Common use of DEBERES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego proyecto aprobado, Pliegos de cláusulas administrativas particulares Cláusulas Administrativas Particulares y con Prescripciones Técnicas e instrucciones que curse el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable Director facultativo de la calidad obra, en interpretación técnica de los trabajos estos documentos. — Conservar las obras en las debidas condiciones hasta la recepción de la obra. — Aceptar las modificaciones de obra que desarrolle y no superen el 20% del presupuesto del contrato. — Cumplir el programa de las prestaciones y servicios realizadostrabajo de la obra, así como de las consecuencias que se deduzcan el plazo total o los plazos parciales fijados para la Administración o para terceros ejecución de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas la misma y presentarlo en la ejecución los supuestos del contratoartículo 144 del RD 1098/2001.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, — No ejecutar unidades de seguridad social y de seguridad e higiene obras no incluidas en el trabajocontrato hasta que hubieran sido autorizadas por el órgano de contratación. A La ejecución de obras no autorizadas previamente no dará derecho a su abono, y el contratista vendrá obligado a su demolición y a indemnizar a la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos Administración por los daños y perjuicios ocasionados. — Ejecutar el contrato a su «riesgo y xxxxxxx». — Abonar los gastos que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden deriven de la Administración será responsable obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información relacionada con la misma dentro de los limites señalados en las Leyesdocumentación del proyecto.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar . — Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego Pliego de clausulas administrativas particularesPrescripciones Técnicas Particulares que recoge el proyecto.  El — Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad y Salud en las obras de construcción. — Son de cuenta del contratista formalizarálos gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y de adjudicación, con carácter previo en su caso, de la formalización del contrato, así como las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación, las licencias que resulten necesarias en su caso, y cualesquiera otras que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. — Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el Impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder sin que, por tanto, puedan ser estos repercutidos como partida independiente. — Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación. Además del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 115.2 de la LCAP, el adjudicatario, al poner en conocimiento por escrito a la firma Administración contratante del contrato subcontrato a celebrar, acompañará una póliza declaración responsable del subcontratista relativa a no estar incurso en suspensión de seguro clasificaciones o inhabilitaciones para contratación, junto a un compromiso de responsabilidad civil a favor control y supervisión por parte de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo este de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando la normativa de prevención de riesgos laborales en la Oficina técnica correspondiente los justificantes obra de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento que se considerará como falta muy gravetrate.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Ejecución De Las Obras De Sustitucion De Un Tramo De Desagüe en El t.m. De Binaced Valcarca

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS 1,5 veces la licitación (78.420 eurosadecuado a las circunstancias). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  particulares El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  contrato El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Ayuntamiento Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes. El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx contrato Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente. Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté este incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares. El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)300.000,00 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. particulares  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Ayuntamiento Será Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato. contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté este incluido en el pliego de clausulas cláusulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)del valor estimado del lote. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.  Aportar los Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual, según lo establecido en la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales que trabajan en contacto habitual con menores.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas clausulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosejecución realizada, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites límites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas cláusulas administrativas particulares.  El contratista formalizaráLlevar a cabo la realización del concierto en todas sus fases, asumiendo los costos, retribuciones, dietas, alojamiento, transportes y viajes de los elementos materiales y su personal (técnico y artístico) necesarios para el espectáculo, responsabilizándose totalmente de los mismos. Asimismo, será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus cargas sociales y fiscales y de asegurar a su personal con carácter previo una entidad de accidentes laborales.  No estar sujeto a cumplimiento de ningún otro con distinta empresa, u otro pormenor, que pudiera ser impedimento para el cumplimiento de éste.  Obtener los permisos y autorizaciones para llevar a cabo el concierto y, en caso de contratación de extranjeros, la obtención de pasaportes, visados y permisos de su personal.  Estar en posesión de la correspondiente autorización del autor o de sus herederos, responsabilizándose directamente frente a cualquier reclamación de terceros, fundada en lesión de derechos de la propiedad intelectual de la obra a ejecutar, manteniendo indemne al PATRONATO SOCIO-CULTURAL de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de dichas reclamaciones.  Aportar al PATRONATO SOCIO-CULTURAL la ficha técnica del espectáculo, adaptada al espacio escénico con medidas exactas y material necesario para llevar a cabo dicha función, antes del lunes 16 de octubre de 2017, donde se especifiquen sus necesidades y se adjunten: o Planos de escenografía (planta, alzado y sección). o Planos de iluminación. o Distribución de sonido. o Tiempo y horarios de montaje y desmontaje. o Personal técnico necesario (maquinaria, electricidad, sonido y cualquier otro). o Programa de trabajo para el montaje y ensayo del espectáculo. En caso de que el espectáculo requiera cañón/cañones de seguimiento, CLIPPER’S LIVE S.L. aportará el/los técnico/s necesario/s para su uso.  Que todos los componentes del Grupo estén en Alcobendas (Madrid) el día 9 de noviembre de 2017, comprometiéndose a: o Comenzar el concierto a la firma hora acordada. o Tener el escenario despejado y finalizado, al menos treinta (30) minutos antes del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor comienzo del concierto. o Dejar libre el escenario después de los terceros que gocen ensayos y concierto y proceder al desmontaje, inmediatamente después de finalizar el concierto. El montaje del servicio contratado por importe mínimo espectáculo se efectuará el día 9 de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)noviembre de 2017 y el desmontaje se efectuará también el día 9 de noviembre de 2017. Las pólizas deberán ser comprobadas por  CLIPPER’S LIVE S.L. proporcionará el Ayuntamientoespectáculo totalmente montado, presentando y aportará todos los elementos necesarios para el concierto tales como el material y los equipos xx xxxxx y sonido necesarios. Estos elementos deben estar en perfectas condiciones de uso y cumplir todas las normas de seguridad.  Aportar el elenco del Grupo. La relación nominal del equipo humano será enviada 3 días antes de la actuación.  Hacerse cargo de la gestión de transporte del material y seguro desde el punto de origen hasta el espacio escénico y retorno.  Acatar y cumplir las normas de régimen interno del PATRONATO SOCIO-CULTURAL en el Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx. En especial, CLIPPER’S LIVE S.L. será responsable de cumplir lo establecido en la Oficina técnica correspondiente los justificantes vigente legislación de pago regular Prevención de Riesgos Laborales y del cumplimiento de las primasnormas de Seguridad e Higiene en el trabajo de sus representados, entre las que se encuentra no fumar en las dependencias municipales. El no abono  Mantener los umbrales de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy gravepresión acústica en un máximo de 90 decibelios SPL en la zona de las butacas de patio del teatro.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Y Técnicas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego Pliegos de cláusulas administrativas particulares Cláusulas Administrativas Particulares y con el pliego Prescripciones Técnicas. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes. Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato. Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección y liquidación del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su ofertade servicios serán asimismo por cuenta del contratista. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del El contratista el pago deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de los anuncios seguridad social y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta seguridad e higiene en el límite máximo fijado en la cláusula correspondientetrabajo.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar . Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego Pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza Prescripciones Técnicas Particulares y en el de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy graveCláusulas Administrativas Particulares específicas.

