AJUSTE REGULATORIO. Si con posterioridad a la fecha de perfeccionamiento del presente Contrato se expiden nuevas disposiciones de obligatoria aplicabilidad al contrato o normas imperativas y de orden público sobre las normas vigentes, que hagan más o menos oneroso el cumplimiento de las obligaciones para EL VENDEDOR y en el entendido que las condiciones de éste Contrato fueron establecidas teniendo en cuenta las normas vigentes al momento de celebrarse el Contrato; EL VENDEDOR y/o EL COMPRADOR podrán revisar las condiciones del Contrato dentro del término que prevea la regulación o en su defecto, dentro de un máximo de quince (15) Días contados a partir de la expedición de las respectiva norma, a fin de adecuarlo a las nuevas condiciones regulatorias. En caso de no llegar a un acuerdo en el término señalado, podrán darlo por terminado.
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Samples: Formato Contrato Condiciones Generales Para El Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Contrato Con Interrupciones “Ci, Formato Contrato Condiciones Generales Para El Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Contrato Con Interrupciones “Ci, Formato Contrato Condiciones Generales Para El Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Contrato Con Interrupciones “Ci
AJUSTE REGULATORIO. Si con posterioridad a la fecha de perfeccionamiento del presente Contrato se expiden nuevas disposiciones de obligatoria aplicabilidad al contrato o normas imperativas y de orden público sobre las normas vigentes, que hagan más o menos oneroso el cumplimiento de las obligaciones para EL VENDEDOR y en el entendido que las condiciones de éste Contrato fueron establecidas teniendo en cuenta las normas vigentes al momento de celebrarse el Contrato; , EL VENDEDOR y/o EL COMPRADOR podrán revisar las condiciones del Contrato dentro del término que prevea la regulación o en su defecto, dentro de un máximo de quince (15) Días contados a partir de la expedición de las respectiva norma, a fin de adecuarlo a las nuevas condiciones regulatorias. En caso de no llegar a un acuerdo en el término señalado, podrán darlo por terminado.
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Samples: Formato Contrato Condiciones Generales Para El Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Contrato Con Interrupciones “Ci, Contrato Para El Suministro De Gas Natural en El Mercado Primario Bajo La Modalidad Contrato De Opción De Compra De Gas “Ocg” Condiciones Generales
AJUSTE REGULATORIO. Si con posterioridad a la fecha de perfeccionamiento del presente Contrato se expiden nuevas disposiciones de obligatoria aplicabilidad al contrato Contrato o normas imperativas y de orden público sobre las normas vigentes, vigentes que hagan más o menos oneroso el cumplimiento de las obligaciones para EL VENDEDOR y en el entendido que las condiciones de éste Contrato fueron establecidas teniendo en cuenta las normas vigentes al momento de celebrarse el Contrato; , EL VENDEDOR y/o EL COMPRADOR podrán revisar las condiciones del Contrato dentro del término que prevea la regulación o en su defecto, dentro de un máximo de quince (15) Días contados a partir de la expedición de las respectiva norma, a fin de adecuarlo a las nuevas condiciones regulatorias. En caso de no llegar a un acuerdo en el término señalado, podrán darlo por terminado.
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Samples: Contrato Para El Suministro De Gas Natural en El Mercado Primario Bajo La Modalidad Firmeza, Contrato Para El Suministro De Gas Natural en El Mercado Primario Bajo La Modalidad Firmeza
AJUSTE REGULATORIO. Si con posterioridad a la fecha de perfeccionamiento del presente Contrato se expiden nuevas disposiciones de obligatoria aplicabilidad al contrato aplicables o normas imperativas y de orden público sobre las normas vigentes, que hagan más o menos oneroso el cumplimiento de las obligaciones para EL VENDEDOR y/o para EL COMPRADOR y en el entendido que las condiciones de éste Contrato Contratro fueron establecidas teniendo en cuenta las normas vigentes al momento de celebrarse el Contratocontrato; EL VENDEDOR y/o EL COMPRADOR podrán revisar las condiciones del Contrato dentro del término termino que prevea la regulación o en su defecto, dentro de un máximo de quince (15) Días contados a partir de la expedición de las respectiva norma, ,a fin de adecuarlo a las nuevas condiciones regulatorias. . En caso de no llegar a un acuerdo en el término señalado, podrán darlo por terminado.
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