SERVICIO DE VIGILANCIA Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO DE VIGILANCIA. En caso de que el edificio asegurado resultara inhabitable y siempre que, a consecuencia del siniestro garantizado por la póliza, el mismo hubiera quedado desprotegido en sus ac- cesos, el asegurador organizará y tomará a su cargo su vigilancia hasta un máximo de 96 horas.
SERVICIO DE VIGILANCIA. Son los gastos tendientes a la contratación del servicio de vigilancia en la sede principal y sedes alternas de la Universidad, a través de personas jurídicas que cuentan con personal calificado para estas labores.
SERVICIO DE VIGILANCIA. Cuando a consecuencia de robo, intento de robo, atraco u otro hecho accidental, el local fuera fácilmente accesible desde el exterior y fuera necesario utilizar servicios de vigilancia y/o custodia, quedan garantizados los gastos necesarios para la contratación de un servicio de seguridad especializado para la vigilancia del local mientras este no recupere las protecciones habituales anteriores al siniestro. El periodo máximo indemnizable se establece en 4 días, a contar desde la fecha del siniestro, y el límite de indemnización será de 3.000 euros por sinies- tro y anualidad de seguro. Queda cubierto el atraco o expoliación de bienes de uso personal y dinero en metálico de clientes, empleados y visitantes de la empresa, ocurrido dentro xxx xxxxxxx asegurado, con el límite de 3.000 euros por siniestro y anualidad de seguro y con los siguientes sublímites por persona: – Objetos: 300 euros. – Dinero en metálico: 150 euros. – Robo y expoliación, dentro del local, en CAJAS DE CAUDALES. – Robo y expoliación, dentro del local, en MUEBLES CERRADOS CON LLAVE. – Expoliación a COBRADORES O TRANSPORTADORES DE FONDOS, siempre y cuando el hecho ocurra entre las 8 y 21 horas. Quedan excluidos de esta cobertura los desperfectos o deterioros que, a consecuencia de robo o intento de robo, sufran las puertas, ventanas, techos, paredes, suelos del local asegurado y las instalaciones de alarma.
SERVICIO DE VIGILANCIA. Quedan cubiertos los gastos de contratación de un servicio de vigilancia especializado, de una empresa de seguridad, para la vigilancia del local, mientras éste no recupere las protecciones habituales anteriores al siniestro siendo el período máximo indemnizable el de 7 días consecutivos, a contar desde la fecha del siniestro.
SERVICIO DE VIGILANCIA. Cantidad Un (1) Vigilante por turno de 12 horas Servicio de Vigilancia Privada durante: 24 horas al día todos los días (incluidos Domingos y Festivos) Periodo Desde del 01 xx Xxxxx hasta el 31 de Diciembre de 2019. Ubicación Instalaciones de la Agencia Logística Regional Norte y CADS No. 1(Bodega) Modalidad Vigilancia fija con arma corta mínimo dos (02) cargas de munición) Requisitos de Personal Guarda: Será el encargado de velar por la seguridad de las personas y custodia de los bienes, muebles e inmuebles de los sitios donde se preste el servicio. El vigilante podrá ser hombre reservista o en su defecto hombre o mujer con curso básico de seguridad (defensa personal y mínimo bachiller). El personal debe haber efectuado la capacitación básica en vigilancia y seguridad certificada por la escuela autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y con un mínimo de 50 horas de duración Herramientas de Apoyo operativo El vigilante debe estar debidamente uniformado, acuerdo a la normatividad vigente Cada puesto debe tener un equipo de comunicaciones conformado por: Un avantel o radio que debe estar conectado con la central de operaciones de la empresa y con el supervisor de la empresa. Adicionalmente debe tener un celular que le permita dar alerta inmediata con las centrales de Policía Nacional El vigilante debe tener: Pito, detector de metales, linterna de pila recargable. Dotación del personal:  Dos uniformes completos (Overol/Gala)  Linterna  Impermeable y botas de caucho  Bastón de mando (Tolfa) y pito  Accesorio detector de metales  1 Radio con comunicación a la central de vigilancia  2 Radios para comunicación interna
SERVICIO DE VIGILANCIA. Cantidad Un (1) Vigilante por turno de 12 horas, diurno 6:00 p.m. a 6:00 a.m. Turno de 12 horas nocturno.
SERVICIO DE VIGILANCIA. Grupo Portuario S.A., no presta servicios de vigilancia a las naves, estos servicios son contratos por la agencia marítima como representante del armador marítimo. Grupo Portuario S.A., no presta servicios públicos a las naves, este lo brinda un externo y para su ingreso y estadía en las instalaciones debe cumplir con requisitos de ingresos a las instalaciones portuarias descritos en este reglamento. No Aplica para la instalación portuaria. No Aplica para la instalación portuaria. Grupo Portuario S.A., no presta el servicio de fumigaciones a las naves, este lo brinda un externo y para su ingreso y estadía en las instalaciones debe cumplir con requisitos de ingresos a las instalaciones portuarias descritos en este reglamento. Grupo Portuario S.A., no presta servicios de alquiler de equipos y aparejos a la nave, dentro de la programación de la operación, coordinará con la agencia marítima que representa al buque y con operadores portuarios el alquiler de equipos que se requiera para la operación.
SERVICIO DE VIGILANCIA. La I. P no presta este servicio; en caso de que la nave lo requiera da las facilidades de acceso para los operadores portuarios que lo prestan, previa coordinación del armador y/o agente marítimo.
SERVICIO DE VIGILANCIA. 5.1 Vigilantes de seguridad: Funciones.
SERVICIO DE VIGILANCIA. La empresa adjudicataria estará autorizada para desarrollar la actividad correspondiente a “la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos”, y prestará el servicio de vigilancia con los medios apropiados y en las condiciones que se indican en los siguientes puntos: