Common use of Características Clause in Contracts

Características. Las ayudas que pueden recibir consisten en: • Para financiar parcialmente proyectos generadores de empleo (creación de centros o ampliación de los mismos. Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998) subvenciones de: a) 12.020,24 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el CEE supera el 90% de personas trabajadoras con discapacidad respecto del total de su plantilla o, b) 9.015,18 euros por puesto de trabajo creado de carácter estable si el número de personas con discapacidad del CEE está comprendido entre el 70% y el 90% del total de la plantilla. Se podrán conceder las subvenciones anteriores siempre que el CEE justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para alguna o algunas de las siguientes acciones: a) Subvención para asistencia técnica (estudios de viabilidad, auditorías...) b) Subvención parcial de intereses de préstamos de hasta 3 puntos de interés. c) Subvención para inversión fija en proyectos de reconocido interés social. • Apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo en CEE (Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998). Las ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo, consisten en: a) Bonificación del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluida las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. b) Subvenciones del coste salarial por un importe del 50% xxx xxxxxxx mínimo interprofesional. En el caso de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada. c) Subvenciones para adaptación de puestos de trabajo y eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas en una cuantía no superior a 1.803,04 euros por puesto de trabajo. d) Subvención, por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente a los CEE. e) Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos CEE que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibles. f) Los CEE podrán recibir asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo, pudiendo ser concedida a instancia de parte o de oficio cuando el estudio del expediente así lo demande. • Ayudas para las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional (R.D. 469/2006, de 21 xx xxxxx). Se entiende por Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional los equipos multiprofesionales, enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo, que mediante el desarrollo de distintas funciones y cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas con discapacidad de dichos centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia en el mismo.

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Características. Las ayudas La empresa colaboradora que pueden recibir consisten en: • Para financiar parcialmente proyectos generadores de empleo (creación de centros o ampliación de los mismos. Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998) subvenciones de: contrate a una persona del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) 12.020,24 o b) tendrán las siguientes ayudas: o Subvención de 7.814 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el CEE supera el 90% de personas trabajadoras con discapacidad respecto del total de su plantilla o, b) 9.015,18 euros por puesto de trabajo creado de carácter estable si el número de personas con discapacidad del CEE está comprendido entre el 70% y el 90% del total de la plantilla. Se podrán conceder las subvenciones anteriores siempre que el CEE justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para alguna o algunas de las siguientes acciones: a) Subvención para asistencia técnica (estudios de viabilidad, auditorías...) b) Subvención parcial de intereses de préstamos de hasta 3 puntos de interés. c) Subvención para inversión fija en proyectos de reconocido interés social. • Apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo en CEE (Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998). Las ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo, consisten en: a) Bonificación del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluida las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. b) Subvenciones del coste salarial por un importe del 50% xxx xxxxxxx mínimo interprofesional. En el caso de cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a se reducirá proporcionalmente según la jornada laboral realizada. c) Subvenciones para de trabajo pactada. o Subvención por adaptación de puestos puesto de trabajo y eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 170/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. • Si la empresa colaboradora contrata a una cuantía no superior persona del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a 1.803,04 las siguientes ayudas: o Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. o Subvención por adaptación de puesto de trabajo. d) Subvencióntrabajo y eliminación xx xxxxxxxx de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente a los CEE. e) Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto que en cumplimiento de aquellos CEE que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibles. f) Los CEE podrán recibir asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo, pudiendo ser concedida a instancia de parte o de oficio cuando el estudio del expediente así lo demande. • Ayudas para las Unidades de Apoyo a previsto en la Actividad Profesional (R.D. 469/2006Ley 13/1982, de 21 7 xx xxxxx). Se entiende por Unidad , se regula el empleo selectivo y las medidas de Apoyo a la Actividad Profesional los equipos multiprofesionales, enmarcados dentro fomento del empleo de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo, que mediante el desarrollo de distintas funciones y cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas con discapacidad alguna minusvalía. o Bonificación de dichos centros tienen las cuotas empresariales de la Seguridad Social: • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones. Menor de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/año Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros/año Mayores de 45 años 6.300 euros/año 6.300 euros/año • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el proceso artículo 2.7 de incorporación la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre. • En lo previsto en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, será de aplicación a un puesto de trabajolas empresas colaboradoras y a estos contratos el régimen sobre requisitos y exclusiones, así como de obligaciones, incluida la permanencia de mantenimiento de la estabilidad en el mismoempleo de las y los trabajadores, aplicable a las ayudas reguladas en el Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, modificado por el Real Decreto 170/2004, de 30 de enero.

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Características. Las ayudas que pueden recibir consisten en: • Para financiar parcialmente proyectos generadores Subvención de empleo (creación de centros o ampliación de los mismos. Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998) subvenciones de: a) 12.020,24 3.907 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el CEE supera el 90% de personas trabajadoras con discapacidad respecto del total de su plantilla o, b) 9.015,18 euros por puesto de trabajo creado de carácter estable si el número de personas con discapacidad del CEE está comprendido entre el 70% y el 90% del total de la plantilla. Se podrán conceder las subvenciones anteriores siempre que el CEE justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para alguna o algunas de las siguientes acciones: a) Subvención para asistencia técnica (estudios de viabilidad, auditorías...) b) Subvención parcial de intereses de préstamos de hasta 3 puntos de interés. c) Subvención para inversión fija cada contrato transformado en proyectos de reconocido interés socialindefinido a tiempo completo. • Apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo en CEE (Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998). Las ayudas para Cuando el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo, consisten en: a) Bonificación del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluida las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. b) Subvenciones del coste salarial contrato por un importe del 50% xxx xxxxxxx mínimo interprofesional. En el caso de contrato de trabajo tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada laboral realizada. c) Subvenciones pactada. • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social. o Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones: Menor de 45 años 4.500 euros/año 5.350 euros/año Mayores de 45 años 5.700 euros/año 5.700 euros/año Menores de 45 años 5.100 euros/año 5.950 euros/año Mayores de 45 años 6.300 euros/año 6.300 euros/año • La empresa, para poder bonificarse en la cuota empresarial, tendrá que cumplir los requisitos establecidos en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el art. 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, según redacción del art.6.2 del Real Decreto Ley 2/2009. • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas en una cuantía no superior a 1.803,04 euros por puesto de trabajo. d) Subvención, por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente a los CEE. e) Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos CEE que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibles. f) Los CEE podrán recibir asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo, pudiendo ser concedida a instancia eliminación xx xxxxxxxx o dotación de parte o medios de oficio cuando el estudio del expediente así lo demandeprotección personal hasta 901,52 euros. • Ayudas para las Unidades Deducción de Apoyo la cuota íntegra del impuesto de sociedades en la cantidad de 6.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de personal con discapacidad, contratados/as por tiempo indefinido, respecto a la Actividad Profesional (R.D. 469/2006plantilla media de personal con discapacidad del ejercicio inmediatamente anterior con dicho tipo de contrato. • Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. • En los supuestos de 21 xx xxxxx). Se entiende obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por Unidad bonificación de Apoyo cuotas a la Actividad Profesional Seguridad Social, con el recargo y los equipos multiprofesionalesintereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. • No se concederán los incentivos descritos cuando se trate de relaciones laborales de carácter especial, enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo, que mediante el desarrollo de distintas funciones y cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas con discapacidad de dichos centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia en el mismo.

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Características. Las ayudas Ayudas que pueden podrán recibir consisten en: • Para financiar parcialmente proyectos generadores de empleo (creación de centros o ampliación de los mismos. Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998) subvenciones delas personas que se beneficien del subsidio y las empresas que las contratan: a) 12.020,24 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el CEE supera el 90Abono mensual a la persona contratada del 50% de personas trabajadoras la cuantía del subsidio, durante la vigencia del contrato, con discapacidad respecto el límite xxxxxx xxx xxxxx del total período pendiente de su plantilla o,percibir del subsidio y sin perjuicio de la aplicación de las causas de extinción del derecho previstas en las letras a), e), f), g) y h) del artículo 213 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. b) 9.015,18 euros por puesto Xxxxx a la persona contratada, en un solo pago, de trabajo creado 3 meses de carácter estable la cuantía del subsidio si el número trabajo que origina la compatibilidad obliga a la parte contratada a cambiar de personas con discapacidad del CEE está comprendido entre el 70% y el 90% del total lugar habitual de la plantilla. Se podrán conceder las subvenciones anteriores siempre que el CEE justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para alguna o algunas de las siguientes acciones: a) Subvención para asistencia técnica (estudios de viabilidad, auditorías...) b) Subvención parcial de intereses de préstamos de hasta 3 puntos de interésresidencia. c) Subvención Bonificación que corresponda, en caso de contratación indefinida si se cumplen los requisitos de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para inversión fija la mejora del crecimiento y del empleo o del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral. d) El abono mensual a que se refiere el apartado anterior lo percibirá la persona trabajadora de la entidad gestora de las prestaciones durante el tiempo establecido en proyectos dicho apartado, descontando, en su caso, el período de reconocido interés social3 meses de subsidio de la ayuda a la movilidad geográfica prevista en el apartado 2 anterior, equivalente a 6 meses de abono del subsidio en el régimen de compatibilidad señalado. • Apoyo al mantenimiento La persona empleadora, durante este tiempo, tendrá cumplida la obligación del pago xxx xxxxxxx que corresponde a la persona contratada, completando la cuantía del subsidio recibido por la persona trabajadora hasta el importe de puestos dicho salario, siendo asimismo responsable de trabajo en CEE (Orden Ministerial de 16 de octubre de 1998). Las ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo, consisten en: a) Bonificación del 100% de la cuota empresarial las cotizaciones a la Seguridad Social, incluida Social por todas las de accidentes de trabajo contingencias y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. b) Subvenciones del coste salarial por un el total xxx xxxxxxx indicado incluyendo el importe del 50% xxx xxxxxxx mínimo interprofesionalsubsidio. En el caso de contrato personas que trabajan de trabajo a tiempo parcialforma eventual incluidas en el Régimen Especial Agrario, la subvención experimentará una reducción proporcional a persona empleadora será responsable de la jornada laboral realizadacotización por jornadas reales al REASS (Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social) por las contingencias que correspondan. c) Subvenciones para adaptación de puestos de trabajo y eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas en una cuantía no superior a 1.803,04 euros por puesto de trabajo. d) Subvención, por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente a los CEE. e) Subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de aquellos CEE que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibles. f) Los CEE podrán recibir asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo, pudiendo ser concedida a instancia de parte o de oficio cuando el estudio del expediente así lo demande. • Ayudas para las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional (R.D. 469/2006, de 21 xx xxxxx). Se entiende por Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional los equipos multiprofesionales, enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo, que mediante el desarrollo de distintas funciones y cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas con discapacidad de dichos centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia en el mismo.

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