Common use of CRITERIOS DE SELECCIÓN Clause in Contracts

CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia. En la primera fase, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 6.4 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia. En la primera fase, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.. Propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del producto requerido. La estructura de ponderación económica responde al siguiente detalle:

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio Comité de los documentos requeridos en Evaluación revisará las ofertas bajo el “Expediente criterio de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 Expediente sometiéndolas a una evaluación de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato públicoCumple/No Cumple. Los criterios de selección para este servicio se basan encuentran detallados en el cumplimiento Anexo 1. El poder adjudicador seleccionará la BAFO (Best And Final Offer) regular que considere más ventajosa teniendo en cuenta los criterios siguientes: Calidad de la propuesta Técnica: Se han cumplido con los requisitos establecidos para este proceso, su oferta responde a los requerimientos detallados en el Anexo 2. (60 puntos) Monto de la propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del perfil del proveedor descrito producto requerido. (40 puntos) La estructura de ponderación técnica y económica se encuentra en los términos la Parte 2 de referenciaeste PEC. En La evaluación económica se calificará mediante la primera fasefórmula inversamente proporcional, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidadla cual responde al siguiente detalle: Puntaje oferta económica 40 Puntos. La oferta económica más baja tendrá el mayor puntaje (40 puntos). Las ofertas irregulares serán rechazadas. otras propuestas económicas obtendrán un puntaje inversamente proporcional al monto de su propuesta, de acuerdo al Anexo 2 El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de negociar las veces que considere pertinente con los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase etapa de negociacionesevaluación técnica y económica, en cumplimiento de los principios de transparencia e igualdad de tratamiento. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (Best And Final Offer - BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 6.4 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia. En la primera fase, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.. Propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del producto requerido. (100 La estructura de ponderación económica responde al siguiente detalle:

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio Comité de los documentos requeridos en Evaluación revisará las ofertas bajo el “Expediente criterio de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 Expediente sometiéndolas a una evaluación de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato públicoCumple/No Cumple. Los criterios de selección para este servicio se basan encuentran detallados en el cumplimiento Anexo 1. El poder adjudicador seleccionará la BAFO regular que considere más ventajosa teniendo en cuenta los criterios siguientes: Calidad de la propuesta Técnica: Se han cumplido con los requisitos establecidos para este proceso, su oferta responde a los requerimientos detallados en el Anexo 2. (60 puntos) Monto de la propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del perfil del proveedor descrito producto requerido. (40 puntos) La estructura de ponderación técnica y económica se encuentra en los términos la Parte 2 de referenciaeste PEC. En La evaluación económica se calificará mediante la primera fasefórmula inversamente proporcional, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidadla cual responde al siguiente detalle: Puntaje oferta económica 40 Puntos. La oferta económica más baja tendrá el mayor puntaje (40 puntos). Las ofertas irregulares serán rechazadasotras propuestas económicas obtendrán un puntaje inversamente proporcional al monto de su propuesta, de acuerdo al Anexo 2. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de negociar las veces que considere pertinente con los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase etapa de negociacionesevaluación técnica y económica, en cumplimiento de los principios de transparencia e igualdad de tratamiento. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (Best And Final Offer - BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 6.4 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia. En la primera fase, las ofertas introducidas al ítem a postular por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.. Propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del producto requerido. (100 %) La estructura de ponderación económica responde al siguiente detalle:

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio Comité de los documentos requeridos en Evaluación revisará las ofertas bajo el “Expediente criterio de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 Expediente sometiéndolas a una evaluación de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato públicoCumple/No Cumple. Los criterios de selección para este servicio se basan encuentran detallados en el cumplimiento Anexo 1. El poder adjudicador seleccionará la BAFO regular que considere más ventajosa teniendo en cuenta los criterios siguientes:  Calidad de la propuesta Técnica: Se han cumplido con los requisitos establecidos para este proceso, su oferta responde a los requerimientos detallados en el Anexo 2. (60 puntos)  Monto de la propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del perfil del proveedor descrito producto requerido. (40 puntos) La estructura de ponderación técnica y económica se encuentra en los términos la Parte 2 de referenciaeste PEC. En La evaluación económica se calificará mediante la primera fasefórmula inversamente proporcional, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según la cual responde al siguiente detalle: - Puntaje oferta económica 40 Puntos. - La oferta económica más baja tendrá el mayor puntaje (40 puntos). - Las otras propuestas económicas obtendrán un puntaje inversamente proporcional al monto de su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. propuesta, de acuerdo al Anexo 2 El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de negociar las veces que considere pertinente con los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase etapa de negociacionesevaluación técnica y económica, en cumplimiento de los principios de transparencia e igualdad de tratamiento. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (Best And Final Offer - BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.3 6.4 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia. En la primera fase, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas. El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones. Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva. Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato. El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.

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