Definición de Partes Interesadas

Partes Interesadas significa el Administrador Judicial; el Patrimonio en Administración Judicial; el Comité; los miembros del Comité; los Demandantes Inversionistas xx Xxxxxxxx; los Inversionistas xx Xxxxxxxx; los Demandantes; el Examinador; los Liquidadores Conjuntos; o cualquier Persona o Personas que el Administrador Judicial, el Comité u otra Persona o entidad en nombre del Patrimonio en Administración Judicial alegue que son responsables ante el Patrimonio en Administración Judicial, se haya iniciado o no un procedimiento formal.
Partes Interesadas significa el Administrador Judicial; el Patrimonio en Concurso; el Comité; los miembros del Comité; las Partes Actoras; las Partes Actoras Inversionistas ; los Inversionistas xx Xxxxxxxx; los Demandantes; el Interventor; o cualquier Persona o Personas indicadas por el Administrador Judicial, el Comité, u otra persona o entidad en nombre del Patrimonio en Concurso que sea responsable ante el Patrimonio en Concurso, independientemente de que se haya iniciado o no un procedimiento formal. incluyendo los Inversionistas xx Xxxxxxxx,2 las Partes Actoras Inversionistas ,3 los Demandantes,4 y los Liquidadores Conjuntos5 solicitar Reclamaciones Transigidas,6 incluyendo reclamaciones que usted pueda poseer, contra Xxxxxxxxx. NOTIFÍQUESE TAMBIÉN, que el Monto de la Transacción Judicial es de sesenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos ($65,000,000.00) (el “Monto de la Transacción Judicial”). El Monto de la Transacción Judicial, menos cualesquiera honorarios y costos adjudicados por el Juzgado a los abogados de las Partes Actoras y los gastos pagados por el Administrador Judicial (el “Xxxxx Xxxx de la Transacción Judicial”), se depositará y distribuirá por el Administrador Judicial de conformidad con un Plan de Distribución que será aprobado por el Juzgado en la Acción SEC. (ver apartado e) a continuación). Los términos importantes del Convenio de Transacción Judicial son los siguientes:
Partes Interesadas significa cualquier Persona interesada en Stanford, incluyendo sin limitación al Administrador Judicial, los Liquidadores de Antigua, Stanford, el Comité y sus miembros, los Demandantes, y cualquier fiduciario SIPC u otro fiduciario cuyo nombramiento se relacione con cualquier asunto de cualquier Persona Stanford.

Examples of Partes Interesadas in a sentence

  • El proceso de Adquisición de Bienes y Servicios cuenta con diferentes herramientas para interactuar con sus Partes Interesadas, esto va a permitir un mayor flujo de información y actualización.

  • Resolución Definitiva y Completa: Las Partes tienen la intención de que este Convenio y la Transacción Judicial sean y constituyan una resolución definitiva, completa y global de todos los asuntos y controversias entre (1) las Partes Liberadas de las Partes Actoras y las Partes Interesadas, por una parte, y (2) las Partes Liberadas xx Xxxxxxxxx, por una parte y este Convenio, incluyendo sus anexos, se interpretarán para efectuar este propósito.

  • A partir de la Fecha de Entrada en Vigor del Convenio, los Demandantes, las Partes Exoneradas de los Demandantes, las Partes Interesadas y todos los demás individuos, personas o entidades que los Demandantes representen o en cuyo nombre los Demandantes hayan sido facultados para actuar por cualquier tribunal, liberan, renuncian y eximen de forma plena, definitiva y vitalicia a Independent y a las Partes Exoneradas de Independent de toda responsabilidad, obligación y obligación.

  • Resolución Definitiva y Completa: Las Partes tienen la intención de que este Convenio de Transacción y la Transacción sean y constituyan, en la mayor medida posible, una resolución final, completa y mundial de todos los asuntos y disputas entre (1) las Partes Exoneradas de los Demandantes, y las Partes Interesadas, por un lado, y (2) Partes Exoneradas de TD Bank, por otro lado, y este Convenio de Transacción, incluidos sus anexos, se interpretará para efectuar este propósito.

  • En el evento en que sin perjuicio de lo establecido en esta cláusula, las Partes Interesadas acuerden realizar cualquier tipo de revelación acerca del Proyecto, CAF tendrá el derecho de exigir que el Beneficiario difunda que el Proyecto se ejecuta con recursos de CAF y, para ello, deberá colocar el logotipo de CAF en el documento respectivo que tenga relación con la Consultoría.

