PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA SIN ARMAS, AUXILIARES Y SISTEMAS DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y ENTIDADES PUBLICAS DEPENDIENTES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA SIN ARMAS, AUXILIARES Y SISTEMAS DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y ENTIDADES PUBLICAS DEPENDIENTES
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato tiene por objeto la prestación de servicio de vigilancia, seguridad y auxiliares en los edificios del Ayuntamiento xx Xxxxxx y en las siguientes entidades públicas dependientes del Ayuntamiento xx Xxxxxx:
• Bilbao Ekintza
• Bilbao Zerbitzuak
• Azkuna Zentroa
• Cimubisa
• Bilbao Kirolak
• Mercabilbao inicio 01/03/2017
Dado que se trata de un servicio declarado de adquisición centralizada para el Ayuntamiento xx Xxxxxx y entidades dependientes que se adhieran, la contratación derivada de esta licitación y la consiguiente facturación del servicio prestado correspondiente al ayuntamiento y a cada una de las entidades municipales adheridas se realizará de forma separada e independiente.
El presupuesto anual estimado para estas entidades, sin IVA, es de:
Bilbao Ekintza………………………………... | 170.190 €/a |
Bilbao Zerbitzuak…………………………….. | 111.335 €/x |
Xxxxxx Zentroa……………………………… | 445.000 €/a |
Cimubisa……………………………………… | 50.000 €/a |
Bilbao Kirolak………………………………… | 50.000 €/a |
Mercabilbao………………………………….. | 288.044 €/a |
2. - PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La empresa adjudicataria deberá prestar los siguientes servicios:
1. -La prestación del servicio de vigilancia sin armas y seguridad en los edificios y actividades municipales que se relacionan, con carácter enunciativo y no limitativo, en el Anexo I, y los de las entidades públicas dependientes, Anexo II, que podrán en algún caso estar ubicados fuera del término municipal xx Xxxxxx, mediante la aportación de personal con título de vigilante, dotado de los medios materiales y los elementos de prevención y defensa suficientes y servicios auxiliares ejercidos por personal auxiliar provisto de cuantos medios sean adecuados a las funciones de su categoría. Tanto vigilantes como personal auxiliar deberán estar debidamente uniformados.
Para la realización del servicio de vigilancia y auxiliares se utilizaran los precios unitarios ofertados en el Anexo A. Pecios unitarios de vigilancia y auxiliares, no pudiendo superar el presupuesto de licitación.
2.- Mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones de videovigilancia, seguridad y control de accesos indicados en el Anexo I y los de las entidades públicas dependientes, Anexo II, que podrán en algún caso estar ubicados fuera del término municipal xx Xxxxxx.
Para la realización de todo el mantenimiento preventivo se tomarán como base los precios ofertados en el Anexo B, Precios unitarios para el mantenimiento preventivo por edificio.
Estos precios unitarios se aplicaran tanto a los edificios y actividades municipales como a las entidades dependientes adheridas.
Para la realización de todo el mantenimiento correctivo se tomarán como base los precios unitarios ofertados en el Anexo C, a los que se aplicara la baja ofertada. Estos precios unitarios descontando la baja ofertada se aplicaran tanto a los edificios y actividades municipales como a las entidades dependientes adheridas.
3.- La ejecución de inversiones. El contrato conlleva la realización de las inversiones de cuantos proyectos, obras, instalaciones o suministros contribuyan a mejorar la seguridad de los edificios mediante la instalación de los elementos, tanto en las instalaciones de seguridad en control de accesos, como en la detención de intrusos y videovigilancia. Estas inversiones consistentes tanto en proyectos como en obras, o como en suministros se ejecutarán previa adjudicación individualizada de los correspondientes contratos derivados del acuerdo marco, tomando como base la aplicación de la baja ofertada a los precios unitarios especificados en el Anexo C, Precios unitarios para el mantenimiento correctivo e inversiones.
Estos precios unitarios descontando la baja ofertada se aplicaran tanto a los edificios y actividades municipales como a las entidades dependientes adheridas.
4.- La prestación de los servicios de seguridad que eventualmente puedan ser demandados por el ayuntamiento o las entidades públicas dependientes para atender a necesidades que pudieran surgir y que requieran de la colaboración de personal vigilante y/o auxiliar, que podrán en algún caso estar ubicados fuera del término municipal xx Xxxxxx.
3.- NORMATIVA APLICABLE
Los servicios a contratar se llevarán a cabo por la empresa adjudicataria con arreglo a lo previsto en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en aplicación de la legislación vigente reguladora de esta materia, y en particular:
x. Xxx 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada.
b. RD 2364/94, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, modificado por los RD 1123/2001, de 19 de octubre, RD 4/2008, de 11 de enero y RD 1628/2009, de 30 de octubre.
x. Xxx Orgánica 4/2015, de 30 xx xxxxx sobre protección de la Seguridad Ciudadana.
d. Ordenes de desarrollo del Ministerio del Interior y demás disposiciones reguladoras de la actividad de Seguridad Privada.
x. Xxx 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos laborales.
x. Xxx Orgánica 15/99, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, modificada por la Disposición Final quincuagésima sexta de la Ley 2/2011 de 4 xx xxxxx de economía sostenible.
g. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
x. Xxx Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
x. Xxx 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización Lingüística.
x. Xxx Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, modificada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 xx xxxxx
4.- PRESTACION DEL SERVICIO
Para la prestación del servicio objeto del contrato se tomará como base los precios unitarios ofertados (precios/hora en días laborables, festivos, diurnos y nocturnos) en el Anexo A, Precios unitarios de vigilancia y auxiliares, no pudiendo superar el presupuesto de licitación.
Estos precios unitarios se aplicaran tanto a los edificios y actividades municipales como a las entidades dependientes adheridas.
El contenido mínimo de la prestación de los servicios será el descrito a continuación, con carácter enunciativo y no limitativo.
4.1.- SERVICIO DE VIGILANCIA
La prestación del servicio de vigilancia sin armas y seguridad en los edificios y actividades municipales se realizará por vigilantes de seguridad; este personal estará debidamente acreditado y uniformado, debiendo ir provisto de una placa de identificación (distintivo) colocada en lugar visible, equipo de trasmisión portátil por puesto, recambios y equipos de reserva que sean necesarios para la no interrupción del servicio, linternas y demás material adecuado en cada caso, y consistirá en acción protectora de carácter preventivo con el fin de evitar la comisión de hechos delictivos y otro tipo de infracciones sobre personas físicas, jurídicas, bienes de todo tipo e instalaciones y que comprende en todo caso las siguiente actuaciones:
1 Control de accesos a las dependencias de personas, mediante controles de identidad, con la utilización en su caso, del arco de seguridad instalado a tales efectos, facilitándoles información y, en su caso, direccionándolas al servicio donde se dirijan, así como el tránsito en las zonas de acceso restringido.
