Common use of CONDICIONES CONTRACTUALES Clause in Contracts

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.

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Samples: Service Agreement

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto por montoContrato abierto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor PROVEEDOR en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente quincenalmente por servicios prestados, contra entrega anexando a cada factura en formato electrónico y físico, con el desglose de manifiestos de envíos y recolecciones realizadastodo el PERSONAL subcontratado, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor PROVEEDOR del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días cinco hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.,

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Samples: Outsourcing Agreements

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad De conformidad con el artículo 89 del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF)RLAASSP, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 contabilizar el plazo a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en que hace referencia el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo primer párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrátendrá como recibido el CFDI o documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes, a partir de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” lo entregue a “LA SECRETARÍA”, a través de la “ADMINISTRADORA Y VERIFICADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” al momento de concluir la prestación total del servicio conforme a los términos del presente instrumento contractual y “LA SECRETARÍA” ”, a través de la “ADMINISTRADORA Y VERIFICADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” los reciba a satisfacción en los términos del capítulo Quinto de los Lineamientos para promover la agilización del pago de proveedores del “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de septiembre de 2010. Acorde a los Lineamientos referidos, el plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” acredite la prestación del servicio y la fecha de pago correspondiente será de 30 (treinta) días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el plazo a que hace referencia el párrafo primero del artículo 51 de la LAASSP. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” podrá presentar el CFDI 5 (cinco) días naturales posteriores a la conclusión y aceptación de los trabajos correspondientes a la etapa de que se trate, en la oficina de la “ADMINISTRADORA Y VERIFICADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, es decir en la Dirección de Servicios Generales, sita en Xxxxx Xxxxxx xx. 00, xxxx 00, Xxx. Xxxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de México en días hábiles dentro del horario de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas para su juiciorecepción. Los pagos de los servicios facturados después del 30 de noviembre de 2022, suspender el trámite serán tramitados a través del procedimiento de rescisiónadeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS) lo anterior, cuando hubiere iniciado un procedimiento sin menoscabo de conciliación respecto del Contrato materia los lineamientos que emita la secretaría de hacienda y crédito público para el pago de ADEFAS, que pudieran modificar dicho plazo. La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” incorporará al programa xx xxxxxxx productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dará de alta en el mismo la rescisión.totalidad de las cuentas por pagar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, para ello el CFDI aceptado se registrará en dicho programa a más tardar al 5 (quinto) día natural posteriores a su aceptación misma que podrá ser consultada en línea a efecto de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero seleccionado

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Samples: Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad Las deductivas serán descontadas del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma CFDI que se encuentre pendiente de pago: BANSEFI efectuarán . En ningún caso el pago por concepto de deducciones podrá negociarse en especie. Anticipo: No se darán anticipos Garantía de cumplimiento: De conformidad con lo establecido en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de “LA LEY”, para garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contraiga en virtud del instrumento contractual que se derive del procedimiento de contratación, deberá entregar garantía en favor de la Tesorería de la Federación fianza divisible otorgada por institución de fianzas o de seguros autorizada para expedirla, equivalente al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos 10% (AITEF)diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual que corresponda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar a más tardar dentro de los 20 10 (veintediez) días naturales posteriores, siguientes a su firma. Deberá entregarse en la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora Dirección de Adquisiciones y Contratación Contrataciones, de Servicios la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente Xx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000 Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de Servicios Administrativos O quién las suceda México, teléfono 0000000000, ext. 6983 y 6930, o bien a los correos electrónicos que se le indiquen, la garantía de mérito deberá estar vigente hasta la total aceptación de los bienes, arrendamientos o prestación de los servicios, conforme con lo establecido en el cargo La factura no vendrá acompañada presente documento. El prestador de ningún documentoservicios queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, dado que durante el plazo para la recepción prestación del servicio y hasta en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual; en caso de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en otorgue prórroga para el cumplimiento del Contrato será instrumento contractual y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. Dicha garantía deberá sujetarse a razón las disposiciones que rigen esta materia. En caso de rescisión del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto instrumento contractual la aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato, después será de este supuesto BANSEFI se reserva manera proporcional al monto de las obligaciones no cumplidas. En el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido caso de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer “LA SECRETARÍA” hiciera efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para fianza, se lo comunicará por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y a la entrega de los bienes o afianzadora, obligándose a que la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.fianza permanezca vigente hasta que

