CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO Cláusulas de Ejemplo

CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. El cronograma de inicio y culminación del proceso de adjudicación de la papelería escolar para el año 2020, en la Institución Educativa LA PRESENTACIÓN será el siguiente:  FECHA DE APERTURA: Noviembre 25 de 2019 a las 12:30 p.m.  FECHA DE CIERRRE: Noviembre 27 de 2019 hasta las 12:30 a.m.  VISITAS DE RECONOCIMIENTO: 26 de Noviembre de 2019 (En horas de la mañana)  ENTREGA DE PROPUESTAS: Hasta el 27 de Noviembre de 2019 en la Secretaría del plantel en sobre cerrado hasta las 12:30 p.m.  EVALUACIÓN DE ADJUDICACIÓN: 27 de Noviembre de 2019 a las 12:30 p.m.
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. La siguiente es la cronología de la presente convocatoria a llevarse a cabo en las instalaciones de la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero para el desarrollo Regional- Alma Mater- ubicadas en la calle 103 A Nº 19 A 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X. Publicación Aviso de Términos de Referencia Enero 02 de 2007 Pagina Web de Alma Mater Publicación Términos de Referencia Enero 03 de 2007 Pagina Web de Alma Mater Visita técnica Enero 05 de 2007 a las 8:45 a.m. Municipio de Castilla La Nueva. Alcaldía Municipal Venta de términos de referencia Entre el 03 y el 05 de enero de 2007. Mediante consignación en cuenta corriente No. 178- 302320-79 de Bancolombia Cierre del plazo de la convocatoria y entrega de propuestas 10 de enero de 2007 a las 4:00 p.m. En las instalaciones de Alma mater de la calle 103 A Nº 19 A -68 en la ciudad de Bogotá Evaluación de las propuestas Entre el 10 y 18 de enero de 2007 En las instalaciones de Alma mater de la calle 103 A Nº 19 A -68 en la ciudad de Bogotá. Traslado de evaluación Entre el día 19 y el 25 de enero de 2007. EL acta de Evaluación será publicada en la Pagina Web de Alma Mater Respuesta a observaciones 26 de enero 2007. Adjudicación Enero 29 de 2007. El acta de adjudicación será publicada en la Pagina Web de Alma Mater. • En horario de 8: 00 a.m. a 5: 00 p.m. ALMA MATER, mediante adendo podrá modificar el anterior cronograma. Igualmente podrá modificar las reglas de participación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar propuestas, que se publicará en la página web de ALMA MATER. Los demás documentos que se expiden con anterioridad a la fecha de entrega de las propuestas bajo una modalidad diferente a la del adendo no modificarán las reglas de participación. Las modificaciones a los términos de referencia serán publicadas en la página Web de Alma Mater y será responsabilidad de los oferentes su consulta.
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. DETALLE DESDE HASTA LUGAR Publicación, Estudios previos e Invitación Publica. 00 XX XXXXXXXXX 00 XX XXXXXXXXX Páginas Web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx / xxx.xxxx.xxx.xx Link contratación y/o en la Oficina de Mantenimiento Servicios Generales y compras del XXXX XXXX Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xxxxxxxxx 0 xxx Xxxxx Xxxx Plazo para expedición recepción de Observaciones y publicación de adendas 2: P.M. 00 XX XXXXXXXXX 00 XX XXXXXXXXX Páginas Web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx / xxx.xxxx.xxx.xx Link contratación y/o en la Oficina de Mantenimiento Servicios Generales y compras del XXXX XXXX Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xxxxxxxxx 0 xxx Xxxxx Xxxx. Plazo para presentar propuestas Hasta las 4 P.M. 26 DE NOVIEMBRE 28 DE NOVIEMBRE Oficina de la Secretaria de Subdirección del XXXX XXXX Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xxxxxxxxx 0 xxx Xxxxx Xxxx. debidamente radicadas Regional Xxxxx XXXX-Tuluá
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR NOTA: SOCODEVI podrá modificar el anterior cronograma e igualmente podrá modificar los Pliegos de Condiciones hasta un (1) día hábil antes del vencimiento del plazo para presentar Propuestas, mediante adenda y comunicación escrita que se publicará en la página web y se enviará al correo electrónico.
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. Publicación borrador de pliegos 13 xx xxxxx de 2020 Observaciones a los términos 18 xx Xxxxx de 2020 hasta las nueve (9:00) de la mañana Respuesta a las observaciones 19 xx Xxxxx de 2020 Apertura y publicación definitiva 20 xx Xxxxx de 2020 Cierre de la convocatoria y Recepción de propuestas 31 xx Xxxxx de 2020, a las Once (11:00 a.m.) de la Mañana Evaluación 1-2 xx Xxxxx de 2020 Publicación de actas de calificación preliminar 2 xx Xxxxx de 2020 Observaciones de la calificación preliminar 6 xx Xxxxx de 2020 hasta las nueve (9:00 a.m.) de la Mañana Respuestas Observaciones e Inf. Definitivo 7 xx Xxxxx de 2020 Adjudicación 8 xx Xxxxx de 2020 Suscripción, perfeccionamiento, legalización y Firma del Contrato 8 xx Xxxxx de 2020
CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO. ACTIVIDAD FECHA Y HORA

Related to CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 2/2008, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA). - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, la Dirección facultativa determinará el documento que en cada caso deba prevalecer. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.