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Comprobantes de Operación y Documentación Cláusulas de Ejemplo

Comprobantes de Operación y Documentación. El Banco emitirá al Cliente, respecto de las operaciones que éste realice directamente con el Banco, el (los) comprobante(s) de operación respectivo(s), independientemente del medio por el que se realice(n) la(s) operación(es). Por cada comprobante se emitirá un número de folio respecto de cada operación, el cual quedará registrado en los sistemas del Banco como constancia de la realización de la misma. El número de folio servirá como referencia en caso de aclaraciones o reclamaciones. Tratándose de operaciones realizadas vía telefónica, al Cliente se le proporcionará únicamente el número de folio de la operación realizada. Tratándose de consumos y disposiciones que el Cliente realice directamente con los establecimientos afiliados o los cajeros automáticos de otras entidades financieras, los comprobantes serán entregados al Cliente directamente por dichos establecimientos o cajeros; para lo cual, el Banco documentará dichos cargos en el estado de cuenta respectivo. Los consumos y disposiciones que el Cliente realice en el extranjero, se documentarán en la cuenta invariablemente en Moneda Nacional, el tipo de cambio que se utilice para calcular la equivalencia de la Moneda Nacional en relación con el Dólar de los Estados Unidos de América, no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el tipo de cambio que el Banco de México determine el día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con las disposiciones emitidas por el Banco de México. No obstante lo anterior, en caso de Cuentas de depósito a la vista en Dólares, cuyos medios de disposición incluyan la Tarjeta de Débito objeto de este Contrato, no será aplicable lo señalado en el párrafo que antecede.
Comprobantes de Operación y Documentación. El Banco emitirá al Cliente, respecto de las operaciones que éste realice directamente con el Banco, el (los) comprobante(s) de operación respectivo(s), independientemente del medio por el que se realice(n) la(s) operación(es). Por cada comprobante se emitirá un número de folio respecto de cada operación, el cual quedará registrado en los sistemas del Banco como constancia de la realización de la misma. El número de folio servirá como referencia en caso de aclaraciones o reclamaciones. Tratándose de operaciones realizadas vía telefónica, al Cliente se le proporcionará únicamente el número de folio de la operación realizada. Tratándose de consumos y disposiciones que el Cliente realice directamente con los establecimientos afiliados o los cajeros automáticos de otras entidades financieras, los comprobantes serán entregados al Cliente directamente por dichos establecimientos o cajeros; para lo cual, el Banco documentará dichos cargos en el estado de cuenta respectivo. Los consumos y disposiciones que el Cliente realice en el extranjero, se estarán a lo establecido en la cláusula denominada “Cargos en Moneda Extranjera” del presente Contrato.

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  • Apertura de Ofertas Económicas y Documentación Apertura de Ofertas Económicas Apertura Sobre oferta económica. Sobre B Apertura sobre oferta económica El día 04/05/2022 a las 12:30 horas Apertura propuesta económica. Lugar Ayuntamiento xx Xxxxxxx Viejas Dirección Postal Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 (00000) Xxxxxxxx Xxxxxx Tipo de Acto : Público Otros eventos Apertura Sobre Administrativa. Sobre A Apertura sobre administrativa El día 04/05/2022 a las 12:00 horas Apertura documentación administrativa Lugar Ayuntamiento xx Xxxxxxx Viejas Dirección Postal Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 (00000) Xxxxxxxx Xxxxxx Tipo de Acto : Privado Subasta electrónica Se adjudicará mediante subasta electrónica: No Valor estimado del contrato 12.000 EUR. Presupuesto base de licitación Importe 6.000 EUR. Importe (sin impuestos) 6.000 EUR. Clasificación CPV 92610000 - Servicios de explotación de instalaciones deportivas. 55000000 - Servicios comerciales al por menor de hostelería y restauración. Plazo de Ejecución 1 Año(s) Lugar de ejecución Subentidad Nacional Madrid Código de Subentidad Territorial ES300 Dirección Postal Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 (00000) Xxxxxxxx Xxxxxx Opciones y prórrogas Descripción: Un año Plazo Descripción: La duración del contrato será desde la firma del contrato hasta mayo de 2023, pudiéndose prorrogar el contrato máximo otra anualidad de mutuo acuerdo expreso entre el contratista y el Ayuntamiento xx Xxxxxxx Viejas. No obstante al final de la temporada 2022, el órgano de contratación , en caso de determinar y acreditar el incumplimiento negligente, reiterado y grave de sus obligaciones por parte de el/la adjudicatario/a, podrá resolver el contrato sin derecho alguno al cobro de indemnización por parte de éste.

  • Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, X/ Xxxxxxxxx xx 1 y 3, 33430 Candás, en horario de atención al público, (de 9 a 14, con la salvedad de que si fuese necesario bastantear o compulsar parte de la documentación, debido al preceptivo abono de la tasa correspondiente por estos conceptos, deberá someterse al horario de Caja que es de 9 a 13 horas), dentro del plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx (BOPA) y en el Perfil de contratante. Las ofertas podrán presentarse, por correo, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Cada candidato no podrá presentar más de una oferta, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 147 y 148 del TRLCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Si el último día del plazo de presentación de ofertas coincide con sábado o festivo, el plazo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados, para garantizar el secreto de su contenido, denominados, “A”, “B” y “C”, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Igualmente figurará dirección, teléfono y fax, así como, en su caso, indicación expresa de que la documentación administrativa figura ya en el Ayuntamiento, indicando a tal efecto el expediente en el que se encuentra, y que no ha sufrido variación, manteniendo su vigencia.

  • PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. El presente Xxxxxx y el P.P.T. podrán ser examinados en las oficinas de CICC (sitas en Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxx, xx0, X.X. 00000 Donostia/San Xxxxxxxxx), en los días hábiles de 9.00 horas a 13.00 horas, a partir del día siguiente al de la publicación del primero de los anuncios de licitación y durante todo el plazo de presentación de proposiciones. El presente Xxxxxx y el P.P.T. estarán asimismo accesibles desde la referida fecha y en el mismo plazo en el perfil de contratante de CICC (xxx.xxxxxxxxxx.xx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx). Las ofertas deberán presentarse en las reseñadas oficinas de CICC en mano o por correo, con anterioridad a las 13:00 horas el día en el que se cumplan 41 días desde la remisión del anuncio al DOUE. Las ofertas se presentarán en tres sobres cerrados, con la documentación que luego se indicará. La referida limitación horaria para la presentación de proposiciones no será de aplicación cuando las proposiciones sean remitidas por correo, en cuyo caso, podrá realizarse la presentación a cualquier hora del último día del plazo de presentación de proposiciones, siempre que se cumplan los requisitos indicados en el apartado siguiente. En el caso de que las empresas licitadoras envíen su proposición por correo, deberán justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a CICC la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943011312) o telegrama urgente el mismo día. Asimismo, podrá remitirse el anuncio de envío mediante correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Los sobres se presentarán cerrados y deberán estar, necesariamente, firmados por el licitador o persona que le represente, figurando en los mismos el nombre de la empresa que presenta la oferta, su número de teléfono, y de fax, dirección de correo electrónico y la inscripción "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORAMIENTO PERMANENTE E INTEGRAL DE Conjuntamente con los sobres que se citan a continuación, los licitadores presentarán escrito según modelo del XXXXX XXX para dar entrada a la oferta presentada. En cada sobre se señalará, además, su respectivo contenido, con las indicaciones: Sobre nº 1: Aptitud para contratar Conteniendo los documentos que a continuación se indican: Sobre nº 1.- APTITUD PARA CONTRATAR" a) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, de su representación: - La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Si la empresa fuera persona física, mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o documento que haga sus veces en el Estado respectivo. - Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia del D.N.I., o documento que haga sus veces en el Estado respectivo, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. No obstante, si se trata de un poder para un acto concreto no será necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. - La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.(Artículo 9 RGLCAP). - La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará con informe de la Misión Diplomática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. - Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. (Artículo 59 TRLCSP). A los efectos de valorar y apreciar la concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados en UTE, se atenderá a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones (Artículo 67.5 TRLCSP). - Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada. b) Declaración responsable ajustada al modelo del ANEXO IV de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP. Dicha declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente el licitador en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo el licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa presentar, en el plazo xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento al efecto realizado por CICC, la justificación equivalente de dicho requisito. Dicho documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización. c) Las empresas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de la solvencia técnica o profesional indicada en la Cláusula 12ª. La solvencia técnica o profesional se acreditará a través del siguiente medio: - Relación de los principales servicios o trabajos realizados en conjunto de los últimos tres años (2014, 2015 y 2016), que incluya fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos y especificando de forma diferenciada aquellos que justifiquen los requisitos mínimos de solvencia. d) Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos indicados en la Cláusula 12ª del presente Pliego. Este compromiso tiene el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CICC. e) En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida y/o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos, pretenda basarse en la solvencia y/o medios de otras entidades, según modelo contenido en el ANEXO II. f) Documento de designación de medio preferente de recepción de las notificaciones que se efectúen desde CICC, según el modelo incorporado como ANEXO V al presente Pliego. g) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español. CICC se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores en los apartados anteriores. Notas: (i) Aquellas empresas licitadoras que se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el/la letrado/a responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el apartado a). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por la empresa licitadora en virtud del cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado. (ii) Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera. Sobre nº 2.- “PROPUESTA TÉCNICA” El licitador deberá observar especial cuidado a la hora de confeccionar la documentación a incluir en este sobre, ajustándose a las indicaciones dictadas con respecto a contenido y formato. Igualmente, no se podrán hacer referencias que puedan orientar o dar a conocer aspectos económicos de la oferta. Las ofertas que contravengan estos principios serán desestimadas y excluidas del procedimiento. Sobre nº 3.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA" ANEXO VI.

  • Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, nº 1.- 13194. Retuerta del Bullaque, en horario de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. Si el plazo concluyese en sábado o festivo se prorrogará hasta el próximo día hábil siguiente. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP. En cada uno de los sobres se indicará el título del mismo, la contratación a que concurre, el nombre de la empresa licitadora, dirección del ofertante, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter en que lo hace. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 147 y 148 del TRLCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. — Sobre «C»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

  • Informes de investigación del Sitio de las Obras 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente.

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

  • Valoración de las ofertas 23.1.- Tras la apertura pública del sobre B, la mesa de contratación realizará la valoración de las ofertas, con arreglo a las siguientes reglas: 23.1.1.- Cuando el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, la mesa de contratación, en el mismo acto de apertura del sobre B anunciará cuál es la proposición que se corresponda con el precio más bajo, salvo que concurran circunstancias que determinen la aplicación de las preferencias de adjudicación previstas en la cláusula 23.2 siguiente, e invitará a las licitadoras asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel acto y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la mesa de contratación se pronunciará expresamente sobre las reclamaciones presentadas en el acuerdo de adjudicación. 23.1.2.- Cuando se contemple una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas, la mesa de contratación, tras la apertura pública del sobre B podrá remitir la documentación relativa a este sobre y, en su caso, el resultado de la evaluación del sobre C (u otros sobres, en su caso, contemplados en el punto 31.2 de la Carátula) de las empresas admitidas, a la Dirección promotora de la contratación para que por los servicios técnicos oportunos se proceda a elaborar informe técnico global sobre las ofertas en el que se analicen y apliquen el conjunto de los criterios, respetando en todo caso las evaluaciones realizadas de otros sobres. Así mismo, la mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes considere precisos en orden a la adjudicación del contrato. Tras ello, la mesa de contratación realizará la propuesta que proceda de acuerdo con los criterios de valoración de las ofertas y teniendo en cuenta, en su caso, las preferencias contempladas en la cláusula 23.2 siguiente.

  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.