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Samples: Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro La vigencia de los 20 (veinte) días naturales posterioresservicios es de cinco meses contados a partir del 1º. xx xxxxxx de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura las actividades relacionadas con los servicios, se realizarán en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT los domicilios descritos en el que conste la validación de la factura. Los pagos punto 6.4 del Anexo Técnico y se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria deberán entregar de acuerdo a los datos las fechas establecidas en la Relación de Entregables que proporcione se integra en el proveedor del servicioAnexoTécnico, en la Coordinación General de Archivos, adscrita a la Dirección de Adquisiciones y Servicios, en las instalaciones de NAFIN ubicadas en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados0000, presente errores o deficienciasXxxxx XX xxxx 0, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepciónXxx. Xxxxxxxxx Inn, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México. Los entregables generados por el servicio prestado objeto de esta invitación, D.F.se entregarán a la atención de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en un horario Coordinador General de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda Archivos en el cargo La factura no vendrá acompañada domicilio Insurgentes Sur 1971 Xxxxx XX xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. México; Una vez realizado el pago recibidos los servicios, el área requirente solicitará dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que el proveedor pueda emitir y entregar su CFDI Electrónico o bien, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas en los servicios para que el “Complemento proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de pago. En virtud de que el personal del licitante ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de NAFIN, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de NAFIN, al personal de NAFIN y/o a terceras personas. Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad del proveedor o arrendados por éste, que destine para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de llevar a cabo la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total prestación de los servicios prestados con atrasoobjeto de esta invitación dentro de las instalaciones de NAFIN, dicha pena no excederá será de exclusiva responsabilidad del monto proveedor por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de la garantía de cumplimiento del contratodichas instalaciones, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago ya que ningún caso NAFIN o su personal serán responsables de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago daños o pérdidas que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de lleguen a sufrir los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisiónreferidos equipos.

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Samples: Contratación De Servicio De Administración De Archivo

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad Los CFDI’s expedidos después del contrato: Abierto 30 de noviembre de 2023, serán tramitados a través del procedimiento de adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS), lo anterior, sin menoscabo de los lineamientos que emita la secretaría de hacienda y crédito público para el pago de ADEFAS, que pudieran modificar dicho plazo. La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” incorporará al programa xx xxxxxxx productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dará de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por montopagar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, para ello el CFDI aceptado se registrará en dicho programa a más tardar al 5° (quinto) día natural posteriores a su aceptación misma que podrá ser consultada en línea a efecto de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero seleccionado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” entre los registrados en dicha cadena, en los términos del último párrafo del artículo 46 de “LA LEY”. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia El pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deba efectuar por concepto xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el convencionales. El pago al proveedor será efectuado en moneda nacional mediante depósito vía banca electrónica a la cuenta bancaria que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” proporcione, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 fracción XIII de la LAASSP y mediante Aplicación Integral 7 y 8 de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro la Ley Monetaria de los 20 (veinte) días naturales posterioresEstados Unidos Mexicanos. Asimismo, a el “PRESTADOR DEL SERVICIO” manifestará su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestadosverificación, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación supervisión y aceptación de la facturalos servicios en los términos previstos en el presente Anexo Técnico, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, éstos no se computará para efectos tendrán como recibidos o aceptados por “LA SECRETARÍA” de conformidad con lo establecido en el artículo 84, último párrafo del artículo 51 RLAASSP. Penas convencionales: Con fundamento en lo establecido en los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos , así como 2 fracción III Bis, 95 y 96 de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSPsu Reglamento, la pena convencional “ADMINISTRADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, determinará la aplicación y el cálculo de las penas convencionales a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” en caso de que se aplicará por atraso incurra en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total alguno de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.siguientes supuestos:

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Samples: Servicio Integral De Limpieza

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad El plazo para la prestacion del servicio será de dos meses dentro de la vigencia del contrato: Abierto por monto, la cual iniciará a partir de su firma y hasta el 30 de noviembre del 2018, considerando que el periodo de exhibición será de 2 meses, pudiendo ser éstos continuos o discontinuos. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx Las actividades relacionadas con el servicio objeto de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF)esta invitación, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestadosen las Ciudades de Queretaro y Puebla, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor las necesidades para la realización del servicio. En Los entregables y/o productos generados por el supuesto servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse y revisarse con la persona que designe EL FIDEICOMISO ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Plaza Inn, Nivel Paseo, Locales 11 y 12, Col. Guadalupe Inn, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, C.P. 01020. Una vez recibidos los servicios, EL FIDEICOMISO dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que cualquiera el proveedor pueda emitir y entregar su comprobante fiscal digital por internet (CFDI) y su complemento o bien, al término de este plazo EL FIDEICOMISO deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas en los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, servicios para que el administrador del contrato dentro proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe con el proceso de pago. EL FIDEICOMISO impondrá al proveedor una deductiva por cada camión que no cuente con el servicio de Red WIFI Móvil sobre el valor total de cada servicio y solo pagará los tres días hábiles siguientes al Servicio de su recepción, indicará Red WIFI Móvil que efectivamente cuente cada autobús urbano. Los montos correspondientes a las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no deductivas se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación aplicarán sobre el valor de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxxque el proveedor presente para su cobro, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario inmediatamente después de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones que EL FIDEICOMISO tenga cuantificada la deducción correspondiente y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará haya sido notificada al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisiónescrito.