2 Control de accesos a las dependencias de vehículos y mercancías; vigilancia de los aparcamientos de vehículos y ordenación, cuando resulte preciso, del tráfico interior o hacia el exterior, así como del tránsito en las zonas reservadas o de circulación restringida en el interior.
3 Gestión de Centros de Control y de los sistemas y medidas de seguridad (CCTV, Intrusión, Megafonía, Acceso vehículos y visitas, etc...) ya instalados o que en el futuro puedan instalarse en las dependencias.
4 Control de correspondencia, mensajería y paquetería incluyendo manipulación y transporte necesario para su correcta inspección y sellado de verificación. Manejo y control de scanner, detectores, videovigilancia, centrales de alarma y demás medios técnicos instalados o que en el futuro puedan instalarse en cualquiera de las dependencias.
5 Servicio de rondas de edificios y recintos que permitan determinar anomalías y/o mal funcionamiento de las instalaciones del centro o de la seguridad del mismo, debiendo emitirse el pertinente informe en caso de detectarse anomalías.
6 Participación activa con sus medios humanos y materiales con el personal de mantenimiento del centro en cualquier incidencia y especialmente en las emergencias de cualquier tipo que se produzcan, así como desarrollar funciones de inspección visual activa y preventiva que permitan determinar incidencias, anomalías y/o mal funcionamiento de las instalaciones etc…existencia de pintadas, actos vandálicos o delictivos de cualquier tipo y cualquier incidencia, que deberá ser reflejada de los partes diarios. Tendrá a su disposición los teléfonos de los diferentes servicios de mantenimiento y reparación de averías.
7 Custodia de llaves y entrega de las mismas a personas autorizadas y que así se determine.
8 Encendido y apagado xx xxxxx o puesta en funcionamiento y apagado de cualquiera de las instalaciones.
9 Cierre diario de los edificios fuera de horario de trabajo con comprobación de que no existen personas usuarias en los mismos, así como del perfecto estado y/o situación de la seguridad. El cierre de un edificio se realizará en horario nocturno a partir de las 22 horas, y consiste en realizar una ronda, proceder al desalojo de las personas que pudieran quedar en el interior del edificio verificando que éste se encuentra vacío, comprobar que las luces y equipos eléctricos quedan apagados, procediendo al apagado de aquellos que no lo estuvieran y cerrar el edificio.
10 En el precio del contrato estará incluido el cierre diario de los siguientes edificios municipales:
a. Edificio Consistorial.
b. San Xxxxxxx.
x. Xxxxx.
x. Xxxxxx Panadera.
11 Elaboración de los partes diarios de incidencias con indicación expresa de los horarios de rondas, cambios producidos por necesidades del servicio, relación del personal y detalle de las mismas.
12 Gestión de la CRA de intrusión, y video vigilancia etc.
13 Disponer de servicio de acuda y vigilancia dinámica. Cuando suenen alarmas en los edificios, para entrega de llaves etc.
14 Prestar toda la colaboración que sea necesaria a las fuerzas y cuerpos de seguridad y solicitar el auxilio de los mismos cuando fuere preciso.
15 Guardar la más estricta confidencialidad con respecto a los datos personales, profesionales y cuanta documentación se encuentre depositada en el centro, tanto la referente a los empleados de la misma como de terceras personas.
16 Asesorar al ayuntamiento sobre la mejora de las situaciones de seguridad en los edificios municipales.
17 Comunicación de cualquier incidencia o anomalía que se detecten o se produzca al personal vigilante de seguridad.
18 Apertura y cierre dentro del horario de trabajo de las dependencias donde se presta el servicio, comprobando que no existen usuarios en las mismas, así como del perfecto estado y/o situación de la seguridad.
19 Verificación exterior detallada de las instalaciones mediante el servicio de acuda ante una alarma fuera del horario laborable.
20 Cuantas funciones sean propias de su categoría profesional
4.1.1.- INSPECCIONES
La empresa adjudicataria efectuará como mínimo una inspección semanal en cada uno de los puestos de trabajo, verificando el cumplimiento de las funciones asignadas en cada puesto.
4.2.- SERVICIOS AUXILIARES
La prestación de estos servicios se realizará por Personal Auxiliar debidamente uniformado, debiendo ir provisto de un equipo de trasmisión portátil por puesto, recambios y equipos de reserva que sean necesarios para la no interrupción del servicio, linternas y demás material adecuado en cada caso, y consistirá en la prestación del auxilio o la cooperación necesaria para que las personas usuarias o visitantes de las instalaciones, así como el personal municipal puedan disfrutar de un servicio adecuado en relación con sus materiales e infraestructuras, y que comprende en todo caso las siguientes actuaciones:
1 Encendido y apagado xx xxxxx o puesta en funcionamiento y apagado de cualquiera de las instalaciones.
2 Apertura y cierre dentro del horario de trabajo de las dependencias donde se presta el servicio, comprobando que no existen personas usuarias en las mismas, así como del perfecto estado y/o situación de la seguridad.
3 Control de accesos a las dependencias de personas usuarias, información a las mismas y en su caso, direccionarlas al servicio donde se dirijan, y de tránsito en zonas reservadas o de circulación restringida en el interior.
4 Recepción de llamadas que se produzcan y remisión, en su caso, al departamento que corresponda.
5 Comunicación de cualquier incidencia o anomalía que se detecte o se produzca.
6 Participación activa con sus medios humanos y materiales con el personal de mantenimiento del centro en cualquier incidencia y especialmente en emergencias de cualquier tipo que se produzcan, así como comunicar al personal vigilante de seguridad cualquier incidencia, anomalía y/o mal funcionamiento de las instalaciones que se detecten etc…existencia de pintadas, actos vandálicos o delictivos de cualquier tipo.
7 Elaboración de los partes diarios de incidencias con indicación expresa de los horarios de rondas, cambios producidos por necesidades del servicio, relación del personal y detalle de las mismas
8 Guardar la más estricta confidencialidad con respecto a los datos personales, profesionales y cuanta documentación se encuentre depositada en el centro, tanto la referente a los empleados de la misma como de terceras personas.
9 En el caso de Mercabilbao, tareas de cobro de accesos, su conciliación y el ingreso de las cantidades cobradas en una sucursal bancaria.
10 Cuantas funciones sean propias de su categoría profesional.
4.2.1.- INSPECCIONES.
La empresa adjudicataria efectuará como mínimo una inspección semanal en cada uno de los puestos de trabajo no esporádicos, verificando el cumplimiento de las funciones asignadas en cada puesto.
