DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) días, contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta. I) En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, se expedirá, en dicho dictamen fundado conforme lo establecido en el Artículo 29 de este Pliego, aconsejando la adjudicación a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. II) En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentes, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego, la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los TRES (3) días siguientes a la notificación, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. se indiquen plazos especiales. Dentro del plazo de QUINCE (15) días., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del dictamen deberá ser notificado a los oferentes, quienes dentro del plazo de TRES (3) días siguientes a la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen de la comisión evaluadora no resultara vinculante para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlo. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo no se encuentra obligado a adjudicar propuesta alguna, pudiendo rechazar todas ellas, y hasta dejar sin efecto la licitación en curso por razones de mérito, opotunidad y conveniencia, no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-
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Samples: Licitación, Public Works Contract
DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) díasque establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un una acta.
I) . Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. la notificación, en forma fehaciente a todos los proponentes o la publicación en el Boletín Oficial, del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación. En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen fundado conforme lo establecido aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días de la notificación o de la publicación en el Artículo 29 Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de este Pliegolos Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, aconsejando la adjudicación a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
II) . En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentesproponentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoP.C.E., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los TRES cinco (35) días siguientes a la notificaciónnotificación o de la publicación en el Boletín Oficial, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. P.C.E. se indiquen plazos especiales. En caso de licitaciones con dos o más sobres el P.C.E. establecerá el procedimiento a seguir. En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación a favor del licitante, por el monto que se establezca en el P.C.E. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada. Dentro del plazo de QUINCE (15) días.que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en un una acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá ser notificado notificarse en forma fehaciente a todos los oferentesproponentes o publicarse en el Boletín Oficial, quienes dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de TRES los cinco (35) días siguientes a la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen de la comisión evaluadora no resultara vinculante notificación o de la publicación en el Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo no se encuentra obligado a adjudicar propuesta alguna, pudiendo rechazar todas ellas, y hasta dejar sin efecto la licitación en curso por razones de mérito, opotunidad y conveniencia, no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-.
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Samples: Pliego De Cláusulas Generales Para La Licitación Y Contratación De Obras Públicas, Pliego De Cláusulas Generales Para La Licitación Y Contratación De Obras Públicas
DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) díasque establezca el PCP, contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestasOfertas, el que constará en un acta.. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al Contratante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. La notificación del dictamen de evaluación a todos los Oferentes se realizará a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx
I(a) Etapa Única: En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal intervinienteComisión Evaluadora se expedirá aconsejando la adjudicación, se expedirá, en cumpliendo dicho dictamen fundado conforme lo establecido acto con las exigencias previstas en el Artículo 29 de este Pliego, aconsejando la adjudicación a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que se hubiesen efectuado artículo 41 del PCG en el acto de aperturalo pertinente. Estas últimas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
II) En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentes, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego, la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura La notificación del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación a todos los Oferentes se realizará a través del Sobre N° 1sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web, dentro de los TRES DOS (32) Días de emitido. Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la notificación, durante notificación mediante la presentación de una garantía de impugnación a favor del Contratante por el monto que se establezca en el PCP o en su defecto será xxx xxxx coma cinco por ciento (0,5%) del importe del presupuesto oficial de la Obra que se licite. La garantía se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso de que la presentación sea rechazada. Durante ese término el expediente se pondrá a su disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. se indiquen plazos especiales. Dentro del plazo de QUINCE (15) días., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del dictamen deberá ser notificado a los oferentes, quienes dentro del plazo de TRES (3) días siguientes a la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen de la comisión evaluadora no resultara vinculante para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlo. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación.
