PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS PÚBLICAS MENORES INDICE SISTEMICO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS PÚBLICAS MENORES INDICE SISTEMICO
1.3. DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MENORES 3
1.4. CONSULTAS y ACLARACIONES 3
2. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA 4
2.1.1. Aprobación de Pliegos. Invitaciones 4
2.1.6. Garantía de Cumplimiento del Contrato. 5
2.2.3. Selección del Contratista. 6
2.2.4. Contenido del Contrato. 7
3.3. PROFESIONAL O MATRICULADO RESPONSABLE 8
4.1. ACEPTACIÓN DE LAS CLÁUSULAS 8
4.2. INFORMES QUE SUMINISTRA EL GOBIERNO 8
4.3. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 8
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4.4. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE INTEGRAR LAS OFERTAS 9
4.5. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS 10
4.7. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA 10
5. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA OBRA 11
5.1. CONTRATO E INICIO DE TRABAJOS 11
5.3. LIBRO DE COMUNICACIONES 11
5.4. RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES O DAÑOS. SEGUROS 11
5.5. RECEPCIÓN PROVISORIA y DEFINITIVA DE LA OBRA 11
5.7. TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. RESCISIÓN. 12
5.9. TRANSFERENCIA y CESIÓN DEL CONTRATO 12
5.10. PLAZO DE GARANTÍA DE OBRA 12
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1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. OBJETO Y APLICACIÓN.
Es objeto del presente pliego establecer las obligaciones que contraen y los derechos que adquieren las partes en los procesos de selección del contratista convocados por el Poder Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para la contratación de Obras Públicas
Menores mediante el llamado de Licitación Privada o Contratación Directa dentro del marco del artículo 9, inciso a) de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, conforme el monto establecido por la normativa vigente en la materia.
1.2. NORMATIVA APLICABLE.
Es normativa aplicable a las contrataciones que se realicen en el marco del presente pliego: 1") La Ley Nacional W 13.064 y sus modificatorias.
2°) Ley N° 2.809 y sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias.
Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases y condiciones será resuelto de acuerdo con la siguiente normativa:
1°) Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Públicas Mayores aprobado por el Decreto N° 1.254/08.
2°) Ley N° 2.095 y sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias.
3°) La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 4°) Los principios generales del Derecho Administrativo.
5") Demás normas de aplicación supletoria, de naturaleza administrativa.
1.3. DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MENORES.
La documentación de la contratación de Obras Públicas Menores se suministrará en forma gratuita.
1.3.1 Licitación Privada.
La documentación de la Licitación Privada está constituida por el presente Pliego, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos, Planillas y Circulares que se emitan en el respectivo procedimiento.
1.3.2. Contratación Directa.
La documentación de la Contratación Directa está constituida por el presente Xxxxxx, el Contrato y sus respectivos Anexos Técnicos.
1.4. CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Los interesados podrán formular por escrito o por correo electrónico consultas relativas a la documentación, la aclaración correspondiente deberá ser remitida por el Órgano Convocante, a todos los interesados que hayan obtenido la documentación hasta dos días (2) hábiles previos a la fecha fijada para la apertura de sobres en el procedimiento de Licitación Privada.
El Gobierno, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta los dos
(2) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas.
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Todas las aclaraciones que se remitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte de la documentación del procedimiento de Licitación Privada o Contratación Directa.
Las notificaciones de las circulares aclaratorias con y sin consulta deberán ser efectuadas por medios fehacientes.
2. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Las contrataciones de Obra Pública Menor se realizan mediante los siguientes procedimientos de selección del contratista: Licitación Privada y Contratación Directa.
2.1. LICITACIÓN PRIVADA.
La Licitación Privada de Obras Públicas Menores deberá tramitarse conforme a lo dispuesto en el presente artículo.
2.1.1. APROBACIÓN DE PLIEGOS. INVITACIONES.
El Órgano convocante deberá aprobar por acto administrativo los Pliegos y efectuar la convocatoria.
Dicho acto deberá ser publicado por un (1) día en la Página de Internet y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Deberá cursarse invitación en forma fehaciente como mínimo a cinco (5) empresas, inscriptas en el correspondiente Registro de Constructores de Obras Públicas.