4.3.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO
4.3.1.- CONCEPTO
Se entiende por mantenimiento preventivo al conjunto de labores fijas, consistentes en la práctica de todas las inspecciones, actuaciones, revisiones, etc recogidas en la normativa sobre seguridad y sistemas y en el Plan de Mantenimiento Preventivo, a elaborar por el adjudicatario, destinadas a detectar el deterioro de un sistema, dispositivo o componente de modo que se proceda a su reparación o sustitución antes de que ocasione una avería que pueda afectar al servicio.
El servicio de mantenimiento preventivo comprende la realización de unas labores fijas que en todo caso deberá incluir la empresa adjudicataria en la redacción de un Plan de Mantenimiento Preventivo por cada uno de los edificios incluidos en el Anexo I.
Para la realización del servicio de mantenimiento preventivo se tomarán como base los precios unitarios ofertados (precios en función delas cámaras, sensores, arcos scanner etc.) en el Anexo B, Precios unitarios para el mantenimiento preventivo, no pudiendo superar el presupuesto de licitación, ni los precios unitarios previstos para cada tipo de equipo relacionados en el Anexo B.
4.3.2.- MEDIOS HUMANOS DESTINADOS AL MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
La empresa adjudicataria destinará los medios humanos necesarios para cumplir puntualmente las labores de mantenimiento preventivo.
4.3.3.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Todas las operaciones que no requieran suministro de ningún tipo de material ni repuesto, estarán incluidas dentro del mantenimiento preventivo, dejando siempre constancia de su revisión y de la labor realizada en la correspondiente ficha.
La realización de fichas técnicas, así de como los albaranes, corresponderá a la empresa adjudicataria. No se considerará material, ni repuesto, a todos los medios auxiliares necesarios para la realización de los correspondientes trabajos, tales como andamios, transporte, camiones grúa, etc.
Las operaciones de mantenimiento preventivo se realizarán normalmente dentro del horario laboral, si bien se estudiará la modificación de éste en función de la repercusión que pudiera tener sobre el servicio.
Las operaciones de mantenimiento preventivo que requieran el corte de los servicios, o aquellas otras en las que no se pueda garantizar su continuidad, se realizarán en el horario que menos afecten a la disponibilidad del servicio. En estos casos el horario será prefijado con el personal técnico municipal responsable del contrato, pudiendo abarcar cualquiera de las 24 horas del día.
En caso de que se decida la ejecución de alguna verificación adicional, esto no supondrá un incremento en el coste ofertado mientras que tal verificación no implique un incremento significativo de los tiempos de revisión necesarios ni de instrumentación de uso normal dentro del sector.
Las visitas de mantenimiento preventivo se planificarán y comunicarán al personal técnico municipal responsable del contrato con suficiente antelación. La comunicación adjuntará, además de la fecha y horas propuestas para la revisión, el protocolo de mantenimiento preventivo a seguir. El personal técnico municipal responsable del contrato deberá aprobar esta documentación antes de que se proceda a realizar las tareas de mantenimiento preventivo.
El ayuntamiento verificará y validará el cumplimiento de las inspecciones y trabajos detallados en un Plan de Mantenimiento, para ello se prepararán unos albaranes que incluirán los siguientes apartados, para ser cumplimentado por el operario designado:
- Identificación del inmueble
- Identificación del elemento
- Ubicación
- Operación de mantenimiento
- Frecuencia
- Tiempo previsto para la realización de los trabajos
- Fecha real de realización
- Tiempo empleado
- Visto bueno por parte del representante municipal en el inmueble
- Estado general y anomalías observadas
Como resultado de las inspecciones que se realicen periódicamente, la contratista detallará en un informe valorado las anomalías o deficiencias detectadas y que sí requieran suministro de material y/o recambios.
4.3.4.- PLAN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El Plan de Mantenimiento Preventivo recogerá todas las actuaciones dirigidas a conseguir el correcto funcionamiento de las instalaciones, cuyo detalle constará en una serie de fichas, en las que se indiquen aspectos mínimos tales como las características de las instalaciones, las instrucciones de mantenimiento, el alcance de las revisiones y la periodicidad de las mismas, documentación gráfica de las instalaciones, planos, esquemas, etc. respecto a cada uno de los elementos objeto del contrato.
En los 30 días posteriores a la firma del Acta de Inicio del Contrato se entregará al ayuntamiento un planning con un índice donde se establezcan los plazos, tipos de fichas, periodicidad de inspecciones, las labores básicas del mantenimiento preventivo y el análisis de cada edificio.
A tal efecto, la empresa adjudicataria estará obligada a la elaboración, entrega y aprobación, en un máximo de tres meses desde la fecha del Acta de Inicio del contrato, del Plan de Mantenimiento Preventivo de todos y cada uno de los inmuebles contenidos en el Anexo I.
A partir de la aprobación del plan por el ayuntamiento se realizarán las inspecciones periódicas y las labores de mantenimiento en las fechas establecidas por el plan, así como los documentos antes citados sobre los inmuebles inventariados y los que se incorporen al uso municipal.
4.3.5.- OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A REALIZAR
Se deberá cumplir obligatoriamente la periodicidad, revisiones etc. definidos en la normativa vigente.
4.3.5.1.- SEGURIDAD
En este apartado de seguridad se deberá cumplir obligatoriamente, como mínimo, la periodicidad, revisiones etc definidos en la normativa vigente.
4.3.5.2.- SISTEMAS DE INTRUSIÓN
A - Central de alarma
Acciones trimestrales:
• Comprobación del funcionamiento de la instalación
• Sustitución de pilotos, fusibles, etc. defectuosos.
• Mantenimiento de acumuladores y limpieza xx xxxxxx.
• Fecha de revisión en etiqueta adhesiva.
• Certificado de trabajos realizados.
Acciones anuales:
• Comprobación de la alimentación eléctrica.
• Verificación del estado general de la central.
• Verificación de uniones roscadas o soldadas.
• Regulación de tensiones e intensidades.
• Reconocimiento, reposo, activación, etc.
• Verificación de la sectorización de áreas de actuación así como de los equipos de transmisión de alarmas.
• Prueba de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.
• Comprobación del funcionamiento de la central.
• Fecha de revisión en etiqueta adhesiva.
• Certificado de trabajos realizados.
B - Sirenas de alerta Acciones trimestrales:
• Comprobación de funcionamiento de la instalación con cada fuente de suministro
eléctrico.
• Sustitución de pilotos, fusibles, etc. defectuosos.
• Mantenimiento de acumuladores y limpieza xx xxxxxx.
Acciones anuales:
• Verificación del estado de la sirena.
• Comprobación de la señalización de los cableados.
• Comprobación del funcionamiento de la sirena.
