Definición de Comité de Coordinación

Comité de Coordinación significa el comité establecido por la Distribuidora y el Adjudicado de acuerdo con la Cláusula Décimo Quinta del presente Contrato. “Consumo Térmico Unitario Neto Garantizado, o CTUNG” Es el consumo de combustible requerido para generar un Megavatio-hora de energía eléctrica garantizado en la Oferta, debiendo considerar las pérdidas desde la entrada de combustible hasta la entrega de energía eléctrica en las terminales del lado de alta del transformador en el Punto de Entrega, teniendo en cuenta la degradación para el tiempo de vigencia del Contrato en todas las condiciones ambientales del sitio de instalación. “Contrato de Abastecimiento, o el Contrato” Es el presente documento contenido en escritura pública que celebra la Distribuidora con el Adjudicado, en donde se establecen los términos bajo los que se prestará el suministro de potencia y energía eléctrica por el Adjudicado, a los Usuarios del Servicio de Distribución Final [afectos o no afectos a la Xxx xx Xxxxxx Social] de la Distribuidora, así como el precio, forma de pago, garantías y demás condiciones técnicas, económicas y jurídicas relacionadas con dicho suministro. “Contrato por Diferencia con Curva de Carga” Es el tipo de contrato que se describe en el literal a) del numeral 13.4.1 de la Norma de Coordinación Comercial No. 13 del AMM. “Contrato de Energía Generada” Es el tipo de contrato que se describe en el literal f) del numeral 13.4.1 de la Norma de Coordinación Comercial No. 13 del AMM. “Contrato de Opción de Compra de Energía” Es el tipo de contrato que se describe en la literal c) del numeral trece punto cuatro punto uno (13.4.1) de la Norma de Coordinación Comercial número trece (13) del Administrador xxx Xxxxxxx Mayorista. “Contrato de Respaldo de Potencia” Es el tipo de contrato que se describe en el numeral trece punto cuatro punto tres (13.4.3) de la Norma de Coordinación Comercial número trece (13) del Administrador xxx Xxxxxxx Mayorista. “Contrato Firme” Tiene el significado que le da el artículo dos (2) de la Norma de Coordinación Comercial número diez (10), del Administrador xxx Xxxxxxx
Comité de Coordinación significa el comité establecido por la Distribuidora y el Adjudicado de acuerdo con la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato. “Consumo Térmico Unitario Neto Garantizado, o CTUNG” Es el consumo de combustible requerido para generar un kilovatio-hora de energía eléctrica garantizado en la Oferta, debiendo considerar las pérdidas desde la entrada de combustible hasta la entrega de energía eléctrica en las terminales del lado de alta del transformador en el Punto de Entrega, teniendo en cuenta la degradación para el tiempo de vigencia del Contrato en todas las condiciones ambientales del sitio de instalación. “Contrato de Abastecimiento, o el Contrato” Es el presente contrato contenido en escritura pública que celebra la Distribuidora con el Adjudicado, en donde se establecen los términos bajo los que se prestará el suministro de potencia y/o energía eléctrica por el Adjudicado, a los Usuarios del Servicio de Distribución Final de la Distribuidora, así como el precio, forma de pago, garantías y demás condiciones técnicas, económicas y jurídicas relacionadas con dicho suministro. “Contrato por Diferencia con Curva de Carga” Es el tipo de contrato que se
Comité de Coordinación. Comarca Ngäbe Buglé (Nivel técnico operativo) Instituciones implementadoras AECID Comité Directivo OER MIRE AECID

Examples of Comité de Coordinación in a sentence

  • El Comité de Coordinación será responsable de la coordinación entre las Partes durante la vigencia del Contrato y de la coordinación con la CNEE y el AMM para cumplir con la normativa vigente.

  • Dentro de los quince (15) Días siguientes a la suscripción de este Contrato, las Partes constituirán un Comité de Coordinación integrado por dos representantes de cada Parte con sus respectivos suplentes.