2.1.2. ACTA DE APERTURA.
El acto de apertura de las ofertas, deberá reunir al menos las siguientes formalidades:
1. Las ofertas deberán ser abiertas, en el día y hora fijados, por el Órgano convocante y en presencia de los interesados que concurran. A tal efecto, deberá verificarse que:
a) Se encuentren presentes las ofertas recibidas en el plazo correspondiente.
b) Los sobres que contengan las ofertas se encuentren debidamente cerrados.
c) Las ofertas contengan la garantía de oferta y todos los demás elementos detallados en el artículo 4.4. "Documentación que debe integrar las ofertas".
2. Posteriormente deberá labrarse un acta en la que conste el día y la hora, nombre del o de los oferentes, importe de las garantías y los montos de las cotizaciones.
1. El Órgano convocante deberá invitar a todos los presentes a examinar la documentación y dejar constancia en el acta de las observaciones que se formulen. Caso contrario, se deberá dejar asentado la ausencia de observaciones.
2. El acta deberá ser leída y suscripta por los funcionarios actuantes, por quienes hayan formulado observaciones y por los presentes que así lo deseen.
La documentación de los sobres quedará en custodia del Órgano convocante.
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2.1.3. PREADJUDICACIÓN.
El Órgano convocante evaluará el contenido de las ofertas, determinando si cumplen con las condiciones estipuladas en el presente Pliego, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
A tal efecto, se deberá labrar un acta de preadjudicación que contenga:
a. Examen de los aspectos formales.
b. Aptitud de los oferentes.
c. Evaluación de las ofertas.
d. Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. El acta de preadjudicación deberá ser notificada a todos los oferentes.
2.1.4. ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se basará exclusivamente en el análisis de la oferta más conveniente y ajustada al presente Xxxxxx, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de
Especificaciones Técnicas.
El adjudicatario será debidamente notificado del acto administrativo de adjudicación.
Asimismo, el acto administrativo de adjudicación deberá publicarse por un (1) día en la Página de Internet y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.1.5. IMPUGNACIONES.
Para la presentación de las impugnaciones se deberá constituir un depósito en pesos equivalente al tres por ciento (3%) del valor del Presupuesto Oficial, el que será devuelto sólo en caso que la impugnación prospere íntegramente.
Las impugnaciones a la preadjudicación deberán deducirse dentro de los tres (3) días hábiles de notificada la respectiva acta de preadjudicación.
El acto administrativo de adjudicación podrá ser recurrido en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires.
2.1.6. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Dentro de los tres (3) días hábiles de notificado el acto administrativo de adjudicación, el contratista deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato. La misma deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
El adjudicatario podrá optar por constituir esta garantía en las formas establecidas en el artículo
4.6. "Garantía de Oferta" del presente Xxxxxx.
2.2. CONTRATACIÓN DIRECTA.
La Contratación Directa de Obras Públicas Menores deberá tramitarse conforme a lo dispuesto en el presente artículo.
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2.2.1. INVITACIONES.
Las invitaciones a participar podrán efectuarse por cualquier medio y serán dirigidas a por lo menos tres (3) empresas inscriptas en el correspondiente Registro de Constructores de Obras Públicas.
Las invitaciones deberán remitirse con la siguiente información:
a) Descripción de la obra a contratarse y el Presupuesto Oficial.
b) Xxxxx y Fecha de presentación de las ofertas.
c) Modelo de la Contrata y sus respectivos Anexos.
d) Copia del presente pliego.
e) Planilla de Cotización.
2.2.2. APERTURA DE OFERTAS.
El titular del Órgano convocante será depositario de las propuestas que se reciban. Dicho funcionario tendrá la responsabilidad que las ofertas permanezcan reservadas hasta el día y hora de vencimiento del plazo fijado para su apertura.
En esta oportunidad todas las ofertas que se hubieran presentado se agregarán al expediente según el orden de recepción y se prescindirá del acto formal de apertura de ofertas. El titular del Órgano convocante suscribirá un acta en la que se dejará constancia de lo actuado.
El acta deberá contener:
a) Xxxxx, hora, número de Acta y número de Procedimiento.
b) Número de orden asignado a cada oferta.
c) Nombre y número de CUIT de los oferentes.
d) Monto de las ofertas.
e) Las observaciones que se formulen.
f) Firma del funcionario responsable.
2.2.3. SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.
La selección del contratista caerá sobre la oferta más conveniente, conforme las condiciones establecidas para la contratación. El Órgano convocante deberá proceder a notificar el acta de preadjudicación a todos los oferentes. Asimismo el Órgano convocante deberá anunciar por el plazo de un (1) día hábil en la Cartelera Oficial y la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el acta de preadjudicación.