C - Detectores de intrusión Acciones trimestrales:
• Comprobación de funcionamiento de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.
• Sustitución de pilotos, fusibles, etc. defectuosos.
• Mantenimiento de acumuladores y limpieza xx xxxxxx.
Acciones anuales:
• Verificación de la instalación.
• Verificación de uniones roscadas y soldadas.
• Limpieza y reglaje de relés.
• Regulación de tensiones e intensidades.
• Verificación de los equipos de transmisión de alarma
• Prueba de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico
• Verificación del estado general del detector
• Comprobar que los detectores se encuentren correctamente fijados
• Verificación del estado de los cableados y su señalización
• Comprobación de la resistencia de contacto del relé de salida
• Verificación de los equipos de transmisión de alarma
• Verificación del correcto funcionamiento de la instalación, mediante prueba real en todas las zonas del edificio
• Mantenimiento de acumuladores (limpieza xx xxxxxx, reposición de agua destilada, si procede)
D - Sistema C.C.T.V.:
• El mantenimiento preventivo incluye todas las comprobaciones, revisiones y chequeos necesarios para el sistema suministrado, tanto en la parte correspondiente a la infraestructura de red como en la relativa al centro de control y comunicaciones.
• La periodicidad de las revisiones será, como mínimo, cuatrimestral.
• Durante estas visitas se realizará un examen completo, limpieza general, ajuste, comprobación y verificación de la conformidad con las características mecánicas, eléctricas, configuraciones, etc. de todos los elementos, módulos y equipos, así como de los cables o líneas de interconexión y alimentación.
• Revisión del funcionamiento de las cámaras, monitores, soportes y demás equipamiento, realizando los ajustes necesarios en cada caso sobre el brillo, contraste, color resolución, etc.
• Limpieza de carcasas, ópticas y circuitería.
• Revisión xx xxxxxxx de alimentación, cableados etc.
• Comprobar la correcta orientación de las cámaras, su enfoque, pre posicionamientos, etc., y en caso de ser motorizadas, comprobación del correcto funcionamiento de las mismas.
• Comprobar la calidad e las imágenes grabadas, así como los criterios de grabación.
• Actualización del firmware o software, y revisión del hardware de grabación.
• Tras la realización de la inspección, la empresa adjudicataria redactará y entregará al personal técnico municipal responsable un parte de mantenimiento preventivo, en el que se recojan todas las incidencias producidas.
E - CENTRO DE RECOGIDA DE ALARMAS
El mantenimiento preventivo incluye todas las comprobaciones, revisiones y chequeos necesarios para el correcto funcionamiento del sistema, tanto en la parte correspondiente a la infraestructura de red como en lo relativo al centro de control y comunicaciones.
La periodicidad de las revisiones será, como mínimo, cuatrimestral.
Se realizará un examen completo, limpieza general, ajuste, comprobación y verificación de la conformidad con las características mecánicas, eléctricas, configuraciones, etc. de todos los elementos, módulos y equipos, así como de los cables o líneas de interconexión, comunicaciones y alimentación.
Tras la realización de la inspección, la empresa adjudicataria redactará y entregará al personal técnico municipal responsable un parte de mantenimiento preventivo, en el que se recojan todas las incidencias producidas.
Las operaciones de mantenimiento preventivo se realizarán normalmente dentro del horario laboral, si bien se estudiará la modificación de éste en función de la repercusión que pudiera tener sobre el servicio.
4.3.5.3-CONTROL DE ACCESOS, ARCOS Y SISTEMAS DE INSPECCIÓN DE PAQUETERÍA
A - Sistemas de inspección de paquetería. La periodicidad indicada será como mínimo:
Semestralmente
• Realizar todas las verificaciones y comprobaciones sobre los parámetros y elementos del sistema relacionadas con la seguridad radiológica del equipo y de acuerdo con lo normativamente establecido para asegurar las condiciones de seguridad frente a la emisión de radiaciones ionizantes.
• Realizar sobre el equipo todas las comprobaciones, verificaciones, ajustes, limpieza de elementos internos y otras actuaciones prescritas para el mantenimiento preventivo del sistema.
• Se realizará un informe técnico tras cada una de las revisiones periódicas a efectuar sobre el equipo.
B - Arcos Semestralmente:
• Comprobar que el equipo está correctamente configurado para su función.
• Comprobar que detecta correctamente en cada una de las zonas programadas.
• Realizar sobre el equipo todas las comprobaciones, verificaciones, ajustes, limpieza de elementos internos y otras actuaciones prescritas para el mantenimiento preventivo del sistema.
• Se realizará un informe técnico tras cada una de las revisiones periódicas a efectuar sobre el equipo.
4.4.- MANTENIMIENTO CORRECTIVO
4.4.1.- CONCEPTO.
Los servicios de mantenimiento correctivo consistirán en la realización de todas las operaciones necesarias para conseguir la reparación de la avería o incidencia que pueda surgir en los elementos que componen las instalaciones objeto del contrato por cualquier causa, comprobándose que queden correctamente funcionando todas sus prestaciones y rendimientos en el menor plazo de tiempo posible.
4.4.2.- ORDENES DE CONSERVACIÓN
Cuando se produzca una incidencia, el ayuntamiento emitirá una orden de mantenimiento correctivo. El contenido de los trabajos a realizar comprenderán operaciones en videovigilancia y circuitos cerrados de televisión, protección anti intrusión, control de accesos, centro de recepción de alarmas.
Cada orden se ejecutará en los plazos previstos en la misma, indicándose la fecha de inicio de los trabajos, y el plazo de ejecución, así como las operaciones a realiza y el presupuesto. Los trabajos correspondientes a cada orden, quedan garantizados por el plazo de un año a contar desde la fecha de la liquidación correspondiente a la misma, y los equipos suministrados estarán sujetos a las garantías legales correspondientes según la ley vigente. Durante ese plazo la empresa adjudicataria responderá de los desperfectos o deficiencias imputables a la incorrecta ejecución de los mismos, sin costo alguno. Todos los trabajos incursos en tal situación, deberán finalizarse en las debidas condiciones para que puedan ser liquidados a la adjudicataria, en los plazos que señale cada orden.
4.4.3.-MEDIOS HUMANOS Y TIEMPO DE RESPUESTA ANTE LAS INCIDENCIAS.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición del ayuntamiento sin cargo adicional 100 horas anuales de personal técnico para la ejecución de mantenimiento correctivo que no
requiera sustitución de materiales, ya que en este último caso la mano de obra se encuentra incluida en el precio unitario del material instalado. Detallará también en su oferta el número de personal técnico disponible para el mantenimiento correctivo en su plantilla.
El tiempo máximo de respuesta ante incidencias graves será de dos horas, y de cuatro horas para incidencias menos graves.
La resolución de las incidencias graves nunca podrá ser superior a siete días naturales, y la de las incidencias menos graves no podrá ser superior a quince días naturales.
Para la realización del servicio de mantenimiento correctivo se tomarán como base la aplicación de la baja ofertada a los precios unitarios indicados en el Anexo C, Precios unitarios para el mantenimiento correctivo e inversiones...
4.5.- DOCUMENTACION A ENTREGAR AL AYUNTAMIENTO CON MOTIVO DE LAS INSTALACIONES EJECUTADAS.
4.5.1.-PARA INSTALACIONES NUEVAS O RENOVADAS.
En el caso de que el ayuntamiento lo estime preciso la empresa adjudicataria entregará la siguiente documentación con motivo de la ejecución de las obras realizadas. La documentación vendrá firmada por personal técnico competente y podrá contener, en su caso, los siguientes documentos, además de todos aquellos que exija la normativa vigente:
a) Memoria
b) Programa valorado de trabajos
c) Planos
d) Pliego de prescripciones técnicas particulares
e) Presupuesto, estado de mediciones y cuadros de precios 1 y 2
f) Estudio y/o plan de seguridad y salud
g) Plan de gestión de residuos, si procede
h) Manual de uso y mantenimiento de la instalación
i) Programa de control de calidad
La empresa deberá contar con los medios necesarios: personal técnico competentes (con Ingeniería Superior o Ingeniería Técnica), delineantes… etc...
La adjudicataria estará obligada a la redacción, durante los 3 primeros meses de vigencia del contrato, de un Plan Estratégico para la modernización y unificación de todos los sistemas de alarmas de intrusión, control de accesos y videovigilancia de todos los inmuebles contenidos en el Anexo I. Se incluirá un plan de inversiones debidamente priorizadas para su realización dentro de la duración del contrato y con el presupuesto que se dote a dicho plan.
El coste de la elaboración de la documentación a entregar se considera incluido en el precio de los elementos constitutivos de la obra, cuyo importe se recoge en el los precios unitarios ofertados en el Anexo C. Si este anexo careciera del precio de algún elemento en concreto, se aplicará el precio contradictorio que la administración apruebe; en el caso de no llegarse a un acuerdo en el precio, el Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá contratar con cualquier otro suministrador diferente del adjudicatario los equipos no relacionados en el Anexo C adjunto.
Desde la petición de cualquier oferta hasta su entrega al ayuntamiento no podrán transcurrir más de quince días naturales para aquellas ofertas de un valor inferior, IVA excluido, de 10.000 Euros, ni 30 días naturales para las ofertas de un valor inferior, IVA excluido, de 90.000 Euros; cualquier oferta con valor superior a 90.000 Euros, IVA excluido, se entregara en un plazo máximo de 45 días naturales.
4.5.2.- PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS
La empresa adjudicataria dispondrá del personal debidamente cualificado para la elaboración de los planes de seguridad y de protección específicos para cumplir con los requerimientos de las leyes y reglamentos que se citan a continuación:
- La directiva 2008/114/CE del Consejo de la Unión Europea, de 8 de diciembre, sobre la identificación y designación de Infraestructuras Criticas Europeas y la evaluación de las necesidad de su mejor protección.
- La ley 8/2011 de 28 xx xxxxx, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras criticas.
- Real decreto 704/2011 de 20 xx xxxx, por el que se aprueba el reglamento de protección de las infraestructuras críticas.
4.6.- CENTRAL DE RECEPCION DE ALARMAS MUNICIPAL.
Al disponer el Ayuntamiento xx Xxxxxx de un sistema propio de recepcion de alarmas, se exige a la empresa adjudicataria la necesaria tenencia de una CRA conectada a este sistema de recepción. Además, la adjudicataria deberá gestionar el resto de las instalaciones antiintrusión no conectadas a este sistema de las que disponga el ayuntamiento a lo largo del contrato.
La prestación de este servicio consiste en un centro de recogida y atención de todos los avisos y alarmas que se generen integradas en las receptoras del ayuntamiento y entidades dependientes. En todo caso el plan de mantenimiento definirá un protocolo de actuación de acuerdo con el ayuntamiento, incluyendo la una obligación de barrido diario de las cámaras de videovigilancia para comprobar que funcionan correctamente.
El sistema de recepción de alarmas se encarga de recibir las alarmas de intrusión, responsabilizandose la adjudicataria, en todo caso de la actualizacion de estos equipos (actualizaciones de software) y de su gestión (altas, bajas, y modificaciones de alarmas), asi como de la conexión de estos equipos con su Central Receptora de Alarmas; la conexión y el costo anual de la misma se consideran incluidas en el precio de adjudicación del mantenimiento preventivo.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxx 40 horas anuales de personal técnico debidamente formado para la gestión y actualización o reconfiguración del sistema de recepción de alarmas propio del ayuntamiento, además de las correspondientes ya incluidas en otros puntos de este pliego.
4.6.1.-CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS. CRA
La empresa adjudicataria dispondrá de un centro de recogida y atención de todos los avisos y alarmas que se generen, ofreciendo un servicio 365 x 24.
Las alarmas que recibirá la citada CRA de la adjudicataria, son:
- Todas las alarmas integradas en las receptoras del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
- Todas las alarmas de intrusion de aquellos edificios no integrados en el sistema de recepcion de alarmas del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Cuando se solicite asistencia técnica o informar de un aviso, el personal de la CRA de la adjudicataria registrará la siguiente información que permita realizar el seguimiento del estado de las incidencias:
- Fecha de comunicación del aviso
- Estado de incidencia a abierto
- Nombre de la persona o entidad que comunica el aviso
- Nombre y teléfono de la persona de contacto en la instalación donde se ha producido la incidencia
- Etc.
La central se responsabilizará, en función del tipo de alarma, de notificar el evento a las personas responsables de su solución.
En general, las funciones de este puesto se centran en la atención, con la mayor celeridad y eficacia posibles, a las señales de alarma procedentes de instalaciones o dispositivos, siguiendo los procedimientos y protocolos de actuación definidos, con el fin de concluir la resolución de la incidencia minimizando los perjuicios y riesgos.
El personal que opere la C.R.A. de la empresa adjudicataria también se ocupará de introducir en el sistema de información todos los datos relevantes sobre las incidencias tratadas.
Asimismo, este personal realizará el control de televigilancia de los centros según la programación que se establezca, y en todo caso, cuando se active una alarma de intrusión en cualquiera de los centros dotados de videovigilancia conectados al centro de grabación del ayuntamiento situado en el CPD, para tratar de determinar si la alarma es real y proceder en consecuencia.
