Descripción del objeto del contrato. El contrato tendrá por objeto la selección de contratista para contratación del servicio de mantenimiento de la red wifi municipal en el Ayuntamiento de Hermandad Campoo Suso en los términos que se describen en el pliego de prescripciones técnicas. La inexistencia en el Ayuntamiento de empleados públicos especializados en esta materia hace imprescindible la contratación del mencionado servicio para poder realizar las funciones detalladas en el pliego de prescripciones técnicas. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato, en los términos de los arts 188 y 189 de la LCSP. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativo.
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Samples: Servicios
Descripción del objeto del contrato. Objeto del contrato: El objeto del contrato tendrá por objeto la selección es el suministro de contratista contenedores y otros elementos que deben servir para contratación del implantar el nuevo servicio de mantenimiento recogida Puerta a Puerta en la comarca del Urgell. Necesidad a satisfacer: Con el fin de cumplir los objetivos europeos de reutilización y reciclaje de residuos en la comarca del Urgell, el Consell Comarcal, junto con los Ayuntamientos de la red wifi municipal comarca, ha iniciado las actuaciones necesarias para implantar el sistema de recogida Porta a Porta comarcal. Para la financiación de las inversiones y actuaciones necesarias, se ha solicitado la colaboración de la Agencia de Residuos de Cataluña, en el Ayuntamiento marco de Hermandad Campoo Suso en los términos la convocatoria de subvenciones para proyectos de fomento de la recogida selectiva de residuos municipales. La ARC ha publicado la propuesta de resolución provisional de otorgamiento de la subvención solicitada con cargo al programa Next Generation EU. La subvención de la Agencia de residuos de Cataluña se enmarca dentro del componente 12 "Política industrial España 2030" del Plan de recuperación, transformación y resiliencia español. En este componente se ha incluido un subcomponente "Plan de apoyo a la implementación de la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC) ya la normativa de residuos". La inversión que se describen incluye en el pliego este ámbito debe contribuir a materializar inversiones necesarias para la implementación tanto de prescripciones técnicasla Estrategia Española de Economía Circular (EEEC) como de la normativa de residuos, con la financiación de proyectos de recogida separada de residuos , infraestructuras para su gestión, medidas de digitalización y actuaciones de introducción de la circularidad en la empresa. La inexistencia en el Ayuntamiento de empleados públicos especializados en esta materia hace imprescindible Con la contratación del mencionado servicio suministro de contenedores y otros elementos para poder realizar la implantación de la recogida de residuos puerta a puerta en la comarca del Urgell, junto con la campaña de comunicación que el Consell Comarcal está licitando en este momento y que permitirá iniciar un nuevo sistema de recogida de residuos, se pretende garantizar los nuevos objetivos comunitarios en materia de gestión de residuos con la previsión de incrementar por encima del 70% la recogida selectiva de los residuos. Se tendrán que cumplir las funciones detalladas obligaciones que en materia de etiquetado verde y digital establece el pliego Componente 12 Política industrial España 2030” del Plan de prescripciones técnicasrecuperación, transformación y resiliencia español, y deberán realizarse los tests y el análisis a que se refiere la Orden HFP/1030/2021. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de serviciossuministro, de acuerdo con el artículo 17 16 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen trasladan al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será contrato definido está sujeto a regulación armonizada por ser su valor estimado, impuesto sobre el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particularesvalor añadido excluido, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato, en los términos de los arts 188 y 189 de la LCSP. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio superior a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativo215.000 euros.
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Samples: Suministro De Elementos Para La Recogida Selectiva De Residuos
Descripción del objeto del contrato. El objeto del contrato tendrá por objeto es la selección redacción de contratista trabajos correspondientes al proyecto y estudios siguientes: DESARROLLO DE LA UA 2 DEL SECTOR DE SUELO URBANIZABLE INDUSTRIAL POR OBRA PÚBLICA ORDINARIA:
1.- Redacción de proyecto de Reparcelación del ámbito afectado para contratación del servicio de mantenimiento el desarrollo de la red wifi municipal en UA 2. Según la información facilitada por el Ayuntamiento de Hermandad Campoo Suso Acehúche, todas las parcelas incluidas en los términos el ámbito de actuación del Polígono Industrial (SUR 1) son de titularidad municipal.
