GARANTIA DE OFERTA. 9.1. Los oferentes deberán afianzar sus propuestas, indefectiblemente, mediante la correspondiente garantía de oferta, por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta, mediante alguna de las formas (o mediante combinaciones de ellas) establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 101 del Reglamento aprobado por el Decreto N°893/12 (B. O. 14-06-12).
GARANTIA DE OFERTA. 14.4.8. RECIBO DE ADQUISICIÓN DE PLIEGOS A continuación se detallan lo solicitado para cada uno de los ítems anteriormente descriptos:
GARANTIA DE OFERTA. El OFERENTE deberá acreditar mediante la documentación pertinente el cumplimiento de la garantía de mantenimiento de OFERTA, con arreglo a lo prescripto en el Articulo Nº 18 y 21 referido a la constitución de las mismas.
GARANTIA DE OFERTA. El oferente deberá constituir una garantía de oferta por un monto igual o superior al uno por ciento (1%) del presupuesto oficial de cada una de las zonas para las que se presenten ofertas. La misma será por el plazo de ciento ochenta días (180) días contados a partir de la apertura de la licitación, vencido el cual se considerará prorrogado automáticamente si no mediare notificación por escrito y en forma fehaciente dirigida a la autoridad convocante, comunicando el retiro de la oferta. La misma podrá formalizarse mediante:
GARANTIA DE OFERTA. Los oferentes deberán presentar una garantía por el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta, constituida en alguna de las formas previstas por el Artículo 72 del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la HCDN. En caso de optar por garantía mediante póliza de caución, la misma deberá poseer certificación notarial del firmante de la aseguradora.
GARANTIA DE OFERTA. Los oferentes deberán presentar una garantía de oferta del uno por ciento (1 %) del valor total cotizado, que se deberá incorporar dentro del sobre de la oferta. En caso de cotizaciones alternativas, la garantía señalada se calculará sobre el mayor valor propuesto.- La garantía deberá presentarse sellada e imputada, teniendo en caso de no hacerlo, un plazo de CUARENTA Y OCHO (48 ) horas para adjuntar dicho comprobante. En caso de resultar insuficiente, tendrá un plazo xx XXXX ( 10 ) días hábiles para subsanar tal situación.- Por otro lado, la falta de presentación de la garantía de oferta implicará que la propuesta no sea considerada.-
GARANTIA DE OFERTA. Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los proponentes en el presente Concurso de Precios deberán presentar una garantía de oferta por el UNO POR CIENTO (1%) del valor del Presupuesto oficial de / de los rubros cotizados. La misma deberá ser presentada conjuntamente con la oferta, y podrá ser constituida en algunas de las siguientes formas:
GARANTIA DE OFERTA. 7.1. Los oferentes deberán afianzar sus propuestas, indefectiblemente, mediante la correspondiente garantía de oferta, por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta, mediante alguna de las formas (o mediante combinaciones de ellas) establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 101 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12). En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variante, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. La elección de la forma de la garantía queda a opción del oferente. La garantía de mantenimiento de la oferta será constituida por el plazo de validez de aquélla y su eventual prórroga. Y se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta. Si la cotización se hiciere en moneda extranjera, estése a lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
GARANTIA DE OFERTA. A los fines de la admisión de la propuesta, los oferentes deberán constituir una garantía de oferta por el término de ciento veinte (120) días y por un monto igual o superior al 1% (uno por ciento) del presupuesto oficial de cada una de las zonas para las que se presenten ofertas. Esta garantía sólo podrá constituirse válidamente a través de alguno de los siguientes medios:
GARANTIA DE OFERTA. Cada propuesta deberá acompañarse con un recibo expedido por Tesorería EMDER, donde conste que el oferente ha constituido la Garantía de Oferta, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 27º, la que ascenderá a PESOS UN MIL SEISCIENTOS ($ 1.600.-), equivalente al monto proporcional del canon oficial, correspondiente a dos (2) meses. Cualquiera sea la forma en que se constituya la Garantía de Oferta, deberá presentarse la respectiva documentación en la Tesorería del EMDER hasta el día hábil administrativo anterior al fijado para la apertura de ofertas, aún tratándose de dinero en efectivo. La Tesorería analizará y expedirá el correspondiente recibo. La Garantía de Oferta debe cubrir el período por el cual el P.B.C. en el artículo 13º exige el mantenimiento de la misma.