(b) Etapa Múltiple: En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación del sobre 1 que contenga los antecedentes técnicos de los Oferentes, de acuerdo a lo establecido en este PCG y en el PCP, la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las Ofertas y fijando la fecha de apertura de la Oferta económica, cumpliendo dicho acto con las exigencias previstas en el artículo 41 del PCG, en lo pertinente. La notificación del dictamen de evaluación a todos los Oferentes se realizará a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web, dentro de los dos (2) Días de emitido. Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la notificación mediante la presentación de una garantía de impugnación a favor del Contratante por el monto que se establezca en el PCP o en su defecto será xxx xxxx coma cinco por ciento (0,5%) del importe del presupuesto oficial de la Obra que se licite. La garantía se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso de que la presentación sea rechazada. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Oferentes para su vista, salvo que en el PCP se indiquen plazos especiales. Vencido el plazo indicado, la Administración de Parques Nacionales dictará el acto administrativo de preselección, resolviendo además las IFim-20p1u9g-n48a2c4io89n1e5s-AqPNue-DNseIN#hAuPbNieAreCn formulado. Dictado el acto administrativo de preselección, resueltos los recursos administrativos que se hubieran interpuesto contra el dictamen de evaluación y notificado a todos los Oferentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del sobre 2 de los Oferentes preseleccionados. Dentro del plazo que establezca el PCP, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las Ofertas, considerando la Oferta económica, y se expedirá aconsejando la adjudicación, cumpliendo dicho acto con las exigencias previstas en el artículo 41 del PCG, en lo pertinente. Este dictamen deberá ser notificado a todos los Oferentes a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web, dentro de los DOS (2) Días de emitido. Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la notificación mediante la presentación de una garantía de impugnación a favor del Contratante por el monto que se establezca en el PCP o en su defecto será xxx xxxx coma cinco por ciento (0,5%) del importe del presupuesto oficial de la Obra que se licite. La garantía se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso de que la presentación sea rechazada. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Oferentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo no En caso de existir más de DOS (2) etapas, se encuentra obligado a adjudicar propuesta algunaaplicará un procedimiento similar al precedente para cada etapa, pudiendo rechazar todas ellas, y hasta dejar sin efecto la licitación en curso por razones de mérito, opotunidad y conveniencia, no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-conforme lo establezca el PCP.
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DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) díasque establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta.
I) . Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. la notificación, a todos los proponentes o la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación. En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen fundado conforme lo establecido aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación o de la publicación en el Artículo 29 Boletín Oficial de este Pliegola Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, aconsejando la adjudicación a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
II) . En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentesproponentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoP.C.E., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los TRES cinco (35) días hábiles siguientes a la notificaciónnotificación o de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. P.C.E. se indiquen plazos especiales. En caso de licitaciones con más de dos sobres el P.C.E. establecerá el procedimiento a seguir. Dentro del plazo de QUINCE (15) días.que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de sobre las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá ser notificado notificarse a todos los oferentesproponentes o publicarse en el Boletín Oficial de la Nación, quienes dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de TRES los cinco (35) días siguientes a la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen hábiles de la comisión evaluadora no resultara vinculante notificación o de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo no se encuentra obligado a adjudicar propuesta alguna, pudiendo rechazar todas ellas, y hasta dejar sin efecto la licitación en curso por razones de mérito, opotunidad y conveniencia, no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-.
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Samples: Licitación Pública
DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) días, contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la La Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta. El Dictamen de Evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes mediante la difusión en el sitio del sistema de contrataciones XXXXXXX.XX o el que en el futuro lo reemplace y se enviaran avisos mediante mensajería XXXXXXX.XX. Podrá disponerse la publicación en el Boletín Oficial del dictamen de evaluación, consignándose en el P.C.P el plazo de publicación.
I) En I -En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, expedirá en dicho dictamen fundado conforme lo establecido aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los TRES (3) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. La documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la dependencia establecida en el Artículo 29 de este PliegoPCP o en la convocatoria, aconsejando en forma previa a formalizar la adjudicación a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que impugnación, dentro del plazo establecido. Si se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación.
