PRIMERA PARTE: DE LA LICITACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO PARA ORQUESTA XX XXXXXXX, S.A. (OSSA) ENTIDAD GESTORA DE LA REAL ORQUESTA SINFÓNICA XX XXXXXXX (XXXX)
EXPEDIENTE 01/2023
PRIMERA PARTE: DE LA LICITACIÓN
Cláusula 1. - Objeto del contrato
El Contrato al que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Particulares tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO (creatividad, diseño y maquetación) de piezas para impresión y piezas digitales para ORQUESTA XX XXXXXXX, S.A. (en adelante OSSA).
Cláusula 2. - Datos económicos del contrato
El presupuesto de licitación de la contratación se determina en el apartado C del cuadro de características. Este es el precio máximo que pueden ofrecer las empresas que contribuyan a la licitación del contrato.
El valor estimado del contrato se señala en el apartado C del cuadro de características.
Las referencias económicas contenidas en los párrafos anteriores no incluyen el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que resulte de aplicación.
Cláusula 3. - Financiación.
Consta en el expediente una certificación del director económico-administrativo según la cual se ha previsto la financiación suficiente para atender los compromisos económicos que se derivan de este contrato a cargo de:
Presupuesto 2023 (5 meses) - Importe: 11.000,00 € más IVA. Presupuesto 2024 (12 meses) - Importe: 26.400,00 € más IVA. Presupuesto 2025 (7 meses) - Importe: 15.400,00 € más IVA.
En lo que respecta a estos dos últimos presupuestos se consignará debidamente en el momento en que se abra, respectivamente, cada ejercicio presupuestario.
Cláusula 4. - Pago del precio.
El importe del trabajo realizado se acreditará por medio de facturas que acrediten la realización parcial del contrato, con una periodicidad mensual. El servicio se facturará dividiendo el precio de adjudicación entre VEINTICUATRO (24) meses.
El abono de la cantidad adjudicada estará en todo caso condicionado a la correcta ejecución del servicio.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria, previa presentación de las facturas correspondientes según se detalla en el apartado C del cuadro de características del contrato, las cuales tendrán que estar conformadas por la Dirección Gerencia o Departamento en el que aquella delegue.
Cláusula 5. - Plazo de presentación de ofertas, plazo de ejecución del contrato.
El plazo de presentación de ofertas se establece en el apartado F del Cuadro de Características.
El plazo de ejecución del contrato se establece en el apartado H del Cuadro de Características, en relación con lo dispuesto en la cláusula cuarta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Cláusula 6. - Tramitación del expediente
Tal como se especifica en el apartado I del cuadro de características, el expediente seguirá́ la tramitación ordinaria prevista legalmente para el procedimiento abierto, con pluralidad de criterios de valoración para seleccionar la oferta más ventajosa.
Cláusula 7. - Capacidad para contratar
Están facultadas para suscribir este contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, de acuerdo con lo que prevé́ el artículo 65 de la 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP); que no incurran en ninguna de las prohibiciones de contratar contenidas en el artículo 71 de la LCSP, lo cual se puede acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 85 de la LCSP; que acrediten la solvencia que se requiere y que disfruten de la habilitación empresarial o profesional que, si es el caso, sea exigible para llevar a cabo la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Asimismo, se requiere que la finalidad o la actividad de las empresas tengan relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Las empresas licitadoras, además, tienen que disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para ejecutarlo correctamente.
Por otra parte, tendrán que acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, de acuerdo con lo que disponen los artículos 74, 86 y 87 del TRLCSP, según se indica en el punto J del Cuadro de Características del Contrato.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, se tiene que acreditar mediante la inscripción a los correspondientes registros o la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo 1 del Real Decreto 1089/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP) (artículos 67 y 77 de la LCSP).
OSSA puede contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente a este efecto (UTE), sin que se necesite la formalización de la UTE en escritura pública hasta la adjudicación del contrato a su favor. Estos empresarios quedan obligados solidariamente ante OSSA y nombraran un
representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, sin perjuicio que las empresas otorguen poderes mancomunados para cobros y pagos de una cuantía significativa. Todas las empresas que forman parte de la UTE tienen que acreditar su solvencia, de conformidad con lo que disponen los artículos 69, 86 y 87 de la LCSP. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumula la acreditada por cada uno de sus integrantes.
La formalización de UTE tendrá́ que ser efectiva en el plazo máximo de 10 días hábiles desde su requerimiento. Estas empresas tendrán que presentar la declaración de compromiso de acuerdo con el ANEXO 1 del presente PCP (el resto de declaraciones a incluir en cualquiera de los sobres que se piden para la presente licitación, tendrán que ir firmadas por los representados de todas las personas físicas o jurídicas que componen la UTE), quedando obligadas solidariamente ante OSSA.
No se pueden presentar a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que esta participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Cláusula 8.- Disponibilidad de documentación para la Licitación
DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES
A partir de la fecha de la publicación oficial, los interesados podrán consultar en la página web xx XXXX xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/ el Cuadro de Características del Contrato, los Pliegos de Condiciones Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Igualmente se podrá consultar en la página web (sección de transparencia y otras) toda la información relativa a la empresa que pueda ser necesaria en orden a la elaboración de la propuesta metodológica que se dirá más adelante.
Para cualquier duda o aclaración, los licitadores deberán enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: Xxxxxx Xxxx Xxxxx. Departamento Jurídico. xxxxx@xxxxxxxxxx.xx
Para atender convenientemente su solicitud, deberán indicar:
1) Denominación o Razón Social de la empresa.
2) Persona de contacto.
3) Teléfono.
4) Dirección de correo electrónico.
El órgano de contratación velará para que todos los licitadores reciban la misma información.