  • La pertinencia del MAQRS a los actores clave internos y externos y población en general, es una labor que se logrará y se afianzará mediante acciones directas de capacitación sobre dicho mecanismo a personal del establecimiento de salud de influencia directa del Proyecto, acción que se encuentra contemplada dentro del presente Plan de Partes Interesadas.

  • Resolución Definitiva y Completa: Las Partes tienen la intención de que este Convenio de Transacción y la Transacción sean y constituyan, en la mayor medida posible, una resolución final, completa y mundial de todos los asuntos y disputas entre (1) los Partes Exoneradas de los Demandantes, y las Partes Interesadas, por un lado, y (2) Partes Exoneradas de HSBC, por otro lado.

  • A partir de la Fecha de Entrada en Vigor del Convenio, los Demandantes, las Partes Exoneradas de los Demandantes, las Partes Interesadas y todos los demás individuos, personas o entidades que los Demandantes representen o en cuyo nombre los Demandantes hayan sido facultados para actuar por cualquier tribunal, exoneran, renuncian y eximen de forma plena, definitiva y vitalicia a HSBC y a las Partes Exoneradas de HSBC de toda responsabilidad, obligación y obligación.

  • Las obligaciones de cada una de las Partes Interesadas al amparo de este Convenio, relacionadas con la confidencialidad que debe ser guardada con respecto a la Información, Confidencial terminarán al concluir el quinto (5to) año consecutivo siguiente a la Fecha de Entrada en Vigencia.

  • Particularmente, en la implementación del Plan de Partes Interesadas será el MINSAL a través de la Oficina de Gestión Ambiental y Social y en coordinación con el equipo de la Unidad por el Derecho a la Salud, las instancias a cargo de la implementación y seguimiento de las actividades del Plan de Partes Interesadas para lo cual se asignarán adicionalmente recursos financieros para dar cumplimiento a las actividades previstas a continuación.

Related to Partes Interesadas

  • Interesado Cualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de compras que se esté llevando a cabo.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Contraparte Secretaría de Deportes y Juventud Título: Convenio Xxxxx de Cooperación entre la UNdeC x XXXX CONSULTORES S.A. InCo Características: Marco - Cooperación - Nacional - Organismo Privado Fecha: 31/10/2013 Contraparte: XXXX CONSULTORES S.A. InCo Título: Convenio Xxxxx de Cooperación entre Xxxxxx xxx Xxxxx Riojano SAPEM y la UNdeC Características: Marco - Cooperación - Local - Organismo Privado Fecha: 05/12/2013 Contraparte: Xxxxxx xxx Xxxxx Riojano SAPEM Título: Adenda al Acta Complementaria entre la Comision Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social - Ley 26.425 Características: Específico - Asistencia Técnica - Nacional - Organismo Público Fecha: 19/12/2013 Contraparte: Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social - Ley N° 26.425 Título: Convenio Programa entre la SPU y la UNdeC (Convenio ME Nº 1482/13)"Programa de Accesibilidad en las Universidades Nacionales" Características: Específico - Gestión - Nacional - Organismo Público Fecha: 29/11/2013 Contraparte: SPU - Secretaria de Políticas Universitarias Título: Convenio Programa entre la SPU y la UNdeC (Convenio ME Nº 1448/13) - Apoyo a las Acciones Complementarias de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas Características: Específico - Gestión - Nacional - Organismo Público Fecha: 09/12/2013 Contraparte: SPU - Secretaría de Políticas Universitarias Título: Protocolo Nº I del Convenio Marco de Colaboración entre XXXX CONSULTORES S.A. InCo y la UNdeC Características: Específico - Asistencia Técnica - Nacional - Organismo Privado Fecha: 10/02/2014 Contraparte: XXXX CONSULTORES S.A. InCo Título: Convenio Programa entre el Ministerio de Educacion y la UNdeC (Convenio ME Nº 1454/13) FATUN Características: Específico - Gestión - Nacional - Organismo Público Fecha: 17/12/2013 Contraparte: SPU - Secretaria de Políticas Universitarias Título: Acuerdo para Intercambio Científico entre la UNdeC y la Universita´Degli Studi della Tuscia in Viterbo - Italia Características: Marco - Cooperación - Internacional - Organismo Público - Universidades Fecha: 24/12/2013 Contraparte: Universita´Degli Studi della Tuscia in Viterbo - Italia Título: Convenio Específico entre la UNdeC y el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Provincia de La Rioja "Proyecto de Mejora de Formación en Cs. Exáctas y Naturales en la Escuela Secundaria" Características: Específico - Docencia - Provincial - Organismo Público Fecha: 26/02/2014

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Oferta es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.

