VALOR REAL Cláusulas de Ejemplo

VALOR REAL. El valor real se obtendrá deduciendo el demérito por uso correspondiente, del valor de reposición en el momento del siniestro.
VALOR REAL. Para los efectos de esta Póliza se entiende como valor real de un bien asegurado, el valor de reposición del mismo, menos la depreciación correspondiente.
VALOR REAL. A los fines de esta Póliza se entenderá por "Valor Real" el costo de reemplazar el vehículo asegurado por otro del mismo modelo, año y capacidad y en condiciones de operación similares a las del vehículo asegurado antes del siniestro.
VALOR REAL. Para los efectos de esta Póliza, se entenderá por Valor Real del vehículo asegurado, el valor de reposición, que es equivalente al valor CIF a la fecha del siniestro, más los impuestos de introducción al país, menos la depreciación por antigüedad, uso u obsolescencia.
VALOR REAL. Se obtendrá deduciendo la depreciación correspondiente (uso, vetustez u obsolescencia) del valor de reposición, en el momento del siniestro.
VALOR REAL. Cantidad que será necesaria en el momento del siniestro para la adquisición de bienes similares usados de igual clase, calidad, tamaño y capacidad que los bienes asegurados.
VALOR REAL. Se entiende como valor real el valor de adquisición de objetos nuevos, con una equitativa deducción por el demérito que pudieren haber sufrido antes de ocurrir el siniestro. En la determinación de la equitativa deducción por el demérito contemplado, se tomará en cuenta la depreciación real y efectiva según el uso, tiempo transcurrido y demás elementos que la originen, aunque tal depreciación real no coincida con la registrada en la contabilidad del Asegurado.
VALOR REAL. Corresponde al valor que se obtiene deduciendo el demérito por uso correspondiente del valor de reposición, en el momento del siniestro.
VALOR REAL. Es el equivalente al valor del bien en el momento en el que se efectúe el despacho, es decir el valor de reposición menos la depreciación o demérito por uso.
VALOR REAL. SE OBTENDRÁ DEDUCIENDO LA DEPRECIACIÓN CORRESPONDIENTE (USO, VETUSTEZ U OBSOLESCENCIA) DEL VALOR DE REPOSICIÓN, EN EL MOMENTO DEL SINIESTRO.