Definición de GASTOS MÉDICOS

GASTOS MÉDICOS. Son los erogados por el Asegurado y aprobados por el Instituto, que resulten de la ocurrencia de un evento amparable por este Contrato, tales como: hospitalización (habitación, alimentación y medicamentos prescritos consumidos), servicios quirúrgicos (uso sala de operaciones, anestesista, cuidados pre y postoperatorios, sala de recuperación), cuidados de enfermería general y especializada, curaciones, rehabilitación, terapia especial, cirugía reconstructiva para el tratamiento de lesiones por accidente, visitas médicas, uso de la sala de cuidados intensivos o aislamiento y el equipo de apoyo, transporte en ambulancia, exámenes de laboratorios, radiografías, electrocardiogramas, encefalogramas, transfusiones de sangre, plasma, sueros y sustancias similares, aparatos de yeso, prótesis y ortopedia, muletas, renta de xxxxxx xx xxxxx y camas especiales para enfermo, pulmón artificial u otros, tratamiento con radio, o terapia radioactiva, aparatos auditivos, prótesis dentales, ojos o miembros artificiales en sustitución de órganos naturales y necesarios, consumo de oxígeno, y cualquier otro examen o servicio indispensable en el diagnóstico o tratamiento de las lesiones provocadas en el accidente.
GASTOS MÉDICOS. Son los gastos erogados por el Asegurado que resulten de la ocurrencia de un evento amparable por esta póliza y que sean indispensables en el diagnóstico o tratamiento de las lesiones provocadas en el accidente.
GASTOS MÉDICOS. La Compañía se compromete a otorgar la atención médica, o en su caso, a solventar vía rembolso en caso de utilizar los servicios de un hospital o médico distinto al asignado por la Compañía, los gastos de servicios médicos hasta por la cantidad que se indica en este riesgo de acuerdo a lo indicado en el rubro denominado Límite Máximo de Responsabilidad de esta cobertura, cuando el tercero se vea precisado a requerir atención medica a consecuencia de un accidente automovilístico y/o por el servicio prestado de acuerdo al alcance de esta cobertura, en el cual se encuentre involucrado el vehículo asegurado, siempre y cuando esta reclamación se realice dentro de los 90 días posteriores a la fecha del accidente automovilístico. Para efectos de esta cobertura el tercero será el pasajero lesionado.

Examples of GASTOS MÉDICOS in a sentence

  • LOS CONCEPTOS DE GASTOS MÉDICOS OCUPANTES CUBIERTOS POR LA PÓLIZA SERÁN PAGADOS DIRECTAMENTE POR LA COMPAÑÍA CUANDO SE UTILICEN LOS PROVEEDORES MÉDICOS, HOSPITALES, CLÍNICAS, DOCTORES Y DEMÁS PROVEEDORES CON LOS QUE LA COMPAÑÍA TENGA CONVENIO.

  • EL PAGO DE GASTOS MÉDICOS POR CONCEPTO DE HOSPITALIZACIÓN, MEDICINAS, ATENCIÓN MÉDICA, ENFERMEROS, SERVICIO DE AMBULANCIA Y GASTOS DE ENTIERRO, ORIGINADOS POR LESIONES CORPORALES QUE SUFRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA OCUPANTE DEL VEHÍCULO, EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO O A CONSECUENCIA DEL ROBO TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO, OCURRIDOS MIENTRAS SE ENCUENTREN DENTRO DEL COMPARTIMIENTO, CASETA O CABINA DESTINADOS AL TRANSPORTE DE PERSONAS.

  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL ABIERTA MIXTA No. LA- 000X0X000-I4-2012, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS PARA EL PERSONAL DEL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V., ADSCRITOS EN LAS OFICINAS EN EL EXTERIOR.

  • SI EL PACIENTE OPTA POR ATENDERSE CON OTRO MÉDICO U HOSPITAL QUE NO SEA EL ASIGNADO POR LA COMPAÑÍA, QUEDA ENTENDIDO QUE SE APLICARÁ EL REMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS, APEGÁNDOSE AL TABULADOR MÉDICO Y DE HOSPITALES ESTABLECIDO POR LA COMPAÑÍA.