En todo caso, el servicio conlleva una necesaria respuesta ante las alarmas que se produzcan en los edificios del ayuntamiento, mediante un protocolo que se acordará con la empresa adjudicataria.
4.6.2.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE RECEPCION DE ALARMAS
En el caso de recepción de alarmas en el horario en que el Centro esté abierto, se llamará a los teléfonos de contacto del Centro (teléfonos fijos), y se solicitará la clave del Centro. Si la respuesta es correcta se considerará la incidencia resuelta, en caso contrario, el Servicio de Acuda se personará en el Centro y actuará en consecuencia.
En caso de alarmas producidas en horario de noches, domingos y festivos se llamará al Servicio de Acuda que se personará en el Centro para efectuar una verificación ocular de las instalaciones. Si observase signos de intrusión avisará a la Policía Municipal, en caso contrario comunicará a la CRA la falsa alarma.
Si la alarma se repitiese se pasará parte al Servicio de Mantenimiento.
La empresa adjudicataria incluirá dentro del mantenimiento preventivo un servicio de acuda para la resolución de las incidencias de 10 servicios anuales.
4.6.3.- VIDEOVIGILANCIA
El ayuntamiento dispone de varios videograbadores de cámaras de videovigilancia, correspondiendo al adjudicatario la gestión de los mismos así como de su mantenimiento (altas bajas y modificaciones de cámaras).
La policía municipal dispone en Miribilla un videograbador que centraliza las imágenes de los centros de Seguridad Ciudadana.
En el Centro de proceso de datos del ayuntamiento, está instalado un videograbador centralizado donde se van integrando las diferentes instalaciones municipales con conexión a la fibra óptica municipal.
La empresa adjudicataria instalará, a su xxxxx, un cliente de videovigilancia en su CRA para el visionado de las cámaras integradas en el centro de grabación instalado en el Centro de Proceso de Datos del Ayuntamiento xx Xxxxxx; el costo del enlace, tanto de su establecimiento como de su mantenimiento, será a cargo de la adjudicataria.
La empresa adjudicataria extraerá tantas veces como sea necesario, a petición del ayuntamiento, las grabaciones almacenadas en cualquiera de los videograbadores, a fin de informar de los incidentes que se produzcan, que presumiblemente hayan sido grabados, y sean presuntos delitos.
La adjudicataria se responsabilizara de la gestión (altas, bajas y modificaciones), así como de la actualización del software de todos los grabadores de imágenes, tanto si son de instalaciones individuales como de los servidores centralizados.
La adjudicataria pondrá a disposición del ayuntamiento 60 horas anuales de personal técnico debidamente formado para la gestión, actualización y reconfiguración del sistema de videovigilancia, además de las correspondientes ya incluidas en otros puntos de este pliego.
4.7.- CUSTODIA DE LLAVES
La empresa adjudicataria incluirá dentro del precio del contrato, en su apartado de mantenimiento preventivo, un servicio de custodia de llaves, este servicio será de 365 x 24.
El servicio de custodia de llaves consiste en el depósito, por parte del ayuntamiento, de los juegos de llaves de los edificios municipales, a fin de poder disponer de ellos cuando lo estime necesario.
El precio de la custodia de llaves se valorará por edificio, con independencia del número de llaves que se custodien del edificio.
Las llaves se ubicarán dentro de una caja en un espacio reservado para el ayuntamiento (Edificios Municipales) donde quedarán perfectamente diferenciadas, separadas y clasificadas.
La custodia de llaves contempla la entrega y recogida de llaves, cuando se requiera a petición tanto del ayuntamiento, como del personal autorizado por este, a fin de resolver las incidencias que se produzcan, este servicio será de 365 x 24.
La adjudicataria incluirá dentro este punto, y en el mantenimiento preventivo, un servicio de acuda para la resolución de las incidencias de 10 servicios anuales.
Este servicio consiste en dar respuesta inmediata mediante la asistencia de un vigilante, que acudirá ante un aviso de necesidad de disposición de una apertura de un edificio.
El Acuda se desplazará a realizar la correspondiente apertura, entrega y recogida de la llave.
Una vez se presente el acuda en el inmueble, solicitará confirmación, mediante DNI, que la persona a la que entrega la llave es la persona autorizada y se rellenará el informe correspondiente
5. - INSTALACIONES ACTUALES Y NUEVAS INSTALACIONES
5.1.- DE LAS INSTALACIONES ACTUALES
La empresa adjudicataria estará obligada a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran actualmente las instalaciones existentes y todos y cada uno de los elementos y equipos que son objeto del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
La aceptación de las instalaciones actuales, independientemente del tipo que se traten, le obliga a mantener los elementos montados actualmente, sin que puedan ser alteradas sus características, salvo previa autorización del personal técnico municipal, u obligación legal o normativa aplicable.
5.2.- DE LAS NUEVAS INSTALACIONES
Durante la vigencia del presente contrato, los edificios o instalaciones que sean de nueva construcción o de nueva adquisición, y cualesquiera otros que pasen a disposición de este ayuntamiento, podrán integrarse en el contrato, siempre que el ayuntamiento lo considere oportuno, por lo que la empresa adjudicataria acepta hacerse cargo de las nuevas instalaciones, en las condiciones técnicas y económicas de prestación del servicio que se establecen como óptimas en el presente pliego.
Las nuevas instalaciones realizadas por terceras personas, tanto si fueran encargadas por el ayuntamiento como recibidas de otros, deberán ser revisadas antes de su recepción, por la empresa adjudicataria del servicio, quién informará por escrito a los técnicos municipales de la conveniencia de la aceptación de las mismas, de acuerdo con las normativas vigentes existentes al respecto, como paso previo a su incorporación en el Inventario General, o en su caso, de los reparos a la recepción de las mismas.
Durante el período de garantía de las nuevas instalaciones, la empresa adjudicataria de los servicios de mantenimiento deberá efectuar las inspecciones de las mismas, procediendo de acuerdo con lo indicado en el presente pliego de prescripciones.
5.3.- DE LA MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO ESPACIAL
Si se produce la incorporación de un nuevo edificio o instalación durante la vigencia del contrato, el precio del mantenimiento preventivo del mismo se calculará en función del precio medio anual fijado/ofertado por la adjudicataria en el Anexo B, según características del servicio etc. y de la unidad correspondiente indicada en el citado anexo.
Para el cálculo de los precios se tendrán en cuenta todos los edificios relacionados en el inventario de este pliego como si su grado de ocupación fuera el máximo, incluso en el caso de edificios o locales que se encuentren cerrados o sin utilización en el período de licitación.
En caso de que algunas dependencias se encuentren cerradas o sin utilización, el precio de los trabajos de mantenimiento se descontará en las certificaciones mensuales correspondientes.
