DEL INGRESO Cláusulas de Ejemplo

DEL INGRESO. EL INGRESO A LA UNIVERSIDAD COMO MIEMBRO DEL PERSONAL ACADÉMICO SE OBTENDRÁ A TRAVÉS DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ESTATUTO DE PERSONAL ACADÉMICO PARA OCUPAR PLAZAS VACANTES TEMPORALES, DEFINITIVAS Y DE NUEVA CREACIÓN.
DEL INGRESO. En forma previa al uso del HOUSE, el SOLICITANTE deberá presentar en Administración o en el lugar donde este designe, la lista completa de los INVITADOS (con indicaciones de su nombre y apellido), quedando facultado el puesto de seguridad por donde ingresen los INVITADOS a solicitar a los mismos la acreditación de identidad. No podrá ingresar al HOUSE ninguna persona que NO se encuentre previamente informada por el solicitante en dicho listado, con excepción de aquella que el solicitante autorice “in situ”.
DEL INGRESO. Todo ingreso del personal se realiza en el grado inicial de la categoría escalafona- ria del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo a cubrir.
DEL INGRESO. Artículo 1°: Las personas a quienes INGEVEC acepte en calidad de Trabajadores deberán cumplir, antes de ingresar a la Empresa, con las siguientes exigencias y presentar los antecedentes y documentos que se indican a continuación: a) Cédula de Identidad. b) Contrato de trabajo y finiquito del último empleador si los hubiese tenido. c) Certificado de estudios cursados en el caso que la calidad del trabajo a ejecutar así lo requiera. x) Xx fuere menor de 18 años y mayor de 15, autorización escrita por su padre o madre, o a falta de éstos, de las personas señaladas en el artículo 13 del Código del Trabajo. Asimismo, deberán presentan un certificado en que conste que han terminado su Educación Media o que se encuentran actualmente cursando ésta o la Educación Básica. En estos casos, las labores no deberán dificultar su asistencia regular a clases y su participación en programas educativos o de formación. e) Xx fuere casado, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de hijos para tramitar autorización de cargas familiares. f) Certificado de afiliación o documentación que acredite el nombre del sistema previsional a que está acogido. g) Haber cumplido, mediante presentación de los respectivos documentos otorgados por la autoridad competente, con las obligaciones prescritas por la ley de reclutamiento. Artículo 2°: La comprobación posterior de que para ingresar se hubieren presentado documentos falsos o adulterados, será causal de terminación inmediata del contrato de trabajo que se hubiere celebrado, de conformidad al Art. 160 Nº 1° letra a) del Código del Trabajo. Artículo 3°: Cada vez que los antecedentes personales proporcionados por el Trabajador en su solicitud de ingreso sean modificados o cambien, el Trabajador deberá comunicarlo al Empleador a la brevedad por escrito, adjuntando las certificaciones pertinentes.
DEL INGRESO. Todo ingreso del personal se realiza en el gra- do y tramo inicial de la categoría escalafonaria del Agrupamien- to correspondiente al puesto de trabajo a cubrir.*
DEL INGRESO. Son Requisitos para el Ingreso a la Administración Pública Provincial:
DEL INGRESO. Artículo 9. Para ingresar como servidor público a cualquier órgano o unidad administrativa a cargo del Consejo, se requiere: I. Ser mayor de dieciséis años de edad, si el puesto requiere manejo de fondos, la edad mínima será de dieciocho años; II. Cumplir con el perfil que para cada puesto señale el Manual General de Puestos del Consejo; III. Cumplir con los demás requisitos y presentar los documentos que exijan las leyes, Reglamentos y Acuerdos, así como, en su caso, aprobar los exámenes requeridos para obtener el nombramiento respectivo.
DEL INGRESO. Artículo 1°: Las personas a quienes, la Empresa, acepte en calidad de Colaboradores, deberán cumplir, antes de ingresar, con las siguientes exigencias y presentar oportunamente copia simple de los siguientes antecedentes y documentos: TRABAJADOR(A) NACIONALIDAD CHILENA TRABAJADOR(A) EXTRANJERO Artículo 2°: Si en la comprobación posterior se constata que se hubieren presentado documentos falsos o adulterados, será causal de terminación inmediata del contrato de trabajo que se hubiere celebrado, de conformidad al Art. 160 N° 1 del Código del Trabajo. Artículo 3°: Cada vez que tengan variaciones los antecedentes personales que el Colaborador indicó en su solicitud de ingreso, deberán presentarse al Empleador con las certificaciones pertinentes.
DEL INGRESO. Además de las prescripciones previstas en el Capítulo II de la Ordenanza 41455 en lo pertinen- te, para el ingreso a la Carrera deberá acreditarse: a) La idoneidad requerida para el cargo según las condiciones que se prevean en el concurso o selección respectivos; b) Aptitud psicofísica para el ejercicio del cargo y función con- cursada.
DEL INGRESO. Todo ingreso de personal destinado a prestar servicios en el “MEyCP” con carácter permanente y para cubrir cargos vacantes que se consideren disponibles, podrá efectuarse mediante la selección de postulantes, por aplicación del sistema de concursos de antecedentes y oposición, cerrado y/o abierto.- Los referidos concursos se realizaran mediante el sistema de pruebas escritas, orales, técnicas y/o especiales que se establezcan por la respectiva reglamentación, según los cargos y naturaleza de las funciones correspondientes y ante el Jurado establecido en el Artículo 7° del presente Convenio.-