LOGO DE LA OTRA INSTITUCIÓN CONVENIO MARCO DE COOPERACION SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS Y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
LOGO DE LA OTRA INSTITUCIÓN
CONVENIO MARCO DE COOPERACION SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
Entre los suscritos, XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 79.296.179 expedida en Bogotá, actuando en su carácter de Rector (E) y Representante Legal de la UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX, Nit. No. 899.999.230-7, ente universitario autónomo, nombrado mediante resolución No. 01 del veintinueve (29) de enero de 2015, emanada del Consejo Superior Universitario, en uso de sus facultades legales, especialmente las consagradas en el Acuerdo 003 de 1.997, del Consejo Superior Universitario y la Ley 30 de 1.992, quien para efectos del presente Convenio se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte y por la otra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, domiciliado y residenciado en XXXXXXXX., identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXX, expedida en XXXXXXXX, representante legal de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, y quien en adelante se denominara LA EMPRESA, hemos acordado celebrar el presente Convenio marco, reglamentado en las siguientes:
CONSIDERACIONES:
Por parte de LA UNIVERSIDAD, 1. Que en términos del artículo 1º de la Ley 29 de 1990, corresponde al Estado promover y orientar el adelanto científico y tecnológico, y por lo mismo, está obligado a incorporar la ciencia y la tecnología a los planes y programas de desarrollo social del país, a través de las entidades de derecho público y privado. 2. Que el artículo 17 del Decreto 591 de 1991, señala que el Estado colombiano y sus entidades pueden celebrar con particulares y con otras entidades públicas convenios xxxxxx de cooperación para fomentar el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas. 3. Que LA UNIVERSIDAD, es una institución dedicada a la Educación Superior de carácter estatal, popular y democrática, y ha de ser un centro de producción de saberes, con reconocimiento local, nacional e internacional, debido a su carácter dinámico en la búsqueda constante de la excelencia, la pertinencia y la competitividad académica mediante el fomento de la investigación, la innovación, la extensión y la docencia. 4. Que en desarrollo de su misión y dentro de su plan de estudios, LA UNIVERSIDAD consagra el deber de participación activa por parte de sus estudiantes y egresados, en proyectos adelantados por entidades que les permita tener una nueva dimensión en su formación como profesionales en desarrollo de metas concretas. 5. Que LA UNIVERSIDAD busca vincularse con LA EMPRESA en lo relacionado con: a) la Investigación científica y desarrollo tecnológico, desarrollo de nuevos productos y procesos, creación y apoyo a centros científicos y tecnológicos y conformación de redes de investigación e información b) Difusión científica y tecnológica, esto es, información, publicación, divulgación y asesoría en ciencia y tecnología c) Servicios científicos y tecnológicos que se refieren a la realización de planes, estudios, estadísticas y censos de ciencia y tecnología; a la homologación, normalización, metrología, certificación y control de calidad; a la prospección de recursos, inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; a la promoción científica y tecnológica; a la realización de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnología, así como a la promoción y gestión de sistemas de calidad total y de evaluación tecnológica d) Proyectos de innovación que incorporen tecnología, creación, generación, apropiación y adaptación de la misma, así como la creación y el apoyo a incubadoras de empresas, a parques tecnológicos y a empresas de base tecnológica e)Transferencia tecnológica que comprende la negociación, apropiación, desagregación, asimilación, adaptación y aplicación de nuevas tecnologías nacionales o extranjeras f) Cooperación científica y tecnológica nacional e internacional. 6. Que es del interés mutuo el vínculo de LA UNIVERSIDAD y LA EMPRESA para establecer formas de cooperación que permitan la realización conjunta de proyectos científicos y tecnológicos en las diferentes áreas de interés común. 7. Que la cooperación y la coordinación son benéficas para las dos partes intervinientes, ya que la integración de recursos genera mayor calidad, cobertura, eficiencia y reducen los costos en el cumplimiento de los objetivos comunes. 8. Que LA UNIVERSIDAD busca la convergencia de intereses y propósitos con LA EMPRESA. 9. Que LA UNIVERSIDAD está facultada para celebrar convenios de esta naturaleza.