5.4.- PRECIOS CONTRADICTORIOS
En caso de modificación del contrato que conlleve la introducción de nuevos equipos o se realicen trabajos no previstos en el contrato, se determinará el nuevo precio unitario deduciéndolo de los existentes, y acordándolo contradictoriamente entre los servicios municipales y la empresa adjudicataria.
Los precios no recogidos en los cuadros de precios contractuales se fijarán según propuesta razonada presentada por la adjudicataria que, una vez estudiada y discutida sea aceptada por el ayuntamiento. Los precios de los materiales en almacén en ningún caso serán superiores al precio del listado que los almacenes proveedores dispongan en cada momento, pudiendo el ayuntamiento suministrar aquellos materiales que por razones económicas le convengan.
El nuevo precio así definido se incorporará, tras la cumplimentación de los preceptivos trámites legales, a la relación de precios unitarios del contrato.
6.- FACULTADES ESPECÍFICAS DE LA ADMINISTRACION CONTRATANTE
a) Prestación del servicio. La prestación del servicio se llevará a cabo en los centros señalados en el Anexo I, conforme al de trabajo de vigilancia, plan de mantenimiento preventivo y a las operaciones del mantenimiento correctivo.
Dicha prestación podrá ser modificada por razones de interés público desde los servicios técnicos municipales para adecuarla a las necesidades municipales, previa comunicación a la empresa adjudicataria con un plazo mínimo de 24 horas, siempre que tal reprogramación no implique alteración en los precios aplicables en función de las nuevas franjas horarias que se propongan.
b) Calidad mínima. La prestación del servicio objeto de contrato exige, que al menos en el 50 % de las encuestas de satisfacción que se realicen a las personas usuarias, se obtenga un resultado de 5 puntos sobre 10. Si durante la ejecución del contrato se incumpliera la puntuación mínima anteriormente señalada, la dirección del contrato podría ordenar la suspensión provisional o definitiva del servicio, o el cambio de personal, o incluso la resolución contractual, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de continuar con la prestación del servicio según las condiciones contractuales en tanto en cuanto se efectuara una nueva adjudicación, y todo ello sin indemnización alguna a la empresa adjudicataria.
c) Sustitución de personal. Cuando la dirección del contrato constate la necesidad de la sustitución del personal adscrito a un edificio, acto o programa lo comunicará a la adjudicataria, justificando la decisión por el resultado de las encuestas, la existencia de quejas o los motivos que la originen. Dicha sustitución será obligatoria para la empresa contratante.
d) Ejecución. El servicio técnico municipal podrá dictar cuantas directrices, orientaciones, objeciones e instrucciones sean necesarias de cara a la mejor coordinación y eficacia en la prestación del servicio y al objeto de una correcta información sobre el desarrollo y evolución del mismo.
e) Fiscalización. La dirección del contrato podrá fiscalizar en cualquier momento la actuación de la empresa adjudicataria, solicitando cualquier tipo de información o dato en relación con la titulación del personal, prestación del servicio, o con la empresa adjudicataria, debiendo ser proporcionado en un plazo no superior a veinticuatro horas y en el formato informático que se defina por la misma.
f) Encuestas. El ayuntamiento podrá realizar encuestas sobre calidad y satisfacción del servicio. Las fechas para la realización y entrega de dichas
encuestas se determinarán por el servicio técnico municipal. El resultado de las mismas se comunicará a la adjudicataria, a los efectos previstos en estos pliegos.
g) Datos. El servicio técnico municipal podrá solicitar en cualquier momento datos concretos (diarios, mensuales y/o anuales) sobre la prestación del servicio. Los datos solicitados facilitarán principalmente la tramitación de las facturas y el control y análisis de la actividad de la adjudicataria, debiendo ser proporcionado en un plazo no superior a veinticuatro horas y en el formato informático que se defina por la misma.
h) Memorias. El servicio técnico municipal podrá solicitar en cualquier momento la realización de memorias de gestión.
i) Reuniones de coordinación. La adjudicataria deberá acudir a las reuniones de coordinación a las que el servicio técnico municipal le convoque. Dichas reuniones se realizarán con la periodicidad que la misma dirección acuerde.
j) Zonas críticas. El servicio técnico municipal podrá solicitar a la adjudicataria informes sobre la existencia de puntos concretos de riesgo, así como sobre su corrección y eliminación, y serán aportados en el formato informático que se defina por la misma dirección.
7.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Son por cuenta de la empresa adjudicataria los medios humanos y materiales precisos para el correcto cumplimiento y desarrollo del contrato, así como sus costes.
Servicios de vigilancia:
En el plazo de 30 días desde el Acta de Inicio del contrato, y respecto a las prestación de los servicios de vigilancia, la adjudicataria, tras analizar la situación real de seguridad de cada centro, deberá presentar un programa de trabajo de vigilancia, en el que se contemple el cumplimiento de las actuaciones de vigilantes y auxiliares relacionadas en el punto tercero apartados uno y dos de este pliego, y según las necesidades indicadas en su Anexo A. En todo caso, en dicho programa se deberán precisar aspectos tales como: los sistemas de control de rondas, control de presencia, control de accesos, apertura y
cierre de edificios, custodia de llaves y acuda y vigilancia dinámica y el seguimiento puntual del programa.
Servicio de mantenimiento preventivo:
La empresa adjudicataria estará obligada a la elaboración, entrega y aprobación, en un máximo de tres meses, del Plan de Mantenimiento Preventivo de todos y cada uno de las instalaciones de los edificios contenidos en el Anexo I.
Conocimiento del contenido de la prestación de los servicios de vigilancia y mantenimiento:
Para la prestación del servicio con la debida operatividad y eficacia la empresa adjudicataria deberá adquirir y mantener la diligencia suficiente en el conocimiento exacto del mismo.
Uso de las instalaciones:
La empresa adjudicataria será responsable del buen uso y conservación óptima de las instalaciones, equipos y materiales de titularidad municipal puestos a su disposición para la prestación del servicio objeto del contrato, quedando obligado a su reposición o reparación en caso de pérdida o deterioro consecuencia de su uso inadecuado directamente imputable. Igualmente asume la custodia y seguridad de los medios que aporte a la realización del servicio o actividad por lo que quedan de su exclusiva responsabilidad los daños que se causen por sustracción o deterioro.
Forma de comunicación:
La adjudicataria deberá designar una persona responsable del contrato así como una coordinación de vigilancia y una coordinación técnica para el mantenimiento; estas personas ostentarán la interlocución de los distintos servicios con el ayuntamiento y deberán permanecer localizadas las 24 horas del dia.