RESPONSABLE DEL CONTRATO:
Es responsable del contrato la Dirección-Gerencia xx XXXX a quien corresponde supervisar la ejecución del contrato, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con la finalidad de asegurar que la prestación de servicios pactada se lleve a efecto de una forma correcta. A efectos de interlocución habitual con la empresa adjudicataria la Dirección podrá designar al responsable que entienda más adecuado.
Cláusula 9. - Presentación de proposiciones
Las proposiciones constaran de tres (3) sobres cerrados:
Las proposiciones se presentarán escritas con impresión informática y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
Las empresas extranjeras tendrán que presentar en castellano tanto la documentación administrativa y económica, como la profesional.
Los sobres se presentarán en el lugar y en el plazo que se señale en el anuncio de licitación y en el punto F del cuadro de características.
También se pueden presentar las proposiciones por correo. En este caso, se aplicará el artículo 80.4 del Real Decreto 1098/2001 (RGLCAP). La empresa licitadora tiene que justificar la fecha de imposición del envío en la oficina postal y comunicar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico xxxxx@xxxxxxxxxx.xx el mismo día, siempre antes de la ultima hora y día determinados como periodo de presentación de las proposiciones.
Recibida la comunicación, si transcurridos cinco (5) días naturales desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones no hubiese llegado al órgano de contratación la oferta enviada por correo, esta no será́ admitida en ningún caso.
Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto.
Las proposiciones son secretas y su presentación supone la aceptación incondicionada del contenido del presente PCP, así́ como del resto de documentación contractual.
No serán admitidas, en ningún caso, las ofertas de aquellas personas en las cuales concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la LCSP sobre prohibiciones de contratar.
En caso de que un licitador incurra, con posterioridad a la presentación de la proposición y con anterioridad a la formalización del contrato, en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la LCSP sobre prohibiciones de contratar deberá́ informar de estas circunstancias al OSSA.
Esta circunstancia provocará la inadmisión de la oferta por incurrir en prohibiciones de contratar e impedirá́ la adjudicación y/o formalización del contrato con el licitador en el que esta concurra.
En cada sobre se tiene que incluir un índice con su contenido. Las proposiciones se tendrán que presentar en formato papel y en formato digital.
NOTA: Todos los sobres tendrán que estar cerrados, identificados en su exterior con indicación del procedimiento al cual se licita (incluyendo el número de expediente), el nombre de la empresa, número de teléfono y la dirección de correo electrónico, así́ como la fecha y la firma del licitador o persona que lo represente, con su nombre y apellidos.
NOTA: La inclusión en el Sobre 1) de documentación que se tenga que incluir en los otros sobres y otras combinaciones, comportara ́ la exclusión del licitador por vulneración xxx xxxxxxx de las proposiciones que rige hasta el momento de su apertura.
Cláusula 10.- Contenido del Sobre 1
En el exterior tiene que figurar la mención “Sobre 1. Documentación general relativa a la licitación de la contratación del Servicio de Diseño Gráfico - Expediente OSSA 1/2023, presentada por. con
CIF/NIF ........, con domicilio a efectos de comunicaciones...... teléfono.......fax , e-mail…”.
En el interior de este sobre se hará́ constar, en una hoja independiente, la relación de la documentación que se aporta en este sobre, firmada por el licitador.
La documentación del sobre nº 1 se puede presentar MEDIANTE UNA DE LAS DOS OPCIONES indicadas a continuación:
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 (Opción 1):
1) Hoja independiente con la relación de la documentación que se aporta en este sobre, firmada por el licitador.
2) Declaración responsable
Los licitadores tendrán que presentar en el Sobre 1 una declaración responsable de conformidad con el ANEXO 2 del presente PCP, de acuerdo con el cual declaren responsablemente que cumplen las condiciones legalmente establecidas para contratar con el sector público y que cumplen los requisitos de capacidad y solvencia previstos en el mismo.
La empresa en la que recaiga la propuesta de adjudicación estará́ obligada a acreditar ante OSSA la posesión y validez de los documentos que acrediten su capacidad, solvencia económica y técnica previstos en este PCP, que no se encuentra incursa en ninguna prohibición de contratar y que se encuentra al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, así́ como el resto de documentación que requiera OSSA, en un plazo de 5 días hábiles a contar desde el envío del requerimiento, antes de formalizar el contrato.
Aun así, OSSA podrá́ requerir la aportación de esta documentación al licitador en cualquier
momento del procedimiento de licitación, y le tendrá́ que ser aportada en el plazo señalado.
En caso de participar en la licitación mediante UTE, cada una de las empresas participantes deberá́ aportar su propia declaración.
NOTA: La información que se transcribe a continuación, de acuerdo con lo que se expone en el párrafo precedente, solamente tendrá́ que ser acreditada por aquel licitador que sea propuesto como adjudicatario o cuando así́ le exija expresamente el órgano de contratación.
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 (Opción 2):
1) Hoja independiente con la relación de la documentación que se aporta en este sobre, firmada por el licitador.
2) Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador:
2.1. Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales) es obligatoria la presentación del documento nacional de identidad (DNI), o documento que lo sustituya, y del número de identificación fiscal (NIF), en caso de que no conste en el mencionado DNI.
2.2. Para las personas jurídicas es obligatoria la presentación del CIF y de la escritura de constitución o modificación, inscrita debidamente en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible de acuerdo con la legislación mercantil que sea aplicable. Cuando no lo sea, la acreditación se tiene que hacer mediante la aportación de la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional en que consten las normas reguladoras de la actividad de la empresa, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
2.3. Si el empresario actúa mediante representante o se trata de una persona jurídica, se tiene que aportar:
2.3.1. Documento público de apoderamiento, inscrito debidamente en el correspondiente registro público. Se tiene que adjuntar también una declaración responsable según la cual el documento de apoderamiento es plenamente vigente y no ha sido objeto de revocación.
