PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIOIN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE SANTURTZI
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIOIN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE SANTURTZI
1.- OBJETO Y CONDICIONES GENERALES
1.1.- OBJETO DEL CONTRATO
Son objeto del contrato, las siguientes prestaciones:
La limpieza integral de los edificios y sus dependencias de titularidad del Ayuntamiento de Santurtzi adscritas al funcionamiento de las diferentes Areas y Servicios Municipales que figuran en el Anexo I.
1.2.- REGIMEN JURIDICO
1.- El contrato se regirá por:
▪ Las cláusulas contenidas en este pliego con carácter preferente, así como por el pliego de prescripciones técnicas particulares.
▪ La Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx xxxxx de 1985 y Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
▪ La Ley de Contratos del Sector Público 30/2007 de 30 de octubre.
▪ El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
▪ Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación, tanto a nivel estatal como de la C.A.V. y local, y que resulten aplicables al ámbito local.
▪ Las normas de derecho privado serán aplicables como derecho supletorio para resolver las cuestiones a que puedan dar lugar la interpretación, efectos y el cumplimiento y extinción del contrato, que no puedan ser deducidas por las disposiciones citadas: en todo caso la aplicación de las normas de derecho privado no podrá hacerse con olvido de las prerrogativas de la Administración
2.- Respecto al personal que emplee en la realización de los trabajos, el empresario contratante estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria, relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
3.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
1.3.- AMBITO ESPACIAL
Se considera como ámbito espacial del presente contrato, la totalidad de las dependencias interiores de los edificios municipales, independientemente de los
usos que de ellos se hagan, y que estén dentro xxx xxxxxxx vinculado a cada uno de los que se relacionan en el Anexo I.
Asimismo, es objeto de este contrato la limpieza de la totalidad de los ventanales, cristaleras y vidrieras que existen en los edificios que se relacionan en el citado Anexo.
1.4.- CONDICIONES GENERALES
Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Condiciones Técnicas y en el de Cláusulas Económico Administrativas, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato, y en el contenido de la proposición seleccionada.
1.5.- ACTUALES Y FUTUROS EDIFICIOS
La adjudicataria estará obligado a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran los edificios objeto del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna, por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Por otro lado, aquellos edificios que sean de nueva construcción o de nueva adquisición, y que no estén contempladas en el Anexo I, y cualesquiera otros que pasen a disposición de este Ayuntamiento, podrán integrarse en el contrato, siempre que el Ayuntamiento lo considere oportuno y no tendrán consideración de modificación del contrato.
A los efectos previstos en el apartado anterior, se precisará la comunicación por el responsable de ejecución del contrato con le visto bueno del concejal del área de obras y servicios. El precio ordinario de limpieza de dicho centro se determinará aplicando el “precio/hora ampliación” (fijado en el modelo de proposición económica) a los metros cuadrados del centro en cuestión según rendimiento adjudicado.
Cuando por razones especiales de su configuración o utilización se requieran prestaciones diferentes a las inicialmente contratadas, aquéllas se valorarán a través del correspondiente Precio Contradictorio, previa definición detallada de las concretas prestaciones a que se obligue la adjudicataria.
1.6.- MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO ESPACIAL
Se podrán producir ampliaciones o disminuciones del ámbito espacial de ejecución del contrato, que no tendrán consideración de modificaciones.
1.7.- CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA EMPRESARIAL
Las empresas concursantes deberán justificar documentalmente como condición indispensable, la clasificación empresarial en esta clase de servicios y que para el presente contrato será: grupo U, Subgrupo 1, Categoria D.
2.- CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES
2.1. LOCALES Y DEPENDENCIAS OBJETO DE LIMPIEZA
La limpieza de todos los edificios objeto del presente Contrato abarcará tanto las dependencias interiores como exteriores, tales como: aulas, despachos, salones, gimnasios, bibliotecas, consultorios, talleres, pasillos, vestíbulos, aseos, sótanos, desvanes, etc,.
La limpieza se efectuará asimismo sobre todos y cada uno de los elementos de decoración de mobiliario, o de complemento que existan en las dependencias anteriores, realizando sobre ellos las operaciones y frecuencias que se señalan en el Anexo II.
A título orientativo se señalan los siguientes elementos: mobiliario, puntos de luz, puertas y ventanas con sus xxxxxx, jambas, cristales, cortinas, persianas; lavabos, inodoros, urinarios, duchas, radiadores, techos, paredes, suelos, alfombras y moquetas, libros, metales, antepechos de escaleras, pasamanos, elementos decorativos, patios interiores, espacios abiertos, etc..
Aunque se denomine con un único nombre al edificio principal correspondiente, se incluye en la superficie a limpiar los diferentes edificios comprendidos dentro xxx xxxxxxx municipal. Es decir, en un Colegio se incluye el edificio propiamente escolar, más los edificios exentos del mismo, como pueden ser el preescolar, el gimnasio o el edificio de administración. No se incluye en la citada superficie, el edificio o la zona de vivienda ocupada por el Conserje, ni la acera, ni la escalera de acceso a la misma.
2.2.- ORGANIZACIÓN DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DE LIMPIEZA
La adjudicataria se responsabiliza de efectuar las operaciones de limpieza indicadas en su proposición, sin que puedan ser inferiores en cuanto a naturaleza o frecuencias a las que se señalan en el Anexo II.
La adjudicataria deberá, en todo momento, adoptar las medidas de organización que resulten más convenientes para optimizar los rendimientos de sus equipos.
El/la contratista desarrollará el tipo de trabajo, con la utilización de la maquinaria, medios auxiliares y los productos de limpieza indicados en su proposición y que resulten más adecuados, tanto en función de las características materiales y de textura de los paramentos como del mobiliario y complementos que deban ser objeto de limpieza. Será a su cuenta el mantenimiento, incluida la reparación o sustitución de la maquinaria y medios auxiliares a fin de que se encuentren en todo momento en perfecto estado de uso, así como de la reposición de los productos de limpieza.
En cualquier caso la organización que adopte el/la Contratista deberá observar los siguientes criterios:
a) La limpieza en las zonas donde se requiera desinfección debe extremarse y aplicar procedimientos y sistemas que aseguren un nivel de desinfección superior, teniendo en cuenta el volumen de personas que usan las instalaciones públicas, especialmente los lavabos, baños y duchas.
b) La limpieza de las oficinas, salas diversas, vestíbulos y otras zonas comunes, requerirá una limpieza de mantenimiento que asegure un estado correcto de aspecto y calidad que permitirá su utilización por los usuarios.
c) Se utilizarán siempre los medios necesarios para la adecuada limpieza de los centros, carros completamente equipados con los productos de limpieza y utensilios, maquinaria, escaleras, andamios, etc.
d) Se utilizará distinto material para los despachos, salas diversas, vestíbulos, pasillos y otras zonas comunes para los baños y duchas, lavabos y gradas.
e) Las puertas y pasillos considerados como vías de evacuación estarán libres de obstáculos, entendiendo como tales los útiles y materiales de limpieza. En los ascensores no se depositarán los citados elementos de forma que impidan su normal funcionamiento.
f) Para comprobar que la calidad o propiedades de todos los productos de limpieza que se utilicen en la prestación del servicio son los determinados en la proposición de la empresa adjudicataria en este contrato o cuando surjan dudas sobre uno o varios de ellos, el responsable del contrato podrá solicitar a la empresa adjudicataria que presente los certificados tanto de su composición como sanitarios, los cuales podrán ser facilitados por el fabricante y en el caso de inexistencia u otra comprobación adicional, se encargará su análisis a un laboratorio homologado, siendo los gastos x xxxxx de la adjudicataria.
2.3.- TIPOS DE LIMPIEZA: DE MANTENIMIENTO, GENERALES Y EXTRAORDINARIAS.
A los efectos del presente Xxxxxx se establecen dos tipos de limpieza:
1. LIMPIEZA ORDINARIA
2. LIMPIEZA EXTRAORDINARIA.
1. La LIMPIEZA ORDINARIA comprende:
A) LIMPIEZA DE MANTENIMIENTO.
Son las labores calificadas como tal por la adjudicataria sin que pueda su frecuencia bajo ninguna circunstancia, ser inferior a la establecida en el Anexo II, ni la metodología utilizada diferente a la indicada en el presente Xxxxxx, salvo cuando por el órgano de contratación se considere preferible.
B) LIMPIEZA GENERAL.
Se entiende como Limpieza General una limpieza en profundidad destinada a recuperar el buen estado de suelos, mobiliario, etc.
La Limpieza General comprenderá todo lo reflejado en la limpieza de mantenimiento, así como la limpieza húmeda de radiadores, persianas, mamparas, mobiliario por arriba y por abajo, sobre todo xx xxxxxx y mesas, rótulos y letreros, abrillantado a fondo de mobiliario, cuadros y elementos decorativos incluidos, limpieza externa de puntos de luz y en general la limpieza de aquellos elementos no descritos anteriormente.
2. LIMPIEZA EXTRAORDINARIA.
Se consideran Limpiezas Extraordinarias aquellas que se realicen con carácter excepcional y por una sola vez, tales como la limpieza de fin de obra de edificios, dependencias nuevas o reformadas, o como consecuencia de sucesos extraordinarios (incendio, etc.).
Los trabajos consistirán en una limpieza total, tanto del continente como del contenido, incluso el tratamiento específico correspondiente a cada tipo de suelo.
2.4.-METODOLOGÍA DE LIMPIEZA
A.- LIMPIEZA DE PAVIMENTOS INTERIORES
Debido a que los pavimentos presentan una gran parte de la suciedad que se genera en una dependencia o centro, se prestará especial atención a su mantenimiento. Por este motivo se prescribe un tratamiento adecuado de los diversos suelos, cuando las circunstancias lo permitan, de manera que se facilite su limpieza posterior, además de conseguir un mayor nivel de higiene y de aspecto estético-brillante.
En general, en los interiores de los edificios se aplicará el barrido húmedo, sustituyendo el barrido convencional.
En el terrazo, no se usarán soluciones alcalinas o ácidas porque deteriorará la superficie del mismo, perdiendo su brillo. En general se utilizarán detergentes neutros.
Los suelos xx xxxxxx son más densos, es decir, menos porosos y absorbentes. Se evitará aplicar materiales ácidos o alcalinos porque dañan el mármol y hacen que presente un aspecto apagado.
En otras zonas de mucho tránsito, se realizará un tratamiento más frecuente de estos pavimentos, con aplicaciones periódicas de emulsiones de polímeros (previamente limpiados a fondo).
Las escaleras serán enceradas con cera dura antideslizante. No obstante, en el resto de superficies, se elegirá siempre el producto que, manteniendo la calidad, sea más antideslizante.
Otros pavimentos duros (granitos, gres, étc.), se aspirarán o se aplicará el barrido húmedo diariamente. Se fregarán para eliminar manchas y otros restos de suciedad adherida.
En el hormigón, se tomarán las mismas medidas de precaución que con los suelos de terrazo x xxxxxx.
En los suelos de gres no se usarán ácidos porque atacan las juntas.
En general, se evitará el uso de detergentes y otros productos ácidos en el mantenimiento de pavimentos, que puedan dañar su superficie. También, en todos los pavimentos, antes de fregar se quitará el polvo y otros restos de suciedad con la mopa. Siempre se dejará lo más seco posible. El agua no se empleará nunca sola, ya que se le añadirá siempre una solución detergente y/o desinfectante.
Los pavimentos sintéticos, como el linóleum, sintasol, PVC y otros derivados se podrán tratar de las dos formas siguientes: fregado a fondo con
máquina rotativa y aplicación posterior de una emulsión para proteger y abrillantar estos suelos, ó el método Spray con máquina de alta velocidad que permite limpiar y abrillantar en la misma operación. El mantenimiento diario de estos pavimentos se realizará con un barrido húmedo, y con el fregado para eliminar las manchas resistentes.
El linóleo expuesto a mucho desgaste y a muchas limpiezas es extremadamente poroso y debe sellarse siempre. Los limpiadores alcalinos fuertes le afectan con cambios de color y textura y por consiguiente deben ser evitados.
La baldosa asfáltica es un material a base de petróleo y por lo tanto no deben usarse disolventes o desengrasantes fuertes ya que lo ablandarían y deteriorarían.
Nunca se utilizarán ceras con base disolvente (lo suelen ser la mayoría de las ceras en pasta). Tan sólo se utilizarán las ceras y acabados con una base emulsionante de agua.
El vinilo es bastante inerte y no queda afectado por la mayoría de los materiales que pueden derramarse o usarse sobre él. Sin embargo, se recomienda no usar disolventes fuertes. Es un material poco poroso, pero el vinilo se raya y el lustre se apaga rápidamente si no se protege con una película xx xxxx o con un acabado sintético.
En las losetas de goma, los disolventes y las ceras, con bases disolventes le atacan rápidamente de la misma manera que a la tela asfáltica. Nunca se debe utilizar un disolvente o una cera con bases disolventes como la mayoría de las ceras en pasta.
En los pavimentos xx xxxxxx, parqué o corcho, se aplicarán ceras en base disolvente (no agua), que dan protección y brillo a estas superficies. El mantenimiento posterior se realizará con mopa seca y productos capta-polvo. También, se podrá aplicar periódicamente la enceradora eléctrica.
En los suelos xx xxxxxx sin poros (superficie lacada, barnizada o plastificada) se utilizará la mopa con un paño ligeramente humedecido. Mensualmente, se encerará con cera adecuada para suelos.
Se utilizarán máquinas aspiradoras para desempolvado de alfombras, moquetas, tapicerías y elementos varios. Asimismo, se eliminará cualquier mancha, cuando se produzca, con quita-manchas específicos teniendo en cuenta la composición de la alfombra o moqueta. Al menos una vez al año, se procederá a una limpieza a fondo de pavimentos textiles con el método del shampomat o con la máquina de inyección extracción.
B.- LIMPIEZA XX XXXXXXX Y TECHOS
Siempre que fuese preciso, se llevara a cabo una limpieza xx xxxxxxx interiores, hasta una altura de 3,5 metros, techos, cornisas, molduras y elementos análogos, utilizando los medios más adecuados.
Las paredes se dividirán en paredes lavables y no lavables. Actualmente, la mayoría de las pinturas utilizan aglutinantes sintéticos que permiten el uso del agua para la limpieza de manchas y otra suciedad adherida a estas superficies.
En las paredes no lavables sólo se utilizarán mopas secas y productos capta- polvo, desechándose las bayetas humedecidas.
Se limpiarán los techos, cornisas, molduras, artesonados etc., utilizando cepillos aspiradores de pelo blando, perfectamente limpios. En techos de escayola perforados, o placas fonoabsorbentes se utilizará el sistema de proyección de líquido pulverizado limpiando a continuación la perfilería.
C- LIMPIEZA DE METALES
Se limpiarán con un paño suave humedecido en agua caliente y solución jabonosa y se secará con un paño suave y absorbente. No se utilizarán nunca esponjillas xx xxxxx, xxxxx ásperos ni soluciones abrasivas. Allí donde indebidamente se ha acumulado suciedad en exceso, o hubieren aparecido ligeras señales de óxido o manchas, éstas podrán eliminarse limpiando bien la superficie con un paño humedecido con una solución de nitrato sódico al 10 por 100, impregnando luego con una crema blanqueadora, tras lo cual se frotarán vigorosamente las manchas de óxido. A continuación se enjuagará bien, y se secará con un paño suave limpio y seco.