Por parte LA EMPRESA, 1. Que LA EMPRESA tiene como objeto: a) XXXXXXXXXXX b) XXXXXXXXX; c) XXXXXXXXXXXX; d) XXXXXXXXXXXXXXXX; f) XXXXXXXXXXXXXXXXXX g) XXXXXXXXXXXXXXXXX. 2. Los Estatutos de LA EMPRESA, facultan al Representante Legal para celebrar los actos y contratos comprendidos en el objeto social de la compañía y necesarios para que esta desarrolle plenamente los fines para los cuales ha sido constituida, así como para celebrar actos y contratos en desarrollo del objeto de la sociedad con entidades públicas, privadas y mixtas. 3. Que LA EMPRESA busca vincularse con LA UNIVERSIDAD en lo relacionado con: a) la Investigación y desarrollo tecnológico, desarrollo de nuevos productos y procesos, creación y apoyo a laboratorios de desarrollo tecnológicos y conformación de redes de investigación e información; b) Difusión académica y tecnológica, esto es, información, publicación, divulgación y asesoría en ciencia y tecnología; c) Servicios académicos y tecnológicos que se refieren a la realización de planes, estudios, estadísticas de ciencia y tecnología; a la homologación, normalización, metrología, certificación y control de calidad; a la prospección de recursos, inventario de recursos terrestres y ordenamiento territorial; a la promoción académica y tecnológica; a la realización de seminarios, diplomados, cursos, congresos y talleres de ciencia y tecnología, así como a la promoción y gestión de sistemas de calidad total y de evaluación tecnológica; d) Proyectos de innovación que incorporen tecnología, creación, generación, apropiación y adaptación de la misma, así como la creación y el apoyo a incubadoras de empresas, a parques tecnológicos y a empresas de base tecnológica e)Transferencia tecnológica que comprende la negociación, apropiación, desagregación, asimilación, adaptación y aplicación de nuevas tecnologías nacionales o extranjeras; f) Cooperación académica y tecnológica nacional e internacional. 4. Que es del interés mutuo el vínculo de LA EMPRESA y LA UNIVERSIDAD para establecer formas de cooperación que permitan la realización conjunta de proyectos tecnológicos en las diferentes áreas de interés común. 5. Que la cooperación y la coordinación son benéficas para las dos partes intervinientes, ya que la integración de recursos genera mayor calidad, cobertura, eficiencia y reducen los costos en el cumplimiento de los objetivos comunes. 6. Que LA EMPRESA busca la convergencia de intereses y propósitos con LA UNIVERSIDAD. 7. Que LA EMPRESA está facultada para celebrar convenios de esta naturaleza.
CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO. El objeto del presente Convenio marco es aunar esfuerzos para adelantar acciones conjuntas en temas de interés reciproco para cada una de las partes, en las áreas de investigación, extensión, asistencia técnica, administrativa y académica, relacionadas con XXXXXXXXXXXXX y en todas las demás formas de acción universitaria.
CLÁUSULA SEGUNDA. – COMPROMISOS y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Para alcanzar el objeto del Convenio marco, las partes se comprometen a desarrollar su cooperación, dentro del marco de los Estatutos Internos de cada institución, mediante programas que comprendan: el sector industrial, comercial, financiero, de transportes, de la construcción, de la formación profesional y los proyectos de cooperación al desarrollo.
Las dos partes declaran su compromiso en:
a). Colaborar recíprocamente para el normal e idóneo desarrollo y ejecución del Convenio y particularmente de su objeto; b) El intercambio de conocimientos a través de la unidad de extensión de la facultad de ingeniería con vistas a identificar oportunidades de negocio para sus representados, particularmente en los sectores de desarrollo e ingeniería, tecnologías específicas para el procesamiento de información, administrativa y financiera y todas las demás inherentes al desarrollo del objeto social, procesos de estandarización, certificación y proyectos de cooperación al desarrollo; c) La colaboración en el desarrollo conjunto de proyectos de educación no formal y servicios profesionales de calidad generados en las oportunidades identificadas dentro xxx xxxxxxx empresarial, y la facilitación de contactos diversos a nivel de la República de Colombia e Iberoamérica; d) La promoción y desarrollo xxx xxxxxxx humano y el fortalecimiento de la capacidad productiva de Colombia a través de los proyectos generados en las oportunidades identificadas; e) La facilitación, cuando se considere necesario, de la búsqueda de cooperación internacional para la realización de los proyectos generados en las oportunidades identificadas; f) El intercambio y la movilización internacional de expertos y del personal de cada institución que sea comisionado para la realización conjunta de las acciones conducentes al cumplimiento de los proyectos generados en las oportunidades identificadas; g) Cualquiera de las partes podrá proponer la realización de programas mixtos de formación y/o cursos internacionales en materias de interés común para lo cual deberán suscribir un convenio específico que describa en detalle esta actividad; h) Realizar los aporte en los términos pactados en cada convenio específico; i) Dar el crédito correspondiente a cada entidad interviniente en el Convenio (empresa y/o compañía), como entidad participe en el desarrollo y beneficio del programa empresarial y/o de proveedores, según corresponda. Esta actividad deberá estar establecida y su alcance delimitado en cada convenio especifico; j) Supervisar y controlar periódicamente la ejecución del Convenio; k) Concurrir a la liquidación final del Convenio una vez esté terminado el mismo.