2.3.2. DNI del representante y del firmante de la proposición económica.
2.4. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se tiene que acreditar mediante la inscripción en los registros procedentes de acuerdo con la legislación del estado donde son establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada, o de una certificación en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias aplicables.
2.5. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se tiene que acreditar mediante un informe de la misión diplomática permanente de España al estado correspondiente o de la oficina consular en el ámbito territorial de la que radique el domicilio de la empresa, en los términos que dispone el apartado tercero del artículo 84.3 de la LCSP.
2.6. Tal como se ha adelantado, se pueden presentar ofertas de uniones o agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente con esta finalidad, sin que haga falta su formalización en escritura pública hasta que no se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estas empresas están obligadas solidariamente ante esta entidad, en cualquier caso, tendrán que presentar una declaración de compromiso de conformidad con el ANEXO 1.
En estos supuestos, tanto de personas físicas como de jurídicas, cada uno de los componentes debe acreditar capacidad, personalidad, representación y solvencia, y es obligatorio indicar en un documento separado los nombres y circunstancias de los componentes que las suscriben y el porcentaje de participación de cada uno, y tienen que nombrar un representante o apoderado con facultades suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta que se extinga.
El licitador que forme parte de una agrupación o unión de empresarios que se constituya temporalmente no puede concurrir individualmente en el mismo procedimiento o no figurar en más de una agrupación o unión de empresarios.
3) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica:
3.1) Solvencia económica y financiera.
Se podrá acreditar de alguna de las formas siguientes:
- Volumen anual de negocios: que referido al año de mayor volumen de negocios de los TRES (3) últimos concluidos, deberá́ ser de importe igual o superior al precio máximo indicado en el punto C del cuadro de características y referido a un año. Este requisito se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en el registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial donde deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deben acreditar su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riegos profesionales por importe igual o superior al precio máximo indicado en el punto C del cuadro de características y referido a un año.
- Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, por importe igual o superior al precio máximo indicado en el PPT y referido a un año
3.2) Solvencia técnica:
Se podrá acreditar de alguna de las formas siguientes:
- Relación de los principales trabajos: efectuados en los TRES (3) últimos años, con un mínimo de TRES (3) trabajos con el mismo objeto de contrato o de características similares al de la licitación.
Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, cuando falte este certificado, mediante una declaración responsable del empresario.
Igualmente se podrá acreditar la solvencia mediante un informe que contenga los principales trabajos con el mismo objeto de contrato o de características similares al de la licitación
efectuados desde su creación en los términos acreditativos indicados más arriba, así como con un reporte de su capacidad técnica y organizativa.
Si no hubieran desarrollado actividad y/o su antigüedad fuera inferior a un año la solvencia técnica podrá ser acreditada mediante una relación del personal que participaría en la ejecución del objeto del contrato, medios de los que se dispone y descripción de las medidas empleadas para garantizar la calidad del servicio.
4) Declaración responsable Complementaria
Los licitadores tendrán que presentar una declaración responsable complementaria de conformidad con el ANEXO 2 de este PCP.
Cláusula 11. - Contenido del sobre 2 (criterios dependientes de un juicio de valor)
En el exterior tiene que figurar la mención “Sobre 2. Proposición para el procedimiento relativo a la contratación del Servicio de Diseño Gráfico, Expediente OSSA 1/2023 presentada por. con CIF/NIF
........, con domicilio a efectos de comunicaciones...... teléfono.......fax......, e-mail Documentación
acreditativa de la propuesta profesional para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de acuerdo con juicios de valor”.
El sobre 2 tiene que contener la propuesta profesional que se indica en la cláusula 3 del PPT que presenta el licitador y que se evalúa mediante juicios de valor, firmada por su representante.
NOTA: Por lo tanto, no podrá́ figurar dentro del sobre 2 ninguna información económica o relativa al sobre 3 (criterios evaluables automáticamente), ya sea en relación con la oferta económica del licitador o con el presupuesto de licitación o, en su caso, reducción de plazos, siendo este hecho motivo de exclusión de la licitación.
El sobre 2 incluirá́ un índice del contenido de este. Tendrá́ que constar en soporte papel, con el siguiente contenido:
1.- Personas propuestas para el desarrollo del servicio externo, con especificación de títulos, formación, experiencia general y, en su caso, específica en el ámbito musical.
• Responsable/coordinador del servicio: director de arte con una experiencia superior a
CINCO AÑOS. Esta experiencia deberá ser convenientemente acreditada.
• Técnico diseñador: al menos un/a diseñador/a gráfico con experiencia superior a TRES AÑOS al proyecto de desarrollo de la temporada. Esta experiencia deberá ser convenientemente acreditada. Deberá poseer el siguiente perfil:
2.- Propuesta de idea, diseño y creatividad de la imagen de la Temporada 2024-2025
La propuesta profesional será́ valorada de acuerdo con lo que se establece en el ANEXO 4 del presente Xxxxxx.
Cláusula 12.- Contenido del sobre 3 (criterios evaluables mediante fórmula matemática)
En el exterior tiene que figurar la mención “Sobre 3. Proposición para el procedimiento relativo la licitación de la contratación del Servicio de Diseño Gráfico, Expediente OSSA 1/2023, presentada por...... con CIF/NIF ........, con domicilio a efectos de comunicaciones...... teléfono.......fax. , e-mae-
mail…iterios de ponderación objetivos”.
Este sobre tiene que contener la oferta económica del licitador, firmada por su representante.
Se tendrá́ que formular de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo nº 3 del presente PCP y se valorará de acuerdo con lo que se prevé́ en el Anexo nº 4 del presente PCP.