D.- LIMPIEZA XX XXXXXXXXX, CORTINAS y PERSIANAS
Los cristales se limpiarán con detergentes neutros o limpiacristales. Se utilizarán los utensilios, limpiacristales necesarios para un frecuente mantenimiento de estas superficies (labios de goma, uso de extensibles, escaleras, etc.).
Las persianas que sean accesibles se desempolvarán periódicamente. Anualmente, se limpiarán las persianas con detergente neutro y se podrá aplicar máquinas a presión o vapor según los casos.
E.- LIMPIEZA DE PASAMANOS Y BARANDILLAS
Se deberán limpiar con un trapo suave, los pasamanos y las barandillas no metálicas, de escaleras o antepechos. Dependiendo si su acabado final es barnizado o pintado, se pueden aplicar en el primer caso ceras líquidas.
F.- LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMATICOS
Todo el mobiliario y sus accesorios han de ser tratados y cuidados con el mayor esmero, evitando las manchas, los golpes y roces con las máquinas y productos de limpieza.
Las superficies xx xxxxxx sin poros (superficie laca o plastificada) se utilizará una bayeta en una disolución baja de detergente aniónico más agua. A continuación cualquier producto xx xxxx líquida preparada a base xx xxxx natural, vegetal o procedente de hidrocarburos de tipo medio. Las superficies xx xxxxxx con poros se quitará el polvo previamente con una bayeta humedecida y casi seca. A continuación un preparado en base cera.
No se utilizarán productos grasas o con ceras (tipo spray convencional), sino detergentes suaves para las superficies sintéticas. Se limpiarán cuidadosamente cada día, con gamuza, evitando golpes y deterioros si se trasladan de sitio.
El exterior de los equipos informáticos se limpiarán con una bayeta ligeramente humedecida con agua y detergente aniónico, en una disolución baja. En ningún caso deberá desprenderse de ella ninguna gota de líquido.
Las pantallas de los monitores y sus filtros se limpiarán periódicamente con alcohol diluido en agua, en una proporción del 75% (3 partes de alcohol y 1 de agua).
G.- LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ
La limpieza consistirá en quitar el polvo con elementos adecuados (plumero, bayeta, etc.) de lámparas, fluorescentes, bombillas, pantallas especulares, etc. sin desmontar aparato alguno.
Cuando se deban limpiar en profundidad las pantallas, lámparas, etc., éstos elementos serán desmontados y depositados en el suelo o mesa de trabajo, por el personal que designe el Ayuntamiento. Una vez limpios dicho personal
los volverá a montar. La coordinación de estos trabajos será dirigida por el responsable de la ejecución del contrato.
H.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN LOS ASEOS PÚBLICOS
La adjudicataria realizará la totalidad de las actividades precisas para mantener limpios y desinfectados los aseos públicos relacionados en el Anexo I, sometiéndose a las directrices que al respecto reciban de los servicios técnicos Municipales.
La adjudicataria prestará estos servicios con la siguiente frecuencia, y el horario de funcionamiento de los aseos será el siguiente:
▪ Aseos Parque : Lunes x Xxxxxxx
▪ Xxxx Xxxxxxxxx: Lunes y Viernes
▪ Aseo Paseo Zierbena: Lunes y Viernes
▪ Aseo Parque Gernika: Lunes x Xxxxxxx
▪ Aseo Mamariga: Lunes y Viernes
▪ Aseo Kabiezes : Lunes x Xxxxxxx
La adjudicataria, se atendrá en todo momento a las indicaciones emanadas de los servicios municipales. Será obligación del/de la contratista informar al responsable de la ejecución del contrato.
I.- LIMPIEZA DE CUARTOS DE BAÑO, DUCHAS ASEOS Y SANITARIOS
Se prestará especial atención a la limpieza de cuartos de baño (duchas y bañeras), inodoros, lavabos, vertederos, etc. Haciéndolo cuidadosamente utilizando lejía, abrasivos clorados y periódicamente detergentes ácidos para eliminar la suciedad de origen mineral.
La lejía y otros desinfectantes siempre se emplearán en concentraciones adecuadas e indicadas, utilizando las medidas dosificadoras.
J.- RETIRADA DE RESIDUOS URBANOS
Las bolsas de basura se cerrarán antes de ser retiradas. No se apretarán y se manipularán convenientemente por si existe algún vertido líquido u objeto cortante. Se colocará una nueva bolsa en la papelera de forma que quede bien sujeta. Todas las bolsas de basura se depositarán dentro del contenedor más próximo.
Todos los productos procedentes de las limpiezas, serán retirados diariamente, una vez concluidos los trabajos. Para ello se utilizarán los medios apropiados: bolsa, contenedores, etc., siguiendo las instrucciones que a tal efecto se deducen de la Ordenanza Municipal de Limpieza o se señalen por los Servicios Municipales competentes.
K.- LIMPIEZAS VACACIONALES EN CENTROS ESCOLARES
En los edificios dedicados a la actividad docente, se realizarán tres limpiezas generales que se desarrollarán coincidiendo con los tres periodos vacacionales.
La limpieza xx xxxxxxxxx, en los citados centros se harán con la frecuencia mensual establecida anteriormente, incluso durante el período estival, aún cuando el centro permaneciera cerrado a lo largo de todo el período no lectivo.
L.- HORARIOS Y FRECUENCIAS DE LIMPIEZA
Como norma general todas las limpiezas deberán realizarse de lunes a viernes, en horas comprendidas entre la finalización de la actividad principal y media hora antes del comienzo de las mismas.
Excepciones:
Dependencias de la Policía Local: De lunes x xxxxxxx.
Xxxxxxxx Kultur Aretoa: De lunes x xxxxxxx en horario de mañana Biblioteca Central: De lunes a sábado en horario nocturno.
3.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA
3.1.- OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL
Son obligaciones de la adjudicataria, las siguientes:
1. Disponer de la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada realización del servicio.
2. Ejercitar directamente la prestación del servicio en las condiciones contenidas en este Pliego y en la proposición, pudiendo subcontratar el 25% del servicio.
3. Nombrar un representante debidamente acreditado que canalice las relaciones entre la adjudicataria y los servicios municipales.
4. Llevar a cabo el servicio con los medios humanos y mecánicos establecidos en el presente pliego, en la proposición y ejercer la actividad de control y vigilancia, tanto en sentido cuantitativo como de calidad.
5. Poner a disposición del Ayuntamiento la totalidad de los medios humanos y maquinaria, cuando concurran circunstancias especiales o de urgencia que lo hagan necesario.
6. Acreditar y justificar, siempre que le sea requerido por el Ayuntamiento, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales, en materia de seguridad social, etc., mediante la aportación de la documentación y/o comprobantes que puedan ser exigidos a la adjudicataria.
7. Aportar la información que, al margen de lo establecido en este Pliego, se solicite a la adjudicataria de forma específica sobre procesos de trabajo, tareas efectuadas, tiempo invertido, constitución de equipos, sustituciones del personal, etc. Específicamente con relación los trabajos extraordinarios se presentará ante el responsable de la ejecución del contrato del Ayuntamiento, parte mensual que recoja todas las incidencias del mes.
8. Sin perjuicio de lo indicado en los dos apartados anteriores, la empresa adjudicataria estará obligada a presentar, semestralmente, acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales así como Memoria que recoja los aspectos contenidos en el punto 7.
9. Entregar a persona responsable de cada centro los objetos que los operarios puedan encontrar durante la realización de los trabajos o su permanencia en los locales y/o dependencias incluidas en el ámbito de contrato.
