Actualización de precios. La obligación de cotizar precio firme sin ajustes, o de formular parametricas de actualización de precios, será incluida en las cláusulas xxx xxxxxx particular. A falta de especificación en el pliego particular los oferentes que coticen precios reajustables, deberán establecer una formula parametirca que refleje la estructura de costos del producto o del servicio ofrecido, del tipo siguiente: P1 = PO( a A1 / AO+Bb1 / BO+…+mM1/MO+n) donde PO= monto de la propuesta, P1= monto actualizado de la propuesta a, b…/ m,n= coeficientes de incidencia de los parámetros. La suma de dichos coeficientes deberá ser igual a 1 . n = coeficiente que representa el componente de la oferta cuyo precio no esta sujeto a ajuste. A, B… M = parámetros o índices de los principales componentes de los costos del oferente. Los parámetros con subíndice O toman el valor vigente al ultimo día hábil o mes anterior a la fecha de apertura de la oferta, y los parámetros con subíndice 1 toman, para suministro, el valor vigente al día o mes anterior a la fecha de la entrega total o parcial de los bienes y, para la prestación de servicios, el promedio ponderado del valor del parámetro en el periodo de facturación. Cuando la entrega se realice dentro del plazo contractual, el ajuste del precio se calculara a entrega real. Si la referida entrega se realizara fuera de dicho plazo por razones imputables al proveedor o a sus subcontratistas, el ajuste de precios se calculara tomando como fecha de entrega la contractualmente convenida. Sin embargo, si esto implica una erogación mayor para la administración, se ajustara a entrega real. Los valores de todos lo parámetros contenidos en la formula de ajuste deberán ser documentados por publicaciones oficiales o que merezcan la confianza de la administración. Dichas publicaciones deberán estar claramente definidas en la oferta y, en caso de ser extrajeras, se incluirá una copia de las mismas. En el caso de suministros tarifados oficialmente en el País, la Administración no pagara precios o aumentos mayores a los decretados por la autoridad competente, aún cuando la formula parametrica eleve éstos a un valor superior. Asimismo, cuándo existan disposiciones conteniendo cláusulas que limiten el traslado de los aumentos a los precios, las mismas serán tenidas en cuenta
Actualización de precios. El precio del Contrato permanecerá inalterable durante la vigencia del contrato.
Actualización de precios. El Contrato está sujeto a ajuste de precios: Se aplicará la siguiente fórmula paramétrica de actualización de costo. El valor actualizado P de la obra realizada en un grupo de rubros "a" se define como: en cuya fórmula: Ka = coeficiente de actualización de los rubros que integran Po. Po = liquidación a precios de licitación de la obra considerada. El coeficiente Ka se calculará de acuerdo con la fórmula siguiente: en la que: Ka = subíndice que caracteriza un grupo de rubros j = porcentaje de incidencia en el costo de la mano de obra J = importe de Jornal Cuadrilla tipo DNV, según zona a la cual pertenezca la obra, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNVal mes de ejecución de los trabajos. JO = importe de Jornal Cuadrilla tipo DNV, según zona a la cual pertenezca la obra, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación. v = porcentaje de incidencia en el costo por concepto de: Gastos Generales, financiación, impuestos, imprevistos, beneficios y demás gastos no considerados en los otros grupos. CV = Índice de Precios al Consumo base diciembre 2010 para el mes de ejecución de la obra que se liquida, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV. CVo = Índice de Precios al Consumo base diciembre 2010 vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV. m = porcentaje de incidencia en el costo por concepto de materiales, combustibles, fletes, etc. qn = porcentaje de incidencia de cada material n en el total de materiales correspondiente al grupo de rubros. Qo = costo unitario del material n para el mes de ejecución de la obra que se liquida según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida. Qno = costo unitario del mismo material n vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida. d = porcentaje de incidencia en el costo correspondiente a amortización y reparación de equipos D' = Coeficiente D', según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida. D'o = Coeficiente D', según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV vigente al último día hábil...
Actualización de precios. 38.1 Una vez firmado el Convenio y durante toda su vigencia el Proveedor podrá actualizar los Precios ofertados según lo establecido en la Subcláusula 38.1 de los DDL. Para lo cual La ONCAE entregará las claves de acceso al Módulo de Cambio de Precios de “HonduCompras”.
Actualización de precios. El Contrato está sujeto a ajuste de precios: Se aplicará la siguiente fórmula paramétrica de actualización de costo. El valor actualizado P de la obra realizada en un grupo de rubros "a" se define como:
Actualización de precios. EL PROVEEDOR podrá actualizar los precios ofertados cada dos meses estableciéndose como fecha determinada el último día hábil del mes. La actualización de precios será realizada por EL PROVEEDOR con su acceso al módulo de proveedores delCATÁLOGO. Solamente en este periodo de cambios de precios, el proveedor realizará, además, la actualización de modelos y marcas o descuentos; se hará una evaluación a dichas marcas el cual debe de presentar y acreditar según los requerimientos técnicos presentados en su oferta solicitados en el pliego de condiciones además deberá remitir en un Dispositivo USB, las imágenes de los cambios a realizar y muestras de los productos. La ONCAE procederá a difundir cambio de marca, modelo o descuentos en el catálogo electrónico una vez recibida la información, dentro del plazo establecido del cambio de precio; la entrega de usuarios se realizará una vez que EL PROVEEDOR reciba la capacitación de dicho módulo. LA ONCAE habilitará el proceso de cambio de precios cinco (5) días hábiles, en este periodo el proveedor deberá remitir la información completa para hacer actualización de modelos y marcas o descuentos de no remitir la documentación completa y de manera correcta su solicitud no será atendida. El PROVEEDOR deberá enviar impreso el documento que se emite desde el sistema una vez realizado el cambio de precios, así como la declaración de que se han revisado los precios y los mismos son correctos. De tener algún reclamo, este debe hacerse a más tardar el último día hábil del cambio de precio, vencido el plazo establecido para el cambio de precio.
Actualización de precios. Los precios se ajustarán en forma semestral por IPC, tomando como índice base el vigente al momento de la apertura de ofertas.
Actualización de precios paramétricos. Los precios se mantendrán firmes durante todo el período de contratación, no admitiéndose ajustes
Actualización de precios. La actualización de precios será de 80% de la variación del IPC y se realizará en Enero, según la siguiente fórmula: P1 = P0*[0,8 .(A1lA0)]+P0*0,2 Siendo P1- Precio actual P0- Precio anterior AO-lndice de Precios al Consumo (lPC) al mes anterior a ta fecha de la apertura de la oferta, (para el primer ajuste). A1- índice de Precios al Consumo (lPC) al mes anterior a la fecha de ajuste "
Actualización de precios. No se contempla, siendo el precio fijado el de la propia adjudicación del contrato para toda su vida útil.