Common use of Ceses Clause in Contracts

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta deberá dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste deberá notificarlo a la empresa por escrito con al menos 20 días de antelación. Caso de incumplimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el aviso, hasta un máximo de treinta días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta días.

Appears in 7 contracts

Samples: ugt-sp.es, aragon.ugt-sp.es, www.feuso.es

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta deberá dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste deberá notificarlo a la empresa por escrito con con, al menos 20 menos, 30 días de antelación. Caso de incumplimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el avisopreaviso, hasta un máximo de treinta 30 días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta 30 días. En el caso de acceso a la función pública el preaviso podrá hacerse dentro de los siete días siguientes a contar desde la publicación de las listas definitivas de aprobados.

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Samples: www.cig-ensino.gal, Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, www.fespugt.es

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta esta deberá dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste este deberá notificarlo a la empresa por escrito con con, al menos 20 menos, veinticinco días de antelación. Caso de incumplimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el avisopreaviso, hasta un máximo de treinta veinticinco días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta días. En el caso de acceso a la función pública el preaviso podrá hacerse dentro de los siete días siguientes a contar desde la publicación de las listas definitivas de aprobados.

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Samples: Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, steilas.eus

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta deberá dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste deberá notificarlo a la empresa por escrito con al menos 20 días de antelación. Caso de incumplimientoincum- plimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el aviso, hasta un máximo de treinta días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento incumpli- miento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta días.

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Samples: www.fe.ccoo.es, www.cograsova.es

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta deberá dar cumplimiento a lo legislado legis- lado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste deberá notificarlo a la empresa por escrito con al menos 20 días de antelación. Caso de incumplimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el aviso, hasta un máximo de treinta días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho dere- cho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta días.

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Samples: www.feuso.es, feuso.es

Ceses. Cuando el trabajador cese a instancia de la empresa, ésta deberá dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Si el cese se debe a voluntad del trabajador, éste deberá notificarlo a la empresa por escrito con al menos 20 veinte días de antelación. Caso de incumplimiento, la empresa podrá descontarle de su liquidación dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el aviso, hasta un máximo de treinta días. Si la empresa recibe el preaviso en tiempo y forma, estará obligada a abonar al trabajador la liquidación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de dos xxxx xx xxxxxxx por cada día de retraso en el abono de su liquidación, hasta un máximo de treinta días.

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Samples: www.boe.es