3.2.- MATERIAL Y MAQUINARIA
Serán por cuenta de la adjudicataria el suministro de todos lo útiles y material de limpieza y maquinaria para prestar estos servicios, debiendo estar homologados por la Administración competente. Todos estos medios serán de uso exclusivo para los servicios objeto del presente Concurso, no pudiéndose utilizar en ningún otro caso, salvo órdenes expresas de la Concejalía Delegada.
Así mismo deberán aportar y reponer papel higiénico, toallas de papel y jabón de manos en todas las dependencias en las que se preste el servicio.
El agua y la energía eléctrica, necesarias para la prestación de los servicios, será facilitada gratuitamente al adjudicatario.
3.3.- DISPONIBILIDAD DE MATERIAL
El/la Contratista deberá tener constantemente a disposición el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá contar con los equipos de reserva que considere convenientes, debiendo indicar en su proposición el Plan de Reservas Propuesto.
3.4.-ATENCIÓN PERMANENTE
La adjudicataria dispondrá de un Servicio de atención permanente de llamadas (teléfono) y a la vez, mantendrá contacto permanente y diario con el Servicio Técnico Municipal competente, a través del Técnico señalado en el Pliego.
3.5.- TRABAJOS DIVERSOS
La adjudicataria vendrá obligada a realizar aquellos trabajos que, eventualmente y aunque no sean los específicos de su adjudicación, le sean encargados por el Ayuntamiento de Santurtzi, con la única limitación de que sean similares a alguna de las operaciones contratadas y que el personal las efectúe de acuerdo con su categoría laboral.
El costo de los mismos se fijará contradictoriamente, debiéndose aprobar con anterioridad a su ejecución por la Junta de Gobierno Local.
3.6.- DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria tendrá, además de los derechos previstos en la Ley de Contratos y normativa concordante, los siguientes:
1. Recibir los suministros de agua, luz y energía (fuerza) con que se encuentran dotados los edificios, en la cuantía necesaria para llevar a cabo los servicios.
2. A quedar exenta de responsabilidad, si por cualquier causa ajena a su voluntad, no pudiese realizar los servicios por falta de suministro de cualquiera de los elementos antes señalados.
3. A cobrar, dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, los precios fijados en el contrato. A estos efectos se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
▪ Dentro del “precio anual global de limpieza ordinaria de todos los centros” se entenderán incluidas las siguientes limpiezas: Limpieza de mantenimiento (vid. Cláusula 2.3.1.A) del presente pliego y Limpiezas generales (vid. 2.3.1.B) del presente Pliego.
▪ El precio de las “limpiezas extraordinarias” será el resultante de aplicar a la superficie (medida en metros cuadrados) de la dependencia objeto de limpieza, el precio/hora/día diurno, nocturno o festivo, según corresponda, fijado en el contrato según rendimiento medio adjudicado.
▪ El precio/hora ampliación se aplicará en los supuestos de incorporación de nuevas dependencias que sean objeto de limpieza. Para el cálculo del precio de limpieza del local se considerará un rendimiento medio, entre 140 m2/hora y 160 m2/hora..
4.- CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES
4.- CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES
4.1.- DISPONIBILIDAD DEL PERSONAL
La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones.
Deberá disponer igualmente, al frente de los mismos, de un Titulado Universitario (Técnico Superior o Medio) con formación y experiencia en este tipo de trabajos.
El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la Empresa Adjudicataria, durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término ni una vez extinguido el mismo.
El/la Adjudicatario/a, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
4.2.- PERSONAL PERTENECIENTE AL CONTRATO ANTERIOR
La empresa adjudicataria deberá respetar durante la vigencia del contrato administrativo, lo establecido en el vigente Convenio Colectivo para el Sector de Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia, (especialmente lo determinado en dicho Convenio en cuanto a subrogación de personal, todo ello sin perjuicio de la necesaria acomodación de lo previsto a las modificaciones que se pudiesen producir en el Convenio referido).
A tales efectos, se adjunta al presente Pliego de Condiciones Técnicas, relación de personal que actualmente se encuentra prestando el Servicio de Limpieza a través de la Contrata (Anexo III).
4.3.- VARIACIONES DE PLANTILLA
Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc.; o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligada a comunicar por escrito tal hecho, a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá incluirse además los siguientes datos: Identidad, D.N.I., tipo de contrato, antigüedad.
Toda sustitución será realizada como mínimo, con personal de la misma cualificación y horario que tenía el sustituido.
4.4.- AUMENTO O REDUCCIÓN DE PLANTILLA
Si por causas justificadas, tales como crecimiento del ámbito del contrato, fuera necesario realizar un aumento de la plantilla presentada en la oferta, el adjudicatario elaborará previamente un estudio o informe justificativo de tal necesidad, en el que se acreditará la imposibilidad de racionalizar la organización de la plantilla disponible.
Este estudio deberá tener como referencia a todos los efectos, el rendimiento medio por empleado/a fijado en el presente pliego y, siempre que está Administración lo considere necesario por las características de la dependencia que corresponda, se le aplicará el coeficiente corrector de 1,5 puntos.
4.5.- VESTUARIO
Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente uniformado, conforme al modelo previamente aceptado por el Ayuntamiento de Santurtzi. Los/las licitadores/as presentarán un boceto con los tipos de uniforme que propongan para el personal.
La calidad y cantidad del vestuario del personal deberá cumplir en todo momento lo establecido por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
4.6.- SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL
La adjudicataria deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del trabajo y Seguridad Social. Por otra parte, al inicio de la ejecución del contrato deberá presentar copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil suscritas que cubran posibles daños a terceros y al propio Ayuntamiento en la realización de los trabajos contemplados durante toda la ejecución del contrato cuyo capital mínimo asegurado deberá ser de 600.000 €
La Adjudicataria dotará a su personal de tantos equipos de protección individual y colectivos que sean necesarios, a fin de lograr la seguridad de los/las trabajadores/as frente a los riesgos derivados de su actividad.
4.7.- ASEO Y DECORO DEL PERSONAL
La Adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los/las usuarios/as de los edificios objeto de Contrato y por analogía del resto de las faltas recogidas en el Convenio Colectivo para el Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx xx Xxxxxxx.
Tales hechos darán lugar a la imposición de las sanciones que se establecen en este Pliego.
4.8.- FORMACIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS
La adjudicataria deberá observar el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad de Higiene en el trabajo, así como los Servicios Médicos necesarios.
Asimismo será por cuenta de la Adjudicataria la organización de las actividades de formación necesarias para la actualización permanente de la plantilla al servicio del contrato.
4.9.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La Adjudicataria quedará obligado al cumplimiento de las obligaciones laborales que determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, puntualidad laboral, formación, seguridad e higiene, etc. Mensualmente adjuntará copia de los documentos TC1 Y TC2, sellados y autentificados por la entidad pagadora.
El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará al Ayuntamiento para la resolución del contrato.
En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna al Ayuntamiento, sino sólo a la Contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el Adjudicatario tuviera contraídas con sus operarios/as o empleados/as, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato.
La Adjudicataria estará obligado a presentar los informes y estudios que sobre procedimientos, materiales, productos, ensayos, etc., le sean solicitados por los Servicios Técnicos y que evidentemente estén relacionados con los trabajos a desempeñar.
5.- FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN: INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD, RÉGIMEN SANCIONADOR.
5.1.- CONTROL DE CALIDAD
Es facultad del Ayuntamiento someter la prestación de los servicios de limpieza, a la inspección y control de calidad de forma continuada, bien con personal propio o bien a través de los órganos que puedan contratarse a tal efecto.
La realización de los controles tiene como finalidad obtener unas prestaciones satisfactorias de acuerdo con las condiciones exigidas en este Pliego y, que podemos resumir en dos:
A) Conseguir mantener la calidad real del Servicio de Limpieza.
B) Ofrecer al/a la usuario/a la confianza de que se está obteniendo la calidad deseada en el servicio prestado.
El/la adjudicataria debería prestar el servicio atendiendo los requisitos básicos de funcionamiento determinados en la normativa de calidad UNE-EN-ISO- 9001.
5.2.- SISTEMAS DE CONTROL
La verificación del cumplimiento de los servicios se realizará mediante un sistema de control de las prestaciones, con la periodicidad que el Ayuntamiento considere conveniente, basado en los siguientes aspectos:
- El control de tareas de limpieza y sus frecuencias
- La evaluación del nivel de limpieza.
Los/las licitadores/as podrán proponer otras modalidades de control, que si procediesen, podrán ser tenidas en cuenta por el Ayuntamiento.
5.3.- CONTROL DEL CONTRATO
La Concejalía municipal de Obras y Servicios ejercerá las funciones que se relacionan a continuación:
- La interpretación xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas y demás condiciones establecidas en el contrato o disposiciones oficiales.
- Exigir la existencia de los medios y organización prevista para el debido cumplimiento del contrato.
- Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos previstos.
- Proponer las modificaciones que convenga introducir, que deberán en todo caso, aprobadas por el órgano municipal correspondiente.
El responsable de la ejecución del contrato se encargará de:
- Transmitir cuantas incidencias se produzcan durante la vigencia del contrato y de sus prórrogas.
- Comprobar, coordinar y vigilar la correcta ejecución del contrato así como la facturación mensual enviada por la empresa que resulte adjudicataria.
El/la Contratista, por su parte, nombrará, un responsable de coordinación con capacidad para:
- Ostentar la representación del/de la contratista cuando sea necesaria su actuación o presencia; así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha del contrato.
- Proponer a la Administración lo necesario para la resolución de los problemas que se planteen durante la vigencia del contrato.
5.4.- EVALUACIÓN DEL NIVEL DE LIMPIEZA
Mediante un muestreo de las diversas dependencias se procederá a realizar una inspección “in situ” con el fin de determinar el nivel de limpieza y asignar una puntuación, dentro de la clasificación siguiente:
• Muy bueno: las dependencias objeto de análisis presentan un estado de orden y limpieza óptimo, sin manchas, olores, polvo o otros indicios de suciedad; se observa el brillo del suelo, la limpieza xx xxxxxxxxx o otros elementos más sensibles al desorden y la suciedad. Se le asignará una valoración entre 9 y 10.
• Bueno: Las dependencias objeto de análisis presentan un estado de orden y limpieza altos sin llegar al nivel anterior y sin manchas, olores, polvo u otros indicios de suciedad, aunque un experto o persona mínimamente exigente puede apreciar áreas puntuales con ciertas insuficiencias. Se le asignará una valoración entre 7 y 8.
• Aceptable: Las dependencias objeto de análisis presentan un estado de orden y limpieza aceptable, con presencia de ligeras manchas, polvo u otros indicios de suciedad puntuales y apreciables para cualquier persona, pero sin llegar a molestar el normal desarrollo de los usos que deben acoger aquellas. Se asignarán entre 5 y 6 puntos de valoración.
• Deficiente: Las dependencias objeto de análisis presentan un estado de orden y limpieza insuficiente con presencia más generalizada que en el nivel anterior de manchas, olores, polvo y otros indicios de suciedad apreciables fácilmente y que pueden considerarse molestos para la práctica de las actividades cotidianas. Se asignarán entre 3 y 4 puntos de valoración.
• Muy deficientes: Las dependencias objeto de análisis presentan un estado de orden y limpieza totalmente insuficiente y malo en el conjunto de su superficie. Se asignarán entre 0 y 2 puntos de valoración.
5.5.- ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS
1.- Durante los 12 primeros meses del contrato los precios permanecerán invariables. Procederá la actualización, a partir del primer mes del segundo año de contrato.
2.- La actualización de precios se producirá por períodos anuales mediante la aplicación del 85% de valoración índice oficial de precios al consumo para el Territorio Histórico de Bizkaia que se haya producido en la anualidad anterior.
5.6.- FORMA DE PAGO
Mensualmente se expedirá una certificación correspondiente a 1/12 del precio anual global de limpieza ordinaria, descontándose los servicios que por cualquier motivo no se presten, así como las sanciones impuestas, en el caso de que las hubiese, y los importes de los daños que se hubieran causado al Ayuntamiento y a terceros con motivo de la ejecución de las diferentes prestaciones salvo que se originen en una orden directa de la Administración.
En certificaciones mensuales separadas se incorporarán además los importes correspondientes a las limpiezas extraordinarias realizadas en dicho mes.
En las mismas se incluirán los códigos presupuestarios que al efecto se indiquen por el Área de Obras y Servicios, desglosándose los importes en facturas independientes por cada área.
5.6.- REGIMEN SANCIONADOR
1.- Las sanciones en que pueda incurrir la adjudicataria en la prestación de los servicios, se calificarán como leves (L), grave (G) y muy graves (MG), según la tipificación de las mismas que se detalla en el cuadro siguiente:
Nº 1.- Falta de uniforme reglamentario en el personal y el estado indecoroso del mismo……………………………………………… L
Nº 2.- Falta de los elementos de seguridad necesarios para la prestación
de cada servicio…………………………………………………….. L Nº 3.- Incumplimientos de las normas generales …………………………. L Nº 4.- Utilización de los uniformes o del material como soportes de
elementos publicitarios o propagandísticos………………………… L Nº 5.- La falta de reposición de material de limpieza e higiene. ............... L Nº 6.- Por omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen
estado de las limpiezas y al desarrollo de las mismas, tanto en lo referente a la calidad, personal y medios……………………………. G
Nº 7.- Por riñas o peleas de los operarios/as durante el desempeño del servicio…………………………………………………………………… G
Nº 8.- Por falta de respeto al público, inspectores de los servicios técnicos municipales y agentes de la autoridad………………….. G
Nº 9.- Ocupación del equipo en tareas distintas que las propias de los Servicios Contratados ……………………………………………….. G
Nº 10.- Modificación de un servicio sin causa justificada y su notificación previa …………………………………………………………………… G
Nº 11.- La utilización de un material distinto al exigido para cada tarea específica …………………………………………………………….. G
Nº 12.- Estado general de los medios mecánicos manuales, etc., en las inspecciones técnicas valorándolas de la siguiente forma:
Insuficiente …………………………………………… L
Defectuoso ……………………………………………. G
Xxxx …………………………………………………… MG
Nº 12.- Ocupación del equipo en tareas distintas que las propias de la concesión, aceptando cualquier clase de contraprestación o remuneración. ……………………………………………………….. MG
Nº 13 La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves ............................... G Nº 14.- Prestación muy deficiente observada en un control estadístico.. MG Nº 15.- Prestación muy deficiente observada en un control dirigido……. MG Nº 16.- La reiteración en la comisión xx xxxxxx graves ............................. MG
2.- Las infracciones se descontarán y sancionarán con las siguientes multas:
Faltas leves | (L) | hasta | 1.500 € | ||
Faltas graves | (G) | desde | 1.501 € | hasta | 4.000 € |
Faltas muy graves | (MG) | desde | 4.001 € | hasta | 12.000 € |
Así mismo, la comisión de una o más faltas muy graves podrá dar lugar a la resolución del contrato.
