Common use of CALIDAD DE LA PRESTACIÓN Clause in Contracts

CALIDAD DE LA PRESTACIÓN. El CONTRATISTA prestará los servicios en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente PLIEGO, y cumplirá con sus obligaciones con la debida responsabilidad, diligencia y eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas y reglas del buen arte; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este PLIEGO, el CONTRATISTA en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante. Asimismo, el CONTRATISTA se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional, caso contrario, IEASA procederá a la aplicación de las sanciones previstas en el presente PLIEGO; sin perjuicio del Derecho de rescisión por parte de IEASA. El CONTRATISTA será el único responsable de los daños y perjuicios causados a personas y/o bienes y/o propiedades durante la prestación de los Servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte. El CONTRATISTA deberá cumplir con todas las reglamentaciones regulatoria que emita la Autoridad de Aplicación de la ley 24.076 y/o la Secretaria de Energía de la Nación. El CONTRATISTA deberá limitarse a prestar los Servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades en las instalaciones de IEASA o en las que hayan sido destinadas para la prestación de los Servicios objeto de la presente contratación. El CONTRATISTA deberá disponer de Contratos vigentes de disponibilidad de provisión inmediata de equipos pesados a los fines de proveer una respuesta diligente en caso de necesidad. A tal fin deberá proveer a IEASA de copia de los contratos vigentes y los recibos de pago correspondientes que acrediten que los contratos están vigentes. No obstante lo anterior el CONTRATISTA será responsable ante IEASA por la falta de Equipos Pesados en caso de necesidad de los mismos. El CONTRATISTA deberá cumplir en todo momento con los “Indicadores de Operación y Mantenimiento” e “Indicadores de Protección Ambiental” contenidos en la Resolución ENARGAS N° 1192/99 – Anexo IV. El CONTRATISTA deberá cumplir con los valores de referencia previstos para cada Indicador, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el Marco Regulatorio de la industria del gas, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 54. El CONTRATISTA deberá prestar el Servicio de manera tal que IEASA como Concesionaria del gasoducto pueda prestar el servicio de transporte en un todo de acuerdo con la Ley 24.076, el Decreto Reglamentario 1738/92 y las reglas de la industria del gas.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Y Particulares

CALIDAD DE LA PRESTACIÓN. El CONTRATISTA queda obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere en los presentes documentos. El CONTRATISTA prestará los servicios en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente PLIEGOservicios, y cumplirá con sus obligaciones con la debida responsabilidad, diligencia y eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas y reglas del buen arteaceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este PLIEGO, el CONTRATISTA actuará siempre como asesor xxxx del CONTRATANTE y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante. Asimismo, el CONTRATISTA se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional, caso contrario, IEASA ENARSA procederá a la aplicación de las sanciones previstas la sanción prevista en el presente PLIEGO; sin perjuicio artículo 43. El CONTRATISTA tomará todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento diario del Derecho personal de rescisión por parte ENARSA, durante la ejecución de IEASAlas tareas. El CONTRATISTA será el único responsable de los daños y perjuicios causados a personas y/o bienes y/o propiedades durante la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte. El CONTRATISTA deberá cumplir con todas mantener vigentes las reglamentaciones regulatoria que emita habilitaciones solicitadas en el presente PLIEGO y la Autoridad de Aplicación legislación vigente durante todo el período de la ley 24.076 y/o la Secretaria de Energía de la Nacióncontratación. El CONTRATISTA deberá limitarse a prestar los Servicios servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades en dentro de las instalaciones de IEASA ENARSA o en dentro de las que hayan sido destinadas para la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente contratación. El CONTRATISTA deberá disponer de Contratos vigentes de disponibilidad de provisión inmediata de equipos pesados a los fines de proveer una respuesta diligente en caso de necesidad. A tal fin deberá proveer a IEASA de copia de los contratos vigentes y los recibos de pago correspondientes que acrediten que los contratos están vigentes. No obstante lo anterior el CONTRATISTA será responsable ante IEASA por la falta de Equipos Pesados en caso de necesidad de los mismos. El CONTRATISTA deberá cumplir en todo momento con los “Indicadores de Operación y Mantenimiento” e “Indicadores de Protección Ambiental” contenidos en la Resolución ENARGAS N° 1192/99 – Anexo IV. El CONTRATISTA deberá cumplir con los valores de referencia previstos para cada Indicador, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el Marco Regulatorio de la industria del gas, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 54. El CONTRATISTA deberá prestar el Servicio de manera tal que IEASA como Concesionaria del gasoducto pueda prestar el servicio de transporte en un todo de acuerdo con la Ley 24.076, el Decreto Reglamentario 1738/92 y las reglas de la industria del gas.