2.- Redacción de Proyecto de Urbanización que contempla la unidad de actuación UA 2 completa, conforme a la ordenación detallada definida en el Plan Especial, sin perjuicio de la consideración temporal de la realización de la misma en dos fases de manera que se describen conserve, en lo posible, parte dela obra realizada por la Diputación xx Xxxxxxx. Se incluye en el pliego proyecto de prescripciones técnicas. La inexistencia urbanización conexión con el camino de la Ermita, respetando la ordenación detallada definida en el Ayuntamiento Plan Especial. Cálculo de empleados públicos especializados las infraestructuras de evacuación de aguas residuales y abastecimiento y conexión con la red general municipal de la totalidad del Sector, previendo su ejecución en esta materia hace imprescindible la contratación FASE 1 de la UA 2 como inversión para conexión de las futuras fases.
3.- Realización del mencionado servicio para poder realizar las funciones detalladas proyecto de urbanización del enlace de conexión con la carretera autonómica EX 372 según se contempla en el pliego Plan Especial de prescripciones técnicas. El contrato definido tiene Ordenación aprobado definitivamente, que cuenta con informe favorable de la calificación DG de contrato administrativo Carreteras, Servicio Territorial xx Xxxxxxx de serviciosla Junta de Extremadura.
4.- Tanto el Proyecto de urbanización del Polígono Industrial, como el proyecto de acuerdo enlace con la carretera EX372 figuran como uno de los proyectos sometidos a evaluación ambiental simplificada incluido en el artículo 17 grupo 7 del anexo V de la Ley 9/201716/2015 de evaluación ambiental. Se incluye la realización de los trabajos de redacción de documentación para la tramitación de evaluación ambiental de proyecto de infraestructuras de la urbanización del polígono industrial en base a lo establecido en los artículos 73 a 77 de la Ley 16/2015.
5.- A efectos expropiatorios, la aprobación definitiva del Plan Especial de 8 Ordenación conllevó la declaración de noviembre, utilidad pública y la necesidad de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014ocupación. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato proyecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato, en los términos urbanización incluirá una descripción detallada de los arts 188 Bienes y 189 derechos a expropiar que abarque los aspectos materiales y jurídicos. La Corporación Local podrá iniciar el expediente expropiatorio declarando la necesidad de ocupación implícita. Se incluye en esta oferta de honorarios el asesoramiento y la Asistencia al Ayuntamiento de Acehúche para la incoación de los mencionados expedientes por parte del Consistorio.
6.- Otros trabajos a realizar:
6.1.- Levantamiento topográfico del ámbito de actuación como de la LCSPzona de acceso desde la EX 372 previo. En caso Para la realización del proyecto de discordancia entre el presente pliego y cualquiera urbanización es necesaria la realización de un Estudio Geotécnico del resto ámbito de actuación como de la zona de acceso desde la EX 372 previo, incorporando los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes resultados al estudio del contratoproyecto. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o 7.-Dirección Técnica de las instrucciones, pliegos o normas obras de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativourbanización.