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Samples: Contratación De Servicios De Publicidad

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, El contrato a celebrar para BANCOMEXT iniciará su vigencia a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al fecha de su recepciónfirma, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos y de conformidad con el quinto párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 84 del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxx, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero Reglamento de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total inicio de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá será a partir del monto día siguiente del fallo concluyendo ambos al 31 de la garantía diciembre de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato2022. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que contrato a celebrar para NAFIN iniciará su vigencia el prestador deba efectuar por concepto 1 xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimientodel 2022. La modificación del plazo pactado en el contrato Los plazos para la entrega de los servicios se encuentran detallados en el Anexo 1 de la presente convocatoria y la entrega de los servicios será realizada en los siguientes domicilios: BANCOMEXT: Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México. NAFIN: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, C.P. 01020, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México. Los productos generados por el servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse a la persona que designen NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas. El licitante ganador deberá entregar los insumos con las especificaciones, características solicitadas por NAFIN, junto con la copia del pedido y remisión correspondiente. Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de productos en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los insumos. Una vez recibido el servicio, las áreas requirentes dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales para la revisión y en su caso aceptación de las facturas (CFDI) y en caso de que aplique, su complemento en XLM contra las remisiones correspondientes, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas para que éste realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de generar el CFDI (comprobante fiscal digital por internet) correcto basado en la remisión autorizada, para dar seguimiento al proceso de pago. La transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el lugar de entrega, serán por cuenta y riesgo del proveedor; por lo que el licitante será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales. En virtud de que el personal del licitante que resulte ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de LAS INSTITUCIONES, al personal de LAS INSTITUCIONES y/o a terceras personas. Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad del proveedor o arrendados por éste, que destine para llevar a cabo la prestación del servicio sólo procederá objeto de esta invitación dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, será de exclusiva responsabilidad del proveedor por caso fortuitolo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia ya que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso LAS INSTITUCIONES o su personal serán responsables de los daños o pérdidas que lleguen a sufrir los referidos equipos. Las obligaciones que contraiga el licitante ganador derivadas de los contratos que se aceptará formalicen, tendrán el carácter de divisibles. En caso de incumplimiento por parte del licitante ganador a las obligaciones que tenga pactadas, se aplicará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender pena por incumplimiento establecida en el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia punto 3.9.11 de la rescisiónpresente convocatoria y en su defecto, se hará efectiva la garantía de cumplimiento de los contratos.

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Samples: Contract for Supply of Goods and Services

