Common use of Denuncia Clause in Contracts

Denuncia. Mediante escrito presentado por la autorizada en términos amplios de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, quejosa en el juicio xx xxxxxx 39/2021, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra de los criterios sostenidos por el Primer Tribunal Colegiado al resolver el amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020, y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019, ambos en Materia de Trabajo, todos del Decimoctavo Circuito. Mediante proveído de veinte xx xxxx de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar el expediente relativo a la contradicción de tesis con el número 113/2021 y admitió a trámite la denuncia. Se enfatizó que en acuerdo de xxxxx xx xxxx de dos mil veintiuno se formó el expediente de la contradicción de tesis 97/2021, en virtud de que son denuncias de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídico. Se solicitó a las Presidencias del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021), se solicitó remitieran el original o, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondiente.

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Samples: Contradicción De Tesis

Denuncia. Mediante escrito presentado El presente Xxxxxxxx permanecerá en vigor hasta su denuncia por un Estado contratante. Cualquiera de los Estados contratantes podrá denunciar el Convenio, por conducto diplomático, mediante notificación escrita remitida al menos con seis meses de antelación al final de cualquier año civil que comience transcurrido un plazo de cinco años desde la fecha en que el Convenio entre en vigor. En tal caso, el Convenio dejará de surtir efecto: (i) en relación con los impuestos retenidos en la fuente, sobre las cantidades pagadas o debidas una vez concluido ese año civil; (ii) en relación con otros impuestos, sobre los ejercicios fiscales que comiencen a partir de la conclusión de ese año civil; (iii) en todos los restantes casos, a partir del final de ese año civil. Hecho por duplicado en Londres el 00 xx xxxxx xx 2013, en las lenguas española e inglesa, siendo ambos textos igualmente auténticos. Por el Xxxxx de España, Por el Xxxxx Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, En el momento de proceder a la firma del Convenio entre el Xxxxx de España y el Xxxxx Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, los signatarios han convenido las siguientes disposiciones, que constituyen parte integrante del Convenio: I. En relación con el subapartado l) del apartado 1 del artículo 3 (Definiciones Generales), el apartado 1 del artículo 4 (Residencia) y el sub-subapartado (ii) del subapartado b) del apartado 2 del artículo 10 (Dividendos). Se entenderá que la expresión la expresión «plan de pensiones» comprende: a) en el caso de España: (i) cualquier fondo regulado en el Texto Refundido de la Ley sobre fondos y planes de pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre; (ii) toda entidad definida en el artículo 64 del Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, siempre que, en el caso de las mutualidades de previsión social todos sus mutualistas sean empleados, concurriendo como socios protectores o promotores las empresas, instituciones o empresarios individuales en las que presten sus servicios, y las prestaciones que se otorguen sean únicamente consecuencia de acuerdos de previsión entre estas y aquellos, así como toda otra entidad comparable regulada en el ámbito de las subdivisiones políticas (Comunidades Autónomas); (iii) las compañías de seguros reguladas mediante el Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre cuya actividad consista en la cobertura de las contingencias previstas en el Texto Refundido de la Ley sobre fondos y planes de pensiones; b) En el caso del Reino Unido, los planes de pensiones (distintos del sistema de seguridad social) previstos en la Parte 4 de la Finance Act (Ley de financiación) 2004, comprendidos los fondos de pensiones o planes de pensiones contratados a través de compañías de seguros y fondos comunes de inversión, cuando los tenedores de las participaciones sean exclusivamente planes de pensiones. Las autoridades competentes podrán acordar la inclusión en la enumeración anterior de planes de pensiones de naturaleza económica o jurídica idéntica o muy similar que se creen mediante ley aprobada conforme a sus respectivos procedimientos legislativos con posterioridad a la firma del Convenio. II. En relación con el Artículo 3 (Definiciones generales), el apartado 4 del artículo 4 (Residente) y el artículo 20 (Otras rentas). Se entenderá que el término «fideicomiso» significa un fideicomiso residente en el Xxxxx Unido conforme a su normativa interna. III. En relación con el subapartado a) (ii) del apartado 2 del artículo 10 (Dividendos) Se entenderá que la expresión «instrumento de inversión» significa: (i) en España, toda entidad regulada mediante la Ley 11/2009 de 26 de octubre por la autorizada en términos amplios que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, quejosa Inversión en el juicio xx xxxxxx 39/2021Mercado Inmobiliario; (ii) En el Xxxxx Unido, una entidad cotizada de inversión inmobiliaria, definida de acuerdo con la Parte 12 de la Corporation Tax Act (Ley del índice Impuesto sobre Sociedades) de 2010 y los fondos de inversión inmobiliaria estructurados como sociedades de inversión de capital variable (Property authorised investment fund) tal como se definen en la Parte 4A del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra Reglamento (Tributario) de los criterios sostenidos por el Primer Tribunal Colegiado al resolver el amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020, y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019, ambos en Materia de Trabajo, todos del Decimoctavo CircuitoAuthorised Investment Funds) 2006 (SI 2006/964). IV. Mediante proveído de veinte xx xxxx de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar el expediente relativo a la contradicción de tesis En relación con el número 113/2021 y admitió apartado 4 del artículo 6 (Rentas inmobiliarias). Las rentas derivadas de bienes inmuebles no podrán atribuirse a trámite la denuncia. Se enfatizó que en acuerdo quienes sean titulares de xxxxx xx xxxx los derechos de dos mil veintiuno se formó el expediente disfrute de la contradicción de tesis 97/2021, dichos bienes inmuebles en virtud de que son denuncias un contrato de contradicción multipropiedad, cuando su disfrute no exceda de tesis que refieren al mismo problema jurídico. Se solicitó a las Presidencias del Primer dos semanas por año civil. V. En relación con los artículos 20 (Otras rentas) y Segundo Tribunales Colegiados en Materia 22 (Eliminación de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021doble imposición), se solicitó remitieran el original o, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondiente.

