CONTRATO PRIVADO DE SEGUROS PROCEDIMIENTO ABIERTO
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
XXXXXX XXXXX XX XXX (1 de 2)
Letrada Mayor
Fecha Firma: 19/09/2023
HASH: 3c546d6b718792f4c62c08f3960174e6
CONTRATO PRIVADO DE SEGUROS PROCEDIMIENTO ABIERTO
VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Sistema de presentación electrónica de ofertas: Plataforma de contratación del sector público (PLACSP) Expediente nº 238/2023
Tramitación ordinaria Tramitación urgente Tramitación anticipada
P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S P A R T I C U L A R E S C U A D R O R E S U M E N
A. PODER ADJUDICADOR
Administración contratante: Xxxxxx xx Xxxxxx
Órgano de contratación: Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (2 de 2)
Presidenta
Fecha Firma: 19/09/2023
HASH: 311d878b138ae317737023537763d3ba
Servicio Gestor: Servicio de Gobierno Interior y de Coordinación Administrativa Fecha de Acuerdo de inicio del expediente: 13 de septiembre de 2023
B. OBJETO DEL CONTRATO
Descripción: Contratación de las pólizas de seguros de las Xxxxxx xx Xxxxxx CPV: Lote 1: Vida Diputados CPV: 66511000-5 Servicios de seguros de vida.
Lote 2: Vida Personal CPV: 66511000-5 Servicios de seguros de vida.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Lote 3: Accidentes Diputados CPV: 66512100-3 Servicios de seguros de accidentes. Lote 4: Accidentes Personal CPV: 66512100-3 Servicios de seguros de accidentes. Lote 5: Daños Materiales CPV: 66515000-3 Servicios de seguros de daños.
Lote 6: Responsabilidad Civil CPV: 66516000-0 Servicios de seguros de responsabilidad civil. Posibilidad de licitar por lotes: Si No
Posibilidad de licitar por sublotes/partidas: Si No Limitaciones en lotes: Si, ver Anexo I No
C. CONTRATO RESERVADO
Si, ver Anexo I No
Centros Especiales de Empleo de iniciativa social. Empresas de inserción.
Otros (especificar organización):
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (Ver Anexo II)
Importe de licitación (IVA excluido): 256.228,00 € Lote 1: Vida Diputados: 54.206,00 € (2 años)
Lote 2: Vida Personal: 64.000,00 € (2 años)
Lote 3: Accidentes Diputados: 38.110,00 € (2 años)
Lote 4: Accidentes Personal: 36.446,00 € (2 años)
Lote 5: Daños Materiales: 50.000,00 € (2 años)
Lote 6: Responsabilidad Civil: 13.466,00 € (2 años)
Total: 256.228,00 €
Importe IVA (Tipo aplicable: IVA EXENTO %): Artículo 20. Uno. 16º, Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Total: 256.228,00 €
Presupuesto base de licitación (IVA incluido): 256.228,00 € Lote 1: Vida Diputados: 54.206,00 € (2 años)
Lote 2: Vida Personal: 64.000,00 € (2 años)
Lote 3: Accidentes Diputados: 38.110,00 € (2 años)
Lote 4: Accidentes Personal: 36.446,00 € (2 años)
Lote 5: Daños Materiales: 50.000,00 € (2 años)
Lote 6: Responsabilidad Civil: 13.466,00 € (2 años)
Total: 256.228,00 €
Aplicación presupuestaria: Lotes 1,2,3 y 4: 0101/1111/122002
Lotes 5 y 6: 0101/1111/224002
Sistema de determinación del precio: A tanto alzado por lote.
E. VALOR ESTIMADO
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Sujeto a regulación armonizada: Si No
Lote 1 Vida Diputados
Importe de licitación (IVA excluido): 54.206,00 €
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 4.336,48 €
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 27.103,00 € Total valor estimado: 85.645,48 €
Lote 2 Vida Personal
Importe de licitación (IVA excluido): 64.000,00 €
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 5.120,00 €
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 32.000,00 €. Total valor estimado: 101.120,00 €
Lote 3 Accidentes Diputados
Importe de licitación (IVA excluido): 38.110,00 €
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 3.048,80 €
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 19.055,00 € Total valor estimado: 60.213,80 €
Lote 4 Accidentes Personal
Importe de licitación (IVA excluido): 36.446,00 €.
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 2.915,68 €. Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 18.223,00 € Total valor estimado:57.584,68 €
Lote 5 Daños Materiales
Importe de licitación (IVA excluido): 50.000,00 €.
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 0,00 €
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 25.000,00 € Total valor estimado: 75.000,00 €.
Lote 6 Responsabilidad Civil
Importe de licitación (IVA excluido): 13.466,00 €.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 0,00 €.
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 6.733,00 €. Total valor estimado:20.199,00 €.
Total
Importe de licitación (IVA excluido): 256.228,00 €
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): 15.420,96 €. Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido):
Prórroga (IVA excluido): 128.114,00 €.
Valor estimado total (suma de los lotes): 399.762,96 €.
F. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN
Xxxxxx xx Xxxxxx: 100%
G. ANUALIDADES
Lote 1. Vida Diputados.
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 27.103,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 27.103,00 €
Ejercicio 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 27.103,00 € Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 27.103,00 €
Lote 2. Vida Personal.
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 32.000,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 32.000,00 €
Ejercicio 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 32.000,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 32.000,00 €
Lote 3. Accidentes Diputados.
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 19.055,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 19.055,00 €
Ejercicio 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 19.055,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 19.055,00 €
Lote 4. Accidentes Personal.
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 18.223,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 18.223,00 €
Ejercicio 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 18.223,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 18.223,00 €
Lote 5. Daños Materiales
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 25.000,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 25.000,00 €
Ejercicio 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 25.000,00 € Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 25.000,00 €
Lote 6. Responsabilidad Civil
Ejercicio 2024 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 6.733,00 €. Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 6.733,00 €
Ejercicio 202 5 (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Importe presupuesto base licitación (IVA excluido): 6.733,00 € Importe % IVA IVA exento (€)
Importe presupuesto base licitación (IVA incluido): 6.733,00 €.
H. PLAZO DE DURACIÓN
Duración del contrato: 2 años desde la fecha fijada en el documento contractual. Prórroga: Si No.
Duración de la prórroga: 1 año Plazo de preaviso: General:
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Específico: 6 meses previos a la finalización del contrato
I. PLAZO DE GARANTÍA
Duración: 1 año una vez finalizada la vigencia del contrato.
J. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
Si. Ver Anexo IX No
K. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Establecidas en el Anexo XII
L. REVISIÓN DE PRECIOS
Si. Fórmula: No
M. GARANTÍA PROVISIONAL
Si. Importe: No
N. GARANTÍA DEFINITIVA
Si No
5 % del importe de adjudicación IVA excluido
% del presupuesto base de licitación IVA excluido, (en caso de adjudicación por precios unitarios) Complementaria: Exigida: % (Ver anexo XI) No Exigida
O. SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO
Sí, ver Anexo PPT No
P. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS
Si, ver Anexo V No
Q. SUBCONTRATACIÓN
Condiciones de subcontratación para prestaciones parciales: Tareas críticas que NO admiten subcontratación. Ver Anexo VI
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: Si No
R. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
Si, ver Anexo XV NO
S. DATOS DE FACTURACIÓN
Entidad contratante: Xxxxxx xx Xxxxxx.
Órgano de contratación: Mesa Xxxxxx xx Xxxxxx Código DIR 3: I00000261 Órgano con competencias en materia de contabilidad (oficina contable): Intervención Código DIR 3: I00000261 Destinatario de la prestación (Unidad tramitadora): Servicio de Gobierno Interior y de Coordinación Administrativa Código DIR 3: I00000261
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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T. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN
Recurso potestativo especial en materia de contratación ante el Tribunal de Recursos Contractuales de las Xxxxxx xx Xxxxxx, el Justicia xx Xxxxxx y la Cámara de Xxxxxxx xx Xxxxxx (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y disposición adicional primera de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx).
El escrito de recurso podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el registro de las Xxxxxx xx Xxxxxx o en el registro del Tribunal de Recursos Contractuales de las Xxxxxx xx Xxxxxx, el Justicia xx Xxxxxx y la Cámara de Xxxxxxx xx Xxxxxx en el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del acto de que se trate en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
Contrato sometido a recurso ordinario Recurso potestativo de reposición.
Órgano ante el que interponer el recurso: Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
El escrito de recurso podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el registro de las Xxxxxx xx Xxxxxx (art. 51.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al de la publicación del acto recurrido en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
Alternativamente al recurso de reposición, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
U. CESIÓN DE CONTRATO
Si, ver Anexo VI No
V. RESPONSABLE DEL CONTRATO (Art. 62 LCSP y 58 Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx)
Jefa del Servicio de Gobierno Interior y de Coordinación Administrativa.
W. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En virtud de la normativa vigente en materia de protección de datos, le informamos de que la información personal que facilite en el marco de la presente licitación será tratada por Xxxxxx xx Xxxxxx como Responsable del tratamiento, con la exclusiva finalidad de gestionar los procesos de contratación pública con arreglo a la legislación vigente. Los datos personales no serán comunicados a terceros salvo que sea obligatorio. Una vez los datos dejen de ser necesarios, serán bloqueados y eliminados siguiendo los plazos marcados por la normativa. Podrá ampliar la información sobre protección de datos, así como conocer las vías para el ejercicio de sus derechos a través de la información contenida en el apartado 8.2 y a través del siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/Xxxxxxxxxx-xx-Xxxxx-x-Xxxxxxxxxx.0000.0.xxxx?&xx_xxxxxx0
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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En el presente contrato el adjudicatario tratará datos de carácter personal:
Si, ver Anexo XXI Confidencialidad de la información y Protección de datos No
En el caso de que el adjudicatario trate datos de carácter personal, deberá formalizarse un acuerdo de encargo del tratamiento en los términos que trasladen las Xxxxxx xx Xxxxxx. Ver Anexo XXII.
X. ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES.
ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE)
XXXXX XXX INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU)
ANEXO IV SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA O PROFESIONAL ANEXO V ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO
ANEXO VI SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN
ANEXO VII MODELO OFERTA ECONÓMICA (SOBRE C) ANEXO VIII PRECIOS UNITARIOS
ANEXO IX ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
ANEXO X CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE B)
ANEXO XI CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
ANEXO XII CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ANEXO XIII PENALIDADES
ANEXO XIV OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
ANEXO XV MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
ANEXO XVI CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
ANEXO XVII DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O NO CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ANEXO XVIII COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
ANEXO XIX MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA
ANEXO XX MODELO DE AVAL
ANEXO XXI CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS.
ANEXO XXII INFORMACIÓN BÁSICA DE LA ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO Y ACUERDO DE ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
XXXXX XXXXX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE UBICACIÓN DE SERVIDORES PARA LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO EN CASO DE TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
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ANEXO XXIV CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN.
