CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. La puntuación máxima a obtener será de doscientos (200) puntos Los criterios para la puntuación del concurso a los efectos de la adjudicación serán los siguientes: Se toma como base para el caculo, la suma de los precios de hueso de aceituna y Pelet, que son los siguientes: □ Hueso de aceituna: 0,13 € /Kg sin iva □ Pelet: 0,19 €/Kg sin iva Se valorará con la puntuación máxima (80 puntos) la baja mayor del precio y con cero (0), la oferta que coincida con el precio base establecido (sin baja) de la suma de cada uno de los tipos de biomasa, (0,32 €/kg). La valoración del resto de las ofertas se hará de forma proporcional. Deberán presentarse precios unitarios tanto de hueso de aceituna como de Pelet. No se admitiran ofertas con precios superiores al precio unitario de kilogramo de hueso de aceituna y Pelet, establecidos como precio de salida. Se toma como base para el cálculo la cantidad de quinientos euros (500 €), resultante de un mes de mantenimiento en una instalación xx xxxxxxxx de biomasa junto con sus instalaciones necesarias (silo, ACS, ventilación…) de un Centro Deportivo necesarias para el correcto funcionamiento de calentar el agua de la piscina y según las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas Se valorará con CINCUENTA puntos (50) la oferta más baja, y con 0 puntos la oferta sin baja, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional, considerándose. Al ser el precio ofertado uno de los criterios de adjudicación se considerará como baja desproporcionada o anormal, aquella que sea superior en 25 puntos porcentuales a la media aritmética de las bajas realizadas por los licitadores y en tal caso procederá lo establecido en el artículo 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Se calificará con VEINTE puntos (20) la oferta más baja, y con 0 puntos la oferta más alta, del precio/hora de mano de obra para mantenimiento correctivo fuera del mantenimiento previsto en este contrato, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional. Se valorará con VEINTE puntos (20) el mayor porcentaje de descuento ofertado, a aplicar sobre tarifas oficiales vigentes de piezas y materiales, y con 0 puntos cuando el descuento sea 0, ponderándose el resto de ofertas de forma proporcional Por las MEJORAS que se ofrezcan fuera de las exigencias de este Pliego se le atribuyen hasta TREINTA (30) puntos. Se realizará una memoria descriptiva para cada una de ellas, donde se expondrá la conveniencia técnica de la mejora pro...
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. 5.1. Criterios evaluables de forma automática, hasta cincuenta (50 Referente a la puntuación del apartado 5.3. el umbral mínimo para pasar a la siguiente fase será de veinte (20) puntos.
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. La puntuación máxima será de cien (100) puntos (20) puntos, a la oferta más alta. El resto se valorará proporcionalmente. 100% de artículos 1 punto 50% de artículos 0,5 puntos
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. 10.1.- Canon anual.- Tipo de instalación Canon mínimo anual Puntuación máxima En cada uno de los apartados señalados, se otorgará la máxima puntuación al licitador que presente la oferta de canon más elevada, otorgándose al resto de forma proporcional. No se admitirán ofertas por un importe inferior al señalado como mínimo, debiendo presentarse oferta para cada uno de los tres apartados señalados.
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. La puntuación máxima será de cien (100) puntos Precio: Se toma como base de licitación para el cálculo, la suma de los precios unitarios ofertados en el Anexo II.
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. La puntuación máxima será de cien (100) puntos
CRITERIOS Y BAREMOS DE PUNTUACION. 5.1. Criterios evaluables de forma automática, hasta cincuenta (50

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.