La oferta económica se presentará en soporte papel, y no se podrá́ realizar ninguna variación en su codificación y descripción, ni en su estructura.
Cada Licitador solo podrá́ presentar una única oferta.
El precio de la oferta no incluirá́ el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Cláusula 13. - Órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento
Se indica en el apartado T del cuadro de características el órgano de contratación competente.
De acuerdo con aquello que dispone el art. 326 de la LCSP, el órgano de contratación estará́ asistido por la Mesa de Contratación, que será́ el órgano competente para la valoración de las ofertas.
Los miembros de la Mesa han sido nombrados por el órgano de contratación y se detalla su composición en el apartado U del Cuadro de Características del contrato.
Cláusula 14. - Calificación de la documentación y defectos u omisiones enmendables
La Mesa de Contratación calificará previamente la documentación general (sobre 1), presentada en el plazo y forma establecidos.
Sin embargo, en caso de que la Mesa observe defectos u omisiones enmendables en la documentación presentada, lo comunicará a los licitadores afectados a fin de que les corrijan o enmienden, ante la propia Mesa de Contratación, en un plazo no superior a tres días hábiles.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 22 del RGLCAP, la Mesa podrá́ solicitar a las empresas licitadoras las aclaraciones que considere necesarias sobre los certificados y documentos presentados, o requerirla para que sean completados. En este caso, el empresario dispondrá́ de un plazo de cinco días naturales, los cuales no podrán superar el de finalización del plazo concedido en concepto de enmienda de la documentación presentada.
Cláusula 15. - Apertura y examen de las proposiciones
La Mesa, una vez calificada la documentación general y enmendados en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, determinará las licitadoras que se ajustan a los requisitos de selección establecidos, con pronunciamiento expreso respecto de las admitidas en la licitación, las excluidas y las causas de la exclusión.
En el día, lugar y hora que se indique, la Mesa de Contratación procederá́ en sesión pública a la apertura del sobre 2 presentado por las empresas admitidas en el procedimiento, previa comunicación de la relación de empresas admitidas y excluidas como consecuencia de la calificación de la documentación contenida en el sobre 1 efectuada en sesión privada, así́ como los motivos de exclusión de estas últimas, en su caso.
En este acto se permitirá́ a los interesados que puedan comprobar si sus sobres se encuentran en idénticas condiciones en las que fueron entregados.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 27.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, en caso de que hubiera criterios no cuantificables automáticamente, la documentación técnica correspondiente se entregará al órgano encargado de su valoración, dejando constancia documental de todas las actuaciones.
Una vez realizada la apertura del sobre nº 2, la mesa valorará la propuesta profesional de los criterios no evaluables mediante fórmula en los términos que se establecen en el Anexo 4 del PCP.
Se requerirá́ una puntuación mínima de 30 puntos sobre un máximo de 50 puntos en la valoración de la propuesta profesional para poder acceder a la apertura del sobre 3 para evaluar los criterios evaluables de forma automática. Las empresas que superen dicha puntuación serán convocadas a un acto público a fin de proceder a la apertura del sobre 3.
Antes de la apertura del sobre 3 (criterios evaluables mediante fórmula), los asistentes al acto público que hayan superado la puntuación mínima correspondiente a la valoración de la propuesta profesional podrán expresar aquello que crean oportuno para la defensa de sus intereses, o pedir las aclaraciones que estimen convenientes. La Mesa aclarará las dudas expuestas y dará́ las respuestas pertinentes, si bien en este momento no podrá́ hacerse cargo de documentos que no hubieran sido entregados durante el plazo de licitación o de enmienda de los defectos u omisiones. Estas manifestaciones se reflejarán en el acta que se extienda de esta sesión.
Asimismo, serán rechazadas, mediante resolución motivada, las proposiciones incluidas en el sobre 3 que no concuerden con la documentación examinada y admitida, las que excedan del presupuesto de licitación, las que modifiquen el modelo de proposición establecido en este Pliego, así́ como las que muestren un error manifiesto en relación con el importe de la proposición. También serán rechazadas las proposiciones en las que el licitador reconozca el error o inconsistencia de esta que la hagan inviable y también las que incurran en el supuesto de oferta anormalmente baja o desproporcionada y que no quede justificada su viabilidad.
Cláusula 16. - Valoración de las proposiciones
La Mesa de Contratación podrá́ solicitar los informes técnicos que considere necesarios antes de formular su propuesta de adjudicación.
Criterios de valoración de las ofertas
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la propuesta de licitación más ventajosa, se aplicarán los criterios de valoración aprobados que figuran en el ANEXO 4 del presente Xxxxxx.
Ofertas con valores anormalmente bajos o desproporcionados
Si la Mesa de Contratación considera que la baja formulada como oferta económica puede ser desproporcionada, requerirá́ el informe técnico correspondiente, previa solicitud de información por escrito a los licitadores que hayan formulado una oferta de estas características, a fin de que justifiquen la viabilidad de la oferta.
Cláusula 17. - Adjudicación
La Mesa de Contratación formulará la propuesta de adjudicación a favor de la oferta más ventajosa por aplicación de los criterios de valoración aprobados que constan en el ANEXO 4 del presente Xxxxxx.
El órgano de contratación debe acordar la adjudicación en un plazo de un mes a contar desde la apertura de las proposiciones. Cuando la resolución de adjudicación que se dicte no se vincule con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, tendrá́ que motivar su decisión.
El órgano de contratación requerirá́ al licitador que haya presentado la propuesta de licitación más ventajosa a fin de que en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del requerimiento, acredite la posesión y validez de los documentos previstos en los apartados a) y b) de la cláusula 10 del presente PCP, en el caso de que no lo haya hecho todavía.
