CRITERIOS DE ADJUDICACI N Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE ADJUDICACI N nico criterio evaluaci n del coste: No CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Tipo criterio Puntuaci n mÆxima Criterio: ANTIG EDAD Y SEGURIDAD VEH˝CULO Otros 40.00 Criterio: CALIFICACI N AMBIENTAL Medioambi ental 4.00 Criterio: PRECIO U OFERTA ECON MICA Precio 56.00 Total 100.00 ANORMALIDAD DE LA OFERTA ParÆmetros objetivos para determinar la anormalidad de la oferta: De conformidad con lo dispuesto en la clÆusula 12.7 del PCAP.
CRITERIOS DE ADJUDICACI N. Derecho del Comprador a Variar las
CRITERIOS DE ADJUDICACI N. Para la valoraci n de las proposiciones y la determinaci n de la mejor oferta se atenderÆ a una pluralidad de criterios de adjudicaci n con base en la mejor relaci n calidad-precio.
CRITERIOS DE ADJUDICACI N nico criterio evaluaci n del coste: No CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Tipo criterio Puntuaci n mÆxima Criterio: Impacto de 10 inserciones obligatorias en prensa escrita no predeterminadas. Otros 30.00 Criterio: Incremento de inserciones en prensa escrita, respecto a las previstas en el plan m nimo. Otros 30.00 Criterio: Incremento del nœmero de cuæas en radio, respecto a las previstas en el plan m nimo Otros 20.00 Criterio: Precio Precio 20.00 Total 100.00 ANORMALIDAD DE LA OFERTA ParÆmetros objetivos para determinar la anormalidad de la oferta: De conformidad con lo dispuesto en el art culo 149.2 b) de la LCSP, los parÆmetros objetivos que permitirÆn identificar que una oferta en su conjunto puede considerarse anormal son: nico licitador: cuando la oferta econ mica sea inferior al presupuesto base de licitaci n en mÆs de 25 unidades porcentuales. Varios licitadores: se considerarÆn presuntamente desproporcionadas o anormales aquellas ofertas consideradas en su conjunto que excedan en un 35% a la media de las puntuaciones obtenidas por los licitadores.
CRITERIOS DE ADJUDICACI N nico criterio evaluaci n del coste: No CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Tipo criterio Puntuaci n mÆxima Criterio: Oferta Econ mica Valoraci n: Ver ClÆusula 12 - Criterios de Adjudicaci n Precio 48.00 Criterio: Incremento del plazo xx xxxxxx a Valoraci n: Ver ClÆusula 12 - Criterios de Adjudicaci n Otros 12.00 Total 60.00 ANORMALIDAD DE LA OFERTA ParÆmetros objetivos para determinar la anormalidad de la oferta: De conformidad con lo dispuesto en el art culo 149.2 b) de la LCSP, los parÆmetros objetivos que permitirÆn identificar que una oferta en su conjunto puede considerarse anormal son los establecidos en el art culo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pœblicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
CRITERIOS DE ADJUDICACI N nico criterio evaluaci n del coste: No CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Tipo criterio Puntuaci n mÆxima Criterio: Precio u Oferta econ mica Valoraci n: En la forma prevista en la ClÆusula 3 del RØgimen jur dico del PCAP. Precio 50.00
CRITERIOS DE ADJUDICACI N nico criterio evaluaci n del coste: No CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Puntuaci n mÆxima Criterio: Claridad mensaje a transmitir en stand 20.00 Criterio: Valoraci n creativa 30.00 Total 50.00 CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE F RMULAS Criterios de adjudicaci n Tipo criterio Puntuaci n mÆxima Criterio: Oferta Econ mica Precio 35.00 DOCUMENTO FIRMADO ELECTR NICAMENTE Localizador: OUJIO9BXAUWQTNCEA4E4D5 Fecha Firma: 12/12/2019 12:53:54 Fecha copia: 12/12/2019 12:56:41 Firmado:en Valladolid por , La Jefa del `rea de Contrataci n XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX Acceda a la pÆgina web: xxxxx://xxx.xx.xxxx.xx/xxxXxxxxxxxxx/xxx?xxxx=XXXXX0XXXXXXXXXXX0X0X0 para visualizar el documento original Criterio: Mejoras del servicio Calidad 15.00 Total 50.00 CRITERIOS DE ADJUDICACI N ESPEC˝FICOS PARA EL DESEMPATE

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  • CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:  Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.  Disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.  Haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiese incurrido. Ello, no obstante, esta indemnización no superará el límite de los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas, tendrán preferencia de adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualesquiera de las empresas que reúnan los requisitos de la disposición adicional cuarta del TRLCSP. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación, en todo caso, habrá de efectuarse con arreglo a los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

  • CRITERIOS DE VALORACIÓN Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:

  • Adjudicación del Contrato Recibida la propuesta de adjudicación por el órgano de contratación, éste procederá a requerir al licitador por escrito, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa: - De disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. - De haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. - De haber abonado el importe correspondiente a los gastos de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. - De hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social, si no hubiera sido ya acreditada. Recibida de conformidad dicha documentación, dentro de los cinco días hábiles siguientes, el órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición que haya resultado económicamente más ventajosa. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador inicialmente propuesto por la Mesa de Contratación ha retirado su oferta, renunciando a la posible adjudicación, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Dicho requerimiento incluirá la documentación necesaria para la acreditación, por parte de este otro licitador, de los requisitos administrativos necesarios de capacidad jurídica y solvencia económica, financiera y técnica, comprometidos mediante la declaración formulada a través del Anexo 2, incluido en el Sobre n.º 1 relativo a la “Documentación Administrativa”, en los propios términos establecidos en la cláusula 8.5. de este pliego. Comprobado dicho cumplimiento, la Mesa de Contratación formulará una nueva propuesta de adjudicación a favor de este otro licitador. En tal caso, el órgano de contratación procederá según lo señalado al comienzo de este mismo apartado, en relación al nuevo licitador propuesto. El plazo máximo para efectuar la adjudicación no podrá exceder de dos meses, a contar desde la apertura en acto público de las proposiciones recibidas, salvo que proceda la ampliación de dicho plazo en 15 días hábiles al haberse identificado alguna proposición desproporcionada o anormal, en los términos que establece el artículo 152.3 del TRLCSP. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. Además cuando se declare desierto el procedimiento, el órgano de contratación deberá motivar, en todo caso, su resolución con referencia a los criterios de adjudicación. Por otra parte, cuando el órgano de contratación se aparte de la propuesta de adjudicación efectuada por la Mesa de Contratación, también deberá motivar su decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160.2 del TRLCSP.

  • CRITERIOS DE DESEMPATE Si durante la evaluación de las ofertas económicas se presentara un empate los criterios que se aplicarán serán los que a continuación se señalan, en el orden que se indican:

  • DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS “LA EMPRESA” se obliga con “EL AYUNTAMIENTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL AYUNTAMIENTO” o a terceros, si con motivo de la contratación objeto del presente Contrato se viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad Intelectual, en tal virtud, “LA EMPRESA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y La Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL AYUNTAMIENTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste, será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “LA EMPRESA”, para que ésta, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.

  • Formularios de la Oferta 1. Oferta