Common use of CALIDAD DE LOS MATERIALES Clause in Contracts

CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, y como lo indique la Inspección en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del “Libro de Ordenes de Servicio” la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo técnico. Cuando las Especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El el PLIEG-2019-28120151-GCABA-DGOINFU Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará deberá presentar muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, Técnicas y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del Libro de Ordenes Órdenes de Servicio” Servicio la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo organismo técnico. Cuando las Especificaciones especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es será responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere pudieren originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El el Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará deberá presentar muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, Técnicas y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del Libro de Ordenes Órdenes de Servicio” Servicio la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo organismo técnico. Cuando las Especificaciones especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es será responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere pudieren originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. PLIEG-2018-30294757- -DGOINFU Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El el Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará deberá presentar muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, Técnicas y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del Libro de Ordenes Órdenes de Servicio” Servicio la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo organismo técnico. Cuando las Especificaciones especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es será responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere pudieren originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. numeral 1.8.1.xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para Obras Mayores queda complementado con lo siguientecon: La Inspección PLIEG-2017-04174831- -DGRU Los materiales a proveer responderán a las normas IRAM, salvo que por razones especiales de Obra podrá requerir orden técnico o notoria escasez en plaza ello no fuera posible, debiendo documentar tal circunstancia y comunicarla a la verificación inspección de la calidad de obra, quien deberá expresar su consentimiento o rechazo. Todos los materiales a emplear en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe obra deberán ser aprobados previamente por la Inspección, . Esta aprobación requerirá la intervención del laboratorio del GCBA o aquel que éste Gobierno disponga a tal efecto para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. El Contratista presentará presupuesto de tres (3) laboratorios reconocidos en plaza, y será atributo de la Inspección decidir con cuál de ellos se ejecutará el ensayo. El oferente considerará incluido en los precios Ofertados el costo de los ensayos que indique la Inspección, hasta un monto máximo del cero punto veinticinco por ciento (0.25%) del valor total Ofertado. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicasestablezcan los PETG y/o PETP, y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél. La Inspección Los gastos de Obra comunicará al Contratistaprovisión, a través del “Libro extracción, envase y transporte de Ordenes de Servicio” las muestras hasta donde deben realizarse los ensayos y la correspondiente aceptación o rechazo ejecución de los materialesmismos, dispuesto serán por el Organismo técnicocuenta del Contratista. Cuando las Especificaciones especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban deben ser estudiados en el laboratorio. En casos en que los ensayos demoren más tiempo se considerarán dos (2) días desde la recepción de los ensayos efectuados. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista , el que es responsable de cualquier reclamo o denuncias denuncia que pudiere pudieren originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificadonotificarse el mismo. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, y como lo indique la Inspección en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del “Libro de Ordenes de Servicio” la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo técnico. Cuando las Especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. PLIEG-2016-13905074- -DGOINFU El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. 42 El Art. 1.8.1 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: PLIEG-2019-06522079-GCABA-UPEMS La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El el Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, y como lo indique la Inspección en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del “Libro de Ordenes Órdenes de Servicio” la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo técnico. Cuando las Especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección Inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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CALIDAD DE LOS MATERIALES. El Art. 1.8.1 del P.C.G. PCG. queda complementado con lo siguiente: La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, El Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, y como lo indique la Inspección en los casos no previstos en aquél. La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del “Libro de Ordenes de Servicio” la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo técnico. Cuando las Especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo. El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo. PLIEG-2017-17197195- -DGOINFU Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito. El Contratista hará entrega al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires GCBA de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.

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