CONVOCATORIA DEL TRIBUNAL Y ETAPA INTRODUCTORIA DEL PROCESO Cláusulas de Ejemplo

CONVOCATORIA DEL TRIBUNAL Y ETAPA INTRODUCTORIA DEL PROCESO. La integración del Tribunal de Arbitramento convocado, se desarrolló de la siguiente manera: 1. Con fundamento en la Cláusula Compromisoria citada, el 22 de julio de 2010 la parte convocante presentó ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá la solicitud de convocatoria de un Tribunal de Arbitramento para dirimir las diferencias existentes con Organización Delima S.A.3 2. El 17 xx xxxxxx de 2010, se dio inicio a la reunión de nombramiento de árbitros, la cual, por solicitud de las partes, fue aplazada hasta el 1 de septiembre de 2010, oportunidad en la que la apoderada de la parte convocada manifestó que la Beneficencia de Cundinamarca no podía ser parte en este proceso por no haber suscrito la escritura pública que contiene la cláusula compromisoria invocada para la convocatoria del trámite arbitral e indicó que en tal virtud se abstenía de designar los árbitros que habrían de dirimir la controversia planteada.4 Teniendo en cuenta lo anterior, la parte convocante manifestó que acudiría al Juez Civil del Circuito para que este procediera con la designación de los árbitros, y solicitó copia de las listas de árbitros y del acta correspondiente a la audiencia celebrada en esta fecha. 3. Con oficio No. 1536 del 21 xx xxxxx de 2011, el Juzgado Décimo (10º) Civil del Circuito, designó como árbitros Principales a los doctores Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxxx de la Calle Xxxxxxx, y como suplentes a los doctores Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxx, Xxxxx Nel Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx.5 El Centro de Arbitraje procedió a notificar a los árbitros designados pero por diferentes circunstancias el Tribunal no pudo conformarse con las personas seleccionadas. 4. Mediante memorial radicado el 29 xx xxxxxx de 2011, las partes de común acuerdo manifestaron al Centro de Arbitraje que designaban como árbitros principales a los doctores Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx0, quienes aceptaron el nombramiento en la debida oportunidad. 5. El 27 de septiembre de 2011, se llevó a cabo la audiencia de instalación del Tribunal (Acta No. 1)7, en la que se designó como Presidente al doctor Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx; asimismo, mediante Auto No. 1 el Tribunal se declaró legalmente instalado y nombró como Secretaria a la doctora Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, quien posteriormente aceptó la designación y tomó posesión de su cargo ante el Presidente del Tribunal. De igual ...
CONVOCATORIA DEL TRIBUNAL Y ETAPA INTRODUCTORIA DEL PROCESO. 3.1. El 07 de octubre de 2021, la parte convocante presentó ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá solicitud de convocatoria de un Tribunal Arbitral. 3.2. El 15 de diciembre de 2021 las partes de común acuerdo designaron3 a los doctores Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx como Xxxxxxxx, quienes aceptaron en la debida oportunidad. 3.3. El 09 de febrero de 2022 se llevó a cabo la audiencia de instalación del Tribunal (Acta No. 1), en la que mediante Auto No. 1 este se declaró legalmente instalado, nombró como Secretaria a la doctora Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y fijó el lugar de funcionamiento y Secretaría. Adicionalmente, mediante Auto No. 2 proferido en la misma oportunidad, el Tribunal admitió la demanda arbitral y ordenó la notificación personal y el respectivo traslado. 3.4. El 15 de febrero de 20224 la Secretaria del Tribunal aceptó su designación y ante la ausencia de observaciones de las partes al respecto, tomó posesión de su cargo ante el Presidente del Tribunal5. 3.5. El 24 de febrero de 2022 se notificó el auto admisorio de la demanda a los convocados, notificación que, en los términos del Decreto 806 de 2020, quedó surtida el 28 de febrero del mismo año. 3.6. El 23 xx xxxxx de 2022 el convocado XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX contestó la demanda y adicionalmente formuló llamamiento en garantía contra los señores Xxxx Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. 3.7. El 25 xx xxxxx de 2022, las convocadas XXXXX Seguros Colombia S.A. y SBS Seguros Colombia S.A. en forma conjunta contestaron la demanda.
CONVOCATORIA DEL TRIBUNAL Y ETAPA INTRODUCTORIA DEL PROCESO. 3.1. El 0 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxxxx presentó ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá la solicitud de convocatoria del Tribunal Arbitral6. 3.2. El 24 xx xxxxxx de 2018, las partes de común acuerdo designaron como Árbitros del proceso a los doctores Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxx Xxxxxx Mosquera7, quienes aceptaron su nombramiento en la debida oportunidad. 3.3. El 4 de octubre de 2018 se llevó a cabo la audiencia de instalación del Tribunal (Acta No. 1)8, en la que mediante Auto No. 1 este se declaró legalmente instalado, designó al doctor Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx como Presidente, nombró como Secretaria a la doctora Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y fijó el lugar de funcionamiento y Secretaría. Adicionalmente, mediante Auto No. 2 proferido en tal fecha, el Tribunal admitió la Demanda y ordenó su notificación personal a la Convocada junto con el traslado correspondiente, actuaciones que se surtieron en esa oportunidad.

