XXXXX XXXXXX XXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

XXXXX XXXXXX XXXXXXX. NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE CONDICIÓN DE EGRESADO DE LA FORMACIÓN XXXXXXXXXXX.XX CUENTA CON EXPERIENCIA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL 38 XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EXPERIENCIA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DESDE EL NIVEL DE PRACTICANTE PROFESIONAL DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL 39 XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE EMISION DEL DIPLOMA DE TITULA PROFESIONAL. 40 XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE EMISION DEL GRADO ACADÉMICO DE XXXXXXXXX.XX CUENTA CON EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO. NO CUENTA CON XXXXXXXXXXXXXXX FUNCIÓN O LA MATERIA DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFI DE PUESTO. 41 XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE EMISION DEL GRADO ACADÉMICO DE XXXXXXXXX.XX CUENTA CON EL TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DESDE EL NIVEL DE PRACTICANTE PROFESIONAL DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL DE PUESTO. 42 XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX NO CALIFICA 0 NO SE VALIDA DOCUMENTOS DE GESTION (MEMORANDO) DEBE PRESENTAR CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SI PRESTÓ SERVICIOS POR TERCEROS. NO PRESENTA CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL GOBIERNO REGIONAL XX XXXXXX (NO SE VALIDA O/S) NO CUENTA CON EL TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DESDE EL NIVEL DE PRACTICANTE PROFESIONAL DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL DE PUESTO. 43 XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX NO CALIFICA 0 NO DECLARA ELNIVEL DE PROGRAMAS DE PRESENTACION DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL DE XXXXXX.XX CUENTA CON EL TIEMPO DE EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE EMISIÓN DEL GRADO ACADÉMICO XX XXXXXXXXX . NO CUENTACON EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN ATENCIÓN AL PÚBLICO O USUARIOS DE SERVICIOS EN EL SECTOR PÚBLICO DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PERFIL DE PUESTO. 44 MERMA XXXXXX XXX XXXXX NO CALIFICA 0 NO CUENTA CON EL TIEMPO DE EXPERIENCIA LABORAL Y ESPECÍFICA A PARTIR DE LA FECHA DE EMISIÓN DEL DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL.
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. Presidente del Consejo Directivo Modifican Anexos de las RR. Nºs. 223 y 224-2011-OS/CD referentes al procedimiento de inscripción y requisitos de competencia de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos Lima, 28 xx xxxx de 2013 VISTO: Los Memorandos Nº GFGN/ALGN-204-2013 y Nº GFHL-ALHL-1199-2013 de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 3° de la Ley Nº 27332, Xxx Xxxxx de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de carácter general; Que, según lo dispuesto por el artículo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a través de resoluciones; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 223-2011-OS/CD, se aprobó el “Nuevo Procedimiento de Inscripción en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos”, en adelante, el Procedimiento; Que, la Primera Disposición Complementaria del Procedimiento establece que los Estudios de Riesgos y Planes de Contingencias deberán ser elaborados por un profesional, el cual deberá estar inscrito en las especialidades de Actividades de Hidrocarburos, Evaluación de Riesgos y Seguridad Industrial, o por más de un profesional que cubran en conjunto las referidas tres especialidades; Que, se ha podido advertir que en algunas actividades de hidrocarburos no se cuenta con un número suficiente de profesionales expertos inscritos para elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencias lo que dificulta que las empresas del sector puedan cumplir con el requisito establecido en la Primera Disposición Complementaria del Procedimiento; Que, teniendo en cuenta ello, corresponde emitir una disposición transitoria a fin de que los Profesionales Expertos inscritos en la especialidad de Evaluación de Riesgos puedan elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencias en la especialidad de ...
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. LAS FIRMAS Y RUBRICAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO NO. CMADJ-157-2014 DENOMINADO “TRABAJOS XX XXXXXXXX UN UNIDADES DEPORTIVAS (XXXXXXXXX, CAROLINA Y UNIDAD NORTE)”, DE FECHA 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, XXXXXXXXX POR EL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO, Y EL C. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, POR UN MONTO DE $62,200.00 (SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), MÁS $9,952.00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) EQUIVALENTE AL 16% DEL I.V.A. DANDO UN TOTAL DE $72,152.00 (SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.). Y UNA VIGENCIA DEL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000 XX 00 XX XXXXXXX XX 0000.
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. Representante Legal
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. Presidente del Consejo Directivo Fe de Erratas de la Resolución N° 041-2015-OS/GART, del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, publicada en la edición del 8 xx xxxx de 2015.
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. 53 INFORMATICA XXXXXX,S.L.L. S.A. DE DISTRIBUCION EDICION Y 55 LIBRERÍAS -* 1 5 2 1 1 1 1 1 1 2 2** 1 1 5 1 1 3,00 7,50 15,00 15,00 15,00 15,00 15,00 15,00 7,50 7,50** 15,00 15,00 3,00 15,00 15,00 0,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 3,00 0,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 10,00 La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0908877709258072210297 10,00 10,00 10,00 0,00 10,00 10,00 10,00 0,00 10,00 2,00 0,00 0,00 0,00 10,00 10,00 10,00 20,00 20,00 20,00 20,00 0,00 20,00 20,00 20,00 0,00 20,00 4,00 0,00 0,00 0,00 20,00 20,00 20,00 20,00 40,00 28,00 32,50 20,00 40,00 40,00 40,00 20,00 40,00 16,50 12,50 20,00 20,00 28,00 40,00 40,00 56 ITACA, S.L. 3 57 XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX 4 59 XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX 0 00 Xx XXXXXXX XXXXX XXXX 1 6 63 CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A. 64 XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX 1 3 65 XXXXX ALBORADA XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. 0174-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 6/01/2022 31/12/2022 $ 94.305.468 3-26-11-2 Prestación de servicios profesionales en el área técnica de los procesos de evaluación y seguimiento ambiental de competencia de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, en lo relacionado con la elaboración y/o ajuste de los documentos técnicos que se requieran. XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX 0175-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 6/01/2022 31/12/2022 $ 55.725.973 3-26-11-5 Prestación de servicios profesionales en el área técnica de los procesos de evaluación y seguimiento ambiental de competencia de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, en lo relacionado con la elaboración y/o ajuste de los documentos técnicos que se requieran. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX 0176-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 5/01/2022 31/12/2022 $ 94.305.468 3-25-11-11 Prestación de servicios profesionales en el área técnica a la Subdirección de Instrumentos, Permisos yTrámites Ambientales, en la elaboración, revisión y/o gestión de los documentos que se requieran en el proceso de evaluación y seguimiento de los permisos y/o trámites ambientales. XXXX XXXXXXX XXXXXX LOPEZ 0177-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 5/01/2022 31/12/2022 $ 80.016.779 3-25-11-12 Prestación de servicios profesionales en el área técnica de los procesos de evaluación y seguimiento ambiental de competencia de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, en lo relacionado con la elaboración y/o ajuste de los documentos técnicos que se requieran. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX 0178-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 5/01/2022 31/12/2022 $ 94.305.468 3-25-11-42 Prestación de servicios profesionales en el área técnica a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, en la elaboración, revisión y/o gestión de los documentos que se requieran en el proceso deevaluación y seguimiento de los permisos y/o trámites ambientales. XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX 0179-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACION DE SERVICIOS FONAM 5/01/2022 31/12/2022 $ 97.163.246 12-15-2-5 Prestación de servicios profesionales en la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales, para realizar desde el componente social, la evaluación de los proyectos, obras o actividades objeto de licenciamiento ambiental, modificación de licencias ambientales, planes de manejo ambiental y demás...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.