ÍNDICE DEL CLAUSULADO
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 12
2. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS 12
2.1. Disposiciones Generales 12
2.1.1 Objeto y necesidad del contrato 12
2.1.2 Valor estimado del contrato 12
2.1.3 Presupuesto base de licitación 12
2.1.5 Existencia de crédito 13
2.1.6 Plazo de duración del contrato 13
2.1.7 Perfil de contratante 14
2.1.8 Notificaciones telemáticas 14
2.2. Cláusulas especiales de licitación 14
2.2.2 Presentación electrónica de proposiciones 14
2.2.2.1. Licitación electrónica 14
2.2.2.2. Información de la licitación 15
2.2.2.3. Procedimiento y plazo para la presentación de las proposiciones 15
2.2.3 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial 16
2.2.4 Subsanación de documentos 16
2.2.5 Contenido de las proposiciones 16
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
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2.2.5.1. Sobre A. Título: Documentación administrativa 16
2.2.5.2. Sobre B. Título: Propuesta sujeta a evaluación previa 17
2.2.5.3. Sobre C. Título: Oferta económica y propuesta sujeta a evaluación posterior 18
2.2.5.4. Referencias técnicas 18
2.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones 18
2.2.7 Mesa de contratación. 18
2.2.8 Apertura y examen de las proposiciones 18
2.2.8.1. Apertura de los Sobres A y calificación de la documentación administrativa 18
2.2.8.2. Apertura y examen de los sobres B 19
2.2.8.3. Apertura y examen de los sobres C 19
2.2.8.5. Publicidad del resultado de los actos de la Mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados 19
2.2.9. Valoración de las ofertas 19
2.2.10. Ofertas con valores anormalmente bajos 20
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 20
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta 21
2.3.4. Decisión de no adjudicar o no celebrar el contrato / desistimiento del procedimiento 23
2.4. Formalización del Contrato 23
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 24
3.1. Obligaciones de la Administración 24
3.1.1. Abonos al contratista 24
3.1.2. Deber de comunicación al asegurador del acaecimiento del siniestro 24
3.2. Obligaciones del contratista 24
3.2.1. Obligación de pago de la indemnización. 24
3.2.2. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente 24
3.2.3. Obligación de comunicar la siniestralidad 25
3.2.4. Subrogación en contratos de trabajo 25
3.2.5. Mantenimiento de condiciones laborales durante la ejecución de los contratos 25
3.2.6. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación 26
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
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3.2.7. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones 26
3.2.8. Obligaciones de transparencia 26
3.2.9. Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos). 27
3.4. Derechos de propiedad intelectual o industrial 27
4.1. Cumplimiento de plazos e indemnización de daños y perjuicios 27
4.2. Valoración de los trabajos 27
4.3. Condiciones especiales de ejecución del contrato 28
4.5. Responsable del contrato 28
4.7. Evaluación de riesgos profesionales 29
4.8.1. Penalidades por demora 29
5.1 Recepción y liquidación 29
5.2 Plazo y devolución de garantía 29
7. PRERROGATIVAS DE LAS XXXXXX XX XXXXXX 30
7.1. Modificaciones previstas 30
7.2. Modificaciones no previstas 30
8. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 31
8.2. Protección de datos de carácter personal 31
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9. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN 31
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Este contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), que se aplicará en cuanto a su preparación y adjudicación, además de lo establecido en sus artículos en lo relativo a las condiciones especiales de ejecución, modificación, cesión, subcontratación y resolución de los contratos cuando éstos estén sujetos a regulación armonizada. Las cuestiones que se susciten en relación a las fases de preparación y adjudicación, serán conocidas por la jurisdicción contencioso administrativa, según lo dispuesto en el artículo 27.1 b) de la LCSP. Asimismo, será competente el orden jurisdiccional contencioso administrativo del conocimiento de las impugnaciones de las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 204 y 205 de la LCSP, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva licitación.
En cuanto a sus efectos y extinción, además de lo establecido en este Pliego, le será de aplicación las normas de derecho privado, en particular, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, reguladora del Contrato de Seguro y el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, así como cualesquiera otras normas de derecho privado que resulten aplicables. El orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos y extinción de este contrato, con excepción de las modificaciones contractuales citadas en el párrafo anterior (artículo 27.2 LCSP)
El presente pliego y sus anexos tienen carácter contractual, de tal modo que, en caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. Asimismo, el desconocimiento de las cláusulas del contrato, de otros documentos contractuales y de la normativa que resulte de aplicación en la ejecución del contrato, no exime al adjudicatario de su obligación de cumplirlas.
El procedimiento de adjudicación del presente contrato será el procedimiento abierto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 LCSP.
El presente contrato estará o no estará sujeto a regulación armonizada según lo previsto en el apartado E del cuadro-resumen, en función del valor estimado del mismo.
2. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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2.1. Disposiciones Generales
2.1.1 Objeto y necesidad del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es el señalado en el apartado B del cuadro – resumen, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en su caso, las modificaciones que puedan tramitarse.
Si así se señala en el apartado B del cuadro - resumen existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso.
Si así se señala en el apartado C la participación quedará reservada a las entidades allí indicadas, a todo el contrato o por lotes según lo indicado en el Anexo I.
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en el Acuerdo de la Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx de inicio del expediente cuya fecha de aprobación consta en el apartado A del cuadro - resumen.
2.1.2 Valor estimado del contrato.
El valor estimado del contrato, recogido en el apartado E del cuadro – resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse.
2.1.3 Presupuesto base de licitación.
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el señalado como máximo en el apartado D del cuadro-resumen, conforme al desglose recogido en el Anexo II.
Estos precios servirán xx xxxx máximo para las ofertas que deban realizar los licitadores, quedando excluida toda oferta que los supere.
El presupuesto de licitación, y por tanto la oferta a presentar comprenden la retribución xxx xxxxxxxx de seguros mediante porcentaje de la prima neta, por lo que procede su inclusión en la oferta.
Así, por Acuerdo de la Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx, de 16 xx xxxxx de 2021, fue adjudicado el contrato de servicios de asesoramiento profesional, promoción y mediación en operaciones de seguro y otras, en cualquiera de sus fases –preparatoria y de seguimiento-, así como la posterior asistencia al tomador de seguros, a los asegurados y a los beneficiarios en las Xxxxxx xx Xxxxxx”, a la empresa XXXXXXX XXXXXXXX Y ASOCIADOS CORREDURIA DE SEGUROS, S.L., habiéndose prorrogado el mismo mediante acuerdo de la Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes, de fecha de 3 xx xxxx de 2023, por el periodo de un año.
En virtud de este contrato las ofertas de los licitadores deberán contemplar las comisiones del mediador, que se establecen en los porcentajes que se relacionan a continuación sobre las primas netas de los contratos de seguros que se suscriben, sin perjuicio de la ulterior modificación de este contrato:
• Vida diputados/personal: 6%
• Accidentes diputados/personal: 10%
• Daños materiales: 10%
• Responsabilidad Civil: 10%
Todos los avisos, notificaciones o incidencias que se deriven de este contrato serán cursados a través de la correduría de seguros referenciada.
Si el sistema de determinación del precio del contrato indicado en el apartado D del cuadro–resumen es el de precios unitarios, los precios máximos unitarios de licitación, IVA excluido, serán los establecidos en el Anexo VIII.
2.1.4 Precio del contrato
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El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
De conformidad con el artículo 20 Uno 16º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el presente contrato está exento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2.1.5 Existencia de crédito
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por las Xxxxxx xx Xxxxxx, con cargo a la aplicación presupuestaria que figura en el apartado D del cuadro-resumen. En los expedientes que se tramiten anticipadamente, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
2.1.6 Plazo de duración del contrato
El plazo de duración será el que figure en el apartado H del cuadro-resumen. Este plazo comenzará a contar a partir de las 00:00 horas de la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. El preaviso se producirá al menos con la antelación prevista en el apartado H del Cuadro- Resumen, respecto de la finalización del plazo de duración del contrato. El asegurador deberá comunicar a las Xxxxxx xx Xxxxxx su disponibilidad u oposición a la prórroga con una antelación mínima de seis meses a la conclusión del período del seguro en curso.
Extinguido el contrato o cualquiera de sus prórrogas sin que el órgano de contratación hubiere formalizado un nuevo contrato con el mismo objeto y finalidad, el contratista, por mutuo acuerdo con el órgano de contratación, podrá continuar la ejecución del contrato hasta la entrada en vigor de uno nuevo, siempre y cuando la adjudicación de este se produzca en un plazo de seis meses, para lo cual la aseguradora emitirá la correspondiente renovación semestral con la prima a prorrata del precio de adjudicación por este referido periodo.
2.1.7 Perfil de contratante
Las Xxxxxx xx Xxxxxx difunden exclusivamente a través de Internet su perfil de contratante, como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual, al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos.
El perfil de contratante de las Xxxxxx xx Xxxxxx se encuentra alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx)
2.1.8 Notificaciones telemáticas
Todas las notificaciones y comunicaciones que realicen las Xxxxxx xx Xxxxxx se practicarán por comparecencia electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) o en su caso a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de las Xxxxxx xx Xxxxxx (xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx).
El cómputo de los plazos de la notificación electrónica se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP.
Asimismo, el envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se podrá realizar a través de la propia Plataforma estatal (PLACSP) y, en su defecto, o, de manera subsidiaria, a través del registro electrónico o el medio que se señale en el requerimiento.
En ningún caso se podrá utilizar ninguna otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.2.
En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento.
2.2. Cláusulas especiales de licitación
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2.2.1 Garantía provisional
De forma excepcional y justificada en el expediente, el órgano de contratación podrá exigir para el presente contrato la constitución de una garantía provisional cuyo importe será el que figure en el apartado M del cuadro
– resumen, que no podrá ser superior al 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. El régimen de la devolución, en su caso, de la garantía provisional será el previsto en el artículo 106.4 LCSP
2.2.2 Presentación electrónica de proposiciones
Las proposiciones se presentarán exclusivamente a través del sistema electrónico señalado en el cuadro resumen del presente pliego, atendiendo a los plazos de presentación establecidos en el anuncio de licitación publicado en el perfil de contratante y, en su caso, en el Diario Oficial de la Unión Europea, y sin que se admitan aquellas proposiciones que no se presenten en la forma y plazos indicados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 75.4 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx.
2.2.2.1. Licitación electrónica
La presente licitación se tramitará electrónicamente, de manera que la presentación de las proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre las Xxxxxx xx Xxxxxx y los licitadores se efectuarán a través de los servicios y herramientas electrónicas, informáticas y/o telemáticas que, a estos efectos, proporciona a órganos de contratación y licitadores la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
El licitador deberá registrarse en la Plataforma a través del siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxx
Una vez registrado, el licitador tendrá acceso gratuito a la herramienta de preparación y presentación de ofertas y a todos los demás servicios personalizados que la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) ofrece a las empresas para facilitar su contratación con los organismos del Sector Público.
Para poder recibir las notificaciones y comunicaciones que se deriven del procedimiento por correo electrónico, el licitador, una vez registrado en la Plataforma, deberá acceder a su perfil de usuario y suministrar su email a efectos de notificaciones en el campo establecido a tal efecto. Los licitadores son responsables de la veracidad de los documentos que presenten.
En virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Xxxxxx xx Xxxxxx podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el licitador, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
2.2.2.2. Información de la licitación
Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde el perfil de contratante de las Xxxxxx xx Xxxxxx, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), donde se publica información relativa a contratos del Parlamento.
Para acceder a dichos pliegos, así como a la restante documentación e información relativa al presente procedimiento que se publique en la Plataforma, se procederá de la siguiente manera:
1. Acceder a la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
2. Seleccionar “Perfil contratante”.
3. Introducir “Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx” en el campo “Nombre O. Contratación” y pulsar el botón “Buscar”.
4. Seleccionar “Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx”.
5. Pulsar el botón “Licitaciones”.
6. Seleccionar el presente procedimiento en el listado de licitaciones.
Para la obtención de información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria, las consultas se realizarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
Las aclaraciones tendrán carácter vinculante y se publicarán en el perfil del contratante.
2.2.2.3. Procedimiento y plazo para la presentación de las proposiciones
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La preparación y presentación de las proposiciones se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) pone a disposición de los licitadores para tal fin.
Durante el proceso de presentación de la proposición, la propia herramienta de preparación y presentación de ofertas requerirá al licitador que firme electrónicamente todos los sobres que la conforman.
En relación con el tamaño de los archivos que conforman las ofertas, deberán seguirse las indicaciones facilitadas en las correspondientes guías que dicha Plataforma pone a disposición de los licitadores.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
Una vez realizada la presentación, la herramienta proporcionará al licitador un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
En los procedimientos en los que alguno de los sobres, por su naturaleza, no se pueda remitir telemáticamente (maquetas, muestras físicas, etc.), la herramienta genera asimismo etiquetas que vinculan la huella electrónica del sobre con el elemento que se presentará en el registro físico del órgano de contratación que se detalle en el anuncio de licitación.
Puede consultarse a los efectos previstos en este apartado y ante cualquier problema técnico a la hora de presentar las proposiciones la Guía de Servicios de Licitación Electrónica: Preparación y Presentación de ofertas, la cual se encuentra a disposición de los licitadores en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxx
2.2.3 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.
Los licitadores deberán indicar en el Anexo XIX qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de confidenciales, sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores.
La información que los licitadores hayan considerado confidencial deberá presentarse de forma individualizada en un archivo electrónico diferenciado del resto y haciendo constar en su nombre la palabra confidencial, de forma que pueda asegurarse su confidencialidad en el sistema.
2.2.4 Subsanación de documentos
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios del órgano de contratación o de la Mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días naturales, a contar desde el requerimiento de subsanación.
Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o, en su caso, la Mesa de contratación entenderá que el licitador desiste de su oferta.
