Adquisiciones intracomunitarias de bienes e Importaciones de bienes. Cuando el objeto de este contrato constituya una operación sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido por alguno de estos conceptos, el sujeto pasivo del impuesto será la Administración contratante, por lo que el contratista realizará su oferta económica por el importe total de la contraprestación sin consignar la partida correspondiente al impuesto sobre el valor añadido. En atención a lo dispuesto en el artículo 29 de la LCSP, el plazo total máximo de ejecución del contrato y los plazos parciales de ejecución, si existieran, así como el plazo de garantía, serán los señalados en el cuadro de características específicas de este pliego. La ejecución comenzará a partir del día siguiente al de la formalización del contrato, salvo que en el cuadro de características específicas de este pliego se hubiera fijado una fecha determinada y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 119 de la LCSP. A la demora en el cumplimiento de estos plazos le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 193 de la LCSP. En el caso de que, conforme a lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 117.2 de la LCSP, el contrato hubiese seguido una tramitación anticipada de expedientes de gasto, se ejecución no dará comienzo hasta que se cumpla la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente a que se refiere la cláusula 10.1. El contrato de servicios podrá prorrogarse cuando así esté previsto en el cuadro de características específicas de este pliego. La prórroga sólo podrá acordarse por el órgano de contratación y será obligatoria para el contratista, sin que pueda producirse el consentimiento tácito de las partes. La intención del órgano de contratación de prorrogar el contrato será comunicada al contratista al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. Si la duración del contrato fuere inferior a dos meses, no será necesario el preaviso al contratista. El contratista no tendrá derecho a indemnización o compensación económica en aquellos casos en que estando prevista la prórroga el órgano de contratación decida no prorrogar el contrato. De conformidad con lo establecido en los artículos 300 y 304 de la LCSP, la entrega o entregas se efectuarán en el lugar expresado en el cuadro de características específicas de este pliego, corriendo los gastos de entrega y transporte hasta el lugar de destino, tanto en entregas únicas como fraccionadas, por cuenta del contratista, quien también asumirá el riesgo hasta el momen...