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Samples: Convenio Para Evitar La Doble Imposición

Denuncia. Mediante escrito presentado a) Forma y condiciones de denuncia del convenio. El presente convenio, será prorrogado por períodos de un año, siempre que no medie la autorizada en términos amplios oportuna denuncia, con un mes mínimo de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxantelación. La representación que realice la denuncia, quejosa en el juicio xx xxxxxx 39/2021, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra de los criterios sostenidos por el Primer Tribunal Colegiado al resolver el amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020, y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019, ambos en Materia de Trabajo, todos del Decimoctavo Circuito. Mediante proveído de veinte xx xxxx de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar el expediente relativo lo comunicará a la contradicción otra parte, expresando detalladamente en la comunicación, que deberá ser por escrito, la legitimación que ostenta, los ámbitos del convenio y las materias objeto de tesis negociación. La comunicación deberá efectuarse simultáneamente con el número 113/2021 y admitió a trámite acto de la denuncia. Se enfatizó que De esta comunicación, se enviará copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral correspondiente. b) Plazo máximo para el inicio de la negociación. Una vez denunciado el convenio, en acuerdo el plazo máximo de xxxxx xx xxxx un mes a partir de la comunicación, se procederá a constituir la comisión negociadora. La parte receptora de la comunicación deberá responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación, debiéndose iniciar ésta en un plazo máximo de quince días a contar desde la constitución de la comisión negociadora. c) Plazo máximo para la negociación. El plazo máximo para la negociación se determinará en función de la duración de la vigencia del convenio anterior. Este plazo será de doce meses cuando la vigencia del año anterior hubiese sido de dos mil veintiuno o más años, a contar desde la fecha de finalización del convenio anterior. Agotado el plazo máximo para la negociación, las partes se formó el expediente podrán adherir voluntariamente a los procedimientos del Servicio Interconfederal de la contradicción de tesis 97/2021, en virtud de que son denuncias de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídico. Se solicitó a las Presidencias del Primer Mediación y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito Arbitraje (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021SIMA), para solventar de manera efectiva las discrepancias existentes tras el transcurso del plazo máximo de negociación sin alcanzarse un acuerdo. d) Ultraactividad. cve: BOE-A-2024-8947 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Las partes pactan expresamente, que, con independencia del plazo de negociación, todo el contenido del presente convenio y sus anexos mantendrán su vigencia y aplicación plena, hasta que no se solicitó remitieran el original o, en su caso alcance la copia certificada del escrito firma de agravios un nuevo convenio que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondientelo sustituya.

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Samples: Convenio Colectivo

Denuncia. Mediante escrito presentado El presente Xxxxxxxx permanecerá en vigor hasta su denuncia por la autorizada en términos amplios de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, quejosa en el juicio xx xxxxxx 39/2021, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra uno de los criterios sostenidos Estados Contratantes. Cualquier Estado Contratante podrá denunciar el Convenio, por vía diplomática, mediante notificación por escrito, por lo menos seis meses antes del final de cualquier año calendario que comience a partir de la expiración de un período de cinco años a partir de la fecha de su entrada en vigor. En tal caso, el Primer Tribunal Colegiado al resolver Convenio dejará de tener vigencia para los años fiscales y períodos que comiencen a partir del final del año calendario en que la denuncia ha sido presentada. En el amparo en revisión en incidente momento de suspensión 25/2020, proceder a la firma del Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx x xx Xxxxx xx los Países Bajos para Evitar la Doble Imposición y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019, ambos Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de TrabajoImpuestos sobre la Renta, todos los signatarios han convenido que las siguientes disposiciones forman parte integrante del Decimoctavo CircuitoConvenio. I. Ad Artículo 1 II. Mediante proveído Ad Artículo 3, apartados 1 y 2 III. Ad Artículo 3, apartado 2 y Artículo 23 a) la aplicación del apartado 2 del artículo 3 con respecto a la interpretación de veinte xx xxxx un término no definido en el Convenio, o b) las diferencias en la calificación (por ejemplo de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia un elemento de la Nación ordenó formar renta o de una persona) podría ocasionar una doble imposición una doble exención, esta solución, después de la publicación de la misma por ambas autoridades competentes, también será vinculante para la aplicación de las disposiciones del Convenio en otros casos similares. IV. Ad Artículo 4 V. Ad Artículo 5, apartado 5 Se entiende que el expediente relativo párrafo 5 del artículo 5 debe interpretarse para combatir el uso abusivo del Convenio y no incluye el principio de la "fuerza de la atracción". VI. Ad Artículos 5, 6, 7 y 13 VII. Ad Artículo 7 VIII. Ad Artículo 7 IX. Ad Artículo 7 X. Ad Artículos 7 y 28 XI. Ad Artículo 10 a) Las tarifas reducidas establecidas en los apartados 2 y 3 no se aplicarán a la contradicción los dividendos distribuidos por acciones non registradas al portador. b) En el caso de tesis las acciones al portador que fueron convertidas en acciones nominativas, las tarifas reducidas previstas en los apartados 2 y 3, serán aplicables en relación con el número 113/2021 y admitió reparto de dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado Contratante a trámite la denuncia. Se enfatizó un residente del otro Estado Contratante siempre que en acuerdo las acciones así convertidas se han mantenido como acciones nominativas por un período de xxxxx xx xxxx de dos mil veintiuno se formó el expediente al menos 12 meses antes de la contradicción distribución de tesis 97/2021dividendos XII. Ad Artículo10, apartado 8 y Artículo 11, apartado 4 a) la madurez del crédito; b) la dependencia de la magnitud de la remuneración o el endeudamiento de la remuneración en virtud los beneficios o sobre la distribución de que son denuncias los beneficios del deudor o de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídicouna empresa relacionada con el deudor, o c) la subordinación del crédito. XIII. Se solicitó a las Presidencias del Primer Ad Artículos 10, 11 y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 12 XIV. Ad Artículo 12 XV. Ad Artículos 10 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados13 XVI. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021), se solicitó remitieran el original o, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondiente.Ad

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Samples: Convenio Para Evitar La Doble Imposición