LA UNIVERSIDAD, además de las obligaciones derivadas de este convenio y de la ley, tendrá las siguientes: a) Realizar sus aportes en la forma y oportunidad indicadas en cada Convenio Especifico; b) Realizar las actividades objeto de cada Convenio Especifico (el proyecto o programa), directamente, conforme a las normas que resulten aplicables, para lo cual gozará de plena autonomía técnica, administrativa y contractual; d) Ejecutar sus aportes, así como los que reciba de LA EMPRESA, bajo su exclusiva responsabilidad, y destinarlos únicamente al cumplimiento del objeto del Convenio. Para lo cual se ajustará el presupuesto aprobado por las partes e integrado en el convenio especifico; e) Una vez celebrados los Convenios Específicos, establecerá en contabilidad un centro de costo por medio del cual, manejará única y exclusivamente los aporte económicos entregados por LA EMPRESA. Así mismos se obliga a entregar a LA EMPRESA, en original , la certificación expedida por LA UNIVERSIDAD para el cual se especifique el número del Centro de Costo y su denominación ; en todo caso, será requisito indispensable para la firma del Acta de Inicio de cada convenio especifico, el cumplimiento anterior compromiso; f) Garantizar la individualidad, administración separada y no confusión de los aportes de LA EMPRESA y otros recursos que la Entidad Ejecutora administre; g) Velar por la real y efectiva disponibilidad de los aportes durante el plazo de ejecución del Convenio. La inobservancia de este compromiso, dará lugar a la terminación anticipada del convenio y a la restitución del aporte de LA EMPRESA, en la parte que no haya sido ejecutada por la Entidad Ejecutora dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la comunicación enviada para tal efecto por LA EMPRESA; h) Tramitar oportunamente los desembolsos a que hubieren lugar en desarrollo del proyecto o programa objeto del Convenio, y realizar en tiempo los pagos de las obligaciones contraídas con terceros para el cumplimiento del Convenio; i) En caso de no ejecutar satisfactoriamente el objeto de este convenio, se compromete a restituir los recursos aportados por LA EMPRESA; j) Presentar informe periódico a LA EMPRESA sobre la ejecución del aporte realizado por esta sociedad, anexando copia de las facturas y contratos que sustenten las erogaciones correspondientes; y en general, será responsable de elaborar y presentar a LA EMPRESA, en la periodicidad pactada entre las partes, todos y cada uno de los informes que demande la ejecución y cierre del convenio, indistinta sea su naturaleza.
LA EMPRESA además de las obligaciones derivadas de este convenio y de la ley, tendrá las siguientes a) Realizar su aporte en la forma y oportunidad indicadas en cada convenio específico, siempre que se hubieren satisfecho los requisitos previos para ello; b) Poner a disposición de la infraestructura; pares profesionales, técnicos, auxiliares de soporte, equipos, salones para reuniones, para el desarrollo del presente convenio, conforme a los compromisos que asume en los convenios específicos; c) Colaborar con el suministro de información técnica, de todo lo relacionado con el Convenio y el proyecto o programa que con ocasión del mismo se va a ejecutar.
CLÁUSULA TERCERA. - DESARROLLO DEL CONVENIO. Para el desarrollo del presente Convenio marco las partes suscribirán convenios específicos que definirán claramente las actividades que se desarrollaran, sus características, las condiciones de participación de cada una de las instituciones signatarias, objetivos, tareas, manejo de propiedad intelectual, términos y cronogramas, aspectos financieros, coordinación o responsables, y los demás aspectos que sean pertinentes. PARAGRAFO: Tales convenios específicos se celebrarán de conformidad con las normas y competencias internas de cada una de las partes.