2.2.5 Contenido de las proposiciones
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Las proposiciones constarán de los sobres que a continuación se indican, en formato electrónico y firmados electrónicamente por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos el órgano de contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre, su respectivo contenido y el nombre del licitador. Solo se admitirán sistemas de firma electrónica previstos en la legislación básica estatal, careciendo de validez las firmas manuales escaneadas. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
No obstante, cuando en los criterios de adjudicación de las propuestas reflejados en los Anexos X y XI se concreten diferentes fases de valoración en que operarán los mismos, se presentarán, además del sobre A tantos sobres B y C como fases de valoración se hayan fijado.
Todos los documentos se presentarán en el formato electrónico exigido en cada caso en el anuncio de licitación o en la documentación que rige la misma. En su defecto se presentarán preferentemente en los siguientes formatos: Documentos de tipo texto en formato tipo .doc o similares, PDF, documentos que incluyan tablas de datos en formato Excel y documentos que incluyan imágenes en formatos PNG / JPEG /SVG.
No podrán incluirse, en un mismo sobre electrónico, documentos que contengan la oferta sometida a criterios de evaluación previa y la oferta que se someta a evaluación posterior. El incumplimiento será causa de exclusión de la oferta.
2.2.5.1. Sobre A. Título: Documentación administrativa CONTENIDO:
1º. DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA (DRU). Cumplimentada conforme a las indicaciones contenidas en el Anexo III, deberá estar firmada por el licitador o su representante. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberán presentarse tantas declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas. Esta DRU incorpora el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) y otras declaraciones responsables, tales como:
- Compromiso de constitución de unión temporal de empresas (UTE), en el caso de que dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en Unión Temporal, firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la Unión. Cada una de las empresas deberá presentar su DRU.
- Declaración responsable relativa a grupo empresarial
- Compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato.
- Declaración de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
2º. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL. Si se exige garantía provisional, esta se presentará en alguna de las formas previstas en el artículo 108 LCSP, y se presentará de la siguiente forma:
- Cuando se trate de garantías en efectivo, se depositarán en el Servicio de Asuntos Económicos y Gestión de la Oficina de Control Presupuestario de las Xxxxxx xx Xxxxxx, debiendo entonces incluir en el “sobre A” el correspondiente resguardo que acredite dicho depósito.
- Cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución, ante el órgano de contratación, mediante su incorporación al “sobre A”.
En el caso de UTE las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el apartado M del cuadro- resumen y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal
3º. ESPECIALIDADES EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS
EXTRANJEROS. Los empresarios extranjeros deberán presentar, además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla.
Todas las empresas no españolas deben aportar:
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
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- Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables
Los servicios del órgano de contratación o la Mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
2.2.5.2. Sobre B. Título: Propuesta sujeta a evaluación previa
CONTENIDO: Si en el Anexo X se han incluido criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que deberán ser objeto de evaluación previa, el licitador deberá aportar un Sobre B en el
que incluya la documentación allí exigida. Se deberán presentar los documentos originales, sellados y firmados junto con índice de todos ellos. En ningún caso deberán incluirse en este Sobre documentos propios del Sobre C. Este incumplimiento será causa de exclusión de la oferta.
2.2.5.3. Sobre C. Título: Oferta económica y propuesta sujeta a evaluación posterior
En este sobre se deberá incluir la oferta económica y el resto de documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador y que estén considerados de evaluación posterior por ser susceptible de evaluación automática por aplicación de fórmulas, de conformidad con lo indicado en el Anexo XI.
La oferta económica será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VII de este Pliego, formando parte inseparable del mismo. El presente contrato está exento de IVA.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir una proposición en unión temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas.
La proposición económica se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la entidad contratante estime fundamental para considerar la oferta.
2.2.5.4. Referencias técnicas
Asimismo, el licitador deberá incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración. Se incluirán en el Sobre B en el caso de que sea obligatoria la presentación de este sobre y en caso contrario en el Sobre C.
2.2.5.5. Variantes
En el supuesto de que según el apartado J del cuadro – resumen, se admita la presentación de variantes, los licitadores podrán ofertar alternativas en la forma establecida en el Anexo IX y con los requisitos, modalidades y características técnicas fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y resumidas en dicho Anexo sin que puedan superar el presupuesto máximo del contrato. Cada licitador en la proposición que presente deberá incluir obligatoriamente la solución al trabajo o servicio básico requerido.
2.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones
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La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las condiciones de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con las Xxxxxx xx Xxxxxx.
Asimismo, la concurrencia al procedimiento de contratación conllevará el consentimiento del licitador a la obtención por el órgano de contratación de información, mediante la consulta de bases de datos o el intercambio de información entre Administraciones públicas, salvo que aquel se opusiera expresamente, facilitando en ese caso la documentación objeto de consulta.
2.2.7 Mesa de contratación.
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa. Su composición podrá estar prevista en el Anexo XVIII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante (PLACSP) al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
Si el contrato ha previsto criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor, conforme al Anexo X, la valoración de los mismos les corresponderá a los servicios técnicos del órgano de contratación.
2.2.8 Apertura y examen de las proposiciones
2.2.8.1. Apertura de los Sobres A y calificación de la documentación administrativa
Concluido el plazo de presentación de proposiciones la Mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de la documentación administrativa presentada por los licitadores en tiempo y forma en el
denominado Sobre A verificándose que constan los documentos exigidos o en caso contrario realizando el trámite de subsanación. Esta apertura no se realizará en acto público, ya que se hará uso de un dispositivo electrónico automático.
Finalmente, la Mesa de contratación procederá a determinar las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas, y las causas de su rechazo, con carácter previo a la apertura de los sobres B y C.
2.2.8.2. Apertura y examen de los sobres B
En el caso de que la presentación del Sobre B sea obligatoria, la mesa procederá, en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de los Sobres A, a su apertura electrónica al objeto de evaluar su contenido con arreglo a los criterios expresados en el Anexo X. Esta apertura no se realizará en acto público ya que se hará uso de un dispositivo electrónico automático.
Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el Sobre B, documentación que deba ser objeto de evaluación posterior (Sobre C).
2.2.8.3. Apertura y examen de los sobres C
Con carácter previo a la apertura de los sobres C se hará pública la calificación de las proposiciones efectuada por la mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y, en este caso, las causas de su rechazo, así como el resultado de la valoración de la propuesta sometida a juicio de valor.
La Mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de los sobres C, denominados “OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR”, de los licitadores admitidos. Esta apertura no se realizará en acto público, ya que se hará uso de un dispositivo electrónico automático.
La documentación contenida en estos sobres será evaluada conforme a los criterios expresados en el Anexo XI.
Si la mesa observara que alguna de las ofertas económicas presentadas no fuera admisible de conformidad con lo previsto en el artículo 84 RGCAP, procederá a rechazar dicha oferta en resolución motivada.
2.2.8.4. Aclaraciones
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El órgano de contratación o la mesa podrán requerir información a las empresas candidatas o licitadoras tras la apertura de las ofertas, con el fin de aclarar los términos de su oferta o, en su caso, los errores materiales en la redacción de la misma, siempre que se respeten los principios de no discriminación, igualdad de trato, concurrencia y transparencia. El error en la oferta deberá ser manifiesto, reconocido y que impida conocer la verdadera voluntad de la empresa licitadora. La aclaración no podrá modificar los términos de la oferta presentada, falseando los datos esenciales inicialmente recogidos. En todo caso, deberá quedar constancia documental de estas actuaciones. Si se advierte la falta de coherencia entre la documentación presentada y las aclaraciones formuladas posteriormente, la oferta se considerará inconsistente y se procederá a la exclusión de la empresa licitadora.
2.2.8.5. Publicidad del resultado de los actos de la Mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados
De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil de contratante, en las que se reflejará el resultado del procedimiento, con indicación de las empresas admitidas y las rechazadas a la licitación y sus incidencias. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente.
Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
2.2.9. Valoración de las ofertas
No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo tendrán el mismo tratamiento aquellas ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida necesaria para verificar dicho cumplimiento.
Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos X y XI, que son parte inseparable de este pliego.
Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos X y XI, y corresponderá a la Mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación.
Cuando los criterios subjetivos del Anexo X tengan atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios objetivos del Anexo XI, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la Mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada.
Si se trata de un Comité de Expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo X o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres B.
Si se trata de un Organismo Técnico Especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo X del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.
2.2.10. Ofertas con valores anormalmente bajos.
En el Anexo XI se establecen los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja.
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Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidad, la Mesa o, en su defecto, el órgano de contratación, antes de llevar a cabo la valoración de todas las ofertas, dará audiencia al licitador afectado por un plazo máximo de cinco días y tramitará el procedimiento legalmente previsto. En vista de su resultado se propondrá motivadamente al órgano de contratación su aceptación o rechazo, en cuyo caso se excluirá de la clasificación.
2.3. Adjudicación
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas y clasificadas las ofertas, la Mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la correspondiente propuesta de clasificación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos X y XI e identificando la mejor oferta puntuada.
En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas como las más ventajosas, tendrán preferencia, siempre que se haya presentado la documentación acreditativa, las empresas con porcentaje superior al dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad. En caso de empate entre aquellas, tendrá preferencia la empresa que disponga del mayor porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
Si, tras la aplicación de los criterios previstos en el apartado anterior, persiste el empate, será de aplicación lo dispuesto en la legislación básica de contratación pública según los criterios específicos señalados en el Anexo
XI. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas.
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta
La Mesa de contratación o las unidades de apoyo al órgano de contratación requerirán al licitador propuesto como adjudicatario, la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos que no obre ya en poder de las Xxxxxx xx Xxxxxx, con el objeto de que sea validada y calificada por la Mesa de contratación. Para ello se otorgará un plazo xx xxxx días hábiles. Los documentos justificativos deberán presentarse mediante originales o copias compulsadas a través de los medios electrónicos que determine el órgano de contratación.
La relación de documentos que han de aportarse es la siguiente:
DOCUMENTACIÓN
1º) Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Si se trata de un empresario individual la unidad técnica o la Mesa de contratación comprobará sus datos de identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
2º) Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por los Servicios Jurídicos de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
Los datos de la persona que ostenta la representación del licitador y su identidad podrán ser comprobados por la Mesa de contratación mediante el Servicio de Verificación y Consulta de Datos.
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
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3º) Solvencia económica y financiera, y técnica o profesional. Acreditación de su solvencia económica y financiera, y técnica o profesional por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en el presente Pliego (Anexo IV).
En las Uniones Temporales de Empresas, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La acreditación de la solvencia mediante medios externos exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el Anexo IV. El órgano de contratación podrá prohibir, haciéndolo constar en el Anexo IV, que un mismo empresario pueda concurrir para completar la solvencia de más de un licitador.
El licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
4º) Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. Si así se prevé en el Anexo IV, apartado 2, el licitador deberá aportar los certificados allí indicados, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación.
5º) Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato. Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, deberá aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato.
Si el contrato está reservado a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social o Empresas de Inserción, deberá aportarse, conforme al apartado C del cuadro resumen, certificado oficial que acredite dicha condición.
6º) Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
7º) Adscripción de medios. Cuando así se exija en el apartado P del cuadro - resumen, se deberá acreditar la efectiva disposición de los medios personales y/o materiales que para la ejecución del contrato determine en su caso el Anexo V del presente pliego. En este caso, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que haya aportado, y sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios equivalentes y con la correspondiente autorización de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
8º) Constitución de la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente.
9º) Documentación acreditativa de la subcontratación con otras empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar, cuando así se señale en el apartado Q del cuadro - resumen. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por esta Institución.
10º) Documentación acreditativa de la obligación legal de reserva de empleo a personas con discapacidad. Se deberá aportar una declaración responsable indicando el número de trabajadores de la empresa dados de alta en la Seguridad Social, así como el porcentaje del mismo que se corresponda a la cuota de reserva legal establecida por el artículo 42 del Texto Refundido xx Xxx General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el caso de que la empresa licitadora haya adoptado alguna de las medidas alternativas previstas reglamentariamente en vez de aplicar la cuota de reserva, la declaración responsable versará sobre las mismas. Igualmente, en la declaración responsable deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación para comprobar el efectivo cumplimiento de la cuota de reserva o, en su caso, de las medidas alternativas que se hayan adoptado.
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11º) Documentación acreditativa de la obligación de disponer de un plan de igualdad. En el caso de empresas que, para contratar, requieran la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación aplicable en materia de igualdad de mujeres y hombres, se deberá aportar una declaración responsable al respecto. En dicha declaración deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación.
12º) Contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. Se deberá aportar el modelo de declaración responsable contenido en el Anexo XXIII en la que se ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, así como que se compromete a comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato.