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Samples: Contrato De Servicios

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. particulares  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Ayuntamiento Será Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato. contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté este incluido en el pliego de clausulas cláusulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA de: LOTE 1: ITINERARIO INTEGRADO COMMUNITY MANAGER 55.440€ LOTE 2: ITINERARIO INTEGRADO DESARROLLO DE APLICACIONES 51.600€ LOTE 3: ITINERARIO INTEGRADO SOPORTE INFORMATICO Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). DRONES 59.900€ Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.  Aportar los Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual, según lo establecido en la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales que trabajan en contacto habitual con menores.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes. El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente. Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares. El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 100.000 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: www.alcobendas.org

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)800.000 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el pliego Pliego de cláusulas administrativas Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y con mediante el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados abono, en su oferta.  El contratista será responsable caso, de la calidad técnica contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. Aceptar las modificaciones de los trabajos la Gestión del Servicio Público que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como sean consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contratonecesidad de satisfacer el interés publico municipal. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar . Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego Pliego de clausulas administrativas particularesPrescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. El contratista formalizaráestá obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. Cuidar del buen orden del servicio. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. Respetar el principio de no discriminación por razón de la nacionalidad. Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertadosel día 15 de Septiembrejunio de 2.006. El servicio se prestará por el concesionario durante el plazo de duración de la concesión, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. Conservar las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios. Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. No enajenar ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación concedente. El contratista deberá formalizar, con carácter previo a al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, la firma suna pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 12 del contrato una póliza Cuadro Resumen de seguro de este Pliego.que deberá cubrir: La responsabilidad civil del asegurado de acuerdo con las leyes vigentes por daños personales, materiales y sus perjuicios consecuenciales involuntariamente causados a favor terceros por actos u omisiones propios y de las personas de quienes deba responder como consecuencia de la explotación de la actividad. Garantizar la responsabilidad civil frente a terceros derivada de daños y perjuicios causados por la utilización de la maquinaria apropiada, por la propiedad y uso de los terceros inmuebles en los que gocen del servicio contratado por importe mínimo se desenvuelve la actividad descrita, así como la de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por sus instalaciones, comprendidos los trabajos de reparación y mantenimiento necesarios para el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular buen uso y fin de las primas. El no abono mismas, por incendio, escape y derrame de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy gravegases y aguas, desprendimiento o hundimiento de terrenos.