Los oferentes podrán impugnar el acta de preadjudicación por el plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. Las impugnaciones serán resueltas por el Órgano convocante previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
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Aires.
Para la presentación de las impugnaciones se deberá constituir un depósito en pesos equivalente al tres por ciento (3%) del valor del Presupuesto Oficial, el que les será devuelto en caso de ser procedente íntegramente dicha impugnación.
La adjudicación será resuelta previa intervención de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, aun cuando no se hubieran deducido impugnaciones a la selección. Previamente a la suscripción del contrato el contratista deberá integrar una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la oferta aceptada.
El contratista podrá optar por constituir esta garantía en las formas establecidas en el artículo
4.6. "Garantía de Oferta" del presente pliego.
2.2.4. CONTENIDO DEL CONTRATO.
El Contrato deberá contemplar como mínimo las siguientes cláusulas y estipulaciones:
1. Objeto y Normativa Aplicable.
2. Constitución de Domicilio y Notificaciones.
3. Inscripción en el correspondiente Registro de Constructores de Obras Públicas.
4. Aptitud para ser Contratista. Certificado del Registro de Deudores Alimentarios morosos.
5. Xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
6. Pago y Plazos.
7. Garantía de Cumplimiento del Contrato. Pérdida.
8. Cumplimiento de las regulaciones vigentes para la construcción.
9. Recepción Provisoria y Definitiva.
10. Régimen de Responsabilidad de Terceros y Personal a Cargo.
11. Causales de Extinción del Contrato.
12. Rescisión.
13. Penalidades por Incumplimientos Contractuales.
14. Jurisdicción.
15. Anexos Técnicos: Especificaciones Técnicas, Planos y Planillas.
2.3. FACULTAD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto el llamado Iicitatorio con anterioridad a su adjudicación, sin que ello genere derecho alguno a los oferentes que participen en el mismo.
3. OFERENTES
3.1. CAPACIDAD LEGAL.
El Oferente deberá tener capacidad legal para obligarse y estar inscripto en el correspondiente Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o el que en un futuro se cree en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
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Cuando este requisito no se encuentre cumplido en la presentación de la oferta, el oferente deberá presentar una fotocopia legalizada del Certificado de Contratación Anual vigente previo a la preadjudicación.
3.2. DOMICILIO.
El oferente deberá constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de las comunicaciones y notificaciones de los procedimientos de selección del presente pliego.
Ante la omisión de ello se tendrá como domicilio constituido el que se encuentre declarado en el correspondiente Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o el que en un futuro se cree en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Caso contrario, el Órgano convocante deberá intimar al oferente para que un plazo perentorio constituya domicilio en el ámbito de la Ciudad, bajo apercibimiento de rechazar su oferta.
3.3. PROFESIONAL O MATRICULADO RESPONSABLE.
El Representante Técnico del Oferente deberá poseer título habilitante adecuado a la obra conforme se establezca en la respectiva documentación de la contratación.
4. OFERTAS
4.1. ACEPTACIÓN DE LAS CLÁUSULAS.
La sola presentación de la oferta implica que el oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación de la contratación de la Obras Públicas Menores.
4.2. INFORMES QUE SUMINISTRA EL GOBIERNO.
Cuando la documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán tan solo carácter referencial. No comprometen al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y corresponde al oferente su verificación.
4.3. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán ser presentadas en el Órgano convocante, por duplicado, en letra legible y firmada en cada hoja, no admitiéndose enmiendas o raspaduras que no estén salvadas al pie,
en sobre cerrado, en cuyo exterior se indicará:
a) Designación de la obra.
b) Número de Licitación Privada / Contratación Directa.
c) Día y hora fijados para la apertura.
El texto de la presentación deberá contener:
a) Lugar y fecha.
b) Órgano Convocante, Número de Expediente, Número de Licitación Privada/Contratación Directa, descripción de la obra.
c) Nombre del Oferente.
d) Xxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
e) Declaración expresa de su pleno conocimiento y aceptación de los trabajos a realizarse y de la respectiva documentación aprobada, obrante en la actuación respectiva.
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f) Xxxxx por el que ofrece ejecutar los trabajos a realizar.
g) Cómputo y presupuesto propio, detallado por ítem.
h) Conformidad del responsable (profesional o matriculado).
i) Firma y aclaración del presentante.
4.4. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE INTEGRAR LAS OFERTAS.