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Descripción del objeto del contrato. El presente contrato tendrá tiene como objeto las condiciones administrativas, técnicas y económicas básicas por objeto las que se regirá el contrato de Renting para la selección adquisición de contratista dos vehículos todo terreno para contratación los Xxxxxx de Propios xx Xxxxx cuyas características se detallan a continuación con una duración de alquiler de 48 meses y kilometraje/año 25.000. Características Técnicas: Modelo: TOYOTA HILUX 150D Manual 6v (4x4) Cabina Doble GX MY16 Pickup Color: Blanco Classic Accesorios adicionales que el vehículo deber tener montado: - Bola remolque fija. - Protector de caja poliuretano. - Estribos laterales. El Renting de este vehículo incluirá: - Impuesto de matriculación y tasas. - Impuesto Municipal de circulación de vehículos. - Todos los gastos hasta la puesta a disposición de EMEMSA de los vehículos. - Mantenimiento integral del vehículo: revisiones periódicas, sustitución de elementos de desgaste y reparación de averías. - Sustitución de neumáticos: mínima 8 unidades año de primeras marcas. - Seguro a Todo Riesgo sin franquicia con cobertura completa para cualquier conductor. - Asistencia en carretera las 24H al día y 7 días a la semana. - Vehículo de sustitución. El servicio de mantenimiento deberá conservar los vehículos objeto del contrato en óptimas condiciones de funcionamiento, atendiendo a todos los avisos que se produzcan con motivos de averías, reponiendo todas las piezas que fueran necesarias así como la red wifi municipal sustitución de neumáticos dentro de las unidades anuales acordadas. En dicho mantenimiento se entenderá incluido, sin coste alguno para EMEMSA, todos los desplazamientos, mano de obra, recambios y consumibles (excepto combustible) necesarios para el correcto funcionamiento de los vehículos. Al comunicar cualquier disfunción, el vehículo será diagnosticado por personal especializado para restablecer el correcto funcionamiento de los vehículos. Una vez el vehículo en el Ayuntamiento de Hermandad Campoo Suso en los términos que se describen en el pliego de prescripciones técnicas. La inexistencia en el Ayuntamiento de empleados públicos especializados en esta materia hace imprescindible la contratación del mencionado servicio para poder realizar las funciones detalladas en el pliego de prescripciones técnicas. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contratotaller, en los términos caso de que por complejidad de los arts 188 y 189 trabajos o la necesidad de repuestos no pueda realizarse la LCSP. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particularesreparación se suministrará, en el mismo instante, un vehículo de sustitución al personal de EMEMSA para que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contratopuedan seguir realizando sus trabajos. El desconocimiento del contrato en cualquiera ofertante deberá incluir formación a los usuarios que cubra, al menos, los siguientes aspectos: - Familiarización con los vehículos. - Mantenimiento básico de sus términos, usuario. - Conocimiento de las funcionalidades de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativovehículos.
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Samples: Renting Agreement
Descripción del objeto del contrato. El objeto del contrato tendrá es la recogida y destrucción de papel. De acuerdo con las características de SEPES, se necesita la instalación de 7 contenedores metálicos para destrucción de papel confidencial con una capacidad 240 litros y 8 contenedores en caja de cartón de papel no confidencial con una capacidad mínima de 100 litros. Las recogidas de estos contenedores serán bimensuales, o en caso excepcional también se podrán realizar a petición de SEPES. La retirada del papel se realizará mediante la sustitución de los contenedores llenos por otros vacíos, en las diferentes plantas del edificio. Antes de retirar los contenedores de documentación confidencial, se precintaran. En el albarán de retirada se indicará los números de precinto de los contenedores para así poder hacer la trazabilidad correcta de la retirada. El objeto del presente contrato se corresponde con la selección realidad de la prestación a realizar y no se está alterando el mismo para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación. Los supuestos en que será necesario que los servicios se presten en las dependencias de SEPES y los motivos que lo justifican son los siguientes: Los contenedores de papel se instalaran en las oficinas de SEPES. No será necesario para la ejecución del contrato que SEPES ceda al contratista equipos o material en ningún caso. No será necesario para contratación la ejecución del contrato que SEPES autorice el acceso del personal de la empresa contratista a sus aplicaciones informáticas en ningún caso. El contratista, sus empleados y/o colaboradores o subcontratistas o su personal podrán tener contacto con datos de carácter personal con ocasión de la prestación del servicio. El objeto de este contrato no puede dividirse en lotes o prestaciones diferenciadas por los siguientes motivos: El servicio de mantenimiento recogida de papel recogido en la red wifi municipal en el Ayuntamiento licitación no pueden ser realizadas de Hermandad Campoo Suso en forma independiente al ser un servicio único. Se establecen como condiciones especiales de ejecución la/s siguiente/s: Todos los términos que trabajos relacionados con la ejecución del contrato se describen en el pliego realizarán adoptando protocolos de prescripciones técnicas. La inexistencia en el Ayuntamiento de empleados públicos especializados en esta materia hace imprescindible la contratación del mencionado servicio para poder realizar las funciones detalladas en el pliego de prescripciones técnicas. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, protección y calidad medioambiental exigibles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento. Deberá poderse acreditar el artículo 17 cumplimiento de la Ley 9/2017, normativa aplicable si fuese requerido para ello por SEPES. La empresa garantizará la formación ambiental de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen todo el personal destinado al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato, en los términos de los arts 188 y 189 de la LCSP. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera temas de: gestión de sus términosresiduos (minimización, de recogida selectiva y tratamiento), uso eficiente del agua, la energía, información sobre los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por productos utilizados y sobre la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativomovilidad sostenible.
