración de dos faltas leves.
3. Y en todo caso se considerará infracción grave toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución.
La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 8 % del presupuesto del contrato.
9.3.- Infracción muy grave
1. El ocultamiento o falseamiento de información sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio.
2. La reiteración de dos faltas graves.
3. No aportar las mejoras a las que la empresa se comprometa en su oferta.
4. Incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.
5. Incumplimiento de la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
6. Y en todo caso se entenderá como infracción muy grave toda ejecución defectuosa del contrato que impida su ejecución o que suponga el incumplimiento de las condiciones esenciales de la ejecución del mismo.
La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 10 % del presupuesto del contrato.
Granada, a 19 xx xxxxx de 2016 DIRECTORA GENERAL DE DEPORTES
Fdo.: Xxxxxxx de Xxxxxx Xxxxx
ANEXO II | ||
PRODUCTO (GRUPO I) | PRECIO SIN IVA | PRECIO CON IVA |
BASTIDOR DE TUBO XX XXXXXX 40 X 40 L/BLANCO CON FRENTE XX XXXXX Y PLETINAS COGIDA A HORMIGÓN DE 240 X 30 | ||
TUBO XX XXXXXX 40 X 40 L/BLANCO CON PLETINAS COGIDA A HORMIGÓN DE 240 | ||
TUBO DE DIAMETRO 120X2 LUZ INTERIOR 116mm PARA BAJANTES XX XXXXXXX | ||
POSTE DE TUBO CUADRADO DE 60 X 60 X 100 CON PLACAS DE ANCLAJE TALADRADAS DE 150 X 100 | ||
CIERRE DE 2,40 X 2,40 MT CON PARTE FIJA DE 1,50 MT Y HOJA DE 0,90 FABRICADA EN MALLA ESCOLAR ELECTROSOLDADA, CLAVOS DE 200X50X6 | ||
HOJA PARA CANCELA DE MEDIDAS 1,85X 2,9 MT CON CERRADURA PINTADA EN MINIO Y ACABADO EN VERDE | ||
BANCO CON RESPALDO CURVO FABRICADO CON CHAPA PERFORADA DE MEDIDAS 2,08X 750 X 850 | ||
PAÑOS METÁLICOS XX XXXXX ESCOLAR DE MEDIDAS 1,50 X 2,35 MT | ||
TAPA DE REGISTRO CON ESQUINAS CURVADAS FABRICADA EN CHAPA ANTIDESLIZANTE EXTRIADA DE 600X400 | ||
CANCELA DE DOS HOJAS DE 2,95 ANCHO X 2,50 ALTO | ||
RAMPA DE 1,50 X 0,50 MT CON XXXX XX XXXXX EXTRIADO | ||
CIERRE FIJO FABRICADO EN CHAPA LACADA EN BLANCO DE 1,5 X 2,4 MT | ||
CHAPA DE 2X1 MT CON 3 MM DE ESPESOR | ||
TUBO CUADRADO DE 35X35X2000 | ||
TUBO REDONDO MACIZO DE 12X600 DE DIAMETRO | ||
LETRERO XX XXXXX GALVANIZADA DE 1,40 X 1,40 MT | ||
PLACA DE ANCLAJE DE 150X150 CON 4 TALADROS PARA ANCLAR EN EL SUELO |
POSTE DE TUBO CUADRADO DE 60X60 Y 3,50 DE ALTO CON BOCAS TAPADAS Y TALADROS PARA CABLE XX XXXXX | ||
TUBO DE ALUMINIO 60 X 60 A 300CM | ||
PUERTA DE ALUMINIO CON PANEL SANDWICH, BISAGRAS RUEDA INFERIOR Y PESTILLO AL SUELO DE 125 X 190 | ||
PUERTA DE ALUMINIO CON PANEL SANDWICH Y BISAGRAS DE VAIVÉN DE 101 X 125 (DOS HOJAS) | ||
XXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXX XX 000,0 X 125 (UNA HOJA) | ||
CARPINTERIA DE ALUMINIO SERIE P-46 PERFIL ANCHO (ABATIBLE) LACADO BLANCO. SOLAPA DE ALUMINIO LACADO BLANCO. LAMAS REFORZADAS PARA REVESTIMIENTO INTERIOR HOJA CON MANILLAS Y CERRADURA DE 90 X 190 | ||
PASAMANOS REALIZADO CON TUBO REDONDO L/BLANCO DE 8,20MT | ||
PERFIL DE ”U” DE ALUMINIO CON PANEL SANDWICH DE 10 M/M LACADO EN BLANCO DE 160+110X130 | ||
PANEL DE ALUMINIO DE 102,5 X 126 | ||
PUERTAS DE ALUMINIO CON BISAGRAS VAIVÉN Y PANEL DE AGLOMERADO DE 97 X 126 | ||
CARPINTERIA DE ALUMINIO SERIE 40 X 40 LACADO BLANCO SOLAPA DE ALUMINIO LACADO BLANCO. PANEL SANDWICH LACADO BLANCO CON MANILLAS Y CERRADURA DE 82,7 X 205 | ||
JUEGO DE BISAGRA 40 X 20 COLOR BLANCO | ||
PRODUCTO (GRUPO II) | PRECIO SIN IVA | PRECIO CON IVA |
METACRILATO 5M/M TRANSPARENTE DE 263,5 X 125 | ||
XXXX XX XXXXXX DE 5M/X XXXXX XXXXXX DE 91,5 X 80 | ||
DOBLE ACRISTALAMIENTO “CLIMALIT” (LAMINADO 4+4)+6+(LAMINADO 4+4) DE 60,5 X 195,5 O SIMILAR | ||
CRISTAL LAMINADO 3+3 STADIP DE 72 X 105 O SIMILAR | ||
DOBLE ACRISTALAMIENTO “CLIMALIT” (LAMINADO 3+3)+8+(LAMINADO 3+3) DE 75 X 223,7 O SIMILAR | ||
DOBLE ACRISTALAMIENTO “CLIMALIT” DE 80 X 95 O SIMILAR | ||
VINILO LATE SATINADO ( PRECIO METRO CUADRADO) | ||
CRISTAL ARMADO INCOLORO DE 73 X 90 | ||
CRISTAL ARMADO INCOLORO DE 120 X 100 | ||
XXXX XX XXXXXX DE 5M/X XXXXX XXXXXX DE 250 X 80 | ||
MANO DE OBRA (HORA / TRABAJADOR) |