VISITA TÉCNICA. Solicitó el Dr. TOBÒN que se realizara una visita técnica a las instalaciones de la Cámara de Representantes, con el fin de verificar el estado real del contrato actualmente, cuál era su estado para cuando se tomó la decisión de citar a audiencia pública dentro del presente proceso, cuál es el porcentaje de ejecución de la obra y qué hace falta para culminarla. En cuanto a esta solicitud, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedente, en la medida que ninguno de los cargos formulados contra los investigados tiene que ver o tiene relación con la ejecución de la obra contratada, ó cómo se han venido desarrollando las mismas ó particularmente con el incumplimiento o no del contrato interadministrativo No. 631 de 2010. Adicionalmente, estimó la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto por parte de INFOTIC, esta prueba se tornaría innecesaria y si se quiere, repetitiva. En tal sentido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmente, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico de la prueba del 25 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada ni practicada por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria que acompañó el informe de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición de los sujetos procesales desde el mismo momento en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en curso. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superado.
VISITA TÉCNICA. Servicio Residencial. $ 148.800 Visita Técnica. Servicio No Residencial. $298.800 Visita Técnica. Servicio Industrial. $447.600
VISITA TÉCNICA. El personal autorizado por LA EMPRESA realizará la correspondiente visita técnica con el fin de determinar si el medidor(es) se encuentra(n) en condiciones técnicas para medir con exactitud el consumo del SUSCRIPTOR o usuario y/o para verificar que su estado no representa un riesgo para la seguridad del cliente o de lo demás habitantes del sector. Así mismo, el personal podrá verificar la existencia de acometidas no autorizadas o cualquier anomalía que presente el centro de medición, instalación, tubería u otro accesorio utilizado para la prestación del servicio público domiciliario de gas natural. En desarrollo de la visita técnica, el personal de LA EMPRESA diligenciará el documento denominado hoja de trabajo, en el cual deberá anotar; la carga instalada del inmueble siempre y cuando el cliente permita el acceso al predio; la clase de anomalía(s) encontrada(s); el riesgo que representa para la seguridad del usuario o para los habitantes del sector; la identificación de las personas que atienden la visita; las pruebas recaudadas; la identificación del medidor (marca, número) y, si éste es retirado, el número del sello con el cual se cierra la tula de seguridad; el nombre y ubicación del laboratorio al que se llevará el medidor y, de ser posible, la fecha y hora en que se practicará la diligencia de inspección del medidor o, en su defecto, el medio por el cual se informarán tales datos; y, cualquier observación o dato que se considere de importancia con el fin de salvaguardar la transparencia de la visita técnica. La visita técnica deberá ejecutarse en presencia del propietario o poseedor del inmueble o del suscriptor o usuario del servicio. En el evento en que esto no sea posible, la visita se realizará en presencia de quienes habiten el inmueble en ese momento, siempre y cuando sean personas mayores de edad, o en presencia de por lo menos un testigo plenamente identificado, los cuales, suscribirán la hoja de trabajo en dicha calidad. El personal de LA EMPRESA deberá dejar copia de la hoja de trabajo a la persona que atendió la visita. Las personas que atienden la visita y los testigos tendrán derecho a constatar -vía telefónica- la identidad del personal de LA EMPRESA y si el mismo se encuentra autorizado para practicar la referida visita. El propietario o poseedor del inmueble o el suscriptor o usuario del servicio o, en su defecto, la persona que habite el inmueble y atienda la visita deberá informar a LA EMPRESA inmediatamente, o dentro del menor térm...
VISITA TÉCNICA. La visita que LA EMPRESA haga al inmueble en ejercicio del derecho de revisión consagrado en el numeral 5 de la cláusula décima primera del presente contrato y en los artículos 143 y 145 de la ley 142 de 1994, deberá realizarse en presencia del SUSCRIPTOR y/o USUARIO; de lo cual se levantará
1.1 Cuando alguna de las personas que atendieron la visita no saben, no pueden o no quieren firmar, el representante de LA EMPRESA expresará esta circunstancia en el documento o acta y en su reemplazo firmará un testigo.
1.2 El representante de la EMPRESA, la persona que atendió la visita y los testigos o técnico si los hubiere, firmarán el acta de verificación o visita. Una copia del acta se entregará a quien atendió a la diligencia. Podrán obtenerse en forma adicional pruebas como videos, fotografías y en general todas aquellas que permitan establecer el estado general de las instalaciones.
1.3 Si en la visita la EMPRESA encuentra ausencia de sellos, ruptura o indicio de alteración en uno o más de los elementos de seguridad instalados en los equipos de medida, o que los sellos no corresponden a los instalados se procederá a verificar el equipo de medida en un laboratorio debidamente acreditado. De todo lo anterior la EMPRESA dejará prueba en el acta de verificación o visita.
1.4 En caso que el SUSCRIPTOR y/o USUARIO no atienda la visita o no designe a un representante, se entenderá que existe omisión por parte de este, lo cual dará lugar para que la EMPRESA efectué la revisión con la firma de un testigo hábil que se encuentre en el sitio.
1.5 Si el SUSCRIPTOR y/o USUARIO no permite la revisión se procederá a la suspensión del servicio.
1.6 La EMPRESA dejará constancia de la verificación o visita e informará al usuario de la misma dejando
1.7 No procederá la suspensión del servicio, en el evento en que la anomalía sea corregida
VISITA TÉCNICA. La Empresa se en- cuentra facultada para realizar visitas a los inmuebles de los suscriptores o usuarios, destinatarios del servicio de suministro de gas natural domiciliario, con el fin de determinar las condiciones del centro de medición, y sus compo- nentes tales como medidor, regulador, válvulas, precintos y demás elementos, y establecer si se encuentra en condi- ciones técnicas para medir con exacti- tud el consumo y/o para verificar que su estado no representa un riesgo para la seguridad del suscriptor o usuario o de los demás habitantes del sector.
VISITA TÉCNICA. Las empresas licitadoras presentarán en el sobre 1 (sobre de documentación administrativa) el certificado de visita técnica a las instalaciones que se recoge en el Anexo III el presente Pliego. En caso de que la empresa licitante considere que, para presentar su oferta, no le es necesario realizar la visita técnica, deberá aportar una declaración, firmada por el representante de la misma, renunciando a la visita y asumiendo el estado de todas las instalaciones. Las empresas licitadoras podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones técnicas en la División de Análisis, Organización y Desarrollo de Empleo de la Consejería.
VISITA TÉCNICA. En la fecha y hora señalada en el numeral 1.4 1, se llevará a cabo una visita no obligatoria al sitio donde se prestará el servicio objeto de la presente licitación, a la que deberá asistir el proponente o el representante legal de la sociedad interesada en participar en la licitación o la persona que éste autorice, con el fin de inspeccionar físicamente los lugares objeto de la presente licitación. La visita será realizada x xxxxx y bajo la responsabilidad del interesado en participar. El sitio de reunión será en las oficinas de la UIAF ubicadas en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 10 piso 6 Edificio Bancolombia, de la ciudad de Bogotá D.C. Las visitas estarán coordinadas por los funcionarios delegados para tal efecto, los cuales expedirán la constancia de la respectiva visita. Los proponentes que omitan esta inspección no podrán alegar posteriormente desconocimiento de las condiciones o circunstancias que puedan afectar la ejecución o el cumplimiento del contrato objeto de esta licitación. En caso de Consorcio o Unión Temporal, bastará que asista a la visita uno de sus miembros integrantes.
VISITA TÉCNICA. Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones de AGIP, a fin de imponerse de todas las características que hacen a la prestación del servicio.- La AGIP emitirá una Circular Aclaratoria para definir la visita a partir del 4º día hábil de la publicación y divulgación del presente pliego. La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos designará a un funcionario para que acompañe y asesore a los interesados en la realización de la visita y posteriormente le extenderá un comprobante como constancia de haber cumplido la exigencia, certificado que deberá acompañarse a la oferta. (ANEXO 1 del PCP). ANEXO 1 CONSTANCIA DE VISITA Conforme se fija en el Art. 44º Buenos Aires, .................................................... Por la presente, dejo constancia que en el día de la fecha, se hizo presente el representante de la firma .............................................................................................................., Dn. .........................................................................................., D.N.I./ C.I./ L.C./ L.E N° ................................ a realizar la visita al establecimiento, previo a la apertura de la Licitación Pública N° 8618-1575-LPU17, que se efectuará el día , dando cumplimiento con el requisito establecido en el Art. 44º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.- Por lo tanto, se deja constancia que se ha tomado debido conocimiento de las condiciones ambientales y el estado y características de los edificios sobre los que se prestará el servicio.- Sello ......................................................... Firma y sello del Administrador y/o Representante de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ANEXO II ITEM unid cant $ mes Total $ mes % $ % Índice adoptado A mano de obra para el ítem X (Total planilla cotización) pers onas B cargas sociales y contribuciones Sub total B cargas sociales
VISITA TÉCNICA. La realización de visita técnica a las instalaciones deberá ser concertada previa solicitud en el teléfono 00.000.00.00 o bien en el correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx, hasta un máximo de 5 días antes del día de la fecha límite de presentación de ofertas.
VISITA TÉCNICA. No obligatoria al lugar de ejecución del contrato, si hay lugar a ello. De acuerdo con el cronograma establecido en el pliego. Dependencia que origina la necesidad.