. II) -En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres sobre las propuestas que contengan los antecedentes técnicos de los oferentesProponentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoP.C.P., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2propuestas. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1sobre la preselección o precalificación, PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 30 de 69 dentro de los TRES (3) días siguientes a la notificación, durante . Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. P.C.P. se indiquen plazos especiales. Dentro del Vencido el plazo para impugnar el referido dictamen, la autoridad competente dictará el acto administrativo de QUINCE (15) días.preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado y fijando la fecha de apertura de la apertura de la propuesta económica. Dictado el acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura de la propuesta económica de los Proponentes preseleccionados. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadaspropuestas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los Proponentes, podrá disponerse la publicación en el B.O., y podrá ser notificado a impugnado dentro de los oferentes, quienes dentro del plazo de TRES (3) días siguientes a de la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de la comisión evaluadora no resultara vinculante los Proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía del dos por ciento (2%) del monto del presupuesto oficial, salvo que el P.C.P establezca un monto distinto, el que no podrá ser inferior al uno por ciento (1%) ni superior al cuatro por ciento (4%) del monto del presupuesto oficial, constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a favor del licitante, o en su defecto en la forma que se encuentra obligado a adjudicar propuesta algunaprevea en el P.C.P. En los casos de etapa múltiple, pudiendo rechazar todas ellasdeberá constituirse esta garantía en todos los supuestos de impugnación. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y hasta dejar se perderá de pleno derecho y sin efecto necesidad de trámite alguno en caso que la licitación en curso por razones presentación sea rechazada. PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 31 de mérito69 En el supuesto de ser procedente la impugnación presentada el importe será devuelto al proponente, opotunidad y conveniencia, dejándose establecido que no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-devengará interés alguno.
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Samples: Public Works Contract
DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) días, contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la La Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta.
I) En . Se establecerá en el P.C.P. la notificación, en forma fehaciente a todos los Proponentes y podrá disponerse la publicación en el B.O. del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación, y así también se difundirá en el sitio web xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx enviándose los respectivos avisos automáticos a todos los oferentes calificados mediante mensajería del XXXXXXX.XX. I -En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, expedirá en dicho dictamen fundado conforme lo establecido en el Artículo 29 de este Pliego, aconsejando la adjudicación adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los TRES (3) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación.
. II) -En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentesProponentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoP.C.P., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2propuestas. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° Nº 1, dentro de los TRES (3) días siguientes a la notificación, durante . Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. P.C.P. se indiquen plazos especiales. Dentro Vencido el plazo para impugnar el referido dictamen, la autoridad competente dictará el acto administrativo de preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado y fijando la fecha de apertura del plazo Sobre Nº 2. PLIEG-2018-58462635-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 24 de QUINCE (15) días.68 Dictado el acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del Sobre Nº 2 de los Proponentes preseleccionados. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadaspropuestas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los Proponentes y, podrá disponerse la publicación en el B.O., y podrá ser notificado a impugnado dentro de los oferentes, quienes dentro del plazo de TRES (3) días siguientes a de la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de la comisión evaluadora no resultara vinculante los Proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía del dos por ciento (2%) del monto del presupuesto oficial, salvo que el P.C.P establezca un monto distinto, el que no podrá ser inferior al uno por ciento (1%) ni superior al cuatro por ciento (4%) del monto del presupuesto oficial, constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a favor del licitante, o en su defecto en la forma que se encuentra obligado a adjudicar propuesta algunaprevea en el P.C.P. En los casos de etapa múltiple, pudiendo rechazar todas ellasdeberá constituirse esta garantía en todos los supuestos de impugnación. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y hasta dejar se perderá de pleno derecho y sin efecto necesidad de trámite alguno en caso que la licitación en curso por razones presentación sea rechazada. En el supuesto de méritoser procedente la impugnación presentada el importe será devuelto al proponente, opotunidad y conveniencia, dejándose establecido que no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-devengará interés alguno.
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DICTAMEN DE EVALUACIÓN. 32.1. Dentro del plazo máximo de QUINCE (15) díasdías del acto de Apertura de Ofertas, contado a partir prorrogable por igual período, por resolución fundada de la fecha de recepción de las actuacionesautoridad competente, la Comisión Evaluadora o comunicará la Dependencia Municipal interviniente, deberán emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestasOfertas, mediante dictamen, el que constará constara en un acta. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al Licitante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. La notificación del dictamen de evaluación a todos los Proponentes se realizará a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web.
I) 32.2. En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen fundado conforme lo establecido en el Artículo 29 de este Pliego, expedirá aconsejando la adjudicación adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado por los Proponentes dentro de los CINCO (5) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que su disposición para su vista. Si se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación.
