ESTUDIO DE FACTIBILIDAD a) Presentación
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. Cuando se adquiera hardware y software de tecnologías de información y comunicaciones y/o, cuando se trate de arrendamientos.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. El Estudio de factibilidad realizado por la SIDO determinó la conveniencia para realizar el arrendamiento de la infraestructura solicitada en el ANEXO 1 sin opción a compra, para lo cual se consideraron, entre otros aspectos, los costos de mantenimiento y consumibles que se tendrían que pagar en cada caso. Dicho estudio se elaboró con fundamento en los artículos 12 de la LAASSP y 10 del RLAASSP.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. Cuando la solicitud de uso compartido de espacio en postes cumpla con los requisitos establecidos, el ICE realizará el respectivo estudio a fin de determinar la factibilidad técnica de lo solicitado por [ ], considerando los siguientes aspectos:
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 10.3.1. Para solicitar la desagregación del bucle de abonado en cualquiera de las dos modalidades, el PS deberá cumplir con el Procedimiento de Solicitud y entrega de información que se describe en el Anexo 2.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 11.2.1. La prestación del servicio de transporte deberá estar supeditada a la disponibilidad técnica de infraestructura y a la capacidad para la implementación del enlace entre los puntos solicitados.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 12.3.1. Como parte del procedimiento establecido por el ICE para el estudio de la factibilidad para la asignación de espacios, instalación y operación de equipos de telecomunicaciones en la infraestructura y sitios administrados por el ICE, los PS deben seguir el procedimiento descrito en el anexo 4.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 4.2.1.Los servicios de interconexión de terminación no requieren una factibilidad independiente de la factibilidad del POI. 4.3.1.Aplican los conceptos incluidos en el punto 3.4 Parámetros de calidad del POI y los parámetros e indicadores definidos en el Anexo 13. 4.4.1.El esquema de facturación para los servicios de terminación de voz y mensajería en las redes fijas o móviles del ICE se describe a continuación: 4.4.2.Facturación y pago: El ICE facturará los cargos de los servicios contratados por el PS, de acuerdo con los precios que se establecen en el Anexo 5, y conforme a lo dispuesto en el Anexo 15: “Procedimiento para la Facturación de Tráfico entre Redes”. 4.4.3.El tráfico telefónico se tasará por unidad de tiempo de la comunicación en segundos y la facturación se efectuará de acuerdo con el tiempo real de la comunicación.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 5.2.1. Los servicios de interconexión de acceso no requieren una factibilidad independiente de la del POI.
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. 7.1 El ESTUDIO será elaborado de acuerdo a estándares internacionales normalmente aceptados por la industria minera, para acreditar la viabilidad técnica y financiera de un proyecto de las características del PROYECTO, así como por aquellos estándares internacionales adoptados por las instituciones financieras, los inversionistas y las autoridades normativas. Asimismo, deberá incluir los temas señalados de manera enunciativa, mas no taxativa ni limitativa, en el Anexo 3.