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  • Declaratoria del proceso como desierto El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos: a. Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección. b. Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos. c. Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en las etapas de evaluación del proceso.

  • Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • Objetivo de la Convocatoria La Municipalidad de Independencia requiere contratar los servicios de 01 persona natural para el puesto de un (01) Analista Contable.

  • De La Declaratoria De Desierto O De La Cancelación Del Proceso 1.- De la Declaratoria de Desierto a) Cuando no se presente postulantes al proceso. b) Cuando ninguno de los postulantes cumple los requisitos mínimos. c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, no se obtiene puntaje mínimo en las etapas de la evaluación.

  • INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 3.1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), y disposiciones complementarias, por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica promulgue la Comunidad Autónoma, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, (en lo sucesivo Reglamento General) en cuanto esté vigente y por 3.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 97 y concordantes del Reglamento General, y este Pliego, por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. 3.3. Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de condiciones Económico Administrativas y el Pliego de condiciones Técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los pliegos. 3.4. Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales. No obstante a ello, si los días señalados para la apertura de los sobres fueran xxxxxxx, xxxxxxxx o días inhábiles en el municipio de Castrocontrigo , la reunión de la Mesa se aplazará al primer día hábil siguiente, sin variación de la hora.

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La propuesta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en la sección III - Organización del Lugar de la Obra y Descripción del Método de Construcción Conteniendo mínimo: organización del lugar de la obra, metodología detallada para la ejecución de cada ítem o tarea a realizar, memoria descriptiva, memoria de equipos a utilizar su oportunidad de incorporación a las tareas, la relación con el Plan de Trabajos, descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal entendimiento, etc. - Plan de Trabajos y Curva de inversiones El Plan de Trabajos e inversiones por Camino Crítico, según la siguiente metodología: 1) Red de precedencias con clara indicación de tareas o eventos ajenos al contrato que tienen injerencia en el normal desarrollo de los trabajos. 2) Duración de cada tarea. 3) Procesamiento con indicación en el Camino Crítico del plazo de la obra y de los tiempos flotantes, libre y total de las tareas que no estén en este camino. 4) Diagrama xx xxxxxx, con indicación de la ubicación de cada tarea dentro del período comprendido por las fechas tempranas y tardías que surgen del diagrama calendario. 5) Del análisis de las redes confeccionadas surgirán las distintas fechas tempranas y tardías, en función de las cuales se construirán las Curvas de Certificaciones Máximas y Mínimas. 6) El procesamiento del Camino Crítico se realizará, usando métodos de reconocida confiabilidad. 7) Se remarca la necesidad de presentar: - Ejecución física mensual expresada en porcentajes parciales y acumulados. - Cantidad de jornales mensuales a emplear. - Tipo y cantidad de equipos a emplear en cada mes de ejecución de los trabajos. - Curva de inversión mensual propuesta, consignando valores parciales y acumulados. El Plan de Trabajos deberá referirse a la totalidad de los ítems consignados en el Presupuesto Oficial, discriminado uno a uno. Se deberá acompañar del correspondiente Plan de Acopio si es permitido. El Plan presentado debe resultar coherente con los métodos constructivos propuestos, con el plazo de ejecución de las obras y con el tipo y cantidad de equipos que el Oferente propone emplear. Deberá indicar las fechas de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del citado Plan de Trabajo