Denuncia. Mediante escrito presentado por El presente Xxxxxxxx permanecerá en vigor indefinidamente, pero cualquiera de los Estados Contratantes podrá, hasta el día 30 xx xxxxx inclusive de cada año civil posterior al año del intercambio de los instrumentos de ratificación, denunciarlo al otro Estado Contratante y, en este caso, el Convenio dejará de tener efecto: a) En relación con el impuesto retenido en la autorizada fuente sobre cantidades pagadas o acreditadas a no residentes, a partir del 1 de enero del año civil siguiente al de la notificación, y b) En cuanto a los demás impuestos, para el ejercicio fiscal que comience a partir del 1 de enero del año civil siguiente al de la notificación. En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados para ello, han firmado el presente Xxxxxxxx. En el momento de proceder a la firma del Convenio entre España y el Canadá, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en términos amplios materia de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxximpuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, quejosa los abajo firmantes han acordado las siguientes disposiciones que forman parte integrante del Convenio: 1. En relación con el apartado 1 del artículo II, en el juicio xx xxxxxx 39/2021caso de España, este Convenio se aplicará igualmente a los impuestos sobre la renta exigidos en nombre de sus subdivisiones políticas o entidades locales. 2. En relación con el apartado 6 del índice del Juzgado Séptimo de Distrito artículo X, las referencias a los beneficios repatriados se entenderán, en el caso de Canadá, como los importes calculados de acuerdo con el Apartado XIV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 3. En relación con el subapartado a) del apartado 7 del artículo XI, se considerará que las personas descritas en los subapartados a) o b) del apartado 1 del artículo IX no operan entre sí en condiciones de plena competencia. 4. Referente a los artículos XVIII y XIX se ha convenido que las pensiones pagadas por el Estado xx Xxxxxxxespañol, sus subdivisiones políticas o autoridades locales, bien sea directamente o con cargo a fondos por ellos constituidos, a una persona física en consideración de servicios prestados a este Estado, subdivisión o autoridad, sólo podrán someterse a imposición en España. 5. Respecto al artículo XXI se ha acordado que las rentas que un residente de España perciba de una fiducia o herencia residente del Canadá pueden someterse a imposición en el Canadá, de acuerdo con su legislación; pero si tales rentas tributasen en España, el impuesto así exigido no podrá exceder del 15 por 100 de su importe bruto. 6. En aras de una mayor certidumbre, ambos Estados contratantes acuerdan que deriva el recurso de queja 74/2021, la interpretación del índice apartado 4 del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado artículo XIII se realizará conforme al resolver el recurso de queja referido, en contra párrafo 28.5 de los criterios sostenidos por Comentarios al artículo 13 del Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Primer Tribunal Colegiado al resolver el amparo en revisión en incidente Patrimonio de suspensión 25/2020, la Organización para la Cooperación y el Segundo Tribunal Colegiado Desarrollo Económicos (Julio 2010). 7. A los efectos de este Convenio, la expresión “bienes inmuebles” comprende las acciones o participaciones u otros derechos que atribuyan directa o indirectamente a su propietario el derecho al dictar resolución disfrute de los bienes inmuebles situados en el amparo en revisión en incidente un Estado contratante. 8. En aras de suspensión 122/2019, ambos en Materia de Trabajo, todos del Decimoctavo Circuito. Mediante proveído de veinte xx xxxx de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar el expediente relativo a la contradicción de tesis con el número 113/2021 y admitió a trámite la denuncia. Se enfatizó que en acuerdo de xxxxx xx xxxx de dos mil veintiuno se formó el expediente de la contradicción de tesis 97/2021, en virtud de que son denuncias de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídico. Se solicitó a las Presidencias del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021)una mayor certidumbre, se solicitó remitieran entiende que el original otérmino “perceptor” utilizado en los artículos X, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondienteXI y XII significa «beneficiario efectivo».

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Samples: Convenio Entre España Y Canadá Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal

Denuncia. Mediante escrito presentado 1. La denuncia del Convenio Colectivo efectuada por la autorizada en términos amplios cualquiera de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxlas partes legitimadas para ello, quejosa en el juicio xx xxxxxx 39/2021, de conformidad con los artículos 87 y 89 del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra Estatuto de los criterios sostenidos Trabajadores, deberá realizarse por el Primer Tribunal Colegiado al resolver el amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020, escrito y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019, ambos en Materia de Trabajo, todos del Decimoctavo Circuito. Mediante proveído de veinte xx xxxx de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar el expediente relativo a la contradicción de tesis con el número 113/2021 y admitió a trámite la denuncia. Se enfatizó contendrá los preceptos que en acuerdo de xxxxx xx xxxx de dos mil veintiuno se formó el expediente de la contradicción de tesis 97/2021, en virtud de que son denuncias de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídico. Se solicitó a las Presidencias del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021), se solicitó remitieran el original o, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de quejapretendan revisar, así como el alcance de la negociación. De la denuncia, efectuada conforme al párrafo precedente, se dará traslado a cada una de las partes legitimadas para negociar, al menos, con dos meses de antelación a la finalización de la vigencia del proveído Convenio, debiendo constituirse la Comisión Negociadora dentro del mes siguiente a la comunicación de denuncia de la otra parte y en todo caso con un mes de antelación a la finalización del Convenio Colectivo. 2. Por cualquiera de las partes, durante la vigencia del convenio, cuando concurran causas técnicas, económicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y la representación social podrán negociar o revisar las materias vigentes del convenio, adoptando el acuerdo que proceda. cve: BOE-A-2017-4516 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Los supuestos de discrepancias que resulten de la negociación de materias del convenio que contengan el plan de igualdad, previamente, se someterá a la comisión paritaria Mixta de interpretación, seguimiento y vigilancia del convenio compuesta por 5 empleados elegidos por los Representantes de los Trabajadores, y 5 miembros elegidos por la dirección de la empresa. En caso de no alcanzarse un acuerdo en la materia en cuestión se procederá conforme se describe en el que informe si el criterio sustentado párrafo anterior, y en dicho asunto se encuentra vigentetodo caso ante la jurisdicción social. En la misma actuación, el Ministro Presidente caso de este Alto Tribunal determinó que desacuerdo las partes se turnaran los autos someterán a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para comisión de solución de conflictos de la elaboración del proyecto correspondienteComunidad Autónoma de Madrid.

