Common use of Aplicación de otras disposiciones Clause in Contracts

Aplicación de otras disposiciones. 1. Si la legislación de cualquiera de las Partes Contra- tantes o las obligaciones dimanantes del derecho interna- cional, ya existentes o que surjan posteriormente entre las Partes Contratantes además del presente Acuerdo, contienen normas, ya sean generales o específicas, en virtud de las cuales xxxx concederse a las inversiones realizadas por inversores de la otra Parte Contratante un tratamiento más favorable que el previsto en el presente Acuerdo, dichas normas prevalecerán sobre el presente Acuerdo en la medida en que sean más favorables.

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Samples: investmentpolicy.unctad.org, comercio.gob.es

Aplicación de otras disposiciones. 1. Si la legislación de cualquiera de las Partes Contra- tantes Con- tratantes o las obligaciones dimanantes del derecho interna- cionalinter- nacional, ya existentes o que surjan posteriormente entre las Partes Contratantes además del presente Acuerdo, contienen con- tienen normas, ya sean generales o específicas, en virtud de las cuales xxxx deba concederse a las inversiones realizadas por inversores de la otra Parte Contratante un tratamiento más favorable que el previsto en el presente Acuerdo, dichas normas prevalecerán sobre el presente Acuerdo en la medida en que sean más favorables.

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Samples: jusmundi.com, comercio.gob.es

Aplicación de otras disposiciones. 1. Si la legislación de cualquiera de las Partes Contra- tantes Partes. Contratantes o las obligaciones dimanantes del derecho interna- cionalinternacional, ya existentes o que surjan posteriormente entre las Partes Contratantes además del presente Acuerdo, contienen normas, ya sean generales o específicasespe­ cíficas, en virtud de las cuales xxxx deba concederse a las inversiones realizadas por inversores de la otra Parte Contratante un tratamiento más favorable que el previsto previs­ to en el presente Acuerdo, dichas normas prevalecerán sobre el presente Acuerdo en la medida en que sean más favorables.

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Samples: www.senado.es

Aplicación de otras disposiciones. 1. Si la legislación de cualquiera de las Partes Contra- tantes o las obligaciones dimanantes del derecho interna- cionalinternacional, ya existentes o que surjan posteriormente poste- riormente entre las Partes Contratantes además del presente Acuerdo, contienen normas, ya sean generales o específicas, en virtud de las cuales xxxx deba concederse a las inversiones realizadas por inversores de la otra Parte Contratante un tratamiento trata- miento más favorable que el previsto en el presente presen- te Acuerdo, dichas normas prevalecerán sobre el presente Acuerdo en la medida en que sean más favorables.

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Samples: arbitrajeraci.files.wordpress.com