Asimismo, el licitador que haya presentado la propuesta de licitación más ventajosa, tiene que aportar, en todo caso, la siguiente documentación:
a) Documentos acreditativos de la efectiva disposición de medios que se haya comprometido a dedicar o adscribir la ejecución del contrato.
b) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado.
c) Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Documento acreditativo de que el licitador está dado de alta del impuesto sobre actividades económicas y está al corriente del pago de este impuesto, cuando se ejerzan actividades que estén sujetas a él.
e) Documentación acreditativa de la capacidad, solvencia técnica y económica en caso de que no se haya presentado en el sobre 1, así́ como cualquier otra documentación que específicamente, y por la naturaleza del contrato, se especifique en el Cuadro de Características del contrato.
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles a la recepción de la documentación.
Cláusula 18. - Notificación a los candidatos y licitadores y publicidad de las adjudicaciones
La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores según lo que estipula el artículo 151 de la LCSP y se publicará en el perfil del contratante.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rehusadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, quedaran archivadas en el expediente.
Adjudicado el contrato quedará a disposición de las personas interesadas la documentación que acompaña a las proposiciones presentadas.
SEGUNDA PARTE: DEL CONTRATO Y SU EJECUCIÓN
Cláusula 19. - Garantía
Atendiendo la naturaleza de la prestación del servicio y de acuerdo con el artículo 114 LCSP no se establece obligación de constitución de garantía.
Cláusula 20. - Documento de formalización
El adjudicatario está obligado a la formalización del contrato, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la notificación de la adjudicación.
En caso de que haya resultado adjudicataria una UTE, tendrá́ que formalizar la escritura correspondiente para su constitución, previamente a la formalización del contrato, en la que también tendrá́ que constar el nombramiento de quien la represente con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
Si el contrato no se pudiera formalizar por causas imputables al contratista, OSSA podrá́ acordar su resolución.
En el supuesto de que la falta de formalización sea imputable al órgano de Contratación, se indemnizará al contratista por los daños y perjuicios que la demora le haya podido ocasionar, con independencia de que el contratista pueda solicitar la resolución del contrato.
La formalización del contrato es requisito imprescindible para poder iniciar la ejecución, a menos que sea de tramitación por emergencia de conformidad con el artículo 153.6 de la LCSP.
Cláusula 21.- Modificación del Contrato
La modificación de los servicios previstos en el PPT comporta la modificación del contrato en los términos y por las causas previstas por la normativa vigente (artículos 203 y siguientes de la LCSP y disposiciones concordantes).
Cláusula 22. - Ejecución y supervisión del contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo que establezcan sus cláusulas y el Pliego que lo rige, de acuerdo con las instrucciones que él órgano de contratación dé al contratista para su interpretación o al responsable del contrato que haya designado.
Cláusula 23. - Control en la ejecución del contrato
OSSA efectuará la inspección, comprobación y vigilancia que considere necesarias para la correcta realización del contrato y podrá́ dictar las instrucciones oportunas para su correcto cumplimiento.
Cláusula 24. – Responsabilidad
El contratista es responsable de la calidad técnica de las prestaciones realizadas, así́ como también de las consecuencias que se deduzcan para OSSA o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
El contratista ejecuta el contrato a su riesgo y xxxxxxx y está obligado a indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, excepto en caso de que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden xx XXXX.
La empresa adjudicataria asumirá́ la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados, como consecuencia de culpa o negligencia por parte del personal de su plantilla.
Asimismo, el adjudicatario será́ responsable por los daños que se pudieran causar a terceras personas y especialmente a los usuarios como consecuencia de la negligencia o culpa de sus trabajadores en el desarrollo de sus funciones, por eso tendrá́ que tener suscrita en el momento de la formalización del contrato una póliza de responsabilidad civil cuyo importe mínimo será́ necesario y suficiente para asegurar un entorno de error “0”.
Cláusula 25. Prevención de riesgos laborales.
Asimismo, el adjudicatario y OSSA establecerán los medios de coordinación y cooperación legalmente establecidos sobre Prevención de Riesgos Laborales, informándose recíprocamente sobre los riesgos específicos de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo, evaluando los riesgos y la planificación de las actividades preventivas, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 enero.
A estos efectos, el adjudicatario se compromete a entregar a la empresa que gestione la prevención de riesgos laborales xx XXXX, la totalidad de la documentación que se le requiera.
El adjudicatario será́ responsable de los daños y perjuicios que puedan originarse por el incumplimiento, por su parte o por su personal, de las normas de seguridad establecidas por OSSA.
Cláusula 26. - Otras obligaciones de la Adjudicataria.
1.- Garantizar el cumplimiento, en los términos acordados, de los servicios contratados. 2.- Cumplir con toda la legislación en materia ambiental y energética.
3.- La empresa adjudicataria no podrá facilitar ningún material desarrollado en este contrato a terceros hasta obtener la conformidad por escrito, vía correo electrónico del Departamento de Relaciones Externas, Comunicación e Imagen xx XXXX.
4.- Atender cualquier responsabilidad por daños y perjuicios.
5.- Facilitar cualquier información sobre el desarrollo de la prestación del servicio a requerimiento xx XXXX, a tal efecto habrá designar un responsable a quien en todo momento y en caso de necesidad pueda dirigirse el Departamento de Relaciones Externas, Comunicación e Imagen xx XXXX como interlocutor válido.
6.- El adjudicatario no podrá incluir su marca ni logo en ningún documento.
7.- Los servicios objeto de este contrato se desarrollarán respetando en todo caso las normas sociolaborales vigentes en España, en la Unión Europea y en la OIT. El personal de la empresa dependerá exclusivamente del contratista y, por lo tanto, este tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, teniendo que cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y, específicamente en materia de prevención de riesgos laborales, tanto con respecto al personal propio como a su equipamiento.
