Definición de Puesto de trabajo

Puesto de trabajo. Son aquellos que percibe el/la trabajador/a por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su actividad profesional y cuya percepción depende, exclusivamente, de la efectiva prestación de trabajo en el puesto asignado, por lo que no tendrá carácter consolidable.
Puesto de trabajo. Son aquellos que percibe el trabajador por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su acti- vidad profesional y cuya percepción depende, exclusivamente, de la efectiva prestación de trabajo en el puesto asignado, por lo que no tendrá carácter consolidable. La retribución del plus de nocturnidad se realizará aplicando el 25 % sobre el Salario Base de recargo a las horas realizadas entre las 22:00 h. y las 6:00 h., independientemente del tiempo de trabajo efectuado en dicho periodo.
Puesto de trabajo. Son aquéllos que percibe el/la trabajador/a por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su actividad profesional y cuya percepción depende, exclusivamente, de la efectiva prestación de trabajo en el puesto asignado, por lo que no tendrá carácter consolidable. • Complementos por calidad o cantidad del trabajo: Son aquéllos que percibe el/la trabajador/a por razón de una mayor calidad o cantidad en el trabajo en forma de comisiones, primas, incentivos,… La implantación o modificación de los sistemas de complementos de calidad, seguirá los trámites previstos en el Art. 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Examples of Puesto de trabajo in a sentence

  • Grupos Profesionales Puesto de trabajo Anterior Grupo Profesional convenio interprovincial Anterior categoría profesional Grupo II.1..

  • Las tablas de salarios bases de Grupo para el año 2017 serán las siguientes: Grupo profesional Puesto de trabajo Salario mensual – Euros Salario anual – Euros I Auxiliar de Ortopedia.

  • Los Salarios Bases de Grupo – una vez aplicado el incremento previsto para este año- serán a partir del 1 de enero de 2015 los siguientes: Grupo Profesional Puesto de trabajo Salario mensual – Euros Salario anual – Euros I Auxiliar de Ortopedia.

  • En el caso de convenios colectivos que hubiera realizado la conversión anterior de categorías a Grupos, se respetarán los criterios de encuadramiento seguidos en el momento de realizar dicha transformación: Grupos Profesionales Puesto de trabajo Anterior Grupo Profesional convenio interprovincial Anterior categoría profesional Grupo I..

  • En el supuesto de que un trabajador cambie de Puesto de trabajo y no supere el periodo de prueba de este nuevo puesto, volverá a reincorporarse a su anterior Puesto de trabajo en las mismas condiciones en las que se encontraba anteriormente.

  • Puesto de trabajo: ..............................................

  • El presente Convenio Colectivo, en la medida y con el alcance que a cada situación afecta, será de aplicación a todo el personal que preste sus servicios bajo la dependencia y por cuenta de las Empresas incluidas en su ámbito funcional, sea cual fuere la modalidad contractual concertada, el Grupo Profesional asignado, la ocupación o el Puesto de trabajo desempeñado.

  • UMR (usuarios con movilidad reducida): Puesto de trabajo configurado como servicio especial para usuarios/as con movilidad reducida.

  • A los efectos de retribuir estos Permisos, se asimilarán a días de trabajo efectivo en Plataforma y generarán derecho al cobro del Complemento de Puesto de trabajo definido en el art 13.2.F) los días que, estando previstos como días “on” en su Planning, el trabajador no preste sus servicios en Plataforma por las circunstancias contempladas en los puntos 2,3,4,6.

  • Se convoca los procesos selectivos para su cobertura mediante contrato laboral temporal de las siguientes contrataciones o puestos de trabajo: Código convocatoria Puesto de trabajo convocado Núm.