  • SE CUBRIRÁN LOS GASTOS MÉDICOS EROGADOS POR DICHA EMERGENCIA MÉDICA EFECTUADOS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL SIEMPRE Y CUANDO LA PRIMERA SINTOMATOLOGÍA SE HAYA PRESENTADO EN EL EXTRANJERO.


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GASTOS MÉDICOS. Gastos erogados por el Asegurado y autorizados por OCEÁNICA, que resulten como consecuencia de un evento amparable por este contrato, tales como hospitalización (habitación, alimentación y medicamentos prescritos consumidos), servicios quirúrgicos (uso sala de operaciones, anestesista, cuidados pre y post operatorios, sala de recuperación), cuidados de enfermería general y especializada, curaciones, rehabilitación, terapia especial, cirugía reconstructiva para el tratamiento de lesiones por accidente, visitas médicas, uso xx xxxx de cuidados intensivos o aislamiento y el equipo de apoyo, transporte en ambulancia, exámenes de laboratorios, radiografías, electrocardiogramas, encefalogramas, transfusiones de sangre, plasma, sueros y sustancias similares, aparatos de yeso, prótesis y ortopedia, muletas, renta de xxxxxx xx xxxxx y camas especiales para enfermo, pulmón artificial u otros, tratamiento con radio, o terapia radioactiva, aparatos auditivos, prótesis dentales, ojos o miembros artificiales en sustitución de órganos naturales y necesarios, consumo de oxígeno, y cualquier otro examen o servicio indispensable en el diagnóstico o tratamiento de las lesiones provocadas por el accidente.
GASTOS MÉDICOS. Son las erogaciones de dinero efectivamente realizadas por el Asegurado para curar los efectos físicos de un accidente sobre su propio cuerpo, cuando han sido el efecto inmediato y directo de un accidente cubierto. Se incluyen dentro de gastos médicos, honorarios de profesionales de la ciencia médica debidamente acreditados para el ejercicio de la medicina según las leyes de la República xx Xxxxx Rica, así como los gastos incurridos en hospitales, clínicas, centros de salud, laboratorios, farmacias, dispensarios y otras facilidades médicas debidamente autorizadas para dedicarse a su respectiva actividad por las autoridades competentes en la República xx Xxxxx Rica. HORA CONTRACTUAL: Hora del día en la cual inicia y expira la vigencia de la póliza según se muestra en las Condiciones Particulares.
GASTOS MÉDICOS opera sin necesidad de acreditación de responsabilidad por parte del asegurado y sin aplicación de
GASTOS MÉDICOS significa los siguientes gastos necesarios, razonables y convencionales en los que se incurre en el tratamiento médico o quirúrgico de lesión por accidente o enfermedad por parte o consejo de un médico:
GASTOS MÉDICOS. Cuando dentro de los ciento ochenta (180) días comunes siguientes a la ocurrencia de un accidente cubierto por esta póliza, el Asegurado incurriere en gastos por concepto de honorarios profesionales a médicos u odontólogos graduados, gastos relacionados exclusivamente con su habitación y su alimentación en clínica u hospital, medicamentos, líquidos endovenosos, cánulas, sondas, sangre, plasma y sus derivados, derechos xx xxxx de cirugía, anestesia, material de osteosíntesis, prótesis, exámenes de laboratorio, rayos x, ecografías, escanografías, resonancias magnéticas, gastos de curación, vendajes de algodón o tela, vendas de yeso, cabestrillos, collares cervicales, férulas metálicas para dedos, tobilleras blandas, rodilleras blandas, muñequeras blandas, servicios de enfermería, fisioterapia, ambulancia, y alquiler de muletas, silla de ruedas y caminador. Valor asegurado $1.500.000 Amparo automático Amparo automático hasta el máximo valor asegurado menor de 65 años y 30 días.
GASTOS MÉDICOS significa los Gastos Médicos, de cirugía, rayos-x y servicios dentales, incluyendo aparatos de prótesis necesarios en que se incurran así como los servicios de ambulancia, hospital, enfermera profesional y servicios funerarios.