  • Respuesta La clasificación se hace para cada una de las tipologías”. “Si una empresa solo se presenta con 1 Tipología en 1 Lote, ¿estaría descartada a la hora de poder licitar un Acuerdo Basado que requiera de varias tipologías/lotes? Respuesta: Efectivamente”. “Según se señala en el pliego, el licitador tiene que identificar 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor para cada una de las tipologías. ¿Tiene que cubrir así mismo la totalidad de los perfiles que aparecen en la cláusula 5.2 para cada una de las tipologías? Respuesta: No”. “¿Es posible que un mismo perfil (Consultor, Programador Analista, Jefe de Proyecto, etc.), figure en varios Equipos de Trabajo / Tipologías dentro de un mismo Lote, o en los 2 Lotes? No queda claro en el Pliego si por “Técnico” se refiere a un perfil en general (cualquiera), o a un perfil de tipo Técnico, como puede ser un programador. Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Marco, por 'Técnico' se refiere a los perfiles de Jefe de Proyecto y Consultor, que no podrá estar asignados a más de una Tipología ofertada”. “Siguiendo como ejemplo en esta Tipología, ¿Bastaría proponer 1 Equipo de Trabajo formado por 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor Especializado, o es necesario proponer tantos perfiles especializados como figuran en cada Tipología? Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Xxxxx, es suficiente con proponer un Jefe de Proyecto y un Consultor por cada una de las Tipologías ofertadas”. “De acuerdo con esta cláusula, Jefe de Proyecto y Consultor son los perfiles a aportar en este momento para ambos lotes y todas las tipologías para homologar en el Acuerdo Marco, ¿correcto? Respuesta: Correcto”. “En el caso de indicar un 0% en una de las tipologías, queda descartada la participación en dicha tipología? O simplemente queda descartada la obtención de los puntos asociados (máxima puntuación de 50) en la clasificación para dicha tipología? Respuesta: Si el licitador asigna un 0% a una Tipología, está indicando que no tiene especialización en ella y, por lo tanto, descarta su participación en la licitación de los Contratos Basado”. “Asociado al punto anterior, si un contrato basado incluye varias tipologías. ¿se requiere que la empresa que licite a dicho contrato basado esté homologada en todas las tipologías incluidas en dicho contrato basado? Respuesta: Sí”. conjunto perfiles, que cubrirán las tipologías de actuaciones y tecnologías alcance del Contrato Basado correspondiente”.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Empleados Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas.

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 03330

  • Asunto Pretende el demandante se declare el incumplimiento de la promesa de compraventa celebrada con uno de los demandados, o en su defecto, el mutuo disenso tácito, con la consiguiente restitución y condena al pago xx xxxxxx y perjuicios. El Juzgado de primera instancia declaró probada la excepción de mérito de falta de legitimación en la causa respecto al presunto cesionario del promitente comprador, accediendo a declarar la resolución pedida pero con base en el mutuo disenso tácito. El Tribunal confirmó la sentencia de primer grado. La parte demandante interpuso recurso de casación, formulando un cargo único contra la sentencia dictada por el ad quem, fundamentados en la causal primera de casación por errores de hecho en la apreciación probatoria. La Corte no casó la sentencia, pues pese a configurarse un error de hecho manifiesto cometido por el Tribunal, dicho error fue intrascendente. Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de julio de dos mil quince (2015). Se decide el recurso de casación que interpuso Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, respecto de la sentencia de 31 xx xxxxxx de 2011, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil de Descongestión, en el proceso ordinario promovido por el recurrente contra Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Vendedor tiene el significado que se le asigna en el encabezamiento del presente Contrato.

  • Cliente Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercia l). 3. Mediante la tarjeta el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquie ra fuese su país de origen y moneda, y los realizados en nuestro país con obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, vigente a la fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de 48 hs. de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 3 (tres) años. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha del comienzo del nuevo período o de las sucesivas renovaciones. . Al respecto, el “Banco” se obliga a notificar al “Cliente” Titular en los tres (3) últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha en que operará el mismo y el ejercicio de la renovación automática, salvo manifestación en contrario en su caso. 5. El/los “Cliente/s” Titulares podrán rescindir a su sola voluntad el presente, sin necesidad de invocar causa alguna y sin que ello de lugar a indemnización alguna, para lo cual deberá/n comunicarlo fehacientemente por escrito tal decisión al “Banco”, devolviendo la Tarjeta Titular y las Tarjetas Adicionales, si las hubiera y abonar el total de la deuda generada en las condiciones pactadas. El “Banco” podrá rescindir este Contrato en forma unilateral cuando existan causas objetivas vinculadas a la operatoria del “Cliente”, el uso del

  • Proveedor La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.