En cualquier caso, la inscripción vigente en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, eximirá al licitador de la presentación de la documentación acreditativa de los elementos que figuren en la inscripción registral.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado tendrá los efectos previstos en el artículo 96 LCSP y 19 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
Cláusula de verificación de la documentación aportada:
La Mesa de contratación verificará que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, y solicitará a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documentación indicada en los apartados anteriores dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La Mesa de contratación y las unidades, servicios o secciones de apoyo administrativo al órgano de contratación podrán comprobar si las empresas licitadoras están al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la ausencia de deudas pendientes con la Comunidad Autónoma. Asimismo, podrán comprobar los datos de los licitadores acreditativos de su capacidad y solvencia económica y técnica, a través de la inscripción del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
2.3.3. Garantía definitiva
La garantía definitiva que figura en el apartado N del cuadro-resumen podrá constituirse en cualquiera de las formas legalmente previstas en el artículo 108 LCSP. Si se opta por presentar un aval deberá ajustarse al Modelo de Aval del Anexo XX.
La garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio. En este supuesto la garantía definitiva será repercutida al contratista, previa autorización expresa, deduciéndose su importe de la primera factura y sucesivas hasta alcanzar la totalidad de la misma.
Con carácter general no procederá la exigencia de garantía definitiva si el contrato se ha reservado conforme al apartado C del cuadro – resumen, salvo que su exigencia se acredite en el expediente.
Contacto con la caja de las Xxxxxx xx Xxxxxx:
Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx Teléfonos: 000 000 000 y 000 000 000
Horario de atención al público: lunes a viernes de 9 a 14 horas.
2.3.4. Decisión de no adjudicar o no celebrar el contrato / desistimiento del procedimiento
La decisión de no celebrar o no adjudicar el contrato y el desistimiento del procedimiento determinará la compensación a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en los términos señalados en el Anexo XVII o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
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2.3.5. Adjudicación
La adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. La notificación contendrá la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a la que se refiere la cláusula 2.3.2.
2.4. Formalización del Contrato
El contrato se perfecciona con su formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde aquel en que hubiera sido enviado el requerimiento. Si se tratara de una UTE, su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, NIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 2.3.2.
La formalización se realizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En ningún caso podrán incluirse cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización de los contratos deberá publicarse, asimismo, en el perfil de contratante (PLACSP) y en el Diario Oficial de la Unión Europea en el caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada.
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1. Obligaciones de la Administración
3.1.1. Abonos al contratista
El pago de la prima se realizará por años naturales, una vez formalizado el contrato (artículo 14 de la Ley de 50/1980 de 8 de octubre de Contratos de Seguro), y de acuerdo con el periodo que comprenda en ese ejercicio, contra la presentación del correspondiente recibo que deberá ser conformado por el responsable del contrato.
En caso de prórroga el pago de la misma se efectuará dentro del mes en que se inicie su vigencia, contra la presentación del correspondiente recibo que deberá ser conformado por el responsable del contrato.
Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según aparecen en el apartado S del cuadro – resumen.
El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de treinta días desde la fecha de la prestación. En el caso de servicios de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo xxxxxx xx xxxx días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate.
La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo.
Por otra parte, las Xxxxxx xx Xxxxxx deberán aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio.
3.1.2. Deber de comunicación al asegurador del acaecimiento del siniestro
Las Xxxxxx xx Xxxxxx se obligan a la comunicación de los siniestros en el plazo máximo de 15 días de haberlos conocido, a través de la correduría de seguros de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
3.2. Obligaciones del contratista
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Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
3.2.1. Obligación de pago de la indemnización.
El contratista está obligado a satisfacer la indemnización correspondiente a los siniestros producidos en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el artículo 18 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro.
3.2.2. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
En caso de que la empresa adjudicataria deba contratar personal para atender las obligaciones derivadas del contrato, éste dependerá exclusivamente de aquella, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
El órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de Prescripciones Técnicas el organismo u organismos de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
Obligación de reserva legal de empleo
El órgano de contratación exigirá durante la vigencia del contrato que las empresas licitadoras acrediten el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 xx Xxx 11/2023, de 30 xx xxxxx.
Obligaciones en materia de igualdad de género
Se exigirá a la empresa adjudicataria la acreditación fehaciente de sus obligaciones legales de elaborar y ejecutar planes de igualdad cuando les corresponda. En todo caso, se evitará el uso sexista del lenguaje o la imagen, se asegurará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato y en el acceso al empleo, así como en la clasificación profesional, promoción, permanencia, estabilidad, formación, calidad, ordenación de la jornada, retribuciones y extinción en el marco del mismo.
Asimismo, se garantizará la adopción de medidas para la prevención del acoso laboral, sexual o por razón de sexo en el trabajo, junto al establecimiento de procedimientos específicos para su prevención, debiendo velar la empresa adjudicataria por el mantenimiento de un entorno sano de trabajo.
De acuerdo con el artículo 64 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, el incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta conllevará la imposición de penalidades.
3.2.3. Obligación de comunicar la siniestralidad
Trimestralmente el adjudicatario del contrato vendrá obligado a facilitar al Servicio de Gobierno Interior y de Coordinación Administrativa y, en el caso de su existencia, al corredor de seguros de las Xxxxxx xx Xxxxxx, una relación de los siniestros abiertos, indicando el número, fecha y lugar del siniestro, los daños ocasionados, su peritación y cualquier otro dato que sea solicitado por el órgano de contratación.
3.2.4. Subrogación en contratos de trabajo
En los casos en que legalmente proceda y así se indique en el apartado O del cuadro – resumen, el adjudicatario deberá subrogarse como empleador en los contratos de trabajo señalados en un Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas. En los supuestos en que proceda la subrogación, se estará a lo dispuesto en el correspondiente convenio colectivo o acuerdo de negociación colectiva de eficacia general.
Los contratistas estarán obligados a mantener actualizada la información relativa a la plantilla vigente durante la ejecución del contrato para ponerla a disposición del órgano de contratación cuando sea requerida.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cláusula dará lugar al establecimiento de las penalidades señaladas en el Anexo XIII del presente pliego.
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Condiciones de subrogación en caso de personas con algún grado de discapacidad
Cuando una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, si hubiere personas con algún grado de discapacidad, con el fin de favorecer su integración, la empresa saliente estará obligada a facilitar a la empresa entrante un plan de adaptación del puesto de trabajo y otro de acompañamiento personal, si se requiere, en función de las circunstancias, procedimiento productivo y grado de discapacidad de la persona.
Igualmente, deberá facilitar a la entrante la identificación de aquellas personas que requieran alguna adaptación en su puesto de trabajo por razones de seguridad personal, así como comunicar cualesquiera otras circunstancias que puedan afectar a la seguridad y salud de las personas trabajadoras, junto a las medidas aconsejadas para hacerles frente.
3.2.5. Mantenimiento de condiciones laborales durante la ejecución de los contratos
Con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos según recoge el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá garantizar la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio colectivo de aplicación. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia.
El contratista deberá pagar a sus trabajadores el salario correspondiente, cuyo importe y modalidades será el establecido en el convenio colectivo de aplicación, así como mantener dichas condiciones mientras dure la ejecución del contrato y sus eventuales prórrogas.
El mismo compromiso se exigirá a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad del contratista principal asegurar su cumplimiento frente a la entidad contratante.
El incumplimiento de los compromisos de mantenimiento de las condiciones laborales será causa de resolución de los contratos. Si quien incumpliera el compromiso fuera un subcontratista, el adjudicatario, a requerimiento del órgano de contratación, resolverá el subcontrato, sin indemnización alguna para el adjudicatario.
El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones de la Seguridad Social devengadas, aunque se resuelva el contrato y los trabajadores sean subrogados a un nuevo contratista, que no asumirá estas obligaciones en ningún caso.
3.2.6. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
El contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezcan en el Anexo VI.
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que este comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito la intención de celebrar los subcontratos, junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con la Administración.
En el caso de que la subcontratación afecte al tratamiento de datos de carácter personal del que sea responsable las Xxxxxx xx Xxxxxx, el adjudicatario tendrá además las obligaciones señaladas en el Anexo XXI del presente pliego (Confidencialidad de la información y protección de datos) y deberá suscribir con las entidades subcontratadas un contrato de encargo del tratamiento que regule la seguridad y privacidad de la información por parte de dichas entidades.
Pago a subcontratistas y suministradores
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Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación básica estatal respecto de los pagos efectuados a subcontratistas y suministradores, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras.
Certificados de buena ejecución
Las empresas subcontratistas y proveedoras podrán solicitar de la contratista principal un certificado que refleje el alcance técnico y económico de su participación en un contrato de obras, servicios y suministros, y manifieste la conformidad o disconformidad de la ejecución de la parte subcontratada. La contratista principal vendrá obligada a su expedición en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles. El certificado deberá presentarse para su validación por el órgano de contratación.
3.2.7. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio y ejecución del servicio, solicitando de las Xxxxxx xx Xxxxxx los documentos que para ello sean necesarios.
3.2.8. Obligaciones de transparencia.
El contratista deberá suministrar a la entidad contratante, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, las Xxxxxx xx
Xxxxxx podrán acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por periodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5% del precio de adjudicación, o del presupuesto base de licitación en el caso de oferta por precios unitarios.
3.2.9. Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos).
La reutilización de la información asociada a la presente licitación se realizará por las Xxxxxx xx Xxxxxx mediante conjuntos de datos abiertos basados en licencias abiertas que permitan su uso libre y gratuito, sin necesidad de autorización previa, y que gocen de amplia aceptación nacional e internacional.
Así mismo, si de la ejecución del presente contrato se obtiene información que pueda ser reutilizable, el adjudicatario deberá proporcionar la misma cumpliendo con los criterios de apertura de datos y reutilización, garantizando la efectiva liberación de los conjuntos de datos generados durante la prestación del servicio.
3.3. Tributos
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente.
3.4. Derechos de propiedad intelectual o industrial
Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste a las Xxxxxx xx Xxxxxx.
3.5. Revisión de precios
Si procediera la revisión se indicará así en el apartado L del cuadro-resumen, que recogerá la fórmula aplicable.
3.6. Cesión del contrato
Dada la naturaleza y el objeto del contrato, no está permitida la cesión del mismo.
4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas aprobados por el órgano de contratación y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de este, diere al contratista el órgano de contratación o el responsable del contrato.
4.1. Cumplimiento de plazos e indemnización de daños y perjuicios.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, señalado en el apartado H del cuadro resumen.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora en el cumplimiento de la prestación, la Administración podrá optar por la indemnización de daños y perjuicios, en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
El importe de la indemnización de daños y perjuicios por demora se deducirá de la garantía definitiva.
En todo caso, dada la naturaleza del presente contrato, la demora en el cumplimiento dará lugar a la resolución del contrato, cuando la misma suponga que no se pueda alcanzar la finalidad del mismo, y se estará a lo dispuesto en el artículo 193 LCSP.
4.2. Valoración de los trabajos
.
La valoración de los trabajos se realizará, conforme al sistema de determinación de precios fijados en el apartado D del cuadro resumen, en los vencimientos que se hubieran establecido en los pliegos, y si este fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa, se realizará mensualmente.
En los contratos cuya duración total sea superior a cuatro años, cada dos años se realizará una evaluación de su rendimiento en términos de ejecución, incluyendo las conclusiones oportunas a partir de indicadores de calidad previstos en los pliegos, especialmente sobre el seguimiento de la contratación pública ecológica y socialmente responsable. Para garantizar que las prestaciones se adecúan a los pliegos y a la oferta realizada, el órgano de contratación podrá utilizar mecanismos de control de la calidad durante la ejecución del contrato de conformidad con el Anexo XXIV de este pliego.
Podrán realizarse valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y sean autorizados por el órgano de contratación.
Excepcionalmente, por razones de interés público y sin perjuicio de la concurrencia de alguna de las causas que dan lugar a la resolución del contrato, cuando, durante la ejecución del contrato, se evidencien dificultades técnicas u organizativas de la empresa contratista que afecten al correcto desarrollo de la prestación, el adjudicatario podrá aportar garantías adicionales, según las indicadas en el artículo 71 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, para asegurar el interés público que motivó la necesidad de contratar.
4.3. Condiciones especiales de ejecución del contrato
Las condiciones especiales de ejecución se describirán en el Anexo XII y su incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan. Asimismo, se podrán prever en el Anexo XIII penalidades por el incumplimiento de las mismas.
