DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN. Cuando no se presente oferta alguna, o ninguna de ellas se ajuste al pliego de condiciones, o en general cuando existan factores que impidan la selección objetiva, la Selección Abreviada de Enajenación Directa a través de Oferta en Sobre Cerrado 012 de 2018, se declarará desierta dentro del mismo término señalado para la adjudicación; reservándose la Entidad el derecho a iniciar un nuevo proceso de selección.
DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN. El FDL podrá declarar desierto el proceso de Licitación Pública cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta o cuando ninguna de las ofertas cumplan con los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o cuando no se hubiere presentado proponente alguno
DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN. La Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social de la Gobernación de Cundinamarca declarará desierto el presente proceso, únicamente por causa o motivos que le impidan a la administración efectuar la escogencia objetiva del contratista, y lo hará mediante acto administrativo en él se motivarán de manera detallada y precisa las razones que han conducido a la administración a adoptar esa decisión de conformidad con lo establecido en el numeral 18 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993. Contra la resolución de desierta del proceso de selección, procede el recurso de reposición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la ley 80 de 1993. El presente proceso podrá declararse desierto conforme las causales contenidas en la normatividad vigente y en el pliego de condiciones, siempre que a juicio de la entidad presente motivos o causas que impidan la selección objetiva del contratista, en los términos previstos en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, cuando no se presentes propuestas, o cuando los oferentes no cumplan con las exigencias xxx xxxxxx. En todos los casos la declaratoria de desierto deberá hacerse mediante resolución motivada.
DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN. La E.S.E. declarará desierto el presente proceso de selección en caso de no lograrse la adjudicación.
DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN. Cuando no se presente oferta alguna, o ninguna de ellas se ajuste al pliego de condiciones, o en general cuando existan factores que impidan la selección objetiva, la selección abreviada mediante subasta inversa presencial se declarará desierta dentro del mismo término señalado para adjudicación; reservándose la Entidad el derecho a iniciar un nuevo proceso de selección.

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  • Declaratoria del proceso como desierto El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos: a. Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección. b. Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos. c. Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en las etapas de evaluación del proceso.

  • De La Declaratoria De Desierto O De La Cancelación Del Proceso 1.- De la Declaratoria de Desierto a) Cuando no se presente postulantes al proceso. b) Cuando ninguno de los postulantes cumple los requisitos mínimos. c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, no se obtiene puntaje mínimo en las etapas de la evaluación.

  • DECLARATORIA DE DESIERTO El Comité de Compras y Contrataciones podrá declarar desierto el procedimiento, total o parcialmente, en los siguientes casos:  Por no haberse presentado Ofertas.  Por haberse rechazado, descalificado, o porque son inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las Ofertas o la única presentada. En la Declaratoria de Desierto, la Entidad Contratante podrá reabrirlo dando un plazo para la presentación de Propuestas de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido.

  • DECLARATORIA DE DESIERTA La convocatoria se declarará desierta en los siguientes casos: • Cuando ninguna de las propuestas evaluadas cumpla con los requisitos exigidos en los términos de referencia. • Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva. • Cuando se hubiere violado la reserva de las propuestas presentadas. • Cuando no se presente ninguna propuesta. • Cuando ninguna de las propuestas hubiese obtenido la calificación mínima exigida para los aspectos técnicos.

  • Declaratoria de Procedimiento Desierto La máxima autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.

  • CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar

  • DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4 Etapa Fecha, hora y lugar

  • ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta. En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES. Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado. Para contrataciones mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación, mediante Resolución expresa, para contrataciones menores o iguales a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta. El Documento o Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información: Nómina de los participantes y precios ofertados. Los resultados de la calificación. Identificación del (de los) proponente (s) adjudicado (s), cuando corresponda. Causales de descalificación, cuando corresponda. Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda. El Documento o Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de las NB-SABS. La notificación deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta deberá ser publicado en el SICOES, para efectos de comunicación.

  • DECLARATORIA DESIERTA El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.

  • SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN RECURSO DE APELACIÓN