Estudio de Factibilidad a) Presentación
Estudio de Factibilidad. Cuando se adquiera hardware y software de tecnologías de información y comunicaciones y/o, cuando se trate de arrendamientos.
Estudio de Factibilidad. El Estudio de factibilidad realizado por la SIDO determinó la conveniencia para realizar el arrendamiento de los equipos solicitados en el ANEXO 1 sin opción a compra, para lo cual se consideraron, entre otros aspectos, los costos de mantenimiento y consumibles que se tendrían que pagar en cada caso. Dicho estudio se elaboró con fundamento en los artículos 12 de la LAASSP y 10 del RLAASSP.
Estudio de Factibilidad. Las actuaciones tendientes a lograr la suscripción de un "Convenio Específico" no alcanzado por las Ord. HCS Nº 18/08, 1/09 y/o 6/09 deberán incluir el estudio de factibilidad integrado por los siguientes informes:
Inciso a) Informe de pertinencia de la iniciativa con respecto a los ámbitos académico, científico y profesional de la Dependencia. Este informe deberá contener especial referencia a los recaudos académicos que deban observarse conforme la naturaleza de la iniciativa y a la normativa vigente en materia de planes de estudio xx xxxxxxxx de pregrado, grado y posgrado; postítulos; articulación; capacitación extensionista y vinculación tecnológica.
Inciso b) Informe de las necesidades de personal caracterizando los diferentes perfiles y cantidades requeridos, e indicando si la Dependencia cuenta con el personal suficiente en cantidad y perfiles para la ejecución y/o implementación de la iniciativa. En caso que así no fuere, realizar una estimación porcentual del personal externo requerido para cada perfil. Los informes indicados en los incisos a) y b), deberán ser refrendados por el Secretario Académico de la Dependencia o máxima autoridad que cumpla esta función. Si se tratare de casos de desarrollo tecnológico o de extensión, deberán ser firmados igualmente por el Secretario de Ciencia y Tecnología o de Extensión de la Dependencia, según corresponda, o máxima autoridad que cumpla esta función.
Inciso c) Informe económico-financiero indicando la duración total de la iniciativa, caracterización de las diferentes etapas de la misma y duración prevista de cada una, la cantidad y perfiles del personal afectado a cada etapa, monto total a aportar por cada una de las partes discriminando el porcentaje correspondiente a la Dependencia y el correspondiente a la Cuenta General de Recursos Propios de la UNC, caracterización y valoración de los gastos de operación y administrativos, honorarios totales a cobrar por el personal interviniente, honorarios individuales en función de los perfiles indicados. Este informe deberá ser firmado por el Secretario de Ciencia y Tecnología o de Extensión de la Dependencia, o máxima autoridad con la responsabilidad de gestión de las iniciativas propuestas, por el Secretario de Administración de la Dependencia o máxima autoridad que cumpla esta función, así como por la máxima autoridad de planta no docente del área económico-financiera.
Inciso d) Informe de infraestructura referido a las condiciones de los espacios físicos y eq...
Estudio de Factibilidad. Cuando la solicitud de uso compartido de espacio en postes cumpla con los requisitos establecidos, el ICE realizará el respectivo estudio a fin de determinar la factibilidad técnica de lo solicitado por [ ], considerando los siguientes aspectos:
Estudio de Factibilidad. 7.1 El ESTUDIO será elaborado de acuerdo a estándares internacionales normalmente aceptados por la industria minera, para acreditar la viabilidad técnica y financiera de un proyecto de las características del PROYECTO, así como por aquellos estándares internacionales adoptados por las instituciones financieras, los inversionistas y las autoridades normativas. Asimismo, deberá incluir los temas señalados de manera enunciativa, mas no taxativa ni limitativa, en el Anexo 3.
7.2 El ESTUDIO determinará la inversión total requerida para el desarrollo del PROYECTO y un cronograma con la inversión anualizada Dicho ESTUDIO servirá de base para establecer el Compromiso de Inversión de Implementación a que se refiere el numeral 13.4. El PROYECTO desarrollado en el ESTUDIO, deberá cumplir, al menos, una de las siguientes condiciones:
a) Un Gasto de Capital Mínimo del PROYECTO ascendente a US$ ( millones de dólares de los Estados Unidos de América) o;
Estudio de Factibilidad. Dentro de los quince (15) días siguientes al término del segundo año, contado a partir de la suscripción de EL CONTRATO, EL ADQUIRENTE deberá entregar a PROINVERSIÓN un Estudio de Factibilidad de EL PROYECTO, el mismo que deberá contener entre otros, el monto referencial de las inversiones anuales, para cumplir con la oferta de producción. PROINVERSIÓN evaluará el Estudio de Factibilidad que presente EL ADQUIRENTE en un plazo no mayor de treinta (30) días, comunicando su decisión de haber aprobado o no dicho documento. Si el Estudio de Factibilidad no es aprobado por PROINVERSIÓN, EL ADQUIRENTE tendrá un plazo no mayor de treinta (30) días adicionales para reformularlo y cumplir con las observaciones de PROINVERSIÓN. En caso que el Estudio de Factibilidad de EL PROYECTO establezca que el mismo no es viable, se procederá a la resolución del CONTRATO en forma automática. No procederá la devolución de ningún pago, aporte, inversión y en general ningún gasto, efectuado por EL ADQUIRENTE. Se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Numeral 14.2. En caso que no se cumpla con la entrega del Estudio de Factibilidad se resolverá EL CONTRATO en forma automática, sin necesidad de resolución de cualquier naturaleza que así lo establezca, ejecutándose como penalidad la garantía a que se refiere el Numeral 8.1.1. Se aplicará lo dispuesto en el Numeral 14.2.
Estudio de Factibilidad. Instrumento que permite evaluar las condiciones técnicas, ambientales, sociales, financieras y normativas, para validar la oportunidad de un proyecto en el marco de la implementación de la estrategia Obras PDET. ESTUDIOS Y DISEÑOS: Corresponde a todo tipo de estudios, cálculos, planos y entregables previos de estructuración de un proyecto que responde de manera integral a las necesidades del mismo, que permitan una adecuada materialización y ejecución, acorde a su alcance, complejidad y magnitud.
Estudio de Factibilidad. 4.2.1.Los servicios de interconexión de terminación no requieren una factibilidad independiente de la factibilidad del POI.
Estudio de Factibilidad. 5.2.1. Los servicios de interconexión de acceso no requieren una factibilidad independiente de la del POI.