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Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. particulares  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Ayuntamiento Será Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato. contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté este incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)300.000,00 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites límites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula clausula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros). Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: Pliego De Clausulas Económico Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Del Contrato Privado Con Motivo De La Celebración De La Exposición

DEBERES DEL CONTRATISTA. El Sin perjuicio de los demás deberes y responsabilidades, expresamente reflejados en este Pliego y en el correspondiente contrato, el adjudicatario contratado se compromete, en su ejecución, al cumplimiento de las siguientes obligaciones: a)El contratista estará está obligado a:  Ejecutar a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de conformidad con los plazos señalados en el pliego de cláusulas administrativas particulares mismo, y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir , en su caso, a la ejecución del contrato de las obras conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación. b)Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los medios personales o materiales suficientes para ello y particulares el derecho a utilizarlo en todo caso los especificados las condiciones que hayan sido establecidas mediante el abono, en su oferta.  El contratista será responsable caso, de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de contraprestación económica comprendida en las prestaciones y servicios realizadostarifas aprobadas. c)Cuidar del buen orden del servicio, así como de pudiendo dictar las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contratooportunas instrucciones.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos d)Indemnizar los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la ejecución del contratoAdministración. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa e)Respetar el principio de una orden no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Administración será responsable Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación pública de la misma dentro Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. f)El servicio se prestará por el concesionario durante el plazo de duración de la concesión a su riesgo y xxxxxxx, siendo de su cuenta los gastos que origine el funcionamiento del mismo. g)Conservar las obras, construcciones e instalaciones cedidas y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, hasta que, por conclusión de la concesión deban entregarse con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación, debiendo realizar incluso las reparaciones necesarias a fin de mantener las instalaciones cedidas en condiciones similares a las existentes al inicio de la concesión. h)No enajenar, ni gravar sin autorización expresa bienes o instalaciones que deban revertir a la Administración. i)Ejercer por si la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la previa autorización municipal. j)Asumir y hacer frente a todos aquellos gastos derivados del mantenimiento y conservación de las instalaciones del servicio, así como de los limites señalados en las Leyessuministros que se requieran.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el k)El pago de los anuncios y de cuantos otros gastos e impuestos que se ocasionen con motivo de los actos preparatorios preparatorios, de valoración de ofertas y de formalización del contratoadjudicación, hasta el límite máximo fijado en así como todos aquellos que pudieran devengarse como consecuencia de la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobaciónconcesión, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo que serán por cuenta del concesionario. l)Corresponderá al concesionario la obtención de cuantos permisos o autorizaciones sean necesarios para el desarrollo de la actividad objeto del servicio contratado. m)El pago del canon en los términos y plazos establecidos en el presente pliego. n)La empresa contratista.  Abonar los impuestos, derechosbajo la supervisión de la Administración, tasas, compensaciones, precios públicos aportará su propia dirección y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia gestión del contrato o siendo responsable de su ejecuciónla organización de la prestación contratada, así como abonar cualquier otro gasto quede la calidad técnica de los trabajos que desarrolla y de las prestaciones realizadas. Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la prestación objeto del contrato, esté incluido directrices, etc. o)En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre la Administración y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo la Administración completamente ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con la Administración ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el pliego supuesto de clausulas administrativas particularesque los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El contratista formalizará, con carácter previo adjudicatario se compromete a retribuír adecuadamente al personal destinado a la firma realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a la Administración el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que en ningún caso podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a la Administración. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo la Administración completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato una póliza debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de seguro la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. Las contrataciones de responsabilidad civil personal que el concesionario lleve a favor cabo deberán ajustarse al plan de los terceros que gocen organización del servicio contratado presentado durante el procedimiento licitador, salvo que por importe mínimo causas imprevisibles y debidamente justificadas, sea preciso un incremento de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)la plantilla; debiendo en este caso informar por escrito al Ayuntamiento xx Xxxxx antes de cada nueva contratación. El Ayuntamiento xx Xxxxx, en ejercicio de sus funciones de policía, podrá comprobar el cumplimiento de este plan de organización. Las pólizas contrataciones de personal que el concesionario lleve a cabo durante los últimos cuatro años de la concesión por necesidades del servicio, debidamente justificadas, deberán ser comprobadas autorizadas previamente por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primasAlcaldía. El incumplimiento de estos deberes por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy graveimplicará responsabilidad alguna para la Administración.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Para La Contratación en Régimen De Concesión Administrativa Del Servicio Municipal De Abastecimiento De Agua Potable Y Saneamiento Del De Verín

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a:  Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. particulares  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Ayuntamiento Será Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato. contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté este incluido en el pliego de clausulas cláusulas administrativas particulares.  El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de: 100.000 € el lote nº 1, de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)50.000 € el lote nº 4, y de 25.000 € los lotes nº 2 y 3. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.  Aportar los Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual, según lo establecido en la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales que trabajan en contacto habitual con menores.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares. El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes. El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.  Xxxxx Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente. Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares. El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS (78.420 euros)100.000 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.

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Samples: www.alcobendas.org