Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- ge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los al beneficiario o beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- ge, de hecho designados por el tomador del seguro y/o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanenteno designación por parte del tomador del seguro, el beneficiario será el propio se entenderán como beneficiarios los herederos legales del asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta ésta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debida- mente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el aseguradoconductor, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de- fecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario benefi- ciario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado conductor en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debida- mente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el aseguradoconductor, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado conductor en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta ésta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Insurance Agreement
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta ésta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debidamente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el aseguradoconductor, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, derecho del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado conductor en el que se detallarán detalla- rán las circunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto impuesto sobre Sucesiones sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debidamente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Insurance Agreement
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor pagará el capital asegurado a los beneficiarios beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- ge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado certificado de la autopsia en el caso de que esta se haya practicado. – Certificado Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civilregistro civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiariobeneficiario. – Carta de exención del Impuesto impuesto sobre Sucesiones sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debida- mente cumplimentada por la Delegación delegación de Haciendahacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Insurance Contract
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legalesherederos. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta ésta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente debida- mente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales
Accidentes personales del conductor. Si a consecuencia de accidentes cubiertos por la póliza fallece el asegurado, el asegura- dor asegurador pagará el capital asegurado a los beneficiarios según la siguiente prelación: al cónyu- gecónyuge, de hecho o de derecho, del asegurado; en su defecto a su hijos/as por partes iguales, y, en defecto de todos ellos, a sus herederos legales. En caso de invalidez permanente, el beneficiario será el propio asegurado. El beneficiario deberá presentar los siguientes documentos: – Certificado del médico que haya asistido al asegurado en el que se detallarán las circunstancias cir- cunstancias y causas del fallecimiento, así como el certificado de la autopsia en el caso de que esta ésta se haya practicado. – Certificado en extracto de inscripción de defunción en el Registro Civil. – Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, la condición de beneficiario. – Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones o de liquidación, si procede, debi- damente cumplimentada por la Delegación de Hacienda. – En el caso de que el capital por fallecimiento se contrate bajo la modalidad xx xxxxxx, xx de vida del beneficiario (mientras dure el pago de las rentas). – Testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades. Una vez recibidos los anteriores documentos, el asegurador, en el plazo máximo de 5 días, deberá pagar o consignar el capital asegurado.
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Samples: Condiciones Generales