4.4. Plazo de duración
El plazo general de ejecución del contrato será el que se fija en el apartado H del cuadro - resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
4.5. Responsable del contrato
El órgano de contratación ha designado un responsable del contrato con facultades de supervisión y capacidad para dictar instrucciones sobre la ejecución del contrato, según se establece en el apartado V del cuadro- resumen.
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Corresponderán al responsable del contrato las funciones previstas en los artículos 62 de la LCSP y 58 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx y, entre otras competencias:
- Supervisar la ejecución.
- Emitir informes.
- Verificar el cumplimiento de las obligaciones esenciales, las cláusulas sociales y medioambientales y las condiciones especiales de ejecución.
- Dictar instrucciones y adoptar las decisiones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación.
- Proponer la imposición de penalidades y/o reclamación de indemnizaciones por incumplimientos contractuales o incumplimiento defectuoso.
- Al finalizar la ejecución del contrato, evaluar el cumplimiento de las directrices y cláusulas de contratación pública ecológica, socialmente responsable y de innovación, debiendo constar en el acta de recepción o documento equivalente.
El responsable del contrato contará con el soporte técnico de las unidades, los servicios y las secciones de apoyo administrativo al órgano de contratación.
4.6. Programa de Trabajo
Si las Xxxxxx xx Xxxxxx estiman conveniente exigir un Programa de Trabajo este será presentado por el empresario para su aprobación por esta Institución al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose, en su caso, los plazos parciales correspondientes. Cada vez que se modifiquen
las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba.
4.7. Evaluación de riesgos profesionales
El contratista en todo caso deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados, conforme al artículo 22.bis del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención.
En función de las prestaciones contratadas, deberá adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda, conforme al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
4.8. Penalidades
4.8.1. Penalidades por demora.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por las Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP.
Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las citadas en el párrafo anterior, estas se especificarán en el Anexo XIII de este pliego.
4.8.2. Otras penalidades.
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta, así como de los compromisos de adscripción de medios o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, el incumplimiento de las cláusulas de carácter social y medioambiental, o el impago acreditado a un subcontratista o suministrador vinculado a la ejecución del contrato sin que sea motivado por el incumplimiento de las obligaciones contractuales que hubiesen asumido, el control de la calidad de acuerdo con lo estipulado en el Anexo XXIV, dará lugar a la imposición de penalidades según se indique en el Anexo XIII de este pliego y en la forma en él previstas.
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Las penalidades se impondrán directamente por el órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, siendo inmediatamente ejecutivas, previa audiencia al contratista para que formule las alegaciones que estime oportunas hasta un plazo máximo de cinco días.
5. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
5.1 Recepción y liquidación
El contratista deberá entregar los trabajos realizados o prestar el servicio dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y propondrá que se lleve a cabo la recepción.
La recepción o conformidad se manifestará en un acto formal y positivo dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato o en el plazo que se establezca en el Pliego de Prescripciones Técnicas en función de las características del contrato. Asimismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser utilizadas de forma independiente.
En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se realizará a la terminación de la prestación contratada o al término del plazo contractual.
5.2 Plazo y devolución de garantía
El plazo de garantía será el establecido en el apartado I del cuadro - resumen o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario. Transcurrido dicho plazo, sin que las Xxxxxx xx Xxxxxx hayan formalizado ningún reparo, el
contratista quedará relevado de toda responsabilidad por razón de la prestación efectuada, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
6. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causa de resolución del contrato, además de las legalmente establecidas, las previstas en el Anexo XVI del presente Pliego. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 67 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, así como en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP, en el plazo de ocho meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo XIV, debiendo figurar de manera precisa, clara e inequívoca.
En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 211 a) y b) LCSP, las Xxxxxx xx Xxxxxx estarán facultadas para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo V podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo XIII.
7. PRERROGATIVAS DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el apartado R del cuadro – resumen, en el Anexo XV, o en los supuestos y con los límites legalmente previstos. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil de contratante (PLACSP) y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
7.1. Modificaciones previstas
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista. El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta cinco días, así como el resto de trámites que resulten preceptivos.
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En caso de prever modificaciones, el Anexo XV deberá especificar las circunstancias, condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar y el procedimiento a seguir. En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberán quedar referidos a cada una de ellas.
En los contratos en los cuales el empresario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de prestaciones se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de esta Institución, en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades.
7.2. Modificaciones no previstas
Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el apartado anterior por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 LCSP.
Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la conformidad expresa del contratista.
8. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
8.1. Confidencialidad
El contratista se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por las Xxxxxx xx Xxxxxx y que sean concernientes a la prestación del servicio objeto de este pliego de contratación. El adjudicatario, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase de la prestación del servicio contratado (ejecución del contrato) estarán sujetos al deber de confidencialidad al que se refieren los artículos 5.1f) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (en adelante, RGPD) y artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor que, en todo caso, deberá ser definido y limitado en el tiempo (artículo 133 LCSP). Esta obligación general será complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional de conformidad con su normativa aplicable.
En particular, será considerado como Información Confidencial todo el conocimiento o saber hacer resultante de la ejecución de los servicios contratados, debiendo el adjudicatario mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato. Las Xxxxxx xx Xxxxxx no podrán divulgar la información facilitada por los licitadores que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores (artículo 133 LCSP).
8.2. Protección de datos de carácter personal
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Los datos de carácter personal proporcionados serán tratados por las Xxxxxx xx Xxxxxx para ser incorporados a su actividad de tratamiento “Contratación” con la finalidad de gestionar y tramitar los pliegos y expedientes de contratación, así como la formalización, desarrollo y ejecución de los contratos. La licitud para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de una obligación legal. No se comunicarán los datos salvo obligación legal que habilite dicha comunicación. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, cumpliendo al menos con el tiempo mínimo de conservación de la información, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación. Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de los datos, se pueden ejercitar ante las Xxxxxx xx Xxxxxx, en la forma legalmente prevista, en Xxxxxxx de la Aljafería, X/Xxxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxx.xx. Para consultar información adicional y detallada sobre esta actividad de tratamiento, se puede acceder al siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/Xxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxx-xxxxx-Xxxxxxxxxx-xx- Datos.2278.0.html, seleccionando la actividad “Contratación”.
9. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas que describa las prestaciones, así como el resto de documentos contractuales que deba regir la contratación, podrán ser recurridos mediante el recurso indicado en el apartado T del cuadro-resumen.
• Si procede la interposición de recurso potestativo especial en materia de contratación pública del artículo 44 LCSP, el escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el órgano de contratación o ante el Tribunal de Recursos Contractuales de las Xxxxxx xx Xxxxxx, el Justicia xx Xxxxxx y la Cámara de Xxxxxxx xx Xxxxxx en el plazo de quince días hábiles. El plazo contará desde el día siguiente al de la publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
La presentación del recurso en el registro del Tribunal de Recursos Contractuales de las Xxxxxx xx Xxxxxx, el Justicia xx Xxxxxx y la Cámara de Xxxxxxx xx Xxxxxx se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica de las Xxxxxx xx Xxxxxx.
Si se optase por la presentación del recurso en cualesquiera de las formas previstas, distintas de la indicada en el apartado anterior, el recurrente procederá a la comunicación de su interposición, en el plazo máximo de dos días, al citado Tribunal.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
• Si procede la interposición de recurso ordinario, el recurso se interpondrá ante el órgano indicado en el apartado T del cuadro-resumen en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del acto recurrido en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Alternativamente al recurso ordinario podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente modelo xx xxxxxx, informado favorablemente por los Servicios Jurídicos el día 5 de septiembre de 2023, ha sido aprobado por la Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx, con fecha 13 de septiembre de 2023. Zaragoza, a fecha de firma electrónica, LA LETRADA MAYOR DE LAS XXXXXX XX XXXXXX | Zaragoza, a fecha de firma electrónica LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX |
ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES
(Ver apartado B del cuadro-resumen)
NO PROCEDE
N.º lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta
N.º lotes que pueden adjudicarse a un mismo licitador
- Criterios de adjudicación:
Condiciones de participación para UTEs y grupo empresariales
Lotes reservados a las entidades en el apartado C del cuadro-resumen:
-
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Artículo 100.2 LCSP
(TODOS LOS LOTES)
Presupuesto base de licitación 256.228,00 € (IVA exento) (Importe total para 2 años de contrato)
Desglose de costes directos e indirectos para todos los lotes.
• Costes directos: lo constituyen las tasas de riesgo aplicadas con el objeto de asumir los siniestros que se produzcan durante la vigencia del contrato. Las tasas se calculan de forma matemática y su cuantía dependerá de ciertos valores tales como: la probabilidad de ocurrencia de un siniestro, el coste medio de siniestros de riesgos similares, el capital asegurado, el tipo de interés técnico y la duración del seguro entre otros.
• Costes indirectos: los constituye el gasto interno y externo de las compañías aseguradoras. El gasto interno se refiere a los costes personal, tramitación y administración. El gasto externo está constituido por los costes de mediación, publicidad y comercialización.
• Impuesto sobre Primas de Seguro (I.P.S.): regulado por el artículo 12 de la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y modificado con la entrada en vigor de la LPGE 2021. Este impuesto grava un 8% la prima del seguro excluido el recargo de Consorcio de Compensación de Xxxxxxx y otros tributos que recaigan sobre el coste del seguro.
• Recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS): este recargo aplicable a los contratos de seguros se calcula aplicando una tasa legalmente aprobada, en función del tipo de seguro, sobre el capital asegurado.
• Recargo destinado a financiar la actividad liquidadora de entidades aseguradoras: recargo aplicable a la totalidad de los seguros contratados en España distintos al seguro de vida, al de crédito a la exportación o los planes de previsión asegurados. La cuantía del importe asciende al 0,15% de la prima neta del seguro (costes directos más costes indirectos).
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De acuerdo con los datos históricos, el importe acumulado de costes directos e indirectos podría situarse en una horquilla de porcentaje entre el 65% y el 75% aproximadamente del coste total de la póliza.
Por otra parte, el recargo del CCS y el recargo destinado a financiar la actividad liquidadora de entidades aseguradoras supondría entre el 18% y el 28% aproximadamente del coste total de la póliza. Mientras que el IPS supondría alrededor del 8% de la prima neta.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO III
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU)
1) La presentación del modelo de Declaración Responsable Única en materia de contratación pública (DRU) por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación.
La DRU, de acuerdo con la disposición adicional xxxxxxx xx Xxx 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, es un modelo de declaración responsable aprobado mediante Acuerdo de la Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx de 12 de noviembre de 2021, ajustado al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que incluye las demás declaraciones responsables que deban cumplimentarse de acuerdo con los pliegos que rijan la licitación y que no formen parte del contenido de la oferta.
La DRU se divide en dos partes: el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) y el apartado relativo a otras declaraciones responsables. El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación. Por su parte, el apartado de otras declaraciones recoge la declaración responsable relativa al grupo empresarial; el compromiso, en su caso, de constitución de unión temporal de empresas (UTE); la declaración responsable, en su caso, sobre inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público; y el compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato; sin perjuicio de que el modelo de DRU pueda verse modificado en un futuro por Acuerdo de la Mesa de las Xxxxxx xx Xxxxxx, para incluir otras declaraciones.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La DRU deberá presentarse FIRMADA POR REPRESENTANTE CON PODER SUFICIENTE.
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En cualquier caso, la presentación de la DRU por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos pertinentes a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DRU.
El formulario normalizado de DRU se encuentra a disposición de los licitadores en la siguiente dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/_XXXXxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/XXX.xxx
3) Instrucciones para rellenar la DRU y, singularmente, dentro de ella, el DEUC.
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Institución efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento.
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una DRU por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará una DRU por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado de la DRU.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado de la DRU. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario.
Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes
documentos:
• Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx
• Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016, disponible en: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxx/0000/00/00/(0)/xxx
• Recomendación 2/2016 de 21 xx xxxxx de 2016, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, relativa a la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), disponible en: xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxx/XxxxxxxXxxxxxxxxxx/XxxxxXxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxXxx inistrativa/Areas/02_Informes_Actuaciones/22016B.pdf
Dentro de la DRU, en relación al DEUC deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo.
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER
ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador)
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
• Identificación. Número de identificación a efectos de IVA, en su caso: si no se dispone de número de identificación a efectos de IVA, indíquese, en su caso, cuando se exija, otro número de identificación nacional.