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad En términos del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega artículo 89 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación Reglamento de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestadosLey de Adquisiciones, contra entrega de manifiestos de envíos Arrendamientos· y recolecciones realizadasServicios del Sector Público, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos de contabilizar el plazo a que hace referencia el primer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos Público , se tendrá como recibido el CFDI, a partir de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” lo entregue al “ADMINISTRADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” al momento de concluir la prestación de “EL SERVICIO” y el “ADMINISTRADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” los reciba a entera satisfacción en los términos del capítulo Quinto de los Lineamientos para promover la agilización del pago de proveedores del “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas” emitido por la Secretaría de la recepción Función Pública y aceptación publicado en el Diario Oficial de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San XxxxxFederación el 09 de septiembre de 2010. Acorde a los Lineamientos referidos, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., el plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” acredite la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total prestación de los servicios prestados con atrasoy la fecha de pago correspondiente, dicha pena no excederá del monto será de la garantía de cumplimiento del contrato30 (treinta) días naturales, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso cuales quedará condicionado, proporcionalmente al pago comprendido el plazo a que hace referencia el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo primero del artículo 51 de la LAASSP. El pago de “EL SERVICIO” prestado quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. El pago deberá efectuarse mediante depósito vía banca electrónica a la cuenta bancaria que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” proporcione y se realizarán en Moneda Nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, fracción XIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como 7 y 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y dará de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, para ello el CFDI aceptado se registrará en dicho programa a más tardar al 5° (quinto) día natural posterior a su aceptación, misma que podrá ser consultada en línea a efecto de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario Financiero seleccionado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” entre los registrados en dicha Cadena, en ningún caso se aceptará los términos del último párrafo del artículo 46 de la estipulación Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Los CFDI expedidos después del 30 de noviembre de 2023, serán tramitados a través del procedimiento de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS). Lo anterior, sin menoscabo de los CONDICIONES CONTRACTUALES lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el pago de ADEFAS, que pudieran modificar dicho plazo. A la presente contratación le es aplicable el IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (I.E.P.S.) y el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A). Penas convencionales: De conformidad con lo establecido en los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 2 fracción III Bis, 95 y 96 de su Reglamento, el “ADMINISTRADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, determinará la aplicación y cálculo xx xxxxx convencionales en caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, incurra en cualquiera de los siguientes supuestos: DESCRIPCIÓN PLAZO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O PRESENTACIÓN DE ENTREGABLE PENALIZACIÓN Iniciales Plan de trabajo de Implementación. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” debe entregar el plan de trabajo establecido en el numeral 9.1.1 ENTREGABLES INICIALES, inciso a) del Anexo Técnico en un periodo máximo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia la notificación de la rescisión.adjudicación y conforme a lo solicitado. Se le aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) calculada sobre el valor del importe total del primer CFDI presentado para pago, desde el primer segundo y por cada intervalo de día natural de atraso, hasta que materialmente cumpla con la obligación correspondiente. Diagrama unifilar Telefonía Local Central. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” debe entregar el diagrama unifilar, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la adjudicación de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.1.1 ENTREGABLES INICIALES, inciso b) del Anexo Técnico Se le aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) calculada sobre el valor del importe total del primer CFDI presentado para pago, desde el primer segundo y por cada intervalo de día natural de atraso, hasta que materialmente cumpla con la obligación correspondiente. Diagrama unifilar Telefonía Nacional. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” debe entregar el diagrama unifilar, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la adjudicación de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.1.1 ENTREGABLES Se le aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) calculada sobre el valor del importe total del primer CFDI presentado para pago, desde el primer

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Samples: Licitación Pública Electrónica

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto El contrato que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por montoun monto mínimo de $1,440,000.00 y un monto máximo de $3,600,000.00 más IVA, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley y 85 de su Reglamento. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago El Banco del Bienestar pagará al proveedor contra entrega de “El servicio” por cada una de los sitios atendidos, a entera satisfacción, en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); , factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadasal área técnica, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores es decir a la presentación y aceptación Gerencia de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione Administración Inmobiliaria; Ing. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. o quienes estos designen para tal fin dicho plazo el proveedor del serviciopodrá hacer exigible el pago. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor por escrito las deficiencias que deberá corregir; . El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector PúblicoLey. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxxindicar lo siguiente: 1. Lugar, C.P. 01090, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., medio y horario para su recepción: Por correo electrónico a la Gerencia de Administración Inmobiliaria (xxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx) o quien lo sustituya en un su encargo en horario de 9:30 lunes a 13:30 viernes de 9:00 a 18:00 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda 2. Documentos que deben acompañarse a la factura: Los entregables señalados en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento numeral 9 del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisiónpresente anexo.

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Samples: Service Agreement

CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto El contrato que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por montomonto (mínimo y máximo), según corresponda con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley y 85 de su Reglamento. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia xx xxxxx de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor prestador del servicio en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, posteriores a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos Derivado de la vigencia del contrato, se realizarán mensualmente 10 pagos por servicios prestadosconcepto de atención a los asuntos asignados al despacho laboral, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos servicios que proporcione se hayan devengado en el proveedor del serviciomes objeto de pago, el cual podrá ser variable atendiendo las demandas recibidas y la conclusión de los que sean encomendados. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor por escrito las deficiencias que deberá corregir; . El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector PúblicoLey. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura Xxx Xxxxxxxxx 000 colonia Tizapán San Xxxxxfactura: 1. Deberá enviarse Vía correo electrónico al titular de Subdirección de Asuntos Contenciosos y Penales, C.P. 01090o a quien lo sustituya en el cargo, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en un horario de 9:30 así como a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES la Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Tovar Martínez, Gerente de Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo La factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónicaINVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. Una vez realizado el pago el área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) diario, calculado sobre el monto total de los servicios prestados con atraso, dicha pena no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para rescindir el Contrato. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.IA-006HJO001-E20-2019

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Samples: Legal Services Agreement