  • De acuerdo con el Plan anual de auditoría aprobado por parte del Comité de Coordinación de Control Interno, con corte a diciembre de 2023, los informes de evaluación y seguimiento efectuados se encuentran publicados en la página del Instituto y presentaron el siguiente avance: ● Se reportó por parte de la Subdirección Administrativa y Financiera los informes mensuales de ejecución presupuestal remitidos a la Personería de Bogotá.

  • Sin embargo, si uno de esos Comités Ejecutivos estuviese compuesto por más de un cuarto de los países miembros de la Asamblea que le ha elegido, ese Comité designará, entre sus miembros, los Estados que serán miembros del Comité de Coordinación, de tal modo que su número no exceda del cuarto indicado y en la inteligencia de que el país en cuyo territorio tenga su Sede la Organización no se computará para el cálculo de dicho cuarto.

  • Los compromisos de tal naturaleza que puedan derivarse, serán acordados en cada caso particular dentro de los Convenios Específicos consignando un Plan de Trabajo, precisando la forma de obtención de los fondos necesarios para su realización, previa evaluación por parte del Comité de Coordinación.

  • Asimismo, deberá actuar como secretario(a) ejecutivo(a) del Comité de Coordinación Regional.

  • Previa aprobación por parte del Comité de Coordinación, en las circunstancias o hechos que tengan relación con el presente convenio, las PARTES mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y asumirán particularmente las responsabilidades consiguientes.

  • Las PARTES se comprometen a que, en caso de surgir diferencias en la interpretación y/o aplicación del presente Convenio, agotarán las medidas tendientes a poner fin al conflicto a través de su Comité de Coordinación.

  • Todo acuerdo general concertado al respecto con esas organizaciones será concluido por el Director General, previa aprobación del Comité de Coordinación.

  • Si el Gerente Técnico requiere modificar el cupo de consultores autorizado para el Proyecto, previó análisis presupuestal y de disponibilidad de recursos por la Gerencia Operativa, en cualquier momento podrá poner a consideración del Comité de Coordinación para su aprobación, las nuevas necesidades de asignación de cupos.


More Definitions of Comité de Coordinación

Comité de Coordinación. El cuerpo colegiado conformado por [**]133 representantes de la Contratante y [**]134 del Contratista encargado de coordinar las actividades que día a día requiere la eficiente realización de las Actividades Previas del Contratista, la prestación de los Servicios en la Etapa de Operación Comercial y demás actividades relacionadas con el cumplimiento del objeto del Contrato.
Comité de Coordinación significa el comité establecido por la Distribuidora y el Adjudicado de acuerdo con la Cláusula Décimo Sexta del presente Contrato. “Contrato de Abastecimiento, o el Contrato” Es el presente documento contenido en escritura pública que celebra la Distribuidora con el Adjudicado, en donde se establecen los términos bajo los que se prestará el suministro de potencia por el Adjudicado a los Usuarios del Servicio de Distribución Final [afectos o no afectos a la Xxx xx Xxxxxx Social] de la Distribuidora, así como el precio, forma de pago, garantías y demás condiciones técnicas, económicas y jurídicas relacionadas con dicho suministro. “Contrato de Potencia sin Energía Asociada” Es el tipo de contrato que se describe en la literal b) del numeral trece punto cuatro punto uno (13.4.1) de la Norma de Coordinación Comercial número trece (13) del Administrador xxx Xxxxxxx
Comité de Coordinación significa el comité que se creará, presidido por el Ministro de Coordinación Interinstitucional del Prestatario, para coordinar la implementación del Proyecto.

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  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

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  • Representante Legal Persona física o natural acreditada como tal por el Oferente/ Proponente.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Licitante La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.

  • Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.

  • Oferente/Proponente Persona natural o jurídica que presenta credenciales a los fines de participar en un procedimiento de contratación.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.