DEDUCCIÓN DE CUOTAS Cláusulas de Ejemplo

DEDUCCIÓN DE CUOTAS. Sección 1: El Departamento conviene en deducir xxx xxxxxxx de cada empleado que sea miembro de la Unión durante la vigencia de este Convenio, según se dispone en los Artículos II y III, las cuotas que la Unión fije a sus miembros, de acuerdo con su Constitución y Reglamento, y a las disposiciones xx xxx que apliquen. Los empleados no afiliados pagarán el cargo por servicio que establezca la Unión, según las regulaciones de la Ley 45, según enmendada.
DEDUCCIÓN DE CUOTAS. 1. La Empresa conviene en deducir las cuotas mensuales regulares de la Unión y cuotas de iniciación que puedan ser uniformemente requeridas como una condición de miembro en la Unión sobre una base semanal de los salarios de cada empleado cubierto por este Convenio negociado colectivo que haya cumplido treinta (30) días de empleo y que le haya proporcionado a la Empresa voluntariamente una autorización individual escrita para que haga dichas deducciones en un/unos formulario(s) a los cuales han convenido mutuamente la Empresa y la Unión. Tales deducciones tal como se mencionaron anteriormente, podrán incluir contribuciones políticas y, por mutuo acuerdo, deducciones para depósitos o pagos semanales a cooperativas de crédito. La autorización de las contribuciones políticas puede ser una separada o una combinada con la autorización de deducción de las cuotas regulares. Dichas deducciones, cuando hayan sido autorizadas, se harán xxx xxxxxxx neto debido al empleado cada periodo semanal de pago, y se transmitirán a la oficina de la Unión a no más tardar que el duodécimo (12º) día del mes después del mes en el cual dichas deducciones se hayan hecho. La deducción será expresamente limitada a las cuotas regulares mensuales de la Unión, cuotas de iniciación y contribuciones políticas únicamente y la Empresa no tendrá ninguna obligación de cualquiera otra naturaleza de hacer deducciones para cualquier otro propósito, incluyendo pero no limitando a, las cuotas de reintegración, cuotas especiales, tasas especiales, multas, fondo de huelga u otras tasaciones.
DEDUCCIÓN DE CUOTAS. Se establece de mutuo acuerdo que el Empleador, mediante la autorización escrita de los empleados según lo establece la ley vigente, retendrá de los salarios de los empleados, las cuotas de inscripción y afiliación de la Unión y las contribuciones al fondo de acción política. La Unión debe suministrarle al Empleador los formularios de autorización necesarios. El Empleador acuerda notificar a la Unión todos los meses respecto al despido de todo empleado y suministrar la fecha de contratación, así como la dirección de todos los nuevos empleados contratados. Si el Empleador no deduce ni remite a la Unión las cuotas u otras sumas de dinero de conformidad con esta sección antes del último día del mes, el Empleador pagará intereses sobre tales cuotas, a la tasa de uno por ciento al mes a partir del primer día del mes siguiente, a menos que el Empleador pueda demostrar que el retraso fue por una causa justificada, debido a circunstancias fuera de su control. Las partes reconocen y convienen que el término “cesión por escrito” según se estipula en este Acuerdo incluye las autorizaciones creadas y mantenidas mediante el uso de registros electrónicos y firmas electrónicas, incluidas las llamadas telefónicas grabadas por medios electrónicos, de conformidad con las leyes estatales y federales. Por consiguiente, la Unión, podrá usar registros electrónicos para verificar la afiliación a la Unión, autorización para deducciones voluntarias de las cuotas de la Unión y comisiones por salarios remitidos a la Unión, y autorización para deducciones voluntarias xxx xxxxxxx para ser remitidas a los Fondos ADF, sujeto a los requerimientos de las leyes estatales y federales. El Empleador aceptará confirmaciones de la Unión de que la Unión posee registros electrónicos de tal afiliación y otorgará plena fuerza y vigor a tales autorizaciones como “autorizaciones” para los fines de este Acuerdo. Los empleadores que no transmitan electrónicamente las cuotas, tarifas de iniciación y todas las tasaciones legales deducidas xxx xxxxxxx de los empleados, a la Unión electrónicamente a través de ACH utilizando el portal de autoservicio de la Local 32BJ, tendrán seis meses de la ratificación de este Acuerdo para hacerlo, pero no antes de tres meses a partir de la fecha en que la Unión notifique al Empleador que debe hacerlo. El Empleador podrá solicitar a la Unión el tiempo necesario para capacitarse a fin de estar preparado para efectuar las transmisiones electrónicas durante el período poste...
DEDUCCIÓN DE CUOTAS. 4.1 Siempre que esté legalmente autorizado por escrito por un empleado individualmente, el empleador acuerda deducir las cuotas semanales de servicio de los sueldos x xxx xxxxxxx de dichos empleados, y entregarlas al sindicato, no menos de una vez al mes, antes del décimo cuarto día (14) del siguiente mes.
DEDUCCIÓN DE CUOTAS a. Modificar “Sección 170” por “Sección 17A” a fin de reflejar con exactitud el estatuto de deducción de nómina.
DEDUCCIÓN DE CUOTAS. (A) Autorización para la deducción de nómina.
DEDUCCIÓN DE CUOTAS a) Luego de que los HCW/PSW soliciten autorización por mensaje telefónico grabado, electrónico o escrito, las cuotas sindicales mensuales más cualquier deducción sindical voluntaria adicional se deducirán xxx xxxxxxx del HCW/PSW y se remitirán al Sindicato. Además, luego del aviso por escrito del Sindicato, los aumentos autorizados de las cuotas se deducirán en forma de valoraciones especiales xxx xxxxxxx de los HCW/PSW y se remitirán al Sindicato de acuerdo con la presente Sección. Dicho aviso incluirá el monto y la duración de las valoraciones especiales autorizadas. Todas las solicitudes por escrito de membresía del Sindicato y autorizaciones de cuotas y/u otras deducciones, que reciba el Empleador, se enviarán de inmediato al Sindicato. El Sindicato proporcionará al Empleador un archivo electrónico en el que constará una lista de todos los HCW/PSW que poseen cuotas y/u otras deducciones autorizadas. El Sindicato llevará registros de autorización de mensajes telefónicos grabados o electrónicos por escrito y proporcionará copias al Empleados si se solicitan.

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  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de mes y año República del Paraguay al día . Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor.

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Inspección Previa Consultas Escritas sobre el DBC

  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, por lo que la Institución de fianzas y el proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR [BANCO EMISOR MEXICANO] Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. Estimados Señores: [Insertar el número de contrato]□ El suscrito banco emisor (el “Banco Emisor”) establece por medio de la presente esta carta de crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$ ) (la “Suma Garantizada”) a favor de CFE Distribución (la “CFE Distribución”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No. (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de , el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el , mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación . Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando:

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO VI.1 Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan a continuación:

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA El Contratista es una entidad independiente de [nombre de la Entidad Estatal contratante], y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. [Nombre del Contratista] no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la [nombre de la Entidad Estatal contratante], ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.