Common use of BIENES CUBIERTOS Clause in Contracts

BIENES CUBIERTOS. Este Seguro cubre dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, documentos negociables y no negociables, letras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, que sean propiedad del Asegurado o que se encuentre bajo su custodia, hasta la suma asegurada que para cada inciso mencionado en los riesgos cubiertos se establece en esta Póliza, sin exceder del interés asegurable que el Asegurado tenga sobre dichos bienes. En días y horas hábiles en caja fuerte empotrada o anclada, en bóvedas, en cajas registradoras o colectoras o en poder y bajo custodia de empleados o funcionarios. Adicionalmente quedar cubierto el robo con violencia de dinero y valores que se encuentren bajo llave o cerradura de combinación, cuando el asegurado no cuente con caja fuerte o bóveda y el local se encuentre cerrado al público hasta el sublímite contratado con un monto máximo de 350 UMA. Se entenderá por local aquella parte del predio asegurado, el cual no deberá de tener abertura alguna en sus techos y paredes más que las correspondientes a puertas y ventanas, mismas que deben estar con los medios adecuados para éstas o, en caso de existir aberturas en el techo, éstas deberán estar cubiertas por domos, con sus respectivas protecciones xx xxxxxx. En días y horas no laborables para el Asegurado, en su caso, estas aberturas deberán estar completamente cerradas, de tal forma que no se pueda tener acceso al interior del local, más que haciendo uso de violencia desde el exterior del mismo, y sólo estarán abiertas cuando ya esté laborando. Este local comprende solamente aquella parte del interior ocupado por el Asegurado, en conexión con su negocio y el negocio mismo, pero quedando excluidos:

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza, Condiciones Generales De La Póliza

BIENES CUBIERTOS. Este Seguro cubre dinero en efectivoSe requiere una cobertura que incluya el transporte tanto de ida como de regreso, en metálico o billetes así como la estadía, de banco, documentos negociables y no negociables, letras obras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios arte propiedad del INBAL y/o de ahorro terceros en el extranjero así como en el interior de la República Mexicana. Por lo tanto se requiere cobertura desde México y cédulas hipotecariashasta cualquier parte del mundo y viceversa y de cualquier parte del mundo hasta cualquier parte del mundo. Se requiere el texto de póliza a todo riesgo incluyendo la cobertura de hurto o robo sin violencia, Terremoto y erupción volcánica, con las siguientes especificaciones: Como estos bienes se aseguran a valor convenido, se establece la definición como sigue: Por medio de la presente queda entendido y convenido que sean propiedad del Asegurado o en consideración de que los bienes asegurados están amparados con base en un valor convenido, se considera eliminada toda referencia en la presente póliza a reposición, pero únicamente en lo que se encuentre bajo su custodia, hasta la suma asegurada que para cada inciso mencionado en los riesgos cubiertos se establece en esta Póliza, sin exceder del interés asegurable que el Asegurado tenga sobre dichos bienesrefiere a reclamaciones ajustadas como pérdida total. En días y horas hábiles en caja fuerte empotrada o ancladalo que se refiere a reclamaciones ajustadas como pérdida total, en bóvedasla compañía pagará al asegurado el valor convenido de los bienes, en cajas registradoras o colectoras menos cualquier deducible aplicable. El valor convenido de los bienes materia del mismo, los constituirá también el valor declarado o en poder y bajo custodia su caso el del documento que acredite el valor mas todos los gastos incurridos, sirviendo esta base para el pago de empleados o funcionarioslas indemnizaciones a que hubiese lugar. Adicionalmente quedar cubierto el robo con violencia de dinero y valores que se encuentren bajo llave o cerradura de combinación, cuando el asegurado no cuente con caja fuerte o bóveda y el local se encuentre cerrado al público hasta el sublímite contratado con un monto máximo de 350 UMA. Se entenderá por local aquella parte del predio asegurado, el cual no deberá de tener abertura alguna en sus techos y paredes más que las correspondientes a puertas y ventanas, mismas que deben estar con los medios adecuados para éstas o, El ajuste en caso de existir aberturas perdida será sobre el monto de la perdida o daño, que determinen los ajustadores en conjunto con un perito en la materia y en caso de perdida parcial será sobre el techocosto de restauración. Deberá incluirse una cláusula especial en donde se indique que el valor declarado por el asegurado, éstas deberán estar cubiertas o quienes sean dueños de las obras, serán los que se consideren como valor acordado, para efectos de la indemnización en caso de siniestro. Por lo anterior cabe señalar que debe quedar eliminada la cláusula de proporción indemnizable. Debido a que algunas colecciones que son exhibidas en los eventos presentados y/o coordinados por domosel “INBAL” son provenientes de diferentes países, será necesario la emisión de los textos de Póliza en los siguientes idiomas, Español, Inglés, Portugués, Xxxxxxx x Xxxxxxxx, con sus respectivas protecciones xx xxxxxxel propósito de poder hacer entrega de estos documentos a los coleccionistas o museos que así lo requieran. En días y horas no laborables para el Asegurado, Las Pólizas en su caso, estas aberturas deberán estar completamente cerradas, estos idiomas serán entregadas al inicio de tal forma que no se pueda tener acceso al interior del local, más que haciendo uso la Vigencia de violencia desde el exterior del mismo, y sólo estarán abiertas cuando ya esté laborando. Este local comprende solamente aquella parte del interior ocupado por el Asegurado, en conexión con su negocio y el negocio mismo, pero quedando excluidos:la Póliza.

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Samples: Convenio De Pago en Especie

BIENES CUBIERTOS. Este Seguro cubre dinero en efectivoToda propiedad de “EL RAN”, en metálico o billetes siempre y cuando se encuentren dentro de banco, documentos negociables y no negociables, letras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, que sean los predios propiedad del Asegurado organismo o en arrendamiento o que se encuentre estén bajo su custodiaresponsabilidad y se tenga un interés asegurable y se encuentren dentro de la República Mexicana, así como aquellos inherentes a su operación y funcionamiento, tales como pueden ser pero no limitados a: edificios, construcciones, instalaciones, así como adaptaciones, ampliaciones, sótanos, bardas, banquetas, rejas, jardineras, sistemas de seguridad y sus accesorios, las instalaciones de servicios, como: elevadores, montacargas, ductos y manejadoras de aire lavado y acondicionado, pararrayos, antenas aéreas, helipuertos, anuncios, de agua, alumbrado, clima artificial, equipo de protecciones contra incendio, telefonía, suministro eléctrico, alumbrado y gas propiedad o bajo responsabilidad de “EL RAN”, edificios terminados que por su naturaleza de su ocupación carezcan total o parcialmente de techos, ventanas o muros macizos, siempre y cuando dichos edificios hayan sido diseñados y/o construidos para operar a la intemperie. (Excepto cimentación y terrenos), mientras se encuentren en la ubicación de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx No. 2248, Fraccionamiento Las Palmas, Mexicali, Baja California, Código Postal 21100. Como contenidos, inventarios, mobiliario y equipo de oficina propiedad o bajo custodia o tomados en comodato, arrendamiento, donación, préstamo, o que tenga interés asegurable “EL RAN” en cualquier parte de la República Mexicana, inventarios, contenidos y/o bodegas de materiales y todo tipo de existencias y todo aquello en donde se tenga interés asegurable con relación a los bienes descritos, como pueden ser pero no limitados a: maquinaria, equipos de protecciones contra incendio y su contenido, existencias en almacén general, archivo de documentos administrativo y legales, archivo fotográfico y fílmico, obras de arte, acervo bibliográfico y/o bienes culturales, equipo y bienes del cuerpo de y para seguridad y vigilancia, vehículos en calidad de enajenación, ya sean usados o en almacenaje, hasta el valor designado, incluyendo aquellos que se encuentren en sotanos, sotechados, por debajo del nivel del piso mas bajo a la suma asegurada que para cada inciso mencionado intemperie, dentro de los inmuebles en los riesgos cubiertos se establece en esta Pólizapropiedad, sin exceder del interés asegurable que el Asegurado tenga sobre dichos bienes. En días y horas hábiles en caja fuerte empotrada o ancladaarrendamiento, en bóvedascomodato, en cajas registradoras prestamos o colectoras o en poder y bajo custodia de empleados o funcionarios. Adicionalmente quedar cubierto el robo con violencia de dinero y valores que se encuentren bajo llave o cerradura de combinación, cuando el asegurado no cuente con caja fuerte o bóveda y el local se encuentre cerrado al público hasta el sublímite contratado con un monto máximo de 350 UMA. Se entenderá por local aquella parte del predio asegurado, el cual no deberá de tener abertura alguna “EL RAN” en sus techos y paredes más que las correspondientes a puertas y ventanas, mismas que deben estar con los medios adecuados para éstas o, en caso de existir aberturas en el techo, éstas deberán estar cubiertas por domos, con sus respectivas protecciones xx xxxxxx. En días y horas no laborables para el Asegurado, en su caso, estas aberturas deberán estar completamente cerradas, de tal forma que no se pueda tener acceso al interior del local, más que haciendo uso de violencia desde el exterior del mismo, y sólo estarán abiertas cuando ya esté laborando. Este local comprende solamente aquella parte del interior ocupado por el Asegurado, en conexión con su negocio y el negocio mismo, pero quedando excluidos:la República Mexicana.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional