Common use of Carga Clause in Contracts

Carga. 1. En el transporte de carga, se expedirá una carta de porte aéreo. 2. Cualquier otro medio en que quede constancia del transporte que deba efectuarse podrá sustituir a la expedición de la carta de porte aéreo. Si se utilizasen otros medios, el transportista entregará al expedidor, si así lo solicitara este último, un recibo de carga que per- mita la identificación del envío y el acceso a la infor- mación de la que quedó constancia conservada por esos medios.

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Samples: Convenio Para La Unificación De Ciertas Reglas Para El Transporte Aéreo Internacional, Convenio Para La Unificación De Ciertas Reglas Para El Transporte Aéreo Internacional

Carga. 1. En el transporte de carga, se expedirá una carta de porte aéreo. 2. Cualquier otro medio en que quede constancia del transporte que deba efectuarse podrá sustituir a la expedición de la carta de porte aéreo. Si se utilizasen otros medios, el transportista entregará al expedidor, si así lo solicitara este último, un recibo de carga que per- mita permita la identificación del envío y el acceso a la infor- mación información de la que quedó constancia conservada por esos medios.

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Samples: Aviation Insurance, Convenio Sobre Transporte Aéreo Internacional

Carga. 1. En el transporte de carga, se expedirá una carta de porte aéreo. 2. Cualquier otro medio en que quede constancia del transporte que deba efectuarse podrá sustituir a la expedición de la carta de porte aéreo. Si se utilizasen otros medios, el transportista entregará al expedidor, si así lo solicitara este último, un recibo de carga que per- mita permita la identificación del envío y el acceso a la infor- mación información de la que quedó constancia conservada por po r esos medios.

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Samples: Seguro De Aviación Cobertura Horizonte Amplio

Carga. 1. En el transporte de carga, se expedirá una carta de porte aéreo. 2. Cualquier otro medio en que quede constancia del transporte que deba efectuarse podrá sustituir a la expedición de la carta de porte aéreo. Si se utilizasen otros medios, el transportista entregará al expedidor, si así lo solicitara este último, un recibo de carga que per- mita permi- ta la identificación del envío y el acceso a la infor- mación información de la que quedó constancia conservada por esos medios.

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Samples: Convenio Para La Unificación De Ciertas Reglas Para El Transporte Aéreo Internacional