ANEXO I. INVENTARIO DE EDIFICIOS Y RESUMEN FRECUENCIAS
A. DIRECCIONES
REFERENCIA | EDIFICIO/LOCAL | DIRECCIÓN |
1217 | JUZGADO XX XXX | XXXX. XXXXXXXX 00 |
1214 | PATRIMONIO | XXXX XXXXXXXX 00 |
0000 | XXXXXXXX COMPRAS | X/X.X. XXXXXXXXXXX 0 |
0000 | XXXXXXXX XXXXXXXX | X/XXXXX XXXXXXX / XXXXXXX XXXXXX |
0000 | ASCENSOR FUNDACIÓN HOGAR | C/FUNDACIÓN HOGAR |
4325 | XXXXXXXXX XX XXXXXX | SUBIDA A BAÑALES |
4325 | ASCENSOR DE LAPURDI | GRUPO XXXXXXX |
0000 | ASEO PÚBLICO MAMARIGA | |
4325 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXXX |
0000 | ASEO PÚBLICO KABIEZES | XXXXXXX XXXXXX 60 |
4325 | XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXXX |
0000 | ASEO PÚBLICO ZIERBENA | PASEO ZIERBENA |
4325 | 2 ASEOS PÚBLICOS XXXXXX | XXXXXX XXXXXXX |
0000 | XXXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXX |
0000 | LONJA ELECTRICISTAS | XXXXX XXXXXXX, (BAJOS |
COLEGIO ITSASOKO AMA | ||
5111 | BRIGADA DE OBRAS | C/BOGADORES 5 |
5111 | ARCHIVO PROVISIONAL OBRAS Y SERVICIOS | XXXX. XXXXXXXX 00 |
0000 | XXXXXXX URBANISMO | X/ XX XXXXXX 00 |
0000 | XXXXXXX OBRAS | X/ XX XXXXXX 00 |
7511 | TURISMO | PARQUE XXXXX/ EDIFIO COFRADIA |
6221 | OFICINAS COMERCIO | PARQUE XXXXX |
4451 | OFICINAS CONSUMO | PARQUE XXXXX |
4322 | OFICINAS RÉGIMEN INTERIOR | C/XXXXXX XXXX 1-3 |
4322 | ARCHIVO MUNICIPAL | X/XXXXXXXXX 0 |
0000 | XXXXXXX XXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXX 00 |
0000 | XXXX XXXXXXXXXXXX | XXXX. XXXXXXXX 0 |
0000 | XXXXXXXX PARTIDOS POLÍTICOS | GP. XXXXXX XXXX |
4525 | EDIFICIO DE CAPITANÍA | LEHENDAKARI XXXXXX, S/N |
3131 | OFICINAS ACCIÓN SOCIAL (EDIFICIO NÁUTICA) | X/XXXXXX XXXXX 0 |
0000 | XXXX XXXXX XXXXXXXXX LABORAL | C/XXXXX XXXXXXX 3 |
3132 | CENTRO DE REHABILITACIÓN Y OFICINAS | C/DR. XXXXXX 10 |
3132 | PLAN INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA | X/XXXXXX XXXXX 00-00 |
0000 | HOGAR JUBILADOS SAN XXXXX | XX. XXXXXXXXXX X/X |
0000 | XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXX | X/ XXXX XXXXXXXXX XXXXXX X/X |
0000 | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | DR. XXXXXX, 12-14-16 |
3134 | CENTRO DE DÍA XXXXXX | TRAVESÍA XXXXXX 8 |
3225 | OFICINAS SERVICIO MUJER Y LOCALES (SALUD LABORAL Y DROGODEPENCIAS) | XXXX. XXXXXXXX 00 |
0000 | XXXXX XXXXXXXX XXXXX | X/XXXXXXX XXXXXXX 5 |
3225 | LOCAL ASOCIACIÓN MUJERES | X/X.X. XXXXXXXXXXX 0 |
0000 | XXXXXXXX BEHARGINTZA | XXXX. XXXXXXXX 00 X 00 |
3228 | PLAN EMPLEO LOCAL INTEGRADO | ANTIGUO C.P. Bº XXX XXXX |
0000 | COMISARIA CENTRAL | C/J.M. XXXXXXXXXXX 10 |
2221 | UNIDAD SANCIONES | XXXX. XXXXXXXX 00 |
0000 | XXXXXXXXX XXXXXXXX | X/XXXXXXX XXXXXX 00 |
2221 | ARCHIVO POLICIA Y GARAJE VEHÍCULOS | C/XXXXXXXXXX 1 |
4512 | BIBLIOTECA ADULTOS KABIEZES | XX. XXXXXXXX X/X |
0000 | XXXXXXXXXX XXXXXX | X/ XXXXXX 0 |
0000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX KABIEZES | X/ XXXXXXX XXXXXX 00 |
4512 | BIBLIOTECA CENTRAL | XX. X.X. XXXXXXXXXX X/X |
0000 | XXXXXXXXXX Xx XXX XXXX/ XXXXX XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX | X/ X.X. XXXXXX 00-00 |
0000 | DEPÓSITO LIBROS | C/XXXXXXXXXX 1 |
4222 | COLÉGIO PÚBLICO (C.P.) XXXXXX XXXX | Xx XXXXXX X/X |
0000 | XXXXXXXXXX XXXXXX XXXX | X/ XXXXXX X/X |
0000 | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXX | X/ XXXXXX X/X |
0000 | X.X. XXXXXXXX AMA | XX. XXXXXX XXX XXX X/X |
0000 | X.X. XXX XXXXX | C/ XX. XXXXXXX S/N |
4222 | C.P. XXXXXXXX Y ESCUELA INFANTIL | C/ J.M. XXXXXX S/N |
4222 | HAURRESKOLA MIRABUENO | XXXXX XXXXX, XXXXXX XX XXX. 00 |
0000 | XXX X X XX (XXXX XXX XXXX) | X/XXXXX XXXXXXX 00 X 00 |
4511 | COFRADÍA | XXXXX XXXXX XXXXXXXX |
0000 | KULTUR ETXEA MAMARIGA | XXXXX XXXXXXX XXXXX |
0000 | FRONTÓN MAMARIGA (VESTUARIOS) | XX. XXXXXXX XXXXX |
0000 | GAZTEBOX | C/PARQUE (FRENTE ESTACIÓN RENFE) |
4513 | OFICINA JUVENTUD (LOCAL) | XXX. XXXXXXX XXXXXXX (XXXXXX xxxx) |
4224/4228 | CIFO Y FORMACIÓN OCUPACIONAL | Bº XXXXXX S/N |
4223 | ESCUELA DE MÚSICA | XXXX. XXXXXXXX 00 |
XXX | XXXXXXXX XXXXXXX / XXXX XXXXX | AVDA. XXXXXXXX 18 ENTREPLANTA / X/XXXXXX XXXXX X/X |
XXX | XXXXXXX | X/ X.X. XXXXXXXXXXX 00 |
SKA | XXXXXXXX KULTUR ARETOA | C/MÁXIMO X. XXXXXXX 13 |
EUSKALTEGI | EUSKALTEGI | J.M. XXXXXXXXXXX 12 |
B. RESUMEN DE FRECUENCIAS
REFERENCIA | EDIFICIO/LOCAL | FRECUENCIA |
1217 | JUZGADO XX XXX | ANEXO II B. |
1214 | PATRIMONIO | ANEXO II B. |
6112 | OFICINAS COMPRAS | ANEXO II B. |
4325 | ASCENSOR KABIEZES | DIARIO (L-V) y CRISTALES (MENSUAL) |
4325 | ASCENSOR FUNDACIÓN HOGAR | DIARIO (L-V) y CRISTALES (MENSUAL) |
4325 | XXXXXXXXX XX XXXXXX (2) | DIARIO (L-V) y CRISTALES (MENSUAL) |
4325 | ASCENSOR DE LAPURDI (2) | DIARIO (L-V) y CRISTALES (MENSUAL) |
4325 | ASEO PÚBLICO MAMARIGA (2) | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4325 | ASEO PÚBLICO PARQUE GERNIKA (2) | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4325 | ASEO PÚBLICO KABIEZES (2) | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4325 | ASEO PÚBLICO SARDINERA | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4325 | ASEO PÚBLICO ZIERBENA | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4325 | 2 ASEOS PÚBLICOS PARQUE | PUNTO 2.4 X XXXXXX |
4431 | CEMENTERIO | ANEXO II B. |
5111 | LONJA ELECTRICISTAS | ANEXO II B. |
5111 | BRIGADA DE OBRAS | ANEXO II B. |
5111 | ARCHIVO PROVISIONAL OBRAS Y SERVICIOS | ANUAL |
4331 | OFICINA URBANISMO | ANEXO II B. |
4321 | OFICINA OBRAS | ANEXO II B. |
7511 | TURISMO | ANEXO II B. |
6221 | OFICINAS COMERCIO | ANEXO II B. |
4451 | OFICINAS CONSUMO | ANEXO II B. |