II) 32.3. En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoProponentes, la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas Propuestas y fijando la fecha de apertura de la oferta económica. La notificación del Sobre N° 2dictamen de evaluación a todos los Proponentes se realizará a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los TRES CINCO (35) días siguientes a la notificación, durante . Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. PCE se indiquen plazos especiales. Vencido el plazo indicado, la autoridad competente dictará el acto administrativo de preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado. Dictado el acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del Sobre 2 de los Proponentes preseleccionados. Dentro del plazo de QUINCE (15) días.que establezca el PCE, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadasPropuestas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá ser notificado a todos los oferentesProponentes a través del sitio xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Sitio Web, quienes y podrá ser impugnado dentro del plazo de TRES los CINCO (35) días siguientes a de la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de la comisión evaluadora no resultara vinculante los Proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo no se encuentra obligado a adjudicar propuesta alguna, pudiendo rechazar todas ellas, y hasta dejar sin efecto la licitación en curso por razones de mérito, opotunidad y conveniencia, no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-.
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Samples: Licitación
DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo de QUINCE (15) días, contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la La Comisión Evaluadora o la Dependencia Municipal interviniente, deberán deberá emitir su dictamen técnico de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta.
I) En . Se establecerá en el P.C.P. la notificación, en forma fehaciente a todos los Proponentes y podrá disponerse la publicación en el B.O. del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación, y así también se difundirá en el sitio web xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx enviándose los respectivos avisos automáticos a todos los oferentes calificados mediante mensajería del XXXXXXX.XX. I -En los casos de etapa única, la Dependencia Municipal interviniente, Comisión Evaluadora se expedirá, expedirá en dicho dictamen fundado conforme lo establecido en el Artículo 29 de este Pliego, aconsejando la adjudicación adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los TRES (3) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a aquel oferente que hubiese presentado la propuesta más conveniente y dictaminando sobre las impugnaciones que disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubiesen efectuado en el acto de apertura. Estas últimas hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación.
. II) -En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los oferentesProponentes, de acuerdo a lo establecido en el presente PliegoP.C.P., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen técnico-legal aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2propuestas. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° Nº 1, dentro de los TRES (3) días siguientes a la notificación, durante . Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.B.C.P. P.C.P. se indiquen plazos especiales. Dentro Vencido el plazo para impugnar el referido dictamen, la autoridad competente dictará el acto administrativo de preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado y fijando la fecha de apertura del plazo Sobre Nº 2. Dictado el acto de QUINCE (15) días.preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del Sobre Nº 2 de los Proponentes preseleccionados. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir su PLIEG-2018-01889428-APN-MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 24 de 68 dictamen técnico-legal de evaluación de las propuestas preseleccionadaspropuestas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. El Resultado del Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los Proponentes y, podrá disponerse la publicación en el B.O., y podrá ser notificado a impugnado dentro de los oferentes, quienes dentro del plazo de TRES (3) días siguientes a de la notificación, podrán efectuar las impugnaciones que consideren. El dictamen Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de la comisión evaluadora no resultara vinculante los Proponentes para la Secretaria de Infraestructura, pudiendo el el Departamento Ejecutivo rechazarlosu vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. El Departamento Ejecutivo En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía del dos por ciento (2%) del monto del presupuesto oficial, salvo que el P.C.P establezca un monto distinto, el que no podrá ser inferior al uno por ciento (1%) ni superior al cuatro por ciento (4%) del monto del presupuesto oficial, constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a favor del licitante, o en su defecto en la forma que se encuentra obligado a adjudicar propuesta algunaprevea en el P.C.P. En los casos de etapa múltiple, pudiendo rechazar todas ellasdeberá constituirse esta garantía en todos los supuestos de impugnación. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y hasta dejar se perderá de pleno derecho y sin efecto necesidad de trámite alguno en caso que la licitación en curso por razones presentación sea rechazada. En el supuesto de méritoser procedente la impugnación presentada el importe será devuelto al proponente, opotunidad y conveniencia, dejándose establecido que no generando con ello derecho a reclamo ni indemnización alguna.-devengará interés alguno.
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