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Samples: Convenio Colectivo

Denuncia. Mediante escrito presentado El presente Xxxxxxxx permanecerá en vigor hasta su denuncia por la autorizada en términos amplios de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, quejosa en el juicio xx xxxxxx 39/2021, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado xx Xxxxxxx, del que deriva el recurso de queja 74/2021, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio emitido por dicho Tribunal Colegiado al resolver el recurso de queja referido, en contra uno de los criterios sostenidos Estados Contratantes. Cualquier Estado Contratante podrá denunciar el Convenio, por vía diplomática, mediante notificación por escrito, por lo menos seis meses antes del final de cualquier año calendario que comience a partir de la expiración de un período de cinco años a partir de la fecha de su entrada en vigor. En tal caso, el Primer Tribunal Colegiado al resolver Convenio dejará de tener vigencia para los años fiscales y períodos que comiencen a partir del final del año calendario en que la denuncia ha sido presentada. En el amparo en revisión en incidente momento de suspensión 25/2020, proceder a la firma del Convenio entre la República de Panamá y el Segundo Tribunal Colegiado al dictar resolución en el amparo en revisión en incidente Xxxxx de suspensión 122/2019, ambos los Países Bajos para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de TrabajoImpuestos sobre la Renta, todos los signatarios han convenido que las siguientes disposiciones forman parte integrante del Decimoctavo CircuitoConvenio. I. Ad Artículo 1 II. Mediante proveído Ad Artículo 3, apartados 1 y 2 III. Ad Artículo 3, apartado 2 y Artículo 23 a) la aplicación del apartado 2 del artículo 3 con respecto a la interpretación de veinte xx xxxx un término no definido en el Convenio, o b) las diferencias en la calificación (por ejemplo de dos mil veintiuno, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia un elemento de la Nación ordenó formar renta o de una persona) podría ocasionar una doble imposición una doble exención, esta solución, después de la publicación de la misma por ambas autoridades competentes, también será vinculante para la aplicación de las disposiciones del Convenio en otros casos similares. IV. Ad Artículo 4 V. Ad Artículo 5, apartado 5 Se entiende que el expediente relativo párrafo 5 del artículo 5 debe interpretarse para combatir el uso abusivo del Convenio y no incluye el principio de la "fuerza de la atracción". VI. Ad Artículos 5, 6, 7 y 13 VII. Ad Artículo 7 VIII. Ad Artículo 7 IX. Ad Artículo 7 X. Ad Artículos 7 y 28 XI. Ad Artículo 10 a) Las tarifas reducidas establecidas en los apartados 2 y 3 no se aplicarán a la contradicción los dividendos distribuidos por acciones non registradas al portador. b) En el caso de tesis las acciones al portador que fueron convertidas en acciones nominativas, las tarifas reducidas previstas en los apartados 2 y 3, serán aplicables en relación con el número 113/2021 y admitió reparto de dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado Contratante a trámite la denuncia. Se enfatizó un residente del otro Estado Contratante siempre que en acuerdo las acciones así convertidas se han mantenido como acciones nominativas por un período de xxxxx xx xxxx de dos mil veintiuno se formó el expediente al menos 12 meses antes de la contradicción distribución de tesis 97/2021dividendos XII. Ad Artículo10, apartado 8 y Artículo 11, apartado 4 a) la madurez del crédito; b) la dependencia de la magnitud de la remuneración o el endeudamiento de la remuneración en virtud los beneficios o sobre la distribución de que son denuncias los beneficios del deudor o de contradicción de tesis que refieren al mismo problema jurídicouna empresa relacionada con el deudor, o c) la subordinación del crédito. XIII. Se solicitó a las Presidencias del Primer Ad Artículos 10, 11 y Segundo Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Decimoctavo Circuito (amparo en revisión en incidente de suspensión 122/2019 12 XIV. Ad Artículo 12 XV. Ad Artículos 10 y amparo en revisión en incidente de suspensión 25/2020) respectivamente, que informaran si sus criterios están vigentes, abandonados o superados13 XVI. Respecto a la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito (recurso de queja 74/2021), se solicitó remitieran el original o, en su caso la copia certificada del escrito de agravios que dio origen al recurso de queja, así como del proveído en el que informe si el criterio sustentado en dicho asunto se encuentra vigente. En la misma actuación, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal determinó que se turnaran los autos a la Ministra Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para la elaboración del proyecto correspondiente.Ad

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Samples: Convenio Para Evitar La Doble Imposición