4322 | OFICINAS RÉGIMEN INTERIOR | ANEXO II B. |
4322 | ARCHIVO MUNICIPAL | ANEXO II B. |
4322 | ALMACÉN XXXXXXXX | ANEXO II B. |
4322 | CASA CONSISTORIAL | ANEXO II B. |
4322 | OFICINAS PARTIDOS POLÍTICOS | ANEXO II B. |
4525 | EDIFICIO DE CAPITANÍA | ANEXO II B |
3131 | OFICINAS ACCIÓN SOCIAL (EDIFICIO NÁUTICA) | ANEXO II B. |
3132 | PLAN LOCAL INSERCIÓN LABORAL | ANEXO II B. |
3132 | CENTRO DE REHABILITACIÓN Y OFICINAS | ANEXO II B. |
3132 | PLAN INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA | ANEXO II B. |
3134 | HOGAR JUBILADOS XXX XXXXX | XXXXX XX X. |
0000 | HOGAR JUBILADOS XXX XXXX | XXXXX XX X. |
0000 | HOGAR JUBILADOS KABIEZES (2) | ANEXO II B. |
3134 | CENTRO DE DÍA XXXXXX | ANEXO II B. |
3225 | OFICINAS SERVICIO MUJER Y LOCALES (SALUD LABORAL Y DROGODEPENCIAS) | ANEXO II B. |
3225 | LOCAL SERVICIO MUJER | SEMANAL (1) |
3225 | LOCAL ASOCIACIÓN MUJERES | SEMANAL (1) |
3228 | OFICINAS BEHARGINTZA | ANEXO II B. |
3228 | PLAN EMPLEO LOCAL INTEGRADO | ANEXO II B. (SEMESTRE) |
2221 | COMISARIA CENTRAL | ANEXO II B. |
2221 | UNIDAD SANCIONES | ANEXO II B. |
2221 | COMISARIA KABIEZES | ANEXO II B. |
2221 | ARCHIVO POLICIA Y GARAJE VEHÍCULOS | ANUAL |
4512 | BIBLIOTECA ADULTOS KABIEZES | ANEXO II B. |
4512 | BIBLIOTECA XXXXXX | ANEXO II B. |
4512 | BIBLIOTECA INFANTIL KABIEZES | ANEXO II B. |
4512 | BIBLIOTECA CENTRAL | ANEXO II B. |
4512 | BIBLIOTECA Bº SAN XXXX/ LOCAL ASOCIACIÓN Y DISPENSARIO | ANEXO II B. |
4512 | DEPÓSITO LIBROS | ANUAL |
4222 | COLÉGIO PÚBLICO (C.P.) XXXXXX XXXX | XXXXX XX A. |
4222 | PREESCOLAR XXXXXX XXXX | ANEXO II A. |
4222 | ESCUELA INFANTIL XXXXXX XXXX | ANEXO II D. |
4222 | C.P. ITSASOKO AMA | ANEXO II A. |
4222 | C.P. LAS XXXXX | ANEXO II A. |
4222 | C.P. XXXXXXXX Y ESCUELA INFANTIL | ANEXO II A./ ANEXO II D |
4222 | HAURRESKOLA MIRABUENO | ANEXO II D. |
4222 | EPA I Y II (CASA DEL CURA) | ANEXO II B. |
4511 | COFRADÍA (2) | ANEXO II B. |
4511 | KULTUR ETXEA MAMARIGA | ANEXO II B. |
4513 | FRONTÓN MAMARIGA (VESTUARIOS) | SEMANAL |
4513 | GAZTEBOX | ANEXO II B. |
4513 | OFICINA JUVENTUD (LOCAL) | 2 VECES POR SEMANA (1) |
4224/4228 | CIFO Y FORMACIÓN OCUPACIONAL | ANEXO II B. |
4223 | ESCUELA DE MÚSICA | ANEXO II B. |
SKA | OFICINAS CULTURA (3) / CASA TORRE | ANEXO II C. |
SKA | KRESALA | ANEXO II C. |
SKA | XXXXXXXX KULTUR ARETOA | ANEXO II C. |
EUSKALTEGI | EUSKALTEGI | ANEXO II B. |
(1) Se respetarán las frecuencias no diarias del Anexo II B | ||
(2) Instalaciones a incluir en el 1º semestre 2011 | ||
(3) Baja tras incorporación a Casa Torre |
ANEXO II
FRECUENCIA DE ACTIVIDADES DE LIMPIEZA
A. CENTROS EDUCATIVOS
OPERACION | FRECUENCIA/MINIMA |
Barrido húmedo de pavimentos | Diaria |
Fregado de pavimentos | Diaria |
Aspirado de moquetas/alfombras | Diaria |
Limpieza y desinfección de aseos, WC, Alicatados lavabos y pavimentos | Diaria |
Limpieza y desempolvado de mobiliario | Diaria |
Limpieza xx xxxxxxxxx papeleras | Diaria |
Lavado y limpieza de manchas de tinta | Diaria |
o similares en mesas y pupitres | |
Limpieza Desempolvado de Extintores | Semanal |
Desempolvado y Limpieza de barandillas, pasamanos y limpieza de metales | Semanal |
Limpieza xx xxxxxxx, xxxxxx y cristales de las mismas | Semanal |
Limpieza de manillas y alrededores | Diaria |
Limpieza de radiadores y estufas | Semanal |
Limpieza de mobiliario deportivo | Semanal |
Limpieza de exteriores de puntos de luz | Trimestral |
Limpieza y desempolvado de techos y paredes | Anual |
Limpieza generales | Al inicio de curso, después de periodos vacacionales |
Extracción bolsas basura | Diaria |
Limpieza xx xxxxxxxx, limpieza de alfombras y moquetas | Semestralmente |
Limpieza xx xxxxxxxxx exteriores/interior | Mensualmente |
Abrillantado de suelos encerados, limpieza a fondo de persianas | Anualmente |
B. DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
OPERACIONES | FRECUENCIA/MINIMA |
Barrido húmedo de pavimentos | Diario |
Fregado de pavimentos | Diario |
Aspirado de moquetas/alfombras | Diario |
Limpieza y desinfección de aseos, WC, alicatados, lavabos y pavimentos | Diario |
Limpieza y desempolvado de mobiliario | Diario |
Limpieza xx xxxxxxxxx papeleras | Diario |
Lavado y limpieza de manchas de tinta o similares en mesas | Semanal |
Limpieza Desempolvado de Extintores | Semanal |
Desempolvado y Limpieza de barandillas, pasamanos | Semanal |
Limpieza xx xxxxxxx, xxxxxx y cristales de las mismas | Semanal |
Limpieza de manillas y alrededores | Diario |
Limpieza de radiadores y estufas | Semanal |
Limpieza de exteriores de puntos de luz | Trimestral |
Limpieza a fondo de mobiliario interior y exterior | Anual |
Limpieza generales | Anual |
Limpieza xx xxxxxxxx | Anual |
Limpieza xx Xxxxxxxxx por cara interior | Mensual |
Limpieza xx Xxxxxxxxx por cara exterior | Mensual |
Extracción bolsas basura | Diario |
Abrillantado de suelos encerados, limpieza a fondo de persianas | Anualmente |
Limpieza de metales | Semanalmente |
C. ORGANISMO AUTONOMO XXXXXXXX KULTUR ARETOA
OPERACIONES | FRECUENCIA/MINIMA |
Barrido húmedo de pavimentos | Diaria |
Fregado de pavimentos | Diaria |
Aspirado de moquetas/alfombras | Diaria |
Limpieza y desinfección de aseos, WC, alicatados, lavabos espejos y pavimentos | Diaria |
Limpieza y desempolvado de mobiliario | Diaria |
Limpieza xx xxxxxxxxx papeleras | Diaria |
Limpieza de manillas y alrededores | Diaria |
Extracción bolsas basura | Diaria |
Limpieza y barrido de cabinas | Diaria |
Limpieza de despachos y taquillas | Diaria |
Limpieza de espejos xx xxxxx | Diaria |
