Common use of CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS Clause in Contracts

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requerido.

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Samples: Carta Compromiso Del Servicio, Carta Compromiso Del Servicio, Carta Compromiso Del Servicio

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres) el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio en Términos De La Legislación Aplicable, en Caso De Que Dos O Más Personas Deseen Presentar en Forma Conjunta Sus Proposiciones, Bases De Licitación Pública Nacional, Bases De Licitación Pública Nacional

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 5 (cinco), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requerido.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta, Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes participantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presente invitación, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantesparticipantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitacióninvitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo último párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los servicios requeridos.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Invitación a Cuando Menos Tres Personas

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta, Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta, Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres) el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los bienes requeridos por partida. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Formato De Bases

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán aplicará el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres) el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes, que hayan cotizado el 100% del requerimiento. No se consideraran las proposiciones, cuando la cantidad de los bienes y/o servicios ofertados sea menor al 100% de lo solicitado por la convocante. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de la partida del servicio requerido.

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Samples: Carta Compromiso Del Servicio

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases de convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los bienes requeridos por clave.

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Samples: Convenio en Términos De La Legislación Aplicable, en Caso De Que Dos O Más Personas Deseen Presentar en Forma Conjunta Sus Proposiciones

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres) el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36 Bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los bienes requeridos por partida. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases de convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario de evaluación de puntos y 36Bisporcentajes y 36 Bis, fracción III, de la LAASSPLey de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico y 52 de su Reglamento. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo y último párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice los servicios ofertados sean menores al 100% (Cien por Ciento), de lo solicitado por la totalidad del servicio requeridoconvocante.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requerido.de los bienes requeridos por partida

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo 2 (dos), el cual forma parte de las presentes convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los bienes requeridos por partida.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 3 (tres) el cual forma parte de la presente Convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 6 (seis), el cual forma parte de las presentes bases, así como en la visita efectuada a las Instalaciones de los Licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los bienes requeridos por GRUPO.

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Samples: compras.imss.gob.mx

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los bienes requeridos.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al anexo número 3 (tres) el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36 bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio en Términos De La Legislación Aplicable, en Caso De Que Dos O Más Personas Deseen Presentar en Forma Conjunta Sus Proposiciones

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis36 Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados solicitados. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridode los bienes requeridos por partida.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 10 (Diez), el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, de la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes conforme al Anexo Número 4 (cuatro) el cual forma parte de las presentes bases, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36Bis, fracción II, 36 Bis de la LAASSPLey. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los bienes requeridos por partida. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposicionespropuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3930, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSPLey, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad del servicio requeridosolicitados.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta