Common use of Cláusula de inaplicación Clause in Contracts

Cláusula de inaplicación. De conformidad con lo establecido en el Artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el Artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un período de consultas (el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo), inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

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Samples: Patronato De La Juventud, www2.fsc.ccoo.es

Cláusula de inaplicación. De El presente convenio colectivo obliga a todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia. No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el Artículo artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, cuando concurran si concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, producción por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el Artículo 87.1artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores, se podrá procederproceder a inaplicar, previo desarrollo de un período periodo de consultas (en los términos previstos en el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo)artículo 41.4 del mismo texto legal, inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, aquí pactadas que afecten a las siguientes materias:

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Samples: sindicalistasdecanarias.com

Cláusula de inaplicación. De conformidad con —Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadoresanterior, cuando concurran causas económicas, técnicas, técnicas organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme con- forme a lo previsto en el Artículo artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un período de consultas (el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo)en los términos del artículo 41.4, a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

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Samples: www.universitasxxi.com

Cláusula de inaplicación. De conformidad con lo establecido en el Artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el Artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un período de consultas (el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo), a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresay, que afecten a alguna o algunas de las siguientes materias:

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Samples: www.sanroque.es

Cláusula de inaplicación. De conformidad con lo establecido en el Artículo art. 82.3 del Estatuto de los TrabajadoresE.T., cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el Artículo 87.1estatutario, se podrá procederes posible, previo desarrollo de un período de consultas (el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo, art. 41.4 del E.T.), inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

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Samples: w3.bocm.es

Cláusula de inaplicación. De conformidad con lo establecido en el Artículo art. 82.3 del Estatuto de los TrabajadoresE.T., cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el Artículo 87.1estatutario, se podrá procederes posible, previo desarrollo desa- rrollo de un período de consultas (el previsto para la modificación de condiciones sustanciales de trabajo de carácter colectivo, art. 41.4 del E.T.), inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

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Samples: madrid.fsc.ccoo.es