La documentación integrante de la oferta será presentada de acuerdo a lo dispuesto en el presente pliego y deberá contener como mínimo:
1. Acreditación de personería. En caso de Sociedades, copia del contrato social, acreditando la capacidad legal para contratar y la representación o personería de los firmantes de la oferta.
2. Propuesta. Según lo establecido en el artículo 4.3. "Presentación de /as ofertas" del presente pliego.
3. Cómputo y presupuesto propio. Detallado por ítem, dicho cómputo y presupuesto deberá concordar con los ítems del listado de tareas del Presupuesto Oficial.
4. Declaración jurada del oferente donde exprese que ha efectuado el estudio de la documentación Iicitatoria. Además, de esta declaración el oferente deberá expresar que ha comprendido perfectamente el proyecto, que conoce el lugar donde se ejecutará la obra y el alcance de los trabajos, no teniendo observaciones que formular y aceptando la misma en plena conformidad. Asimismo, deberá prestar la conformidad el profesional Representante Técnico y el matriculado responsable: con la firma y aceptación expresa de los mismos, conforme el apartado h) del artículo
4.3. "Presentación de las ofertas" del presente Xxxxxx.
5. Constancia de Inscripción en AFlP.
6. Garantía de Oferta. El Órgano contratante lo exige al momento de presentar la oferta, con las formalidades del artículo 4.6. "Garantía de Oferta" del presente Xxxxxx.
7 Plan de Trabajo y/o Curva de Inversión.
8. Ingresos Brutos. Constancia de Inscripción y último pago.
9. Declaración Jurada. Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección regidos por el presente xxxxxx deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley W 2.095.
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el Órgano convocante podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del' oferente en el registro por el plazo máximo previsto en la normativa. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato el Órgano contratante puede rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, quedando a cargo de éste último la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar.
10. Inscripción en el correspondiente Registro de Constructores de Obras Pública.
11. Certificado Registro Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Del que resulte que el oferente (personas físicas o directores o miembros del Órgano de administración en caso de sociedades) no se encuentran inscriptos en el mencionado registro.
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4.5. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán mantenerse por el plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de apertura de la Licitación Privada o la Contratación Directa, bajo pena de pérdida de la garantía de oferta.
Vencido el plazo indicado, se lo considerará automáticamente prorrogado por otro periodo de treinta (30) días hábiles, salvo que el oferente con una antelación de cinco
(5) días hábiles anteriores al vencimiento del plazo, comunique fehacientemente el retiro o desistimiento de la oferta.
4.6. GARANTIA DE OFERTA.
El oferente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituida por el uno por ciento (1%) del importe de la oferta presentada.
La garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas
a) Certificado de depósito efectuado en el Banco de la Ciudad, a la orden del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) Fianza bancaria que cubra ei valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso, llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil.
c) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, iiso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión previa del obligado.
d) Otras formas que se estipulen en el Pliego Bases y Condiciones Particulares.
e) En ningún caso podrán aceptarse como forma de garantía pagarés, cheques, o letras de cambio.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con las modalidades establecidas en los párrafos precedentes del presente artículo y que el garante declara conocer y aceptar.
No será obligatorio constituir esta garantía junto con la oferta, pero el sólo hecho de cotizar determinará el compromiso de presentarla en un plazo máximo de tres (3) dias hábiles a simple requerimiento del Órgano convocante. El incumplimiento será causal de desestimación de la oferta, circunstancia que se comunicará al correspondiente Registro de Constructores de Obras Públicas.
4.7. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA.
Las garantías de oferta serán devueltas a los que no resulten adjudicatarios o, en su caso, después de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta.
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5. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA OBRA
5.1. CONTRATO E INICIO DE TRABAJOS.
El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los quince (15) días corridos de la suscripción del contrato.
Si no lo hiciera, el Órgano contratante podrá resolver el contrato por culpa del contratista.
En este caso, sin perjuicio de la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, el contratista deberá reparar los daños y perjuicios que hubiera ocasionado con su accionar.
El Órgano contratante podrá disponer, por causas justificadas, la postergación de la fecha de comienzo de las obras, lo cual no podrá extenderse por un término mayor de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha prevista para el inicio de tareas.
5.2. REPRESENTANTE EN OBRA.
El contratista mantendrá permanentemente un representante en obra.
La designación será comunicada a la repartición técnica por nota o asentada en el Libro de Comunicaciones y la función podrá ser prestada por quien asuma la responsabilidad técnica, o por otro profesional técnico o idóneo, de acuerdo a la naturaleza de la obra.