CLÁUSULA CUARTA. - COMITÉ COORDINADOR y SUPERVISOR. Con el fin de hacer seguimiento al convenio se conformará un comité coordinador integrado por parte de LA UNIVERSIDAD, el Coordinador de la Unidad de Extensión de la Facultad de Ingeniería o su delegado; y por parte de LA EMPRESA, el representante legal o su delegado. Las funciones del Comité Coordinador a desarrollar en el cumplimiento del presente convenio marco de cooperación tecnológica serán las siguientes: a) Elaborar y aprobar las actividades a desarrollar en el marco del presente convenio. b) Establecer la metodología y las técnicas que se utilizarán en la ejecución de los convenios específicos. c) Preparar los términos generales de los convenios específicos. d) Realizar evaluaciones periódicas del desarrollo del convenio marco. e) Informar sobre anomalías que afecten el desarrollo del convenio en forma oportuna.
CLÁUSULA QUINTA. - PROPIEDAD INTELECTUAL. Los convenios específicos a que se hace referencia en la cláusula tercera, contendrán las cláusulas que sean necesarias para regular lo relativo a la propiedad de los derechos de autor, de los materiales y productos que se obtengan como resultado de la actividad conjunta de las partes, y lo concerniente a la propiedad de los derechos de tipo intelectual que pudieran llegar a derivarse de las acciones realizadas en el marco del presente convenio. Se aplicarán las leyes colombianas y el Acuerdo 04 de 2012 del Consejo Superior Universitario, y las normas que lo modifiquen, adicionen o deroguen.
CLÁUSULA SEXTA. - NO EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. En todas las acciones derivadas del presente convenio y de los subsecuentes convenios específicos, las partes convienen en que el personal de cada institución que sea delegado para la realización conjunta de cada acción, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando otros servicios fuera de ella, o en las instalaciones de la institución a la que fue delegado. Si en la realización de una acción del convenio interviene personal ajeno a las partes, este continuará siempre bajo la dirección de la dependencia de la Institución o persona con quien este contratado, para lo que su intervención no originará relación de carácter laboral de ninguna naturaleza o especie, con las instituciones firmantes.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - NO EXISTENCIA DEL RÉGIMEN DE SOLIDARIDAD. No existe régimen de solidaridad entre las partes que suscriben este convenio, en razón a que cada una responde por las obligaciones que se establecen en el mismo.
CLÁUSULA OCTAVA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En el evento de presentarse un conflicto en cuanto a la interpretación y/o aplicación de las cláusulas del presente convenio y de los convenios específicos que se deriven, se resolverá de común acuerdo por las partes, en aras de solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas durante el Convenio, donde podrán acudir a los mecanismos de solución directa previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable, composición y transacción.
CLÁUSULA NOVENA. - CONDICIONES FINANCIERAS Y VALOR. La firma del presente Convenio marco no genera ningún compromiso económico inmediato para ninguna de las partes, en la medida en que solamente establece compromisos e intenciones generales que se concretarán a través de convenios específicos.
CLÁUSULA DÉCIMA. - DURACIÓN. La duración del presente Convenio marco será de cinco (5) años contados a partir de la firma del acta de inicio, y podrá ser prorrogado en los mismos términos y condiciones si las partes por mutuo acuerdo así lo manifiestan por escrito, dos (2) meses antes a su vencimiento.
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: 1. Por el cumplimiento a cabalidad del objeto del presente convenio. 2. Por mutuo acuerdo entre las partes. 3. Por comunicación anticipada de dos (2) meses que haga una parte a la otra, manifestando su intención de no continuar con el Convenio, reservándose los motivos que le asisten para tal efecto, sin que ello implique perjuicio para ninguna de las partes siempre que se respete la culminación de las actividades que se estén desarrollando en los convenios específicos y/o contratos interadministrativos. 4. Por la entrada en liquidación, clausura, o cualquier otra situación de alguna de las partes, que afecte la debida ejecución del convenio, quedando liberadas las partes de las obligaciones pactadas entre ellas en desarrollo del presente Convenio. 5. Por incumplimiento de las obligaciones pactadas, en cuyo caso, la parte que de por terminado el Convenio, deberá manifestarlo a la otra por escrito con una anticipación de sesenta (60) días calendario, sin que ello impida la culminación de las actividades que se estén desarrollando en los convenios específicos y/o contratos interadministrativos.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- SUSPENSIÓN. El plazo de ejecución del Convenio podrá suspenderse temporalmente en los siguientes eventos: 1) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución. 2) Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios a ninguna de las partes. PARAGRAFO: En este evento las partes suscribirán un Acta de suspensión del Convenio como también Acta de reinicio. El término de la suspensión no se computará para efectos de los plazos del convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- LIQUIDACIÓN. El presente convenio será liquidado de común acuerdo entre las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del mismo, para lo cual el Comité Coordinador y supervisor presentará un informe final de actividades.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- CESIÓN. El presente convenio no podrá ser cedido, ni parcial ni totalmente por ninguna de las partes a persona natural o jurídica alguna, sin la previa autorización de las mismas y por escrito, condición extendida para los convenios o contratos que se deriven del desarrollo del presente convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - MODIFICACIÓN. El presente convenio marco podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes, a solicitud de cualquiera de ellas, previa comunicación por escrito y con treinta días hábiles de anticipación. Para ser validos los cambios del presente convenio tendrán que ser aprobados por las dos partes.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- EXCLUSIVIDAD. El presente convenio marco no limita el derecho de las partes a la formalización de acuerdos iguales o semejantes con otras instituciones.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- SITUACIONES NO PREVISTAS. Las situaciones no previstas en el presente Convenio serán resueltas por las partes a través de los representantes de la UNIVERSIDAD y LA EMPRESA, de común acuerdo. Cualquier modificación de la que sea objeto el presente Convenio, debe constar por escrito y ser suscrita por las partes intervinientes en el mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- INDEMNIDAD. LA EMPRESA deberá mantener indemne y defender a LA UNIVERSIDAD de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones de LA EMPRESA o sus dependientes en el desarrollo del Convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD. Durante la vigencia de este convenio es posible que una de la partes tenga conocimiento de documentación, datos o información confidencial de la otra parte. En virtud de lo anterior, se entenderá como “Información Confidencial” toda información relativa a investigaciones, desarrollo, productos, métodos, tecnología, procesos, procedimientos, formatos, documentos, software, comunicaciones y actividades académicas, entre otros, ya sea pasados, presentes o futuros, así como la información desarrollada o adquirida por las partes con relación al objeto del presente convenio, siempre que no sea de dominio público o que haya sido divulgada previamente por alguien ajeno a las partes. Éstas reconocen que la información confidencial puede contener secretos comerciales e información que puede ser propiedad exclusiva y valiosa de una de las partes y que la divulgación y el uso no autorizados de dicha información, causará un daño irreparable a la otra parte. Por lo tanto, las partes adoptarán medidas especiales con aquellos empleados, estudiantes, docentes que tengan acceso a la información, ya sea por medio de instrucciones, contratos u otra manera, para poder mantener la seguridad necesaria y satisfacer sus obligaciones conforme al presente convenio.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- EJECUCIÓN DE BUENA FE. Las partes manifiestan que el presente convenio marco es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debido cumplimiento.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. LA EMPRESA declara bajo juramento que, se entenderá prestado con la suscripción del presente convenio, que no se halla incursa en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades, señaladas en la Constitución Política, la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- PUBLICACIÓN. Las partes firmantes se comprometen a incluir en las secciones correspondientes de sus páginas web oficiales, enlaces (links) directos al portal Web de la otra parte del convenio, así como los datos de contacto del responsable de la gestión y el documento del convenio disponible para descarga en formato pdf.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- DOCUMENTOS DEL CONVENIO. Hacen parte integral del presente convenio los siguientes documentos: 1) Actas suscritas entre LA EMPRESA y la UNIVERSIDAD en desarrollo del presente convenio. 2) Los planes operativos de trabajo para la realización de los convenios específicos, debidamente aprobados por el Comité Coordinador. 3) Cronograma de Actividades. 4) Los documentos que se deriven del cumplimiento de las actividades contractuales del presente convenio. 5) La correspondencia cruzada entre las partes con ocasión del desarrollo del presente convenio. 6) Los Convenios Específicos que se firmen en cumplimiento del objeto del presente convenio. 7) Estudios previos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. El presente Convenio queda perfeccionado e inicia su ejecución con la firma de las partes.
CLAÚSULA VIGÉSIMA QUINTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos legales, se acuerda como domicilio contractual la ciudad de Bogotá, D.C.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- total entendimiento. Las partes conocen, comprenden y aceptan todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el presente documento y para constancia se firma en Bogotá, D.C.
Por LA UNIVERSIDAD
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Rector (E) Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
Fecha: ____________
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Por LA EMPRESA
XXXXXXXXXXXXXXXXX Representante Legal XXXXXXXXXXXXXXX.
Fecha: ____________
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ANEXO I / ANNEX I
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