8.- La adjudicataria, en toda documentación, imagen o materiales que sean necesarios para la ejecución del contrato tendrá que hacer un uso no sexista del lenguaje. Tendrá que evitar además cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
9.- Aplicar las medidas destinadas a promover la igualdad entre hombres y mujeres en la ejecución de las prestaciones propias del servicio objeto del contrato.
Cláusula 27.- OSSA se compromete a:
Informar de las condiciones y los riesgos específicos de sus instalaciones y entregar a la adjudicataria las normas generales de estricto cumplimiento, las cuales tendrá́ obligación de respetar en el caso de que necesite acceso a las mismas para el desarrollo del presente contrato.
Cláusula 28. - Plazo de garantía y devolución o cancelación de la garantía definitiva
No procede.
Cláusula 29.- Protección de datos
En cumplimiento de lo que dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en lo que se regula el derecho de información en la recogida de los datos de carácter personal, se deja constancia de los siguientes extremos:
- La documentación requerida para licitar en el presente procedimiento que contenga datos de carácter personal es necesaria por la participación en este.
- En relación con la documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas interesadas / afectadas para facilitar la referida información al OSSA con la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
- La documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal será́ depositada en las oficinas xx XXXX, ubicadas en Xxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx xx 00, 00000, Xxxxxxx, y será́ tratada por OSSA por la calificación, valoración y comparación de las proposiciones de los licitadores y para dar cumplimiento a las finalidades establecidas en la normativa de contratación del sector público que sea de aplicación x XXXX.
- Los destinatarios de esta información será la propia OSSA, así́ como aquellos terceros que realicen tareas de fiscalización o aquellos terceros que, en la ejecución del Contrato, necesariamente tengan que acceder a esta.
- La presentación de la oferta y la documentación solicitada implica que el licitador autoriza x XXXX a tratar la referida documentación e información en los términos informados y, en caso de que resulte adjudicatario, en el marco de la ejecución del Contrato.
- Los interesados / afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito x XXXX como entidad responsable del tratamiento, a la dirección, adjuntando una copia del Documento Nacional de Identidad u otro Documento Oficial que acredite la identidad de la persona que ejercite el derecho. Los licitadores se obligan a trasladar estos derechos a todos aquellos interesados de los que haya facilitado datos personales x XXXX.
A los efectos previstos en la presente cláusula, los licitadores tendrán que aportar una declaración responsable.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de todo aquello que establece la normativa en protección de fechas vigente en cada momento.
Cláusula 30.- Cesión del Contrato y Subcontratación
Se prohíbe la cesión total o parcial de este contrato.
El adjudicatario podrá́ subcontratar con terceros la realización parcial de la prestación con el cumplimiento de los requisitos y obligaciones legalmente establecidos hasta un porcentaje que no podrá́ exceder del 20 por 100 del precio del contrato (IVA excluido) de cada uno de los conceptos relacionados en la letra C del Cuadro de características del contrato.
Solo se autorizan las subcontrataciones que el licitador haya previsto en su oferta presentada en el procedimiento de licitación, en cuya oferta tiene que consignar en la documentación de la propuesta toda la información relevante sobre los subcontratistas y el objeto de subcontratación, sin exceder el importe máximo indicado en el anterior párrafo, y deberá cumplimentar un documento según el modelo que figura en el ANEXO 5 de este PCP.
Las tareas inherentes a organización, gestión, seguimiento y aseguramiento de la calidad de las prestaciones contractuales ante OSSA son responsabilidad del contratista.
En el supuesto de subcontratación, el contratista es plenamente responsable ante OSSA del cumplimiento íntegro de las prestaciones que configuran el contrato.
El adjudicatario está obligado a abonar a los subcontratistas el precio pactado en un plazo que no puede ser más desfavorable que OSSA establezca para el pago del contrato principal.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de estas obligaciones, el adjudicatario tiene que presentar, antes de que el contrato se formalice, una declaración responsable en que se compromete a cumplir los plazos de pago a los subcontratistas que establece la legislación vigente.
Asimismo, acabado el plazo de ejecución y antes de la liquidación, tiene que presentar un documento que justifique el cumplimiento efectivo de los plazos de abono a los subcontratistas.
Cláusula 31.- Confidencialidad
La información, datos o especificaciones facilitadas por OSSA al adjudicatario y al personal a su servicio, así́ como a aquellas personas que hayan accedido a ella en ejecución del Contrato, tienen que ser consideradas por estos como confidenciales, y no pueden ser objeto, ni total ni parcialmente, de publicación, copia, utilización, cesión, préstamo o venta a terceras personas. Por lo tanto, el adjudicatario se compromete a guardar secreto respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del Contrato. El deber de confidencialidad subsiste durante los cinco (5) años siguientes a la extinción del Contrato.
El adjudicatario y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar de manera fiel y cuidadosa la información, la documentación y los datos que reciban en el marco de la ejecución del Contrato, y adoptan el compromiso de que no lleguen, bajo ningún concepto, a poder de personas diferentes de las previstas en las disposiciones legales aplicables o de las que expresamente indique OSSA.
El adjudicatario y el personal a su servicio no pueden acceder a las informaciones, datos y documentos xx XXXX no relacionados directamente con el objeto del Contrato. El adjudicatario asume el compromiso de transmitir esta obligación a su personal.
Asimismo, los licitadores tendrán que señalar expresamente aquella documentación y/o información que considere confidencial de su oferta.
Las consignadas en este apartado se consideran obligaciones contractuales esenciales del adjudicatario y los licitadores.