La designación deberá ser aprobada por la repartición técnica.
5.3. LIBRO DE COMUNICACIONES.
El contratista proveerá un libro foliado, con hojas por triplicado, para asentar comunicaciones reciprocas, atinentes a los trabajos.
5.4. RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES O DAÑOS. SEGUROS.
Será responsabilidad exclusiva del contratista, todo accidente, daño, robo o perjuicio a personas o cosas a causa de hechos directos o derivados de las obras a su cargo.
El contratista deberá asegurar contra accidentes de trabajo a todo el personal afectado, y responsabilidad civil contra terceros por el importe de cobertura que se establezca en la documentación del procedimiento.
Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5.5. RECEPCIÓN PROVISORIA Y DEFINITIVA DE LA OBRA.
Terminadas las obras, la Inspección labrará en ejemplares duplicados la "Recepción Provisoria", la que será suscripta por el Órgano contratante.
Un ejemplar deberá ser acompañado al último certificado para su liquidación y pago. Otro ejemplar se entregará al contratista.
Una vez transcurrido el plazo de garantía, el Órgano contratante labrará el Acta de "Recepción Definitiva", cuyo original deberá acompañar el certificado de devolución del Fondo de Reparos con entrega del duplicado al contratista.
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5.6. PENALIDADES.
Se incurrirá en xxxx por el simple vencimiento del plazo establecido para la terminación de la obra o de la prórroga acordada.
Ello dará lugar a la aplicación de las multas que se prevean en el Pliego de Condiciones Particulares o en el Contrato según corresponda a una Licitación Privada o una Contratación Directa, respectivamente.
5.7. TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. RESCISIÓN.
Cuando por causas imputables al contratista, éste incurra en xxxx en la terminación de la obra, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá fijar un plazo de terminación o rescindir el contrato por culpa del contratista.
La rescisión por culpa del contratista implicará la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato en la parte no cumplida, quedando retenido el remanente y los otros créditos pendientes para responder a los costos que resulten por la terminación de los trabajos, sin perjuicio de las demás acciones que correspondieran por parte del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
En todos los casos el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunicará de dichas circunstancias al correspondiente Registro de Constructores de Obra Pública.
5.8. PRÓRROGAS DE PLAZOS.
A pedido de la contratista y por causas debidamente justificadas podrán acordarse prórrogas de los plazos de ejecución de la contratación. El pedido de prórroga deberá ser presentado:
a) Tres (3) días hábiles antes de la terminación del plazo establecido para la contratación.
b) Dentro de los tres (3) días hábiles de producido ei hecho en que se funde.
5.9. TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO.
El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se podrá dar por rescindido de pleno derecho.
5.10. PLAZO DE GARANTÍA DE OBRA.
El plazo de garantía comienza a partir de la fecha de la recepción provísoria de las obras.
En este plazo el adjudicatario deberá corregir sin cargo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por la mala calidad de los materiales empleados. Ello se deberá realizar con el fondo de reparos.
6. CERTIFICACIÓN Y PAGOS
Mensualmente se harán mediciones de la obra ejecutada y se presentarán los certificados respectivos, en cuadruplicado, los que serán conformados por el Órgano contratante dentro de los diez (10) días hábiles siempre que no den lugar a observaciones.
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En este caso, el plazo comenzará desde el momento en que el contratista presente la documentación con las correcciones.
El pago de los certificados se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de su conformación por la repartición técnica.
Para tramitar los certificados, será requisito indispensable cumplir con la normativa vigente en materia del impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Del importe de cada certificado se deberá retener un cinco por ciento (5%) en concepto de
Fondo de Reparo, el que será devuelto conjuntamente con la garantía de cumplimiento del contrato, una vez efectuada la Recepción Definitiva.
7. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la Licitación Privada o la Contratación Directa o, en su caso, la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin que:
1. Funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones;
2. O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionaría o empleado público con la competencia descripta, a fin que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
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X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2017 Año de las Energías Renovables"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2017-25048991- -DGIGUB
Buenos Aires,
Lunes 30 de Octubre de 2017
Referencia: S/ EX-2017-23632079-DGIGUB - ADECUACION 1RO AL 9NO PISO - INSTITUTO SUPERIOR DEL ARTE TEATRO COLON - PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
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XXXXXX XXXXX TERRENO
Director General
D.G. INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL (SSOBRAS) MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
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