• Información general
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• Forma de participación
• Lotes
Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
• Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
• Recurso (Sí o No)
Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE BASA EL OPERADOR ECONÓMICO
• Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos)
PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG.
SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA
FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN
NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto)
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente (cumplimentar todas las secciones)
• Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes).
• Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
• Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
• Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS.
PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador)
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Dentro de la DRU, en relación a las OTRAS DECLARACIONES deberán cumplimentarse aquellas que se encuentran marcados en este Anexo.
DECLARACIÓN RELATIVA A PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL
Debe cumplimentarse obligatoriamente, incluyendo la relación de empresas del grupo en su caso.
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
Sólo se cumplimentará en caso de licitación como UTE, indicando las empresas que la componen.
DECLARACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXX O EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Deberá cumplimentarse cuando así se exija en el Anexo V
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO IV
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL (TODOS LOS LOTES)
1) La solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) | Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. |
Criterios: Volumen anual de negocios, en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, en el año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, de al menos una vez y media el valor anual medio del lote al que se licite: LOTE 1 (Vida diputados): 40.654,50 € LOTE 2 (Vida personal): 48.000,00 € LOTE 3 (Accidentes diputados): 28.582,50 € LOTE 4 (Accidentes personal): 27.334,50 € LOTE 5 (Daños materiales): 37.500,00 € LOTE 6 (Responsabilidad civil): 10.099,50 € Se acreditará mediante: Certificado de inscripción en el Registro de licitadores correspondiente. En el caso de que la solvencia no conste en la certificación del correspondiente Registro de licitadores, podrá acreditarse mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro oficial que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. | |
b) | Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. |
Criterios: ▪ Seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe superior a € ▪ Riesgos cubiertos: Se acreditará mediante: | |
c) | Declaración del Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. |
Criterios: Patrimonio neto con valor mínimo por importe de €. Ratio mínimo de entre activos y pasivos. Se acreditará mediante: |
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SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
a) | Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en |
* Para los contratos no sujetos a regulación armonizada, las empresas de nueva creación acreditarán su solvencia técnica con otros medios previstos distintos de los establecidos en la letra a).
la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. | |
Criterios: Deberá acreditar haber realizado en los tres últimos años contratos de seguros cuyo objeto coincida con el de cada uno de los lotes respecto de los que el licitador presente oferta, atendiendo al CPV de cada uno de ellos, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a las cuantías detalladas a continuación para cada lote: LOTE 1 (Vida diputados): 18.972,10 € LOTE 2 (Vida personal): 22.400,00 € LOTE 3 (Accidentes diputados): 13.338,50 € LOTE 4 (Accidentes personal): 12.756,10 € LOTE 5 (Daños materiales): 17.500,00 € LOTE 6 (Responsabilidad civil): 4.173,10 € Se acreditará mediante: Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten el cumplimiento de la prestación. En los certificados deberá hacerse constar el importe, la fecha y el destinatario de los contratos y si éstos se llevaron a buen término conforme a las reglas que rigen la profesión. | |
b) | Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
c) | Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
d) | Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
e) | Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
f) | Medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, con indicación expresa de las normas técnicas o especificaciones técnicas aplicables a la ejecución y a la verificación objetiva de la correcta aplicación de dichas medidas. |
Criterios: Se acreditará mediante: |
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g) | Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
h) | Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
i) | Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
j) | Otros: |
Criterios: Se acreditará mediante: |
2) El empresario también podrá acreditar su solvencia aportando el certificado que le acredite la siguiente clasificación (art. 77.1 a) LCSP):
GRUPO | SUBGRUPO | TIPO DE SERVICIO | CATEGORÍA | |
Clasificación contrato | ||||
Lote | ||||
Lote |
3) Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. El licitador deberá aportar los certificados siguientes (artículos 93 y 94 LCSP):
-
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-
4) En virtud de lo dispuesto en el artículo 11.5 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por el Real Decreto 773/2015, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica: Si No
5) Un mismo empresario podrá concurrir para completar la solvencia de más de un licitador: Si No
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO V
ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO PROCEDE
Los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios:
Compromiso de adscripción de medios personales:
-
-
Su incumplimiento podría ser:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades, según Anexo XIII. Causa de resolución del contrato.
Compromiso de adscripción de medios materiales:
-
-
Su incumplimiento podría ser:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades, según Anexo XIII. Causa de resolución del contrato.
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En la fase de licitación será suficiente que el licitador aporte la DRU en materia de Contratación Pública, cumplimentada conforme a lo establecido en el Anexo III. Con carácter previo a la adjudicación, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá acreditar la efectiva disposición de los medios adscritos al contrato según se dispone en el presente pliego.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a las Xxxxxx xx Xxxxxx.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO VI SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO PROCEDE
Prestaciones parciales susceptibles de subcontratación:
Prestación parcial del contrato | % de la prestación | Habilitación profesional / clasificación |
Tareas críticas que NO admiten subcontratación:
Condiciones para la cesión del contrato adicionales a las establecidas en el artículo 214.2 LCSP1 y los artículos
68.2 y 70.1 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx:
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
1 No podrán cederse los derechos y obligaciones dimanantes del contrato cuando las cualidades técnicas o personales del cedente hayan sido determinantes para la adjudicación del contrato o resulte una restricción efectiva de la competencia.
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (General) NO PROCEDE
D/Xx |
en nombre 1 con NIF nº y con domicilio fiscal en |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende meses/años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: Indicar % del tipo impositivo de IVA: |
Importe Base: |
Importe IVA: |
Importe Total: |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes) LOTE número 1. VIDA DIPUTADOS
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de vida para los Diputados de las Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): 1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS 2.1. AUMENTO DE LÍMITES ASEGURADOS. Mejora del capital de fallecimiento e invalidez permanente absoluta. Capital total de fallecimiento e invalidez permanente absoluta propuestos: (Siendo el capital mínimo de 130.000 €) 2.2. PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS POR NO SINIESTRALIDAD. Participación en beneficios propuesta: (Porcentaje de participación en beneficios por baja siniestralidad mínima del 60% sobre el 85% de la prima neta, descontada la siniestralidad, prevista en el PPTP que rige el contrato) |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes) LOTE número 2. VIDA PERSONAL
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de vida para el personal de las Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): 1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS 2.1. AUMENTO DE LÍMITES ASEGURADOS. Mejora del capital de fallecimiento e invalidez permanente absoluta. Capital total de fallecimiento e invalidez permanente absoluta propuestos: (Siendo el capital mínimo de 71.500 €) 2.2. PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS POR NO SINIESTRALIDAD. Participación en beneficios propuesta: (Porcentaje de participación en beneficios por baja siniestralidad mínima del 60% sobre el 85% de la prima neta, descontada la siniestralidad, prevista en el PPTP que rige el contrato) |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes)
LOTE número 3. SEGURO DE ACCIDENTES DIPUTADOS
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de accidentes para los Diputados de las Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): 1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS. 2.1. MEJORAS DEL CAPITAL POR FALLECIMIENTO 2.1.1. MEJORA DEL CAPITAL DE FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE Capital total de fallecimiento propuesto: (Siendo el capital mínimo de 171.735,00 €) 2.1.2. MEJORA DEL CAPITAL DE FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN Capital total de fallecimiento propuesto: (Siendo el capital mínimo de 390.928,00 €) 2.2. MEJORA DEL CAPITAL DE INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE Capital total de invalidez propuesto: (Siendo el capital mínimo de 349.490,89 €) 2.3.- MEJORA CAPITAL ASISTENCIA SANITARIA EN CENTROS DE LIBRE ELECCIÓN Capital total de asistencia sanitaria en centros no concertados propuesto: (Siendo el capital mínimo de 5.979,80 €) 2.4.- MEJORA DE LOS PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN EN INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL. Mejora de los porcentajes de indemnización en invalidez permanente parcial: (Siendo los porcentajes mínimos los indicados en el PPTP que rige el contrato)) |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes)
LOTE número 4. SEGURO DE ACCIDENTES PARA EL PERSONAL
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de accidentes para el personal de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): | |
1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS. 2.1. MEJORAS DEL CAPITAL POR FALLECIMIENTO 2.1.1. MEJORA DEL CAPITAL DE FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE Capital total de fallecimiento propuesto: (Siendo el capital mínimo de 171.735,00 €) 2.1.2. MEJORA DEL CAPITAL DE FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN Capital total de fallecimiento propuesto: (Siendo el capital mínimo de 283.652,29 €) 2.2. MEJORA DEL CAPITAL DE INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE Capital total de invalidez propuesto: (Siendo el capital mínimo de 298.157,95 €) 2.3.- MEJORA CAPITAL ASISTENCIA SANITARIA EN CENTROS DE LIBRE ELECCIÓN: Capital total de asistencia sanitaria en centros no concertados propuesto: (Siendo el capital mínimo de 5.979,80 €) 2.4.- MEJORA DE LOS PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN EN INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL. Mejora de los porcentajes de indemnización en invalidez permanente parcial: (Siendo los porcentajes mínimos los indicados en el PPTP que rige el contrato) |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes) LOTE número 5. SEGURO DE DAÑOS MATERIALES
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de daños materiales. | |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): 1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS. 2.1. REDUCCIÓN DE FRANQUICIAS. 2.1.1. FRANQUICIA EN ROTURA XX XXXXXXXXX. Franquicia en rotura xx xxxxxxxxx propuesta: (Franquicia máxima aplicable 150 €) 2.1.2. FRANQUICIA GENERAL. Franquicia general propuesta: (Xxxxxxxxxx máxima aplicable 600 €) 2.1.3. FRANQUICIA EN DAÑOS ELÉCTRICOS. Franquicia en daños eléctricos propuesta: (Franquicia máxima aplicable 600 €) 2.1.4. FRANQUICIA EN AVERÍA DE MAQUINARIA Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS. Franquicia en avería de maquinaria y equipos electrónicos propuesta: (Franquicia máxima aplicable 600 €) 2.2. AUMENTO DE SUBLÍMITES A PRIMER RIESGO. 2.2.1. LÍMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN. Límite máximo de indemnización propuesto: (Siendo el capital mínimo 17.300.000 €) 2.2.2. DAÑOS ESTÉTICOS. Capital de daños estéticos propuesto: (Siendo el capital mínimo 60.000 €) 2.2.3. DAÑOS ELÉCTRICOS. Capital de daños eléctricos propuesto: (Siendo el capital mínimo 600.000 €) |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes)
LOTE número 6. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
D/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de seguro de responsabilidad civil. | |
Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende dos años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2: (impuestos incluidos, excepto IVA): 1.- OFERTA ECONÓMICA Importe Total (impuestos incluidos): 2.- MEJORAS 2.1. AUMENTO DE SUBLÍMITES A PRIMER RIESGO. 2.1.1. LÍMITE POR SINIESTRO EN COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Límite total por siniestro: (Siendo el capital mínimo 1.400.000 €) 2.1.2. LÍMITE POR ANUALIDAD EN COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Límite total por anualidad propuesto: (Siendo el capital mínimo 1.400.000 €) 2.1.3. SUBLÍMITE POR VÍCTIMA EN RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACIÓN Y PATRONAL Sublímite total por víctima propuesto: (Siendo el capital mínimo 600.000 €) 2.2. REDUCCIÓN DE FRANQUICIAS Franquicia total propuesta: (Siendo la franquicia máxima aplicable 600 €) 2.3. INCLUSIÓN DE COBERTURAS ADICIONALES Cobertura adicional 1: Cobertura adicional 2: Cobertura adicional 3: |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Precios unitarios) NO PROCEDE
D/Xx | |
en nombre de 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | |
se compromete, a tomar a su cargo la ejecución del mismo que comprende meses/años, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por los siguientes precios unitarios2: | |
La oferta total del contrato asciende a: | |
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue: | |
Importe Base: | |
Importe IVA: | |
Importe Total: |
Descripción | Precio unitario máximo de licitación (IVA excluido)3 | Precio unitario ofertado (IVA excluido) | Tipo impositivo IVA % | Importe IVA | Importe total ofertado |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