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Descripción del objeto del contrato. El objeto del contrato tendrá por objeto es la selección prestación de contratista para contratación del servicio los servicios de mantenimiento grabación, edición y difusión televisiva (en el ámbito comarcal) de material audiovisual correspondiente a los actos de carácter institucional, cultural y social de la red wifi municipal ciudad de Segorbe, con objeto de promover la transparencia, informar puntualmente y rendir cuentas ante los ciudadanos de la gestión que vienen desarrollando al frente de la administración local y para fomentar la promoción cultural y social en el Ayuntamiento municipio. CCSSVV::1122000000336666365314171071267206704770 La naturaleza y extensión de Hermandad Campoo Suso en los términos las prestaciones que se describen pretenden cubrir mediante este contrato se detallan con mayor precisión en el pliego de prescripciones técnicas. La inexistencia técnicas que regirán el presente contrato, siendo de forma resumida las siguientes: grabación y emisión de todas las sesiones que celebre el Ayuntamiento Pleno durante la vigencia del contrato, grabación y emisión de las ruedas de prensa que convoque el Ayuntamiento en la localidad de Segorbe, tanto si se celebran en el estudio de la emisora como fuera, grabación y emisión de los actos institucionales que se desarrollen en la localidad, emisión y difusión a través del teletexto de la información municipal institucional que proporcione el Ayuntamiento de empleados públicos especializados Segorbe mediante notas informativas y bandos, emisión de las informaciones, actos y ruedas de prensa, estipuladas durante dos sesiones en esta materia hace imprescindible la contratación del mencionado servicio para poder realizar las funciones detalladas en el pliego de prescripciones técnicas. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, de acuerdo con el artículo 17 función de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos programación y la duración del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 LCSP. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus anexos, así como todos los demás documentos del servicio que es objeto de licitación revestirán carácter contractual. Y el contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contratoacto emitido, en los términos horario de los arts 188 máxima audiencia, confección y 189 emisión de la LCSP. En caso las cuñas publicitarias que el Ayuntamiento solicite, emisión semanal (en dos sesiones) del programa “SEGORINFO”, con entrega de discordancia entre el presente pliego y cualquiera copia de las grabaciones al Ayuntamiento en formato digital para su archivo, entrega de copias al Ayuntamiento en formato digital de las grabaciones del resto de actos, realización de entrevistas “a pie xx xxxxx” a ciudadanos e invitados durante todos los documentos contractualesdías de la semana taurina durante los momentos posteriores a la “entrada de toros y caballos”, prevalecerá el Pliego montaje, alquiler y mantenimiento de Cláusulas Administrativas Particularesproyector y pantalla para divulgación de los actos de las fiestas patronales y semana de toros, que se colocarán en el que se contienen los derechos edificio del Ayuntamiento, montaje y obligaciones que asumirán alquiler de pantalla y proyector e instalación de un circuito cerrado en el vestíbulo del Ayuntamiento para retransmisión del acto de elección de las partes del contratoreinas de fiestas. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, Para la grabación de los documentos anexos programas “SEGORINFO” que forman parte del mismotienen periodicidad semanal y otros que puedan surgir y con el fin de evitar los desplazamientos de responsables políticos y técnicos municipales a otros puntos geográficos, la empresa contratista deberá habilitar un estudio o lugar de las instruccionesgrabación en Segorbe. Promover la transparencia, pliegos o normas informar puntualmente y rendir cuentas ante los ciudadanos de toda índole aprobadas por la Administracióngestión que vienen desarrollando al frente de la administración local y fomentar la promoción cultural y social en el municipio, mediante una información directa, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactadopueda llegar a todos los ciudadanos del municipio, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el art. 190 de la LCSP, sometiendo su ejercicio utilizando para ellos los distintos medios que considera apropiados para dirigirse a lo dispuesto en el art. 191. Los acuerdos que adopte en el ejercicio de dichas prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir será el contencioso-administrativolos distintos colectivos.
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Samples: Contratación De Servicios De Grabación, Edición Y Difusión Televisiva