Clasificación según la permanencia. El personal de las Empresas incluidas en el ámbito funcional de este Convenio Colectivo se clasificará, según su permanencia al servicio de las mismas, en fijo y temporal. Es fijo el personal que, con contrato celebrado por tiempo indefinido, se precisa de modo permanente para realizar el trabajo exigido por la explotación normal. Es temporal la persona contratada exclusivamente para cubrir necesidades no permanentes en las circunstancias y con los requisitos exigidos en el Estatuto de los Trabajadores y normas que lo desarrollan.
Appears in 2 contracts
Samples: ugt-orange.es, castillayleon.fsc.ccoo.es
Clasificación según la permanencia. El personal de las Empresas incluidas en el ámbito funcional de este Convenio Colectivo convenio colectivo se clasificará, según su permanencia al servicio de las mismas, en fijo y temporal. Es fijo el personal que, con contrato celebrado por tiempo indefinido, se precisa de modo permanente para realizar el trabajo exigido por la explotación normal. Es temporal la persona contratada exclusivamente para cubrir necesidades no permanentes en las circunstancias y con los requisitos exigidos en el Estatuto de los Trabajadores y normas que lo desarrollan.
Appears in 1 contract
Samples: ugt-telefonica.es
Clasificación según la permanencia. El personal de las Empresas incluidas en el ámbito funcional de este Convenio Colectivo se clasificará, según su permanencia al servicio de las mismas, en fijo y temporal. Es fijo el personal que, con contrato celebrado por tiempo indefinido, se precisa de modo permanente para realizar el trabajo exigido por la explotación normal. Es temporal la persona contratada el contratado exclusivamente para cubrir necesidades no permanentes en las circunstancias y con los requisitos exigidos en el Estatuto de los Trabajadores y normas que lo desarrollan.
Appears in 1 contract
Samples: www.cobas.org