Common use of Certificación Clause in Contracts

Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada la medición de los trabajos, el certificado de obra, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Para la aprobación del certificado la Inspección podrá requerir la documentación que considere necesaria a los fines de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones impositivas y previsionales del Contratista así como la presentación de la registración de la tarea profesional de que se trate por ante la entidad colegial competente al efecto y la presentación de la liquidación de honorarios con determinación de los aportes previsionales del caso, que conforme a la legislación aplicable, el colegio profesional correspondiente emita. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total del certificado se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificados, la Inspección podrá emitirlos de oficio de acuerdo con la medición realizada. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificado.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La

Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada Conformada la medición por la Inspección de los trabajosObra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de obraavance de Obra, y según formulario apro- bado por la Inspección de desacopioObra, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la el que se ajustará a la legislación vigente liquidarán los Trabajos de acuerdo al Cómputo y a lo estipulado en el contratoPresupuestos aprobados. El certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Para la aprobación del certificado la Inspección podrá requerir la documentación que considere necesaria a los fines de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones impositivas y previsionales del Contratista así como la presentación de la registración de la tarea profesional de que se trate por ante la entidad colegial competente al efecto y la presentación de la liquidación de honorarios con determinación de los aportes previsionales del casoes decir, que conforme a la legislación aplicable, el colegio profesional correspondiente emita. Cada certificado debe comprender comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se descontará deberá confeccionar con el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificadoscriterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la Inspección podrá emitirlos rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de oficio de acuerdo con la medición realizadalas diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observadocertifica- dos constituirán en todos los casos, el plazo documentos provisionales para el pago comenzará en el momento en a cuenta, suje- tos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la Dirección General de Tránsito y Transporte. El Contratista deberá elevar a la Dirección General de Tránsito y Transporte, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si correspondan los trabajos, el certificado fuera observado por él confeccionado para su conformidad y posterior pago por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de certificársele de oficio por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera Inspec- DI-2015-35530736- -DGTYTRA ción de acuerdo con las modificaciones propuestas por Obras sin recurso alguno la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin cantidad que se presente reclamo algunoconsidere conveniente, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto deduciéndose en concepto de multa y resarcimiento por costo administrativo, un cinco por ciento (5%) del monto certificadobruto que se certifique.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales

Certificación. Conforme al acta de medición antes mencionada, se confeccionará el Certificado parcial en el que se liquidarán los TRABAJOS ejecutados de acuerdo al precio contractual, más el anticipo financiero para acopio de los rubros a los que les pudiera corresponder, de acuerdo a la COTIZACIÓN Y PROPUESTA. A pedido del GP, el CP presentara todas las planillas y comprobantes de aportes y de responsabilidades de empleador de acuerdo a la ley. Los Certificados parciales deben ser acumulativos es decir que comprenderán todos los TRABAJOS ejecutados desde su inicio hasta la presente fecha de certificación obteniéndose su valor parcial por excedente sobre el certificado anterior. El Contratista Certificado parcial deberá presentar contener: el período de los TRABAJOS ejecutados las cantidades contractuales los precios unitarios los importes parciales por rubro el avance anterior, presente y acumulado el importe anterior, presente y acumulado el total acumulado hasta la fecha. el importe certificado hasta el certificado anterior. el importe del presente certificado. la deducción del fondo de reparos. el total neto deducido. el descuento acumulado del anticipo si lo hubiere. el importe neto descuento del anticipo. el impuesto al valor agregado (IVA). el importe a percibir por el CP en números y letras. Los modelos de Certificados serán presentados por el CP a la aprobación del GP dentro de los CINCO siete (5) días de finalizada la medición de los trabajos, el certificado de obra, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Para la aprobación del certificado la Inspección podrá requerir la documentación que considere necesaria a los fines de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones impositivas y previsionales del Contratista así como la presentación de la registración de la tarea profesional de que se trate por ante la entidad colegial competente al efecto y la presentación de la liquidación de honorarios con determinación de los aportes previsionales del caso, que conforme a la legislación aplicable, el colegio profesional correspondiente emita. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total del certificado se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificados, la Inspección podrá emitirlos de oficio de acuerdo con la medición realizada. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (27) días de la emisión Fecha de Inicio de los TRABAJOS, debiendo expedirse el GP acerca de su aprobación u observaciones dentro de los siete (7) días posteriores a su presentación por parte del certificadoCP. Vencido dicho plazo sin La actualización de los certificados será realizada conforme lo estipulado en las Condiciones Particulares. Los formularios para confeccionar las facturas de los Certificados serán impresos y numerados correlativamente, según las correspondientes normas de la DGI. La facturación se presentará por duplicado. Los Certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta que se presente reclamo alguno, se producirá produzca la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificadomedición y liquidación final y ésta sea aprobada por el GP y el COMITENTE.

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Samples: onc-ftp1.argentinacompra.gov.ar

Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada Conformada la medición por la Inspección de los trabajosObra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, y de desacopiosegún formulario aprobado por la Inspección, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la el que se ajustará a la legislación vigente liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Para la aprobación del certificado la Inspección podrá requerir la documentación que considere necesaria a los fines de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones impositivas y previsionales del Contratista así como la presentación de la registración de la tarea profesional de que se trate por ante la entidad colegial competente al efecto y la presentación de la liquidación de honorarios con determinación de los aportes previsionales del caso, que conforme a la legislación aplicable, el colegio profesional correspondiente emitaPresupuestos aprobados. Cada certificado debe comprender mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se descontará deberá confeccionar con el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificadoscriterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la Inspección podrá emitirlos rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de oficio de acuerdo con la medición realizadalas diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observadoconstituirán en todos los casos, el plazo documentos provisionales para el pago comenzará en a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por el momento en Municipio. El Contratista debe elevar al Municipio dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de la quincena siguiente al que correspondan los trabajos, los certificados por él confeccionados para su conformidad y posterior aprobación y pago por parte del Municipio. Dentro de los cinco (5) días del mes siguiente de efectuados los trabajos, la Secretaría de Planificación Estratégica expedirá el Contratista lo presente correspondiente Certificado de Pago, el cual deberá contar además con las correcciones firmas del caso. Si Contratista y su Representante Técnico, teniéndose como válida el certificado fuera observado por la Inspección Acta de Medición confeccionada conforme lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificadoexpuesto anteriormente.

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Samples: www.mininterior.gov.ar