3 Campo a rellenar por la Administración.
ANEXO VIII PRECIOS UNITARIOS
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO PROCEDE
Descripción | Precio unitario máximo de licitación (IVA excluido) 1 |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
1 Campo a rellenar por la Administración
ANEXO IX ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
NO PROCEDE
(Especificar para cada lote, en su caso)
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO X
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE B)
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO PROCEDE
Criterios de adjudicación | Ponderación |
1.- Criterio: | |
Documentación: | |
2.- Criterio: | |
Documentación: | |
3.- Criterio: | |
Documentación: | |
Total |
Comité de Expertos: (Composición)
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Organismo Técnico especializado: (Nombre)
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
(LOTE 1: Seguro de Vida de Diputados)
1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL) Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS: | PONDERACIÓN |
2.1.- Mejora. Aumento de límites asegurados. Mejora del capital de fallecimiento e invalidez permanente absoluta: | Hasta 25 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (CO x 25) / MCO Donde: - CO: el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO: Mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 130.000 € | |
2.2.- Mejora. Participación en beneficios por no siniestralidad. | Hasta 20 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (PBO x 20) / MPB Donde: - PBO: la participación en beneficios de la oferta que se puntúa. - MPB: La participación en beneficios más elevada de las ofertas presentadas. Siendo la participación en beneficios mínima del 60% sobre el 85% de la prima neta descontada la siniestralidad. | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
(LOTE 2: Seguro de Vida del Personal)
1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL) Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS: | PONDERACIÓN |
2.1.- Mejora. Aumento de límites asegurados. Mejora del capital de fallecimiento e invalidez permanente absoluta: | Hasta 25 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (CO x 25) / MCO Donde: - CO: el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO: Mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 71.500 € | |
2.2.- Mejora. Participación en beneficios por no siniestralidad. | Hasta 20 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (PBO x 20) / MPB Donde: - PBO: la participación en beneficios de la oferta que se puntúa. - MPB: La participación en beneficios más elevada de las ofertas presentadas. Siendo la participación en beneficios mínima del 60% sobre el 85% de la prima neta descontada la siniestralidad. | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 57 de 84
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
(LOTE 3: Seguro de Accidentes Diputados)
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL). Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS: | PONDERACIÓN |
2.1.- Mejoras del capital por fallecimiento. | Hasta 15 puntos |
2.1.1.- Mejora del capital de fallecimiento por accidente. | Hasta 7,5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 7,5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 171.735,00 € | |
2.1.2.- Mejora del capital de fallecimiento por accidente de circulación | Hasta 7,5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 7,5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 390.928,00 € | |
2.2.- Mejora del capital de invalidez permanente por accidente. | Hasta 15 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 15) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 349.490,89 € |
2.3.- Mejora del capital asistencia sanitaria en centros de libre elección | Hasta 10 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 10) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 5.979,80 € | |
2.4.- Mejora de los porcentajes de indemnización en invalidez permanente parcial: | Hasta 5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo los porcentajes mínimos los indicados en los pliegos de prescripciones técnicas € | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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(LOTE 4: Seguro de Accidentes del Personal)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL). Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS: | PONDERACIÓN |
2.1.- Mejoras del capital por fallecimiento. | Hasta 15 puntos |
2.1.1.- Mejora del capital de fallecimiento por accidente. | Hasta 7,5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 7,5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 171.735,00 € | |
2.1.2.- Mejora del capital de fallecimiento por accidente de circulación | Hasta 7,5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 7,5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 283.652,29 € | |
2.2.- Mejora del capital de invalidez permanente por accidente. | Hasta 15 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 15) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 298.157,95 € | |
2.3.- Mejora del capital asistencia sanitaria en centros de libre elección | Hasta 10 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 10) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo el capital mínimo de 5.979,80 € | |
2.4.- Mejora de los porcentajes de indemnización en invalidez permanente parcial: | Hasta 5 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula el aumento de capital asegurado: Puntuación= (CO x 5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas. Siendo los porcentajes mínimos los indicados en los pliegos de prescripciones técnicas € | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
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(LOTE 5: Seguro de Daños Materiales)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL). Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS | PONDERACIÓN |
2.1.- Reducción de franquicias. | Hasta 24 puntos |
2.1.1.- Franquicia en rotura xx xxxxxxxxx | Hasta 6 puntos |
Se puntuará conforme a la siguiente escala la reducción de las franquicias: • Se otorgarán 2 puntos por cada tramo de 50 € de reducción de franquicia hasta un máximo de 6 puntos. Franquicia máxima aplicable 150€ | |
2.1.2.- Franquicia general. | Hasta 6 puntos |
Se puntuará conforme a la siguiente escala la reducción de las franquicias: • Se otorgará 1 punto por cada tramo de 100 € de reducción de franquicia hasta un máximo de 6 puntos. Franquicia máxima aplicable 600 €. | |
2.1.3.- Franquicia en daños eléctricos. | Hasta 6 puntos |
Se puntuará conforme a la siguiente escala la reducción de las franquicias: • Se otorgará 1 punto por cada tramo de 100 € de reducción de franquicia hasta un máximo de 6 puntos. Franquicia máxima aplicable 600 €. | |
2.1.4.- Franquicia en avería de maquinaria y equipos electrónicos. | Hasta 6 puntos |
Se puntuará conforme a la siguiente escala la reducción de las franquicias: • Se otorgará 1 punto por cada tramo de 100 € de reducción de franquicia hasta un máximo de 6 puntos. Franquicia máxima aplicable 600 €. | |
2.2.- Aumento de los sublímites a primer riesgo. | Hasta 21 puntos |
2.2.1.- Límite máximo de indemnización. | Hasta 11 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (CO x 11) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Siendo el capital mínimo de 17.300.000 € |
2.2.2.- Daños estéticos. | Hasta 5 puntos |
Puntuación= (CO x 5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Siendo el capital mínimo de 60.000 € | |
2.2.3.- Daños eléctricos. | Hasta 5 puntos |
Puntuación= (CO x 5) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Capital mínimo 600.000 € | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
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Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
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(LOTE 6: Seguro de Responsabilidad Civil)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |
1.- PROPUESTA ECONÓMICA | PONDERACIÓN |
Criterio: Propuesta económica | Hasta 55 puntos |
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación = 55 x (MO /OL). Donde: - MO es la oferta más baja presentada. - OL es la oferta presentada por el licitador. | |
2.- MEJORAS | PONDERACIÓN |
2.1.- Aumento de los sublímites a primer riesgo. | Hasta 30 puntos |
2.1.1 Límite por siniestro en cobertura de responsabilidad civil. | Hasta 10 puntos |
Se puntuará conforme la siguiente fórmula: Puntuación= (CO x 10) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Siendo el capital mínimo de 1.400.000 € | |
2.1.2- Límite por anualidad en cobertura de responsabilidad civil. | Hasta 10 puntos |
Puntuación= (CO x 10) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Siendo el capital mínimo de 1.400.000 € | |
2.1.3.- Sublímite por víctima en responsabilidad civil de explotación y patronal. | Hasta 10 puntos |
Puntuación= (CO x 10) / MCO Donde: - CO es el capital propuesto en la oferta que se puntúa. - MCO es el mejor capital propuesto de las ofertas presentadas Capital mínimo 600.000 € |
2.2.- Reducción de franquicias. | Hasta 12 puntos |
Se puntuará conforme a la siguiente escala la reducción de las franquicias: Franquicia en responsabilidad civil: • Se otorgarán 2 puntos por cada tramo de 100 € de reducción de franquicia hasta un máximo de 12 puntos. Franquicia máxima aplicable 600 €. | |
2.3.- Inclusión de coberturas adicionales. | Hasta 3 puntos |
Se puntuará con 3 puntos la inclusión de coberturas adicionales no contempladas en el pliego. • Se otorgará 1 punto por cada una de las coberturas adicionales incluidas hasta un máximo de 3 puntos. | |
TOTAL | 100 PUNTOS |
2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Se considerarán como anormales o desproporcionadas las ofertas de los licitadores que representen los porcentajes de baja respecto del presupuesto base de licitación con los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que varían en función del número de licitadores presentados, calculados siempre como porcentajes.
Otros:
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios:
Criterios específicos:
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Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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ANEXO XII
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (TODOS LOS LOTES)
Condiciones especiales de ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 202 LCSP.
Económicas:
Su incumplimiento tendrá la consideración de:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades. Causa de resolución del contrato.
Innovación:
Su incumplimiento tendrá la consideración de:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades. Causa de resolución del contrato.
Medioambientales:
Su incumplimiento tendrá la consideración de:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades. Causa de resolución del contrato.
Sociales, éticas, relativas al empleo o relativas a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres:
Existencia de un Plan de Responsabilidad Social Corporativa, o equivalente que incluya entre otras:
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- Medidas de fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, especialmente en materia de remuneración, de conformidad con el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 xx xxxxx, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- Medidas que favorezcan la conciliación del trabajo y la vida familiar.
Dicho Plan deberá estar a disposición del órgano de contratación, para ser entregado por el contratista, en el plazo de tres meses desde la formalización del contrato.
Su incumplimiento tendrá la consideración de:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades.
Causa de resolución del contrato.
Obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos (contratos cuya ejecución implique la cesión de datos por la entidad del sector público al contratista).
Para su acreditación el órgano de contratación solicitará un compromiso de la empresa debidamente firmado por persona con poder adecuado y suficiente.
Su incumplimiento será causa de resolución del contrato.
En caso de subcontratación de parte del objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras, según establece el artículo 48 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
Su incumplimiento tendrá la consideración de:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades. Causa de resolución del contrato.
Otros:
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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ANEXO XIII
PENALIDADES (TODOS LOS LOTES)
Régimen obligatorio de penalidades:
Penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato.
Penalidades: El cumplimiento defectuoso de las obligaciones previstas en el PCAP y PPT del presente contrato, que no se consideren causa de resolución contractual dará lugar a la imposición de las siguientes penalidades:
- 2% del precio del contrato a descontar de la garantía definitiva, si este es leve, entendiendo por leve el que no afecte gravemente a la prestación del servicio valorado por el responsable del contrato.
- 5% del precio del contrato, a descontar de la garantía definitiva, si el cumplimiento defectuoso es grave, o leve pero se produce de modo reiterado más de tres veces en el periodo de un año, valorado por el responsable del contrato.
En particular se considerará cumplimiento defectuoso cuando el asegurador incurra en xxxx si no cumpliera su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro o no procediera al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro.
Penalidades por incumplimiento del plazo total o de los parciales previstos para la ejecución del contrato.
Penalidades:
Incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta o de características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación.
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Penalidades:
Incumplimiento de las cláusulas de carácter social y medioambiental.
Penalidades:
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
Penalidades: El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social y/o ético se penalizará con una deducción de la garantía definitiva del contrato de 500 euros en el lote que se trate.
Incumplimiento de indicadores de calidad previstos en los pliegos en caso de realización de auditoría.
Penalidades:
Régimen potestativo de penalidades:
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios.
Penalidades: (Otras)
PROCEDIMIENTO: Las penalidades previstas en este apartado se impondrán por Acuerdo del órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, y previa audiencia al contratista por un plazo máximo de cinco días. Si las penalidades a imponer tuvieran carácter económico, se compensarán sobre el importe de las facturas pendientes de cobro o, si esto no fuera posible, sobre la garantía definitiva depositada.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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ANEXO XIV
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO (TODOS LOS LOTES)
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP) personales
materiales
Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP) Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 122.3 LCSP)
Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecido (artículo
217.1 LCSP)
Cumplimiento de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos (contratos cuya ejecución implique la cesión de datos por la entidad del sector público al contratista)
Otras:
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ANEXO XV
MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS (SOLO LOTES 1, 2, 3 y 4)
CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe darse para que se produzca la modificación):
El objeto del presente contrato es la contratación de las pólizas de seguros de vida y accidentes para los Diputados y el Personal de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Durante la vigencia de este pueden producirse variaciones cualitativas o cuantitativas, en el sentido en que puedan verse ampliados o reducidos el número trabajadores asegurados y edades de los mismos modificándose proporcionalmente las primas que correspondieran. .
ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará): Estas modificaciones serán, en todo caso, obligatorias para el contratista.
El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta 5 días, así como el resto de trámites que resulten preceptivos.
CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…):
(Artículos 203 y 191 LCSP)
Procedimiento. El inicio del procedimiento se realizará mediante propuesta que integrará los documentos que justifiquen la decisión o valoren aquella.
La modificación se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el adjudicatario.
La modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos precios distintos a los previstos en el contrato. Si como causa de la modificación se experimenta una variación del precio se reajustará la garantía definitiva.
PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE COMO MÁXIMO PUEDAN
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AFECTAR: No superarán el 8% del importe de aseguramiento en vida y accidentes
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XVI
CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL (TODOS LOS LOTES)
- Será causa de resolución en el presente contrato, el incumplimiento grave del mismo por parte del asegurador y particularmente la demora en el cumplimiento si ésta supone que no se pueda alcanzar la finalidad del contrato.
- Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del asegurador, éste deberá indemnizar a las Xxxxxx xx Xxxxxx los daños y perjuicios ocasionados, que se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad por el importe que exceda de la garantía incautada.
- Incumplimiento del sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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ANEXO XVII
DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O NO CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (TODOS LOS LOTES)
En el caso de que el órgano de contratación decidiese no adjudicar o no celebrar el contrato por motivos de interés público o desistiera del procedimiento, con anterioridad a la formalización, la compensación de gastos a los licitadores se realizará de la siguiente forma:
Cantidad a tanto alzado por importe de 150 euros. No obstante, si la renuncia o desistimiento se producen antes de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, no habrá lugar a indemnización alguna.
Otros:
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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ANEXO XVIII
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, y en el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Administración de las Xxxxxx xx Xxxxxx, la composición de la Mesa de contratación es la siguiente:
PRESIDENTE | D. Xxxx Xxxxxxx Xxxx, Letrado de las Xxxxxx xx Xxxxxx. |
VOCALES | Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Letrada de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Xx Xx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Interventora de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Jefa del Servicio de Gobierno Interior y de Coordinación Administrativa de las Xxxxxx xx Xxxxxx. |
SECRETARIO | X. Xxxxxxxx Santiago Xxxxxx Xxxxxxx, Técnico de Gestión. |
PRESIDENTE SUPLENTE | D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Jefe del Servicio de Asuntos Económicos y de Gestión de la Oficina de Control Presupuestario. |
VOCALES SUPLENTES | Xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxx, Letrada de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Técnico de Intervención de las Xxxxxx xx Xxxxxx. Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Técnica de mantenimiento de las Xxxxxx xx Xxxxxx. |
SECRETARIA SUPLENTE | Xx Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Jefa de Negociado de Contratación. |
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
ANEXO XIX
MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA
Presentación opcional:
(Sólo en el caso de aportar documentos declarados confidenciales)
D/Dña. ………………………………………………………...……, con DNI número y
con dirección de correo electrónico………………………… ………………………., a la que podrán remitirse los avisos en los que se me informe de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de las Xxxxxx xx Xxxxxx, actuando en nombre propio o en representación de
…………………………….……….………………………… con domicilio social en ,
enterado de la convocatoria de la licitación para la contratación de
……….………………………………………………………., y de conformidad con lo establecido en el art. 133 LCSP,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que en relación con la documentación aportada en el sobre (indicar el sobre al que se refiere), en
la licitación convocada para “ ”,
se consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos de la oferta, toda vez que su difusión a terceros puede ser contraria a secretos técnicos o comerciales, perjudicar la libre competencia entre empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal:
1. Parte que declara confidencial: (relacionar los documentos y reflejar dicha situación de forma sobreimpresa al margen en el documento correspondiente).
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1.- …………………………
2.- …………………………
3.- …………………………
2. Dicho carácter se justifica en las siguientes razones:……………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………..………………..
Y para que conste a los efectos oportunos en la presente licitación pública, firma la correspondiente declaración responsable.
A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
ANEXO XX MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)…………………………………………., CIF , con domicilio (a efectos de notificaciones
y requerimientos) en ……………………………………………………………………………………………….. en la calle/plaza/avenida ,
C.P.…………………………………………………………., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)…….……………………………………………………………………………………………………………….
……………………………………………………………………………………………………………………………… con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social de avalado).........................................................................
................................................................................................................................. NIF ,
en virtud de lo dispuesto por (xxxxx/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)
..................................................……………………………………………………………………….…………………….
.................................................................................................................................…………………………..………
para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
...........................................................................................................……………………………………………………..
...............................................................................................................................………………………………………
ante las Xxxxxx xx Xxxxxx por importe de: (en letra) euros
(en cifra) .................................................................................................................................
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de las Xxxxxx xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas al Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE Y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y art. 56 del RGLCAP, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval tiene duración indefinida y permanecerá en vigor hasta que las Xxxxxx xx Xxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente, resuelva expresamente la extinción de la obligación garantizada y la devolución del aval.
Número Registro de Aval: ……………….
................................................... (lugar y fecha)
...........................................(razón social de la entidad)
...........................................(firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o Código:
ANEXO XXI
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS (TODOS LOS LOTES)
A) Obligaciones en materia de Protección de Datos.
La aceptación de las condiciones del presente pliego de cláusulas administrativas particulares implica para la empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato la aceptación y cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 (RGDP) (DOUE 04-05-2016), así como de las disposiciones que en materia de protección de datos y seguridad de la información se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.) sin perjuicio de que en el momento de la formalización del contrato se suscriba el correspondiente acuerdo de encargado del tratamiento en los términos del Art. 28 del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679.
En el caso de que la ejecución del contrato implique la cesión de datos personales, éstos se cederán con la única finalidad de llevar a término los servicios contratados, quedando prohibidas cualesquiera finalidades posteriores o no relacionadas con la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria estará obligada a someterse a la normativa vigente en materia de protección de datos personales, sin perjuicio de lo indicado en el Art. 202 LCSP.
Del mismo modo, la empresa adjudicataria deberá presentar, en su caso, y antes de la formalización del contrato, el modelo de declaración responsable contenido en el Anexo XXIII en la que se ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, quedando obligada a comunicar cualquier cambio que se produzca sobre la ubicación de los servidores, así como la indicación en las ofertas o memorias técnicas, la previsión sobre la subcontratación de dichos servidores o los servicios asociados a los mismos, nombre, perfil empresarial, en referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica.
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Por último, en el caso de que la ejecución de los servicios requiera de su contratación, la empresa adjudicataria incluirá referencia precisa, documentada y acreditativa de que los productos de seguridad, servicios, equipos, sistemas, aplicaciones o sus componentes, cumplen con lo indicado en el anexo II del Real Decreto 311/2022, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
B) Obligaciones en materia de confidencialidad.
Sin perjuicio de lo indicado en la cláusula anterior, sobre el cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos, la empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1°) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio, sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente. Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información de Xxxxxx xx Xxxxxx para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan. Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2°) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en Xxxxxx xx Xxxxxx para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e
igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3°) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4°) Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
5°) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del servicio, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad de Xxxxxx xx Xxxxxx.
6°) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a Xxxxxx xx Xxxxxx conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
7°) El incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente pliego de prescripciones técnicas, lo convierte en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta a Xxxxxx xx Xxxxxx, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra Xxxxxx xx Xxxxxx como consecuencia de dicho incumplimiento.
C) Obligaciones en materia de seguridad de la información
Cód. Validación: 43HXJTMP7TZGNZ6D7JS2C6LLT
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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De conformidad con la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, en el caso de que la ejecución del servicio implique el acceso a la información de Xxxxxx xx Xxxxxx, o a los datos personales de su responsabilidad, la empresa adjudicataria deberá cumplir con el Art. 32 del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 implementando las medidas de seguridad de carácter técnico y organizativo marcadas por Xxxxxx xx Xxxxxx, y, en cualquier caso, las previstas en el Anexo II del RD 311/2022 por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el nivel y categoría que se determine por los responsable de Xxxxxx xx Xxxxxx.
ANEXO XXII
INFORMACIÓN BÁSICA DE LA ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO Y ACUERDO DE ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
(El contenido del presente Anexo se incorporará al contrato que se formalice entre las partes)
(LOTES 1, 2, 3 y 4)
1. OBJETO DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
Mediante las presentes cláusulas se habilita al contratista en adelante, encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de las Xxxxxx xx Xxxxxx, en adelante, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para ejecutar la prestación del presente contrato
Los tratamientos de datos personales a realizar por el encargado de tratamiento para la prestación del servicio objeto del contrato serán los de:
Recogida Registro Estructuración Modificación Conservación Extracción Consulta
Comunicación por transmisión Interconexión
Cotejo Supresión Destrucción Comunicación Otros: …….
2. IDENTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN AFECTADA
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el responsable del tratamiento pone a disposición del encargado del tratamiento, la información contenida en su registro de actividades de tratamiento que sea necesaria para la ejecución del mismo: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/Xxxxxxxx-xx-Xxxxxxxxxxx-xx-Xxxxxxxxxxx.0000.0.xxxx
3. DURACIÓN Y DESTINO DE LOS DATOS
El presente acuerdo tiene la misma duración que la prestación del servicio contratado. Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe:
• Devolver al responsable del tratamiento los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su
poder y, si procede,
• Los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
• La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado.
• No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
4. OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
A) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
B) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
C) Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
1º El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
2º Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
3º En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
4º Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
a) La seudonimización, anonimización o y el cifrado de datos personales.
b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
En cualquier caso, las medidas de seguridad deberán adecuarse a las indicadas en el
Anexo II del RD 311/2022 para el nivel de categorización indicado en el sistema de información objeto de intervención.
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D) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
E) Subcontratación (Sólo para el supuesto de que el Pliego Administrativo lo permita)
Se permite al encargado del tratamiento subcontratar las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales siempre y cuando éste tenga la autorización expresa y por escrito del responsable del tratamiento para poder realizarlo. En este caso, el encargado siempre deberá comunicar previamente y por escrito al responsable la necesidad de realizar dicha subcontratación, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto.
El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, estará obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
F) Xxxxxxxx el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
G) Garantizar que sus empleados, así como las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que debe informarles convenientemente.
H) Mantener a disposición del responsable del tratamiento la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
I) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de sus empleados y de las personas autorizadas para tratar datos personales.
J) Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles)
Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección xxx@xxxxxxxxxxxx.xx. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
K) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos.
El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas y a través de correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
1º. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
2º. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
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3º. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
4º. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
L) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
M) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
N) Xxxxx disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
O) Implantar las medidas de seguridad siguientes:
Las medidas técnicas y organizativas previstas en el Anexo II del R.D. 311/2022 por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información e instalaciones en el marco de un sistema de información de categoría MEDIA.
Se tendrán particularmente en cuenta los riesgos que presente el tratamiento de datos, en particular como consecuencia de la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.
P) Designar un delegado de protección de datos, en el caso de que sea necesario, y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
5. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento.
b) Realizar las consultas previas que correspondan.
c) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
d) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
6. RESPONSABILIDADES
Responsable y encargado de tratamiento están sujetos al régimen sancionador establecido en el RGPD y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Estando las partes conforme con el contenido de este documento y para que así conste, se procede a su firma en la fecha y lugar indicados en el mismo.
Zaragoza, a fecha de firma electrónica.
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE UBICACIÓN DE SERVIDORES PARA LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS EN CASO DE TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
D/Xx..…………………………………………………………., con DNI… mayor de edad, con la
dirección de correo electrónico ………………………………………………………………, a la que podrán remitirse los avisos en los que se me informe de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de las Xxxxxx xx Xxxxxx, en nombre de con
CIF…………………………como adjudicatario del contrato: ...………………...……………………………..……
...………………...……………………………………………………………..…………………………………………
DECLARAN BAJO SU RESPONSABILIDAD
1. Que, los servidores con los que se va a trabajar en el desarrollo del mencionado contrato son servidores propiedad de …………………………………………. ubicados en nuestras instalaciones, en España. Asimismo, los servicios asociados al mismo se van a desarrollar dentro del territorio español.
2. Que acata plenamente la normativa sobre protección de datos
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personales, no existiendo cesiones, ni transferencias de datos fuera del espacio económico europeo.
A fecha de firma electrónica (Por el licitador)
CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN NO PROCEDE
MECANISMOS DE CONTROL
Además de inspecciones aleatorias para constatar el ajuste de la prestación del servicio a lo estipulado en el contrato, durante la ejecución del contrato podrán utilizarse los siguientes mecanismos de control:
Auditorías sobre los indicadores de calidad:
Descripción del sistema de auditoría:
Evaluación de la calidad:
🞎 Evaluación del rendimiento en base a los indicadores de calidad, de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx
🞎 Encuestas u otras formas de medición de satisfacción, de conformidad con el artículo 61.2 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx
🞎 Balance de ejecución sobre la volumetría de la aplicación, de acuerdo con su objeto, y el número y tipología de las incidencias técnicas producidas en su utilización durante el periodo de vigencia del contrato, de conformidad con el artículo 61.3 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx
(Otros).
INDICADORES DE CALIDAD
Indicador | Definición | Criterio de cumplimiento |
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LA PRESIDENTA DE LAS XXXXXX XX XXXXXX