Cláusula 32.- Naturaleza jurídica del contrato y Jurisdicción competente
Dada la naturaleza jurídica de esta Sociedad, la contratación que sirve de base a este pleno tiene carácter privado, quedando sujeto, por lo tanto, al derecho privado, rigiéndose por este Pliego y documentación anexa y, en todo aquello no previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable.
La jurisdicción contenciosa administrativa será́ la competente para resolver las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato.
ANEXO 1.- DECLARACIÓN DE CONSTITUCIÓN DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
(Declaración, en su caso, sobre 1)
El/la señor/a , en representación de la empresa , y el/la señor/a , en representación de la empresa _,
DECLARAN
a) La voluntad de constituir una Unión Temporal de Empresas para participar en la licitación del contrato de.……………(expediente……..) con las empresas que se relacionan con el siguiente porcentaje de participación en la ejecución del contrato:
%
%
%
b) Que designan como representante de la UTE en el procesa licitador al/a la señor/a
Y para que conste, firmo esta declaración (lugar y fecha)
Firma
ANEXO 2.- MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE
Procedimiento de contratación:
CONTRATO RELATIVO A: SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO
EXPEDIENTE: EXPEDIENTE OSSA 1/2023
[D./Dña.] [nombre y apellidos], con DNI número [nº. DNI], en representación de la empresa [nombre de la empresa o “en representación propia”, si es el caso], de la cual actúa en calidad de [administrador único, solidario o mancomunado, apoderado solidario o mancomunado], según escritura pública otorgada ante Notario de [lugar], Sr./Sra. [nombre y apellidos] en fecha [ de de] y número de protocolo [nº. protocolo] declara bajo su responsabilidad, como empresa licitadora del contrato,
DECLARO
1. Que la empresa participante tiene la capacidad exigida para participar en el procedimiento, de acuerdo con lo que establece el PCP y las IIC.
2. Que ni .............................. («el licitador») ni sus administradores o representantes se encuentran en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
3. Que la empresa participante cumple los requisitos de capacidad, solvencia técnica, profesional, económica y financiera exigida en el PCP y que se compromete a aportar la documentación acreditativa de estos extremos en el plazo que se le requiera, a contar desde el día siguiente de la recepción del requerimiento enviado por OSSA.
4. Que el licitador está al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado.
5. Que el licitador está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
6. Que el licitador está dado de alta del impuesto sobre actividades económicas y está al corriente del pago de este impuesto, cuando se ejerzan actividades que están sujetas.
7. Que el licitador aportará la documentación que acreditan su solvencia y capacidad (puntos de 4 a 7 anteriores) si es requerido por el órgano de contratación. O bien 7. Que el licitador aporta la documentación que acredita su solvencia y capacidad en el presente sobre nº. 1
8. Que la empresa participante acepta que la documentación mencionada en el presente Xxxxxx tiene carácter contractual.
9. Que el licitador no ha sido adjudicatario ni ha intervenido en la elaboración de las especificidades técnicas o de los documentos preparatorios de esta contratación ni está vinculado a ninguna otra sociedad que haya intervenido.
10. (si el licitador forma parte de algún grupo empresarial, tiene que indicar lo siguiente): Que el licitador forma parte de un grupo empresarial [nombre del grupo empresarial], y declara que ninguna empresa vinculada al mismo grupo que el licitador ha presentado oferta en este procedimiento de contratación / se hace constar que se presentan a la presente licitación las siguientes empresas del grupo: […]
11. Que en caso de resultar adjudicatario, justificará la disposición del seguro requerido.
12. Que ha tenido en cuenta en la elaboración de su oferta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de Trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
13. Que en relación con las obligaciones previstas en la Ley orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, por la igualdad efectividad de mujeres y hombres (señalar la opción que corresponda), el licitador tiene:
[ ] Menos de 250 trabajadores y trabajadoras, y no disponen de un Plan por la igualdad de mujeres y hombres.
[ ] Menos de 250 trabajadores y trabajadoras, y disponen de un Plan por la igualdad de mujeres y hombres.
[ ] 250 o más trabajadores y trabajadoras, y disponen de un Plan por la igualdad de mujeres y hombres conforme a las previsiones contempladas en los artículos 45 y siguientes de la referida disposición.
Que manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la Ley, son los siguientes:
Persona de contacto.........................................................................................
Domicilio social.................................................................................................
C.P................ Población.......................................................................................
Teléfono........................ Correo electrónico ....................................................
Firma:
Sello empresa
ANEXO 3.- MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
El/la Sr./Sra. ............................., domiciliado en ............, provincia de ............., calle .............. nº ,
y DNI nº. .............., en nombre (propio) (o de la empresa que representa) ............., con CIF nº ,
y domicilio fiscal en .........., calle .......... nº. ....., conocedor del anuncio publicado en el perfil del contratante xx XXXX, y de las normas que regulan la adjudicación del contrato SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO, EXPEDIENTE OSSA 1/2023, se compromete a realizar este proyecto, con estricta aceptación de las normas que regulan este contrato y en las siguientes condiciones económicas:
LICITADOR | OFERTA ECONÓMICA (PARA LA DURACIÓN TOTAL DE 24 MESES) |
€ (iva excluido) |
Plazo de validez de la oferta: 3 meses (lugar y fecha) (firma)
(sello de la empresa)
ANEXO 4.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los sistemas utilizados para la valoración de cada uno de los criterios de adjudicación serán los siguientes:
1.- CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA (1)… 0 a 5
V1 Personas propuestas | Puntuación máxima |
V1.1 Titulaciones y formación | 0,5 |
V1.2 Experiencia general (diseño) | 0,5 |
V1.3 Personas dedicadas al proyecto (mejora respecto al mínimo de personal requerido) | 0,5 |
V1.4 Experiencia específica en proyectos relacionados con la música clásica, y especialmente la música sinfónica y xx xxxxxx. | 3,5 |
V1 Total | 5 |
2.- CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA (2)… 0 a 40
V2 Propuesta de idea, diseño y creatividad | Puntuación máxima |
V2 Propuesta de idea, diseño y creatividad de la imagen de la Temporada 2024-2025 | 40 |
V2 Total | 40 |
3.- CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA (3) 0 a 5
V3 Plazos de entrega | Puntuación máxima |
V3 Mejora en plazos de entrega | 5 |
V3 Total | 5 |
TOTAL CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA 0 a 50
4.- CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA 0 a 50
V4 Oferta económica | Puntuación máxima |
V3 Precio global oferta | 50 |
V3 Total | 50 |
TOTAL PUNTUACION MÁXIMA V1+V2+V3+V4= 100
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Se valorarán los aspectos detallados a continuación, por entender que contribuyen a la mejora en la calidad y competencias del servicio de asistencia en materia de comunicación.
