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Definición de Valor Comercial del vehículo

Valor Comercial del vehículo. Es el valor del vehículo que se define para las coberturas de Daños Materiales y Robo Total y será el valor más alto (que ya incluye el I.V.A. e impuestos que correspondan) de un vehículo de la misma marca, tipo y modelo del Vehículo Asegurado, en la fecha del siniestro, de acuerdo a la Guía EBC o Guía Autométrica. Tratándose de vehículos de procedencia extranjera legalmente importados al territorio nacional, se usarán las guías del país que corresponda. En ausencia de guías y para efecto de determinar el valor del vehículo, la compañía podrá determinar el valor mediante un perito valuador que ella designe y quien deberá tener en cuenta las características de la unidad su uso, capacidad de carga, conformación, así como las referencias promedio xxx xxxxxxx. En términos del artículo 86 de la Ley sobre el contrato de Xxxxxx, la compañía pagará hasta el valor real del vehículo asegurado.
Valor Comercial del vehículo. El En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 13 xx Xxxxx de 2018, con el número BADI-S0039-0016-2018 / CONDUSEF-G-00999-001.
Valor Comercial del vehículo. El valor de venta determinado con base en el promedio de las guías EBC y AUTOMETRICA (publicaciones especializadas en precios de automóviles) a la fecha del siniestro. En caso de que alguna o algunas de las mencionadas publicaciones no muestren el precio del Vehículo, entonces se tomará en cuenta sólo el de las publicaciones restantes.

Examples of Valor Comercial del vehículo in a sentence

  • La Suma Asegurada para esta Cobertura deberá coincidir con el Valor Comercial del vehículo asegurado.

  • El límite máximo de responsabilidad para esta Cobertura, será el importe equivalente al 10% (diez por ciento) del Valor Comercial del vehículo en la fecha del Siniestro.

  • En ese caso, el importe base de la indemnización corresponderá al Valor Comercial del vehículo asegurado a la fecha del siniestro.

  • La Suma Asegurada detallada en las Condiciones Particulares constituye el monto máximo a indemnizar, siendo que, el monto a indemnizar se calculará en función al Valor Comercial del vehículo al momento de la ocurrencia del siniestro, de acuerdo a lo definido en el artículo 2 literal tt) de este Condicionado General, y no podrá ser mayor a la Suma Asegurada.


More Definitions of Valor Comercial del vehículo

Valor Comercial del vehículo. El TELÉFONOS PARA REPORTAR ACCIDENTES En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 13 xx Xxxxx de 2018, con el número BADI-S0039-0016-2018 / CONDUSEF-G-00999-001. ¿QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE? IMPORTANTE:
Valor Comercial del vehículo. El valor de venta determinado con base en la guía EBC (publicación especializada en precios de automóviles) a la fecha del siniestro. En caso de que la mencionada publicación no muestre el precio del Vehículo, entonces se tomará en cuenta el valor de la guía Autométrica. Cuando las publicaciones antes mencionadas muestren únicamente el precio de lista para el Vehículo en cuestión y no su valor de venta, se considerará como el mismo, el 87% de dicho precio de lista. En ausencia de las publicaciones especializadas en precios de automóviles antes mencionadas, vigentes a la fecha del siniestro; como Valor Comercial del Vehículo, se considerará el valor de venta en el mercado, el publicado en otras revistas especializadas de circulación nacional, con excepción de periódicos. Para el caso de Vehículos importados y/o fronterizos, corresponderá el valor en el mercado de su país de origen, bajo la categoría descrita como “Trade-in Value” de acuerdo con la publicación conocida como NADA Guides vigente en dicho país al momento de ocurrir el siniestro. En caso de que la mencionada publicación no muestre el precio del Vehículo, entonces se tomará en cuenta el valor de la guía “Xxxxxx Blue Book”. Paseo de la Xxxxxxx 000, xxxxx Xxxx, Piso 7, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México. Teléfono: 000 000 0000 xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 000 Xxx. Xxx Xxxxx, Ciudad de México C.P. 03100 Teléfono: 000 000 0000 xxx.xxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 15 de Febrero de 2022, con el número BADI-S0039-0061-2021 / CONDUSEF-G-00999-004.
Valor Comercial del vehículo. Es el valor del vehículo que se define para las coberturas de Daños Materiales y Robo Total y será el valor más alto (que ya incluye el I.V.A. e impuestos que correspondan) de un vehículo de la misma marca, tipo y modelo del Vehículo Asegurado, en la fecha del siniestro, de acuerdo a la Guía EBC o Autométrica.

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  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Valor de reposición Es el costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

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  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ____ de ______ de 201__, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio asegurado individualmente y por año póliza.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Veintitrés de junio de dos mil dieciséis (23/06/2016).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Tasa de Referencia significa la TIIE o, en su caso, la tasa sustitutiva que se establezca conforme a lo señalado en el presente Pagaré.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Seguro Es el contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista y el asegurado o tomador a pagar la prima.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • Trimestre significa cada uno de los siguientes períodos de tres (3) meses del año calendario: el período que comienza el 1 de enero y termina el 31 xx xxxxx; el período que comienza el 0 xx xxxxx x termina el 30 xx xxxxx; el período que comienza el 0 xx xxxxx x xxxxxxx xx 00 xx xxxxxxxxxx; y el período que comienza el 1 de octubre y termina el 31 de diciembre.

  • Valor Convenido Se entenderá como valor convenido, la cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar y opera en caso de pérdida total para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la póliza.