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CALIDAD DE LA PRESTACIÓN. El CONTRATISTA Contratista queda obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere en los presentes documentos. El Contratista prestará los servicios en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente PLIEGOservicios, y cumplirá con sus obligaciones con la debida responsabilidad, diligencia y eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas y reglas del buen arteaceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este PLIEGOXxxxxx, el CONTRATISTA Contratista actuará siempre como asesor xxxx del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante. Asimismo, el CONTRATISTA Contratista se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional, caso contrario, IEASA procederá a la aplicación de las sanciones previstas la sanción prevista en el presente PLIEGO; sin perjuicio artículo 30 inc. D El Contratista tomará todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento diario del Derecho de rescisión por parte personal de IEASA, durante la ejecución de las tareas. El CONTRATISTA Contratista será el único responsable de los daños y perjuicios causados a personas y/o bienes y/o propiedades durante la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte. El CONTRATISTA Contratista deberá cumplir con todas mantener vigentes las reglamentaciones regulatoria que emita habilitaciones solicitadas en el presente Pliego y la Autoridad de Aplicación legislación vigente durante todo el período de la ley 24.076 y/o la Secretaria de Energía de la Nacióncontratación. El CONTRATISTA Contratista deberá limitarse a prestar los Servicios servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades en dentro de las instalaciones de IEASA o en dentro de las que hayan sido destinadas para la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente contratación. El CONTRATISTA deberá disponer de Contratos vigentes de disponibilidad de provisión inmediata de equipos pesados a los fines de proveer una respuesta diligente en caso de necesidad. A tal fin deberá proveer a IEASA de copia de los contratos vigentes y los recibos de pago correspondientes que acrediten que los contratos están vigentes. No obstante lo anterior el CONTRATISTA será responsable ante IEASA por la falta de Equipos Pesados en caso de necesidad de los mismos. El CONTRATISTA deberá cumplir en todo momento con los “Indicadores de Operación y Mantenimiento” e “Indicadores de Protección Ambiental” contenidos en la Resolución ENARGAS N° 1192/99 – Anexo IV. El CONTRATISTA deberá cumplir con los valores de referencia previstos para cada Indicador, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el Marco Regulatorio de la industria del gas, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 54. El CONTRATISTA deberá prestar el Servicio de manera tal que IEASA como Concesionaria del gasoducto pueda prestar el servicio de transporte en un todo de acuerdo con la Ley 24.076, el Decreto Reglamentario 1738/92 y las reglas de la industria del gas.

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CALIDAD DE LA PRESTACIÓN. El CONTRATISTA queda obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere en los presentes documentos. El CONTRATISTA prestará los servicios en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente PLIEGOservicios, y cumplirá con sus obligaciones con la debida responsabilidad, diligencia y eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas y reglas del buen arteaceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este PLIEGO, el CONTRATISTA actuará siempre como asesor xxxx del CONTRATANTE y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante. Asimismo, el CONTRATISTA se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional, caso contrario, IEASA ENARSA procederá a la aplicación de las sanciones previstas la sanción prevista en el presente PLIEGO; sin perjuicio artículo 41. El CONTRATISTA tomará todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento diario del Derecho personal de rescisión por parte ENARSA, durante la ejecución de IEASAlas tareas. El CONTRATISTA será el único responsable de los daños y perjuicios causados a personas y/o bienes y/o propiedades durante la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte. El CONTRATISTA deberá cumplir con todas mantener vigentes las reglamentaciones regulatoria que emita habilitaciones solicitadas en el presente PLIEGO y la Autoridad de Aplicación legislación vigente durante todo el período de la ley 24.076 y/o la Secretaria de Energía de la Nacióncontratación. El CONTRATISTA deberá limitarse a prestar los Servicios servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades en dentro de las instalaciones de IEASA ENARSA o en dentro de las que hayan sido destinadas para la prestación de los Servicios servicios objeto de la presente contratación. El CONTRATISTA deberá disponer de Contratos vigentes de disponibilidad de provisión inmediata de equipos pesados a los fines de proveer una respuesta diligente en caso de necesidad. A tal fin deberá proveer a IEASA de copia de los contratos vigentes y los recibos de pago correspondientes que acrediten que los contratos están vigentes. No obstante lo anterior el CONTRATISTA será responsable ante IEASA por la falta de Equipos Pesados en caso de necesidad de los mismos. El CONTRATISTA deberá cumplir en todo momento con los “Indicadores de Operación y Mantenimiento” e “Indicadores de Protección Ambiental” contenidos en la Resolución ENARGAS N° 1192/99 – Anexo IV. El CONTRATISTA deberá cumplir con los valores de referencia previstos para cada Indicador, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el Marco Regulatorio de la industria del gas, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 54. El CONTRATISTA deberá prestar el Servicio de manera tal que IEASA como Concesionaria del gasoducto pueda prestar el servicio de transporte en un todo de acuerdo con la Ley 24.076, el Decreto Reglamentario 1738/92 y las reglas de la industria del gas.

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