Limpieza y desempolvado del escenario | Diaria |
Limpieza de la piedra de la entrada | Diaria |
Limpieza del ascensor | Diaria |
Limpieza de vestuarios de acomodadores | Diaria |
Limpieza Desempolvado de Extintores | Diaria |
Limpieza de radiadores y estufas | Semanal |
Limpieza de camerinos y cuarto de aire acondicionado | Semanal |
Aspirado de moqueta xx xxxx | Semanal |
Barrido y fregado de suelos de la parte trasera de camerinos. | Semanal |
Limpieza del foso de escenario | Semanal |
Desempolvado y Limpieza de barandillas y pasamanos y limpieza de metales | Semanal |
Limpieza de carteleras exteriores | Semanal |
Limpieza de marquesina de la puerta principal | Quincenal |
Limpieza xx Xxxxxxxxx por cara interior | Quincenal |
Limpieza xx Xxxxxxxxx por cara exterior | Quincenal |
Limpieza de azulejos | Quincenal |
Limpieza xx xxxxxxx, xxxxxx y cristales de las mismas | Quincenal |
Limpieza de butacas | Quincenal |
Limpieza con máquina rotativa de la piedra de entrada | Mensual |
Decapado y encerado de suelos xx xxxxx | Mensual |
Limpieza xx xxxxxxx | Mensual |
Limpieza parte alta del escenario | Mensual |
Limpieza del cuarto xx xxxxxxxx (Sótano) | Mensual |
Limpieza de las dependencias de los antiguos camerinos (Incluido pasillo de salida) | Mensual |
Accesorios y escaleras de subida al peine del escenario | Mensual |
Limpieza de radiadores y estufas | Mensual |
Limpieza de exteriores de puntos de luz | Mensual |
Limpieza integral de la moqueta | Trimestral |
Limpieza general | Anual |
D. ESCUELAS INFANTILES
1.- El suelo de las aulas de 0-1 y 2.- años debe limpiarse todos los días con aspirador. 2.- Ese mismo suelo se debe limpiar todos los días con la fregona. Las paredes también se deben limpiar todos los días, hasta la altura cubierta por el linóleo.
3.- Se deben limpiar todos los días las cosas que utilizan los niños / as:
- Las sillas.
- Las mesas que se utiliza para comer.
- Las colchonetas de cambiar los pañales.
- Las encimeras de los cambiadores, etc. 4.- Las sábanas y mantas se deben limpiar con asiduidad:
- Las sábanas se limpiarán al menos una vez por semana.
- Las mantas, edredones, protectores se limpiarán al menos una vez al mes.
5.- Las colchonetas, las piscinas y los objetos de plástico que los niños / as utilizan diariamente y que están en contacto con el suelo se limpiarán semanalmente. Aún así, si los/as educadores / as ven que un juguete está sucio debido al uso que se le ha dado, éste debe limpiarse obligatoriamente, aunque se limpie más de una vez por semana.
6.- El entorno de la haurreskola debe mantenerse limpio, patio, accesos, zona de sillitas, etc.
Horario de trabajo
De 11.30 h a 13.30 h acudirá a la haurreskola una persona de limpieza que se encargará de limpiar las zonas de comedor del centro, recoger el office, poner el lavavajillas, esterilizar los biberones, limpiar baberos, etc.
Una vez cerrada la haurreskola a las 18.30 h se procederá a la limpieza ordinaria del centro.
Dentro de estos trabajos están incluidos la puesta de la lavadora y secadora las veces que fuesen necesarias con la ropa de cambio de las cunas y hamacas de los/as niños
/ as, baberos, otras
Estos horarios pueden variar según la hora de inicio y cierre de cada centro.
Otros
El linóleo se deberá limpiar con un limpiador específico para dichos suelos de pH neutro, evitando la humedad excesiva. No admite lejías ni amoniacos.
Una vez al año se aplicará un producto especial para el pulimento de suelos de linóleo y se pulirá.
ANEXO III
F. ANT | CATEGORÍA | HORAS/DIA |
12.04.2000 | ENC. GENERAL | 7 |
06.10.2008 | PEON ESP. | 7 |
06.03.2003 | LIMPIADORA | 7 |
06.03.2003 | LIMPIADORA | 7 |
06.03.2003 | LIMPIADORA | 7 |
06.03.2003 | LIMPIADORA | 7 |
29.09.2003 | LIMPIADORA | 7 |
04.10.1993 | LIMPIADORA | 7 |
04.10.1993 | LIMPIADORA | 7 |
02.05.2000 | LIMPIADORA | 7 |
01.12.2002 | LIMPIADORA | 7 |
08.07.1981 | LIMPIADORA | 7 |
01.03.1983 | LIMPIADORA | 7 |
01.01.1990 | ENC. DE OBRA | 7 |
07.02.1980 | LIMPIADORA | 7 |
21.05.1996 | LIMPIADORA | 7 |
02.04.2002 | LIMPIADORA | 7 |
16.02.1997 | LIMPIADORA | 7 |
06.05.1992 | LIMPIADORA | 7 |
11.11.2002 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.2003 | LIMPIADORA | 7 |
21.04.1997 | LIMPIADORA | 7 |
04.07.2006 | LIMPIADORA | 7 |
04.07.2006 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.1987 | LIMPIADORA | 7 |
23.06.2010 | PEON ESP. | 7 |
22.09.1973 | LIMPIADORA | 3 |
02.03.1992 | LIMPIADORA | 3 |
02.03.1992 | LIMPIADORA | 4 |
22.11.2002 | LIMPIADORA | 4 |
22.11.2002 | LIMPIADORA | 4 |
15.02.1999 | LIMPIADORA | 4 |
10.05.2005 | LIMPIADORA | 4 |
02.12.2002 | LIMPIADORA | 5 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 6 |
22.08.2006 | LIMPIADORA | 6 |
16.02.2004 | LIMPIADORA | 6 |
14.04.2004 | LIMPIADORA | 7 |
17.11.2003 | LIMPIADORA | 7 |
01.09.2003 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 2 |
26.04.2010 | LIMPIADORA | 7 |
01.09.2003 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 7 |
26.04.2010 | LIMPIADORA | 7 |
21.03.2005 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 4 |
03.06.1999 | LIMPIADORA | 7 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 7 |
24.06.2010 | LIMPIADORA | 3,5 |
01.11.1988 | LIMPIADORA | 7 |
14.04.1992 | LIMPIADORA | 7 |
03.04.1991 | LIMPIADORA | 7 |
01.09.2009 | LIMPIADORA | 7 |
05.10.2004 | LIMPIADORA | 3 |
26.04.2010 | LIMPIADORA | 7 |
14.10.1991 | LIMPIADORA | 7 |
01.09.1993 | LIMPIADORA | 7 |
01.07.2010 | LIMPIADORA | 7 |
05.10.2004 | LIMPIADORA | 7 |