La empresa adjudicataria dispondrá de una única direccion de correo electrónico desde y a la que se dirigirán todas las comunicaciones concernientes a la prestación del contrato y será su responsabilidad redirigir las comunicaciones a los departamentos o personas dentro de su empresa competentes de resolver cada uno de los casos concretos.
Puesta a disposición de material, información y documentación:
La adjudicataria del servicio queda obligada a facilitar a las personas responsables todo el material que sea necesario para su correcta prestación y cumplimiento.
Memoria, edición y presentación:
El servicio técnico municipal podrá solicitar a la adjudicataria la realización de memorias de gestión con la periodicidad que dicho servicio municipal determine, y en el formato informático que se defina igualmente por la misma. En ella se deberá aportar una evaluación de la prestación del servicio, incluyéndose propuestas para su mejora.
Tiempo efectivo de prestación del servicio:
En todos los casos la/s hora/s contratada/s se considerarán como tiempo efectivo de trabajo para la prestación de los servicios objeto del contrato, no computándose en ningún caso el tiempo empleado en los actos preparatorios a la ejecución del servicio. Serán igualmente por cuenta de la adjudicataria del servicio todos aquellos gastos, incluidas dietas y transporte, derivados de las reuniones y visitas de coordinación convocadas por la dirección del contrato.
El servicio mínimo que se pueda solicitar a los precios unitarios ofertados será de una hora.
Puesta a disposición de medios humanos:
En el primer plan de trabajo, la empresa presentará la relación nominal del personal inicial que preste el servicio. Dicha relación de personal se mantendrá durante la ejecución del contrato, salvo que los servicios técnicos municipales constaten la necesidad de la sustitución del personal adscrito a un edificio. En este supuesto lo comunicará al contratista, justificando la decisión por el resultado de las encuestas, la existencia de quejas o los motivos que la originen, o la alteración o aparición de necesidades. Dicha sustitución será obligatoria para la empresa contratante y se realizará de forma inmediata sin que se afecte la prestación del servicio.
Formación y preparación:
La empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar al personal, a su xxxxx, los cursos de reciclaje y actualización necesarios para la mejora de la prestación del servicio, sin que ello afecte a la prestación contratada.
La empresa aportará el personal que preste el servicio, garantizando que todos sus componentes cumplen con los requisitos que seguidamente se va a exponer, pudiéndose exigir por el servicio técnico municipal su acreditación y documentación en cualquier momento. Dichos requisitos son los siguientes:
▪ Preparación psicológica y madurez adecuada para la prestación del servicio.
• Preparación y formación específica con el tipo de sucesos que potencialmente puedan desarrollarse en los centros municipales.
▪ Preparación física suficiente.
• Euskera. La adjudicataria deberá garantizar el respeto a los derechos lingüísticos de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma Vasca.
Garantía de prestación del servicio:
Dicha garantía queda concretada en los siguientes supuestos:
▪ Suplencia. En caso de enfermedad, sanciones de la empresa, suspensión de funciones o separación del servicio en el ejercicio de las potestades disciplinarias, baja del personal, vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas inmediatamente x xxxxx de la empresa adjudicataria, por otro personal debidamente cualificado y conocedor del servicio, de forma que se mantenga de manera permanente el servicio. En cualquier caso, toda ausencia será cubierta de forma inmediata, por otro personal conocedor del servicio a prestar, para lo cual la empresa adjudicataria dispondrá de un número de suplentes, con la formación exigida para la prestación del servicio.
▪ Huelga. En el supuesto de huelga laboral que afecte al servicio objeto de contratación, la empresa adjudicataria vendrá obligada, a requerimiento del órgano de contratación y en el plazo y forma que éste indique, a ofrecer las soluciones que garanticen los servicios mínimos imprescindibles que determine la administración competente. Si la empresa no ofreciera dichas soluciones o no las llevara a la práctica, la dirección del contrato podrá promover los contratos que estime precisos para cubrir los servicios mínimos aprobados, que serán por cuenta de la adjudicataria, deduciéndose por tanto de su facturación el importe de los referidos contratos. La responsabilidad que se derive de tales trabajos contratados a terceras empresas será de la adjudicataria, a todos los efectos que en este Pliego se
contemplan. Además si con motivo de una huelga del personal empleado por el contratista, o por cualquier otra causa imputable a éste, se dejasen de prestar los servicios por un plazo superior a quince días, el ayuntamiento podrá optar entre resolver el contrato o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la imposición de las penalizaciones que procedan. En ambos casos, la contratista asumirá los daños y perjuicios que se le imputen a la sociedad por la falta de prestación de los servicios. Con independencia de las penalizaciones que procedan, la adjudicataria deducirá los servicios no prestados, en la certificación mensual correspondiente.
Obligaciones generales de personal:
La adjudicataria será la única responsable de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus trabajadores, aún cuando los despidos o medidas que se adopten sean como consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato. Será de exclusiva cuenta de la empresa adjudicataria la retribución del personal que emplee en la prestación del servicio objeto de contratación, siendo de su cargo cualesquiera costos sociales y/o laborales, cumpliendo con la legislación vigente y los convenios que le afecten, quedando el ayuntamiento totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal. El personal dependerá exclusivamente de la adjudicataria por cuanto esta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresaria y deberá cumplir las disposiciones vigentes en cuanto a titulación del personal asignado, materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, e igualmente cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho personal.
La empresa adjudicataria se compromete a retribuirles adecuadamente, asumiendo de forma directa, y en ningún caso trasladable al ayuntamiento el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dicha mejora ha sido consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, como si obedecen a cualquier otra circunstancia.
La empresa contratista será responsable ante la jurisdicción laboral y de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones. En este sentido, la adjudicataria dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con cuantas disposiciones le sean aplicables en cuanto a seguridad y salud en el trabajo.
ANEXO I
RELACIÓN DE EDIFICIOS, ACTIVIDADES Y MEDIOS TECNICOS EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES
ANEXO II
CARACTERISTICAS DE LAS ENTIDADES DEPENDIENTES ADHERIDAS
Relación de edificios actividades y medios técnicos en las entidades
Horarios de vigilantes y auxiliares en las entidades
ANEXO III
EVALUACION DE RIESGOS
ANEXO A
PRECIOS UNITARIOS DE VIGILANCIA Y AUXILIARES
ANEXO B
PRECIOS UNITARIOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO
ANEXO C
PRECIOS UNITARIOS PARA MANTENIMIENTO CORRECTIVO E INVERSIONES
Todas las unidades relacionas en este anexo llevan incluida la parte proporcional de mano de obra correspondiente para su montaje, configuración y puesta en servicio, así como la parte proporcional de medios auxiliares necesarios (memorias, planos, andamios, permisos, etc.).