CLASES DE GARANTÍAS Cláusulas de Ejemplo

CLASES DE GARANTÍAS. Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
CLASES DE GARANTÍAS. Los oferentes o los cocontratantes deberán constituir garantías:
CLASES DE GARANTÍAS. En los procesos de contratación los oferentes o contratistas podrán otorgar únicamente, como mecanismos de cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías:
CLASES DE GARANTÍAS. Los oferentes o los cocontratantes deberán constituir las siguientes garantías conforme lo exige la Resolución DPSCA N° 32/2013, a saber:
CLASES DE GARANTÍAS. En aquellos casos y en las oportunidades previstas en el Reglamento, el postor o el contratista, según corresponda, está obligado a presentar las siguientes garantías:
CLASES DE GARANTÍAS. En los procesos de contratación, los oferentes o contratistas podrán otorgar, como mecanismos de cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías:
CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, deberán constituir garantías:
CLASES DE GARANTÍAS. Para garantizar la recuperación de los créditos otorgados, la Cooperativa exigirá garantías; las cuales podrán ser personales o reales:
CLASES DE GARANTÍAS. 8.2.1 El Asociado adjudicado se obliga a suscribir un Título Valor en reconocimiento de la obligación, y a constituir primera y preferente garantía mobiliaria a favor de PANDERO sobre el bien adquirido con el Certificado de Compra. De ser el caso PANDERO podrá solicitar garantías y/o fianzas adicionales y luego de una evaluación aceptará o no las garantías y/o fianzas, adicionales que la ley permita, ofrecidas por el Asociado.
CLASES DE GARANTÍAS a) De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. En los casos de licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en un monto fijo, por la jurisdicción o entidad contratante, en el pliego de bases y condiciones particulares.