More Definitions of Puesto de trabajo

Puesto de trabajo. Son aquellos que percibe el trabajador por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su actividad profesional y cuya percepción depende, exclusivamente, de la efectiva prestación de trabajo en el puesto asignado, por lo que no tendrán carácter consolidable. Tendrán tal carácter a nivel sectorial el plus de disposición y el de nocturnidad, en los importes que a continuación se detallan. Plus de disposición. El personal que esté a disposición de la empresa que no tengan un centro de trabajo fijo, y sus principales tareas sean las de sustituir personal con categoría equivalente a la suya, en función de bajas o falta de personal o por los motivos que fuere, percibirá un plus de disposición cuantificado en el 15 % sobre el salario base personal mínimo, además de los gastos sobre mayor tiempo invertido.
Puesto de trabajo. Son aquellos que se perciben por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su actividad profesional y cuya percepción depende, exclusivamente, de la efectiva prestación de trabajo en el puesto asignado, por lo que no tendrá carácter consolidable. La retribución del plus de nocturnidad se realizará aplicando el 25% sobre el Salario Base de recargo a las horas realizadas entre las 22:00 h y las 6:00 h, independientemente del tiempo de trabajo efectuado en dicho periodo. • Complementos por calidad o cantidad del trabajo: Son aquellos que se perciben por razón de una mayor calidad en el trabajo en forma de comisiones, primas, incentivos, etc. La implantación o modificación de los sistemas de complementos de calidad seguirá los trámites previstos en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Puesto de trabajo. Se entenderá como el lugar en el que se ubica la logística requerida por una persona para operar el R.U.N.T. Son los indicados por los artículos 8 de la Ley 769 de 2002 y 11 de la Ley 1005 de 2006.
Puesto de trabajo hace referencia a un puesto de trabajo de un asesor o agente con un perfil especifico, laborando jornadas diarias completas en los proceso de ICETEX en el periodo de un mes. Una vez adjudicado el presente Proceso de Selección en conjunto con el Proponente Adjudicatario se procederá a definir las depuraciones requeridas. Las condiciones que debe cumplir el Proponente Adjudicatario para el pago de los puestos de trabajo son: • Deben cumplir las horas de trabajo efectivamente establecidas al mes, según la siguiente tabla: 18 172 19 182 20 192 21 201 22 211 23 220 Las horas consignadas en la tabla están en concordancia con lo establecido en la legislación laboral colombiana. • Deben ser horas de un asesor en las operaciones de ICETEX y registradas en la plataforma establecida. • Las horas de registro (login) deben estar dentro de los horarios laborables establecidos por el Proponente Adjudicatario de acuerdo con su malla de turnos. • Deben estar dentro el mes de facturación. • Deben estar dentro de los estándares de productividad multicanal de ICETEX, de acuerdo con el Histórico de Transacciones (Anexo Histórico de Transacciones). • Las demás que requiera la supervisión del contrato para asegurar el proceso de facturación de los servicios.
Puesto de trabajo. Es aquel que perciben los/as trabajadores/as en el desempeño de su puesto de trabajo, cuando concurren factores o condiciones superiores o distintas de las previstas en la definición de los grupos profesionales contenida en el Capítulo III del presen- te Convenio y que han servido para la determinación de los distintos niveles xxx xxxxxxx base o que presentan singularidades que se reconozcan por la dirección de la entidad, así como para aquellos puestos que por sus peculiares características llevan aparejado una prestación superior a la reconocida en la descripción del puesto. • Nocturnidad: Los/as trabajadores/as que realicen horario desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas de la mañana se les retribuirá con un incremento del 25 % del precio de la hora en jornada laboral normal, las horas realizadas en ese horario. • Específico Se abonará cuando la empresa solicite al empleado y este lo acepte, que, de ma- nera temporal, asuma funciones adicionales a su puesto de trabajo tales, como captación de socios, sorteo del oro, etc. Este complemento no se repercutirá en las pagas extras y su cuantía será entre el 10 y el 20% xxx Xxxxxxx Base. La entidad dará información semestralmente sobre los puestos que perciben estos comple- mentos al Comité de Empresa. Todos los complementos anteriores, serán actualizables según las subidas salariales que se alcancen cada año.

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  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Respuesta La clasificación se hace para cada una de las tipologías”. “Si una empresa solo se presenta con 1 Tipología en 1 Lote, ¿estaría descartada a la hora de poder licitar un Acuerdo Basado que requiera de varias tipologías/lotes? Respuesta: Efectivamente”. “Según se señala en el pliego, el licitador tiene que identificar 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor para cada una de las tipologías. ¿Tiene que cubrir así mismo la totalidad de los perfiles que aparecen en la cláusula 5.2 para cada una de las tipologías? Respuesta: No”. “¿Es posible que un mismo perfil (Consultor, Programador Analista, Jefe de Proyecto, etc.), figure en varios Equipos de Trabajo / Tipologías dentro de un mismo Lote, o en los 2 Lotes? No queda claro en el Pliego si por “Técnico” se refiere a un perfil en general (cualquiera), o a un perfil de tipo Técnico, como puede ser un programador. Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Marco, por 'Técnico' se refiere a los perfiles de Jefe de Proyecto y Consultor, que no podrá estar asignados a más de una Tipología ofertada”. “Siguiendo como ejemplo en esta Tipología, ¿Bastaría proponer 1 Equipo de Trabajo formado por 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor Especializado, o es necesario proponer tantos perfiles especializados como figuran en cada Tipología? Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Xxxxx, es suficiente con proponer un Jefe de Proyecto y un Consultor por cada una de las Tipologías ofertadas”. “De acuerdo con esta cláusula, Jefe de Proyecto y Consultor son los perfiles a aportar en este momento para ambos lotes y todas las tipologías para homologar en el Acuerdo Marco, ¿correcto? Respuesta: Correcto”. “En el caso de indicar un 0% en una de las tipologías, queda descartada la participación en dicha tipología? O simplemente queda descartada la obtención de los puntos asociados (máxima puntuación de 50) en la clasificación para dicha tipología? Respuesta: Si el licitador asigna un 0% a una Tipología, está indicando que no tiene especialización en ella y, por lo tanto, descarta su participación en la licitación de los Contratos Basado”. “Asociado al punto anterior, si un contrato basado incluye varias tipologías. ¿se requiere que la empresa que licite a dicho contrato basado esté homologada en todas las tipologías incluidas en dicho contrato basado? Respuesta: Sí”. conjunto perfiles, que cubrirán las tipologías de actuaciones y tecnologías alcance del Contrato Basado correspondiente”.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Unidad Unidad (U.).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Pliego de Condiciones Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y del futuro Contrato.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.