ESTUDIO TÉCNICO DE LA PROPUESTA PROFESIONAL (50 puntos)
V1 Personas propuestas para la prestación del servicio: 5 puntos.
• Perfil competencial de conocimientos y experiencia en la prestación de servicios similares;
• Formación relacionada con la prestación del servicio debidamente acreditada.
Los requisitos de las 2 personas mínimas a proponer por las empresas licitadoras serán los siguientes:
1) Director de arte con una experiencia superior a CINCO AÑOS. Esta experiencia deberá ser convenientemente acreditada.
2) Técnico diseñador: al menos un/a diseñador/a gráfico con experiencia superior a TRES AÑOS dedicado al proyecto de desarrollo de la temporada. Esta experiencia deberá ser convenientemente acreditada.
Con carácter añadido, los elementos que se tendrán en cuenta para valorar su adecuación serán los siguientes:
- Formación reconocida en materia de diseño.
- Formación complementaria reconocida en materia de diseño.
- Experiencia específica en proyectos relacionados con la música clásica, y especialmente la música sinfónica y xx xxxxxx
- Experiencia en servicios similares en entidades culturales y específicamente en orquestas profesionales.
V2 Propuesta de idea, diseño y creatividad: 40 puntos
- Propuesta de idea, diseño y creatividad de la imagen de la Temporada 2024-2025
Con carácter añadido, los objetivos que se tendrán en cuenta para valorar su adecuación serán los siguientes:
1) Transmitir una imagen de orquesta moderna y dinámica.
2) Comunicar la calidad y la excelencia de la programación.
3) Aumentar en notoriedad y prestigio, nacional e internacional.
4) Consolidar la relación con el público.
5) Generar nuevas audiencias, con especial atención a los jóvenes.
6) Aumentar la venta de entradas.
V3 Mejora en los plazos de entrega (5 puntos)
Valora la reducción razonable de los plazos de entrega de los materiales sobre la base de un compromiso cuyo incumplimiento conlleva la resolución del contrato y posible indemnización.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA (50 puntos)
V4. Precio global de la oferta (25 puntos)
Se puntuará en 25 puntos la oferta más económica, y para el resto se aplicará la siguiente fórmula V2n = (Xxxx * Puntos) / An [0 ≤ V2n ≤ 50]
- V2n = puntuación de la propuesta económica “n” de licitación
- Xxxx= importe de la propuesta económica más baja, descartadas las temerarias
- An = importe de la propuesta económica “n” de licitación
VALORACIÓN TOTAL DE LA LICITACIÓN
VLn = VTn + VEn
n = número de la propuesta
VLn = Valoración de la oferta total de la licitación VEn = Valoración de la oferta económica
VTn = Valoración de la oferta técnica y ventajas adicionales
(*) Las ofertas podrán considerarse anormalmente bajas cuando el importe sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 30 unidades porcentuales.
Si la Mesa considera que la baja formulada como oferta económica puede ser desproporcionada o anormalmente baja, requerirá el informe técnico del correspondiente servicio, previa solicitud de información por escrito a los licitadores que hayan formulado una oferta de este tipo, para que justifiquen el sentido de la oferta.
Se requerirá́ una puntuación mínima de 30 puntos sobre un máximo de 50 puntos en la valoración de la propuesta profesional para poder acceder a la apertura del sobre 3 para evaluar los criterios evaluables mediante fórmula.
ANEXO 5.- FORMULARIO DE COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIONES
Este formulario se tiene que entregar, en su caso, en el SOBRE 2
El Sr. ............................., domiciliado en ............, provincia de ............., calle .............. nº , y DNI
nº. .............., en nombre (propio) (o de la empresa que representa) ............., con CIF nº. ........., y domicilio fiscal en .........., calle .......... nº. ....., conocedor del anuncio publicado en el perfil del contratante xx XXXX, y de las normas que regulan la adjudicación del contrato de “servicio de asistencia externa en comunicación”
DECLARA
Que en su oferta se han previsto las siguientes subcontrataciones de prestaciones parciales de este contrato, las cuales serán desarrolladas por los empresarios subcontratistas colaboradores del licitador que se mencionan a continuación:
Prestación parcial subcontratada (descripción precisa de la prestación que ejecutará el subcontratista) | Identificación del subcontratista que desarrollará la prestación (hay que indicar, como mínimo, razón social, CIF, dirección postal, datos de contacto telefónicos, dirección electrónica y persona de contacto) | % de la oferta económica del contratista que representa la prestación subcontratada (2 decimales; no se tienen que indicar importes en valor absoluto en ningún caso) |
% total de la oferta económica que corresponde a prestaciones subcontratadas (Hay que respetar el límite indicado en la cláusula 30) | % |
Y, para que conste y produzca efecto en el marco del procedimiento
de contratación de referencia, firmo esta declaración en [lugar], el [día] de [mes] de [año]. Firma: